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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 3 de agosto del 2018

Avisos Judiciales

EDICTO EDICTO Exp. N° 00029-2018-0-2802-JP-CI-01, seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo,Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Legal Marco Cáceres Ninaja que suscribe, ha dispuesto se publique el extracto de la Resolución N°06 del veinte de Julio del 2018, Auto Final N°034-2018 sobre cambio de apellido paterno, ha expedido el siguiente FALLO: Declarar FUNDADA la solicitud; en consecuencia, AUTORIZO que PERCY JHONY DURAND TODCO, cambie apellido paterno de modo que en lo sucesivo quede identificado como PERCY JHONY TODCO TODCO. Dispongo se proceda a remitir partes dobles a la Municipalidad Provincial de Sánchez Cerro, Omate, Moquegua para que realicen las anotaciones marginales respectivas en los Registros de Estado Civil correspondiente. Ilo, 01 de Agosto del 2018, Abog. Marco Cáceres Ninaja, Secretario Judicial, 2da. Secretaria - Juzgado Mixto de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua. Corrijo (03-08-2018) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dr. Percy Flores Ramos, Especialista: Cesar David Huanca Maquera. EXP. N° 00631-2014-0-2801-JP-FC-01, se emite la Resolución N° 28 SE RESUELVE: 1. APROBAR la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondientes al periodo de Mayo de 2016 a Setiembre de 2017 ascendente a S/. 5,204.08 (cinco mil doscientos cuatro 08/100). Resolución que de NOTIFICARSE MEDIANTE EDICTOS AL DEMANDADO, POR EL PLAZO DE QUINCE DIAS. Moquegua, 26 de Julio de 2018. Abog. CAROLINA SHIRLEY VIZCARRA LIPA. REG. C.A.M. N° 0853. DEFENSOR PUBLICO. Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA. SEGUNDA SECRETARIA DE JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (02, 03 y 04 AGOSTO) EDICTO Ante el Juzgado Mixto (Ex 2°) – Moquegua que despacha: Juez Dr. Fredy Fernández, Especialista Dra. Gaby Nina Escobar, expediente N°007292017-0-2801-JM-CI-02, proceso No contencioso, se ha resuelto: Declarar fundada la solicitud de cambio de nombre, interpuesta por Mariano Concepción Cacasaca Mamani. En

consecuencia, se ha autorizado que ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chuchito – Juli del Departamento de Puno, en la Partida de Nacimiento N° 91 del año 1984, se proceda a cambiar en nombre de MARIANO por el de JORGE, y su apellido paterno de CACASACA por el de RIBEIRO, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como JORGE CONCEPCION RIBEIRO MAMANI; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. Lo que se publica para los fines de Ley. Moquegua, 30 de julio de 2018.- CARLOS L. SANCHEZ NUÑEZ. ABOGADO C.A.M. 0540. ABOG. GABY EDITH NINA ESCOBAR. SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DEJUSTICIA DE MOQUEGUA. (02 y 03 Agosto). SUCESION INTESTADA Ante mi JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial en calle Moquegua n°429 de esta ciudad, el Señor JULIO MATURANA MORALES, solicita la sucesión intestada de su señora Madre ZOILA MORALES REVOLLAR. Se procede conforme a los artículos 13 y 41 de la ley 26662. Ilo,27 de julio del 2018 (03-08-2018) SUCESION INTESTADA Ante mi JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial en calle Moquegua n°429 de esta ciudad, el Señor ROBERTO PEDRO NEYRA ORTIZ, solicita la sucesión intestada de su Señor padre PEDRO EDMUNDO NEYRA CARBAJAL. Se procede conforme a los artículos 13 y 41 de la ley 26662. Ilo, 27 de julio del 2018 (03-08-2018) REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. Nro. 21-2015-0-2802-JP-CI-02, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO que sigue La COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N-103, en contra de GONZALES VALDIVIA LOURDES MARIBEL, HERRERA PACOTICONA JOSE SAUL; El Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de llo, Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, con intervención del Especialista Legal Dra. USMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda PROMUVI VII, Manzana 11, Lote 4, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua, cuyos Linderos

y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 11002591, Zona Registra! Nro. XIII, Cede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en S/. 24,000.00 (VEINTICUATRO MIL CON 00/100 SOLES) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es S/.16,000.00 (DIECISEIS MIL CON 00/100 SOLES). AFECTACIONES Y GRAVAMENES, EMBARGO: Se dicta medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/ 6,000.00 nuevos soles, a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, en merito a la Resolución Judicial Nro. 01, de fecha 22/01/2015, del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. EMBARGO: Se dicta medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/ 21,000.00 (soles), a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, en merito a la Resolución Judicial Nro. 01, de fecha 12/01/2016, Exp 09-2016, Del Segundo Juzgado de Paz Letrado de llo, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. FECHA DE REMATE: EL 24 de Agosto del 2018, a las 12.00.m. (Del medio día). LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de llo, sito en la Calle Matara Nro. 325, Ilo - Provincia de Marisca! Nieto, Departamento de Moquegua. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira- Martillero Publico Registro Nro. 267. Moquegua 25 de Julio del 2018. (31 julio y 01, 02, 03, 06, 07 Agosto). PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Jesús Salvador Arocutipa Ajajahui contra Procesadora de Productos Marinos S.A. y Pesquera Cecilia Paola S.R., en el Exp. N° 00037-2013-0-2802-1M-LA-01, sobre Pago de Remuneraciones, el Juzgado de Trabajo — Sede Juzgados llo, a cargo del Señor juez Doctor Yhoel Wuilver Cornejo Chávez y la Especialista Legal Doctora Leonor Verónica Dextre Tamo, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente:

EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Balneario del Sur Sub Lote A, Distrito de llo, Provincia de llo, Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida N° 005003052 de la Zona Registral N° XIII, Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: US$ -1’682,944.02 Dólares -Americanos UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 02/100 DOLARES AMERICANOS) PRECIO BASE: US$ 1’121,962.68 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. AFECTACIONES Y GRAVAMENES: HIPOTECA (000010) La empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. Constituye hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú S.AA, hasta por la suma de US$ 7’599,739.70 Dólares Americanos, con el interés y plazo propios de la operación; sobre la unidad de producción, comprendido el terreno y maquinaria y equipos localizadas en las instalaciones de la fábrica, así más ampliamente consta en la escritura pública de fecha 17/11/2005 otorgada ante notario público Yolanda Lucia Insua Arroyo. RATIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE HIPOTECA (D00011) Las partes ratifican la hipoteca a que se refiere en el asiento D-10, y convienen en modificar la cobertura de la hipoteca, a fin que en adelante, además de las obligaciones detalladas en el instrumento de constitución el cumplimiento, garantizar el pago de un préstamo de US$ 500,000.00 (Dólares Americanos), y demás obligaciones según la escritura pública de fecha 10/10/2007 otorgada ante notario público Dr. John Jesús Soto Gamero. EMBARGO (D00012) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.25,000.00 (nuevos soles), a favor de Víctor Leandro Sosa Iturre, según resolución judicial N° 86 de fecha 08/01/2010, Exp. 330-203, sobre Alimentos -Primer Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00013) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.200,000.00 (nuevos soles) a favor de Mauro Adán Delgado Abarca, según resolución judicial N° 01 de fecha 10/12/2010, Exp. 003-2009, pago de remuneraciones- Primer Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00014) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de James Da Silva Chosna, según resolución judicial N° 01 de fecha 28/12/2010, Exp. 0054-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00015)

Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.80,000.00 (nuevos soles) a favor de Edgar Alfredo Herrera Torres, según resolución judicial N° 02 de fecha 25/01/2011, Exp. 238-2010, sobre pago de remuneraciones- Segundo Juzgado de Ilo. EMBARGO (000016) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.175,380.00 (nuevos soles) a favor de Donato Chana Cusi, según resolución judicial N° 01 de fecha 22/12/2010, Exp.27-2010, sobre pago de remuneraciones, Segundo Mixto de llo. EMBARGO (D00016) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.180,000.00 (nuevos soles) a favor de Enrique Teodoro Chura Flores, según resolución judicial N° 01 de fecha 30/12/2010, Exp. 005-2010, sobre pago de remuneraciones:-Segundo Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00017) Inscrito en esta partida hasta por la suma de SI. 250,000.00 (nuevos soles) a favor de Pedro Vidal Pereyra Villanueva, según resolución judicial N° 42 de fecha 09/12/2015, Exp. 281-2010, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00018) inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles) a favor de Calixto Flores Janampa, según resolución judicial N° 91 de fecha 10/12/2015, Exp. 16¬2011, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00019) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.90,000.00 (nuevos soles) a favor de Chester Adin Chura García, según resolución judicial N° 47 de fecha 03/12/2015, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00020) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.500,000.00 (nuevos soles) a favor de Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, según resolución N° 1110070048336 de fecha 23/03/2017, Exp. 1110060023593, sobre Ejecución Coactiva. EMBARGO (000021) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.230,000.00 (nuevos soles) a favor de Modesto Cresencio Meléndez Cabanillas, según resolución judicial N° 28-2017 de fecha 22/03/2017, Exp. 115-2012, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00022) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.250,000.00 (nuevos soles) a favor de Jesús Salvador Arocutipa Ajajahui, según resolución judicial N° 19-2017 de fecha 27/03/2017, Exp. 0037-2013, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00023) inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,298.73 (nuevos soles) a favor de Luis Fran-

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cisco Neyra Riveros, según resolución judicial N° 72 de fecha 24/03/2017, Exp. 18-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00024) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.76,424.82 (nuevos soles) a favor de Domingo Ramos Ayma, según resolución judicial N° 59, de fecha 24/03/2017, Exp. 108¬2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00025) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.73,596.07 (nuevos soles) a favor de Carlos Gilberto Coronado Veintimilla, según resolución judicial N° 51 de fecha 24/03/2017, Exp. 3422008, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00026) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.159,965.57 (nuevos soles) a favor de Juan Nicolás Flor Aparicio, según resolución judicial N° 52, de fecha 24/03/2017, Exp. 98-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00027) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles) a favor de Calixto Flores Janampa, según resolución judicial N° 109, de fecha 24/03/2017, Exp. 16¬2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de !lo. EMBARGO (D00028) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.320,000.00 (nuevos soles) a favor del demandante, según resolución judicial N° 54, de fecha 28/03/2017, Exp. 105-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de no. EMBARGO (D00029) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.140,000.00 (nuevos soles) a favor de Felipe Flores Velásquez, según resolución judicial N° 22-2017, de fecha 27-03-2017, Exp. 337-2014, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00030) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.173,377.10 (nuevos soles) a favor de Wilson Enrique Larico Ortiz, según resolución judicial N° 49, de fecha 31/03/2017, Exp. 037-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. RECTIFICACION DE OFICIO (D00031) Se rectifica el asiento D000028 de esta Partida por haberse omitido consignar al demandante y al demandado tal como consta en el presente asiento. Demandante Juan Manuel Aragón Mancilla, Demandada Procesadora de Productos Marinos S.A. EMBARGO (D00032) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.124,331.55 (nuevos soles) a favor de Eudes Madariaga Olivares, según resolución judicial N° 56, de fecha 03/04/2017, Exp. 169-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00033) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.120,000.00 (nuevos soles) a favor de Romel David Platero Aparicio, según resolución judicial N° 60, de fecha 03/04/2017, Exp. 352010, sobre pago de remuneracio-

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nes- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00034) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.72,000.00 (nuevos soles) a favor de Ariel Simón Cervantes Sánchez, según resolución judicial N° 36, de fecha 31/03/2017, Exp. 47-2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (000035) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.82,779.21 (nuevos soles) a favor de Juan José Ordoñez Barrios, según resolución judicial N° 45, de fecha 31/03/2017, Exp. 301-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00036) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.60,000.00 (nuevos soles) a favor de Donato Chana Cusi, según resolución judicial N° 28, de fecha 27/03/2017, Exp. 190¬2013, sobre pago de remuneraciones- Juzgado del Juzgado de Trabajo de llo. EMBARGO (D00037) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.72,000.00 (nuevos soles) a favor de Oscar Alberto Varillas Barrios, según resolución judicial N° 07, de fecha 26/04/2017, Exp. 128-2016, sobre pago de remuneraciones-Juez del Juzgado de Trabajo de no. EMBARGO (D00038) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.82,000.00 (nuevos soles) a favor de Felipe Flores Velásquez, según resolución judicial N° 15, de fecha 26/04/2017, Exp. 10¬2013, sobre pago de remuneraciones-Juez del Juzgado de Trabajo de llo. EMBARGO (D00039) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.59,200.29 (nuevos soles) a favor de Chester Adin Chura García, según resolución Oficio N° 357-2017, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00040) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles) a favor de Nicolás Mamani Turpo„ según resolución judicial N° 01, de fecha 20/04/2017, Exp. 204-2016, sobre pago de remuneraciones- Juzgado de Trabajo de llo. EMBARGO (D00041) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles) a favor de Américo Nicolás Chávez Roncal, según resolución judicial N° 05, de fecha 02/05/2017, Exp. 129-2016, sobre pago de remuneraciones-Juzgado de Trabajo de Ilo. EMBARGO (D00042) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.34,540.42 (nuevos soles) a favor de Jose Antonio Moreno Nicho, según resolución judicial N° 67, de fecha 05/05/2017, Exp. 269-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. EMBARGO (D00043) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles) a favor de Jose Antonio Moreno Nicho, según resolución judicial N° 06, de fecha 26/06/2017, Exp. 282-2016, sobre pago de remuneraciones-Juez de Trabajo de llo. EMBARGO (D00044) Inscrito en esta partida hasta por la

suma de S/.23,500.00 (nuevos soles) a favor de SENATI, según resolución N° 03, de fecha 17/07/2017 emitida por el Ejecutor Coactivo Pedro Álvaro Velásquez Ruiz, sobre Cobro Coactivo. EMBARGO (D00045) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.140,000.00 (nuevos soles) a favor de Mario Arturo Espinoza Cruz, según resolución judicial N° 73, de fecha 03/08/2017, Exp. 068-2011, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00046) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles) a favor de Municipalidad Provincial de Ilo, según resolución coactiva N° 13725-2017-OEC-MPI, de fecha 27/10/2017 emitida por el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de llo, Exp. 891-2017. EMBARGO (D00047) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.300,000.00 (nuevos soles) a favor de Silvio Francisco Torres Valdivia, según resolución judicial N° 34, de fecha 31/10/2017, Exp. 158-2012, sobre pago de remuneraciones-Juzgado de Trabajo de Ilo. EMBARGO (D00048) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.56,363.86 (nuevos soles) a favor de Augusto Francisco Llontop Cipirani, según resolución judicial N° 40, de fecha 18/01/2018, Exp. 308-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. EMBARGO (D00049) inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.46,319.42 (nuevos soles) a favor de Nicolás Mamani Turpo, según resolución judicial N° 56, de fecha 08/03/2018, Exp. 059¬2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. AMPLIACION DE EMBARGO (D000050) Inscrito en esta partida ampliando el monto de la medida cautelar de embargo en forma de inscripción inscrita en el asiento D00044 hasta por la suma de S/. 26,000.00 soles a favor de SENATI según resolución número 04 de fecha 04/04/2018 en el Expediente Coactivo 012-2017 emitida por el Ejecutor Coactivo Guillermo Manrique Juárez sobre Cobro Coactivo. EMBARGO (D000051) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 33,840.95 soles, a favor de Luis Peñalba Castilla según Resolución Judicial N° 50 de fecha 08/06/2017 corregida mediante resolución N° 59 de fecha 13/04/2018, Expediente 1342010-LA, sobre Pago de Remuneraciones, Juzgado Mixto de Ilo. RECTIFICACION DE OFICIO (D00053) En la que se rectifica la numeración de los asientos extendidos en el rubro “D “de acuerdo al detalle desde el asiento D00017 al asiento D00051. EMBARGO (D000054) Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 116,172.00 soles a favor de Nicanor Juan Ocola Mansilla según Resolución Judicial N° 83 de fecha 23/04/2018, Expediente 157-2009LA, sobre Pago de Remuneraciones, Juzgado Mixto de llo. FECHA DEL

REMATE: Miércoles 15 de Agosto de! 2018. HORA DEL REMATE: 08:30 de la mañana. LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado Mixto de llo, sito en la Calle Matara N° 325, Ilo- Provincia de lio, Departamento de Moquegua. POSTORES: 1) Oblar antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable una suma no menor al 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original su documento de identidad y/o RUC, según corresponda. 3) Entregar el Arancel judicial por Derecho a Participar en Remate Judicial consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad y/o RUC según corresponda. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos. 5) Todos los documentos indicados, deberán ser presentados con copia. El Adjudicatario cancela los honorarios del Martillero más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, Abogado - Martillero Público, con Registro Nacional N° 263. Celular 999003423. (30, 31 Julio y 01, 02, 03, 06 Agosto). PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por JUAN MANUEL ARAGON MANCILLA en contra de LA EMPRESA PESQUERA PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., EMPRESA PESQUERA CACELIA PAOLA SRL, sobre Pago de Remuneraciones, Exp. N° 00105-2010-0-2802-JMLA-01, la Señora Juez del Juzgado Mixto de llo, Dra. Yenny Beatriz Benavides Meza, con intervención del Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Balneario del Sur, Sub. Lote A (Av. 1, Manzana A), Distrito de llo, Provincia de llo, Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 005003052, Zona Registral Nro. XIII, Sede Tacna. La Zona Registral XIIISede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: US $ 1,682.944.02 (UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 02/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US $ 1,121,962.68 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS), equivalentes a las dos terceras partes de la Tasación. AFECTACIONES Y GRAVAMENES, -HIPOTECA: (000010) La empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. Constituye hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú S.A.A, hasta por la suma de US$ 7’599,739.70 Dólares Americanos, con el interés y plazo propios de la operación; sobre la unidad de producción, comprendido el terreno y maquinaria y equi-

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pos localizadas en las instalaciones de la fábrica, así más ampliamente consta en la escritura pública de fecha 17/11/2005, otorgada ante notario público Yolanda Lucia Insua Arroyo. -RATIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE HIPOTECA (D00011) Las partes ratifican la hipoteca a que se refiere el asiento D-10, y convienen en modificar la cobertura de la hipoteca, a fin que en adelante, además de las obligaciones detalladas en el instrumento de constitución el cumplimiento, garantizar el pago de un préstamo de US$ 500,000.00 (Dólares Americanos), y demás obligaciones según la escritura pública de fecha 10/10/2007, otorgada ante notario público Dr. John Jesús Soto Gamero. -EMBARGO-(D00012): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.25,000.00 (nuevos soles), a favor de Víctor Leandro Sosa Iturre, según resolución judicial Nro. 86, de fecha 08/01/2010, Exp. 330-203, sobre Alimentos -Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00013): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.200,000.00 (nuevos soles), a favor de Mauro Adán Delgado Abarca, según resolución judicial Nro. 01 de fecha 10/12/2010, Exp. 003-2009, pago de remuneracionesPrimer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00014): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de James Da Silva Chosna, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 28/12/2010, Exp. 0054-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO(D00015): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.80,000.00 (nuevos soles), a favor de Edgar Alfredo Herrera Torres, según resolución judicial Nro. 02 de fecha 25/01/2011, Exp. 238-2010, sobre pago de remuneraciones- Segundo Juzgado de Ilo, -EMBARGO-(000016): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.175,380.00 (nuevos soles), a favor de Donato Chana Cusi, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 22/12/2010, Exp.27-2010, sobre pago de remuneraciones, Segundo Mixto de Ilo, -EMBARGO(D00016): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.180,000.00 (nuevos soles), a favor de Enrique Teodoro Chura Flores, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 30/12/2010, Exp. 005-2010, sobre pago de remuneraciones:-Segundo Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO(D00017): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 250,000.00 (nuevos soles), a favor de Pedro Vidal Pereyra Villanueva, según resolución judicial Nro. 42, de fecha 09/12/2015, Exp. 281-2010, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00018): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa , según resolución judicial N° 91, de fecha

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10/12/2015, Exp. 16-2011, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO(D00019): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.90,000.00 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución judicial Nro. 47, de fecha 03/12/2015, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00020): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.500,000.00 (nuevos soles), a favor de Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, según resolución Nro. 1110070048336, de fecha 23/03/2017, Exp. 1110060023593, sobre Ejecución Coactiva. -EMBARGO-(D00021): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.230,000.00 (nuevos soles), a favor de Modesto Cresencio Meléndez Cabanillas, según resolución judicial Nro. 28-2017 de fecha 22/03/2017 Exp. 115-2012, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO(D00022); Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.250,000.00 (nuevos soles), a favor de Jesús Salvador Arocutipa Ajajahui, según resolución judicial Nro. 19-2017, de fecha 27/03/2017, Exp. 0037-2013, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO(D00023): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,298.73 (nuevos soles), a favor de Luis Francisco Neyra Riveros, según resolución judicial Nro. 72 de fecha 24/03/2017, Exp. 18-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00024): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.76,424.82 (nuevos soles), a favor de Domingo Ramos Ayma, según resolución judicial Nro. 59, de fecha 24/03/2017, Exp. 108-2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO(D00025): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.73,596.07 (nuevos soles), a favor de Carlos Gilberto Coronado Veintimilla, según resolución judicial Nro. 51, de fecha 24/03/2017, Exp. 342-2008, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00026): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.159,965.57 (nuevos soles), a favor de Juan Nicolas Flor Aparicio, según resolución judicial Nro. 52, de fecha 24/03/2017, Exp. 982010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(1)00027): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa, según resolución judicial Nro. 109, de fecha 24/03/2017, Exp. 16-2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO-(D00028): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.320,000.00 (nuevos soles), a favor del demandante, según resolución judicial Nro. 54, de fecha

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28/03/2017, Exp. 105-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00029): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.140,000.00 (nuevos soles), a favor de Felipe Flores Velasquez, según resolución judicial Nro. 22-2017, de fecha 27-03-2017, Exp. 337-2014, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00030): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.173,377.10 (nuevos soles), a favor de Wilson Enrique Larico Ortiz, según resolución judicial Nro. 49, de fecha 31/03/2017, Exp. 037-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. -RECTIFICACION DE OFICIO (D00031): Se rectifica el asiento D000028 de esta Partida por haberse omitido consignar al demandante y al demandado tal como consta en el presente asiento. Demandante Juan Manuel Aragon Mancilla, Demandada Procesadora de Productos Marinos SA. -EMBARGO(D00032): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.124,331.55 (nuevos soles), a favor de Eudes Madariaga Olivares, según resolución judicial Nro. 56, de fecha 03/04/2017, Exp. 169-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00033): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.120,000.00 (nuevos soles), a favor de Romel David Platero Aparicio, según resolución judicial Nro. 60, de fecha 03/04/2017, Exp. 35-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO(D00034): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.72,000.00 (nuevos soles), a favor de Ariel Simon Cervantes Sanchez, según resolución judicial Nro. 36, de fecha 31/03/2017, Exp. 47-2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO-()00035): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.82,779.21 (nuevos soles), a favor de Juan Jose Ordoñez Barrios, según resolución judicial Nro. 45, de fecha 31/03/2017, Exp. 301-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(00036): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.60,000.00 (nuevos soles), a favor de Donato Chana Cusi, según resolución judicial Nro. 28, de fecha 27/03/2017, Exp. 190-2013, sobre pago de remuneraciones- Juzgado del Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO-(D00037): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.72,000.00 (nuevos soles), a favor de Oscar Alberto Varillas Barrios, según resolución judicial Nro. 07, de fecha 26/04/2017, Exp. 128-2016, sobre pago de remuneraciones-Juez del Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO-(D00038): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.82,000.00 (nuevos soles), a favor de Felipe Flores Velasquez, según resolución judicial Nro. 15, de fecha 26/04/2017, Exp. 10-2013, sobre

pago de remuneraciones-Juez del Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO-(D00039): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.59,200.29 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución Oficio nro. 357-2017, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO(D00040): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles), a favor de Nicolas Mamani Turpo, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 20/04/2017, Exp. 204-2016, sobre pago de remuneraciones- Juzgado de Trabajo de Ilo. -EMBARGO-(D00041): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de Americo Nicolas Chavez Roncal, según resolución judicial Nro. 05, de fecha 02/05/2017, Exp. 129-2016, sobre pago de remuneraciones-Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO-()00042): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.34,540.42 (nuevos soles), a favor de Jose Antonio Moreno Nicho, según resolución judicial Nro. 67, de fecha 05/05/2017, Exp. 269-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. fecha 23/04/2018 Expediente 1572009-LA sobre Pago de Remuneraciones, Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00043): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de Jose Antonio Moreno Nicho, según resolución judicial Nro. 06, de fecha 26/06/2017, Exp. 282-2016, sobre pago de remuneraciones-Juez de Trabajo de llo. -EMBARGO-(000044): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.23,500.00 (nuevos soles), a favor de SENATI, según resolución Nro. 03, de fecha 17/07/2017 emitida por el Ejecutor Coactivo Pedro Alvaro Velásquez Ruiz, sobre Cobro Coactivo. -EMBARGO-(D00045): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.140,000.00 (nuevos soles), a favor de Mario Arturo Espinoza Cruz, según resolución judicial Nro. 73, de fecha 03/08/2017, Exp. 068-2011, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO(D00046): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de Municipalidad Provincial de llo, según resolución coactiva Nro. 13725-2017-OECMPI, de fecha 27/10/2017 emitida por el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de llo, Exp. 8912017. -EMBARGO-(D00047): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.300,000.00 (nuevos soles), a favor de Silvio Francisco Torres Valdivia, según resolución judicial Nro. 34, de fecha 31/10/2017, Exp. 158-2012, sobre pago de remuneraciones- Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO(D00048): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.56,363.86 (nuevos soles), a favor de Augusto Francisco Llontop Cipirani, según resolución judicial Nro. 40, de fecha

Viernes, 3 de agosto del 2018

18/01/2018, Exp. 308-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO-(D00049): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.46,319.42 (nuevos soles), a favor de Nicolás Mamani Turpo, según resolución judicial Nro. 56, de fecha 08/03/2018, Exp. 059-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -AMPLIACION DE EMBARGO- (D000050) Inscrito en esta partida ampliando el monto de la medida cautelar de embargo en forma de inscripción inscrita en el asiento D00044 hasta por la suma de S/. 26,000.00 soles a favor de SENATI según resolución número 04 de fecha 04/04/2018 en el Expediente Coactivo 012-2017 emitida por el Ejecutor Coactivo Guillermo Manrique Juárez sobre Cobro Coactivo. -EMBARGO- (D000051); Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 33,840.95 soles a favor de Luis Peñalba Castilla según Resolución Judicial número 50 de fecha 08/06/2017 corregida mediante resolución número 59de fecha 13/04/2018 Expediente 134-2010-LA sobre Pago de Remuneraciones, Juzgado Mixto de Ilo. -RECTIFICACION DE OFICIO- (D00053); En la que se rectifica la numeración de los asientos extendidos en el rubro “ D “ de acuerdo al detalle desde el asiento D00017 al asiento D00051. EMBARGO.- (D000054 ); Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 116,172.00 soles a favor de Nicanor Juan Ocola Mansilla según Resolución Judicial número 83 de fecha 23/04/2018 Expediente 157-2009-LA sobre Pago de Remuneraciones, Juzgado Mixto de Ilo. FECHA DE REMATE: 15 de Agosto del 2018, a las 3:30 pm. (QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS). LUGAR DEL REMATE: En el Local del Juzgado Mixto de Ilo, sito en la Calle Matara Nro. 325, Ilo- Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el DNI y el Arancel Judicial indicando el número del DNI. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios de la Martillera Publico son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por la Martillera Publica MARIA ANGELA ZEBALLOS ALVA, Reg. SUNARP N°142. (30, 31 Julio y 01, 02, 03, 06 Agosto). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00454-2017-11-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a ROLANDO RONALD GALOPINO FIESTAS, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE DECLARAR CONTUMAZ al acusado ROLANDO RONALD GALOPINO FIESTAS, identificado con Documento

Nacional de Identidad 4448631, natural de Distrito Castilla, Provincia y Departamento Piura, nacido el 31 de octubre de 1981, hijo de Rolando Rodail y Carmen, grado de instrucción secundaria completa (RENIEC), de estado civil soltero, con domicilio real en AA.HH. Nueva Alianza Mz. 168 Lt. 1 Distrito y Provincia Ilo, Departamento Moquegua (RENIEC), y con domicilio real según acusación en Ciudad del Pescador Mz. I Lt. 13 Pampa Inalámbrica, Distrito y Provincia Ilo, Departamento Moquegua (acusación). 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sea puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, respecto del acusado Rolando Ronald Galopino Fiestas mientras sea ubicado y sometido a juicio el acusado, nombrándose al señor abogado Héctor Acuña Robles, como abogado del acusado. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio real (acusación), domicilio ficha RENIEC y mediante Edictos con la presente resolución, para los fines pertinentes. Tómese Razón y Hágase Saber. – (01, 02, 03 Agosto). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 281-2018-42-2802-JRPE-01. PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO. JUEZ: Dr. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. Juani Howard Zegarra Coalla. El Primer Juzgado Penal Unipersonal de !lo, en el proceso seguido en contra de Ronald Apaza Vilca, por la presunta comisión por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de menor de iniciales E.R.A.C. representado por su madre Luisa Ccayosi Lloclle, ha resuelto lo siguiente: Resolución Nro. 03: 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 13 DE AGOSTO DEL 2018 A LAS 09:00 DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias ubicado’ en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de juicio oral inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado a fin que asiste su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista de audiencias deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado y

Viernes, 3 de agosto del 2018

los edictos se encuentren diligenciados y obren en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación como es en A.A.H.H. Villa Primavera Mza 08 lote 09 Pampa Inalámbrica — Distrito y Provincia de Ilo del Departamento de Moquegua y en el domicilio de la Ficha RENIEC Parcela Fujulaca Distrito y Provincia de Moho del Departamento de Puno, notificación que debe de hacerse mediante exhorto y así mismo se notifique mediante Edictos, la presente resolución al acusado, por otro lado se notifique media vía telefónica tal como lo señala eI código del plazo de tal modo que la audiencia no se pueda reprogramar, para tal efecto el señor especialista de audiencia y el especialista judicial, con 10 días de anticipación deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cedula de notificación remitidas al acusado sean dirigidos a la ciudad de Puno obre en el cuaderno de debates debidamente diligenciadlos y en caso de incumplimiento se comunicara a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones 3.3.TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la señorita Mabel Gómez Peñaloza, abogada del acusado, se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de Ia abogada antes referida, a efecto que procedan conforme sus atribuciones, de igual modo en caso de inasistencia de la señorita fiscal se comunicara a su órgano control, a fin que proceda coniforme a sus atribuciones y en caso de inasistencia injustificada del abogado del actor civil se tendrá por abandonada la constitución de actor civil • y la señorita fiscal asumirá para que proceda conforme a ley respecto a la parte agraviada. 3.4.- CUARTO: SE EXHORTA por única vez al señor asistente judicial de este despacho Gianfranco López Vargas a fin que cumpla sus funciones non mayor celo en caso se pueda advertir dicha conducta se comunicara a ODECMA para que actué conforme a sus atribuciones, así mismo se tiene por notificado a todas las partes asistentes con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (01, 02, 03 Agosto). EDICTO PENAL EXP: 00342-2018-79-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a DANTE OSWALDO MIRAVAL AYALA, con la RESOLUCION N° 02 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ CON TREINTA DE LA MAÑANA, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIEN-

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CIAS, en esta misma sala de audiencia ubicada en Jirón Junín 301 2do piso de la Provincia de llo, quedando subsistente los percibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE tenerse en este acto de audiencia notificado el acusado Dante Oswaldo Miraval Ayala mediante vía telefónica realizada al número de celular 953395338 en la cual el señor acusado a escuchado la resolución y la fecha día y hora de la reprogramación de la audiencia bajo apercibimiento que en caso de inasistencia se le declarar reo ausente o contumaz y se dispondrá su orden de captura conforme a Ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (01, 02, 03 Agosto). EDICTO PENAL EXP: 00339-2018-93-2802-JR-PEC1. Se emplaza, notifica a CARLOS ALEXANDER SOTO DAZA, con la RESOLUCION N° 02. Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, ubicado en jirón Junín 301 segundo piso de la provincia de llo departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las

coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el Expediente Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones.3.2,- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio ubicado Micaela Bastidas Manzana tres lote ocho distrito de 26 de octubre provincia de Piura y Departamento de Piura así mismo se notifíquese vía edictos y vía celular al número 9928727502, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones, en cuanto a la notificación vía telefónica el Especialista de audiencia deberá levantar la constancia correspondiente de la notificación. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Mabel Gómez Peñaloza abogada del acusado se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta con la presente resolución. Tómese razón y hágase saber. (01, 02, 03 Agosto). EDICTO PENAL EXP: 00397-2018-31.2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a JORGE LUIS RIVERA RIVERA, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A LAS ONCE DE LA MAÑAN CON TREINTA MINUTOS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, En esta misma sala de audiencia ubicada en jirón Junín 301 2do piso provincia de Ilo departamento de Moquegua; quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista de audiencia deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigida al acusado este diligenciado y obre en el Expediente Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODEC-

MA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado con la resolución uno y la presente resolución en su domicilio por la señorita fiscal como es Urbanización Daniel Alcides Carrión Manzana A lote 02 Ilo Moquegua y también en pasaje Malatesta 109 provincia de Ilo Moquegua, en el domicilio señalado en el proceso de incoación de proceso inmediato como es en Calle General Moran 252 4to nivel Cerro Colorado Arequipa y en el domicilio Calle Zepita 450 3er nivel del Distrito y Provincia de Ilo departamento de Moquegua y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Mabel Gómez Peñaloza abogada responsable de la defensa del acusado se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (01, 02, 03 Agosto). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 354-2018-25-2802-JRPE-01. PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO. JUEZ: Dr. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. Juani Howard Zegarra Coaila. El Primer Juzgado Penal Unipersonal de llo, en el proceso seguido en contra de Julver Leo Rivera Ventura, por la presunta comisión por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de menor de iniciales E.L.R.M. representado por su madre Celia María Mamani Cauna, ha resuelto lo siguiente: Resolución Nro. 02: 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 15 DE AGOSTO DEL 2018 A LAS 09:00 DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de 110, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de juicio oral inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado a fin que asiste su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele

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un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista de audiencias deberá realizar las coordinaciones pertinentes con el asistente judicial a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado esté debidamente diligenciado y obre en el expediente cuaderno de debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE Se Notifique con la presente resolución, la acusación y la resolución N° 01 al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación como es en Calle Elias Domingo N° 1120 Distrito de Surquillo Provincia y Departamento de Lima según ficha RENIEC y en el domicilio de Jhon F. Kennedy Mza S lote 06 del Distrito y Provincia de !lo del Departamento de Moquegua, y así mismo se notifique mediante Edictos, dentro del plazo de ley bajo apercibimiento de remitir copias a ODECMA a fin que actué conforme a sus atribuciones en caso de incumplimiento. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del señor Arturo Walter Flores Estuco, abogado del acusado, se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; de igual modo en caso de inasistencia de la señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE que el especialista de ser facilitado el número de celular del acusado este deberá ser notificado por este medio con la fecha de audiencia de juicio oral, por otro lado se tiene por notificado a todas las partes asistentes con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (01, 02, 03 Agosto). EDICTO PENAL EXPEDIENTE:407-2018-57-2802-JRPE-01 Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo – Corte Superior de Moquegua Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre Especialista Legal:Abog.Mayra Patricia Pacheco Pachao.El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe ha dispuesto NOTIFICAR a: EDGARD JUSTO VELASQUEZ ARI con la resolución N° 04 de fecha 31 de Agosto de 2017 la misma que dispuso REPROGRAMAR la audiencia de confirmatoria de incautación para el día DIECISEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias en la calle Matará 325-Ilo. Ilo 31 de julio de 2018 (03/08/2018, 04/08/2018,05/08/2018)

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CONVOCATORIA PARA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS La Corte Superior de Justicia de Moquegua, requiere contratar el Servicio de Apoyo en Vigilancia Médica para sus trabajadores, para lo cual es necesario contar con un profesional AUXILIAR EN ENFERMERÍA, TÉCNICO EN ENFERMERÍA O LICENCIADO EN ENFERMERÍA.

La presente convocatoria está dirigida a personas naturales y/o jurídicas que cuenten con los requisitos detallados a continuación: • Registro Único de Contribuyentes, cuya actividad económica principal guarde relación con el objeto de la contratación. • Haber iniciado sus actividades como mínimo hace doce (12) meses. • Estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP). Los interesados deberán remitir su carta de presentación al área de Logística de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en la Calle Junín N° 520 – Cercado, o al correo electrónico [email protected]

Moquegua 31 de Julio del 2018

Viernes, 3 de agosto del 2018

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Si no se encuentra conforme con el servicio de atención de atención de las oficinas de ORIENTCIOPN JURIDICO GRATUITO Y REGISTRO Y CONTROL BIOMETRICO DE PROCESADOS Y SENTENCIADOS LIBRES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, puede llenar este formato y presentarlo en estas oficinas. ANEXO Nº 2 Formato de Atención de Quejas ATENCIÓN DE QUEJAS DEL SERVICIO

CÓDIGO:

NOMBRE DEL USUARIO

TELF:

PERSONA QUE RECIBIÓ LA QUEJA:

FECHA:

METODO DE RECEPCIÓN DE LA QUEJA:

Personalmente

Web

Libro de reclamaciones

Carta

E-mail

Otros

DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA: -------------------------------------------------------Nombre y Firma de la Persona que recibió la queja RESPONSABLE DE LA INVESTIGACIÓN: ……………………………………………………………………………………………

----------------------------------------------------------------Firma del CSG

FECHA DE LA RECEPCION:

¿PROCEDE?: SÍ

NO

Justificar cuando no proceda: Fecha de Respuesta al Cliente: ACCIÓN TOMADA: __________________________ Firma CSG

¿REQUIERE ACCIÓN CORRECTIVA?:

SAC Nº : NO

SÍ SEGUIMIENTO DE LA ACCIÓN TOMADA: ¿Implementa

Fecha Cumplimiento

da?

Fecha Seguimiento SI

Observaciones NO

VERIFICACIÓN DE LA ACCIÓN TOMADA: ¿Fue eficaz? SÍ Observaciones: SGC-05-F01 rev.01

--------------------------------------------------Firma Responsable de Atención de Queja

NO

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ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE Código: ALC-01 Versión: 01 LA CALIDAD DE LA CORTE SUPERIOR Pág.: 1 de 03 DE JUSTICIA DE MOQUEGUA 

ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA El Sistema de Gestión de la Calidad de la Corte Superior de Justicia de Moquegua en sus procesos de Dirección, Orientación Jurídica Gratuita al Usuario, Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres y áreas de apoyo, ha determinado los límites y aplicabilidad del sistema de gestión de la calidad para establecer su alcance, para ello y teniendo en consideración: a) Las partes interesadas que son pertinentes al sistema de gestión de la calidad b) Los requisitos de las partes interesadas pertinentes c) Los productos y servicios de la organización En ese sentido se ha considerado como alcance:

• ORIENTACIÓN JURÍDICA GRATUITA AL USUARIO • REGISTRO Y CONTROL BIOMÉTRICO DE PROCESADOS Y SENTENCIADOS LIBRES

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______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 02 Ilo, doce de Junio Del dos mil dieciocho.VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 082011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante resolución N° 01, de fecha uno de junio del año en curso, se programó la Audiencia Pública Extraordinaria para el día 25 de Junio del presente, a las nueve horas, sin embargo siendo que los Jueces Superiores Judith Alegre Valdivia y Erwin Rodríguez Barreda, viajarán a la ciudad de Lima a fin de rendir el examen escrito del CNM con fecha 24 de junio del año en curso, por motivos de distancia, solicitarán licencia por el día 25 de junio, por lo tanto, corresponde reprogramarse la misma Por tales consideraciones.

RESOLVIERON: REPROGRAMAR la Audiencia Pública Extraordinaria para el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA

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MAÑANA, en la Sala de

Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil dieciocho en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, quedando subsistente en lo demás que contiene. DISPUSIERON: Se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. REGISTRESE Y COMUNIQUESE.S.S.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Publica Extraordinaria - Segundo Trimestre 2018 Resolución N° 01 Moquegua, cuatro de junio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO del año dos mil dieciocho, a las DIEZ HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año judicial dos mil dieciocho, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaría se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. TERCERO: MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación. para dar cuenta en el acto de la audiencia. CUARTO: Se oficie al Director de! Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica,: por el termino de ley.

RUIZ NAVARRO. REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S. LOO SEGOVIA. COAGUILA MITA. CORNEJO POLANCO.

ALEGRE VALDIVIA. RODRIGUEZ BARREDA.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA”

 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

EDICTO

CONVOCATORIA DE PROVEEDORES La Corte Superior de Justicia de Moquegua, requiere ampliar su cartera de proveedores en los rubros siguientes: Bienes: • Equipos Informáticos • Equipos de Telecomunicación • Artículos de Ferretería Servicios: • Catering • Imprenta • Gasfitería • Ebanistería • Carpintería • Albañilería • Pintado • Vidriería • Jardinería • Electricidad • Carpintería metálica (Soldadura) • Transporte de Carga • Transporte de Pasajeros

• • •

Equipos de Seguridad Medicamentos Útiles de Escritorio

• •

Mecánica Automotriz Centro de lubricación para vehículos motorizados Mantenimiento de Infraestructuras Instalación de Equipos de Telecomunicación Alquiler de vehículos Ingeniería Civil Arquitectura Ingeniería Sanitaria Ingeniería Eléctrico Técnico Electricista

• • • • • • • •

La presente convocatoria está dirigida a personas naturales y/o jurídicas que cuenten con los requisitos detallados a continuación: • • •

Registro Único de Contribuyentes, cuya actividad económica principal guarde relación con el objeto de la contratación. Haber iniciado sus actividades como mínimo hace doce (12) meses. Estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), opcional.

Los interesados deberán remitir su carta de presentación al área de Logística de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en la Calle Junín N° 520 – Cercado, o al correo electrónico [email protected] Moquegua 24 de Julio del 2018

Moquegua, 10 de julio de 2018 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado de Mixto y Penal Unipersonal de Omate

Miércoles 25

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizarán en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

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CORTE SUPERIOR DEJUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA "UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E INVESTIGACION Y VISITAS" "AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACION NACIONAL"

Moquegua, 16 de Julio del 2018 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2018-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 05 de Marzo del 2018, realizara durante el mes de agosto del 2018, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Órgano Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto

Miércoles 15 de Agosto del 2018

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o realizar quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

JUAN PORFIRIO PAREDES ROMERO MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

Viernes, 3 de agosto del 2018

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigación y Visitas”

“Año del Dialogo y la Reconciliación Nacional"

Moquegua, 16 de Julio del 2018 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2018-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 05 de Marzo del 2018, realizara durante el mes de agosto del 2018, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Órgano Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Sala Penal de Apelaciones de Moquegua

Lunes 13 de Agosto del 2018

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o realizar quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.-

MAXIMO JESUS LOO SEGOVIA JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJA E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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