"LEY Nº 27016 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO. El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 29º DEL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY N º 26260, LEY DE PROTECCION FRENTE A LA VIOLENCIA FAMILIAR Artículo 1º.- Objeto de la Ley. Modiiícase el Artículo 29º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260, Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, con el siguiente texto: Del valor de los certificados médicos y pericias Artículo 29º.- Los certificados de salud física y mental que expidan los médicos de los establecim ientos de salud del Estado, como el Ministerio de Salud, el Instituto Peruano de Seguridad Social y las dependencias especializadas de las Municipalidades provinciales y distritales. tienen valor probatorio del estado de salud física y mental en los procesos sobre violencia familiar. La expedi ción de los certificados y la consulta médica que la origina son gratuitas. Igual valor tienen los certificados expedidos por los médicos de los centros parroquiales, cuyo f uncionamiento se encuentre autorizado por el Ministerio de Salud y se encuentren registrados en e l Ministerio Público. Asimismo, tendrán valor probatorio del estado de salud física y mental en los procesos por violenc ia familiar, los certificados que expidan los médicos de las instituciones privadas con las cuales el Ministerio Público y el Poder Judicial celebren Convenios para la realización de determinadas pericias. Artículo 2º.- Vigencia La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Per uano Comuníquese al señor Presidente de la Republica para su promulgación. En Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima. a los diecinueve días del mes de diciembre de mil noveci entos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano"
a) Recibir información sobre el acto de donar y las consecuencias ... Los donantes de órganos sólidos y de médula ósea gozarán de licencia con goce de ...
Déjase sin efecto el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-74-TR. ... En Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
tos que señala la Ley para acceder a la pensión, con cargo a una posterior verificación. Artículo 4º.- De la reglamentación. Encárgase al Poder Ejecutivo la ...
ección de Higiene Alimentaría y Control de Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental (D. IGESA). b) Para su promoción comercial: El Ministerio de ...
Reglamentar el funcionamiento de las AFP y el otorgamiento de las prestaciones que éstas bri ndan a sus afiliados; e).- Fiscalizar a las AFP en el cumplimiento ...
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho ... Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano"
Prohíbese el uso de la sustancia química bromato de potasio en la elaboración del pan o en cualqu ier otro producto alimenticio destinado al consumo humano ...
a tasa de interés moratorio (TIM) aplicable a las aportaciones de ESSALUD. Los plazos de fraccionamiento y las tasas de interés definitivos serán establecidos ...
Modifícase el Artículo 3º de la Ley Nº 26644, Ley que precisa el goce del derecho ... Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
La presente Ley norma el ejercicio profesional de la Obstetriz colegiada y .... sustitutorio, da derecho a la Obstetriz a percibir adicionalmente el pago de.
leo a fin de obtener un mejoramiento en su calidad y cantidad; desarrolla mecanismos que aseguren l a productividad y empleabilidad de la fuerza laboral, ...
Artículo 3º.- De la inaplicabilidad del requisito establecido en la Ley del Sistema Privado de Ad ministración de Fondos de Pensiones. Para efectos del acceso a ...
del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por los literales b) y c)del nu meral 4.1. del Artículo ... PEDRO FLORES POLO. Ministro de ...