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En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se viene tramitando el proceso 868-2015-FC- so- bre Filiación en el que se ha dispuesto la notificación de los demás herederos de TEODOCIA HURTADO DE MENDOZA FERNANDEZ con el auto admisorio de fecha ocho de mayo ...
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 14 de julio de 2015

Avisos Judiciales EDICTOS FORMACIÓN DE TÍTULO SUPLETORIO.- Ante mí despacho notarial ubicado en Avenida San Martin 826 Marangani, ALIPIO SONCCO LAYME, en representación del Ministerio de Educacion- Unidad De Gestión Educativa local de Canchis (Ugel Canchis) conforme al art. 3° ley 26662; art. 8 y siguientes ley 27057; art. 35, 37, 38, y 39 D.S. 008-200-mtc; art.6 ley 27333, arts. 898 y 950 código civil, solicita la Declaración de Propiedad por Formación de TITULO SUPLETORIO del inmueble urbano, ubicado en av. Centenario n° 219-229-239 con Av. Arequipa N° 130 de Sicuani, provincia Canchis, departamento del Cusco.- área: 5,713.35 m2.- PERIMETRO: 317.60 ml.- colindancias: POR EL FRENTE; (NORTE): con la av. Centenario con una longitud de 107.40 ml. En línea recta. POR EL FONDO (SUR) colinda con propiedad de Emilio Bejarano, con una longitud de 27.50: Federico Mesa, con una longitud de 25.45 ml., Antonio Huayllani, con una longitud de 10.20 ml., Timoteo Corrales, con una longitud de 10.20 ml. Familia Herrera con una longitud de 14.70 ml., y ministerio de agricultura con una longitud de 11.20 ml., haciendo una longitud total de 54.85 ml., en una línea recta POR LA DERECHA (OESTE).- colinda con la propiedad del Consejo Municipal De Canchis-Parque Infantil; con una longitud de 54.85 ml. POR LA IZQUIERDA (ESTE).- colinda con la Av. Arequipa mediante una línea quebrada de dos tramos (53.00+3,10). Que hacen una longitud total de 56.10 m.l.- lo que se publica para fines de ley.- marangani, 30 de junio 2015.- Marco Ivan Venero Tapia.- Notario Abogado CNC 33.- (14, 20, 24, julio) EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 01256-2015-0-100 l-JP-CI-01, seguido por SOLEDAD BELIDO DEL CARPIO, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Nacimiento, en lo que respecta a supresión de la letra “i” entre sus apellido paterno y materno, consignado erróneamente como “SOLEDAD BELLIDO I DEL CARPIO”, siendo lo correcto “SOLEDAD BELLIDO DEL CARPIO”, asimismo por haberse omitido en consignar el apellido materno de su señora madre, consignado erróneamente como “MICAELA DEL CARPIO” siendo lo correcto “MECAELA DEL CARPIO MENDIZAVAL”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 10 de julio del 2015. (14, 15, 16, JULIO) EDICTO JUDICIAL EXP N° 00399-2015-1001-JM-CI-01, primer Juzgado Mixto Wanchaq demandante de LUIS JUAN MERCADO FERNANDEZ Y ROSY YOVANA CACERES MOLINA sobre ADICION DE NOMBRE de pila en su partida de nacimiento, se ha resuelto: Admitir a trámite en la via NO CONTENCIOSA, la solicitud de Luis Juan Mercado Fernandez y Rosy Yovana Caceres Molina sobre ADICION DE NOMBRE de pila de se su partida de nacimiento de Jhonatan Mercado Cáceres por el de JHONATAN LUIS MERCADO CACERES; en consecuencia ordeno las publicaciones de aviso en el diario oficial el Peruano así como en el diario judicial de esta ciudad conforme a Ley (..).- Fdo. Yábar.- Juez.Fdo. Prada Secrt.- Wanchaq, 10 de julio del 2015.- (14, 15, 16, JULIO) EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. N° 00053-2015-0-1005-JM-CI-01, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 01 del 25-05-2015: “...ADMÍTIR LA DEMANDA interpuesta por ANACLETA ZUNIGA CRUZ sobre CAMBIO DE NOMBRE consistente en el cambio del nombre de pila consignada en la partida de nacimiento de fecha veintidós de mayo del año 1977, expedida por la Municipalidad Distrital de Lares, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, y en atención a la norma legal contenida en el articulo 754 del Código Adjetivo, señálese como fecha para el verificativo de la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL EL DIA VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA.- (...). H.S.”.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretaria Danitza Páez Medina. CALCA, 03 DE JULIO DE 2015. (14, JULIO ) EDICTO JUDICIAL Ante Juzgado Mixto de Quispicanchj, que despacha la Señora Jueza Dra. MARGOT INQUILTULPA CALVO , bajo actuación de la Secretaria Judicial Cinthia Karina Astete Samanez, se viene tramitando el Proceso Civil N° 00081-2015-0-1014-JM-CI-01, habiéndose RESUELTO : ADMITIR la demanda interpuesta por FELIX YAÑEZ YANQUI Y EPIFANIA ANAYA DE YAÑEZ , sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en el predio denominado antes “ San Pedro “ hoy “Umacalle” con unidad catastral 30315 ubicado en Distrito de Oropesa Provincia de Quispicanchi del Departamento del Cusco , contra Arquidiócesis de Cusco en VÍA DEL PROCESO ABREVIADO ; dispuesto mediante resolución N° 02 de fecha dieciséis de Junio del año dos mil quince , por tanto debiendo publicarse en el Diario Oficial” El Peruano” y en el diario de mayor circulación de la ciudad de Cusco conforme a ley , se publica en aplicación .dispuesto por artículos 506 delC.P.C- Urcos, 13 de Julio del 2015. (14, 20, 24, julio) EDICTO En el Proceso Civil Nro. 00835-2015-0-1001-JR-CI-2, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, que mediante resolución N° 3 de fecha 05 de junio del 2015, se resuelve admitir a trámite en la vía del proceso Abreviado la demanda interpuesta por: Eulogia Quispe Luza contra la Municipalidad Distrital de San Sebastián representado por su Alcalde Andmar Sicus Cahuana, con citación de los colindantes: -Por el Fondo con la propiedad de Edgar Justo Mendivil Núñez. Por la derecha con la propiedad de Maruja Masías Quispe y Julio Palma Huamán. Por la Izquierda con la propiedad de Evaristo Quispe Puma. La Municipalidad distrital de San Sebastián representado por su Procurador Municipal, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble ubicado en la Calle Trujillo N° 137 puerta principal (antes con la numeración 107) con un área de 93.67m2 y con un perímetro de 46ml en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco. Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506° del Código Procesal Civil, publicaciones que se efectuará por tres días con intervalo de tres días.- SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.-Cusco, 02 de Julio del 2015. (14, 20, 24, julio) EDICTO Causa 01075-2015, seguido por EVARISTO QUISPE PUMA Y MARCOSA MORIANO DE QUISPE, contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha expedido “Resolución 01.- Cusco, nueve de Junio del año dos mil quince.— VISTA; (...)SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por EVARISTO QUISPE PUMA Y MARCOSA MORIANO DE QUISPE, contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; CON CITACIÓN de los colindantes EDGAR JUSTO MENDIVIL NUÑEZ, TEOFILO ARIAS JURADO y EULOGI QUISPE LUZA; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES; (...)publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces con intervalo de tres días.- AL MAS DIGO: Téngase por delegada la representación de la recurrente, a favor de la persona indicada.- H. S.”Firma y sello Juez Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal. Cusco, 01 Julio 2015. (14, 20, 24, JULIO) RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso N°01296-2015-0-1001-JP-CI-03 seguido por CRISTIAN ALEXANDER MEZA HUAMAN sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, RESPECTO A SU APELLIDO MATERNO, QUE ESTA A SIDO CAMBIADO POR RESOLUCION JUDICIAL( el apellido de su progenitora), DEBIENDO SER CORRECTAMENTE: DE LA CRUZ y llamarse CRISTIAN ALEXANDER MEZA DE LA CRUZ, así como rectificarse en el rubro de nombre de madre: Con la de: ROSA DE LA CRUZ HUAMAN, al que se tramita en el proceso no contencioso , lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 02 de julio del 2015. (14, JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación

de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 00447-2015, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO, solicitado por LILIANA EUFEMIA PEREZ GUEVARA a fin de que se rectifique los errores incurridos al momento de inscribir su partida de nacimiento en el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: 1) En el rubro del nombre del contrayente se ha consignado su apellido paterno como “FLORES” con la letra“S”cuando lo correcto es“FLOREZ”con la letra“Z”, debiendo figurar de forma correcta como: CESAR AUGUSTO FLOREZ VELAZCO; 2) En el rubro del nombre de la madre de la contrayente se ha consignado como “MARIA MERCEDES GUEVARA” habiéndose consignado de forma incorrecta como su primer nombre de pila“MARIA”, así como se ha omitido su apellido materno“TOMAILLA”, debiendo figurar de forma correcta como: MERCEDES GUEVARA TOMAILLA; 3) En el rubro del nombre del padre del contrayente se ha consignado su apellido paterno como“FLORES”con la letra“S”cuando lo correcto es“FLOREZ”con la letra“Z”, debiendo figurar de forma correcta como: CESAR AUGUSTO FLOREZ GARMENDIA. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 26 de junio de 2015. (14, JUL) EDICTO JUDICIAL. En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 0070-2015-0-1005-JM-CI-01, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 02 del 08-07-2015: “...ADMÍTIR LA DEMANDA interpuesta por CELINA PAEZ MENDOZA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Y ADICIÓN DE APELLIDOS MATERNOS de sus progenitores Alicia Mendoza Cajigas y Federico Paez Mallea en la partida de nacimiento de quien en vida fue Wilfredo Paez Mendoza inscrito en la Partida de Nacimiento Nro. 118 de la Municipalidad Distrital y Provincial de Cotabambas, del departamento de Apurimac, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, (...).- H.S.”.-Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretario Fresh Lennin García Luna.- Calca, 08 de Julio de 2015. (14, JUL) SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE N°: 2015-165. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección del Señor Juez- Dr. Aaron Walmor Chávez Choque y la actuación de la Secretaria Judicial Abogada Rosinelia Acó Corrales, don PERCY MIRANO RIVERA viene solicitando la declaración de SUCESION INTESTADA del que en vida fue VICENTINA CHAUPI SURI, fallecido en fecha siete de agosto del dos mil once, fallecida en la comunidad de Llocllora del distrito de Checacupe, Provincia de Canchis, departamento de Cusco, por lo que, se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley.- Lo que se publica para los fines de ley. Sicuani, 09 de Julio del 2015. (14, JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y, bajo la actuación del Secretario Judicial Alex Macedo Casa, se viene tramitando el proceso no contencioso N° 00281-2014-0-1007-JM-CI-01, demanda presentado por Asunto Quispe Sencia, sobre cambio de Nombre, se ha dispuesto la publicación de edictos, siendo el contenido de la resolución UNO, de fecha cinco de diciembre del dos mil catorce en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por Asunto Quispe Sencia sobre cambio de nombre para que su nombre correcto quede como: AVEL Quispe Sencia, y con citación del representante del Ministerio Público; en tal virtud se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario Judicial de la localidad así como en el de mayor circulación de la ciudad, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 833° del Código Procesal Civil por el término de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios del recurrente, reservándose su admisión y actuación para la etapa correspondiente A LOS ANEXOS; Agréguese a sus antecedentes los anexos que se acompaña.- H.S.- Sicuani, 13 de marzo del 2015.- Alex Macedo Casa.- Especialista Legal.- 14, JULIO EDICTO JUDICIAL En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se viene tramitando el proceso 868-2015-FC- sobre Filiación en el que se ha dispuesto la notificación de los demás herederos de TEODOCIA HURTADO DE MENDOZA FERNANDEZ con el auto admisorio de fecha ocho de mayo de dos mil quince que resuelve ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso de CONOCIMIENTO, la demanda de DECLARACION JUDICIAL DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL interpuesta por OSWALDO CONDO HURTADO DE MENDOZA contra la sucesión legal de la fallecida TEODOCIA HURTADO DE MENDOZA FERNANDEZ constituida por WILLI AUGUSTO CONDO HURTADO DE MENDOZA, DARWIN JIMENEZ HURTADO DE MENDOZA, y EDGAR FILIBERTO JIMENEZ HURTADO DE MENDOZA, y demás HEREDEROS LEGALES; con citación del señor representante del Ministerio Público. En consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados, por el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes, (...). H. S. Proceso que se tramita bajo la actuación de la secretaria judicial Joselin Pezo Huallpa Cusco, 9 de julio del 2015. (13, 14, 15, JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil 1556-2014, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por GIULIANA SALAZAR MUCHOTRIGO, sobre ANULABILIDAD DE ACTO JURÍDICO y en forma acumulativa originaria accesoria la de RESTITUCIÓN DE BIEN, REIVINDICACIÓN DEL INMUEBLE E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, contra DORIS HUILLCANINA TAPIA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso de CONOCIMIENTO. Resolución Nro.12 SE RESUELVE: i. INTEGRAR al proceso a RAFAELA TAPIA HUAMAN y a la SUCESION de quien en vida fue LUCIO HUILLCANINA VILLANO, como Litis consortes necesarios pasivos, ii. CUMPLASE con notificar a los sucesores de quien en vida fue LUCIO HUILLCANINA VILLANO mediante edictos, con la finalidad de que se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, para lo cual recabe la actora los edictos respectivos. H.S. Cusco, 03 de julio del 2015. (14, 16, 20, JULIO) EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Parlan. se tramita el Expediente Nro 40-2015 seguida por Wilberi Antonio Cuba Guevara sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, con el fundamento que por error del registrador se ha consignado erróneamente como Gilberto Antonio Cuba Guevara cuando lo correcto debe ser Wilbert Antonio Cuba Guevara, igualmente en el apellido paterno de su progenitora se consignó erróneamente como LAUREAN A GUEBARA PICONA, cuando lo correcto debe ser LAUREANA GUEVARA PICONA, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos. 07 de Julio del 2015. (14, JUL) EDICTO JUDICIAL EXP. N° 00308-2015-0-1001-JM-CI-01, Primer Juzgado Mixto Wanchaq, demandante MARIBEL TAPARA CACERES, sobre prescripción de adquisitiva de dominio de bien inmueble; se ha resuelto: ADMITIR a trámite en vía ABREVIADA la demandada instada por la MARIBEL TAPARA CECERES con la pretensión de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE ubicado en el sector Oscollopampa fracción 4 del distrito de San Jerónimo, pretensión destinada a obtener la inscripción del inmueble en los registros públicos de esta ciudad por haber cumplido el tiempo de posesión por mas de cinco años (de buena fe) en contra de MATEO QUISPE PUMA, por su mérito córrase traslado a los demandados por el término de DIEZ DÍAS a fin de que cumpla con absolver, bajo el apercibimiento de ser declarado rebeldef..);.-RESOLUCION N° 03.- SE RESUELVE: En vía de aclaración AMPLIAR la resolución número dos del primero del mes en curso, debiendo considerarse como citados a: La Municipalidad distrital de San Jerónimo respecto de las colindancias por el frente y el fondo, a Julio César Ochillumpá Galicia por la derecha y Soraida Tumay Uman y Eloy Ccolque, a quienes deberá notificarse con copia de la presente (toda vez que han sido ya notificados con la demanda y recaudos), en los domicilios consignados por la actora.-Asi como conforme lo establece el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese el estracto de demanda en los diarias oficiales de la

Martes, 14 de julio de 2015 república y de esta Corte Superior de Justicia, por tres veces con intervalo de tres días,(..) Fdo. Yábar.-Juez.- Prada Secrt .-Wanchaq, 02 de julio. (08, 14, 20, JULIO) EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00128-2015-0-1001-JR-CI-04 seguido demanda interpuesta pon JUAN CUSIHUALLPA CANO y ROSA QUISPE RAMOS sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra: MAGDALENA CUNO LOAYZA, con CITACIÓN de: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERÓNIMO, bajo la actuación de la Especialista Legal Olga Villanueva Valle, la Jueza Del Cuarto Juzgado Civil Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Auto Admisorio.-Resolución N° 03.Cusco. 19/03/2015 AL PRINCIPAL.- (...). AL MAS DIGO.- (...). En consecuencia; VISTOS y; CONSIDERANDO: (...). Se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta pon JUAN CUSIHUALLPA CANO y ROSA QUISPE RAMOS sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble registralmente signado como FRACCIÓN 21-B-7 de la Asociación Versalles ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco con las siguientes COLINDANCIAS: POR EL FRENTE: Con el Pasaje San Francisco en línea recta, con 10.00 metros lineales; POR EL FONDO: Con la propiedad de Raúl Quiroga Mamani en línea recta con 10.00 metros lineales; POR LA DERECHA(entrando): Con la propiedad de Julio Espinoza Becerra(FRACCIÓN B-6) en línea recta con 22.00 metros lineales; POR LA IZQUIERDA (entrando): Con la propiedad de Jaime Rondón Kcana en línea recta con 22.00 metros lineales; contra: MAGDALENA CUNO LOAYZA, con CITACIÓN de: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERÓNIMO para cuyo efecto deberá NOTIFICARSE al Procurador Público de la referida entidad edil, con la finalidad de que pueda ejercer su defensa jurídica; RAUL QUIROGA MAMANI, JULIO ESPINOZA BECERRA, y JAIME RONDON KCANA. (...). AL PRIMER MAS DIGO.- Estando a lo previsto en el Artículo 506° del Código Procesal Civil, PUBLÍQUESE un EXTRACTO de la presente resolución, (...).-H.S._Firma completa de la Jueza Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Especialista Legal Olga Villanueva Valle.Cusco, 06 de abril del año 2015. (08, 14, 20, julio) EDICTO JUDICIAL Señor: JULIO CESAR ORTEGA CAMPANA Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Ortega y Julio Cesar Ortega Campana sobre Separación Convencional y/o Divorcio Ulterior, tramitado ante el Juzgado Mixto de Calca, se ha dispuesto la notificación a los demandados con el extracto de la siguiente Resolución. Resolución Nro. 20, Calca, doce de Mayo del año dos mil quince: Cúmplase con notificar mediante Edictos al demandado Julio Cesar Ortega Campana con la liquidación de alimentos y con la presente resolución. Liquidación de alimentos de fecha 11 de Marzo del 2015, deuda alimentaria ascendiente a s/. 23.579 con 05/100 Nuevos Soles, que el obligado Julio Cesar Ortega Campana debe cumplir con cancelar. (...). H. S.. Firma de la Secretaria Eliana Betsabe Vera Huaranca. Cusco, 12 de Mayo de 2015. (08, 10, 14, julio) REMATE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el expediente N° 00139-2011 seguido Por LIZARDO LUNA LEZAMA en contra de LEONARDA CONDORI RODRIGUEZ, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Dra. Antonina Ponce de León Paguada, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente predio no inscrito: LOTE DE TERRENO NÚMERO Q-14 DE LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA PARAÍSO DE FÁTIMA DEL SECTOR SAN ANTONIO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, que tiene un área de 135 m2; cuyas colindancias son las siguientes: FRENTE: Con calle sin nombre en línea recta de 9.49ml.,’ DERECHA: Con calle sin nombre en línea recta de 14.00ml.; IZQUIERDA: Con Lote Q-15 en línea recta de 14.00 ml.; FONDO: Con Lote Q-13 en línea recta de 9.49 ml.. VALOR DE TASACIÓN: US$ 50,899.17 (Cincuenta mil ochocientos noventa y nueve con 17/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE : US$33,932.78 (treinta y tres mil novecientos treinta y dos con 78/100 Dólares Americanos) GRAVÁMENES Y CARGAS: EMBARGO en forma de depósito sobre el bien inmueble materia de remate, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, ordenado mediante resolución N° 22 de fecha 29/05/13 dentro del Exp. 00139-2011, emitida por orden de la Dra. Marianella Cárdenas Villanueva - Jueza del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián DÍA Y HORA DEL REMATE: 24 DE JULIO AÑO 2015, A HORAS 2:00 P.M LUGAR DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo en el local del Juzgado del Primer Juzgado de Paz Letrado ubicado en la Calle Bolívar N° 713 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. LOS POSTORES deberán: 1) Oblar mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación; 2) Presentar en original el documento de identidad; 3) Presentar arancel judicial por participación en remate judicial, consignando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y D.N.I.); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con el poder respectivo y el Certificado de Vigencia correspondiente. MARTILLERO PÚBLICO ENCARGADO DEL REMATE: Abog. Elena Lissette Solazar Alcázar, cuyos honorarios en caso de adjudicación serán cancelados por el adjudicatario, conforme a Ley. Cusco, 19 de mayo del 2,015. (10, 13, 14, 15, 16, 17 julio) PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 00351-2007 seguido por ALBERTO BETANCOURT HUILLCA en contra de los CELESTINA GALICIA CCAMA y/o SUS HERREDEROS LEGALES, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado San Sebastián Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Dra. Antonina Ponce de León Paguada, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL CINCUENTA POR CIENTO DE DERECHOS y ACCIONES QUE LE CORRESPONDEN A LA DEMANDADA sobre el siguiente bien inmueble: PREDIO RÚSTICO DENOMINADO TULLQUIPATA IDENTIFICADO CON UNIDAD CATASTRAL N° 31885, UBICADO EN EL SECTOR TANCARPATA, VALLE HUATANAY DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, cuyo dominio corre inscrito en la Partida N° 03003734 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE TASACIÓN: S/. 172,480.00 (Ciento setenta y dos mil cuatrocientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles). BASE DEL REMATE: S/. 114,986.67 (Ciento catorce mil novecientos ochenta y seis y 67/100 Nuevos Soles, equivalente a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES Y CARGAS: EMBARGO en forma de inscripción sobre los derechos y acciones de propiedad que sobre ei inmueble tiene la demandada Celestina Galicia Ccama hasta por la suma de S/. 2,500.00 Nuevos Soles en relación al inmueble, que corre inscrito en el asiento 03 de la Partida N° 03003734, por orden de la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, dentro del proceso N° 00351-2007 DÍA Y HORA DEL REMATE: 24 DE JULIO DEL AÑO 2015, A HORAS 3:00 P.M.-LUGAR DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo en el local del Juzgado de Paz Letrado San Sebastián ubicado en la Calle Bolívar N° 713 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco.-LOS POSTORES deberán: 1) Oblar mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación; 2) Presentar en original el documento de identidad; 3) Presentar arancel judicial por participación en remate judicial, consignando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y D.N.I.); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con el poder respectivo y el Certificado de Vigencia correspondiente MARTILLERO PÚBLICO ENCARGADO DEL REMATE: Abog. Elena Lissette Solazar Alcázar, cuyos honorarios serán cancelados por el adjudicatario, conforme a Ley. Cusco, 28 de mayo del 2,015. (07, 08, 09, 10, 13, 14 JULIO) AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO En la causa N° 00794-2011 seguida por el BANCO DE LA VIVIENDA DEL PERÚ EN LIQUIDACIÓN contra LUCIO ESCALANTE VILLACORTA y PAULINA VALENCIA DE ESCALANTE, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, la señora Juez Titular del Primer Juzgado Civil - Módulo

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Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco Dra. Sandra Contreras Campana, bajo la actuación de la Especialista Legal Dra. Isabel Cretina Huamán Sequeiros, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA los derechos y acciones que corresponden a los ejecutados sobre et inmueble signado como FUNDO DENOMINADO RETAMAYOC - HUAYCO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO (Urb. Tancarpata Lote N° 4 del Fundo Retamayoc Huayco). cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electrónica N° 02045111 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X. - Sede Cusco. VALOR DE TASACIÓN: S/. 63,415.90 (Sesenta y tres mu cuatrocientos quince con 90/100 Nuevos Soles). BASE DEL REMATE: S/. 42,277.27 (Cuarenta y dos mil doscientos setenta y siete y 27/100 Nuevos Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor comercial del inmueble GRAVAMENES Y CARGAS: HIPOTECA constituida a favor del Banco de la Vivienda del Perú Sucursal Cusco, que corre inscrita en el asiento 16 de la citada Partida N° 02045111, la misma que ha sido rectificada en los asientos 110 y 116 de la misma partida. DÍA Y HORA DEL REMATE VEINTIDOS DE JUUO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. LUGAR DEL REMATE: Oficina de Administración del Modulo Corporativo Civil Laboral que es parte del local del Juzgado, ubicada en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. B Sol S/N Cercado del Cusco.LOS POSTORES: 1) Oblar mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación; 2) Presentar en original el documento de identidad; 3) Presentar arancel judicial por participación en remate judicial, consignando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y D.N.I.); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con el poder respectivo y el Certificado de Vigencia correspondiente EL ADJUDICATARIO: Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el adjudicatario, conforme a Ley. MARTILIERO PÚBLICO A CARGO DE LA DILIGENCIA: Abog. Elena Lissette Solazar Alcázar con Reg. De Martillero Público N° 248. Cusco, 18 de mayo del año 2015. (07, 08, 09, 10, 13, 14 JULIO) PRIMER REMATE PÚBLICO- JUDICIAL En el proceso judicial de obligación de dar suma de dinero (Expediente Judicial N°01450-2011-0-1001-JP-CI-04) que sigue EDGAR PINTO GALDO en contra de ARKIDECO MULTISERVICIO SRL REPRESENTADA POR LUIS GARCIA ARROYO; el que despacha el señorita Juez Erika Núñez Orihuela, con intervención de la Especialista Legal / Secretaria Judicial Sita. Evangelina Conza Choque, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble de propiedad de ARKIDECO MULTISERVICIOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ubicado en el LOTE N°21 DE LA MANZANA “C DE LA URBANIZACIÓN “LOS SAUCES”, UBICADO EN EL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características corren inscritas en la PARTIDA REGISTRAL N°02065607, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° X Sede Cusco. La tasación del bien ha sido aprobada por el juzgado en la cantidad de USDS 379,192.53 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS CON 53/100) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) y será rematado sobre la base de USDS 252, 795.02 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 02/100) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor de su tasación. Según ésta tasación, el bien tiene un área de 148 (ciento cuarenta y ocho) metros cuadrados y cuenta con fábrica. AFECTACIONES DEL BIEN: Según Partida Registral premencionada, el bien a rematarse tiene las siguientes afectaciones: Asiento D0012.- HIPOTECA a favor del Banco Interamericano de Finanzas “BIF” hasta por la suma de IJSDS42,000.00 dólares americanos. Asiento D0013.- BLOQUEO REGISTRAL respecto a un contrato de compraventa con cláusula adicional de contrato de crédito con garantía hipotecaria entre Alejandrina Ocampo Astete de Dávila y ARKIDECO MULTISERVICIO SRL. con intervención del Banco Interamericano de Finanzas (BIF). Asiento D0014.- EMBARGO en forma de inscripción a favor de Edgar Pinto Galdo hasta por la suma de USDS 12,800 dólares americanos; en los seguidos en el proceso judicial con Expediente N° 759-2011-37-1001-JP-CI—03 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco. Asiento D0015.- EMBARGO en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 27 000,00 nuevos soles, dispuesto por el Ejecutor Coactivo de la SUNAT - Intendencia Regional del Cusco en el expediente N°0930060079270 seguido por SUNAT en contra de ARKIDECO MULTISERVICIOS SRL. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre-Martillero Publico con Registro N°227 el día DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS DE MAÑANA en las instalaciones del SEGUNDO JUZGADO MIXTO-SEDE WANCHAQ, de la corte superior Superior de Justicia de Cusco sito en URBANIZACIÓN LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS DEL DISTRITO DE WANCHAQ la Ciudad del Cusco. POSTORES: Las personas que deseen participar en el remate deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de del bien USDS 37,919.25 (treinta y siete mil novecientos diecinueve con 25/100) dólares de los Estados Unidos de América, presentando éste ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago de la tasa judicial (por s/.770 nuevos soles) a la orden del Juzgado respectivo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente (1450-2011) y el acto procesal a realizar (participación en remate de bien inmueble), suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Cusco, treinta de junio del año 2015. (06, 07, 08, 09, 10, 13, 14 , 15 JULIO) EDICTOS PENALES JUZGADO PENAL SUPRAPROVINCIAL COLEGIADO DE Machupicchu, La Convención y Echarate EDICTO JUDICIAL (ECHARA TE) JUZGADO COLEGIADO SEDE ECHARATE.- Cita a al acusado VIVIANO LlZARBE YUCRA (con mandato de requisitoria), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, a verificarse en La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de La Convención Quillabamba, el día 11 DE AGOSTO del 2015, a las 08:00 A.M. (hora exacta), en el Proceso Penal Nro 239-20 13-39-PE-1 01 O-JR-PE-O 1, seguido contra Viviano Lizarbe Yucra, por la presunta comisión del delito de Tráfico llicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y disponer su conducción compulsiva, en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Pedro Vargas.- Secretaria Rocío Callaymara. 3v. Echarate, 02 de julio del 2015. (10, 13, 14 JULIO) JUZGADO PENAL SUPRAPROVINCIAL COLEGIADO DE Machupicchu, La Convención y Echarate EDICTO JUDICIAL (ECHARATE) JUZGADO COLEGIADO SEDE ECHARATE.- Cita a al acusado MARCELlNO CURASI CUTIPA (Reo Libre), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, a verificarse en La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de La Convención - Quillabamba, el día 11 DE AGOSTO del 2015, a las 09:00 A.M. (hora exacta), en el Proceso Penal Nro 158-2013-PE-1010-JR-PE-01, seguido contra Marcelino Curasi Cutipa, por la presunta comisión del delito de Violación sexual de Menor, en agravio de La menor de iniciales RO.LA. PA. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y disponer su conducción compulsiva, en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Pedro Vargas.- Secretaria Rocío Callaymara. 3v. Echarate, 02 de julio del 2015 (10, 13, 14 JULIO) NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENOR.

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 14 de julio de 2015

Expediente: Nro. 2014-570. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención se tramita la Investigación Tutelar Nro.-2014-570, interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra doña TRILCE MELANIE CAVERO YLLA sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor PATRICK ALDAIR MEZA CAVERO, se ha dispuesto su notificación mediante edictos la siguiente resolución cuyo tenor literal es como sigue: SE RESUELVE: SE RESUELVE: Admitir a TRÁMITE la demanda TUTELAR SOBRE ABANDONO MORAL Y MATERIAL interpuesta por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Civil, Familia y Prevención del delito de La Convención, en contra de TRILCE MELANIE CAVERO YLLA a favor del menor PATRICK ALDAIR MEZA CAVERO (01 año 02 MESES), Y como medida de protección se dispone la entrega provisional del menor en favor de su abuela materna doña MARLENE YLLA HUAMAN hasta la resultas de la presente investigación, y para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y/o familiares de dicho menor a efecto de que hagan valer sus derechos, oponerse, apersonarse y prestar sus declaraciones conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el estado de abandono con fines de adopción.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 24 de Septiembre del 2015. (10, 13, 14 JULIO) DIARIO JUDICIAL CUSCO EDICTO JUDICIAL Edicto Familia Tutelar: El Sr. Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate , de la Provincia de La Convención, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, HACE SABER que, en el Expediente No.00141-2011-0-1010-JM-FT-01, se ha dispuesto notificar a la demandada NATIVIDAD CHALLCO CCASA, y al agraviado ANICETO PALOMINO OROSCO, con el extracto del AUTO DE CONCLUSION DEL PROCESO Resolución No.17, de fecha 26-06-2015.- FALLO.- 1.- Declarando CONCLUIDO EL PROCESO sin declaración sobre el fondo, sobre Violencia Familiar, consistente en MALTRATO PSICOLOGICO,.- 2.- ORDENANDO, su archivo en caso de no ser apelada. H. S.-. LO QUE NOTIFICO A UD., para su conocimiento y fines de le. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 109-2012-79, seguido contra QUINTIN HUAMAN OSCCO, por el presunto delito homicidio simple, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F Nemesio Quispe Pacco, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando a la parte agraviada herederos legales de Q.E.V.F Nemesio Quispe Pacco, con el siguiente: Resolución Nro.: 01 Quillabamba, trece de Diciembre del año dos mil doce. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo estipulado en el Art. 344°, inciso 1°, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 345° del Código Procesal Penal indica que el Juez de la investigación Preparatoria una vez que recibe el requerimiento del Fiscal de Sobreseimiento correrá traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días, quienes podrán formular su oposición a la solicitud dentro del plazo establecido. La oposición bajo sanción de inadmisibilidad será fundamentada y podrá la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes Vencido el plazo de traslado, el Juez citará al Ministerio Público y a los demás sujetos procesales para una audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento. SEGUNDO: La resolución 0090-6-2006-CJ¬PJ, de fecha 22 de julio; que contiene el Reglamento de Expedientes Judiciales en el capitulo 2° denominado del Cuaderno de la Etapa intermedia en el Art 18° establece que las actuaciones y trámites que se realicen en la etapa intermedia generaran un cuaderno cuya denominación será cuaderno de la Etapa Intermedia; que el órgano Jurisdiccional competente ordenará su formación una vez que reciba la acusación fiscal o el pedido de Sobreseimiento; el Cuaderno de la Etapa Intermedia contendrá los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional así como las actas que registren las actuaciones judiciales; en el artículo 19 del mencionado Reglamento se establece que el cuaderno de la Etapa intermedia tendrá como anexo el Expediente Fiscal así como los objetos y cosas que en caso estos hayan sido introducidos como prueba anticipada. TERCERO: Por los anteriores considerandos y al socaire de lo dispuesto en el artículo 345 del Código Procesal Penal y en la resolución 0090-6-2006-CJ-PJ en el capítulo 2° denominado del Cuaderno de la etapa intermedia, es que el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. RESUELVE: A) CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el PLAZO DE DIEZ DÍAS para que procedan conforme al articulo 345° acápite 2 del Código Procesal Penal; B) FORMAR el cuaderno de la etapa intermedia, con el requerimiento del sobreseimiento fiscal, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el Órgano Jurisdiccional, así como las actas que registren actuaciones judiciales. NOTIFÍQUESE a las partes conforme a Ley. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Se cita y emplaza a los IMPUTADOS GALDYS MONTALVO PAUCAR, TRIFON SANTOS PIÑARES ESPINOZA, HILADA MONTIVILLER V ASQUEZ, MARIO CONCEPCIÓN GUEV ARA P AUCARMA YT A, OLGA NINACO TERAN, MODESTO QUIÑÓNEZ CARRASCO, y ANET HUILLCA GUZMAN, WILBER GUEV ARA MELLADO, BENITO BRAVO FARFAN, ZENAIDA SEQUEIROS SALAS, ABRAHAM MANUEL SALAS CONDE, MARCO ANTONIO MAMANI CABRERA, VILMA BARRIENTOS AY ALA, FREDY MIRKO AMUDIO ZAPATA, JOSE MANUEL LUNA VILLAFUERTE, MARLENY POZO BARRIENTOS, MARCO ANTONIO ARAOZ GAMBOA, MERY ONTON PALIZA, JOSE CASTILLO DIAZ, WILBERT GONZALO ROQUE V ASQUEZ, ASUNCIÓN HUAMANRICRA LAURA, JORGE EDWIN MOLINA OROSCO, ALEX CURI LEON, DONATO YANQUE MARTINEZ, FORTUNATO ECHEV ARRIA CEV ALLOS, HEBERT P A YE LUNA, KROMER CARDENAS RUIZ, GABRIEL ARMANDO HUAMANI SALHUA, EVA BRIGIDA CONDORI QUISPE, WILLIAM ALFARO ANA YA, SUSANA GONZALES GALLEGOS, PEPE HUILLAS LLOCLLA, PAUL EDWARS LATORRE ELORRIETA, AYNER ARONE CASTILLO GALINDO, EDGAR VEGA NEYRA, DINA FUENTES CACERES y JULIO CESAR ARIAS BRAVO en el proceso 00199-2011-44, seguido contra GLADYS MONT AL VO P AUCAR y OTROS, por el presunto delito de PECULADO DOLOSO, en agravio del Estado, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 30 de junio de12015. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 101-2012-0, seguido contra DANIEL TAPIA TAYPE, por el presunto delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub. tipo Violación de Menor de diez años de edad, en agravio de MARLENI HURTADO CCAMA, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando a el imputado DANIEL TAPIA TAYPE, con el siguiente: Resolución W: 01 Quillabamba, veintitrés de Mayo del año dos mil doce. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación directa, presentado por el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, y conforme a lo previsto en el articulo 3500 del CPP; CORRAS E TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6} ofrecer prueba para el juicio, 7} objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8}, proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9} proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10} plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SE IMPONE la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado DANIEL TAPIA TAYPE, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. Quillabamba 8 de junio del 2015. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 0123-2009-14-1001-SP-PE-O1.

SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Se cita, y emplaza a la acusada ALICIA QUISPE ROJAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito de abigeato, en agravio de Vicentina Oviedo Capará. Cusco 03 de Julio 2015. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Exp. 2233-2014-15 -1001-IR-PE-03. SEÑOR: EDGAR AUGUSTO CASTRO ROMERO. Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se CITA Y EMPLAZA al acusado EDGAR AUGUSTO CASTRO ROMERO, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 2233-2014-15 -1001-}R-PE-03, que se le sigue por delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales L.B.C.C., en la Audiencia de Juicio programado para el día 20-AGO-2015, a HS. 08.00. en la 10 sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 07 de julio del 2015. V(10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogado Eric Alexander Núñez Villa, en el Proceso N° 00168-2015-79-1010-JR-PE-01, seguido contra Antonio Huaman Roca, por la presunta comisión del Delito CONTRA LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL, sub. tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, tipificado en el último párrafo del articulo 173° del Código Penal, concordado con el numeral 2 del mismo artículo en agravio de las menores de iniciales A.M.Q.A. y YO. QU.AL. representados por su progenitora CARMEN ACLLA VILLA AGRAVIADA; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 03, dieciocho de junio del año dos mil quince VISTOS Y OIDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA. Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, señalada para el día dieciocho de junio del año dos mil quince, a horas cuatro y quince de la tarde, básicamente por no haber sido devuelta las cédulas de notificación a los sujetos procesales, en consecuencia DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE Y TREITA DE LA MAÑANA, se dispone la notificación de los sujetos procesales en sus domicilios señalados en autos TERCERO.- SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN del imputado ANTONIO HUAMÁN ROCA, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco, a fin de que se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustrada, sin perjuicio de ello requerir al Especialista de causa, a fin de que recabe los edictos respecto a la Resolución N° 03, DONDE se notifica nueva fecha, día y hora para audiencia pública de requerimiento de prisión preventiva, subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HAGASE SABER (10, 13, 14 JULIO) SALA APELACIONES TRANSITORIA DEL CUSCO EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 0030-2006-0-SP-PE-03 SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Por disposición del Colegiado de la Sala Penal Liquidadora tral1sitoria del Cusco se, cita y emplaza a los acusados ALBERTO NEGRON ARIAS y GRIMALDO CALDERÓN VERA, a fin que se ponga a derecho o y responda los cargos formulados en su contra en el proceso penal N° 030-2006-0-1001-SP-PE-03, acusado por el delito contra el patrimonio el, su modalidad de robo de ganado en agravio de incolaza Cutida Sacsi y otros. Cusco 07 de Julio del 2015. (10. 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL EXP. N° 725-2014-14-1001-JR-PE-01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica al imputado EDILBERTO GUALTERO TRUJILLO, RENÉ GOYO GÓMEZ GÓMEZ y LEÓN UBALDO GÓMEZ CHIARA la resolución N° 15, de fecha 07 de julio de 2015, mediante el cual, SE DISPONE: CITAR para el día miércoles 12 de agosto de 2015 a horas 08:30 de la mañana (hora exacta), la audiencia preliminar de control de Requerimiento Mixto (Sobreseimiento - Acusación), la realización de la audiencia se llevará a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos Ambientales de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Juzgado, y que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1 ° Y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-P J. PREcíCESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 85 del CPP modificado por Ley N° 30076. (10. 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL EXP. N° 445-2014-0-1001-JR-PE-O1 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a los imputados JULIO LUNA CARRASCO, EMILIO CRUZ CARDENAS y GILMAR CABRERA OLLACHICA, con la Resolución N° 01, Recepción de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; mediante la cual se dispone, TÉNGASE por comunicada la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria declarada compleja; en la investigación seguida contra Emilio Cruz Cárdenas, Julio Luna Carrasco y Gilmar Cabrera Ollachica, por la presunta comisión del delito de Tráfico de insumos químicos y maquinarias destinados a la Minería Ilegal (segundo párrafo), ilícito previsto y sancionado en el articulo 307-E del Código Penal, en agravio del Estado Peruano. Y con la Resolución N° 11, de fecha 07 de julio del 2015, mediante la cual, da cuenta a la Disposición N° 02 que antecede, de conclusión de la investigación preparatoria presentada por la Fiscalía Especializado en Materia Ambiental de Madre de Dios, en la investigación seguida contra Julio Luna Carrasco, Gilmar Cabrera Ollachica y Emilio Cruz Cárdenas, por la comisión del delito de Tráfico Ilegal de Insumos Químicos y Maquinarias destinados a la Minería Ilegal, en agravio del Estado Peruano, en consecuencia, TÉNGASE por recepcionada la comunicación fiscal y DESE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para los supuestos de ley. Y conforme a la Resolución N° 10, cúmplase con notificar mediantes edictos. En el Proceso Penal N° 445-2014-0-1001-JR-PE-01. (10. 13, 14 JULIO)

Martes, 14 de julio de 2015

EDICTO PENAL Expediente N° 00248.2015.0.2701.JR.PE.01 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata Juez: Carlos Adalberto Román Gil Especialista Judicial: Alicia Ríos Lima. Avenida Ernesto Rivero N” 722 Puerto Maldonado - Tambopata . Madre de Dios (082) 582060, anexo 32043 Mediante la presente se NOTIFICA: al acusado FLORENCIO UCHUPE LIMA, con la RESOLUCIÓN N° 06, dictada en audiencia de fecha treinta de junio del año dos mil quince, por el cual se reprograma la AUDIENCIA DE ACUSACION para el VIERNES 17 DE JULIO DEL 2015 A HORAS 07:30 AM, la misma que se verificara en la sala de audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivero W 722, de la ciudad de Puerto Maldonado, en la investigación que se le sigue por delito de Homicidio Culposo, en agravio de QEVF. Nelson Vega Alpiri representado por sus herederos legales. Puerto Maldonado, 30 de junio del 2015.¬ (10. 13, 14 JULIO) NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 1887-2013, seguido en contra de Walter Tito Quispe, por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo incumplimiento de Obligación alimentaría, en agravio de las menores de iniciales B.J.T.H. y J.E.T.H. representados por Justina Herrera Churata, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado WALTER TITO QUISPE, con la resolución Nro. 3 de fecha 29-04-15 (...) SE RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia por inconcurrencia injustificada del acusado Walter Ttito Quispe. 2. Declarar reo Ausente al acusado WALTER TTITO QUISPE, con DNI. N° 24703907, sexo masculino, nacido en fecha dieciocho de enero del mil novecientos sesenta y nueve, de cuarenta y cinco años de edad, estado civil soltero, ocupación Panadero, grado de instrucción superior, nacido en la Provincia de Sicuani, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, hijo de Fernando y Mercedes, con domicilio en Urb. Santa Beatriz A-9, Wanchaq - Cusco. 3. Nombrar como abogada defensora del declarado reo ausente a la defensora pública MIRELA CORONEL MOLERO, quien debe hacer. Valer los derechos que corresponde a su patrocinado. 4. Ordenar se giren los oficios para la conducción compulsiva: /96 6>/:6 6>/;6

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