CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Martes, 18 de setiembre del 2018
AVISOS JUDICIALES NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trelles, y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio, Expediente Nro. 524-2012-0-1018-JM-CI-02, se ha dictado la siguiente la resolución uno : SE RESUELVE :ADMITIR a trámite la demanda interpuesta la demanda interpuesta por PERCY CARPIO DAVALOS, en contra de : VIVIANA MARTINEZ DAVALOS, que contiene la pretensión jurídico procesal de; PETICION DE HERENCIA y acumulativamente DECLARACION DE HEREDERO, con citación de DAMASO CARPIO BACA, GABRIEL CARPIO DAVALOS y VICTOR CARPIO DAVALOS; por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 478 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incurrir en los supuestos regulados en la Ley.- Al amparo de lo dispuesto por el artículo 51 del Código Procesal Civil, i de conformidad a lo establecido por el artículo 475 del Código Adjetivo tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO.- Res. 92 de fecha trece de agosto del dos mil dieciocho; Estando a los considerandos dos y tres de la resolución noventa y uno NOTIFIQUESE a los herederos legales del QVF Dámaso Carpió Baca, mediante Edictos, bajo expreso apercibimiento de designársele Curador Procesal, conforme establece los artículos 108, del Código Procesal Civil. SE DISPONE que el extracto de la presente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículo 167 i 168 de la norma en comento. ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIO SECRETARIO JUDICIAL P. 6956236 F. (06, 12, 18 SET)
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. contra AMANDA FUENTES GALIANO y RAMON LUNATO GAMARRA GIHUAÑA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 02313-2014-0-1001-JR-CI-01 el Primer Juzgado Civil de Cusco - sede Central a cargo de la Señora Juez Dra. Sandra Contreras Campana con intervención del Especialista Legal Dr. Boris Juvenal Santos de la Gala han dispuesto se efectúe la PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO para lo cual se ha facultado a la Martiliero Publico Abogada Fanny Adeli Vergara Coaguila para llevar a cabo el remate sobre el bien inmueble, ubicado en: Mz C1 Lote 8, Centro Poblado Lamay, Distrito de Lamay, Provincia de Calca y Departamento de CUSCO; cuya área, linderos y medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Electrónica N° 31014370 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco, Zona Registral N° X Sede Cusco, Oficina Registral Cusco. VALOR DE LA TASACION (COMERCIAL): Corresponde a US$ 25,842.00 (VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS. BASE DEL REMATE: Corresponde a US$ 17,228.00 (DIECISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a las dos terceras partes del Valor de la Tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento 00003 HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de US$ 26,309.00 Dólares Americanos, se constituye en garantía de todas las obligaciones contenidas en la Escritura Pública N° 343 del 17/08/2011 otorgada ante Notario Público Abad Olaguivel. Asiento 0004 RECTIFICACION DE HIPOTECA Se rectifica
el asiento anterior en cuanto en la Escritura de Hipoteca se ha considerado al Predio como Calle Lima con Mainique s/n con un área de 105.80 m2, siendo lo correcto como Lote 8, Manzana Cl con 107.14 m2. Escritura Pública N° 391 del 08/09/2011 otorgada ante Notario Público Abad Olaguivel. Asiento 0005 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION Por Resolución Judicial N° 01 de 10/04/2013 y Resolución Judicial N° 02 de 18/07/2013 del Primer Juzgado de Paz Letrado - Sede Pisac en el Proceso Civil N° 2012-212 sobre Medida Cautelar interpuesto por Julio Cesar Murillo Villegado se ha ordenado trabar Embargo por S/ 70,000.00 Soles que se efectúa sobre el 50% de derechos y acciones que tiene en el inmueble Ramón Lunato Gamarra Gihuaña. Fecha de presentación 28/05/2013. DÍA Y HORA DE REMATE: LUNES 12 DE NOVIEMBRE DEL 2018 a horas 09:30 A.M. LUGAR DE REMATE: Oficina de Administración de Modulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en Av. El Sol Nro. 239, Cusco, Provincia y Departamento de Cusco. El remate Público será efectuado por la Martillera Publica Fanny Adeli Vergara Coaguila con Registro N° 316, Celular 956833302, LOS POSTORES: 1) Al momento del acto de remate deberán adjuntar suma no menor al 10% del valor de la Tasación del Inmueble como garantía en efectivo o Cheque de gerencia NEGOCIABLE a su nombre 2) Presentar arancel judicial (Código 07153) por derecho a participar en Remate Judicial indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC. 3) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito en los Registros Públicos, con sus respectivas copias.4) Los honorarios del Martiliero Público serán cancelados por el adjudicatario más el IGV. De conformidad con la Ley del Martiliero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. BORIS SANTOS DE LA GALA ESPECIALISTA LEGAL
P. 6968015 F. (14, 17, 18 SET)
EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Maranura, que despacha el señor Magistrado Francisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0052-2018-CI, seguido por Asunción Esmerania Cruz Calderón sobre SUCESION INTESTADA, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por ASUNCION ESMERANIA CRUZ CALDERON, sobre SUCESION INTESTADA DE QEVF su progenitor JUAN CRUZ SALAZAR, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO a fin de que se declare la sucesión intestada del causante. Publicación que se pone a conocimiento publico para los fines. H.S. Maranura, 21 de agosto del 2018. BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL P. 6971546 F. (14, 17, 18 SET)
EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 75-2017-CI, seguido por CINTHIA TINTAYA SALON, sobre SUCESION INTESTADA, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria del Distrito de Maranura, se ha resuelto: ADMITIR la demanda interpuesta por CINTHIA TINTAYA SALON, sobre Sucesión intestada de Q.E.V.F. su padre JUAN TINTAYA ARQQUE, fallecido el 08 de octubre de 2014, solicitud que se tramita en la vía del proceso NO CONTENCIOSO a fin de ser declarado heredera única y universal. Lo que se pone de conocimiento público para los fines correspondientes.-.
FANNY A. VERGARA COAGUILA MARTILLERO PÚBLICO
Maranura, 31 de enero del 2018
P. 6962699 F. (12, 13, 14, 17, 18 Y 19 SET)
BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 301-2018-CI seguido por JUAN CARLOS JORDAN DELGADO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitor, siendo lo correcto BOANERGES JORDAN DELGADO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 07-09-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS PODER JUDICIAL P. 6971061 F. (14, 17, 18 SET)
P. 6971550 F. (14, 17, 18 SET)
EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 76-2017-CI, seguido por CINTHIA TINTAYA SALON, sobre SUCESION INTESTADA, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria del Distrito de Maranura, se ha resuelto: ADMITIR la demanda interpuesta por CINTHIA TINTAYA SALON, sobre Sucesión intestada de Q.E.V.F. su madre MARGARITA SALON CCAHUANA, fallecido el 11 de octubre de 2013, solicitud que se tramita en la vía del proceso NO CONTENCIOSO a fin de ser declarado heredera única y universal. Lo que se pone de conocimiento público para los fines correspondientes.-. Maranura, 31 de enero del 2018
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 300- 2018-CI, En La vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite la solicitud de AMERICO GUTIÉRREZ ESCOBAR, sobre SUCESIÓN INTESTADA de su hija QEVF Darneli Yudith Gutiérrez Ccori, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 12-09-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL
BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIO JUDICIAL P. 6971553 F. (14, 17, 18 SET)
EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz letrado de Santa Ana, Provincia de la Convención que Despacha a Señor Jueza KARINA VALIA OCHOA MONTUFAR, bajo la actuación de la Especialista Judicial Letrada SRI RADHA CASTRO MELLADO se viene tramitando proceso N° 00723-2017-0-1010-W-CI-
02, seguido por MARTHA PILARES MAMANI en representación de su menor hija STEFANY MARTHA AYALA PILARES sobre Sucesión Intestada del que en vida fue ESTANISLAO AYALA SERRANO sobre SUCESIÓN INTESTADA, fallecido en el distrito de cusco, Provincia y Despartamento de Cusco, el día 05 de junio del año dos mil quince.-Lo que se publica para fines de ley. Quillabamba, 05 de junio del 2018. KARINA VALIA OCHOA MONTUFAR JUEZ SUPERNUMERARIA P. 6971464 F. (14, 17, 18 SET)
EDICTO JUDICIAL Que, ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarati, que despacha el Señor Juez Marco Flores Espezua, bajo la actuación del Especialista Legal Edwin Cupi Zuniga, se viene tramitando el proceso Nro. 00046-2016-0-1010-PJ-CI-01, seguido por YONY GONZALES CCACHA, sobre rectificación de partida de nacimiento de su menor hijo, manifestando que por un error material el nombre de pila de la recurrente se encuentra consignado como Yoni debiendo ser lo correcto YONY, de igual forma se ha consignado de manera errónea el apellido materno como Ttito debiendo ser lo correcto CCACHA, en la vía del proceso no contencioso, quedando inalterable en lo demás que contiene.- Lo que se publica para los fines de ley.Echarati, 02 de julio del 2018. EDWIN CUPI ZUNIGA SECRETARIO JUDICIAL P. 6971640 F. (14, 17, 18 SET)
EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 01783-2018-0-1018-JPCI-01, JORGE CONDORI CHUTA, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, SATURNINO CONDORI ANDIA, fallecido el 30 de octubre del 2006, inscrito en el Registro Nacional de Identificaciones y Estado Civil - Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 12 de setiembre del 2018. MARIA EUGENIA MACEDO CASTILLO SECRETARIO JUDICIAL P. 6972343 F. (17, 18, 19 SET)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 303-2018-CI, En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite la solicitud de JUSTINA CCOYOCCOSI DE MAMANI, sobre SUCESIÓN INTESTADA de su esposo QEVF Ramón Mamani Puma, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 12-09-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 6972191 F. (17, 18, 19 SET)
Martes, 18 de setiembre del 2018
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el proceso N° 32-2016-0-1005-JM-CI-01, la demanda interpuesta por Clovia Galdós Huamán sobre Nulidad de Acto Jurídico contra la sucesión de Sabina Huamán Tinta, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DOS Y TRES, de fechas dos y quince de junio del año dos mil dieciséis; en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CLOVIA GALDOS HUAMAN, contra LA SUCESION DE SABINA HUAMAN TINTA representados por CIRILO HUMBERTO GALDOS HUAMAN, ROSA BEHOUDEN GALDOS, GRACIELA GALDOS HUAMAN, LUCILA GALDOS HUAMAN, FRANCISCO GALDOS HUAMAN, TERESA GALDOS HUAMAN y LIVIA GALDOS HUAMAN, así como contra ERLING JOEL ZAMALLOA GALDOS, JULIETA GALDOS ANDIA y la COOPERATIVA DE VIVIENDA CALCA LIMITADA NRO. 283 sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Aclaración, Declaración, Adjudicación e Independizarían de lote 1 de la Lotización Señor del Calvario de la ciudad de Calca (hoy 834 de la Calle Inclán) celebrado entre la Cooperativa de Vivienda Calca Limitada N° 283 y quien en vida fue Sabina Huamán Tinta, el 1 de septiembre del 2010 ante la notaría Alinda Sánchez Gamarra de Calca y la Compra venta del lote 1 de la lotización Señor del Calvario de la ciudad de Calca celebrada entre Sabina Huamán Tinta, Julieta Galdós Andia y Erling Joel Zamalloa Galdós el 19 de noviembre del 2010 ante la notaría de Pisaq Edie Figueroa Camacho], en la forma siguiente: Pretensión principal: NULIDAD DE ACTO JURÍDICO POR LAS CAUSALES DE ERROR Y DOLO. Acumulativa Subordinada: NULIDAD DE ACTO JURÍDICO POR LAS CAUSALES DE FIN ¡LÍCIO, OBJETO JURÍDICAMENTE IMPOSIBLE Y CONRARIO A LAS LEYES QUE INTERESAN AL ORDEN PÚBLICO. Subordinada: INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO. Accesoriamente: Cancelación de inscripciones regístrales y restitución de inmueble. (...). NOTIFIQUESE; mediante edictos el estracto del auto admisorio a la COOPERATIVA DE VIVIENDA CALCA LIMITADA NRO. 283, a fin de que se apersonen y hagan valer du derecho, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuar con el trámite del proceso, conforme dispone el artículo 165° del Código Procesal Civil. Calca, 24 de agosto del 2018. SOFIA RIOS QUIROZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6971393 F. (17, 18, 19 SET)
EDICTO JUDICIAL DE NOTIFICACION Ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Santiago, despacho por el señor Juez Supernumerario Manuel Sánchez Kcana, bajo la actuación del Secretario Judicial Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando Proceso No.01199-2014, se ha ordenado la notificación por edictos con el extracto de la demanda Resolución No. 13 de fecha 10 de setiembre de 2,018; Estando a la declaración juratoria que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio real y actual del demandado Osmar Rubén Chura Salas, en consecuencia de conformidad con lo previsto por el artículo 165 del Código Procesal Civil; Cúmplase con emplazar con el extracto de la resolución número cero uno ( Auto Admisorio ) de fecha 117 de setiembre de de 2,014 mediante edictos judiciales por el Diario Judicial designado, así como diario de mayor circulación nacional, para que dentro del plazo de ley, cumpla con apersonarse al proceso y absuelve al traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Resolución No. 01 de fecha 17 de Setiembre de 2,014; SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda interpuesta por Amanda Gloria Mamani Quispe, contra OSMAR RUBÉN CHURA SALAS, sobre prestación de alimentos en la VÍA DEL PROCESO ÚNICO, en consecuencia; Córrase traslado de la demanda
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al demandado, por el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de declarársele rebelde, quién deberá adjuntar la última boleta de sus haberes o declaración jurada de sus ingresos conforme al artículo 565 del Código Procesal Civil; Encontrándose indubitablemente acreditada la relación paterno filial del demandado con su mejo hija con la partida de nacimiento adjunta, de conformidad con el artículo 675 del Código Procesal Civil señálese como asignación anticipada la suma de doscientos nuevos soles que debe depositar el demandado mediante depósitos judiciales. Firmado Jueza Basiliska Dueñas Zúñiga.- María Elena Olarte Leiva Secretaria Judicial. Lo que se notifica para los fines de ley. Santiago, 12 de setiembre del 2,018. MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL P. 6971270 F. (17, 18, 19 SET)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granila Cora, se ha dispuesto mediante resolución 03 del 11 de setiembre del 2018, la notificación vía edicto en el expediente N° 120-2017-18-1013-JR-PE seguido contra Roberto Mamani Ccahuana, con la resolución 03 del 11 de setiembre del 2018, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado ROBERTO MAMANI CCAHUANA que mediante RESOLUCIÓN 03 del 11 de siembre del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de audiencia de juicio oral en los seguidos contra Roberto Mamani Ccahuana, por defecto en la notificación del acusado e inasistencia de su defensa técnica. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS, disponiéndose la notificación del acusado Roberto Mamani Ccahuana mediante edictos en el diario judicial del distrito judicial de Cusco, quedando notificados en este acto el representante del Ministerio Público, la actora civil y la defensa de la misma; subsistiendo los apercibimiento dictados en la resolución uno, entre ellos la de declaración de reo contumaz en caso que el acusado no concurra a la audiencia reprogramada. H.S.J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Eugenia Hanceo Sayan Maruja Hanco Sayan Y Vistoria Hancco Sayan en el Proceso Nro. 125-2013-66-1010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio. MODALIDAD DAÑOS. SUBTIPO DAÑO AGRAVADO, en gravio de la asociación de Productores Agropecuarios- Arriba Peru-Lacco Yavero Del Distrito De Occobamba, representado por Eusevio Zamora Rupaylla para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día VEIMT1SEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00PM) la primera sala de audiencia de-este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de septiembre del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora EDGAR MORA YAÑAC, en el
Proceso Nro. 228-2014-90-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES. SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Rosa Maria Pimentel Cardenas para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA ¡VIAÑAMA (ÍLOOAM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 12 de septiembre del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Miguel Ferro Peña, en el Proceso Nro.218-20I3-20-l(M0-.IR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio. EN LA MODALIDAD DE HURTO. SUBTIPO HURTO AGRAVADO, en agravio de Elsa Quispe Gamarra.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑAMA (10:00AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora ALEJANDRO MASÍAS GUTIÉRREZ, en el Proceso Nro.146-2015-00-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la familiar en la modalidad de omisión de ASISTENCIA FAMILIAR. SUBTIPO INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravió de Yukio Masías Choquemaqui Quispe,para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00PM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Arturo Pilleo Quispe. en el Proceso Nro.270-2015-66-I010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la administración pública delitos cometidos por particulares, en su MODALIDAD DE VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD-subtipo violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones en su forma gravada, en agravio del ESTADO, representado por la procuraduría publica de asuntos jurídicos del ministerio del interior y del efectivo policial Luis Alberto Gutiérrez Roman.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (I2:00PM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr.
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Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Marisol Pizango Shuña Y Luzmeri Pereira Sani, en el Proceso Nro.309-2016-80-10T0-. IR-PE-0L. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la MODALIDAD DE HOMICIDIO. SUBTIPO HOMICIDIO SIMPLE, en agravio de los herederos legales de Leoncio Mamani Montesinos para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (lI:00AM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Nujat Pizarro Quispe en el Proceso Nro.276-2016-33-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la salud publica en la modalidad de EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA, en agravio de la sociedad para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00AM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de septiembre del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Jesús Alfredo Quispe Muñoz, en el Proceso Nro.257-2016-24-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de HURTO. SUB TIPO HURTO AGRAVADO, en agravio de Kenny Elvis Paredes Montesinos para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00AM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Jorge Luis Juárez Juárez Fernando Samuel Melendez Velante, Julio Fernando Romero Bailón. Miguel Roberto Gamarra Orue. Ivan Darío Pineda Cárdenas Y Lino Arnaldo Mellado Olabarrea. en el Proceso
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Nro.401-2014-62-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la MODALIDAD DE FRAUDE EN LA ADMINISTRACIÓN de personas jurídicas, sub tipo administración fraudulenta, en agravio de la caja de ahorro y crédito Quillabamba S.A CREDINKA.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00AM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Willington Yucra Checmapocco. en el Proceso Nro.991-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad publica, en la modalidad de delitos de peligro común, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN. en agravio del estado representado por el procurador público del ministerio del transporte y de comunicaciones, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIDÓS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I TREINTA DEL MEDIO DÍA (12:30PM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora BFRA1N QUISPE CRUZ, en el Proceso Nro. 1000-2017-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad publica, en la modalidad de delitos de peligro común, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio del estado representado por el procurador público del ministerio del transporte y de comunicaciones, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRÉS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I TREINTA DEL MEDIO DÍA (12:30PM) primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza a los agraviados Efrain Ttito Jalixto, Rene Esteban Quenta Nina.Alda Zamora Caparo, Rudy Choquehuanca Pachacutec.Cinthya Rocio Vargas Vilca. Adderly Julio Quiñones Rondón, María Del Carmen Pacheco Valer. Alisia Mora Arias. Alexe E. Tintaya Condón, Rusel Luza Puella.Juan Ruiz Pacheco Quispe, Richard Quispe Tocre, Sigifredo Saavedra Lizarme.Joseph P. Cárdenas Artega. Tomas Nicanor Mora Caceres Y Benedicta Peso TtUpa, en el Proceso Nro.509-2015-41-1010-.IR-PE-01 para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato, audiencia
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00PM) primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 12 de septiembre del 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04217-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : MAROCHO HURTADO DE ACURIO, FRAYDA MAGDALENA Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 23 de abril de 2018 (folio 51 a 69) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE MATERIA NISTRATIVA RELATOR
: 03998-2017-0-1001-JR-LA-02 : ACCION CONTENCIOSA ADMI: SOTO FIGUEROA ANA ROCIO
Martes, 18 de setiembre del 2018
EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : BUSTAMANTE LOAIZA, JUSTA Resolución Nro. 11 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 30 de mayo de 2018 (folio 65 a 81) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02592-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI , DIRECCIO NREGIONAL DE EDUCACION DEL CUCO , DEMANDANTE : LIPE PERCCA, BERNARDINO Resolución Nro. 12 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 27 de marzo de 2018 (folio 127 a 137) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones
que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01019-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UGEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL E EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : MERCADO FERNANDEZ, RAQUEL Resolución Nro. 12 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 23 de mayo de 2018 (folio 92 a 108) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del
Martes, 18 de setiembre del 2018
Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03710-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PICHARI KIMBIRI , DEMANDANTE : BARRIOS ESPERILLA, LUCHO Resolución Nro. 10 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 29 de enero de 2018 (folio 53 a 66) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EXPEDIENTE : 03792-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : ABARCA CABALLERO, DOLORES Resolución Nro. 12 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 28 de marzo de 2018 (folio 77 a 86) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02614-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ANTA , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : SALCEDO ZUNIGA, YNGRID PATRICIA Resolución Nro. 11 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 23 de abril de 2018 (folio 98 a 114) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora
Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02935-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : RIVAS HOLGADO, MILAGROS Resolución Nro. 10 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 16 de abril de 2018 (folio 58 a 74) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la
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Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03024-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADURIA PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ESPINAR , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : CARDENAS VILLAVICENCIO, NELY Resolución Nro. 11 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 24 de abril de 2018 (folio 92 a 108) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala.
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La República
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EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03100-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : BOZA VILLASANTE, AMALIA ANDREA Resolución Nro. 9 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 24 de abril de 2018 (folio 51 a 66) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03478-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : TAMAYO VALDEIGLESIAS, LUCIO DARIO Resolución Nro. 11 Cusco, 5 de setiembre de 2018.
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 23 de abril de 2018 (folio 79 a 94) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03300-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : DEL CARPIO CONTRERAS, VERONICA AMPARO Resolución Nro. 11 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 2 de abril de 2018 (folio 56 a 70) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia, para que se revoque la resolución antes mencionada, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del
Martes, 18 de setiembre del 2018
plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02212-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHUMBIVILCAS , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : ELME SIVINCHA, ELENA Resolución Nro. 13 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 20 de marzo de 2018 (folio 130 a 145) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y cele-
ridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01502-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO APODERADO : PROCURADOR PUBLICO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : SEMINARIO PIMENTEL, TEODORO G Resolución Nro. 13 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 27 de diciembre de 2017 (folio 91 a 103) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE MATERIA NISTRATIVA RELATOR EMPLAZADO
: 00893-2018-0-1001-JR-LA-03 : ACCION CONTENCIOSA ADMI: SOTO FIGUEROA ANA ROCIO : PROCURADOR DEL GOBIERNO
Martes, 18 de setiembre del 2018
REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : HUAMPANI QUINTE, JULIA Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 12 de junio de 2018 (folio 64 a 70) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02615-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHIS , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : CACERES HUANCACHOQUE, NICOLAS Resolución Nro. 13 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 28 de mayo de 2018 (folio 94 a 105) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00964-2018-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : CAMPOS ALVAREZ, VIRGINIA Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 11 de junio de 2018 (folio 59 a 72) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo
292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00794-2018-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCAC ION CUSCO , DEMANDANTE : MONTESINOS CASTRO, MARIA OBDULIA Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 11 de junio de 2018 (folio 53 a 66) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
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EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00863-2018-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO , DEMANDANTE : MAMANI SUMERENTE, DOMITILA Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 12 de junio de 2018 (folio 51 a 62) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00069-2018-0-1001-SP-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO REPRESENTANTE : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONALDE EDUCACION DEL CUSCO , DIRECCION DE LA UNIDAD DE GETION EDUCATIVA LOCAL DE ACOMAYO , DEMANDANTE : CHIQUE HUAMAN, JUAN CANCIO Resolución Nro. 13 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en
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La República
la resolución N° 6 del 20 de abril de 2018 (folio 85 a 91) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01644-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : QUECAÑO QUISPE, HILARIO Resolución Nro. 14 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 10 del 16 de abril de 2018 (folio 221 a 238) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03462-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : VILLEGAS ALMIRON, MARITSA Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 17 de abril de 2018 (folio 37 a 53) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala.
Martes, 18 de setiembre del 2018
J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03518-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EJECUTADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANCHIS DEMANDANTE : MONTAÑO FERNANDEZ, CAMILO ENRIQUE Resolución Nro. 7 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 24 de abril de 2018 (folio 63 a 79) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03120-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : BACA QUISPE, JOSEFINA Resolución Nro. 10 Cusco, 5 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en
la resolución N° 5 del 26 de marzo de 2018 (folio 67 a 75) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01456-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONALD E CUSCO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCIO NREGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : GUERRA GAMARRA, HILDA BEATRIZ Resolución Nro. 17 Cusco, 3 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 6 de marzo de 2018 (folio 99 a 106) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Tttio Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibi-
Martes, 18 de setiembre del 2018
miento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala.
CUADERNO DE DEBATES N° 03370-2016-31-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado HILARIO HUILLCA LEIVA, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 01 DE JULIO DEL 2019 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N Palacio de Justicia- tercer piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03370-2016-31-1001-JRPE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de las persona de iniciales R.H.V y G.Z.H.V.Cusco, 13 de Setiembre del 2018.
J. S. (17, 18, 19 SET)
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EDICTO PENAL.
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CUADERNO DE DEBATES N° 03084-2017-84-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza a los procesados WILLIAN ALTAMIRANO GALINDO. MARCIAL MUÑOZ HUICAÑA. CARLOS BORDA FLORES, DONATO BORDA AVALOS, FERNANDO VEGA GARCÍA. DALMIRO ORIHUELA BALDOR. ABRAHAM SABINO DÍAZ. KENYI ELLAR VALENZUELA SÁNCHEZ Y DARWIN ERIK SOTO MURGA, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 26 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA fhora exacta): acto que se llevara a cabo en la tercera sala de audiencia del establecimiento penitenciario de varones del Cusco - Quenccoro, vía enlace por video conferencia con la sede del poder judicial de la Convención (siendo las sedes a las que pueden concurrir las partes). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03084-2017-84-1001-JR-PE-01, seguido por el delito contra la seguridad pública, tráfico ilícito de drogas, en la modalidad de promoción, favorecimiento y/o facilitación al consumo ilegal de drogas toxicas todo en agravio del Estado Peruano.Cusco 11 de Setiembre del 2018.
CUADERNO DE DEBATES N° 04471 -2016-4-1001 -JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza a los procesados JUAN DE DIOS LAURA QUISPE v JOSEFINA BARRIONUEVO LLOCLLE, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 17 DE JUNIO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia- tercer piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 04471-2016-4-1001-JRPE-01, seguido en contra los antes referidos imputados, como presuntos autores de la comisión del delito contra la vida, el cuero y la salud, en la modalidad de homicidio, sub .tipo homicidio calificado, en agravio de Q.E.V.F, Silvia Nieto Quispe representado por Rene Nieto Quispe.Cusco, 13 de Setiembre del 2018.
J. S. (17, 18, 19 SET)
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Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor ESTANISLAO CHAVEZ HUAMAN, en el Proceso Nro. 1341-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (15:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S. (17, 18, 19 SET)
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EDICTO EDICTO
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CUADERNO DE DEBATES N° 01286-2017-9-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado MOISÉS CHILLITUPA ALEGRÍA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 18 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-tercer piso, mediante enlace por videoconferencia con la sede del Poder Judicial de Quillabamba. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01286-2017-9-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito contra La libertad sexual, en la modalidad de violación sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad, en agravio de la menor de iniciales I.H.C.Cusco, 11 de Setiembre del 2018.
Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor MARCO EDUARDO VASQUEZ BERRIOS, en el Proceso Nro. 1315-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (15:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
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EDICTO PENAL.
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor JUAN SURCO YUCRA, en el Proceso Nro. 1320-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (15:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor LUCIO BACA OCON, en el Proceso Nro. 1349-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de LAS MENORES DE INICIALES Y.B.C. Y F.K.B.C., REPRESESENTADAS POR SUS PROGENITORAS INEONA CASTILLO CHAVEZ. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CUATRO DE LA TARDE (04:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN
J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO
EXPEDIENTE N° 00540-2018-74-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE APAZA APAZA
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Se cita y emplaza a: MUAIL CHACÓN LOBATON, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día LUNES 03 OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 14:00 PM; bajo apercibimiento de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en el proceso que se sigue en su contra, por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de setiembre de 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL SEÑORES: REYNALDO MANTTUPA CCOYO E YSULINA QUISPE SULLANI El señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Wesly Astete Reyes, en el proceso N° 3502-2018-0-1001-JR-PE-01, seguido contra REYNALDO MANTTUPA CCOYO, por la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar (agresión física y psicológica), previsto en el articulo 122°-B del Código Penal, concordante con el primer párrafo del articulo 108R-B del mismo cuerpo normativo, en agravio de YSULINA QUISPE SULLANI, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Ana Calderón Navarro, se ha dispuesto notificar con la Resolución Nº 05 del 13/09/18, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCION NRO.05.Cusco, trece de Setiembre del dos mil dieciocho.1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por no haberse reprogramado unilateralmente la misma por parte de la especialista de audio Yadira Enríquez Carrión. DEBE REMITIRSE copias a ODECMA de todos los actuados de este incidente así como los audios de las sesiones anteriores por existir retraso y variaciones del contenido de los audios con las actas realizadas por la especialista de audio Yadira Enríquez Carrión. 2. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DIA 26 DE SETIEMBRE DE 2018 LAS 08:30 HORAS A REALIZARSE EN ESTA DECIMO TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL SITO EN EL CUARTO PISO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, se da por notificado de manera directa y personal el defensor público debiéndose notificar a la representante del Ministerio Público en su casilla electrónica casilla electrónica 55789. RESOLUCION NRO.02.- Cusco, quince de Junio del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. BREVE RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION: Formulado por la Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Cusco, contra REYNALDO MANTTUPA CCOYO, por la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar (agresión física y psicológica), previsto en el articulo 122°B del Código Penal, concordante con el primer párrafo del artículo 108R-B del mismo cuerpo normativo, en agravio de YSULINA QUISPE SULLANI. El Ministerio Público formula
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acusación por los hechos ocurridos en fecha 25 de febrero de 2018 y solicita que al imputado se le imponga una pena concreta final 01 año y 08 meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución, la pena de INHABILITACION, consistente en la PROHIBICION DE APROXIMARSE O COMUNICARSE CON LA VICTIMA POR EL PLAZO DE 01 AÑO, asimismo, deberá pagar la suma de S/. 400.00 soles por reparación civil. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00540-2018-74-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE APAZA APAZA Se cita y emplaza a: MIJAIL CHACÓN LOBATON, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día MIÉRCOLES 03 OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 14:00 PM; bajo apercibimiento de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en ei proceso que se sigue en su contra, por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de setiembre de 2018 J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO JUDICIAL Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención. Expediente: 372-2016-47-1010-JR-PE-01. Juez: Miguel Ángel Arizábal Arriaga. Especialista: Alex Sander Franco Palomino. Se notifica a YOLA COCHAMA CARPIO, quien es progenitora de la menor de iniciales BE. DE. SO.CO. Ello, en vista de que en fecha 01 de junio del presente año, el representante del Ministerio Público, solicitó requerimiento de sobreseimiento en el proceso seguido contra LUIS MIGUEL ESTRADA MORALES, a quien se le acusa por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad violación de la libertad sexual, subtipo ACTOS COTA EL PUDOR. Se dispuso así en la resolución N° 06 de fecha 13 de setiembre de 2018, a fin de que asista a la audiencia de requerimiento de sobreseimiento para el día 04 DE OCTUBRE DE 2018, A HORAS 11:00 A.M, a realizarse en la Quinta sala de audiencias del Juzgado Investigación Preparatoria Transitoria, ubicado en el Jr. Espinar Nro. 140-148 (tercer nivel) de La Convención. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO JUDICIAL Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención. Expediente : 1210-2017-18-1010-JR-PE-01. Juez : Miguel Ángel Arizábal Arriaga. Especialista : Alex Sander Franco Palomino. Se notifica al imputado FLORIANO PULIDO ROGER SANTIAGO, a quien se le investiga, Por la presunta comisión del contra la libertad, modalidad delito contra la libertad sexual de menor de edad, previsto y sancionado en el artículo 173° del Código Penal; en merito a los siguientes fundamentos: 1. En fecha el 08 de agosto del año 2018, el representante del Ministerio Público formula requerimiento de acusación contra el ahora imputado FLORIANO PULIDO ROGER SANTIAGO, por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual de menor de edad, previsto y sancionado en el artículo 173° del Código Penal, en agravio de la menor de
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iniciales ZO.DE.RO.TU.GA., representado por FREDY TUPA RAMOS. 2. En fecha 21 de agosto del 2018, se emite la resolución N° 01, por el cual se corre traslado a efectos de que en el plazo de 10 días hábiles las partes puedan pronunciarse respecto al requerimiento de acusación; “… PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efecto que puedan presentar por escrito: 1) Observar formalmente la acusación; 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa; 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada; 4) Pedir el sobreseimiento; 5) Instar en su caso la aplicación de un criterio de oportunidad; 6) Ofrecer pruebas para el juicio; 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes; 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio; 9) Proponer acuerdos a cerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probatorios, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación.” 3. En acto de audiencia de fecha 13 de setiembre, mediante resolución N° 03 de fecha 13 de setiembre de 2018, se dispone declarar por no instalada la audiencia de control de acusación, por inconcurrencia del imputado, motivo por el cual, se REPROGRAMÓ la misma para ser llevada a cabo el día 10 DE OCTUBRE DE 2018, A HORAS 10:00 A.M, la que se realizará en la Quinta sala de audiencias del Juzgado Investigación Preparatoria Transitorio, ubicado en el Jr. Espinar Nro. 140-148 (tercer nivel) de La Convención. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Expediente: 00388-2017-30-1001-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. RESOLUCION N° 06 Cusco, once de Septiembre del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Juicio Oral por inasistencia de la acusada GINA PAOLA CANCHARI YAÑEZ 2. DECLARAR REO AUSENTE a la acusada GINA PAOLA CANCHARI YAÑEZ, quien como generales conforme al requerimiento acusatorio tiene los siguientes: Identificada con DNI N° 40688636, natural del distrito de Chincha Alta y Provincia de Chincha, departamento de Ica, nacida el 21 de setiembre de 1980, de estado civil soltera, hija de Hernán y María, con domicilio real en la Av. BENAVIDES N° 635 del Distrito de Chincha Provincia de Chincha Alta y Departamento de Ica. 3. NOMBRAR como abogada defensor del acusado ausente a la abogada defensora pública MARIA DEL PILAR DEL CARPIO ARREDONDO, quien debe hacer valer todos los derechos que correspondan al procesado. 4. ORDENAR SE GIREN los oficios para la captura y posterior conducción del procesado ausente mediante la fuerza publica es decir, mediante la Policía Nacional del Perú, 5. ORDENAR SE NOTIFIQUE A LA ACUSADA MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES, que deben ser publicadas por tres días consecutivos hábiles en el diario oficial correspondiente a fin de ponerle de su conocimiento de los hechos materia de acusación, se presente a la audiencia y se defienda de los mismos. 6. DISPONER que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o este se presente voluntariamente se fije fecha y hora para la audiencia de JUICIO ORAL y mientras ello ocurra ARCHIVESE PROVISIONALMENTE la causa.Cusco, 12 de setiembre de 2018.
Martes, 18 de setiembre del 2018
J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL Expediente: 2979-2017-44-1001-JR-PE-06 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a JORGE ULISES LOZANO RENGIFO; para que se ponga a derecho el día VEINTITRÉS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS (hora exacta) en la SALA DE AUDIENCIAS ITINERANTE A CUSCO (CALCA) ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Matrimonios Ilegales, Sub Tipo: BIGAMIA AGRAVADA, en agravio de Valentina Blanco López. Cusco, 14 de setiembre de 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01223-2017-71-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: WILBER AUGUSTO HUAMAN PACHECO, a fin de que concurra a ia audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 28 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor representado por su progenitora Frida Ochoa Quispe, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 14 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01200-2017-65-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DARÍO MAR ILLANES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 03 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor representado por su progenitura Martha Callapiña Noa, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 14 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01177-2017-43-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DEMETRIO DÍAZ ORTIZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 04 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor representado
por su progenitura Erica Yllares Aquino, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 14 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00481-2018-97-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FELIPE GONZALES ECHEGARAY, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 06 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menores representados por su progenitura Eulalia Choque Caballero, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00961 -2017-71 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MILÁN VILCA BLANCO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su_contra, el día martes 11 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor representado por su progenitora Nilda Guerra Velasquez, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00799-2018-53-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROGER WITMAN MESTAS ESCALANTE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 11 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor representado por su progenitura Lucila Zegarra Ccorimanya, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00597-2018-17-1010-JR-PE-01
Martes, 18 de setiembre del 2018
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: REYNALDO PIÑHO DÍAZ y WILSON PIÑHO CUSHICHINARI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 11 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de AGRESIONES CONTRA LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Reynaldo Piñho Diaz y Wilson Piñho Cushichinari, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00774-2018-66-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RAY MICHEL HUANCA QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 11 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de AGRESIONES CONTRA LA MUJER O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de la menor de iniciales Y.C.P., la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00087-2018-46-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ÓSCAR ELIOT DELGADO VARGAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 13 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00018-2018-15-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JULIO CESAR ALVARADO QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 17 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018.
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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00470-2018-42-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PEDRO VIDAL ROJAS GONZALES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 17 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01086-2017-12-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROÑAL JALIXTO TOTORANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su_ contra, el día martes 18 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00207-2017-39-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ELIAS GAMARRA TTITO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 17 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00255-2018-39-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FRITH CAVIEDES CHOQUE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 13 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de
Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00165-2018-52-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RODOLFO ZUÑIGA ALVAREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 17 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00009-2018-51 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MILTON AQUINO QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 17 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00510-2018-19-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DEYVIS RAMOS MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 13 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00306-2018-32-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RICHARD ANCCASIAGUILAR, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 12 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15
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HORAS DEL MEDIO DÍA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00025-2018-78-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOSÉ CLEMENTE HUANCAS MEGO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 18 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00070-2018-51-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JONATAN HANCCO APAZA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 18 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS DEL MEDIO DÍA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140*148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00979-2018-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CALCA , DEMANDANTE : ALVARADO CONDORI, LUIS Resolución Nro. 9 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 25 de mayo de 2018 (folio 172 a 191) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratán-
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dose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03029-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADURIA PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DEGESTION EDUCATIVA LOCAL DE ACOMAYO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : MUÑOZ QUISPE, ALEJANDRO Resolución Nro. 10 Cusco, 11 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 23 de abril de 2018 (folio 124 a 141) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el ar-
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO tículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02431-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PAUCARTAMBO , DEMANDANTE : BACA COVARRUBIAS, MARGARITA Resolución Nro. 12 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 25 de mayo de 2018 (folio 180 a 199) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE
: 01844-2017-0-1001-JR-LA-05
Martes, 18 de setiembre del 2018
MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN DEBASTIAN , DEMANDADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN , DEMANDANTE : COA CABRERA, MARIA VENTURA Resolución Nro. 19 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto al auto que declara improcedente la demanda contenido en la resolución N° 11del 26 de abril de 2018 (folio 135 a 136) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se declare nulo el auto al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00667-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHUMVIBILCAS , PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDANTE : VILLEGAS SIVANA, LUIS Y CO DEMANDANTE SIVINCHA CHSALLA DE VILLEGAS, PAULINA Resolución Nro. 18 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 14 del 20 de abril de 2018 (folio 146 a 157) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en
el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00985-2018-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDANTE : SEQUEIROS AGUIRRE, LEONIDAS Resolución Nro. 6 Cusco,10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 25 de mayo de 2018 (folio 29 a 42) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con
Martes, 18 de setiembre del 2018
el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04159-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : TITO LUNA DE GASTAÑAGA, CONCEPCION NICOLAZA Resolución Nro. 7 Cusco,10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 8 de mayo de 2018 (folio 63 a 78) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EXPEDIENTE : 00023-2018-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : ALEGRIA HUAMAN, ANDRES Resolución Nro. 7 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 17 de mayo de 2018 (folio 54 a 68) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00937-2018-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : CONDORI ALFARO, DORA PASCUALA Resolución Nro. 8 Cusco, 11 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 30 de mayo de 2018 (folio 36 a 52) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03195-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ACOMAYO DEMANDANTE : ZEVALLOS RIOS, LIONEL Resolución Nro. 10 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 23 de mayo de 2018 (folio 80 a 98) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se
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encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02461-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CALCA , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : TORRES FARFAN, BERTHA Resolución Nro. 15 Cusco, 11 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 6 de junio de 2018 (folio 216 a 230) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE MATERIA NISTRATIVA
: 02932-2017-0-1001-JR-LA-05 : ACCION CONTENCIOSA ADMI-
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RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : GOBIERNO REGIONA L DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : ELGUERA PINARES, VICTOR Resolución Nro. 10 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 28 de marzo de 2018 (folio 64 a 71) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03676-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : SUMA HUANCA, HERMENEGILDA Resolución Nro. 13 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 30 de abril de 2018 (folio 91 a 104) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolu-
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ción antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04155-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : CUBA VILLAVICENCIO, AYDEE Resolución Nro. 9 Cusco, 10 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 28 de mayo de 2018 (folio 124 a 141) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del
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Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01899-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADORIA PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO , DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ACOMAYO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : MORVELI DELGADO, GRIMANESA Resolución Nro. 11 Cusco, 6 de setiembre de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 15 de marzo de 2018 (folio 119 a 134) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, TTITO QUISPE.- Hernán Huacasi Gonzales-Secretario de Sala. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL SEÑORES: MARIO HANCCO BAUTISTA La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 4415-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra MARIO HANCCO BAUTISTA, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Roxana Quispe Humpire, ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 01 del 05/07/18 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01, Cusco, 05/07/18: DADO CUENTA: (…): Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa presentado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, NOTIFIQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. (…) RESOLUCION N° 05 Cusco, veintiuno de agosto Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcriba: Por los fundamentos expuestos, este juzgado RESUELVE: DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por devolución de la cédula de notificación dirigida al domicilio real del acusado. CONCEDER el plazo de siete (07) días hábiles a la representante del Ministerio Público a efectos de que pueda disponer la intervención policial a fin de realizarse el Acta de verificación domiciliaria del acusado. PRECISAR que una vez cumplido lo señalado en el punto resolutivo previo y realizada la verificación domiciliaria en el inmueble del imputado ubicado en San Judas Chico 3-B-3 en el distrito de Wanchaq, domicilio que deberá ser precisado en el Sistema Integrado de Justicia por parte del Especialista de causa asignado al trámite del presente proceso, deberá REITERARSE la notificación al domicilio real del acusado
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con el contenido del requerimiento acusatorio, resolución N° 01 y Acta de la presente audiencia, debiendo, además, agotarse la notificación vía telefónica al imputado en el número de celular 957200822. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 17 DE OCTUBRE DEL 2018, A LAS 15:30 HORAS DE LA TARDE, la misma que se realizará en la Octava Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Dándose por notificadas las partes procesales presentes en este acto, debiendo notificarse al acusado conforme a lo ya señalado. Regístrese y comuníquese.-HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la señora juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 05267-3018-0-1001-JR-PE-02 la señora Magistrada del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Mendoza, en el proceso Nro. 05267-3018-0-1001-JR-PE-02, seguido contra AMERICO PILLCO TINTA con D.N.I. 04828856, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales: R.R.P.C., R.M.P.C., A.G.P.C. representados por su progenitora VIRGINIA CCASA VELASQUE, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts Garcia Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución Nº. 02 del 12/09/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra AMÉRICO PILLCO TINTA con D.N.I. 04828856, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales: R.R.P.C., R.M.P.C., A.G.P.C. representados por su progenitora VIRGINIA CCASA VELASQUE; la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, doce de setiembre Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de esta audiencia y disponer la reprogramación de la misma para el día 10 de OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 A VERIFICARSE EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL. SE DISPONE que el personal encargado del trámite del presente proceso haga las notificaciones VÍA EDICTOS de ley a fin de que se cumpla con el propósito de las notificación correspondiente, debiéndose remitir los EDICTOS AL DIARIO JUDICIAL CORRESPONDIENTE. SE DISPONE el cabal cumplimiento de lo dispuesto en esta audiencia, a efecto de no entorpecer el normal desarrollo de la misma; máxime que la naturaleza del presente proceso exige que debe llevarse a cabo la audiencia en la oportunidad procesal correspondiente.NOTIFICAR a través de EDICTOS al imputado en el diario de mayor circulación, para que concurra a la próxima audiencia, recomendando a los especialistas la elaboración de la notificación así como los edictos dentro del plazo establecido por ley, bajo responsabilidad. H.S.Cusco, 14 de septiembre del 2018. J. S. (17, 18, 19 SET)
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DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por inconcurrencia de la Representante del Ministerio Publico.
EDICTO PENAL SEÑORES: BALVINA BALLENAS HUILLCA SIMEON PUCLLA HUAYTARA JULIO BALLENAS HUILLCA La señorita Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULAY SANCHEZ FARFAN, en el proceso Nro 01895-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra BALVINA BALLENAS HUILLCA Y SIMEON PUCLLA HUAYTARA, por la presunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Leves Agravadas por Violencia Familiar en agravio de JULIO BALLENAS HUILLCA, ha dispuesto notificarle el requerimiento de acusación fiscal, Resolución Nº 03 de fecha 08/06/2018 y acta de audiencia de fecha 05/09/2018 cuyo contenido es el siguiente: La Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco formula ACUSACION contra BALVINA BALLENAS HUILLCA Y SIMEON PUCLLA HUAYTARA por la comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Lesiones Leves Agravadas por Violencia Familiar, en agravio JULIO BALLENAS HUILLCA, solicita que a los acusados Balvina Ballenas Hulllca y Simeon Puclla Huaytara se les imponga la PENA de TRES ANOS de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de la condena, sin perjuicio de disponerse la continuidad de las medidas de protección dictadas por el Juez del Cuarto Juzgado de Familia de Cusco en el Proceso Tutelar numero 04812-2017-0-1001-JR-FT-04, asimismo solicita que a los acusados Balvina Ballenas Huillca y Simeon Puclla Huaytara se les imponga la obligación de pagar la suma de MIL SOLES -S/. 1,000.00- por concepto de reparación civil que deberá pagar de forma solidaria a favor del agraviado Julio Ballenas Huillca. Resolución Nro. 03. Cusco, ocho de junio. Del año dos mil dieciocho.- DADO CUENTA: Con lo informado y el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Representante del Ministerio Público de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (…) RESOLUCIÓN N° 07 Cusco, cinco de setiembre de dos mil dieciocho.- PARTE CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE:
REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PARA EL DÍA DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS de la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, precisándose que la fecha señalada es de acuerdo a la agenda del Juzgado. NOTIFIQUESE a los imputados por edictos, así como al Representante del Ministerio Publico en su casilla electrónica señalada en autos. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO PENAL SEÑORES: MARIO HANCCO BAUTISTA La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 4415-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra MARIO HANCCO BAUTISTA, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Roxana Quispe Humpire, ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 01 del 05/07/18 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01, Cusco, 05/07/18: DADO CUENTA: (…): Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa presentado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, NOTIFIQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. (…)
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RESOLUCION N° 05 Cusco, veintiuno de agosto Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcriba: Por los fundamentos expuestos, este juzgado RESUELVE: DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por devolución de la cédula de notificación dirigida al domicilio real del acusado. CONCEDER el plazo de siete (07) días hábiles a la representante del Ministerio Público a efectos de que pueda disponer la intervención policial a fin de realizarse el Acta de verificación domiciliaria del acusado. PRECISAR que una vez cumplido lo señalado en el punto resolutivo previo y realizada la verificación domiciliaria en el inmueble del imputado ubicado en San Judas Chico 3-B-3 en el distrito de Wanchaq, domicilio que deberá ser precisado en el Sistema Integrado de Justicia por parte del Especialista de causa asignado al trámite del presente proceso, deberá REITERARSE la notificación al domicilio real del acusado con el contenido del requerimiento acusatorio, resolución N° 01 y Acta de la presente audiencia, debiendo, además, agotarse la notificación vía telefónica al imputado en el número de celular 957200822. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 17 DE OCTUBRE DEL 2018, A LAS 15:30 HORAS DE LA TARDE, la misma que se realizará en la Octava Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Dándose por notificadas las partes procesales presentes en este acto, debiendo notificarse al acusado conforme a lo ya señalado. Regístrese y comuníquese.-HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la señora juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO JUDICIAL PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ. 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 01871-2012-0-1001-JR-CI-02 MATERIA : NULIDAD DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 100 Cusco, 12 de setiembre de 2018. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa opina por: “DECLARAR NULA La sentencia N° 24-2018 contendida en la Resolución Nº 90, de 13 de febrero de 2018 (folio 858 y siguientes), que falla declarando: 1.- INFUNDADA la demanda interpuesta por MARIA NATIVIDAD CORRALES VALENCIA, en representación de ALEXANDER, ARLETT DANITZA y ANDERLY ISABEL LECHUGA CORRALES en contra de AUGUSTA MORA LAZARTE VIUDA DE LECHUGA y HERNÁN EDWIN CHÁVEZ PEDRAZA, sobre nulidad de acto jurídico, consistente en la compraventa celebrado por Augusta Mora Lazarte viuda de Lechuga a favor de Hernán Edwin Chávez Pedraza de un área de 184.80m2 del inmueble urbano ubicado en la Urbanización Santa Rosa de la Guardia Civil, manzana D, lote 13 del distrito de San Sebastián. 2.- FUNDADA la demanda de REIVINDICACIÓN, en consecuencia dispongo que el demandado HERNAN EDWIN CHÁVEZ PEDRAZA, restituya a favor de los demandantes 184.80m2 del inmueble urbano ubicado en la Urbanización Santa Rosa de la Guardia Civil, manzana D, lote 13 del dis-
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trito de San Sebastián. Con costas y costos.- Y RENOVANDO el acto procesal viciado DISPUSIERON que el Juez del proceso emita nueva resolución conforme corresponda.- Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “se declare nula la sentencia 24-2018 apelada contenida en la resolución N° 90, del 13 de febrero de 2018 que declara infundada la demanda interpuesta por Dina Gil Parillo; en consecuencia, se declare nulo de todo lo actuado, hasta la calificación con la demanda, a fin de que la demandante tenga la oportunidad de adecuar su demanda”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 22 DE OCTUBRE DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no es necesario que los abogados ya autorizados para informar, reiteren su pedido.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S.VELÁSQUEZ CUENTAS.- HOLGADO NOA.Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 14 de setiembre de 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
00456-2018-0-1018-JM-CI-02, GLORIA JOSE YAQUETTO PAREDES viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, expedida por la Oficina de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de Cusco, solicitando que se agregue el segundo nombre de pila de su progenitora “ESPERANZA” y el apellido materno de la misma “VALDIVIA”, siendo el nombre completo correcto de su madre “GLORIA ESPERANZA PAREDES VALDIVIA”. Lo que se publica para fines de ley. Santiago, 14 de setiembre del 2018 CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6974222 XF. (18, 19, 20 SET)
EDICTO JUDICIAL En el Proceso Familia Civil N° 441-2018, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq - Cusco, se ha resuelto mediante Auto Admisorio contenido en Resolución N° 01 de fecha 03 de Setiembre del año en curso: “...VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por RUTH PRISILA DE LA CRUZ JIMÉNEZ sobre CAMBIO DE NOMBRE al nombre de Alessandra Jiménez Rodríguez.- Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Morón.- Betsabe Prudencio Sotelo Secretaria Judicial.Wanchaq, 14 de Setiembre del 2018.
J. S. (17, 18, 19 SET)
EDICTO ROSA LUZ CONDORI QUENAYA ha demandado el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO con el que en vida fue EVER FLORES JARA demanda que está dirigida contra la sucesión del mismo y admitida con el número 3580-2018 en el Segundo Juzgado de Familia de Cusco, en la vía del proceso ABREVIADO, corriéndose traslado por el término de 10 días a los demandados a fin de que contesten a la demanda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designárseles Curador Procesal en su representación.
BETSABE PRUDENCIO SOTELO SECRETARIA JUDICIAL P. 6974218 F. (18, 19, 20 SET)
EDICTO JUDICIAL
INGRID SIERRAA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N 1293-2018-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO por la solicitud de ORLANDO UGARTE RODRÍGUEZ sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento inclusión de apellidos maternos de sus progenitores en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- —
P. 6974263 F. (18, 19, 20 SET)
San Jerónimo, 15-08-2018
EDICTO JUDICIAL 1° Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq. Expediente N° 01318-2018-0-1001 -JP-CI-01, Materia Sucesión Intestada, bajo la dirección de la Sra. Juez Marklaren Ascue Lovon, la actuación del Secretario Judicial Ciro Chuquimago Mamani, la recurrente DINA ELISABETH PANTOJA PALMA, en el Proceso No Contencioso viene solicitando la SUCESION INTESTADA, de la que envida fue su progenitora Honorata Palma Vda. de Pantoja, fallecida el 24 de enero del 2012. . Publicación que se realiza a efecto que se apersonen las personas que tengan vocación hereditaria. Wanchaq, 29 de agosto del 2018. CIRO CHUQUIMAGO MAMANI SECRETARIO JUDICIAL P. 6974226 F. (18 SET)
EDICTO En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro.
ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 6974219 F. (18, 19, 20 SET)
EDICTOS En el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Titular Dra. Marklaren Ascue Lovón, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 00240-2018-0-1001-JMCI-02- Seguida por Mónica Beatriz, García Loayza, apoderada de Dora Rosa Torres Benavente -sobre Rectificación de partida de DEFUNCION de quien en vida fue doña Dora Augusta Torres; al inscribir se ha inscrito con el apellido de su cónyuge Dora Augusta Torres - siendo el correcto DORA AUGUSTA BENAVENTE DIAZ VDA. DE TORRES, quedando inalterable en lo demás que contiene. Lo que se publica para los fines de leyWanchaq, 12 de setiembre del 2018 REBEZA ROCA FERRO SECRETARIA JUDICIAL P. 6974314 F. (18, 19 SET)
Martes, 18 de setiembre del 2018
EDICTO
EDICTO JUDICIAL
En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso N° 1800-2018-0-1018-JPCI-01, se ha dispuesto notificar con lo siguiente: Resolución Nro. 03.- Santiago, 03 de setiembre del 2018.- (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por doña LORENZA YUPANQUI VIUDA DE QUISPE, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su cónyuge don ANDRES AVELINO QUISPE ACCOSTUPA; debiendo sustanciarse en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia en aplicación de lo dispuesto en los artículos 832 y siguiente del Código Procesal Civil SE DISPONE, la notificación de la solicitud a la Beneficencia Pública, Ministerio Publico y al presunto heredero y declarante del fallecimiento del causante JORGE RAUL QUISPE YUPANQUI (...). Lo que se publica para fines de ley.
SRES. SUCESIÓN DE QEVF RUBEN RODRIGUEZ CAMINO ANTE EL JUZGADO DE CIVIL DE SICUANI - CANCHIS, EN EL EXPED. N° 64-2018-CI, SE HA DISPUESTO LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO JUDICIAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS. AUTO ADMISORIO - RESOLUCIÓN Nro. 03: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por CARMEN GARCIA QUISPE, contra LA SUCESIÓN DE QEVF RUBEN RODRIGUEZ CAMINO (debiéndose notificar en el domicilio proporcionado y mediante Edictos conforme indica el artículo 165 de CPC), ANA CAUSTO DE RODRIGUEZ, JUAN RODRIGUEZ CAUSTO Y ESPOSA con las siguientes pretensiones: 1). Pretensión Principal: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO y se declare propietaria del bien inmueble ubicado en el Pasaje Tinta N° 119 de la Urbanización Manuel Prado del distrito de Sicuani; 2). Pretensión Accesoria: Se disponga la inscripción de la propiedad en los Registros Públicos de Sicuani a nombre de la demandante y cancelación del asiento registral respecto del anterior propietario y cancelación de la Subdivisión en la Municipalidad Provincial de Canchis; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarársele rebeldes. Notifíquese a los colindantes POR EL FRENTE Municipalidad Provincial de Canchis, POR LA DERECHA a Alberti Esquivel Oviedo, POR LA IZQUIERDA a Rolando García y POR EL FONDO a Nora Collantes y Eloy Pizarra. SE DISPONE la publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, en los diarios “El Peruano” y “El Diario Judicial Del Cusco”, acreditándose su realización, con los ejemplares de dichas publicaciones.-H.S.
Santiago, 11 de setiembre del 2018 CARMEN ROSA DELGADO SÁCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6974361 F. (18, 19, 20 SET)
EDICTOJUDICIAL Por ante el Juzgado Paz Letrado de Tinta, a cargo del señor Juez Wilber Huaraya Tito; LUZ MARINA CCACCA QUECARA interpone demanda sobre rectificación partida de nacimiento; admite trámite la demanda vía del proceso no contencioso. Bajo el expediente 081-2018-CI; se dispone la publicación mediante edictos la rectificación del apellido paterno Ccacca por “Fuentes”. Firma Juez.
Sicuani, 09/08/2018
PASCUAL CATARI PARIPANCA SECRETARIO JUDICIAL
INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL
P. 6972710 F. (18, 19, 20 SET)
P. 6974608 F. (18, 24, 28 SET)
EDICTO JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Urubamba que despacha la Juez Silvia C. Usca Medina, bajo la actuación del Secretaria Judicial Lía Hancco Luza, se tramita el Proceso Civil N.° 210-2018-CI, seguidos por ANTONIA MESCCO CUSIHUAMAN, sobre sucesión intestada de Q.V.F. su padre RUFINO MESCCO ENRIQUEZ, quien falleció el 16 de noviembre de 1999, quien tuvo su último domicilio en el centro poblado de Rumpi - Huycho - Huayllabamba - Urubamba, con lo cual se pretende declarar como heredera a la solicitante.- Lo que se publica para los fines de ley.Urubamba, 13 de setiembre de 2018.
A LA SUCESION INTESTADA DEL Q. E. V. F. CARLOS EFRAIN CACERES ALVAREZ. Expediente N°: 00248-2018-0-1007-JP-CI-02. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección de la señora Juez JUDITH ANDREA BELLOTA GUZMAN, y la actuación del Secretario Judicial Amador Tinta Chaina, GEORGINA LUISA NARVAEZ ABURTO, en representación de sus menores hijas DAMARIS LEONOR CACERES NARVAEZ, EDUARDO ENRIQUE CACERES NARVAEZ, viene solicitando el trámite de Sucesión Intestada del que en vida fue CARLOS EFRAIN CACERES ALVAREZ, la que se ha admitido a trámite mediante auto admisorio Resolución N° 02, de fecha 27 de agosto del 2018, en vía del proceso NO CONTENCIOSO, conforme a lo previsto por el articulo 833 inciso 1 y 2 del Código Procesal Civil.- Lo que se publica en el Diario de anuncios judiciales, para que se apersonen los que se crean con derecho. Lo que se publica para los fines pertinentes.
LIA HANCCO LUZA SECRETARIO JUDICIAL P. 6972428 F. (18, 19 SET)
EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 288-2018-CI seguido por ERMITAÑA CARPIO DELGADO sobre SUCESION INTESTADA de su madre CEFERINA DELGADO DE CARPIO fallecida el 18-03-2018, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 29-08-2018 ELIZANETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6974202 F. (18, 19, 20 SET )
Sicuani, 29 de Agosto del 2018. AMADOR TINTA CHAIÑA SECRETARIO JUDICIAL P. 6974592 F. (18 SET)
EDICTO PENAL EXP: N° 3369-2018 SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑORA: NATALIA GAMBOA LIMA
Martes, 18 de setiembre del 2018
SEÑOR: RODOLFO NUÑEZ TAPIA Se ha dispuesto notificar con el extracto del Requerimiento de Acusación, Resolución Nº 01 y Acta de Audiencia de fecha 21/08/2018, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DE LA FISCALÍA Al amparo del Art. 336.4 del NCPP este despacho fiscal FORMULA ACUSACIÓN DIRECTA contra NATALIA GAMBOA LIMA, por la comisión del Delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, sub tipo de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar; previsto y sancionado en el primer párrafo del articulo 122-B del Código .Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1323, en agravio de RODOLFO NUÑEZ TAPIA” DE LOS HECHOS: Se tiene que el agraviado Rodolfo Nuñez Tapia ha mantenido una relación convivencial con la imputada Natalia Gamboa Lima, fijando su domicilio convivencial en el inmueble ubicado en la Comunidad de Huampar del Distrito de Poroy, es asi que, En fecha 17 de setiembre del 2017 al promediar las 10:20 am, el agraviado Rodolfo Nuñez Tapia se encontraba en el interior de su vivienda tratando de desayunar cuando de pronto la imputada Natalia Gamboa Lima le empezó a reclamar en razón a los problemas que tienen, para luego coger un cuchillo para intentar golpearlo, coge piedras para lanzarle persiguiéndolo por la vivienda y llega a lanzarle una que le cayó en el talón derecho del agraviado causándole lesiones que requieren hasta tres dias de incapacidad medico legal-conforme se tiene del CML N° 002929-VFL, Posteriormente el agraviado RODOLFO NUÑEZ .TAPIA, se constituye en la comisaria de zarzuela para interponer la .denuncia en contra-de su exconviviente dando inicio a las investigaciones del caso. DE LA PENA Y LA REPARACIÓN CIVIL: El Representante del Ministerio Publico solicita que a la acusada se le imponga UN AÑO y CUATRO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD.y conforme al Articulo 36 numeral 11 del. Código Penal solicitamos se imponga como pena de INHABILITACIÓN la consistente en la prohibición de comunicarse y aproximarse a la victima por el periodo de la condena y pague la suma de Mil Noventa y Tres con 00/100 soles (S/. 1,093.00) REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN EN SEDE JUDICIAL Resolución N° 01 de fecha 23/MAY/2018 DADO CUENTA: (...). SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica (…) 3. CITAR para el día once de julio del año dos mil dieciocho a las tres horas con treinta minutos de la tarde (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (…) 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, (…) 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comuníquese.-ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 21/ AGO/2018 CONSTANCIA En la Sexta Sala de Audiencias del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, siendo las 15:30 P.M. del día veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho, la Especialista de Audio que suscribe deja constancia que la audiencia programada para la fecha y hora acotada, no se ha podido realizar por cuanto la señora Magistrada Titular de éste Juzgado, se encuentra haciendo uso de sus vacaciones; y,
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
el señor Juez a quien se le encargo su juzgado en adición a sus funciones, tiene otras diligencias programadas en su juzgado. Precisándose que se han hecho presentes el señor representante del Ministerio Público JERI BELTRAN BAZALAR y la abogada defensora publica MARÍA DEL PILAR DEL CARPIO ARREDONDO en reemplazo de SUSANA LADRÓN DE GUEVARA MEJIA, quien señaló que asume la defensa del imputado; siendo ello así se le notificó con la nueva fecha de audiencia, TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, acto que se realizara en la EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO, debiendo el Especialista de Causa realizar la notificación de requerimiento acusatorio, resolución N°01 y la presente resolución a la procesada Natalia POR EDICTOS en tanto que para el agraviado Rodolfo se habilita la notificación telefónica al N°984347835, de ser el caso se habilita la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS, de lo que doy fe para los fines correspondientes. Cusco, 14 de septiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Enrique Carmelo Dueñas Puclla Y Ronald Mallo Fernandez. en el Proceso Nro. 192-2017-0-1010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la administración publica en su modalidad de delitos cometidos por particulares, Subtipo VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, en agravio del estado peruano . representado por el procurador del ministerio del interior y el efectivo policial Luis Alberto Hurtado Calle.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIIL DIECIOCHO A HORADS DIEZ I QUINCE DE LA MAÑANA (10:15AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Kdwin Velasquez Delgado, en el Proceso Nro.670-2018-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud. en su modalidad DE LESIONES, SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MARÍA LUISA ILLA TUPA CUSII lUALLPA.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA Y UNO DE OCTUUIME DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09:30AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Rodolfo Zuñiga Alvarez, en el Proceso Nro.874-2018-0-l()l()-JR-PF.-OL. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la
salud. en su modalidad DE LESIONES. SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de CRISTINA SUAREZ QUISPE. para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECTOCHOA HORAS OCHO I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (8:45AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora lleber Choque Arteaga, en el Proceso Nro.759-2017-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES, SUB TIPO AGRESIÓN EN CON IRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Marisol Sutta Atausinchi.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA i UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba), Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Fredi Moscoso Venero, en el Proceso Nro.890-2017-0-I010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la familia en la modalidad de omisión de ASISTENCIA FAMILIAR, SUBTIPO INCUMPLIMIENTO DI-OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravió de los menores Yul Vidal Moscoso Lope/. Y Wilter Moscoso Lope/., representada por su progenitora Marcelina Lope/. Cru/.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (I l:0UAM)primcra sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Amilcar Lazo Rodríguez, en el Proceso Nro.750-20I7-0-I0I0-.IR-PE-0L. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad, en la modalidad de peligro común, subtipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN . en agravio de la sociedad representado por el señor fiscal adjunto provincial de la primera fiscalía provincial penal corporativa de la convención.Dr. Ángel Jair Salazar Bende/.u.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA(I0:45AM) primera sala de audiencia de
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este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora David Deza Chura, en el Proceso Nro.883-2017-0-1010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad, en la modalidad de peligro común, subtipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCTON . en agravio de la sociedad representado por el Ministerio Público.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIEICOCHO A HORAS DIEZ I TREINTA DE LA MAÑANA (l():30AM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Eerdinan Saez Huainan.en el Proceso Nro.387-2016-76-l(M0-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en su modalidad de LESIONES SUBTIPO LESIONES CULPOSAS, en agravio de los herederos legales de QQ.E.V.E Wendy Tlupa Ipinza y sus herederos legales representados por Donata Ipinza Pacheco y Q.E.V.F Kennedy Edilberto Abalos Cahuanari y sus herederos leales representados por María Valentina Cahuaniri Yotoni.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE OCUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE(02:00PM)) pr¡mera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Franklin Huaman Delgado, en el Proceso Nro.428-2017-0-1010-.IR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la familia, en la modalidad de ATENTADO CONTRA LA PATRIA POTESTAD. UPO ESPECÍFICO SUSTRACCIÓN DE MENOR DE EDAD, en agravio de Sarita Tumpay Ramos, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00PM) primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL
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Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor esteban Ishay Tyorirori.Y Florinda Miranda Condori, en el Proceso Nro.314-2014-92-1010-JRPE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de delitos contra el patrimonio, en la modalidad de HURTO, SUBTIPO HURTO AGRAVADO, en agravio de Walter Germán Taipe Gonzales.para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA(ll:00AM)primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención }Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Nelson Huancahuire Rojo Y Jhon Lenon Hurtado Vargas, en el Proceso Nro.271-20I3-781010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD EN SU FORMA AGRAVADA y contra la seguridad pública, en la modalidad de delitos de peligro común, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROÜADICCIÓN. en agravio del estado representado por el procurador público del ministerio del transporte y de comunicaciones y en Agravio de Carlos Adán Milian Vera., para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos Formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00AM))primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Rafael (ion/ales Alejandro, en el Proceso Nro.459-2017-67-1010-JR-PE-OL. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL. SUBTIPO VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE 10 AÑOS, en agravio de la menor R.Y.S.C. Representada Por Su Progenitura Dora Sante Condori. para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00AM) primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Fidel Orestes Beltran Pacheco. Alan Ayecsy Morales Escobedo Y José Fidel Covarrubias Gamarra. en el Proceso Nro.565-2017-37-10T0-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS EN GENERAL, SUBTIPO FALSIFICACIÓN de documentos públicos, en agravio de los herederos legales de
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Q.E.V.F. Bernardo Ortega Amanea . representado por el Procurador Publico de la superintendencia nacional de Registros Públicos, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00AM) primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señora Juan Ruiz Pacheco Quispe , en el Proceso Nro.149-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra La vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES, SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Olga Silloca Cruz, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE SEPTIEMBE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (O8:00AM) primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de septiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00112-2018-80-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HENRRY GAMARRA MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 19 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 14 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00028-2018-37-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FERNANDO RÍOS PALOMINO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 28 DE ENERO DEL 2019, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
Martes, 18 de setiembre del 2018
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00601-2018-41-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROGER NINA FERRO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 28 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00774-2017-2-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GUIDO FLORES PADILLA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 24 DE ENERO DEL 2019. A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quiilabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00714-2018-95-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DOUGLAS MICHEL CCAÑIHUA YUPANQUI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 24 DE ENERO DEL 2019, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00721-2018-10-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALBINO HILARES PEÑA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 24 DE ENERO DEL 2019. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018.
J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00408-2017-8-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOSÉ ARTURO CHAVEZ CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 23 DE ENERO DEL 2019, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00760-2018-50-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: WALTER QUISPE CHACÓN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 23 DE ENERO DEL 2019, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00616-2018-79-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: SANTOS PUMALIQUE USCCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 23 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00122-2018-52-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HARLEY WALDIR DAVALOS ARONE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 22 DE ENERO DEL 2019, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audien-
Martes, 18 de setiembre del 2018
cias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00497-2018-93-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUIS ACHAHUI CHICLLASTO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 22 DE ENERO DEL 2019. A LAS 12:15 HORAS: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01165-2017-34-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: VIMAR QUISPE VARGAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 22 DE ENERO DEL 2019. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de ia Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00558-2018-9M010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JHULMER DEIN ALVAREZ RIVERA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 22 DE ENERO DEL 2019. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01141 -2017-98-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FLOR KATHERIN TORRES AMPA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
contra, el día martes 22 DE ENERO DEL 2019. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00591-2018-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALEXANDER SANDOVAL GONZALES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 21 DE ENERO DEL 2019. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quíllabamba, 23 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00295-2017-11 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUIS MIGUEL LOAYZA ZAVALETA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 21 DE ENERO DEL 2019, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 22 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00584-2018-7-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ELOY OLMEDO NAHUIS OQUENDO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 17 DE ENERO DEL 2019. A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 22 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00716-2017-9-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN.
ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: VÍCTOR TEVES AYALA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 17 DE ENERO DEL 2019. A LAS 08:30 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de AGRESIONES CONTRA LA MUJER O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Evangelina Ccoicca Ccaihuari., la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 22 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00377-2017-86-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: KOKI LIN GODOY CRUZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 17 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 22 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00554-2018-72-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: VÍCTOR GIOVANNIMONROY GAMBOA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 17 DE ENERO DEL 2019. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 22 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00402-2018-72-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YASSER SMITH VALENZA SERRANO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 12 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de AGRESIONES CONTRA LA MUJER O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Lizeth Laris Mucushua Sandy, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00931 -2018-70-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DARCY HUMBERTO MACEDO ESTRADA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 13 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor representado por Elisenda Lazo Valencia, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01009-2017-79-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JHON EDWARD HUAMAN HUAÑEC, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 26 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00377-2018-69-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DANIEL MENDOZA MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 26 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00253-2017-74-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FLORENCIO QUISPE GUTIERRES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 08 DE ENERO DEL 2019, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba.
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La República
Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00490-2017-18-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ESTANISLAO CHAVEZ HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 08 DE ENERO DEL 2019, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00493-2017-84-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 07 DE ENERO DEL 2019, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00532-2018-49-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JAIME CATUNTA VILLA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 07 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00944-2017-46-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HORLANDO VILCAS MONCADA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 07 DE ENERO DEL 2019. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00937-2017-18-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: QUEHAN CASTAÑEDA CAMACHO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 03 DE ENERO DEL 2019. A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00530-2017-91-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JEAN CARLOS OCHOA MENESES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 03 DE ENERO DEL 2019, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00562-2018-59-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YONATHAN HILDER CABALLERO HITO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 03 DE ENERO DEL 2019, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00578-2016-62-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOSUÉ MOLINA ESCURRA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra,
Martes, 18 de setiembre del 2018
el día jueves 03 DE ENERO DEL 2019, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quiliabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00793-2017-99-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GUIDO RAPHAEL CONZA BENITO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 02:00 DE LA TARDE: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00608-2016-47-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALEXANDER PALOMINO SICUS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00580-2018-71-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JAVIER CUTIRÉ ORTEGA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su_ contra, el día jueves 27 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00021-2018-7-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN.
ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CARLOS ROBERTO SALAVALDEZ SALAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00409-2017-95-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DANTE SALLO VALENCIA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00010-2018-21-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JULS HERSON CANDÍA CUSIHUALLPA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00739-2017-29-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUIS ABEL BEDOYA PRUDENCIO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 15 DE ENERO DEL 2019. A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
Martes, 18 de setiembre del 2018
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00585-2018-59-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PEDRO WENCESLAO CAPACUTICONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 15 DE ENERO DEL 2019, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00171-2017-75-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HILARIO QUISPE PUMAHUALCCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 26 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00968-2017-53-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUAN PABLO ROMERO VALDEZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 26 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00639-2017-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MARIO MIGUEL MONTES FLORES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 20 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba.
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00771 -2017-65-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: IVAN GUTIÉRREZ CONDORHUACHO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 15 DE ENERO DEL 2019, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00298-2017-48-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOSÉ LUIS APAZA MAYHUA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 14 DE ENERO DEL 2019, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00873-2017-30-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALADINO SÁNCHEZ ROJAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 14 DE ENERO DEL 2019, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00440-2017-47-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EMERZON CONDORI PUMA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 14 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en e! proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Es-
tado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00312-2018-631010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CEFERINO HUAMAN LUQUE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 14 DE ENERO DEL 2019, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00970-2017-7-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROÑAL MAYTAN RIVAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 14 DE ENERO DEL 2019, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00693-2017-51-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MIJAIL CHACÓN LOBATON, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 10 DE ENERO DEL 2019. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00548-2018-7-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FRANKLIN QUISPE SUAREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inme-
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diato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 10 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00270-2017-57-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YAIR GUSTAVO MESCO MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 10 DE ENERO DEL 2019, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00360-2018-90-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FÉLIX OSORIO ICHUHUAYTA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 09 DE ENERO DEL 2019, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quiliabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00358-2018-29-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: SANTOS PUMALIQUE USCCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 09 DE ENERO DEL 2019. A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00884-2017-54-1010-JR-PE-01
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La República
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ARNOLD REATEGUI PEÑA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 09 DE ENERO DEL 2019, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00885-2017-36-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: NEPTALI LOAYZA DUEÑAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 09 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00058-2017-93-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: BRUÑO MIRANDA SUELDO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 09 DE ENERO DEL 2019, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00772-2017-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CHRISTOPHER ADEMIR CAHUANA ZAMALLOA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 08 DE ENERO DEL 2019, A LAS 12:15 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00940-2017-15-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HEBERTH COSÍO QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 08 DE ENERO DEL 2019, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00390-2018-33-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUAN POZO MELENDEZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 20 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00706-2017-61-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LEONARDO NOBLEGA ARROYO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 20 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00826-2018-39-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FRANCISCO MAMANI ÑAUPA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 19 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 14:00 HORAS; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 17 de Agosto del 2018.
Martes, 18 de setiembre del 2018
J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01091-2017-90-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FÉLIX FRANCLIN OJEDA FARFAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 18 DE DICIEMBRE DEL 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01085-2017-34-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ELVER SERGIO DÍAZ RODRÍGUEZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 18 DE DICIEMBRE DEL 2018. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Expediente N° 00400-2015-53-2701 -JR-PE-02. 2o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata Supra. Esp. Trata Pers. Juez: GINO CESAR YARLEQUE OLIVA Especialista Judicial: Alicia Ríos Lima. Mediante la presente se NOTIFICA: a la agraviada YESICA HOLGUIN BLANCO, con la RESOLUCIÓN UNO, por el cual se CORRE TRASLADO del requerimiento de sobreseimiento por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito formular oposición formalmente, y la RESOLUCIÓN TRES por el cual se cita para la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA – (hora exacta), la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, ubicado en la Avenida Ernesto Rivero 720, segundo bloque, primer piso, de ésta ciudad, en la investigación que se le sigue en contra de Manuel Osorio Rengifo y Otros por el delito de Usurpación Agravada, Estelionato y Asociación Ilícita para Delinquir. Puerto Maldonado, 10 de setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL DE AUDIENCIA EXTRAORDINARIA CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO JUDICIAL DOS MIL DIECIOCHO. Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 2o, del Decreto Ley N°25476 y la Resolución Administrativa N°204-
2018-P-CSJCU-PJ, DISPUSIERON señala- fecha, día y hora para el verificativo de la Audiencia Extraordinaria correspondiente al Tercer Trimestre del año Judicial 2018, la misma que se realizara el día Viernes 28 de Setiembre del 2018, a horas 10:00am, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial, Jr. Espinar N°152-154, de esta ciudad; dispusieron NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS JUDICIALES, por el intervalo de TRES DÍAS; debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva. SS. CORNEJO SÁNCHEZ - TRELLES SULLA VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 12 de setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata Exp. Nro.: 01713-2017-0-2701-JR-PE-03 Juez: Dr. Edgard León Quispe Especialista Judicial: Gustavo Vizcarra Iconema Se NOTIFICA al investigado ROLANDO LÓPEZ NINA a quien se le investiga por la presunta comisión del delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, previsto y sancionado en el artículo 149 del Código Penal en agravio de su menor representado por su progenitora Maribel Soncco Letona. A efecto de que asista a la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO programada para el día 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 10;00 DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata- Madre de Dios, ubicado en la Av. Ernesto Rivero 722, 3° piso - I bloque de esta ciudad. Puerto Maldonado, 05 de septiembre del año 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señora Juez Marilyn Mujica Peralta y bajo la actuación de la Especialista Judicial Jimena Luque Espinoza, se viene tramitando el PROCESO JUDICIAL N° 313-2018-0-1007-JRFT-01 sobre Violencia Familiar; mediante el cual se resuelve: Resolución N° 01 Sicuani, veintisiete de febrero del año dos mil dieciocho. (...) Por las consideraciones precedentemente expuestas se RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de violencia familiar en la modalidad de VIOLENCIA FÍSICA Y PSICOLÓGICA en agravio del menor BENJAMÍN LUIS CONDORI MAMANl representado por su progenitor Manuel Condori Larico en contra de LUISA MAMANl PERE1RA (hijo y madre). 2. PRESCINDIR la convocatoria de Audiencia Oral a efecto de emitir Medidas de Protección. 3. INGRESO DE AUTOS A DESPACHO para la emisión de las Medidas de Protección. H.S.Resolución N° 02 Sicuani, veintisiete de febrero del año dos mil dieciocho.(...) III.- DECISIÓN: POR LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS, ESTE JUZGADO RESUELVE: DICTAR COMO MEDIDAS DE PROTECCIÓN A FAVOR DEL MENOR AGRAVIADO BENJAMÍN LUIS CONDORI MAMANl: 1. Disponer el cese de todo tipo de violencia física o psicológica por parte de la demandada LUISA MAMANl CONDORI en agravio del menor BENJAMÍN LUIS CONDORI MAMANl por lo que deberá: Abstenerse de agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, de efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, de proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios.
Martes, 18 de setiembre del 2018
2. La prohibición de la demandada LUISA MAMANl CONDORI de acercamiento a la víctima BENJAMÍN LUIS CONDORI MAMANl en una distancia mínima de 200 metros. Asimismo queda prohibido el demandado de acercarse al domicilio de la agraviada. 3. La prohibición de todo tipo de comunicación de la demandada LUISA MAMANl CONDORI hacia la victima BENJAMÍN LUIS CONDORI MAMANl sea por vía electrónica, epistolar con la finalidad de agredir verbal o psicológicamente. 4. La prohibición de la demandada LUISA MAMANl CONDORI de protagonizar cualquier discusión o altercado en cualquier lugar y circunstancia en que se encuentre la agraviada a fin de no causarle daño emocional. Para que se EFECTIVICE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DICTADA POR ESTE JUZGADO, GÍRESE OFICIO A LA COMISARIA CORRESPONDIENTE A EFECTO, DE QUE EN EL PLAZO DE 24 HORAS DAR CUENTA A ESTE JUZGADO DEL CUMPLIMIENTO DE DICHA MEDIDA. 5. Se dispone que la demandada LUISA MAMANl CONDORI se someta a terapia psicológica obligatoria para controlar su agresividad y garantizar futuras relaciones pacíficas y armoniosas por el periodo que determine el especialista, en el centro salud del MINSA de esta ciudad o de su preferencia, lo que debe acreditar de forma documentada, para lo cual GÍRESE OFICIO correspondiente. Todo ello bajo apercibimiento de denunciársele por el “delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal”, previsto por el articulo 24 de la Ley 30364. 6. Se dispone que el menor BENJAMÍN LUIS CONDORI MAMANI se sometan a terapia psicológica en el centro salud del MINSA de esta ciudad, para superar los efectos negativos de la violencia familiar. PARA LO CUAL GÍRESE EL OFICIO CORRESPONDIENTE. Estando a la revisión del expediente y atendiendo a lo dispuesto por el articulo 48 del D.S. 009-2016-MIMP (Reglamento de la Ley 30364) SE DISPONE LA REMISIÓN DE LOS ACTUADOS A LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE CANCHIS A EFECTO DE QUE ACTUÉ CONFORME A SUS ATRIBUCIONES. (En virtud a que los hechos son posteriores a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1323). 6. Se dispone, asimismo, se REMITA OFICIO A LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ a efecto de que registre la presente medida de protección en el Registro correspondiente. (...) H.S.(...)”. Para los fines de ley. Sicuani, 23 de agosto del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTOS JUDICIAL Especialista: Ramos Olanda Orestes Edmilton. Publicación en diario de circulación oficial de la ciudad del CUSCO El Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Arequipa, Chalco ccallo, cita y emplaza al procesado (Imputado) MARCIAL VERA HUANCA para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2715-2016-83, por delito de tentativa de femenicidio en agravio de Flora Noa Ramos, DILIGENCIA que se realizará el 18-09-2018, a las 08:15 horas, Sala 09 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA, Secretario: Ramos. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO
Quillabamba, 07 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor MIGUEL ANGEL AYMARA CRUZ, en el Proceso Nro. 896-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancio-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
nado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de TERES PEREIRA ORE. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 03, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha TRECE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (11:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 07 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor YHON RICHAR ABAL GALLEGOS, en el Proceso Nro. 208-2015-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de VERONICA SALAS CALDERON. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha CATORCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 07 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor ROBERT TORRES GONZALES, en el Proceso Nro. 1274-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de MENOR DE INICIALES A.E.T.C. Se ha dispuesto notificar al ,imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (09:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 07 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor JUAN COYLA HUAMAN, en el Proceso Nro. 606-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 06, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DOCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (pala-
cio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 07 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor FORTUNATO OSCCO MAITA, en el Proceso Nro. 564-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida El Cuerpo y La Salud, modalidad de Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, previsto y sancionado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de OLGA LEGUIA OLARTE. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 07, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (14:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor PAULLO NUÑEZ GUIDO, en el Proceso Nro. 107-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de MENOR DE INICIALES C.K.P.L. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 07, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha VEINTE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DEL DÍA (14:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor PERCY JULIO QUISPE HANCCO, en el Proceso Nro. 223-2014-30-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de MENOR DE INICIALES J.P.Q.H. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 10, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria.
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Se cita y emplaza al señor FRANCK GABRIEL MORENO NUÑEZ, en el Proceso Nro. 97-2016-34-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, modalidad de HURTO, SUBTIPO HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 185° del Código Penal, en agravio de JONATHAN VALDEZ ROMANI. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha VEINTE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor YUNIOR FROILANVEGA SANCHEZ, en el Proceso Nro. 1278-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida El Cuerpo y La Salud, modalidad de Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, previsto y sancionado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de ZULMA QUISPE CARRASCO. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (09:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor ROGER ARELLANO VALDEZ, en el Proceso Nro. 174-2014-27-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida El Cuerpo y La Salud, modalidad de LESIONES, SUBTIPO LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el inciso 03 del artículo 121° del Código Penal, en agravio de OCTAVIO FLORES YAURI. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 06, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (14:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor ALFREDO HERNAN GUIDEL RAVELO, en el Proceso Nro. 349-2013-38-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida El Cuerpo y La Salud, modalidad de HOMICIDIO, SUBTIPO HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado por el artículo 111° del Código Penal, en agravio de HEREDEROS LEGALES DE Q.E.V.F. ROSENDO HUAMAN USANDIVARES Y ROSA LIBIA CONCHA SANCHEZ. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 12, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIO-
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CHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor JHON PIMENTEL FIGUEROA, en el Proceso Nro. 534-2015-16-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida El Cuerpo y La Salud, modalidad de LESIONES, SUBTIPO LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 124° del Código Penal, en agravio de EDU SEQUEIROS PUMACCAJIA Y HECTOR CABRERA AUCCA. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 04, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha DIECINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor FRANCISCO CABRERA CHUCCLLA, en el Proceso Nro. 97-2014-69-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, modalidad de ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES, SUBTIPO ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de LISETTE MATILDE CAMPOS SAÑAC Y DEL SINDICATO UNICO DE CHEFERES PROFESIONALES DE QUILLABAMBA. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 06, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha VEINTE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza a SHIRLEY NATALY TERRONES CHAVEZ, en el Proceso Nro. 214-2016-86-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, modalidad de ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES, SUBTIPO ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de WILSON HUITTOCCOLLO MAMANI. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 04, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO de fecha VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Martes, 18 de setiembre del 2018
Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza a los señores ROBERTO NOBLEGA MORALES Y LEONARDA ROJAS CCURO en el Proceso Nro. 474-2015-62-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, modalidad de USURPACIÓN, SUBTIPO USURPACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 202° inciso 02, concordado con el art. 204 inciso 02 del Código Penal, en agravio de MARIO HUANTO HUANCA. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 06, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
DUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (15:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
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Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor MARCO EDUARDO VASQUEZ BERRIOS, en el Proceso Nro. 1315-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (15:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor FLAVIO CHALCO HUAMANI en el Proceso Nro. 81-2017-38-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, modalidad de DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES, SUBTIPO VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 366° del Código Penal, en agravio de EL ESTADO Y DEL SOT3 PNP OMAR ALVAREZ LETONA. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN de fecha VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
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EDICTO Quillabamba, 11 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor WILFREDO CESPEDES GUZMAN en el Proceso Nro. 962-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, modalidad de DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES, SUBTIPO DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 368° del Código Penal, en agravio de EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 04, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor ESTANISLAO CHAVEZ HUAMAN, en el Proceso Nro. 1341-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (15:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO EDICTO
Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor JUAN SURCO YUCRA, en el Proceso Nro. 1320-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CON-
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EDICTO PENAL ACOMAYO
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PRESESENTADAS POR SUS PROGENITORAS INEONA CASTILLO CHAVEZ. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CUATRO DE LA TARDE (04:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).
Quillabamba, 13 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA. Se cita y emplaza al señor LUCIO BACA OCON, en el Proceso Nro. 1349-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, Sub Tipo omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de LAS MENORES DE INICIALES Y.B.C. Y F.K.B.C., RE-
La Señorita Juez del Juzgado Unipersonal de Acomayo Karina Zarate Huillca, ha dispuesto mediante resolución N° 12 de fecha 13 de setiembre del 2018, que se notifique al demandado Aranda Silva Ángel Abigael, por el termino de tres días hábiles, un extracto del Auto de Citación a Juicio Oral, así como la parte resolutiva de la resolución N° 12 de fecha 13 de setiembre del 2018, para fines del proceso penal N° 0087-2017-99-1003-JP-FC-01; bajo la actuación del Secretario Luis Enrique Alvares Cáceres. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO Resolución Nro.01 Acomayo, seis de noviembre Del dos mil diecisiete.VISTO: Por recibido en la fecha los actuados correspondientes del Juzgado de investigación preparatoria de Acomayo. SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a las partes a la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO a realizarse el día MARTES CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE, ( 14:00:pm: hora exacta), seguida contra ÁNGEL ABIGAIL ARANDA SILVA, por la presunta comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de Obligación Alimentaría, previsto y sancionado por el primer párrafo del articulo 149° del Código Penal, en agravio de su menor hija de iniciales Sh. El. Ar. Ma., representado por su progenitura YANET MARLENI MAMANI CCAHUAYA, la misma que será de carácter oral, pública e inaplazable, rigiendo lo establecido en el articulo 85 del CPP., que textualmente prescribe, “1. Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y esta es de carácter inaplazable será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por uno de oficio, llevándose adelante la diligencia. 2. Si el defensor no asiste injustificadamente a la diligencia para la que es citado, y esta no tiene el carácter de inaplazable, el procesado es requerido para que en el término de veinticuatro horas designe al reemplazante. De no hacerlo, se nombra uno de oficio, reprogramándose la diligencia por única vez. 3. El juez o colegiado competente sanciona, de conformidad con el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando. 4. La renuncia del defensor no lo libera de su deber de realizar todos los actos urgentes que fueren necesarios para impedir la indefensión del imputado en la diligencia a la que ha sido citado. La renuncia debe ser puesta en conocimiento del juez en el término de veinticuatro horas antes de la realización de la diligencia. 5. Las sanciones son comunicadas a la Presidencia de la Corte Superior y al Colegio de Abogados del Distrito Judicial respectivo. La primera conoce la aplicación de la sanción y el segundo la ejecución formal de la sanción. 6. La sanción disciplinaria aplicable al fiscal que incurra en cualquiera de las conductas antes descritas, se aplican de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio Público.” 2. NOTIFIQUESE al acusado ÁNGEL ABIGAIL ARANDA S/LVA, en su domicilio real y procesal, en caso de inconcurrencia injustificada en el estadio correspondiente en el juicio inmediato será declarado reo contumaz; a su abogado defensor MARCO ANTONIO TITO AGRAMONTE, con el apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor de oficio, previa comunicación al respectivo Coordinador de la Defensoria Pública.3. NOTIFÍQUESE al Representante del Ministerio Público de la Fiscalía Provincial Mixta de Acomayo, bajo apercibimiento
Martes, 18 de setiembre del 2018
de responsabilidad funcional y/o ser excluido del juicio y requerir al Fiscal Superior en grado designe a su reemplazo, apercibimiento que se dictara en la etapa procesal correspondiente. 4. NOTIFÍQUESE a todos los Órganos de prueba, para garantizar su presencia en la Audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellas en caso de inconcurrencia.5. SE HABILITA por la naturaleza del proceso los días sábado y domingo para efectos de la notificación a los justiciables. Sin perjuicio de ser notificado mediante edictos en el Diario Judicial del Cusco y la tablilla del Juzgado. H.S.RESOLUCIÓN N° 12. Acomayo, 13 de setiembre del 2018 SE RESUELVE: 1. DAR POR NO INSTALADA válidamente la presente audiencia de juicio inmediato, esto haberse devuelto la cédula de notificación el acusado ÁNGEL ABIGAEL ARANDA SILVA, en su domicilio real según ficha RENIEC, por no tener numero de lote ni manzana. 2. REPROGRAMAR la audiencia para el día VIERNES VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS 08:00 HORAS DE LA MAÑANA, teniendo en cuenta que la presente audiencia tiene el carácter de inaplazable, 3. NOTIFIQUESE al imputado por edictos, en el Diario Judicial del Departamento del Cusco, en razón a que la cédula de notificación dirigida al domicilio ubicado en APV Lucerinas S/N del distrito de San Jerónimo ha sido devuelta sin diligencias por faltar datos, adjuntándose un extracto de la resolución numero 01, manteniéndose los apercibimientos dispuestos en ella, para lo cual gírese los oficios correspondientes. 4. Y sin perjuicio de lo antes expuesto NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real ubicado en Av. Túpac Amaru Mz. M1, Lote 8 (Según proceso de alimentos) así como a la parte agraviada. H.S. J. S (18, 19, 20 SET)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO Ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria Karina Zarate Huillca. bajo la actuación del Especialista Legal Luis E. Alvarez Cáccres. se viene tramitando el proceso No 00152-2018-0-1003.1 M-FT-01. sobre violencia Familiar seguido contra JOSÉ HANCCO MAYTA, en agravio de FRANCISCA ESCALANTE HUISA. Por lo que se ha dispuesto la notificación con la siguiente resolución. RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 14 de setiembre de 2018 - Auto de inicio de proceso por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar: VISTO (...) I CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ESPECIAL la denuncia por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, interpuesta por Francisca Escalante luisa, contra JOSÉ HANCCO MAYTA. consistente en violencia psicológica, se señala fecha para la audiencia oral para el día VIERNES 21 DE SETIEMBRE DEL 2018, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, diligencia que se verificara en la Sala de audiencias del Juzgado Mixto de Acomayo. sito en el Jirón Bolognesi s/n.. de esta localidad, bajo apercibimiento de llevarse con o sin la concurrencia de las partes procesales. (...). lo que se publica para los fines pertinentes de ley. 3. Vz. Acomayo. 14 de setiembre del 2018.J. S (18, 19, 20 SET)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 02156-2017-31-1001-JR-PE-07 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 02156-2017-31-1001-JR-PE-07, seguido contra VICTOR ROMERO HUARANCCA por la pre-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
sunta comisión del delito de Peligro Común en la modalidad de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad representado por el Ministerio Publico se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 02, de fecha veinte de junio del año dos mil dieciocho, que dispone:-RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, Veinte de Junio De dos mil dieciocho PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACION DE AUDIENCIA UNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FALTA DE NOTIFICACION AL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL. REPROGRAMESE LA INSTALACION DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA 25 DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 10:00 AM, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. SE DISPONE que la especialista de causa se sirva notificar en el domicilio que ha proporcionado el señor fiscal y se notifique mediante edictos por el plazo de ley, bajo responsabilidad. III.- NOTIFICACIÓN: Juez notifica a las partes procesales con la resolución emitida. FISCAL: Conforme DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO: Conforme Cusco, 17 de Septiembre del 2018.
do, en agravio de José Simón Quiñones Flores y Eduardo Huambo Arredondo. Cusco, 17 de Setiembre del 2018.
EDICTO JUDICIAL Quillabamba, 17 de setiembre del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención. Expediente: 508-2015-61-1010-JR-PE-01. Juez: Miguel Ángel Arizábal Arriaga. Especialista : Alex Sander Franco Palomino. Se notifica al imputado COSME GIL CELIS, Por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se dispuso así en la resolución N° 04 de fecha 17 de setiembre de 2018, a fin de que asista a la audiencia de proceso inmediato REPROGRAMADO para el día 18 DE OCTUBRE DE 2018, A HORAS 11:00 A.M, a realizarse en la Quinta sala de audiencias del Juzgado Investigación Preparatoria Transitoria, ubicado en el Jr. Espinar Nro. 140-148 (tercer nivel) de La Convención.
EDICTO JUDICIAL EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 05525-2018-96-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado LUCIO QUINTIN MANYA ARAOZ, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 26 DE AGOSTO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- tercer piso, en video conferencia con la sala de audiencias de la sede judicial de Sicuani – Canchis. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05525-2018-96-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la salud pública, en la modalidad de tráfico ilícito de drogas, en su forma de promoción, favorecimiento al consumo de drogas mediante actos de tráfico de marihuana en agravio del Estado Peruano, representado por la Procuraduría Pública del Ministerio del Interior.- Cusco, 17 de Setiembre del 2018.
EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 05694-2018-35-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado RAMON EXALTACION TORRE PINEDA, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 19 DE AGOSTO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- tercer piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05694-2018-35-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales MA.CO. AG, representado por su progenitor Benito Condori Merma.Cusco, 17 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
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PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 05797-2018-90-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza a los procesados ESAU JIHUALLANCA HUAMAN, ALAN AMALIO JIHUALLANCA HUANCA y MARX WILDE HUAYLLAPUMA GIHUALLANCA, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 19 DE AGOSTO DEL 2019 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- tercer piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05797-2018-90-1001-JRPE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo robo agrava-
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EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 05799-2018-42-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado ELOJIANO ALVARO MANOTTUPA, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 05 DE AGOSTO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- tercer piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05799-2018-42-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual de menor de edad, en grado de tentativa en agravio de la menor de iníciales R.B.C.C.- Cusco, 17 de Setiembre del 2018.
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado CONSTANTINO QUISPE LAYME, con D.N.I. 75684469, nacido el 20/04/ 1999; en el proceso Nro. 363-2018, seguida en su contra como AUTOR por la presunta comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Lesiones, Subtipo AGRESIONES EN CONTRA DE INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MAGDALENA SULLCA HUAMAN, y tenga a bien CONCURRIR el día DOS DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado. Calca, 11 de setiembre del 2018 J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL EXP: N° 0005-2015-97-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza Cárdenas Se emplaza a JUAN BAUTISTA CABEZAS QUISPE y la menor agraviada de iniciales J.C.C.(13) representado por su progenitura REGIA CUARTA Resolución Nro. 01 Echarati, diez de setiembre Del dos mil dieciocho.DADO CUENTA.- Con el requerimiento Fiscal de la Fiscalía Mixta de Echarati, de conformidad a lo previsto y establecido en el numeral dos literal a) del artículo 344° del Código Procesal Penal vigente; y en aplicación de lo previsto en el numeral 1 ° del artículo 345° del Código Procesal Penal, este Órgano Jurisdiccional SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fines que correspondan. 2. CITAR para el día LUNES VEINTIDÓS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento en la Sala de Audiencias del Juzgado de Echarati, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que la presente citación se realiza en dicha fecha debido a la recargada agenda del Magistrado de este Juzgado, por existir diligencias programadas con anticipación en otros procesos tramitados en este Despacho. 3. PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. REQUIÉRASE AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, A LOS ABOGADOS DE LAS PARTES PROCESALES, SEÑALAR DOMICILIO PROCESAL DENTRO DEL RADIO URBANO”.
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5. OFICÍESE a la Coordinación de la Defensa Pública del MINJUS Quillabamba, a fin de que designen un abogado defensor a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado JUAN BAUTISTA CEBEZAS QUISPE. Asimismo, notifíquese mediante edictos judiciales tanto a la parte agraviada como al imputado. 6. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos, encárguese del trámite a la especialista Judicial por Disposición Superior. H.S.J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 05871-2018-96-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza a los procesados RAYDA GAMBOA QUISPE y FLUMER VALQUI PEREZ, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 06 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo la audiencia en la tercera sala del establecimiento penal de Quenccoro, audiencia a la cual comparecerán los imputados, asistidos por sus abogados de su elección. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05871-2018-96-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la salud publica en su modalidad de tráfico ilícito de drogas, sub tipo favorecimiento al consumo ilegal de drogas tóxicas mediante actos de tráfico en agravio del Estado Peruano.- Cusco, 17 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 05658-2018-17-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado WILDER HUAMAN QUISPE, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 05 DE AGOSTO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- tercer piso, mediante video conferencia con la sede judicial de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05658-2018-17-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de consumado, en agravio de la menor de iníciales D.S.U.R, representado por su progenitor Eduardo Ugarte Rivera.- Cusco, 17 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 05680-2018-51-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco - A, se cita y emplaza al procesado CARLOS GOMEZ CAHUANTICO, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 12 DE AGOSTO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo en la cuarta sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - A, ubicado
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia- tercer piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05680-2018-51-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad, en agravio de la menor de iníciales B.A.H.T, representada por su progenitora Yuliana Mónica Tio Gonzales.-Cusco, 17 de Setiembre del 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, en el Expediente Penal N° 00213-2017-62-1006-JRPE-01. seguido contra Alvaro Cctohuanca Mamani, acusado por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de Luz Elizabeth Pucho Cañari, en el cual se dicto la resolución N° 03 que programa audiencia para el DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2018 A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al mismo el acusado Alvaro Ccotohuanca Maman!, bajo los apercibimientos señalados en el Código Procesal Penal. Se publica el presente para los fines de ley.Yanaoca, 17 de setiembre de 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. JOSÉ ANTONIO BARZOLA PRADO Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. María Angélica Quispe Apaza y actuación del especialista lega! Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 973-2017-66, seguido contra JOSÉ ANTONIO BARZOLA PRADO como presunto autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES, sub tipo ESTAFA AGRAVADA en grado CONSUMADO, previsto y tipificado en el artículo 196-A inciso 3) del Código Penal, concordante con el articulo 196 de mismo cuerpo legal, en agravio de Anel Karina Quinto Villena y otros; donde se ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 5.Cusco, seis de setiembre del dos mil dieciocho.- DE OFICIO: Póngase a conocimiento del representante del Ministerio Público y las partes justiciables, que en mérito a la Res. Adm. N° 237-2018-CE-PJ. de fecha 1° de agosto 2018, que entre otros resuelve: “realizar el Cronograma de Itinerancia y Redistribución de procesos comunes a los Juzgados Penales Unipersonales de Anta y Calca”, cuyos Juzgados funcionarán en esta ciudad del Cusco para el plan de descarga y, teniendo en cuenta que en el presente caso se señaló audiencia para el día 22 de abril del año 2019 por ser el orden que correspondía por la recargada labor procesal al Juzgado original, por lo que estando a la redistribución del presente proceso y en cumplimiento a la Resolución Administrativa antes referida y el estado del proceso, se DISPONE: 1.- DEJAR INSUBSISTENTE la resolución N° 01 en su extremo que señala fecha de audiencia para el dia 22 de abril de 2019 que obra a fojas 1, quedando inalterables los demás extremos. 2.- En su lugar REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, para el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE del DOS MIL DIECIOCHO, a las OCHO de la mañana (hora exacta), que tendrá lugar en la primera sala de audiencias del módulo penal, ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, con presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, el acusado y su defensor. Se deja constancia que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE (articulo 355° inciso 6 del CPP), subsistiendo los apercibimiento decretados en autos. 3.- Notifíquese al imputado José Antonio Barzola Prado mediante EDICTOS en el diario judicial. Cusco, 5 de setiembre de 2018. J. S (18, 19, 20 SET)
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