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21 nov. 2018 - de 5 días a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de de- clararse su REBELDIA. 3. Tener por ofrecidos.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Miércoles, 21 de noviembre del 2018

Avisos Judiciales

EDICTO EDICTO Expediente 479-2017-0-2801-JP-FC-02, en el 2do Juzgado de Paz Letrado De La Provincial De Mariscal Nieto- Moquegua, que sigue HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, a CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS, sobre ALIMENTOS, que despacha el Doctor Percy Flores Ramos, Especialista legal. Cesar David Huanca Maquera, ha expedido la Resolución 01, Moquegua Primero De Septiembre Del Año 2017.- SE RESUELVE: 1 ADMITIR, vía proceso UNICO, la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, quien actúa en representación de su menor hija YOSELIN MEDALY MANUEL CHAMBI, seguido en contra de CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS. 2. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de 5 días a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su REBELDIA. 3. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos los anexos que se acompañan. Resolución 05, Moquegua, cuatro de abril del dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: la notificación edictal con extracto de la demanda y admisorio, en el diario la república y en la tablilla del Juzgado, por el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en el caso de no contestar la demanda. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 20 de noviembre de 2018. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio REG, CAM N°004; Abog, Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-23 Noviembre) EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de Familia de llo que despacha la Sra. Juez Yulemi Paula Pacheco Zapata, Esp. Huber Rojas, en el Exp. N°00419-2018-0-2801-JM-CI-02 sobre Extinción de Alimentos que sigue David Marcial Uribe Delgado con Frank David Uribe Delgado Persona Fallecida se ha resuelto por res. No 01. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por DAVID MARCIAL URIBE DELGADO en contra de quien en vida fue Frank David Uribe Delgado; en la vía del proceso SUMARISIMO; por ofrecidos los medios probatorios. Córrase TRASLADO al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notifíquese mediante EDICTOS a los SUCESORES del causante Frank David Uribe Delgado, con el auto admisorio, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, publíquese los edictos, en el diario oficial “El Peruano” y en el diario oficial de la localidad “La Republica”, por tres días hábiles. T.R. H.S. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial de Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (20-21-22 Noviembre). EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA- ILO. EXPEDIENTE: 00665-2018-0-2802-JP-FC-01. MATERIA: EXTINCION DE ALIMENTOS. JUEZ: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. ESPECIALISTA: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA.

DEMANDADO: ZEGARRA DE FRAQUITA, MARIA ENCARNACION FALLECIDA EL 11 10 201. DEMANDANTE: FRAQUITA ZEGARRA. GUIDO. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por don GUIDO FRAQUITA ZEGARRA en contra de quien en vida fue María Encarnación Zegarra de Fraquita; debiendo sustanciarse en la vía del proceso SUMARISIMO: por ofrecidos los medios probatorios y a los autos los anexos acompañados. Córrase TRASLADO la demanda a la demandada por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notificar mediante EDICTOS a los SUCESORES de la causante María Encarnación Zegarra de Fraquita, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento nombrársele curador procesal. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial 1era. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-20-21 Noviembre) EDICTO En el proceso seguido por Guzman Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila, sobre Cambio de nombre, Expediente N°00092-2018-0-2801-JM-CI-02, Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Abog. Gaby Nina Escobar, Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Moquegua, en cuya solicitud piden que el nombre de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI sea cambiado por el de DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA, y, en Vía de Proceso No Contencioso, habiéndose realizado la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, Saneándose el Proceso, Admisión de los Medios Probatorios, Actuación de los Medios Probatorios con Declaraciones Testimoniales y Actuación de Medio Probatorio de Oficio con Declaraciones de Parte de los solicitantes, conforme al estado de la causa se procede a emitir Sentencia, la misma que en su parte Resolutiva dice: FALLO: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por Guzmán Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila en representación de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI 2. DISPONGO: que ante la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto-Moquegua, se proceda a suprimir el primer y segundo apellidos de “MAMANI MAMANI” y consignarse los apellidos de “EUGENIO COAGUILA”, en la Partida de Nacimiento N° 64490882 del año 2006, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la Partida como DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3. PUBLÍQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida o ejecutoriada que quede la misma, REMITASE los partes judiciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales respectivos. 4. SIN COSTAS, NI COSTOS del proceso. Esta es la sentencia que pronuncio, mando y firmo en la sala de mi despacho del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Asume funciones por Disposición del Superior. Lo que se cumple con publicar en la forma de ley. Moquegua, noviembre 19, 2018. Maximo Fermin Mamani Coayla – Abogado. ICAM N° 382; Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (20-21 Noviembre)

EDICO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL (SUCESION INTESTADA) Expediente N°00465-2018-0-2801-JP-CI-02, del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Familia de Moquegua. EL JUEZ PERCY FLORES RAMOS, y el ESPECIASLISTA DARIO PANIAGUA PARIHUANA, estando a lo ordenado por la Resolución Nro. 02, de fecha catorce de noviembre del año dos mil dieciocho.1. TENER por subsanado lo advertido. 2. ADMITIR a trámite la demanda de SUCESION INTESTADA que ha interpuesto BENITO GUIDO FLOR REINOSO, de quien en vida fue su padre don ARMANDO FLOR JUAREZ, fallecido el día 31 del mes de Enero del 2014, en la ciudad de Moquegua, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, con la finalidad que se declare como herederos al solicitante BENITO GUIDO FLOR REINOSO y sus hermanos JOBITA ZUNILDA FLOR ZUÑIGA, WILLIAN ARMANDO FLOR CUSIHUALPA y WALVIN RAMON FLOR CUSIHUALPA en su calidad de hijos del causante, Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. 3. NOTIFIQUESE al Ministerio Público, de conformidad al artículo 835° del CPC, y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua de conformidad al artículo 832 del CPC. 4. Dispongo que los solicitantes cumplan con efectuar las publicaciones de ley en el Diario “La Republica” de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este Juzgado y fijar el cartel en el local del Juzgado. 5. Conforme a ley CÚRSESE los partes judiciales respectivos para la anotación preventiva de la demanda. Con conocimiento a quienes tengan derecho a oponerse. Moquegua 20 de Julio 2018. Guido A. Flor Martinez – Abogado – I.C.A.M. N°1037; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21 Noviembre) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO En el Expediente N°00339-2018-0-2802-JPCI-02, El Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo que despacha el Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Especialista Usmelda Valdivia Flores mediante Resolución N° 01 de fecha 30/10/2018 RESUELVE: ADMITIR la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta por ROBERTO CASTRO GONZALES, por derecho propio, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo: - Rectificar el apellido materno de su padre, el cual figura como “Nicolás Castro”, habiéndose omitido el segundo apellido “Ruiz”, debiendo quedar definitivamente como Nicolás Castro Ruiz, - Asimismo el apellido materno de la madre, el cual figura como “María Gonzales”, habiéndose omitido el segundo apellido “Alvarez” debiendo quedar definitivamente como María Gonzales Alvarez; consecuentemente, DISPONER que se realice la publicación del extracto de la solicitud por una sola vez en el diario oficial El Peruano y en el diario judicial encargado de las publicaciones. TÓMESE RAZON Y HÁGASE SABER. llo, 07 de noviembre del 2018. Usmelda Felina Valdivia Flores – Secretaria Judicial 2da.

Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21 Noviembre) REMATE PÚBLICO PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA contra JACINTO MONTALICO, EUDOCIA MAQUERA CUSACANI, GERARDO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N°: 00519-2016-0-2802-JP-CI-02 por orden del Juzgado de Paz Letrado Mixto Ilo a cargo del señor Juez JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, Especialista Legal USMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano de Programa Municipal de Vivienda Nro. IV Nuevo Ilo Lote 1 Manzana 22 Vivienda ubicado en el Distrito de ILO, Provincia de ILO, Departamento de Moquegua; inscrito en la partida Nro. P08025078 de la Zona Registral Nro.XIII Sede Tacna. VALOR DE TASACION: S/. 192,057.05 (Ciento noventa y dos mil cincuenta y siete y 05/100 Soles). BASE DE REMATE; S/. 128,038.03 (Ciento veintiocho mil y treinta y ocho con 03/100 Soles) equivalentes a 2/3 partes de tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA COMUN.- Asiento 0004 a favor del Banco de Materiales hasta por la suma de S/8,080.00 soles, asiento de presentación N° 08A2006151 del 04/12/2012. INSCRIPCION DE EMBARGO CAUTELAR.- Asiento 0005 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/16,500.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa, mediante resolución N 01 del 02/11/2016 por juez del 2do Juzgado de Paz Letrado Julio Martin Pinazo Quispe. INSCRIPCION DE EMBARGO.- Asiento 0006 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/10,000.00 soles a favor de La Caja Municipal de Ahorro y Credito de Tacna SA., mediante resolución N 01 del 16/08/2017 por Juez del 2do Juzgado de Paz letrado de Ilo Julio Martín Pinazo Quispe. FECHA Y HORA DE REMATE: Jueves 29 de Noviembre del 2018 a las 3:45 P.M. LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado Mixto- Ilo, Ubicado en calle Matara N° 325, Tercer piso Ilo – Moquegua. POSTORES: Obrarán cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable a favor del Banco de la Nación y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando número del Expediente, número de documento de identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelara la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS. Adjudicatario deberá depositar saldo del precio dentro del tercer día de la fecha de remate, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Octubre del 2018. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE Abogado Martillero Reg. 310. Usmelda Felina Valdivia Flores - Especialista Legal. Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16-19-20-21-22-23 Noviembre) PRIMER REMATE En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARAN-

TÍAS; Expediente 00310-2009-0-2802-JMCI-02 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU, en contra de PESQUERA OLIMPIA DEL SUR S.A.C; ALBERTO GUILLERMO LIENDO PIZARRO; LUIS FLAVIO MIRANDA ROJAS Y CONSUELO BENITA PORTURAS DE MIRANDA. La señorita Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dra. Yenny Beatriz Benavides Meza, Especialista Legal Dra. Judith Gallegos Ramos, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de los inmuebles: A).- PRIMER INMUEBLE: JIRON ABTAO MZ. 41, LOTE 2, RESIDENCIAL, CERCADO ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 11000176 DEL REGISTRO DE PREDIOS ZONA REGISTRAL XIII, TACNA; TASACIÓN: US$127,820.20 (Ciento veintisiete mil ochocientos veinte 20/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$85,213.47 (Ochenta y cinco mil dos cientos trece 47/100 dólares Americanos); equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: A favor del Banco de Crédito del Perú hasta por el monto de US$110,000.00 inscrito en el asiento D00001, debidamente ratificado en los asientos D00008 y asiento D00009; 2) HIPOTECA: A favor de FIMA S.A. hasta por el monto de US$10,000.00, sobre los derechos y acciones que le corresponde a Alberto Liendo Pizarro, inscrito en el asiento 7, rubro D; 3) CESION DE CREDITO: A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. los asientos D00007 Y D00010; 4) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: A favor de la SUNAT, hasta por el monto de S/10,500.00 nuevos soles, inscrito en el asiento D000012; afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11000176, de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (US$12,782.02) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad; B).- SEGUNDO INMUEBLE: ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL MIRAMAR MZ. N° I´ (PRIMA) , LOTE 3, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL PO8023142 DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; TASACIÓN: US$70,825.21 (Setenta mil ochocientos veinticinco 21/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$47,216.80 (Cuarenta y siete mil dos cientos dieciséis 80/100 dólares Americanos); equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: A favor del Banco de Crédito del Perú hasta por el monto de US$55,100.00 inscrito en el asiento 00005; 2) MODIFICACION DE HIPOTECA: A favor de Banco de Crédito del Perú, inscrito en el asiento 00015, afectación que se halla inscrita en la partida registral PO8023142, de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (US$7,082.53) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad; DIA Y HORA DE REMATE: MIÉRCOLES 28 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A HORAS 11:30 (ONCE Y TREINTA) AM.; LUGAR

Miércoles, 21 de noviembre del 2018

DEL REMATE: Se realizara en el lugar de espera de las instalaciones del Juzgado Mixto de Ilo, Sede Juzgados Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Jr. Matara N° 325, segundo Piso; El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Ilo 2018, octubre 26. (1415-16-19-20-21 Noviembre) EDICTO EDICTO Expediente 479-2017-0-2801-JP-FC-02, en el 2do Juzgado de Paz Letrado De La Provincial De Mariscal Nieto- Moquegua, que sigue HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, a CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS, sobre ALIMENTOS, que despacha el Doctor Percy Flores Ramos, Especialista legal. Cesar David Huanca Maquera, ha expedido la Resolución 01, Moquegua Primero De Septiembre Del Año 2017.- SE RESUELVE: 1 ADMITIR, vía proceso UNICO, la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, quien actúa en representación de su menor hija YOSELIN MEDALY MANUEL CHAMBI, seguido en contra de CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS. 2. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de 5 días a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su REBELDIA. 3. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos los anexos que se acompañan. Resolución 05, Moquegua, cuatro de abril del dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: la notificación edictal con extracto de la demanda y admisorio, en el diario la república y en la tablilla del Juzgado, por el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en el caso de no contestar la demanda. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 20 de noviembre de 2018. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio REG, CAM N°004; Abog, Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-23 Noviembre) EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de Familia de llo que despacha la Sra. Juez Yulemi Paula Pacheco Zapata, Esp. Huber Rojas, en el Exp. N°00419-2018-0-2801-JM-CI-02 sobre Extinción de Alimentos que sigue David Marcial Uribe Delgado con Frank David Uribe Delgado Persona Fallecida se ha resuelto por res. No 01. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por DAVID MARCIAL URIBE DELGADO en contra de quien en vida fue Frank David Uribe Delgado; en la vía del proceso SUMARISIMO; por ofrecidos los medios probatorios. Córrase TRASLADO al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notifíquese mediante EDICTOS a los SUCESORES del causante Frank David Uribe Delgado, con el auto admisorio, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, publíquese los edictos, en el diario oficial “El Peruano” y en el diario oficial de la localidad “La Republica”, por tres días hábiles. T.R. H.S. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial de Secretaria – Juzgado de Paz Letra-

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do Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (20-21-22 Noviembre). EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA- ILO. EXPEDIENTE: 00665-2018-0-2802-JP-FC-01. MATERIA: EXTINCION DE ALIMENTOS. JUEZ: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. ESPECIALISTA: PACHECO ZAPATA YULEMI PAULA. DEMANDADO: ZEGARRA DE FRAQUITA, MARIA ENCARNACION FALLECIDA EL 11 10 201. DEMANDANTE: FRAQUITA ZEGARRA. GUIDO. ADMITIR la demanda de EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por don GUIDO FRAQUITA ZEGARRA en contra de quien en vida fue María Encarnación Zegarra de Fraquita; debiendo sustanciarse en la vía del proceso SUMARISIMO: por ofrecidos los medios probatorios y a los autos los anexos acompañados. Córrase TRASLADO la demanda a la demandada por el plazo de cinco días para que la conteste, en consecuencia, notificar mediante EDICTOS a los SUCESORES de la causante María Encarnación Zegarra de Fraquita, debiendo de apersonarse al proceso los que se crean con derecho dentro del término de quince días, bajo apercibimiento nombrársele curador procesal. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial 1era. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Familia de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (19-20-21 Noviembre) EDICTO En el proceso seguido por Guzman Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila, sobre Cambio de nombre, Expediente N°00092-2018-0-2801-JM-CI-02, Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Abog. Gaby Nina Escobar, Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Moquegua, en cuya solicitud piden que el nombre de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI sea cambiado por el de DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA, y, en Vía de Proceso No Contencioso, habiéndose realizado la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, Saneándose el Proceso, Admisión de los Medios Probatorios, Actuación de los Medios Probatorios con Declaraciones Testimoniales y Actuación de Medio Probatorio de Oficio con Declaraciones de Parte de los solicitantes, conforme al estado de la causa se procede a emitir Sentencia, la misma que en su parte Resolutiva dice: FALLO: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por Guzmán Domingo Mamani Eugenio y Eusebia Adriana Mamani Coaguila en representación de su menor hijo DIEGO ALBERTO MAMANI MAMANI 2. DISPONGO: que ante la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto-Moquegua, se proceda a suprimir el primer y segundo apellidos de “MAMANI MAMANI” y consignarse los apellidos de “EUGENIO COAGUILA”, en la Partida de Nacimiento N° 64490882 del año 2006, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la Partida como DIEGO ALBERTO EUGENIO COAGUILA; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3. PUBLÍQUESE la presente sentencia en el diario La República y, consentida o ejecutoriada que quede la misma, REMITASE los partes judiciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales respectivos. 4. SIN COSTAS, NI COSTOS del proceso. Esta es la sentencia que pronuncio, mando y firmo en la sala de mi despacho del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Asume funciones por Disposición del Superior. Lo que se cumple con publicar en la forma de ley. Moquegua, noviembre 19, 2018. Maximo Fermin Mamani Coayla – Abogado. ICAM N° 382; Abog. Gaby Edith Nina Escobar. Secreta-

rio Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (20-21 Noviembre) EDICO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL (SUCESION INTESTADA) Expediente N°00465-2018-0-2801-JP-CI-02, del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Familia de Moquegua. EL JUEZ PERCY FLORES RAMOS, y el ESPECIASLISTA DARIO PANIAGUA PARIHUANA, estando a lo ordenado por la Resolución Nro. 02, de fecha catorce de noviembre del año dos mil dieciocho.1. TENER por subsanado lo advertido. 2. ADMITIR a trámite la demanda de SUCESION INTESTADA que ha interpuesto BENITO GUIDO FLOR REINOSO, de quien en vida fue su padre don ARMANDO FLOR JUAREZ, fallecido el día 31 del mes de Enero del 2014, en la ciudad de Moquegua, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, con la finalidad que se declare como herederos al solicitante BENITO GUIDO FLOR REINOSO y sus hermanos JOBITA ZUNILDA FLOR ZUÑIGA, WILLIAN ARMANDO FLOR CUSIHUALPA y WALVIN RAMON FLOR CUSIHUALPA en su calidad de hijos del causante, Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. 3. NOTIFIQUESE al Ministerio Público, de conformidad al artículo 835° del CPC, y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua de conformidad al artículo 832 del CPC. 4. Dispongo que los solicitantes cumplan con efectuar las publicaciones de ley en el Diario “La Republica” de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este Juzgado y fijar el cartel en el local del Juzgado. 5. Conforme a ley CÚRSESE los partes judiciales respectivos para la anotación preventiva de la demanda. Con conocimiento a quienes tengan derecho a oponerse. Moquegua 20 de Julio 2018. Guido A. Flor Martinez – Abogado – I.C.A.M. N°1037; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21 Noviembre) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO En el Expediente N°00339-2018-0-2802-JPCI-02, El Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo que despacha el Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Especialista Usmelda Valdivia Flores mediante Resolución N° 01 de fecha 30/10/2018 RESUELVE: ADMITIR la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta por ROBERTO CASTRO GONZALES, por derecho propio, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo: - Rectificar el apellido materno de su padre, el cual figura como “Nicolás Castro”, habiéndose omitido el segundo apellido “Ruiz”, debiendo quedar definitivamente como Nicolás Castro Ruiz, - Asimismo el apellido materno de la madre, el cual figura como “María Gonzales”, habiéndose omitido el segundo apellido “Alvarez” debiendo quedar definitivamente como María Gonzales Alvarez; consecuentemente, DISPONER que se realice la publicación del extracto de la solicitud por una sola vez en el diario oficial El Peruano y en el diario judicial encargado de las publicaciones. TÓMESE RAZON Y HÁGASE SABER. llo, 07 de noviembre del 2018. Usmelda Felina Valdivia Flores – Secretaria Judicial 2da. Secretaria – Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21 Noviembre)

REMATE PÚBLICO PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA contra JACINTO MONTALICO, EUDOCIA MAQUERA CUSACANI, GERARDO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N°: 00519-2016-0-2802-JP-CI-02 por orden del Juzgado de Paz Letrado Mixto Ilo a cargo del señor Juez JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, Especialista Legal USMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano de Programa Municipal de Vivienda Nro. IV Nuevo Ilo Lote 1 Manzana 22 Vivienda ubicado en el Distrito de ILO, Provincia de ILO, Departamento de Moquegua; inscrito en la partida Nro. P08025078 de la Zona Registral Nro.XIII Sede Tacna. VALOR DE TASACION: S/. 192,057.05 (Ciento noventa y dos mil cincuenta y siete y 05/100 Soles). BASE DE REMATE; S/. 128,038.03 (Ciento veintiocho mil y treinta y ocho con 03/100 Soles) equivalentes a 2/3 partes de tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA COMUN.- Asiento 0004 a favor del Banco de Materiales hasta por la suma de S/8,080.00 soles, asiento de presentación N° 08A2006151 del 04/12/2012. INSCRIPCION DE EMBARGO CAUTELAR.- Asiento 0005 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/16,500.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa, mediante resolución N 01 del 02/11/2016 por juez del 2do Juzgado de Paz Letrado Julio Martin Pinazo Quispe. INSCRIPCION DE EMBARGO.- Asiento 0006 sobre predio inscrito hasta por la suma de S/10,000.00 soles a favor de La Caja Municipal de Ahorro y Credito de Tacna SA., mediante resolución N 01 del 16/08/2017 por Juez del 2do Juzgado de Paz letrado de Ilo Julio Martín Pinazo Quispe. FECHA Y HORA DE REMATE: Jueves 29 de Noviembre del 2018 a las 3:45 P.M. LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado Mixto- Ilo, Ubicado en calle Matara N° 325, Tercer piso Ilo – Moquegua. POSTORES: Obrarán cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable a favor del Banco de la Nación y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando número del Expediente, número de documento de identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelara la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS. Adjudicatario deberá depositar saldo del precio dentro del tercer día de la fecha de remate, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Octubre del 2018. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE Abogado Martillero Reg. 310. Usmelda Felina Valdivia Flores - Especialista Legal. Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16-19-20-21-22-23 Noviembre) PRIMER REMATE En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 00310-2009-0-2802-JMCI-02 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU, en contra de PESQUERA OLIMPIA DEL SUR S.A.C; ALBERTO GUILLERMO LIENDO PIZARRO; LUIS FLAVIO MIRANDA ROJAS Y CONSUELO BENITA PORTURAS DE MIRANDA. La señorita Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dra. Yenny Beatriz Benavides Meza, Especialista Legal Dra. Judith Gallegos Ra-

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mos, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de los inmuebles: A).- PRIMER INMUEBLE: JIRON ABTAO MZ. 41, LOTE 2, RESIDENCIAL, CERCADO ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 11000176 DEL REGISTRO DE PREDIOS ZONA REGISTRAL XIII, TACNA; TASACIÓN: US$127,820.20 (Ciento veintisiete mil ochocientos veinte 20/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$85,213.47 (Ochenta y cinco mil dos cientos trece 47/100 dólares Americanos); equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: A favor del Banco de Crédito del Perú hasta por el monto de US$110,000.00 inscrito en el asiento D00001, debidamente ratificado en los asientos D00008 y asiento D00009; 2) HIPOTECA: A favor de FIMA S.A. hasta por el monto de US$10,000.00, sobre los derechos y acciones que le corresponde a Alberto Liendo Pizarro, inscrito en el asiento 7, rubro D; 3) CESION DE CREDITO: A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. los asientos D00007 Y D00010; 4) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: A favor de la SUNAT, hasta por el monto de S/10,500.00 nuevos soles, inscrito en el asiento D000012; afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11000176, de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (US$12,782.02) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad; B).- SEGUNDO INMUEBLE: ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL MIRAMAR MZ. N° I´ (PRIMA) , LOTE 3, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL PO8023142 DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; TASACIÓN: US$70,825.21 (Setenta mil ochocientos veinticinco 21/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$47,216.80 (Cuarenta y siete mil dos cientos dieciséis 80/100 dólares Americanos); equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: A favor del Banco de Crédito del Perú hasta por el monto de US$55,100.00 inscrito en el asiento 00005; 2) MODIFICACION DE HIPOTECA: A favor de Banco de Crédito del Perú, inscrito en el asiento 00015, afectación que se halla inscrita en la partida registral PO8023142, de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (US$7,082.53) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad; DIA Y HORA DE REMATE: MIÉRCOLES 28 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A HORAS 11:30 (ONCE Y TREINTA) AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en el lugar de espera de las instalaciones del Juzgado Mixto de Ilo, Sede Juzgados Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Jr. Matara N° 325, segundo Piso; El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Ilo 2018, octubre 26. (1415-16-19-20-21 Noviembre)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Miércoles, 21 de noviembre del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO Moquegua, 13 de Noviembre de 2018 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2018-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de noviembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Organo Jurisdiccional Juzgado de Trabajo Transitorio para Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales

Dia

Hora de Inicio

Miércoles 28 de noviembre

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. FREDY FERNÁNDEZ SÁNCHEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA