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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 3 de marzo del 2017
Avisos Judiciales EDICTO EDICTO En el expediente 427-2016-0-2801-JM, ante el primer Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha la juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Legal Dr. Jaime Tarqui, Exp., mediante Resolución N°02-2016 de fecha 14 de noviembre del 2016 Resuelve ADMITIR A TRAMITE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por EDWIN REGELIO NOVA MAMANI, solicitando el cambio de su apellido paterno MAMANI por el de RAMIREZ en su partida de Nacimiento, en el proceso NO CONTENCIOSO. En consecuencia se dispone Notificar mediante edictos a la parte interesada, familiares por una notificación, cumpla con efectuar las publicaciones de Ley en el diario La Republica. Moquegua, 02 de Marzo del 2017. Renato A. Salas Coayla – Abogado. Reg. CAM 0826; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Marzo) PUBLICACION AVISO JUDICIAL Exp. 0409-2011, ante el Juzgado Mixto de Ilo especialista Marco Cáceres Ninaja, don Cecilio Palomino Manzano ha interpuesto demanda de prescripción adquisitiva en contra de la Asociación Casa Huerta “los olivares”, sobre el predio rustico N° 70, ubicado en terrenos de propiedad de la demandada en la Pampa Inalámbrica-Ilo, predio que colinda por el Sur con el predio N° 71, de propiedad de doña Domitila Delgado Márquez, por el Norte con calle A, por el Oeste, con el lote 69 de propiedad de doña Eufemia Erasmo Rafael Escobar y por el Este con calle 1-1, con frente Asociación Ramiro Prialé, lo que se hace de conocimiento de los interesados. (02, 08, 14 Marzo). PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO En este Oficio Notarial del Jr. Moquegua 677 – Moquegua, se presentó: MILAGROS JENNY HERRERA MANRIQUE Con Documento Nacional de Identidad 40055291, y otros, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y MEDIAS, del PREDIO URBANO UBICADO EN CALLE LOS OLIVOS SIN NUMERO, SECTOR YARACACHI DEL CERCADO, DISTRITO MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO MOQUEGUA, CON INSCRIPCION MATRIZ EN LA PARTIDA LXIX, TOMO 55, FOLIO 290 EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD DE LA OFICINA REGISTRAL MOQUEGUA. Area: 9.647.27 m2, perímetro 606.09 ml. Colindancias: Por el Sur: En once tramos rectos de 46.30 ml. 8.00 ml. 49.50 ml. 12.90 ml. 1.41 ml. 4.29 ml, 1952 ml, 29.08 ml. 2.36 ml, 43.16 ml y 40.89 ml, colindante con Urb. Los Olivos I Y II Etapa. Por el Este: En un tramo recto de 64.90 ml, colindante con Prolongación Calle N° 4. Por el Norte: En nueve tramos rectos de 6.33 ml. 98. 29 ml. 33.30 ml, 29.86 ml, 11.46 ml, 13.82 ml, 15.30 ml. 32.93 ml y 9.72 ml colindante con los sub lotes N° 1205 – C N° 1205-B, N° 1205-A y N° 1205 respectivamente. Por el Oeste.- En un tramo recto de 32.68 ml. Colindante con Prolongación Calle Los Olivos. Para declararse propietarios absolutos. Invoca LEYES 27157, 2733. 26662. D.L 1049 Y SUS MODIFICACIONES. Lo que se notifica para los fines de ley. Moquegua 20 Febrero 2017. Oscar Valencia H. Notario Público – Abogado CNM: 006(27 Febrero y 03 -07 Marzo) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Expediente Nro. 00129-2017, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Juez Dra. Estefany Rojas Coronel, Sec. Yossely Delgado Aquino, doña EUDOCIA FERNANDEZ VDA. DE AMESQUITA, solicita la Sucesión Intestada de su finado esposo MANUEL HERMILIO AMESQUITA AMESQUITA, fallecido el 06 de Abril del 2014 en el Hospital de Arequipa, teniendo como su ultimo domicilio en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare su fallecimiento y se de-
clare como su única heredera a su esposa Eudocia Fernandez Vda. de Amesquita. Por lo que se pone en conocimiento de los presuntos herederos domiciliados en el lugar. Moquegua, 02 de Marzo del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M 172; Abog. Yossely Lizeth Delgado Aquino – Tercer Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Marzo) SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE COMUNICA QUE DOÑA LUZ ALVARADO MACHACA, IDENTIFICADA CON D.N.I. N°01329271, QUIEN PROCEDE POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACION DE SUS MENORES HIJOS JULIO CESAR ROJAS ALVARADO, IDENTIFICADO CON DNI N° 74026855, Y MARCOS EDISON ROJAS ALVARADO, CON DNI N° 74026849, HA PRESENTADO ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CONYUGE DON EUSTAQUIO ROJAS CHOQUECAHUA, FALLECIDO EL 27 DE DICIEMBRE DEL 2016, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN MOQUEGUA, EN DONDE SE SEÑALA COMO PRESUNTOS UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE A LOS RECURRENTES LUZ ALVARADO MACHACA, JULIO CESAR ROJAS ALVARADO, Y MARCOS EDISON ROJAS ALVARADO. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES CONSIGUIENTES. MOQUEGUA, 2017 MARZO. 01. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA. NOTARIA PÚBLICA. MOQUEGUA – PERU (03 MARZO) REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. Nro. 281-2010-0-2802-JMLA-01, sobre PAGO DE REMUNERACIONES que sigue PEREYRA VILLANUEVA PEDRO VIDAL. en contra de LA EMPRESA PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., EMPRESA PESQUERA SALVE SRL; Señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, con intervención del Especialista Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA,, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Balneario del Sur Sub. Lote A, Distrito de de llo, Provincia de lio ,Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 005003052, Zona Registral Nro. XIII, Cede Tacna. la Zona Registra’ XIII-Sede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en In 1, 682.944.02 (UN MILLON SEIS CIENTOS OCHENTA Y DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 021100 DOLSRES AMERICANOS) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es U$. 1, 121,962.68 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS). AFECTACIONES Y GRAVAMENES, HIPOTECA: (000010) La empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. Constituye hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú S.A.A., hasta por la suma de US$ 7 599,739.70 Dólares Americanos, con el interés y plazo propios de la operación; sobre la unidad de producción, comprendido el terreno y maquinaria y equipos localizadas en las instalaciones de la fábrica, así más ampliamente consta en la escritura pública de fecha 17/11/2005, otorgada ante notario público Yolanda Lucia Insua Arroyo. RATIFICACION DE Y MODIFICACIONDE HIPOTECA (D00011) Las partes ratifican la hipoteca a que se refiere el asiento D-10, y convienen en modificar la cobertura de la hipoteca, a fin que en adelante, además de las obligaciones detalladas en el instrumento de constitución el cumplimiento, garantizar el pago de un préstamo de US$ 500,000.00 (Dólares Americanos),y demás obligaciones según la escritura pública de fecha 10/10/2007, otorgada ante notario público Dr. John Jesús Soto Gamero. EMBARGO-(D00012) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 25,000.00 (nuevos soles), a favor de Víctor Leandro Sosa !turre, según resolución judicial Nro. 86, de fecha 08/01/2010, Exp. 330-203, sobre Alimentos -Primer Juzgado Mixto de !lo, -EMBARGO-(D00013) : inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 200,000.00
(nuevos soles), a favor de Mauro Adán Delgado Abarca, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 10/12/2010, Exp. 003-2009, pago de remuneraciones- Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO(D00014) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 70,000.00 (nuevos soles), a favor de James Da Silva Chosna, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 28/12/2010, Exp. 0054-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00015) : inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 80,000.00 (nuevos soles), a favor de Edgar Alfredo Herrera Torres, según resolución judicial Nro. 02, de fecha 25/01/2011, Exp. 238-2010, sobre pago de remuneraciones- Segundo Juzgado de llo, -EMBARGO-(D00016) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 175,380.00 (nuevos soles), a favor de Donato Ghana Cusi, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 22/12/2010, Exp.27-2010, sobre pago de remuneraciones, Segundo Mixto de llo, -EMBARGO-(D00016): Inscrito en esta partida hasta por !a suma de S/. 180,000.00 (nuevos soles), a favor de Enrique Teodoro tahura Flores, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 30/12/2010, Exp. 005-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00017): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 250,000.00 (nuevos soles), a favor de Pedro Vidal Pereyra Villanueva, según resolución judicial Nro. 42,de fecha 09/12/2015, Exp. 281-2010, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO(D00018): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa según resolución judicial Nro. 91, de fecha 10/12/2015, Exp. 16-2011, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00019): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 90,000.00 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución judicial Nro. 47, de fecha 03/12/2015, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de 110, FECHA DE REMATE: EL 17 de Marzo del 2017, a las 12.30.m. (De la mañana).LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado Mixto de 110, sito en la Calle Matara Nro. 325 , llo— Provincia de llo, Departamento de Moquegua,. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz CoaquiraMartillero Publico Registro Nro. 267. (28 Febrero, 01, 02, 03, 06, 07 Marzo). REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDENA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de llo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dra. Judith Gallegos Ramos, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje 1, Mz. G, lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo, Distrito y Provincia de llo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo. El bien ha sido valorizado en US$. 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de US$. 78,885.66 (SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 66/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/. 310,761.10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/. 75,000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramírez, ordenado con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo; inscritos en los asientos D00007 y D00008 de la
Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo, respectivamente. El remate se realizará el día VEINTIDÓS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en calle Matará N° 325, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N° 224 Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005^31) S + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 23 de enero del 2017. (23-2427-28 Febrero y 01-02 Marzo) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra VARGAS ROJAS JUAN GILBERTO Y CHIRINOS POLANCO LETICIA MARINA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 0090-2015-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO CESAR VALLEJO, LOTE 01 DE LA MZ. M, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (104.06 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE 7 CON 6.93 ML; POR LA IZQUIERDA EN DOS TRAMOS: TRAMO 001 CON LA CALLE A CON 13.74 Y TRAMO 002 CON 1.37 ML; POR LA DERECHA CON EL LOTE 9 CON 14.99 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 2 CON 6.44 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P08016591 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): S/. 113,467.72 Soles. BASE DE REMATE: S/.75,645.15 Soles (Setenta y cinco mil, seiscientos cuarenta y cinco con 15/100 soles) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00004, a favor de ENACE, hasta por la suma de S/. 12,350.00. HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00006 a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 7,940.00. Ambas en la Partida Registral N°P08016591 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 12 de Abril de 2017, a horas 08h45 am En el Hall del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono: 999098701, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, 09 de enero de 2017. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, Tercero: Financiera Confianza SAA contra NICOLASA JILAPA CONDORI Y RAUL CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 00364-2011-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la
Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI) V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE N°10 CON 20.06 ML; POR LA DERECHA CON EL PASAJE N°34 CON 20.05 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P08013580 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): US $/. 12,421.62 (Doce mil cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US $/. 8,281.08 (Ocho mil doscientos ochenta y uno con 08/100 Dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez, hasta por la suma de S/. 4,532.21. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00006, a favor de Caja Municipal de Tacna hasta por la suma de S/. 2,500.00 EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A. , hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA de MOQUEGUA LTDA 103, hasta por la suma de S/. 23,000.00. En la Partida Registral N° P08013580 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 12 de abril de 2017, a horas 08:15 am En el Hall del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono: 999098701, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público, Matrícula 209, enero 09 de 2017. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En el proceso seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra LUISA FELICITA FLORES MAMANI sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 00143-2015-0-2802-JP-CI-02, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del Juez Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, Dr. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV Nuevo Ilo Mz 17 , lote 02 Distrito de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la partida N° P08024961 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII. EL bien ha sido valorizado en S/ 67,905.85 (SESENTA Y SIETE MIL NOVESCIENTOS CINCO CON 85/100 SOLES) siendo el precio base en primera convocatoria la suma de S/. 45,270.57 (CUARENTA Y CINCO MIL, DOSCIENTOS SETENTA CON 57/100 SOLES) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1)HIPOTECA preventiva a favor de ENACE hasta por la suma de S/ 6,900.00; 2)HIPOTECA a favor del banco de materiales hasta por la suma de S/ 6,640.00; 3) EMBARGO en forma de inscripción a favor de la ejecutante y con motivo de autos hasta por S/. 20,000.00 y 4) EMBARGO en forma de inscripción a favor de la ejecutante hasta por S/. 4,500.00 ordenado por el segundo juzgado de paz letrado de Ilo, con motivo del EXp Nro. 277-2015; inscritos en
Viernes, 3 de marzo del 2017
los asientos 00003,00006, 00008 y 00009 de la partida P08024961 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII, respectivamente. El remate se realizara el día VEINTIDOS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en Calle Matará Nro. 325 de esta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del martillero Publico Abraham Mariñas Sánchez, con registro N° 224. Los Postores deberán Oblar una cantidad no menor a S/. 6,790.58 que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentaran el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del expediente, juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad ) COMISION DEL MARTILLERO: Sera de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ, Martillero Público a Nivel Nacional, Registro N° 224. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). EDICTO PENAL EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIENTE N° 0671-2009-0-2801-SP-PE-01 (2006-016-P) SE HA DISPUESTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DEL ACUSADO REQUISITORIADO QUE A CONTINUACION SE DETALLA: NOMBRES Y APELLIDOS: YONI CESAR HUAMANI ELGUERA; EDAD: 52 AÑOS; SEXO: MASCULINO; FECHA DE NACIMIENTO: 11-01-1965; LUGAR DE NACIMIENTO: DEPARTAMENTO AYACUCHO, PROVINCIA HUAMANGA, DISTRITO AYACUCHO; NACIONALIDAD: PERUANO; DNI N°: 28312327; DOMICILIO: MZ. 49 LOTE 22 PAMPLONA - SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA; ESTADO CIVIL: SOLTERO; GRADO DE INSTRUCCIÓN: SECUNDARIA COMPLETA; CENTRO DE TRABAJO: SE DESCONOCE; PROFESION U OCUPACION: SE DESCONOCE; NOMBRES DE LOS PADRES: LUCIANO HUAMANI Y EUMILIA ELGUERA; CARACTERISTICAS FISICAS: TALLA 1.55 M, CABELLO NEGRO ONDULADO, FRENTE AMPLIA, CEJAS SEMI POBLADAS, RAZA MESTIZA, PIEL TRIGUEÑA, OJOS NEGROS, NARIZ AGUILEÑA, LABIOS DELGADOS, PÓMULOS NORMALES, BARBILLA REDONDA; DELITO: ROBO AGRAVADO Y OTRO; AGRAVIADOS: HUEY MIIN CHU WONG Y OTROS; MAGISTRADOS: DR. GONZÁLEZ AGUILAR, DR. LOO SEGOVIA; DR. COAGUILA MITA; SECRETARIO: YULEMI PAULA PACHECO ZAPATA. Moquegua, 22 de febrero de 2017. (28 FEBRERO Y 01-02 MARZO) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00127-2017-0-2801-JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Secretario Judicial (e): Wendy Abensur Pinto. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto (e) ha dispuesto mediante resolución número dos. NOTIFICAR VIA EDICTO al IMPUTADO OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas con Agravante, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de SANTINA DORIS RAMOS NINA. 2. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE. 3. Conforme al rol de diligencias del Juzgado, FIJAR como fecha para la realización del JUICIO ORAL, el QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS (12:00); en el despacho del Tercer Juzgado de Paz Letrado - Penal de Mariscal Nieto. 4. ORDENAR la asistencia obligatoria de la parte imputada acompañado de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de DISPONER su comparecencia por medio de la fuerza pública y ante su reiterada inasistencia injustificada, ordenar su detención hasta que se realice y culmine el juicio oral el cual se celebrara inmediatamente; 5. ORDENAR la asistencia obligatoria de la parte agraviada, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de REALIZAR el Juicio Oral cuando la parte imputada asista; o de ser el caso que ninguna parte asista y no justifiquen su inasistencia dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, de DISPONER la conclusión del proceso por desistimiento tácito; y DEJAR SIN EFECTO la medida de protección dispuesta por el
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Juzgado Especializado de Familia. 6. REQUERIR a la parte imputada, para que dentro del plazo de Veinticuatro (24) horas nombre defensa técnica (abogado defensor) y señale Casilla Electrónica otorgada por el Poder Judicial, bajo apercibimiento de nombrársele Abogado Defensor Público. 7. PREVENIR a las partes imputada y agraviada, que el Juicio Oral se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible); por lo que, deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y traer consigo en dicho acto los medios probatorios (testigos, documentos, etc.) que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia, conforme el artículo 155 del Código Procesal Penal, así como los requisitos formales mínimos en caso de prueba personal (testigos y peritos que deben ser convocados, nombre completo, profesión, domicilio y extremos de declaración) y de prueba documental, conforme al artículo 350, literal f, de la norma antes referida de aplicación supletoria por interpretación sistemática del artículo 484.4, del mismo cuerpo legal. 8. AUTORIZAR a las partes para que puedan recabar COPIAS de los actuados sin más mandato que el presente en razón que no se ha remitido copias suficientes para su notificación; sin perjuicio que se apersonen y señalen casilla electrónica para la notificación de todos los antecedentes por dicho medio. 9. COMUNICAR a la parte IMPUTADA, en caso de ser una persona de escasos recursos económicos que le impida ser asesorado por defensa técnica particular (abogado), que puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia – Área Penal ubicado en Prolongación Calle Venezuela S/N de la Urb. Santa Fortunata con el Gramadal del sector Cercado Zona el Pisanai S/N - Mariscal Nieto. 10. COMUNICAR a la parte AGRAVIADA, en caso de ser una persona víctima de agresión física proveniente de violencia familiar, que puede solicitar asesoramiento gratuito ante el Centro de Emergencia Mujer Moquegua del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ubicada en calle Moquegua N° 1141, interior 20, Moquegua; y en caso de ser una persona de escasos recursos económicos que le impida ser asesorado por defensa técnica particular (abogado), alternativamente puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia – Área de Víctimas ubicado en Prolongación Calle Venezuela S/N de la Urb. Santa Fortunata con el Gramadal del sector Cercado Zona el Pisanai S/N - Mariscal Nieto. 11. PONER en conocimiento la presente denuncia al Centro de Emergencia Mujer – Moquegua a efecto que actúe conforme a sus atribuciones; para lo cual notifíquese con todos los actuados en su casilla electrónica la cual es de conocimiento del Juzgado, sin perjuicio de generársele cedula de notificación. 12. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución al Juzgado Especializado de Familia, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 30364 (D.S. 009-2016-MIMP). Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 23 de febrero del 2017. Doctor Heiner Rivera Rodríguez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogada Wendy Abensur Pinto, Secretario Judicial (e) del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (28 Febrero y 01-02 Marzo) EDICTO PENAL Expediente N° 000179-2016-0-2801-SP-PE-01-REF. SALA N° 338-2016-0. SALA PENAL DE APELACIONES DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se notifica a la imputada MARIA ISABEL VILLEGAS HUAMAN, mediante edicto, la Resolución Nro.05 de fecha siete de Febrero de 2017, que dispone: DADO CUENTA: Estando a que la audiencia de apelación de sentencia programada para el día tres de febrero de dos mil diecisiete, a horas doce con cuarenta y cinco minutos, no pudo ser válidamente instalada, toda vez que la abogada defensora de la querellante, en mérito al certificado médico visado número 0027212, solicitó la suspensión de la audiencia por encontrarse su patrocinada delicada de salud, verificándose de dicho certificado médico que se le otorgó a la querellante Sandra Yanet García Típula descanso médico en cama desde el dos de febrero al tres de febrero de dos mil diecisiete; asimismo no se instaló la audiencia par no encontrase presente la parte querellante ni su defensa técnica y no habiéndose justificado la inasistencia del abogado defensor del querellada a la audiencia programada, debe subrogarse a dicho abogado defensor y requerirse a ésta para que en el término de veinticuatro horas de notificada cumpla con designar nuevo abogado defensor, bajo apercibimiento de nómbresele uno de
oficio para que asuma su defensa y la asista en la audiencia de apelación de sentencia a reprogramarse oportunamente; por lo que DISPUSIERON: Primero: Tener por justificada la inasistencia de la querellante Sandra Yanet García Típula, a la audiencia de apelación de sentencia antes señalada. Segundo: Subrogar al abogado defensor Julio Callomamani Soto de la defensa técnica de la querellada María Isabel Villegas Huamán, REQUIRIERON a la querellada María Isabel Villegas Huamán, para que en el término de veinticuatro horas de notificada, cumpla con designar nuevo abogado defensor, bajo apercibimiento de nómbresele uno de oficio para que asuma su defensa y la asista en la audiencia de apelación de sentencia a reprogramarse oportunamente. Suscribe el Especialista Judicial de Causa, por mandato del Colegiado Superior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos. Moquegua, 23 de Febrero de 2017. (28 Febrero y 01-02 Marzo) EDICTO PENAL Expediente Nº 00095-2017-0-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don FELIPE ADOLFO COAGUILA QUICO, identificado con DNI Nº 41509522, de sexo masculino, nacido el 23 de agosto de 1979, de estado civil soltero, de 37 años, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Venancio y Agripina, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 26 de Octubre del 2015 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al abogado Guillermo Anibal Mendoza Nuñez, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.Moquegua, 22 de febrero de 2017. (27-28 Febrero y 01 Marzo) EDICTO EDICTO En el expediente 427-2016-0-2801-JM, ante el primer Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha la juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Legal Dr. Jaime Tarqui, Exp., mediante Resolución N°02-2016 de fecha 14 de noviembre del 2016 Resuelve ADMITIR A TRAMITE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por EDWIN REGELIO NOVA MAMANI, solicitando el cambio de su apellido paterno MAMANI por el de RAMIREZ en su partida de Nacimiento, en el proceso NO CONTENCIOSO. En consecuencia se dispone Notificar mediante edictos a la parte interesada, familiares por una notificación, cumpla con efectuar las publicaciones de Ley en el diario La Republica. Moquegua, 02 de Marzo del 2017. Renato A. Salas Coayla – Abogado. Reg. CAM 0826; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Marzo) PUBLICACION AVISO JUDICIAL Exp. 0409-2011, ante el Juzgado Mixto de Ilo especialista Marco Cáceres Ninaja, don Cecilio Palomino Manzano ha interpuesto demanda de prescripción adquisitiva en contra de la Asociación Casa Huerta “los olivares”, sobre el predio rustico N° 70, ubicado en terrenos de propiedad de la demandada en la Pampa Inalámbrica-Ilo, predio que colinda por el Sur con el predio N° 71, de propiedad de doña Domitila Delgado Márquez, por el Norte con calle A, por el Oeste, con el lote 69 de propiedad de doña Eufemia Erasmo Rafael Escobar y por el Este con calle 1-1, con frente Asociación Ramiro Prialé, lo que
se hace de conocimiento de los interesados. (02, 08, 14 Marzo). PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO En este Oficio Notarial del Jr. Moquegua 677 – Moquegua, se presentó: MILAGROS JENNY HERRERA MANRIQUE Con Documento Nacional de Identidad 40055291, y otros, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y MEDIAS, del PREDIO URBANO UBICADO EN CALLE LOS OLIVOS SIN NUMERO, SECTOR YARACACHI DEL CERCADO, DISTRITO MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO MOQUEGUA, CON INSCRIPCION MATRIZ EN LA PARTIDA LXIX, TOMO 55, FOLIO 290 EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD DE LA OFICINA REGISTRAL MOQUEGUA. Area: 9.647.27 m2, perímetro 606.09 ml. Colindancias: Por el Sur: En once tramos rectos de 46.30 ml. 8.00 ml. 49.50 ml. 12.90 ml. 1.41 ml. 4.29 ml, 1952 ml, 29.08 ml. 2.36 ml, 43.16 ml y 40.89 ml, colindante con Urb. Los Olivos I Y II Etapa. Por el Este: En un tramo recto de 64.90 ml, colindante con Prolongación Calle N° 4. Por el Norte: En nueve tramos rectos de 6.33 ml. 98. 29 ml. 33.30 ml, 29.86 ml, 11.46 ml, 13.82 ml, 15.30 ml. 32.93 ml y 9.72 ml colindante con los sub lotes N° 1205 – C N° 1205-B, N° 1205-A y N° 1205 respectivamente. Por el Oeste.- En un tramo recto de 32.68 ml. Colindante con Prolongación Calle Los Olivos. Para declararse propietarios absolutos. Invoca LEYES 27157, 2733. 26662. D.L 1049 Y SUS MODIFICACIONES. Lo que se notifica para los fines de ley. Moquegua 20 Febrero 2017. Oscar Valencia H. Notario Público – Abogado CNM: 006(27 Febrero y 03 -07 Marzo) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Expediente Nro. 00129-2017, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Juez Dra. Estefany Rojas Coronel, Sec. Yossely Delgado Aquino, doña EUDOCIA FERNANDEZ VDA. DE AMESQUITA, solicita la Sucesión Intestada de su finado esposo MANUEL HERMILIO AMESQUITA AMESQUITA, fallecido el 06 de Abril del 2014 en el Hospital de Arequipa, teniendo como su ultimo domicilio en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare su fallecimiento y se declare como su única heredera a su esposa Eudocia Fernandez Vda. de Amesquita. Por lo que se pone en conocimiento de los presuntos herederos domiciliados en el lugar. Moquegua, 02 de Marzo del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M 172; Abog. Yossely Lizeth Delgado Aquino – Tercer Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Marzo) SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE COMUNICA QUE DOÑA LUZ ALVARADO MACHACA, IDENTIFICADA CON D.N.I. N°01329271, QUIEN PROCEDE POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACION DE SUS MENORES HIJOS JULIO CESAR ROJAS ALVARADO, IDENTIFICADO CON DNI N° 74026855, Y MARCOS EDISON ROJAS ALVARADO, CON DNI N° 74026849, HA PRESENTADO ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CONYUGE DON EUSTAQUIO ROJAS CHOQUECAHUA, FALLECIDO EL 27 DE DICIEMBRE DEL 2016, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN MOQUEGUA, EN DONDE SE SEÑALA COMO PRESUNTOS UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE A LOS RECURRENTES LUZ ALVARADO MACHACA, JULIO CESAR ROJAS ALVARADO, Y MARCOS EDISON ROJAS ALVARADO. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES CONSIGUIENTES. MOQUEGUA, 2017 MARZO. 01. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA. NOTARIA PÚBLICA. MOQUEGUA – PERU (03 MARZO) REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. Nro. 281-2010-0-2802-JMLA-01, sobre PAGO DE REMUNERACIONES que sigue PEREYRA VILLANUEVA PEDRO VIDAL. en contra de LA EMPRESA PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., EMPRESA PESQUERA SALVE SRL; Señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, con intervención del Especialista
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Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA,, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Balneario del Sur Sub. Lote A, Distrito de de llo, Provincia de lio ,Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 005003052, Zona Registral Nro. XIII, Cede Tacna. la Zona Registra’ XIII-Sede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en In 1, 682.944.02 (UN MILLON SEIS CIENTOS OCHENTA Y DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 021100 DOLSRES AMERICANOS) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es U$. 1, 121,962.68 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS). AFECTACIONES Y GRAVAMENES, HIPOTECA: (000010) La empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. Constituye hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú S.A.A., hasta por la suma de US$ 7 599,739.70 Dólares Americanos, con el interés y plazo propios de la operación; sobre la unidad de producción, comprendido el terreno y maquinaria y equipos localizadas en las instalaciones de la fábrica, así más ampliamente consta en la escritura pública de fecha 17/11/2005, otorgada ante notario público Yolanda Lucia Insua Arroyo. RATIFICACION DE Y MODIFICACIONDE HIPOTECA (D00011) Las partes ratifican la hipoteca a que se refiere el asiento D-10, y convienen en modificar la cobertura de la hipoteca, a fin que en adelante, además de las obligaciones detalladas en el instrumento de constitución el cumplimiento, garantizar el pago de un préstamo de US$ 500,000.00 (Dólares Americanos),y demás obligaciones según la escritura pública de fecha 10/10/2007, otorgada ante notario público Dr. John Jesús Soto Gamero. EMBARGO-(D00012) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 25,000.00 (nuevos soles), a favor de Víctor Leandro Sosa !turre, según resolución judicial Nro. 86, de fecha 08/01/2010, Exp. 330-203, sobre Alimentos -Primer Juzgado Mixto de !lo, -EMBARGO-(D00013) : inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 200,000.00 (nuevos soles), a favor de Mauro Adán Delgado Abarca, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 10/12/2010, Exp. 003-2009, pago de remuneraciones- Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO(D00014) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 70,000.00 (nuevos soles), a favor de James Da Silva Chosna, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 28/12/2010, Exp. 0054-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00015) : inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 80,000.00 (nuevos soles), a favor de Edgar Alfredo Herrera Torres, según resolución judicial Nro. 02, de fecha 25/01/2011, Exp. 238-2010, sobre pago de remuneraciones- Segundo Juzgado de llo, -EMBARGO-(D00016) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 175,380.00 (nuevos soles), a favor de Donato Ghana Cusi, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 22/12/2010, Exp.27-2010, sobre pago de remuneraciones, Segundo Mixto de llo, -EMBARGO-(D00016): Inscrito en esta partida hasta por !a suma de S/. 180,000.00 (nuevos soles), a favor de Enrique Teodoro tahura Flores, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 30/12/2010, Exp. 005-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00017): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 250,000.00 (nuevos soles), a favor de Pedro Vidal Pereyra Villanueva, según resolución judicial Nro. 42,de fecha 09/12/2015, Exp. 281-2010, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO(D00018): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa según resolución judicial Nro. 91, de fecha 10/12/2015, Exp. 16-2011, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00019): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 90,000.00 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución judicial Nro. 47, de fecha 03/12/2015, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de 110, FECHA DE REMATE: EL 17 de Marzo del 2017, a las 12.30.m. (De la mañana).LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado Mixto de 110, sito en la Calle Matara Nro. 325 , llo— Provincia de llo, Departamento de Moquegua,. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillero Público
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son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz CoaquiraMartillero Publico Registro Nro. 267. (28 Febrero, 01, 02, 03, 06, 07 Marzo). REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDENA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de llo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dra. Judith Gallegos Ramos, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje 1, Mz. G, lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo, Distrito y Provincia de llo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo. El bien ha sido valorizado en US$. 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de US$. 78,885.66 (SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 66/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/. 310,761.10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/. 75,000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramírez, ordenado con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo; inscritos en los asientos D00007 y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo, respectivamente. El remate se realizará el día VEINTIDÓS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en calle Matará N° 325, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N° 224 Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005^31) S + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 23 de enero del 2017. (23-2427-28 Febrero y 01-02 Marzo) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra VARGAS ROJAS JUAN GILBERTO Y CHIRINOS POLANCO LETICIA MARINA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 0090-2015-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO CESAR VALLEJO, LOTE 01 DE LA MZ. M, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (104.06 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE 7 CON 6.93 ML; POR LA IZQUIERDA EN DOS TRAMOS: TRAMO 001 CON LA CALLE A CON 13.74 Y TRAMO 002 CON 1.37 ML; POR LA DERECHA CON EL LOTE 9 CON 14.99 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 2 CON 6.44 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P08016591 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): S/. 113,467.72 Soles. BASE DE REMATE: S/.75,645.15 Soles (Setenta y cinco mil, seiscientos cuarenta y cinco con 15/100 soles) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00004, a favor de ENACE, hasta por la suma de S/. 12,350.00. HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00006 a favor de Banco de Materiales, has-
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ta por la suma de S/. 7,940.00. Ambas en la Partida Registral N°P08016591 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 12 de Abril de 2017, a horas 08h45 am En el Hall del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono: 999098701, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, 09 de enero de 2017. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, Tercero: Financiera Confianza SAA contra NICOLASA JILAPA CONDORI Y RAUL CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 00364-2011-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI) V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE N°10 CON 20.06 ML; POR LA DERECHA CON EL PASAJE N°34 CON 20.05 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P08013580 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): US $/. 12,421.62 (Doce mil cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US $/. 8,281.08 (Ocho mil doscientos ochenta y uno con 08/100 Dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez, hasta por la suma de S/. 4,532.21. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00006, a favor de Caja Municipal de Tacna hasta por la suma de S/. 2,500.00 EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A. , hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA de MOQUEGUA LTDA 103, hasta por la suma de S/. 23,000.00. En la Partida Registral N° P08013580 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 12 de abril de 2017, a horas 08:15 am En el Hall del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono: 999098701, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público, Matrícula 209, enero 09 de 2017. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En el proceso seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra LUISA FELICITA FLORES MAMANI sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expe-
diente Nº 00143-2015-0-2802-JP-CI-02, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del Juez Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, Dr. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV Nuevo Ilo Mz 17 , lote 02 Distrito de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la partida N° P08024961 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII. EL bien ha sido valorizado en S/ 67,905.85 (SESENTA Y SIETE MIL NOVESCIENTOS CINCO CON 85/100 SOLES) siendo el precio base en primera convocatoria la suma de S/. 45,270.57 (CUARENTA Y CINCO MIL, DOSCIENTOS SETENTA CON 57/100 SOLES) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1)HIPOTECA preventiva a favor de ENACE hasta por la suma de S/ 6,900.00; 2)HIPOTECA a favor del banco de materiales hasta por la suma de S/ 6,640.00; 3) EMBARGO en forma de inscripción a favor de la ejecutante y con motivo de autos hasta por S/. 20,000.00 y 4) EMBARGO en forma de inscripción a favor de la ejecutante hasta por S/. 4,500.00 ordenado por el segundo juzgado de paz letrado de Ilo, con motivo del EXp Nro. 2772015; inscritos en los asientos 00003,00006, 00008 y 00009 de la partida P08024961 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII, respectivamente. El remate se realizara el día VEINTIDOS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en Calle Matará Nro. 325 de esta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del martillero Publico Abraham Mariñas Sánchez, con registro N° 224. Los Postores deberán Oblar una cantidad no menor a S/. 6,790.58 que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentaran el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del expediente, juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad ) COMISION DEL MARTILLERO: Sera de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ, Martillero Público a Nivel Nacional, Registro N° 224. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). EDICTO PENAL EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIENTE N° 0671-2009-0-2801-SP-PE-01 (2006-016-P) SE HA DISPUESTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DEL ACUSADO REQUISITORIADO QUE A CONTINUACION SE DETALLA: NOMBRES Y APELLIDOS: YONI CESAR HUAMANI ELGUERA; EDAD: 52 AÑOS; SEXO: MASCULINO; FECHA DE NACIMIENTO: 11-01-1965; LUGAR DE NACIMIENTO: DEPARTAMENTO AYACUCHO, PROVINCIA HUAMANGA, DISTRITO AYACUCHO; NACIONALIDAD: PERUANO; DNI N°: 28312327; DOMICILIO: MZ. 49 LOTE 22 PAMPLONA - SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA; ESTADO CIVIL: SOLTERO; GRADO DE INSTRUCCIÓN: SECUNDARIA COMPLETA; CENTRO DE TRABAJO: SE DESCONOCE; PROFESION U OCUPACION: SE DESCONOCE; NOMBRES DE LOS PADRES: LUCIANO HUAMANI Y EUMILIA ELGUERA; CARACTERISTICAS FISICAS: TALLA 1.55 M, CABELLO NEGRO ONDULADO, FRENTE AMPLIA, CEJAS SEMI POBLADAS, RAZA MESTIZA, PIEL TRIGUEÑA, OJOS NEGROS, NARIZ AGUILEÑA, LABIOS DELGADOS, PÓMULOS NORMALES, BARBILLA REDONDA; DELITO: ROBO AGRAVADO Y OTRO; AGRAVIADOS: HUEY MIIN CHU WONG Y OTROS; MAGISTRADOS: DR. GONZÁLEZ AGUILAR, DR. LOO SEGOVIA; DR. COAGUILA MITA; SECRETARIO: YULEMI PAULA PACHECO ZAPATA. Moquegua, 22 de febrero de 2017. (28 FEBRERO Y 01-02 MARZO) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00127-2017-0-2801-JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Secretario Judicial (e): Wendy Abensur Pinto. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto (e) ha dispuesto mediante resolución número dos. NOTIFICAR VIA EDICTO al IMPUTADO OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada OSCAR CIRILO ASENCIO
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ARCE por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas con Agravante, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de SANTINA DORIS RAMOS NINA. 2. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE. 3. Conforme al rol de diligencias del Juzgado, FIJAR como fecha para la realización del JUICIO ORAL, el QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS (12:00); en el despacho del Tercer Juzgado de Paz Letrado - Penal de Mariscal Nieto. 4. ORDENAR la asistencia obligatoria de la parte imputada acompañado de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de DISPONER su comparecencia por medio de la fuerza pública y ante su reiterada inasistencia injustificada, ordenar su detención hasta que se realice y culmine el juicio oral el cual se celebrara inmediatamente; 5. ORDENAR la asistencia obligatoria de la parte agraviada, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de REALIZAR el Juicio Oral cuando la parte imputada asista; o de ser el caso que ninguna parte asista y no justifiquen su inasistencia dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, de DISPONER la conclusión del proceso por desistimiento tácito; y DEJAR SIN EFECTO la medida de protección dispuesta por el Juzgado Especializado de Familia. 6. REQUERIR a la parte imputada, para que dentro del plazo de Veinticuatro (24) horas nombre defensa técnica (abogado defensor) y señale Casilla Electrónica otorgada por el Poder Judicial, bajo apercibimiento de nombrársele Abogado Defensor Público. 7. PREVENIR a las partes imputada y agraviada, que el Juicio Oral se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible); por lo que, deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y traer consigo en dicho acto los medios probatorios (testigos, documentos, etc.) que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia, conforme el artículo 155 del Código Procesal Penal, así como los requisitos formales mínimos en caso de prueba personal (testigos y peritos que deben ser convocados, nombre completo, profesión, domicilio y extremos de declaración) y de prueba documental, conforme al artículo 350, literal f, de la norma antes referida de aplicación supletoria por interpretación sistemática del artículo 484.4, del mismo cuerpo legal. 8. AUTORIZAR a las partes para que puedan recabar COPIAS de los actuados sin más mandato que el presente en razón que no se ha remitido copias suficientes para su notificación; sin perjuicio que se apersonen y señalen casilla electrónica para la notificación de todos los antecedentes por dicho medio. 9. COMUNICAR a la parte IMPUTADA, en caso de ser una persona de escasos recursos económicos que le impida ser asesorado por defensa técnica particular (abogado), que puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia – Área Penal ubicado en Prolongación Calle Venezuela S/N de la Urb. Santa Fortunata con el Gramadal del sector Cercado Zona el Pisanai S/N - Mariscal Nieto. 10. COMUNICAR a la parte AGRAVIADA, en caso de ser una persona víctima de agresión física proveniente de violencia familiar, que puede solicitar asesoramiento gratuito ante el Centro de Emergencia Mujer Moquegua del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ubicada en calle Moquegua N° 1141, interior 20, Moquegua; y en caso de ser una persona de escasos recursos económicos que le impida ser asesorado por defensa técnica particular (abogado), alternativamente puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia – Área de Víctimas ubicado en Prolongación Calle Venezuela S/N de la Urb. Santa Fortunata con el Gramadal del sector Cercado Zona el Pisanai S/N - Mariscal Nieto. 11. PONER en conocimiento la presente denuncia al Centro de Emergencia Mujer – Moquegua a efecto que actúe conforme a sus atribuciones; para lo cual notifíquese con todos los actuados en su casilla electrónica la cual es de conocimiento del Juzgado, sin perjuicio de generársele cedula de notificación. 12. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución al Juzgado Especializado de Familia, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 30364 (D.S. 009-2016-MIMP). Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 23 de febrero del 2017. Doctor Heiner Rivera Rodríguez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogada Wendy Abensur Pinto, Secretario Judicial (e) del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (28 Febrero y 01-02 Marzo)
EDICTO PENAL Expediente N° 000179-2016-0-2801-SP-PE-01-REF. SALA N° 338-2016-0. SALA PENAL DE APELACIONES DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se notifica a la imputada MARIA ISABEL VILLEGAS HUAMAN, mediante edicto, la Resolución Nro.05 de fecha siete de Febrero de 2017, que dispone: DADO CUENTA: Estando a que la audiencia de apelación de sentencia programada para el día tres de febrero de dos mil diecisiete, a horas doce con cuarenta y cinco minutos, no pudo ser válidamente instalada, toda vez que la abogada defensora de la querellante, en mérito al certificado médico visado número 0027212, solicitó la suspensión de la audiencia por encontrarse su patrocinada delicada de salud, verificándose de dicho certificado médico que se le otorgó a la querellante Sandra Yanet García Típula descanso médico en cama desde el dos de febrero al tres de febrero de dos mil diecisiete; asimismo no se instaló la audiencia par no encontrase presente la parte querellante ni su defensa técnica y no habiéndose justificado la inasistencia del abogado defensor del querellada a la audiencia programada, debe subrogarse a dicho abogado defensor y requerirse a ésta para que en el término de veinticuatro horas de notificada cumpla con designar nuevo abogado defensor, bajo apercibimiento de nómbresele uno de oficio para que asuma su defensa y la asista en la audiencia de apelación de sentencia a reprogramarse oportunamente; por lo que DISPUSIERON: Primero: Tener por justificada la inasistencia de la querellante Sandra Yanet García Típula, a la audiencia de apelación de sentencia antes señalada. Segundo: Subrogar al abogado defensor Julio Callomamani Soto de la defensa técnica de la querellada María Isabel Villegas Huamán, REQUIRIERON a la querellada María Isabel Villegas Huamán, para que en el término de veinticuatro horas de notificada, cumpla con designar nuevo abogado defensor, bajo apercibimiento de nómbresele uno de oficio para que asuma su defensa y la asista en la audiencia de apelación de sentencia a reprogramarse oportunamente. Suscribe el Especialista Judicial de Causa, por mandato del Colegiado Superior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos. Moquegua, 23 de Febrero de 2017. (28 Febrero y 01-02 Marzo) EDICTO PENAL Expediente Nº 00095-2017-0-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don FELIPE ADOLFO COAGUILA QUICO, identificado con DNI Nº 41509522, de sexo masculino, nacido el 23 de agosto de 1979, de estado civil soltero, de 37 años, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Venancio y Agripina, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 26 de Octubre del 2015 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al abogado Guillermo Anibal Mendoza Nuñez, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.Moquegua, 22 de febrero de 2017. (27-28 Febrero y 01 Marzo) EDICTO EDICTO En el expediente 427-2016-0-2801-JM, ante el primer Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha la juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Legal Dr. Jaime Tarqui, Exp., mediante Resolución N°02-2016 de fecha 14 de noviembre del 2016 Resuelve ADMITIR A TRAMITE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por EDWIN REGELIO NOVA MAMANI, solicitando el cambio de su apelli-
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do paterno MAMANI por el de RAMIREZ en su partida de Nacimiento, en el proceso NO CONTENCIOSO. En consecuencia se dispone Notificar mediante edictos a la parte interesada, familiares por una notificación, cumpla con efectuar las publicaciones de Ley en el diario La Republica. Moquegua, 02 de Marzo del 2017. Renato A. Salas Coayla – Abogado. Reg. CAM 0826; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Marzo) PUBLICACION AVISO JUDICIAL Exp. 0409-2011, ante el Juzgado Mixto de Ilo especialista Marco Cáceres Ninaja, don Cecilio Palomino Manzano ha interpuesto demanda de prescripción adquisitiva en contra de la Asociación Casa Huerta “los olivares”, sobre el predio rustico N° 70, ubicado en terrenos de propiedad de la demandada en la Pampa Inalámbrica-Ilo, predio que colinda por el Sur con el predio N° 71, de propiedad de doña Domitila Delgado Márquez, por el Norte con calle A, por el Oeste, con el lote 69 de propiedad de doña Eufemia Erasmo Rafael Escobar y por el Este con calle 1-1, con frente Asociación Ramiro Prialé, lo que se hace de conocimiento de los interesados. (02, 08, 14 Marzo). PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO En este Oficio Notarial del Jr. Moquegua 677 – Moquegua, se presentó: MILAGROS JENNY HERRERA MANRIQUE Con Documento Nacional de Identidad 40055291, y otros, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y MEDIAS, del PREDIO URBANO UBICADO EN CALLE LOS OLIVOS SIN NUMERO, SECTOR YARACACHI DEL CERCADO, DISTRITO MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO MOQUEGUA, CON INSCRIPCION MATRIZ EN LA PARTIDA LXIX, TOMO 55, FOLIO 290 EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD DE LA OFICINA REGISTRAL MOQUEGUA. Area: 9.647.27 m2, perímetro 606.09 ml. Colindancias: Por el Sur: En once tramos rectos de 46.30 ml. 8.00 ml. 49.50 ml. 12.90 ml. 1.41 ml. 4.29 ml, 1952 ml, 29.08 ml. 2.36 ml, 43.16 ml y 40.89 ml, colindante con Urb. Los Olivos I Y II Etapa. Por el Este: En un tramo recto de 64.90 ml, colindante con Prolongación Calle N° 4. Por el Norte: En nueve tramos rectos de 6.33 ml. 98. 29 ml. 33.30 ml, 29.86 ml, 11.46 ml, 13.82 ml, 15.30 ml. 32.93 ml y 9.72 ml colindante con los sub lotes N° 1205 – C N° 1205-B, N° 1205-A y N° 1205 respectivamente. Por el Oeste.- En un tramo recto de 32.68 ml. Colindante con Prolongación Calle Los Olivos. Para declararse propietarios absolutos. Invoca LEYES 27157, 2733. 26662. D.L 1049 Y SUS MODIFICACIONES. Lo que se notifica para los fines de ley. Moquegua 20 Febrero 2017. Oscar Valencia H. Notario Público – Abogado CNM: 006(27 Febrero y 03 -07 Marzo) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Expediente Nro. 00129-2017, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Juez Dra. Estefany Rojas Coronel, Sec. Yossely Delgado Aquino, doña EUDOCIA FERNANDEZ VDA. DE AMESQUITA, solicita la Sucesión Intestada de su finado esposo MANUEL HERMILIO AMESQUITA AMESQUITA, fallecido el 06 de Abril del 2014 en el Hospital de Arequipa, teniendo como su ultimo domicilio en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare su fallecimiento y se declare como su única heredera a su esposa Eudocia Fernandez Vda. de Amesquita. Por lo que se pone en conocimiento de los presuntos herederos domiciliados en el lugar. Moquegua, 02 de Marzo del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M 172; Abog. Yossely Lizeth Delgado Aquino – Tercer Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Marzo) SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE COMUNICA QUE DOÑA LUZ ALVARADO MACHACA, IDENTIFICADA CON D.N.I. N°01329271, QUIEN PROCEDE POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACION DE SUS MENORES HIJOS JULIO CESAR ROJAS ALVARADO, IDENTIFICADO CON DNI N° 74026855, Y MARCOS EDISON ROJAS
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
ALVARADO, CON DNI N° 74026849, HA PRESENTADO ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CONYUGE DON EUSTAQUIO ROJAS CHOQUECAHUA, FALLECIDO EL 27 DE DICIEMBRE DEL 2016, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN MOQUEGUA, EN DONDE SE SEÑALA COMO PRESUNTOS UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE A LOS RECURRENTES LUZ ALVARADO MACHACA, JULIO CESAR ROJAS ALVARADO, Y MARCOS EDISON ROJAS ALVARADO. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES CONSIGUIENTES. MOQUEGUA, 2017 MARZO. 01. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA. NOTARIA PÚBLICA. MOQUEGUA – PERU (03 MARZO) REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. Nro. 281-2010-0-2802-JMLA-01, sobre PAGO DE REMUNERACIONES que sigue PEREYRA VILLANUEVA PEDRO VIDAL. en contra de LA EMPRESA PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., EMPRESA PESQUERA SALVE SRL; Señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, con intervención del Especialista Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA,, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Balneario del Sur Sub. Lote A, Distrito de de llo, Provincia de lio ,Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 005003052, Zona Registral Nro. XIII, Cede Tacna. la Zona Registra’ XIII-Sede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en In 1, 682.944.02 (UN MILLON SEIS CIENTOS OCHENTA Y DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 021100 DOLSRES AMERICANOS) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es U$. 1, 121,962.68 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS). AFECTACIONES Y GRAVAMENES, HIPOTECA: (000010) La empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. Constituye hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú S.A.A., hasta por la suma de US$ 7 599,739.70 Dólares Americanos, con el interés y plazo propios de la operación; sobre la unidad de producción, comprendido el terreno y maquinaria y equipos localizadas en las instalaciones de la fábrica, así más ampliamente consta en la escritura pública de fecha 17/11/2005, otorgada ante notario público Yolanda Lucia Insua Arroyo. RATIFICACION DE Y MODIFICACIONDE HIPOTECA (D00011) Las partes ratifican la hipoteca a que se refiere el asiento D-10, y convienen en modificar la cobertura de la hipoteca, a fin que en adelante, además de las obligaciones detalladas en el instrumento de constitución el cumplimiento, garantizar el pago de un préstamo de US$ 500,000.00 (Dólares Americanos),y demás obligaciones según la escritura pública de fecha 10/10/2007, otorgada ante notario público Dr. John Jesús Soto Gamero. EMBARGO-(D00012) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 25,000.00 (nuevos soles), a favor de Víctor Leandro Sosa !turre, según resolución judicial Nro. 86, de fecha 08/01/2010, Exp. 330-203, sobre Alimentos -Primer Juzgado Mixto de !lo, -EMBARGO-(D00013) : inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 200,000.00 (nuevos soles), a favor de Mauro Adán Delgado Abarca, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 10/12/2010, Exp. 003-2009, pago de remuneraciones- Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO(D00014) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 70,000.00 (nuevos soles), a favor de James Da Silva Chosna, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 28/12/2010, Exp. 0054-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00015) : inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 80,000.00 (nuevos soles), a favor de Edgar Alfredo Herrera Torres, según resolución judicial Nro. 02, de fecha 25/01/2011, Exp. 238-2010, sobre pago de remuneraciones- Segundo Juzgado de llo, -EMBARGO-(D00016) : Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 175,380.00 (nuevos soles), a favor de Donato Ghana Cusi, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 22/12/2010, Exp.27-2010, sobre pago de remuneraciones, Segundo Mixto de llo, -EMBARGO-(D00016): Inscrito en esta partida hasta por !a suma de S/. 180,000.00 (nuevos soles), a favor de Enrique Teodoro tahura Flores, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 30/12/2010, Exp. 005-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo
Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00017): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 250,000.00 (nuevos soles), a favor de Pedro Vidal Pereyra Villanueva, según resolución judicial Nro. 42,de fecha 09/12/2015, Exp. 281-2010, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO(D00018): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa según resolución judicial Nro. 91, de fecha 10/12/2015, Exp. 16-2011, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00019): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 90,000.00 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución judicial Nro. 47, de fecha 03/12/2015, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de 110, FECHA DE REMATE: EL 17 de Marzo del 2017, a las 12.30.m. (De la mañana).LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado Mixto de 110, sito en la Calle Matara Nro. 325 , llo— Provincia de llo, Departamento de Moquegua,. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz CoaquiraMartillero Publico Registro Nro. 267. (28 Febrero, 01, 02, 03, 06, 07 Marzo). REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDENA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de llo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dra. Judith Gallegos Ramos, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje 1, Mz. G, lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo, Distrito y Provincia de llo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo. El bien ha sido valorizado en US$. 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de US$. 78,885.66 (SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 66/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/. 310,761.10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/. 75,000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramírez, ordenado con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo; inscritos en los asientos D00007 y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo, respectivamente. El remate se realizará el día VEINTIDÓS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en calle Matará N° 325, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N° 224 Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005^31) S + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 23 de enero del 2017. (23-2427-28 Febrero y 01-02 Marzo) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra VARGAS ROJAS JUAN GILBERTO Y CHIRINOS POLANCO LETICIA MARINA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº
0090-2015-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO CESAR VALLEJO, LOTE 01 DE LA MZ. M, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (104.06 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE 7 CON 6.93 ML; POR LA IZQUIERDA EN DOS TRAMOS: TRAMO 001 CON LA CALLE A CON 13.74 Y TRAMO 002 CON 1.37 ML; POR LA DERECHA CON EL LOTE 9 CON 14.99 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 2 CON 6.44 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P08016591 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): S/. 113,467.72 Soles. BASE DE REMATE: S/.75,645.15 Soles (Setenta y cinco mil, seiscientos cuarenta y cinco con 15/100 soles) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00004, a favor de ENACE, hasta por la suma de S/. 12,350.00. HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00006 a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 7,940.00. Ambas en la Partida Registral N°P08016591 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 12 de Abril de 2017, a horas 08h45 am En el Hall del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono: 999098701, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, 09 de enero de 2017. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, Tercero: Financiera Confianza SAA contra NICOLASA JILAPA CONDORI Y RAUL CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 00364-2011-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI) V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE N°10 CON 20.06 ML; POR LA DERECHA CON EL PASAJE N°34 CON 20.05 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P08013580 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): US $/. 12,421.62 (Doce mil cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US $/. 8,281.08 (Ocho mil doscientos ochenta y uno con 08/100 Dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez, hasta por la suma de S/. 4,532.21. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00006, a favor de Caja Municipal de Tacna hasta por la suma de S/. 2,500.00 EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A. , hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA de MOQUEGUA LTDA 103, hasta por la suma de S/. 23,000.00. En la Partida Registral N° P08013580 del Registro de
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la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 12 de abril de 2017, a horas 08:15 am En el Hall del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono: 999098701, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público, Matrícula 209, enero 09 de 2017. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En el proceso seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra LUISA FELICITA FLORES MAMANI sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 00143-2015-0-2802-JP-CI-02, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del Juez Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, Dr. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV Nuevo Ilo Mz 17 , lote 02 Distrito de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la partida N° P08024961 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII. EL bien ha sido valorizado en S/ 67,905.85 (SESENTA Y SIETE MIL NOVESCIENTOS CINCO CON 85/100 SOLES) siendo el precio base en primera convocatoria la suma de S/. 45,270.57 (CUARENTA Y CINCO MIL, DOSCIENTOS SETENTA CON 57/100 SOLES) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1)HIPOTECA preventiva a favor de ENACE hasta por la suma de S/ 6,900.00; 2)HIPOTECA a favor del banco de materiales hasta por la suma de S/ 6,640.00; 3) EMBARGO en forma de inscripción a favor de la ejecutante y con motivo de autos hasta por S/. 20,000.00 y 4) EMBARGO en forma de inscripción a favor de la ejecutante hasta por S/. 4,500.00 ordenado por el segundo juzgado de paz letrado de Ilo, con motivo del EXp Nro. 277-2015; inscritos en los asientos 00003,00006, 00008 y 00009 de la partida P08024961 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII, respectivamente. El remate se realizara el día VEINTIDOS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en Calle Matará Nro. 325 de esta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del martillero Publico Abraham Mariñas Sánchez, con registro N° 224. Los Postores deberán Oblar una cantidad no menor a S/. 6,790.58 que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentaran el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del expediente, juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad ) COMISION DEL MARTILLERO: Sera de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ, Martillero Público a Nivel Nacional, Registro N° 224. (23, 24, 27, 28 Febrero y 01, 02 Marzo). EDICTO PENAL EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIENTE N° 0671-2009-0-2801-SP-PE-01 (2006-016-P) SE HA DISPUESTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DEL ACUSADO REQUISITORIADO QUE A CONTINUACION SE DETALLA: NOMBRES Y APELLIDOS: YONI CESAR HUAMANI ELGUERA; EDAD: 52 AÑOS; SEXO: MASCULINO; FECHA DE NACIMIENTO: 11-01-1965; LUGAR DE NACIMIENTO: DEPARTAMENTO AYACUCHO, PROVINCIA HUAMANGA, DISTRITO AYACUCHO; NACIONALIDAD: PERUANO; DNI N°: 28312327; DOMICILIO: MZ. 49 LOTE 22 PAMPLONA - SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA; ESTADO CIVIL: SOLTERO; GRADO DE INSTRUCCIÓN: SECUNDARIA COMPLETA; CENTRO DE TRABAJO: SE DESCO-
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La República
NOCE; PROFESION U OCUPACION: SE DESCONOCE; NOMBRES DE LOS PADRES: LUCIANO HUAMANI Y EUMILIA ELGUERA; CARACTERISTICAS FISICAS: TALLA 1.55 M, CABELLO NEGRO ONDULADO, FRENTE AMPLIA, CEJAS SEMI POBLADAS, RAZA MESTIZA, PIEL TRIGUEÑA, OJOS NEGROS, NARIZ AGUILEÑA, LABIOS DELGADOS, PÓMULOS NORMALES, BARBILLA REDONDA; DELITO: ROBO AGRAVADO Y OTRO; AGRAVIADOS: HUEY MIIN CHU WONG Y OTROS; MAGISTRADOS: DR. GONZÁLEZ AGUILAR, DR. LOO SEGOVIA; DR. COAGUILA MITA; SECRETARIO: YULEMI PAULA PACHECO ZAPATA. Moquegua, 22 de febrero de 2017. (28 FEBRERO Y 01-02 MARZO) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00127-2017-0-2801-JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Secretario Judicial (e): Wendy Abensur Pinto. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto (e) ha dispuesto mediante resolución número dos. NOTIFICAR VIA EDICTO al IMPUTADO OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas con Agravante, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de SANTINA DORIS RAMOS NINA. 2. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE. 3. Conforme al rol de diligencias del Juzgado, FIJAR como fecha para la realización del JUICIO ORAL, el QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS (12:00); en el despacho del Tercer Juzgado de Paz Letrado - Penal de Mariscal Nieto. 4. ORDENAR la asistencia obligatoria de la parte imputada acompañado de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de DISPONER su comparecencia por medio de la fuerza pública y ante su reiterada inasistencia injustificada, ordenar su detención hasta que se realice y culmine el juicio oral el cual se celebrara inmediatamente; 5. ORDENAR la asistencia obligatoria de la parte agraviada, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de REALIZAR el Juicio Oral cuando la parte imputada asista; o de ser el caso que ninguna parte asista y no justifiquen su inasistencia dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, de DISPONER la conclusión del proceso por desistimiento tácito; y DEJAR SIN EFECTO la medida de protección dispuesta por el Juzgado Especializado de Familia. 6. REQUERIR a la parte imputada, para que dentro del plazo de Veinticuatro (24) horas nombre defensa técnica (abogado defensor) y señale Casilla Electrónica otorgada por el Poder Judicial, bajo apercibimiento de nombrársele Abogado Defensor Público. 7. PREVENIR a las partes imputada y agraviada, que el Juicio Oral se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible); por lo que, deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y traer consigo en dicho acto los medios probatorios (testigos, documentos, etc.) que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia, conforme el artículo 155 del Código Procesal Penal, así como los requisitos formales mínimos en caso de prueba personal (testigos y peritos que deben ser convocados, nombre completo, profesión, domicilio y extremos de declaración) y de prueba documental, conforme al artículo 350, literal f, de la norma antes referida de aplicación supletoria por interpretación sistemática del artículo 484.4, del mismo cuerpo legal. 8. AUTORIZAR a las partes para que puedan recabar COPIAS de los actuados sin más mandato que el presente en razón que no se ha remitido copias suficientes para su notificación; sin perjuicio que se apersonen y señalen casilla electrónica para la notificación de todos los antecedentes por dicho medio. 9. COMUNICAR a la parte IMPUTADA, en caso de ser una persona de escasos recursos económicos que le impida ser asesorado por defensa técnica particular (abogado), que puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia – Área Penal ubicado en Prolongación Calle Venezuela S/N de la Urb. Santa Fortunata con el Gramadal del sector Cercado Zona el Pisanai S/N - Mariscal Nieto. 10. COMUNICAR a la parte AGRAVIADA, en caso de ser una persona víctima de agresión física proveniente de violencia familiar, que puede solicitar asesoramiento gratuito ante el Centro de Emergencia Mujer Moquegua del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ubicada en calle Moquegua N° 1141, interior 20, Moquegua; y en caso de ser una persona de escasos recursos económicos que le impida ser asesorado por defensa técnica particular (abogado), alternativamente puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia – Área de Víctimas ubicado en Prolongación Calle Vene-
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zuela S/N de la Urb. Santa Fortunata con el Gramadal del sector Cercado Zona el Pisanai S/N - Mariscal Nieto. 11. PONER en conocimiento la presente denuncia al Centro de Emergencia Mujer – Moquegua a efecto que actúe conforme a sus atribuciones; para lo cual notifíquese con todos los actuados en su casilla electrónica la cual es de conocimiento del Juzgado, sin perjuicio de generársele cedula de notificación. 12. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución al Juzgado Especializado de Familia, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 30364 (D.S. 009-2016-MIMP). Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 23 de febrero del 2017. Doctor Heiner Rivera Rodríguez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogada Wendy Abensur Pinto, Secretario Judicial (e) del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (28 Febrero y 01-02 Marzo) EDICTO PENAL Expediente N° 000179-2016-0-2801-SP-PE-01-REF.SALA N° 338-2016-0. SALA PENAL DE APELACIONES DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se notifica a la imputada MARIA ISABEL VILLEGAS HUAMAN, mediante edicto, la Resolución Nro.05 de fecha siete de Febrero de 2017, que dispone: DADO CUENTA: Estando a que la audiencia de apelación de sentencia programada para el día tres de febrero de dos mil diecisiete, a horas doce con cuarenta y cinco minutos, no pudo ser válidamente instalada, toda vez que la abogada defensora de la querellante, en mérito al certificado médico visado número 0027212, solicitó la suspensión de la audiencia por encontrarse su patrocinada delicada de salud, verificándose de dicho certificado médico que se le otorgó a la querellante Sandra Yanet García Típula descanso médico en cama desde el dos de febrero al tres de febrero de dos mil diecisiete; asimismo no se instaló la audiencia par no encontrase presente la parte querellante ni su defensa técnica y no habiéndose justificado la inasistencia del abogado defensor del querellada a la audiencia programada, debe subrogarse a dicho abogado defensor y requerirse a ésta para que en el término de veinticuatro horas de notificada cumpla con designar nuevo abogado defensor, bajo apercibimiento de nómbresele uno de oficio para que asuma su defensa y la asista en la audiencia de apelación de sentencia a reprogramarse oportunamente; por lo que DISPUSIERON: Primero: Tener por justificada la inasistencia de la querellante Sandra Yanet García Típula, a la audiencia de apelación de sentencia antes señalada. Segundo: Subrogar al abogado defensor Julio Callomamani Soto de la defensa técnica de la querellada María Isabel Villegas Huamán, REQUIRIERON a la querellada María Isabel Villegas Huamán, para que en el término de veinticuatro horas de notificada, cumpla con designar nuevo abogado defensor, bajo apercibimiento de nómbresele uno de oficio para que asuma su defensa y la asista en la audiencia de apelación de sentencia a reprogramarse oportunamente. Suscribe el Especialista Judicial de Causa, por mandato del Colegiado Superior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos. Moquegua, 23 de Febrero de 2017. (28 Febrero y 01-02 Marzo) EDICTO PENAL Expediente Nº 00095-2017-0-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don FELIPE ADOLFO COAGUILA QUICO, identificado con DNI Nº 41509522, de sexo masculino, nacido el 23 de agosto de 1979, de estado civil soltero, de 37 años, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Venancio y Agripina, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 26 de Octubre del 2015 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al abogado Guillermo Anibal Mendoza Nuñez, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 22 de febrero de 2017. (27-28 Febrero y 01 Marzo)
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