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TIAN CALIZAYA SARAZA, por el de THIAGO. SEBASTIAN CALIZAYA SARAZA, es decir se suprima su segundo nombre ANTHONY en su partida de nacimiento ...
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Miércoles, 3 de agosto del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

La República

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Miércoles, 3 de agosto del 2016

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO Ante el Juzgado (Ex1°)-Ilo: que despacha el Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco y el Especialista Legal. Abog. Marco Cáceres Ninaja, en el expediente N° 0246-2016-0-2802-JMCI-01, se sigue el proceso de Cambio de Nombre, seguido por Jimmy Jared Huamán Cuadros y mediante Resolución N° 01 de fecha cuatro de Julio del dos mil dieciséis,SE RESUELVE: Admitir la demanda a trámite interpuesta por Jimmy Jared Huamán Cuadros, sobre CAMBIO DE NOMBRE la misma que deberá tramitarse en el PROCESO NO CONTENCIOSO, con conocimiento del Ministerio Publico. Señalándose fecha para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día CUATRO DE AGOSTO del Dos mil dieciséis, a horas DOCE Y TREINTA del día, debiendo cumplirse con las publicaciones previstas en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER./ MARCO CACERES NINAJA.Secretario Judicial-2da. Secretaria- juzgado Mixto de Ilo- CORETE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA (03 Agosto) EDICTO El Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Moquegua; Dr. Fredy Fernández Sánchez; Especialista Abogada Roxana Escarcena Mamani, Expediente N° 00151-2016-0-2801-JM-CI-02, en la Resolución N°04 a través de la Sentencia N° 041-2016-2JMM, RESUELVE: 1) Declarando Fundada la demanda interpuesta por SABINO DAMASO ROMERO RAMOS, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en la modalidad de Cambio de Nombre. 2) DISPONGO, que ante la Municipalidad Distrital de Carumas, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, en el Acta de Nacimiento N° Ciento Cincuenta y Ocho del 12 de diciembre de 1945, se proceda a cambiar el nombre de DAMAZO SAVINO por el de SABINO DAMASO, debiendo de quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como SABINO DAMASO, debiendo de quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como SABINO DAMASO ROMERO RAMOS, en alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación, 3) PUBLIQUESE, la presente sentencia en el diario la Republica y, consentida que queda la presente, REMITASE los padres judiciales para que procedan a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales pertinentes. 4) Sin Costas ni Costos del proceso. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Moquegua, 02 de Agosto del 2016. Fredy Romero Arce – Abogado. CAM 337; Abog. Roxana Escarcena Mamani – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03 Agosto) EDICTO Que por ante el primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, a cargo del Señor Juez Dr. Juan Porfirio Paredes Romero y secretario Abogado Karina Pantos Linares, en el proceso civil 00205-2016-0-2801-JM-CI-01, ha sido admitida a tramite, en vía de proceso no contencioso presentado por GLADYS NORMA SARAZA YUCRA Y SABINO CALIZAYA LEON, los recurrentes solicitan la supresión del segundo nombre de su menor hijo, a efectos de que mediante sentencia judicial se le autorice el cambio de nombre de su menor hijo THIAGO ANTHONY SEBASTIAN CALIZAYA SARAZA, por el de THIAGO SEBASTIAN CALIZAYA SARAZA, es decir se suprima su segundo nombre ANTHONY en su partida de nacimiento. Moquegua

01 de Agosto del 2016. Miguel C. Aycache Flores – Abogado. CAM N°788; Abog. Karina Pantos Linares – Secretaria Judicial – Primer Juzgado Mixto Mcal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (03 Agosto) Expediente N° 00797-2016, ante el Juzgado de Familia de Mariscal Nieto, Juez Dr. Cesar Augusto Salinas Linares, Secretaria: Pamela Beatriz Huamán Valdivia, sobre RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, seguido por PATRICIA ROCIO JACINTO VILLEGAS, en contra de la Sucesión Intestada del que en vida fuera don ROBERTH CARLO VELASQUEZ TEJADA. En la Resolución N° 02 SE RESUELVE: Admitir a trámite la Demanda interpuesta por PATRICIA ROCIO JACINTO VILLEGAS, sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, en contra de la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE ROBERTH CARLO VELASQUEZ TEJADA y de la menor LUCIANA PATRICIA VELASQUEZ JACINTO, en la Vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO, traslado de la Demanda al Demandado por el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Por ofrecidos los medios probatorios, agréguese los documentos presentados con conocimiento del Ministerio Publico y se NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS a la Demandada SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE ROBERTH CARLO VELASQUEZ TEJADA, por el Plazo de SESENTA DIAS, para la absolución de los cargos expresados en la Demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo efectuar las publicaciones en el Diario “La Republica”. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 01 de Agosto del 2016. José Zeballos Zeballos – Abogado C.A.M 165; Pamela Huaman Valdivia – Secretaria – Juzgado Especializado de Familia – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (02-0304 Agosto) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el Sr. Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Secretaria U. Felina Valdivia Flores, en el Exp. N-00726-2015-0-2802-JPCI-02, Glenda Yudith Cervantes Lucero en representación de su menor hijo Brayan Luis Ninaja Cervantes está solicitando la sucesión intestada de en quien en vida fuera Ricardo Luis Ninaja Castillo fallecido el 14 del 2015 en la ciudad de Tacna, lo que pone en conocimiento a los veintidós de Julio del 2016. Fdo U. Felina Valdivia Flores, Secretaria Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo.(01-02-03 Agosto). NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE Nº 00334-2016-0-2801-JPFC-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sr. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. JULISSA REVILLA GUZMAN, ha dispuesto la notificación por edicto a: MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS RESOLUCIÓN NRO. 01; Moquegua, veintidós de abril del dos mil dieciséis.-SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por ELVIA CARRASCO DELGADO quien actúa en representación de su menor hija MILAGRITOS YURITH PAQUI CARRASCO, la misma que deberá tramitarse el presente proceso en la vía del PROCESO UNICO. TRASLADO de la demanda al demandado MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS por el término de cinco días a fin de que absuelva el traslado de la demanda al demandado y ejerza su derecho de defensa mediante su contestación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de declararse su rebeldía. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordenen agregar

a los autos los anexos que se acompañan Y RESOLUCIÓN NRO. 03, Moquegua doce de julio del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: Notificar por edictos al demandado MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS; y fíjese como plazo especial de emplazamiento de quince días, bajo apercibiendo de nombrársele curador procesal. Publíquese por tres días hábiles los edictos en el diario oficial y en el diario de avisos judiciales de la corte del lugar del proceso; cumplidos que sea: agréguese al expediente las publicaciones que contiene la notificación; teniendo en consideración que la Resolución se tendrá por notificada el tercer día contado desde la última publicación. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.- Moquegua 22 de Julio del 2016 (01-02-03 Agosto) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 331-2016-0-2801-JP-PE-03. Notificar mediante Edicto a la agraviada NELLY BASILICA GUTIERREZ GUTIERREZ, la Resolución N° 01 de fecha 22.03.2016 que RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada NELLY BASÍLICA GUTIERREZ GUTIERREZ; por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Maltrato de Obra, ilícito previsto y penado en el artículo 442 del Código Penal, en agravio de YONI LEONEL PARE CHAMBILLA y la RESOLUCIÓN N° 04 de fecha 22.06.2016 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO DE FALTAS contra la persona en la modalidad de Maltrato de Obra, seguido en contra de Nelly Basilica Gutierrez Gutierrez, en agravio de Yoni Leonel Pare Chambilla, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notífiquese. Moquegua 22 de Julio del 2016. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03-04-05 Agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 482-2016-0-2801-JP-PE-03. Notificar mediante Edicto al imputado JOSE JHOEL RUIZ GORDON, la Resolución N°01 de fecha 23.05.2016 que RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada JOSE JHOEL RUIZ GORDON por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de ROLANDO EXI NESTOR COAYLA FLORES, y la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 14.07.2016 que DISPONE: REPROGRAMAR nueva fecha para la realización del Juicio Oral para el DOCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, la que se llevará en el despacho de este Juzgado, subsistiendo los apercibimientos de la resolución número uno en caso de inasistencia de las partes procesales. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 22 de Julio del 2016. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03-04-05 Agosto) EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00325-2016-65-2802-JR-PE-01, JUEZ: ABOG. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO, ESPECIALISTA: ABOG. LUIS PALOMINO BARRANZUELA,

Se emplaza, notifica y cita al acusado ARMANDO ADOLFO DE LA CRUZ GONZALES con la RESOLUCIÓN N° 01 y 02 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día DIECISEIS DE AGOSTO del dos mil dieciséis a las ONCE de la mañana, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; asimismo se fija la fecha de la audiencia teniendo en cuenta el lugar donde se tiene que notificar al acusado (Entrada Sunampe 149 EL Cañaveral distrito Sunampe – Chincha - Ica; conforme aparece en la acusación fiscal), en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Omision a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales R.A.C.M. representado por su madre Guisela Deysi Manrique Gutierrez. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Freddy Mamani Callalla; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado ARMANDO ADOLFO DE LA CRUZ GONZALES, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 26 de julio del 2016. (03, 04, 05 Agosto). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00318-2016-03-2802-JR-PE-01 JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA Se emplaza, notifica y cita al acusado JOSE ENRIQUE ARAUJO SALCEDO con la RESOLUCIÓN N° 02 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día DIECISÉIS DE AGOSTO de dos mil dieciséis a las QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; en la causa seguida en su contra por el delito de Conducción en estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gomez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del

Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado JOSE ENRIQUE ARAUJO SALCEDO, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 26 de julio del 2016. (03, 04, 05 Agosto). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N° : 00320-2016-55-2802-JR-PE-01 JUEZ : Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA Se emplaza, notifica y cita al acusado LUCINDO CACARES CAHUAZA con la RESOLUCIÓN N° 01 y 02 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día DIECISEIS DE AGOSTO de dos mil dieciséis a las QUINCE HORAS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; asimismo se fija la fecha de la audiencia teniendo en cuenta el lugar donde se tiene que notificar al acusado (Pasaje Mariscal Caceres AAHH Selva Alegre Mz- 56 Lote 12 Ucayali – Coronel Portillo-Manantay; conforme aparece en la acusación fiscal), en la causa seguida en su contra por el delito de Omision a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales JSCP representado por su madre Necy Delina Pisco Tutusima. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gomez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado LUCINDO CACERES CAHUAZA, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 26 de julio del 2016. (03, 04, 05 Agosto). EDICTO PENAL

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Exp. Nº 0083-1992-0-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Especialista Legal: Roxana Escarcena Mamani. Se NOTIFICA al imputado JENRRY PARI GUTIERREZ; con la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 30/06/2016, (contenido): FALLO: 1. DECLARANDO DE OFICIO LAPRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y, por ende, EXTINGUIDA la misma, seguida en contra de JENRY PARI GUTIÉRREZ por el delito de Tentativa de Violación de la Libertad Sexual, en agravio de la menor de iniciales M.E.J.Q. 2. En consecuencia, SE DISPONE el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente instrucción, respecto del delito y procesado indicados, debiéndose cursar las comunicaciones de Ley para la cancelación de los antecedentes generados. 3. SE DISPONE: Una vez consentida o ejecutoriada la presente, REMÍTASE copia certificada de esta resolución a la Oficina de ODECMA de esta Corte Superior de Justicia, en observancia de la Resolución Administrativa N° 013-2015-CE-PJ, debiendo Secretaría del Juzgado oficiar en dicho sentido, bajo responsabilidad. Asumiendo funciones la Especialista Legal que suscribe. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER y RESOLUCIÓN N° 04 de fecha 18/07/2016. (Contenido) DE OFICIO: Observándose que no existe domicilio en autos del imputado JENRY PARI GUTIERREZ, se dispone notificarse la Sentencia de autos mediante edictos, por lo que procédase a remitirlo conforme corresponde. Ofíciese.Autoriza la secretaria judicial que suscribe de conformidad con el Artículo 122 del Código Procesal civil y por disposición del Magistrado. Fdo. Fredy Fernández Sánchez Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Abog. Roxana Escarcena Mamani - Especialista Legal.- Moquegua, 21 de julio del 2016. (03-04-05 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 00465-2016-79-2801-JRPE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don ANTONY MICHAEL PERAMAS PARODI, identificado con DNI N° 47474947, de sexo masculino, nacido el 24 de abril de 1985, con secundaria completa, de treinta y uno anos de edad, con setenta kilos aproximadamente, de tez trigueño, de estado civil soltero, de ocupación conductor de combi, y con domicilio en avenida Manuel C. De La Torre 225 del Centra Poblado San Francisco; al haberse dispuesto su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Peru, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Lino Ariel Jara Zubieta o Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a efecto de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de juicio inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Mario Manuel Tacuri - Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 15 de julio de 2016. (02-03-04 Agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00635-2014-1-2801-JRPE-01.-Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.- Se hace saber y emplaza : Al imputado JANER DANY DEL ÁGUILA RUIZ con el contenido

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del Índice de Audiencia de fecha 25 de Julio del 2016: SE DISPONE: REPROGRAMAR la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 06 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalará con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el abogado del acusado. NOTIFÍQUESE. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 25 de Julio de 2016. (01-02-03 agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro. 289-2016-9-2801-JR-PE03.-Juzgado:Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Especialista Legal: Abog. Rosa Barreda Valdivieso.Se hace saber y emplaza : A la acusada LINO CARPIO JESUS, VILCA CONDORI FELIX VALENTIN, CONODIR VALDEZ NICOMEDES JUSTO, VILCA ROMERO CARLOS PERCY, con la resolución n° 05 en la cual SE DISPONE: La reprogramación de la audiencia de constitución en actor civil, solicitada por la Contraloría general de la Republica para el día 22 de agosto del 2016 a las 10:00 horas en la sala 03.- . Refrendado Magistrado Alberto Arenas Neyra. Moquegua, 20 de Julio de 2016 (01-02-03 agosto) EDICTO PENAL Expediente Nº. 00489-2016-65-2801-JRPE-01.-Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto.- Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.- Se cita y emplaza a don ALVARO VICENTE VEGA CUELA, identificado con DNI Nº 40711574, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 02 de abril de 1980, natural de Moquegua, con instrucción secundaria completa, nombre de los padres Alvaro y Maria; por haberse dispuesto su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de informar al juzgado cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 25 de julio de 2016 (0102-03 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00353-2015-93-2802-JRPE-01. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: ABOG. EDGARDO SERAPIO CARPIO YZAGUIRRE. ESPECIALISTA: Abog. Juani Howard Zegarra Coaila. El segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, en el proceso seguido en contra de los acusados María Esther Ramírez Arévalo, por la presunta comisión del delito de estafa en agravio de Alberto Alvear Arotaype, ha dispuesto SE NOTIFIQUE POR EDICTOS a la empresa STACIO AUTOMOTRIZ SAC la Resolución N° 09 de fecha catorce de julio de dos mil dieciséis, en la cual SE

RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el requerimiento de incorporación de tercero civil formulado por el Ministerio Público en estos autos, DISPONIÉNDDOSE la incorporación de la empresa STACIO AUTOMOTRIZ SAC inscrita en la partida 12316658 de la Zona Registral IX Sede Lima, representada por su Gerente General María Esther Ramírez Arévalo como tercero civil en el proceso investigatorio que viene llevando a cabo el Ministerio Público contra María Esther Ramírez Arévalo, José Eduardo Fiestas Dejo y Hugo Jaime Villagaray Rodríguez, por el delito de estafa, en agravio de Alberto Alvear Arotaype. SEGUNDO: PÓNGASE a conocimiento del Ministerio Público en forma inmediata la presente resolución acompañando el cuaderno respectivo para los efectos legales a los que hace referencia los artículos 112 y 113 del Nuevo Código Procesal Penal. Tómese razón y hágase saber.- Especialista Legal Abog. Juani Howard Zegarra Coaila.- ( 27 Julio, 1 y 2 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 0276-2013-96-2801-JRPE-02.-SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO- En el proceso N° Nº 276-2013-96-2801-JR-PE-02, seguida en contra de José Luis Rodríguez Seminno, por el delito de Estafa Generica, en agravio de Sabina Ramos Chipana y otros.; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JOSE LUIS RODRIGUEZ SEMINO, MARIA DEL CAMEN RODIRGUEZ SEMINO, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ SEMINO, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIERREZ, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI Y EDISON DANIEL TORRES PARPASI, con la resolución número 18 de fecha 13 de julio del 2016, la cual RESUELVE: A: DECLARAR la existencia de una relación jurídica procesal válida, precluyendo toda petición tendiente a cuestionar de la relación citada. B: ACEPTAR la acusación formulada por el Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, formulado contra MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, por delito Contra el Patrimonio – Estafa Agravada, previsto en el artículo 196 segundo párrafo del Código Penal en agravio de JORGE MAURO CHICANE CONDORI, EDISON DANIEL TORRES ARPASI, SABINA EVA RAMOS CHIPANA, DELFOUR RENE ALBERTO LÓPEZ, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIÉRREZ, ASUNTINA RAMOS LÓPEZ, JUAN CARLOS MACHACA CRUZ, ÓSCAR MOISÉS TICONA SOSA, LIVIA GUILLEN LEÓN, VÍCTOR SEFERINO LLANOS CCAMA, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI y EFREN ALONSO HORNA PAREDES. C: ADMITIR los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Publico; dejándose constancia que a los acusados MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO Y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, no se les admite al no haberlos ofrecido en su oportunidad. D: DISPONER como medida de coerción personal, la de comparecencia simple para los acusados. E: DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO Y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, cuyas generales de ley han sido precisados por el delito de Estafa Genérica.- FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 19 de julio del 2016 (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE 126-2016-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al agraviado ANGEL GABRIEL

CUAYLA MAMANI, la Resolución N° 06 de fecha 04.07.2016 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de David Mamani Laurente en agravio de Nilda Quispe y Angel Gabriel Cuayla Mamani, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso y su remisión al Archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 06 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 04-2016-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado OSWALDO ROBERTO FRANCO SUAREZ y agraviado NESTOR ADRIAN LINARES ACOSTA, la Resolución N° 05 de fecha 14.07.2016 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad lesiones culposas, seguido en contra de Ever Ramos Con, en agravio de Deysi Ramos Esquia, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso y su remisión al Archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 19 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 529-2016-0-2801-JP-PE-03. NOTIFICAR a la agraviada FREDY DIAZ QUISPE, la Resolución N° 01 de fecha 16.06.2016 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas en agravio de Fredy Diaz Quispe. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia y la remisión del presente proceso al archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 18 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00412-2015-45-2801 -JRPE-01- Juzgado Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. – Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE con el Requerimiento de Acusación y el contenido en la Resolución N° 03, de fecha 07 de Julio del 2016: El Segundo Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de acusación en contra de GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, a quien se le imputa que en la noche del día sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años) se encontraba sola recostada en su cama de la habitación en el interior de su domicilio ubicado en la Asociación Los jazmines J-10 del Centra Poblado San Antonio del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada, se hechos en la cama, le bajo el pantalón, su calzón y el también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene en la cavidad vaginal de la menor agraviada de iniciales L.M.M.V (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se encontraba

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en la chacra en la localidad de Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la menor que no le diga a nadie lo sucedido, que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 350 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo, Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo Garcia Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016. (26-27 julio y 01 - 02 agosto).

EDICTO EDICTO Ante el Juzgado (Ex1°)-Ilo: que despacha el Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco y el Especialista Legal. Abog. Marco Cáceres Ninaja, en el expediente N° 0246-2016-0-2802-JMCI-01, se sigue el proceso de Cambio de Nombre, seguido por Jimmy Jared Huamán Cuadros y mediante Resolución N° 01 de fecha cuatro de Julio del dos mil dieciséis,SE RESUELVE: Admitir la demanda a trámite interpuesta por Jimmy Jared Huamán Cuadros, sobre CAMBIO DE NOMBRE la misma que deberá tramitarse en el PROCESO NO CONTENCIOSO, con conocimiento del Ministerio Publico. Señalándose fecha para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día CUATRO DE AGOSTO del Dos mil dieciséis, a horas DOCE Y TREINTA del día, debiendo cumplirse con las publicaciones previstas en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER./ MARCO CACERES NINAJA.Secretario Judicial-2da. Secretaria- juzgado Mixto de Ilo- CORETE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA (03 Agosto) EDICTO El Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Moquegua; Dr. Fredy Fernández Sánchez; Especialista Abogada Roxana Escarcena Mamani, Expediente N° 00151-2016-0-2801-JM-CI-02, en la Resolución N°04 a través de la Sentencia N° 041-2016-2JMM, RESUELVE: 1) Declarando Fundada la demanda interpuesta por SABINO DAMASO ROMERO RAMOS, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en la modalidad de Cambio de Nombre. 2) DISPONGO, que ante la Municipalidad Distrital de Carumas, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, en el Acta de Nacimiento N° Ciento Cincuenta y Ocho del 12 de diciembre de 1945, se proceda a cambiar el nombre de DAMAZO SAVINO por el de SABINO DAMASO, debiendo de quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como SABINO DAMASO, debiendo de quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como SABINO DAMASO ROMERO RAMOS, en alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación, 3) PUBLIQUESE, la presente sentencia en el diario la Republica y, consentida que queda la presente, REMITASE los padres judiciales para que procedan a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales pertinentes. 4) Sin Costas ni Costos del proceso. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Moquegua, 02 de Agosto del 2016. Fredy Romero Arce – Abogado. CAM 337; Abog. Roxana Escarcena Mamani – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto Corte Su-

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La República

perior de Justicia de Moquegua. (03 Agosto) EDICTO Que por ante el primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, a cargo del Señor Juez Dr. Juan Porfirio Paredes Romero y secretario Abogado Karina Pantos Linares, en el proceso civil 00205-2016-0-2801-JM-CI-01, ha sido admitida a tramite, en vía de proceso no contencioso presentado por GLADYS NORMA SARAZA YUCRA Y SABINO CALIZAYA LEON, los recurrentes solicitan la supresión del segundo nombre de su menor hijo, a efectos de que mediante sentencia judicial se le autorice el cambio de nombre de su menor hijo THIAGO ANTHONY SEBASTIAN CALIZAYA SARAZA, por el de THIAGO SEBASTIAN CALIZAYA SARAZA, es decir se suprima su segundo nombre ANTHONY en su partida de nacimiento. Moquegua 01 de Agosto del 2016. Miguel C. Aycache Flores – Abogado. CAM N°788; Abog. Karina Pantos Linares – Secretaria Judicial – Primer Juzgado Mixto Mcal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (03 Agosto) Expediente N° 00797-2016, ante el Juzgado de Familia de Mariscal Nieto, Juez Dr. Cesar Augusto Salinas Linares, Secretaria: Pamela Beatriz Huamán Valdivia, sobre RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, seguido por PATRICIA ROCIO JACINTO VILLEGAS, en contra de la Sucesión Intestada del que en vida fuera don ROBERTH CARLO VELASQUEZ TEJADA. En la Resolución N° 02 SE RESUELVE: Admitir a trámite la Demanda interpuesta por PATRICIA ROCIO JACINTO VILLEGAS, sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, en contra de la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE ROBERTH CARLO VELASQUEZ TEJADA y de la menor LUCIANA PATRICIA VELASQUEZ JACINTO, en la Vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO, traslado de la Demanda al Demandado por el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Por ofrecidos los medios probatorios, agréguese los documentos presentados con conocimiento del Ministerio Publico y se NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS a la Demandada SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE ROBERTH CARLO VELASQUEZ TEJADA, por el Plazo de SESENTA DIAS, para la absolución de los cargos expresados en la Demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo efectuar las publicaciones en el Diario “La Republica”. Regístrese y Hágase Saber. Moquegua, 01 de Agosto del 2016. José Zeballos Zeballos – Abogado C.A.M 165; Pamela Huaman Valdivia – Secretaria – Juzgado Especializado de Familia – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (02-0304 Agosto) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el Sr. Juez Julio Martin Pinazo Quispe, Secretaria U. Felina Valdivia Flores, en el Exp. N-00726-2015-0-2802-JPCI-02, Glenda Yudith Cervantes Lucero en representación de su menor hijo Brayan Luis Ninaja Cervantes está solicitando la sucesión intestada de en quien en vida fuera Ricardo Luis Ninaja Castillo fallecido el 14 del 2015 en la ciudad de Tacna, lo que pone en conocimiento a los veintidós de Julio del 2016. Fdo U. Felina Valdivia Flores, Secretaria Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo.(01-02-03 Agosto). NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE Nº 00334-2016-0-2801-JPFC-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sr. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. JULISSA REVILLA GUZMAN, ha dispuesto la notificación por edicto a: MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS RESOLUCIÓN NRO. 01; Moquegua, veintidós de abril del dos mil dieciséis.-SE RESUELVE:

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

ADMITIR la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por ELVIA CARRASCO DELGADO quien actúa en representación de su menor hija MILAGRITOS YURITH PAQUI CARRASCO, la misma que deberá tramitarse el presente proceso en la vía del PROCESO UNICO. TRASLADO de la demanda al demandado MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS por el término de cinco días a fin de que absuelva el traslado de la demanda al demandado y ejerza su derecho de defensa mediante su contestación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de declararse su rebeldía. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordenen agregar a los autos los anexos que se acompañan Y RESOLUCIÓN NRO. 03, Moquegua doce de julio del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: Notificar por edictos al demandado MARCO ANTONIO PAQUI RAMOS; y fíjese como plazo especial de emplazamiento de quince días, bajo apercibiendo de nombrársele curador procesal. Publíquese por tres días hábiles los edictos en el diario oficial y en el diario de avisos judiciales de la corte del lugar del proceso; cumplidos que sea: agréguese al expediente las publicaciones que contiene la notificación; teniendo en consideración que la Resolución se tendrá por notificada el tercer día contado desde la última publicación. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.- Moquegua 22 de Julio del 2016 (01-02-03 Agosto) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 331-2016-0-2801-JP-PE-03. Notificar mediante Edicto a la agraviada NELLY BASILICA GUTIERREZ GUTIERREZ, la Resolución N° 01 de fecha 22.03.2016 que RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada NELLY BASÍLICA GUTIERREZ GUTIERREZ; por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Maltrato de Obra, ilícito previsto y penado en el artículo 442 del Código Penal, en agravio de YONI LEONEL PARE CHAMBILLA y la RESOLUCIÓN N° 04 de fecha 22.06.2016 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO DE FALTAS contra la persona en la modalidad de Maltrato de Obra, seguido en contra de Nelly Basilica Gutierrez Gutierrez, en agravio de Yoni Leonel Pare Chambilla, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notífiquese. Moquegua 22 de Julio del 2016. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03-04-05 Agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 482-2016-0-2801-JP-PE-03. Notificar mediante Edicto al imputado JOSE JHOEL RUIZ GORDON, la Resolución N°01 de fecha 23.05.2016 que RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada JOSE JHOEL RUIZ GORDON por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de ROLANDO EXI NESTOR COAYLA FLORES, y la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 14.07.2016 que DISPONE: REPROGRAMAR nueva fecha para la realización del Juicio Oral para el DOCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, la que se llevará en el despacho de este Juzgado, subsistiendo los apercibimientos de la resolución número uno en caso de inasistencia de las partes procesales. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 22 de Julio del 2016. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial

del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03-04-05 Agosto) EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00325-2016-65-2802-JR-PE-01, JUEZ: ABOG. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO, ESPECIALISTA: ABOG. LUIS PALOMINO BARRANZUELA, Se emplaza, notifica y cita al acusado ARMANDO ADOLFO DE LA CRUZ GONZALES con la RESOLUCIÓN N° 01 y 02 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día DIECISEIS DE AGOSTO del dos mil dieciséis a las ONCE de la mañana, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; asimismo se fija la fecha de la audiencia teniendo en cuenta el lugar donde se tiene que notificar al acusado (Entrada Sunampe 149 EL Cañaveral distrito Sunampe – Chincha - Ica; conforme aparece en la acusación fiscal), en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Omision a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales R.A.C.M. representado por su madre Guisela Deysi Manrique Gutierrez. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Freddy Mamani Callalla; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado ARMANDO ADOLFO DE LA CRUZ GONZALES, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 26 de julio del 2016. (03, 04, 05 Agosto). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00318-2016-03-2802-JR-PE-01 JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA Se emplaza, notifica y cita al acusado JOSE ENRIQUE ARAUJO SALCEDO con la RESOLUCIÓN N° 02 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día DIECISÉIS DE AGOSTO de dos mil dieciséis a las QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; en la causa seguida en su contra por el delito de Conducción en estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gomez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor

Miércoles, 3 de agosto del 2016

se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado JOSE ENRIQUE ARAUJO SALCEDO, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 26 de julio del 2016. (03, 04, 05 Agosto). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N° : 00320-2016-55-2802-JR-PE-01 JUEZ : Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA Se emplaza, notifica y cita al acusado LUCINDO CACARES CAHUAZA con la RESOLUCIÓN N° 01 y 02 que RESUELVE: PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE para el día DIECISEIS DE AGOSTO de dos mil dieciséis a las QUINCE HORAS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad – segundo piso; asimismo se fija la fecha de la audiencia teniendo en cuenta el lugar donde se tiene que notificar al acusado (Pasaje Mariscal Caceres AAHH Selva Alegre Mz- 56 Lote 12 Ucayali – Coronel Portillo-Manantay; conforme aparece en la acusación fiscal), en la causa seguida en su contra por el delito de Omision a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales JSCP representado por su madre Necy Delina Pisco Tutusima. 3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia obligatoria de la Fiscal del Segundo Despacho de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gomez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado LUCINDO CACERES CAHUAZA, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 26 de julio del 2016. (03, 04, 05 Agosto).

EDICTO PENAL Exp. Nº 0083-1992-0-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Especialista Legal: Roxana Escarcena Mamani. Se NOTIFICA al imputado JENRRY PARI GUTIERREZ; con la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 30/06/2016, (contenido): FALLO: 1. DECLARANDO DE OFICIO LAPRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y, por ende, EXTINGUIDA la misma, seguida en contra de JENRY PARI GUTIÉRREZ por el delito de Tentativa de Violación de la Libertad Sexual, en agravio de la menor de iniciales M.E.J.Q. 2. En consecuencia, SE DISPONE el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente instrucción, respecto del delito y procesado indicados, debiéndose cursar las comunicaciones de Ley para la cancelación de los antecedentes generados. 3. SE DISPONE: Una vez consentida o ejecutoriada la presente, REMÍTASE copia certificada de esta resolución a la Oficina de ODECMA de esta Corte Superior de Justicia, en observancia de la Resolución Administrativa N° 013-2015-CE-PJ, debiendo Secretaría del Juzgado oficiar en dicho sentido, bajo responsabilidad. Asumiendo funciones la Especialista Legal que suscribe. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER y RESOLUCIÓN N° 04 de fecha 18/07/2016. (Contenido) DE OFICIO: Observándose que no existe domicilio en autos del imputado JENRY PARI GUTIERREZ, se dispone notificarse la Sentencia de autos mediante edictos, por lo que procédase a remitirlo conforme corresponde. Ofíciese.Autoriza la secretaria judicial que suscribe de conformidad con el Artículo 122 del Código Procesal civil y por disposición del Magistrado. Fdo. Fredy Fernández Sánchez Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Abog. Roxana Escarcena Mamani - Especialista Legal.- Moquegua, 21 de julio del 2016. (03-04-05 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 00465-2016-79-2801-JRPE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don ANTONY MICHAEL PERAMAS PARODI, identificado con DNI N° 47474947, de sexo masculino, nacido el 24 de abril de 1985, con secundaria completa, de treinta y uno anos de edad, con setenta kilos aproximadamente, de tez trigueño, de estado civil soltero, de ocupación conductor de combi, y con domicilio en avenida Manuel C. De La Torre 225 del Centra Poblado San Francisco; al haberse dispuesto su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Peru, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Lino Ariel Jara Zubieta o Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a efecto de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de juicio inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Mario Manuel Tacuri - Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 15 de julio de 2016. (0203-04 Agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00635-2014-1-2801-JRPE-01.-Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la

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Corte Superior de Justicia de Moquegua.- Se hace saber y emplaza : Al imputado JANER DANY DEL ÁGUILA RUIZ con el contenido del Índice de Audiencia de fecha 25 de Julio del 2016: SE DISPONE: REPROGRAMAR la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 06 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalará con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el abogado del acusado. NOTIFÍQUESE. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 25 de Julio de 2016. (01-02-03 agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro. 289-2016-9-2801-JR-PE03.-Juzgado:Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Especialista Legal: Abog. Rosa Barreda Valdivieso.Se hace saber y emplaza : A la acusada LINO CARPIO JESUS, VILCA CONDORI FELIX VALENTIN, CONODIR VALDEZ NICOMEDES JUSTO, VILCA ROMERO CARLOS PERCY, con la resolución n° 05 en la cual SE DISPONE: La reprogramación de la audiencia de constitución en actor civil, solicitada por la Contraloría general de la Republica para el día 22 de agosto del 2016 a las 10:00 horas en la sala 03.- . Refrendado Magistrado Alberto Arenas Neyra. Moquegua, 20 de Julio de 2016 (01-02-03 agosto) EDICTO PENAL Expediente Nº. 00489-2016-65-2801-JRPE-01.-Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto.- Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.- Se cita y emplaza a don ALVARO VICENTE VEGA CUELA, identificado con DNI Nº 40711574, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 02 de abril de 1980, natural de Moquegua, con instrucción secundaria completa, nombre de los padres Alvaro y Maria; por haberse dispuesto su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de informar al juzgado cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato

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judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 25 de julio de 2016 (0102-03 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00353-2015-93-2802-JRPE-01. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: ABOG. EDGARDO SERAPIO CARPIO YZAGUIRRE. ESPECIALISTA: Abog. Juani Howard Zegarra Coaila. El segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, en el proceso seguido en contra de los acusados María Esther Ramírez Arévalo, por la presunta comisión del delito de estafa en agravio de Alberto Alvear Arotaype, ha dispuesto SE NOTIFIQUE POR EDICTOS a la empresa STACIO AUTOMOTRIZ SAC la Resolución N° 09 de fecha catorce de julio de dos mil dieciséis, en la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el requerimiento de incorporación de tercero civil formulado por el Ministerio Público en estos autos, DISPONIÉNDDOSE la incorporación de la empresa STACIO AUTOMOTRIZ SAC inscrita en la partida 12316658 de la Zona Registral IX Sede Lima, representada por su Gerente General María Esther Ramírez Arévalo como tercero civil en el proceso investigatorio que viene llevando a cabo el Ministerio Público contra María Esther Ramírez Arévalo, José Eduardo Fiestas Dejo y Hugo Jaime Villagaray Rodríguez, por el delito de estafa, en agravio de Alberto Alvear Arotaype. SEGUNDO: PÓNGASE a conocimiento del Ministerio Público en forma inmediata la presente resolución acompañando el cuaderno respectivo para los efectos legales a los que hace referencia los artículos 112 y 113 del Nuevo Código Procesal Penal. Tómese razón y hágase saber.- Especialista Legal Abog. Juani Howard Zegarra Coaila.- ( 27 Julio, 1 y 2 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 0276-2013-96-2801-JRPE-02.-SEGUNDO JUZGADO DE IN-

VESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO- En el proceso N° Nº 276-2013-96-2801-JR-PE-02, seguida en contra de José Luis Rodríguez Seminno, por el delito de Estafa Generica, en agravio de Sabina Ramos Chipana y otros.; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JOSE LUIS RODRIGUEZ SEMINO, MARIA DEL CAMEN RODIRGUEZ SEMINO, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ SEMINO, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIERREZ, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI Y EDISON DANIEL TORRES PARPASI, con la resolución número 18 de fecha 13 de julio del 2016, la cual RESUELVE: A: DECLARAR la existencia de una relación jurídica procesal válida, precluyendo toda petición tendiente a cuestionar de la relación citada. B: ACEPTAR la acusación formulada por el Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, formulado contra MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, por delito Contra el Patrimonio – Estafa Agravada, previsto en el artículo 196 segundo párrafo del Código Penal en agravio de JORGE MAURO CHICANE CONDORI, EDISON DANIEL TORRES ARPASI, SABINA EVA RAMOS CHIPANA, DELFOUR RENE ALBERTO LÓPEZ, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIÉRREZ, ASUNTINA RAMOS LÓPEZ, JUAN CARLOS MACHACA CRUZ, ÓSCAR MOISÉS TICONA SOSA, LIVIA GUILLEN LEÓN, VÍCTOR SEFERINO LLANOS CCAMA, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI y EFREN ALONSO HORNA PAREDES. C: ADMITIR los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Publico; dejándose constancia que a los acusados MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO Y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, no se les admite al no haberlos ofrecido en su oportunidad. D: DISPONER como medida de coerción personal, la de comparecencia simple para los acusados. E: DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ SEMINO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SEMINO Y MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ SEMINO, cuyas generales de ley han sido precisados por el delito de Estafa Genérica.- FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 19 de julio del 2016 (27 julio y 01-02 agosto)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE 126-2016-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al agraviado ANGEL GABRIEL CUAYLA MAMANI, la Resolución N° 06 de fecha 04.07.2016 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de David Mamani Laurente en agravio de Nilda Quispe y Angel Gabriel Cuayla Mamani, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso y su remisión al Archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 06 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 04-2016-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado OSWALDO ROBERTO FRANCO SUAREZ y agraviado NESTOR ADRIAN LINARES ACOSTA, la Resolución N° 05 de fecha 14.07.2016 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad lesiones culposas, seguido en contra de Ever Ramos Con, en agravio de Deysi Ramos Esquia, por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso y su remisión al Archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 19 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02 agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 529-2016-0-2801-JP-PE-03. NOTIFICAR a la agraviada FREDY DIAZ QUISPE, la Resolución N° 01 de fecha 16.06.2016 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas en agravio de Fredy Diaz Quispe. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia y la remisión del presente proceso al archivo Central. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 18 de Julio del 2016. Saúl Felipe Arenas Pérez. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27 julio y 01-02

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agosto) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00412-2015-45-2801 -JRPE-01- Juzgado Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. – Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE con el Requerimiento de Acusación y el contenido en la Resolución N° 03, de fecha 07 de Julio del 2016: El Segundo Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de acusación en contra de GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, a quien se le imputa que en la noche del día sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años) se encontraba sola recostada en su cama de la habitación en el interior de su domicilio ubicado en la Asociación Los jazmines J-10 del Centra Poblado San Antonio del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada, se hechos en la cama, le bajo el pantalón, su calzón y el también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene en la cavidad vaginal de la menor agraviada de iniciales L.M.M.V (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se encontraba en la chacra en la localidad de Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la menor que no le diga a nadie lo sucedido, que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 350 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo, Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo Garcia Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016. (26-27 julio y 01 - 02 agosto).

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA Moquegua, 21 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de AGOSTO del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

SUB ADMINISTRACION DEL MODULO

Viernes 19 de agosto

9:00

PENAL DE ILO

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

RUTH DAYSI COHAILA QUISPE Magistrado Contralor de ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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Miércoles, 3 de agosto del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA Moquegua, 21 de julio de 2016.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de AGOSTO del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

PRIMER JUZGADO PENAL

Viernes 05 de agosto

08:00

UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectiva directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

JOSE ANTONIO ACHOMA TITO Magistrado Contralor de ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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