Lunes, 9 de noviembre del 2015
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Corte Superior de Arequipa
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La República Lunes, 9 de noviembre del 2015
EDICTOS EDICTO Expediente Nº 2449-2015, seguido por Angelita Felipa Vera Vallejos, en el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, se ha dispuesto ADMITIR LA SOLICITUD DE CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR sobre el predio rustico denominado “Pampa Blanca”, ubicado en el distrito de Uraca, Provincia de Castilla, Departamento de Arequipa, inscrito en la Ficha Registral Nº 65684, del Registro de la Propiedad Inmueble y efectuar las publicaciones a que se refiere el Art. 797 C.P.C. Arequipa 03 de Noviembre del 2015. Especialista Leyver Lander Guzmán Soto. Arequipa 03 de Noviembre del 2015. (05-09 noviembre) B/E 031-37. EDICTO JUDICIAL Exp. 6978-2006, Primera Sala Civil; Jueces Superiores Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado y Valencia Dongo Cárdenas, Secretario Luis Alberto Martínez Vilca; en el proceso por tercería en los seguidos por Miguel Augusto Revilla Melgar, y otros representados por Aldo Arturo Lozada Quiroz en contra de Sur S.A.C., y Scotiabank Perú S.A.A. según auto admisorio; por resolución N° 82 de fecha diecinueve de mayo del año dos mil quince se ha dispuesto: Vistos y Considerando: (...) Segundo.- Que, estando a la ficha RENIEC que antecede, se advierte que el co-demandante Cristóbal Mendoza Maica, ha fallecido en fecha veintiséis de noviembre del dos mil once, por tanto resulta de aplicación lo establecido por el inciso 1o del artículo 108° del Código Procesal Civil, debiendo disponerse lo pertinente a efecto de la sucesión procesal del referido, fundamentos por los cuales; SUSPENDIERON el proceso por el plazo de treinta días hábiles a efecto que los sucesores procesales de quien fuera Cristóbal Mendoza Maica, se apersonen al proceso conforme a ley a efecto de continuar con el trámite del mismo; DISPUSIERON notificar a la sucesión del referido co-demandante mediante edictos conforme lo establecen los artículos 165 y siguientes del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal; (I..). Lo que notifico a Ud. Conforme a ley. Arequipa 02-11-2015. LUIS A. MARTINEZ VILCA SECRETARIO DE SALA PRIMERA SALA CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. (09-10-11 Noviembre) B/E 031-77. EDICTO JUDICIAL ANTE EL JUZGADO DE PAZ DE SOCABAYA. EXPEDIENTE N° 0168-2014, EL JUEZ JESUS ESTEBAN MEZA MEDINA Y CON INTERVENCION DEL SECRETARIO FERNANDO POLAR CASTILLO, HA DISPUESTO LA PUBLICACION DE EDICTOS DE LA RESOLUCION NRO. 01-2014 DE FECHA 02 DE DICIEMBRE DEL 2014, CUYA PARTE RESOLUTIVA RESUELVE : ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA DE COBRO DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR JUDY AURORA GONZALES BACA, QUIEN ACTÚA EN REPRESENTACIÓN DE SUS MENORES HIJOS; MASSIEL Y MATÍAS EFRAIN TAIPE GONZALES., EN CONTRA DEL DEMANDADO PEDRO TAIPE PARAGUAY, ADECUANDOSE A LA VIA DE PROCESO SUMARÍSIMO 2) EN CONSECUENCIA, TRASLADO DE LA DEMANDA POR EL TERMINO DE CINCO DIAS A LA PARTE CONTRARIA, TENIENDOSE POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS, LOS MISMOS QUE SE ADMITIRÁN Y ACTUARAN EN SU OPORTUNIDAD, AGREGÁNDOSE A SUS ANTECEDENTES LOS DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER AL PRIMER OTROSI: EXPIDASE LAS COPIAS QUE SE SOLICITAN AL SEGUNDO OTROSI : TENGASE PRESENTE LA RESERVA DE LA NOTIFICACIÓN QUE SE SOLICITA. RESOLUCION TRES GUION DOS MIL QUINCE DE FECHA 26 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, EN MÉRITO A LOS QUE SE EXPONE, BAJO CUENTA RIEZGO Y RESPONSABILIDAD DE LA ACCIONANTE, NOTIFÍQUESE A DON PEDRO TAIPE PARAGUAY MESIANTE EDICTOS BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRASELE CURADOR PROCESAL. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 02 DE NOVIEMBRE DEL 2015. JESUS E. MEZA MEDINA JUEZ. (09-11-13 NOVIEMBRE) B/E 031-149 EDICTO CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO PI OFICINA EN MELGAR 214, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 165,167,168,504 Y SIGUIENTES DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, LEY N°
27157 Y 27333 Y D.S 035-2006-VIVIENDA, SE NOTIFICA A: ROSSANA GUADALUPE DELGADO PASTOR, AL HABERSE PRESENTADO: SONIA ELISABETH SALAZAR RONDÓN DE MONSERRATE, Y SU CONYUGE JOSÉ ANDRÉS MONSERRATE AGUIRRE, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL PREDIO URBANO SIGNADO COMO PROGRAMA LA CAMPIÑA I, SECTOR III, MANZANA X, LOTE 10 DEL DISTRITO DE SOCABAYA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA P06111921, A NOMBRE DE ROSSANA GUADALUPE DELGADO PASTOR, CON UN AREA DE: 128.00 M2, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: PASAJE 11, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO DE 8.00 M.; POR LA DERECHA: LOTE 9, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO DE 16.00 M.; POR LA IZQUIERDA: LOTE 11, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO DE 16.00 M. Y POR EL FONDO: LOTE 4, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO DE 8.00 M. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 06.11.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. ( 09-13-19 noviembre) B/E 031-139. EDICTO NOTARIAL ANTE MI DESPACHO NOTARIAL SE HA PRESENTADO GILBERTO APAZA APAZA CON DNI 42578812, DOMICILIADO EN CIUDAD MAJES, MODULO A, SECTOR 1, MANZANA B2, LOTE 14, DISTRITO DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SOLICITANDO SE APERTURE PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA ZENOBIA MAMANI QUECARA Y SEÑALO COMO SU PRESUNTO HEREDERO A ISMAEL JOSHUA APAZA MAMANI, A EFECTO DE QUE LUEGO DE CONCLUIDO ESTE PROCESO LO DECLARE COMO SU LEGÍTIMO HEREDERO. LOS INTERESADOS ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL UBICADO EN HABILITACION URBANA AREA NORTE MANZANA W, LOTE 22, ZONA I PEDREGAL. MAJES. 4 DE JULIO DE 2015.- RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-137. EDICTO ELSA HOLGADO DE CARPIO ABOGADO, NOTARIA CON OFICIO EN CALLE SAN JOSE 313-A CERCADO DE AREQUIPA, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 165, 167, Y 168 DEL C.P.C. LEY 27157, Y SU REGLAMENTO SE NOTIFICA A: LOS POSIBLES HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA FUERA HENRY JOSE SALAS ZEGARRA; AL HABERSE PRESENTADO NICASIO SOTO QUISPE Y SEVERINA TINTA DE SOTO, SOLICITANDO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DL PREDIO SIGNADO COMO MANZANA A, LOTE 7 COOPERATIVA DE VIVIENDA JUDICIAL DISTRITO DE CERRO COLORADO , PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA CON AREA DE 468 M2 (CUATROCIENTOS SESENTIOCHO METROS CUADRADOS) INSCRITO EN LA PARTIDA 01138364 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPA . LO QUE SE NOTIFICA PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES. AREQUIPA, 06 DE NOVIEMBRE DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA ABOGADA C.N.A. N° 24. (09-1319 NOVIEMBRE) B/E 031-134.
NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTO POR ANTE EL 1ER. JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA, QUE DESPACHA LA DRA. MARGARITA SALAS VALDIVIA, CON INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL, FERNANDO MAMANI MAMANI, SE TRAMITA EL EXP. N° 02056-2014-0-0401-JM-CI-01, EN PROCESO DE CONOCIMIENTO SOBRE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO SEGUIDO POR JUAN AQUILINO HUAYTA CAHUANA EN CONTRA DE LA SUCESIÓN DE JUAN PABLO SAMAYANI VILCAHUAMÁN EN EL QUE SE HA DISPUESTO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS A LA DEMANDADA POR RESOLUCIÓN N° 07 CUYA PARTE DE LA MISMA ES LA SIGUIENTE: NOTIFÍQUESE POR EDICTOS A LA SUCESIÓN DE QUIEN FUERA JUAN PABLO SAMAYANI VILCAHUAMÁN PARA QUE SE APERSONEN AL PROCESO Y CONTINÚEN EL PROCESO EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 165, 167 Y 168 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, PARA QUE SE APERSONEN AL PROCESO Y CONTINÚEN EL PROCESO EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA, DEBERÁN HACERLO ACREDITANDO SU DERECHO CON TESTAMENTO O SUCESIÓN INTESTADA, CASO CONTRARIO NO SERÁ ADMITIDO,
SE PRECISA QUE VENCIDO EL PLAZO DE EMPLAZAMIENTO QUE SEÑALA EL ART. 435 DEL CPC SIN QUE SE APERSONE HEREDERO ALGUNO, SE PROCEDERÁ A NOMBRAR CURADOR PROCESAL A SOLICITUD DEL INTERESADO CON QUIEN UNA VEZ ACEPTADO EL CARGO SE CONTINUARÁ EL PROCESO EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA.- CHIVAY, 2015 SETIEMBRE 23.- FERNANDO MAMANI MAMANI, SECRETARIO JUDICIAL, DEL PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA -CHIVAY.- (09-11-13 NOVIEMBRE) B/E 031-147. NOTIFICACION POR EDICTO Por ante el Juzgado Mixto de Castilla Aplao, que despacha el Dr. Juan Carlos Churata Quispe, con intervención de la Especialista Legal Carla Riveras Jihuaña se tramita el Expediente N° 10-2015 que sobre Prescripción Adquisitiva siguen don Henry Domingo Rendón Condori y Rosa Marilú Carazas Quispe de Rendón; conforme el Art. 506 del Código Procesal Civil, se dispuso de efectué la publicación de un extracto de la demanda; Resolución N° 02 del 18 de junio del 2015 RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso Abreviado la demanda interpuesta por Henry Domingo Rendón Condori y Rosa Marilú Carazas Quispe de Rendón, sobre Prescripción Adquisitiva en contra de: 1) Herminia Blanca Núñez Tapia, 2) Lidia Núñez Tapia, 3) Alberto Núñez Tapia, 4) Ángel Núñez Tapia, 5) Zoila Aurora Núñez Tapia, 6) Adela Núñez Tapia, 7) Gladis Armida Núñez Tapia y 8) Hernán Gilberto Núñez Tapia; se confirió traslado a los demandados, para que contesten la demanda en el plazo de 10 días y se tiene por ofrecidos los medios probatorios indicados, con citación de los colindantes Gregorio Cárdenas Vera, Nora García Núñez De Gamero, Pedro Pablo Saúl Duran Lazo, Eduardo Zúñiga Suarez . Tómese razón y hágase saber.- Aplao 2015, octubre, 12.- CARLA RIVEROS JIHUAÑA SECRETARIA (09-13-19 noviembre) B/E 031-130. NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Juzgado Mixto de Castilla Aplao, que despacha el doctor Juan Carlos Churata Quispe con Intervención del Especialista Legal Fiorella Lisseth Rendón Herrera se tramita el expediente número 00009-2015-0-0404-JM-CI-01, en proceso Abreviado sobre Prescripción Adquisitiva seguida por Henry Domingo Rendón Condori y Rosa Marilu Carazas Quispe de Rendón; conforme el artículo 506 del Código Procesal Civil, se dispuso se efectué la publicación de un extracto de la demanda; Resolución número 02 de fecha veinte de julio del 2015, RESUELVE: ADMITIR en la vía de proceso Abreviado la demanda interpuesta por don Henry Domingo Rendón Condori y Rosa Marilu Carazas Quispe de Rendón, sobre Prescripción Adquisitiva en contra de: 1) Hernán Gilberto Núñez Tapia, 2) Adela Núñez Tapia, 3) Gladis Armina Núñez Tapia, 4) Ángel Núñez Tapia, 5) Alberto Núñez Tapia, 6) Lidia Núñez Tapia, 7) Herminia Blanca Núñez Tapia, y 8) Zoila Aurora Núñez Tapia; se confiere traslado de la demanda, a los mencionados demandados, para que contesten la demanda en el plazo de diez días, y se tiene por ofrecidos los medios probatorios indicados, con citación a los colindantes Tito Estremadoyro Martínez Edin Luís Zúñiga Núñez y Eduardo Concha Carbajo. Tómese razón y hágase saber.- Aplao 2015, Setiembre, 28. - FIORELLA L. RENDON HERRERA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO DE APLAO. (09-13-19 noviembre) B/E 031-130. NOTIFICACION POR EDICTO La señora Juez del Juzgado Mixto de Islay, Dra. Lily Chacón Aldazabal, quien actúa por vacaciones del titular, con intervención del Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, en el proceso N° 10-2015-CI, seguido por Maria Elena Lope Adco en contra de Cosme Salomón Tohalino Valencia y otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha expedido la RESOLUCIÓN N° 11 de fecha veintidós de octubre del presente año, mediante la cual RESUELVE: Se notifique al demandado Cosme Salomón Tohalino Valencia mediante edictos con un extracto del auto admisorio y la presente resolución, para que conteste la demandan en el plazo de diez dias, bajo apercibimiento de nombrarle curador Procesal. RESOLUCIÓN N° 01-2015; SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a tramite en la via del proceso ABREVIADO la demanda, interpuesta por Maria Elena Lope Adco en contra de Josefina Miriam Tohalino Valencia, Hugo Edgardo Tohalino Valencia, Ángel Maria Tohalino Va-
lencia, Horacio Augusto Tohalino Valencia, Francisca Esther Tohalino Valencia, Clementina Felicitas Tohalino Valencia Cosme Salomón Tohalino Valencia y Sara Idelfonsa Tohalino Valencia, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, en consecuencia; 2.- TRASLADO de la misma por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución por los demandados, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados; 3.- DISPONGO: Que además del emplazamiento ordinario se emplace a los demandados en forma especial mediante Publicaciones de un extracto del auto admisorio, en la forma señalada por el articulo 506 del Código Procesal Civil. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Firmado por el Dr. Carlos Cary Choque Juez del Juzgado Mixto de Islay y Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui. (06-09-10 noviembre) B/E 031-101. NOTIFICACION POR EDICTO La señora Juez del Juzgado Mixto de Islay, Dra. Lily Chacón Aldazabal, quien actúa por vacaciones del titular, con intervención del Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, en el proceso N° 533-2013-CI, seguido por Agustina Adco Acarapi en contra de Josefina Miriam Tohalino Valencia y otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha expedido la RESOLUCIÓN N° 19 de fecha veinte de octubre del presente año, mediante la cual RESUELVE: Se notifique al litisconsorte necesario pasivo Cosme Salomón Tohalino Valencia mediante edictos con un extracto del auto admisorio, la resolución N° 15 y la presente resolución, para que conteste la demandan en el plazo de diez dias, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal. RESOLUCIÓN N° 02; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por Agustina Adco Accarapi en contra Josefina Miriam Tohalino Valencia, Hugo Edgardo Tohalino Valencia, Ángel María Tohalino Valencia, Horacio Augusto Tohalino Valencia, Francisca Esther Tohalino Valencia Ángel Cornejo Salas, Clementina Felicitas Tohalino Valencia y Sara Idelfonsa Tohalino Valencia, en la via del proceso ABREVIADO; en consecuencia, confiero traslado de la demanda a la parte demandada por el plazo de diez dias para su contestación, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; debiendo de notificarse además a los colindantes; por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados, SE DISPONE la publicación del extracto de la demanda conforme lo establece el articulo 506 del Código Procesal Civil. RESOLUCIÓN N° 15: SE RESUELVE: INTEGRAR AL PROCESO a Cosme Salomón Tohalino Valencia, en calidad de litisconsorte necesario pasivo de los demandados; cúmplase con notificarlo con la demanda a efecto de que en el plazo de diez dias la conteste, bajo apercibimiento de declarársele rebelde, debiendo la parte demandante adjuntar las copias de los actuados pertinentes y cédulas correspondientes para su notificación. SE DISPONE que la señora Martha Rodríguez Núñez, intervenga autorizando la presente resolución como actuario judicial, ante la ausencia del Secretario Judicial por estar gozando de su periodo vacacional. Tómese razón y hágase saber. Firmado por el Dr. Carlos Cary Choque Juez del Juzgado Mixto de Islay y Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui. Mollendo, 30 de octubre del 2015. (06-.09-.10 noviembre) B/E 031-102. NOTIFICACION POR EDICTOS Se notifica a Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores del Ministerio de Agricultura, que ante esta Notaría se han presentado Jorge Echarre Bravo y Eufemia María Pinto Paico, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en el lote 9, manzana K, de la Urbanización Cooperativa de Vivienda Trabajadores Ministerio de Agricultura, del distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 162,00 m2. (CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, avenida 1, con 9,00 metros; por la derecha, lote 10, con 18.00 metros; por la izquierda, lote 8, con 18.00 metros y por el Fondo, Lote 22, con 9.00 metros. El bien forma parte de la lotización inscrita en la partida 01171774 del Registro de Predios de
Arequipa. Arequipa 02 de noviembre del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (05-06-09 noviembre) B/E 031-66.
REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente 6830-2000.- En los seguidos por MARIA QUISPE PINTO Y OTROS contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AREQUIPA, sobre ACCION DE CUMPLIMIENTO, Expediente N° 06830-2000-0401-JR-CI-04 el Sr. Juez del 5° Juzgado Civil de Arequipa Dr. Aníbal Celso Maraza Borda, con intervención de la Especialista Legal Dra. Llerena Santos Melissa Nathaly, han encargado a la Martillero Publico Norma Reveca Rojas Alania y dispuesto: sacar a Remate Publico EN PRIMERA CONVOCATORIA 34,803 Acciones de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, VALOR DE TASACION DE LAS ACCIONES MATERIA DE REMATE: S/. 34,803.00 (treinta y cuatro mil ochocientos tres con 00/100 Nuevos Soles) BASE DEL REMATE: S/. 23,202.00 (veintitrés mil doscientos dos con 00/100 Nuevos Soles) equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. AFECTACIONES: Medida Cautelar de Ejecución a favor de la demandante por la suma de S/. 34,803.00 (treinta y cuatro mil ochocientos tres con 00/100 Nuevos Soles) la misma que deberá recaer sobre los 34,803 acciones que tiene la Municipalidad Provincial de Arequipa como accionista de la CAJA AREQUIPA, Resolución N° 214 del 15.03.2013. DIA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día Martes 10 de noviembre del 2015 a las 10: 00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Judiciales, ubicados en el sótano de la de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sitio en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado de Arequipa del Distrito y Provincia de Arequipa.- POSTORES: Obrarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (SIN SELLO NEGOCIABLE) presentaran DNI y Arancel Judicial consignado el número del DNI del postor, juzgado correspondiente y el Numero del Expediente (con copia del DNI y del Arancel Judicial firmados). El remate será efectuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA, Martillero Publico a Nivel Nacional Reg. N° 286, Adjudicatario cancela los honorarios de Martillero conforme a ley y están afectos al I.G.V., al finalizar el remate. Arequipa, 25 de setiembre del 2015. NORMA FERNANDEZ HUAQUIPACO SECRETARIA JUDICIAL. NORMA ROJAS ALANIA MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. Nº 266. (02-03-0405-06-09 NOVIEMBRE) B/Nº 031-34037. PRIMER REMATE El día 18 de noviembre del 2015 a las 12.15 horas, en la sala de Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España; ORDENADO POR EL JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL – Dr. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA - Expediente Nº 1821-2014 Especialista Legal Dr. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA; En el proceso Ejecución de Garantías que sigue ELIO PEPE COTACALLAPA VALDIVIA contra MERCEDES CATALINA NIEVES HUAMANI Y MARCO ANTONIO MENDOZA CHIRINOS SE REMATARA: el inmueble ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO BUENOS AIRES DE CAYMA, Manzana N, Lote N° 3, Zona C, del distrito de CAYMA, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII, SEDE AREQUIPA, en la Partida Nº P06005547, actualmente de propiedad de EDWIN GUSTAVO TELLEZ CHANCAHUAÑA; TASACIÓN = S/.356,077.26 , BASE DEL REMATE = S/237,384.84 AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta por U.S.$.45,959.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, tal como consta en los Asientos N° 5 y 6 de la partida mencionada. 2).- HIPOTECA, hasta por S/.240,000.00 a favor del DEMANDANTE, tal como consta en los Asientos N° 7, 8 y 10 de la partida mencionada y que origina el presente proceso 3.EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, hasta por S/.25,000.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., tal como consta en el Asiento N° 11 de la partida mencionada. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en
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efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/:35,608.00, adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N° 175 - Telef. 054-285020 - 959692243. Arequipa 07 de noviembre de 2015. Armando Pérez Angulo Martillero Público - Reg. Nº 175. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL (S) CUARTO JUZGADO ESP. CIVIL . (03-04-05-06-09-10 noviembre) B/ Nº 031-30 PRIMER REMATE En el proceso sobre ejecución de garantías, expediente 01535-2014-0-0405-JM-CI-01, seguido por la demandante Caja Municipalidad de Ahorro y Crédito de Arequipa en contra de los demandados Soledad Amanda Castillo Mendoza y Carlos Enrique Collantes Velasquez, que se tramita ante el Primer Juzgado Mixto de Caylloma de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo de la Juez Dra. Margarita Salas Valdivia con intervención del Especialista Legal Fernando Rubén Mamani Mamani; ha designado al Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro Nro. 247, para que lleve a cabo la diligencia del PRIMER REMATE del bien inmueble ubicado en: SUB LOTE 14-A, MANZANA A, SECTOR C CCAPA, CENTRO POBLADO CHIVAY, DISTRITO DE CHIVAY, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, área 212.17 metros cuadrados, inscrito en la partida P06249397 del registro de predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. El Martillero Público ha señalado la realización del primer remate para el día 17 de noviembre del año 2015 a los 12:00 m. (doce horas del día) a realizarse en el Local del Primer Juzgado Mixto de Caylloma – Chivay, sito en Plaza de Armas N° 203 Interior – Chivay, TASACION US$ 118,951.00 (ciento dieciocho mil novecientos cincuenta y uno con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: US$ 79,300.67 (setenta y nueve mil trescientos con 67/100 dólares americanos). AFECTACIONES: Asiento 00003 Hipoteca a favor de la Caja Municipal de ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 118,951.00 dólares americanos según escritura pública N° 575 de fecha 17 de febrero del 2011 otorgado ante notario Victor Tinajeros Loza. DEPOSITO PARA SER POSTOR: Los postores depositaran, antes del remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de tasación (el 10% del valor de tasación equivale a US$ 11, 895.10 dólares americanos), asimismo adjuntarán el arancel judicial por participación en remate (indicando número de expediente, juzgado, y numero de documento nacional de identidad del postor) y presentarán su documento nacional de identidad, en caso de personas jurídicas presentarán vigencia de poder. El remate será efectuado por el Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro Nacional número 247, Celular 992014422, 957870365. Los honorarios del Martillero Público los paga el postor beneficiado con la adjudicación conforme al D.S. 008-2005-JUS, Ley 27728 y están efectos al Impuesto General a las Ventas (I.G.V). Arequipa, 30 de octubre del 2015. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. 247. (0405-06-09-10-11 noviembre) B/E-40.EDICTO REMATE JUDICIAL Por Orden del Decimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Jueza Dra. Zoraida Julia Salas Flores, Especialista Dr. Gildo A. Gutierrez Chacón, Expediente 7577-2014-0-0401-JR-CI-10, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra QUISPE TICONA WUILBER ELBER y BLANCO TAPIA, HIRMA; sobre Ejecución de Garantías, se saca a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del: INMUEBLE: Vivienda de tres pisos ubicada en Pueblo Joven Pampa de Polanco, Manzana E, Lote 10, Sector Juan Velasco Alvarado, Zona A, del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. P06010780 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro.XII Sede Arequipa de la SUNARP. Área Terreno128.79m2, Área Contruida 225m2. TASACION: S/. 298,698.84 (Doscientos noventa y ocho mil seiscientos noventa y ocho con 84/100 nuevos soles). BASE DE REMATE: S/.199,132.56 (Ciento noventa y nueve mil ciento treinta y dos con 56/100 nuevos soles) que corresponde a las dos terceras partes de la tasación.- CARGAS Y GRAVAMENES: 1) Asiento 00006 Inscripción de Hipoteca común otorgada por los propietarios el Sr. Wuilber Elber Quispe Ticona e Hirma Blanco Tapia a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/.165,287.68 ( CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 68/100 NUEVOS SOLES ). 2) Asiento 00007 Embargo en forma de Inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 50,000.00 ( CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES ) a favor del Banco de Crédito del Perú, expedida por Resolución Nro.01 de fecha 26/08/2013, Jueza Patricia Ruby Valdivia Franco, en el proceso sobre obligación de Dar Suma de
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Dinero del Expediente Nro. 3802-2013-36-0401-JRCI-06. 3) Asiento 00008 Anotación de Demanda a favor del Banco de Crédito del Perú dispuesto por la Juez Dra. Zoraida Julia Salas Flores del Décimo Juzgado Civil de Arequipa en la Resolución Judicial Nro. 02-2015-DJECA de fecha 19/01/2015, Expediente N° 2014-07577-4 sobre Ejecución de Garantías . DIA Y HORA DEL REMATE: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2015 A HORAS: 11:00 AM. (HORA EXACTA) LUGAR DEL REMATE: Se realizará a la hora exacta en la Sala de Remates del Segundo Módulo Civil (10mo. Juzgado Civil de Arequipa) ubicado en Plaza España S/N Cercado Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la Tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor .Y deberán presentar su DNI y el arancel judicial pagado en el Banco de la Nación por S/. 577.50 (Código 07153) por participación en Remate indicando el Juzgado, Nro. del Expediente y DNI. LOS HONORARIOS del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario de conformidad con los montos establecidos en el DS. Nro. 008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto del Remate. Pamela Marisol Alva Rivera - Martillero Público con Reg. 319 – Telef.987508700. Arequipa, 29 de Octubre del 2015. Pamela Marisol Alva Rivera Martillero Público a Nivel Nacional Registro SUNARP Nro. 319.- Alexander Gutierrez Chalco Especialista Legal del Decimo Juzgado Civil Modulo Corporativo Civil I. (05-06-09-10-11-12 noviembre) B/E 031-83. PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente Nro. 2662-2013-0-0401-JR-CI-08, que sigue Scotiabank Perú SAA en contra de Marco Antonio Barra Manrique, teniendo como tercero con interés a Patricia Magali Salazar Torres; el señor Juez del Octavo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Omar Alejandro Del Carpio Medina, especialista legal Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana, ha encargado al Martillero Público Dr. Armando Genaro Perez Angulo, con Registro Nro. 175, la realización del PRIMER REMATE PUBLICO, el día 18 de Noviembre del 2015 a horas 11:15 de la mañana, el cual se llevara a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ubicada en el sótano de la Puerta Principal de Ingreso al Palacio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa siendo que esta última se ubica en la esquina formada por Plaza España con Siglo XX s/n en el Cercado de Arequipa, del siguiente bien inmueble DESCRIPCIÓN: Pueblo Tradicional Arancota Manzana “B” lote 24A Zona “A” del Distrito de Sachaca, provincia y Departamento de Arequipa e inscrita en la Partida Registral Nro. P06207235 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Arequipa. PRECIO DE TASACIÓN: US$ 52 287.00 dólares americanos. BASE DEL REMATE: US$ 34 858.00 dólares americanos. AFECTACIONES: 1.- Asiento 0008 Inscripción de Bloqueo Registral: Sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta que se formalice la inscripción de la Constitución de Hipoteca a favor del Scotiabank Perú SAA por la suma de US$ 42 728.22 dólares americanos; según consta de la minuta de garantía hipotecaria de fecha 22 de Setiembre del 2009. 2.- Asiento 00009: Inscripción de Hipoteca: Hipoteca: Constituida por su Propietario a favor de Scotiabank Perú SAA sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de US$ 42 728.22 dólares americanos. Depósito para ser postor: Para ser postor se deberá depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: US$ 5 228.7 dólares americanos, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, adjuntando arancel correspondiente para participar en el remate indicando número de expediente y DNI del postor. Juez: Omar Alejandro Del Carpio Medina, especialista legal Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana, Martillero Público Dr. Armando Genaro Perez Angulo, Registro Nro. 175 Arequipa 04 de Noviembre del 2015. (0506-09-10-11-12 noviembre) B/E 031-85. SEGUNDO REMATE En el Expediente 00398-2014-0-0412-JM-CI-01, sobre Ejecución de Garantías que sigue Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, debidamente representada por su apoderada LOURDES MARILU PUMAHUANCA CCASO en contra de WILLIAM RICARDO RODRIGUEZ VILCA Y ZORAIDA ANITA MIRANDA PINTO, el Primer Juzgado Mixto de Paucarpata, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero, con intervención de la Especialista Legal Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez, ha nombrado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS, quien llevará a cabo el SEGUNDO REMATE del bien inmueble ubicado en PUEBLO TRADICIONAL CERRILLO MZ. S, LOTE 17, DISTRITO DE CHARACATO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuya área, linderos medidas perimétricas y demás características se detallan en la Ficha Nro. P06116463 del registro Predial Urbano de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN CONVENCIONAL: US$. 40001(Cuarenta Mil Uno con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL SEGUNDO REMATE: US$ 22667,23 (Veintidós Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 23/100 dólares americanos) que son las 2/3 partes de la tasación convencional con la reduc-
ción del 15%. . FECHA Y HORA DE REMATE: VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS. LUGAR DE REMATE: Instalaciones de la Sala de lectura del Archivo Modular del Modulo Básico de Justicia de Paucarpata ubicado en Esquina Calle Laveau con Calle Teniente Alcantara – Paucarpata AFECTACIONES: a) Hipoteca a favor Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, inscrita en los asientos 00006 y 00007 hasta por US$ 40001 dólares americanos y que ES materia del presente proceso. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Depositar en efectivo, cheque de gerencia o en Depósito judicial del Banco de la Nación el 10% del valor de la tasación del bien; es decir, la suma US$. 4000,10 (Cuatro Mil con 10/100 dólares americanos); además deberán presentar su arancel judicial (con copia de arancel y DNI) consignando número de expediente, Juzgado y documento de identidad. ADJUDICATARIO cancelará Honorarios de Martillero Público conforme a Ley N° 28371 y D.S. 008-2005-JUS. Arequipa, 04 de noviembre del 2015.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 265. CHRISTIAN OMAR TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL. (06-09-10 noviembre) B/E 031-106. SEGUNDO REMATE JUDICIAL NOMBRES DE LAS PARTES Y TERCEROS LEGITIMADOS: En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. contra ARAGON CHURA CAMILA GLORIA. Teniendo como acreedor no ejecutante a Banco Internacional del Perú S.A.A. y como terceros emplazados a FUENTES PAZ JOSE y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SIBAYO. Expediente Nº 02131-2011-0-0401-JR-CI-08, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria; el Octavo Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del señor Juez OMAR ALEJANDRO DEL CARPIO MEDINA, con intervención del especialista legal OSCAR RAUL CAHUANA CAHUANA ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO JUDICIAL en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble que seguidamente se detalla: BIEN A REMATAR: Bien inmueble ubicado en Manzana H, Lote 08, Asociación de Vivienda Villa CORPAC, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 275.00 metros cuadrados. Cuyas Medidas Perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la partida Nº 11139384 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XII Sede Arequipa. AFECTACIONES DEL BIEN: A) Hipoteca a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., hasta por la suma de S/. 360,000.00 (Trescientos Sesenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), Inscrita en el Asiento D00002 B) Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, fuera de proceso, a favor de la Municipalidad Distrital de Sibayo, hasta por la suma de S/. 450,000.00 (Cuatrocientos Cincuenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), Inscrita en el Asiento D00003 C) Hipoteca a favor de José Fuentes Paz, hasta por la suma de US$ 20,000.00 (Veinte Mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), Inscrita en el Asiento D00004 D) Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción a favor de Banco Internacional del Perú-INTERBANK, hasta por la suma de S/. 36,000.00 (Treinta y seis Mil con 00/100 Nuevos Soles) Inscrito en el Asiento D00005 VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 539,020.00 (Quinientos Treinta y Nueve Mil Veinte con 00/100 Nuevos Soles) PRECIO BASE DEL REMATE: S/. 305,444.67 (Trescientos Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro con 67/100 Nuevos Soles) equivalente al precio base del primer remate menos 15%. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates judiciales ubicada en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sita en Plaza España S/N Cercado de Arequipa DÍA Y HORA DEL REMATE: 17 de Noviembre del 2015, a horas Doce del Medio Día. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: Martillero Público Christian Rubén Vizcarra Adriano, con número de registro 264. PORCENTAJE QUE DEBE DEPOSITARSE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Los Postores deberán depositar no menos del 10 % del valor de la tasación, equivalente a: S/. 53,902.00 (Cincuenta y Tres Mil Novecientos Dos con 00/100 Nuevos Soles), en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial por derecho a participar en remate de bienes inmuebles, indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Los honorarios del martillero público serán a cargo del adjudicatario. Arequipa, 05 de Noviembre del 2015. Christian Rubén Vizcarra Adriano Martillero Público Registro N° 264. Oscar Cahuana Cahuana Secretaria Judicial (S) Octavo Juzgado Especializado Civil. (06-09-10 noviembre) B/E 031-116 CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00251–2012-0-0407-JM-CI-01 En los autos seguidos por FELIX MARCO ANTONIO PINTO GOMEZ en contra de JUAN FORTUNATO TURPO PACHA , sobre Ejecución de Garantías .; el señor Juez del Juzgado Mixto de Islay – Sede Islay - Arequipa Dr. Carlos Alvaro Cary Choque, con el Especialista Legal. Dr. Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: Zona “A” Manzana “H” Lote N° 13 del Pueblo Joven
Lunes, 9 de noviembre del 2015
Alto Inclan, Distrito de Mollendo, Provincia de Islay y Departamento de Arequipa; inscrita en la Partida Electrónica N° 01113421 – Ficha N° 85203 de la Oficina Registral Regional - Región Arequipa VALOR DE TASACION : US$. 9,553.72 ( Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Tres con 72/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: US$. 6,369.15 ( Seis Mil Trescientos Sesenta y Nueve con 15 /100 Dólares Americanos ), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación . AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00002 HIPOTECA – Constituída por sus propietarios a favor de FELIX MARCO ANTONIO PINTO GOMEZ sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por el monto de US$. 1,500.00 (Un Mil quinientos 00/100 Dólares Americanos), para garantizar y responder por un mutuo otorgado al propietario, por el monto de US$. 1,300.00 , acordando las partes que no generará interés de ninguna clase. La Hipoteca comprende todo cuanto de hecho, o por derecho le corresponda al bien, según consta, más ampliamente de la Escritura Pública de fecha 15.11.2002 otorgada ante Notario Público Dr. A. Paredes Alí. Asiento N° 00003 RECTIFICACION : Se rectifica el asiento 2 del Rubro D, en el sentido que el mutuo asciende, a la suma de US$. 1,700.00 ( Un Mil Setecientos 00/100 Dólares Americanos ) y como se consigno, se procede en mérito a la Escritura Publica de rectificación y aclaración, de fecha 13.01.2003 ante Notario Público de Mollendo Dr. Alejandro Paredes Alí. DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de NOVIEMBRE del año 2015, a horas 12:00 del mediodía. . LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado Mixto de Islay – Calle Comercio N° 771 Mollendo – Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación sobre US$. 9,553.72 en efectivo y/o cheque de gerencia del Banco de la Nación a nombre del postor y presentarán, la tasa arancelaria judicial por derecho a participar en el remate con indicación de su documento de identidad, N° de expediente y juzgado correspondiente (todo con su respectiva fotocopia); los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del Adjudicatario al momento de la firma del Acta, de acuerdo al Art. N° 18 de D.S. 008-2005 JUS a ley 27728.- Arequipa, 02 de Noviembre de 2015. Angel R. Arias Gallegos Martillero Publico Reg. Nº 265 . Juan Ruelas Chaucayanqui Secretario Judicial Juzgado Mixto Islay Mollendo. (06-09-10-11-12-13 noviembre) B/E 031-133. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el Expediente Nro. 01922-2014-0-0410-JM-CI-02, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, representada por JACKELINNE FLORES DEL CARPIO, contra EUSEBIO VERCEL VILCAPAZA QUISPE sobre ejecución de Garantía hipotecaria: el SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SEDE MBJ MARIANO MELGAR; que despacha el Juez JORGE LUIS PINTO FLORES y Especialista Legal: Dra. ESPERANZA VELARDE REVILLA, se ha nombrado como martillero público a LUIS BELTRAN RAMOS ORTEGA con Registro Nro- 292, quien ha dispuesto CONVOCAR EL PRIMER REMATE del inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL MIRADOR DE MARIANO MELGAR PARTE ALTA, MZ I LOTE 18, ZONA II, DISTRITO DE MARIANO MELGAR, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA y que se encuentra inscrito en la Partida N° P06229989 del Registro de Predios de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$ 27704 (VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS ) PRECIO BASE DE REMATE US$ 18469.33 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 33/100 DOLARES AMERICANOS), que son las 2/3 partes del valor de tasación. AFECTACIONES: 1) Hipoteca Inscrita en el Asiento 00005 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por US$ 27704 dólares americanos y que ES materia del presente. DIA DEL REMATE: 01 DE DICIEMBRE DEL 2015, HORA: TRECE HORAS, LUGAR: Frontis del local del juzgado del Módulo de Justicia Básica de Mariano Melgar, ubicado en esquina formada por Av. Simon Bolivar con calle Junin S/N, Mariano Melgar-Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de US$ 2,770.40 (Dos mil setecientos setenta con 40/100 Dólares americanos), suma que sera devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/. 385.00 donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI O RUC. Y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI y copias. SALDO D EPRECIO: De ser el caso, el adjudicatario debe depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios de martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 277728 y su Reglamento (artículo 18 del D.S: Nro. 008.2005 JUS) y está afectos al IGV. Arequipa, 05 de noviembre del 2015. ESPERANZA VELARDE REVILLA ESPECIALISTA
LEGAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO MODULO BASICO DE JUSTICIA DE MNO. MELGAR. LUIS BELTRAN RAMOS ORTEGA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 292 . (09-10-11-12-13-16 noviembre) B/E 031-158. TERCER REMATE En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 02512-2013-0-0401-JR-CI-09 seguido por EDPYME NUEVA VISION S.A., en contra de LUIS JESUS TORRES ESTREMADOYRO Y JHON JESUS VELASQUEZ TRUJILLO. El señor Juez del Noveno Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dr. José Antonio Meza Miranda, con intervención del Especialista Legal Dr. Christian Eduardo Lizarzaburu Romero, ha convocado al TERCER REMATE de los inmuebles materia de ejecución, habiendo nombrado a la martillero Público Marlene Cleofe Flores de Mendoza con Registro N° 318, para la realización del tercer remate de los inmuebles: A).- PRIMER INMUEBLE: CENTRO POBLADO APLAO, MANZANA W1, LOTE 7, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6159494, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN: US$ 56,595.00 (Cincuenta y seis mil quinientos noventa y cinco 00/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$ 27,259.92 (veintisiete mil dos cientos cincuenta y nueve 92/100 dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación (menos el 15% en segunda convocatoria) y menos el 15% por tratarse de tercera convocatoria; LOS POSTORES: Depositan no menos del diez por ciento US$ 5,659.50 (cinco mil seiscientos cincuenta y nueve 50/100) del precio de tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre. AFECTACIONES: Hipoteca a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 56,595.00 dólares americanos, materia de ejecución, así consta inscrito en el asiento 00005, de la partida Nº PO6159494, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; B).- SEGUNDO INMUEBLE: CENTRO POBLADO APLAO, MANZANA W1, LOTE 6, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6159493, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN: US$ 49,738.00 (Cuarenta y nueve mil setecientos treinta y ocho 00/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$ 23,957.13 (veintitrés mil novecientos cincuenta y siete 13/100 dólares Americanos) equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación (menos el 15% en segunda convocatoria) y menos el 15% por tratarse de tercera convocatoria; LOS POSTORES: Depositan no menos del diez por ciento US$ 4,973.80 (Cuatro mil novecientos setenta y tres 80/100 dólares americanos) del valor de tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; AFECTACIONES: Hipoteca a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 49,738.00 dólares americanos, materia de ejecución, así consta inscrito en el asiento 00005 de la partida Nº PO6159493, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; DIA Y HORA DE REMATE: Martes 24 de noviembre del 2015, a las 11:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de Remates, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX s/n cercado – Arequipa; Para participar como postor deberá de presentar Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, octubre 24. MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. CRISTHIAN LIZARZABURU ROMERO SECRETARIO JUDICIAL ROMERO SECRETARIA JUDICIAL NOVENO JUZGADO CIVIL . (09-10-11 noviembre) B/E. 154.
RECTIFICACIONES INSCRIPCIÓN PARTIDA DE BAUTISMO Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado doña Kelly Giovana Alania Delgado de Mendoza, solicitando la inscripción de una nueva partida de Bautismo por deterioro material de la primigenia con posterior rectificación para Lino R. Delgado Villanueva en el Archivo de la Parroquia San Pedro (Uchumayo) - Arequipa. Los datos ofrecidos al respecto son: “El titular nació en Pago Congata, el 30 de agosto de 1928, y fue bautizado con los nombres de ‘Lino R.’ en la Vice Parroquia San Pedro (Uchumayo), Arequipa, el 23 de setiembre de 1928,’ hijo natural de ‘Maximiana Villanueva’. Fue su padrino ‘Agapito Hurtado Mendoza’. Fue ministro del sacramento Fray Juan José Indacochea”.- “Por decreto de 06 de agosto de 1946 el Iltmo. Provisor hace constar que el nombre del bautizado de esta partida es ‘Lino Ramón’”. “Legitimado por subsiguiente matrimonio de sus padres Gumercindo Delgado
Lunes, 9 de noviembre del 2015
con Maximiana Villanueva. Debiendo figurar en definitiva su identidad como LINO RAMÓN DELGADO VILLANUEVA”.- Lo que se comunica a los interesados para los fines de Ley.- Arequipa, 29 de octubre del 2015.-Dr. Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (05-0609 noviembre) B/E 031- 71. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Magnolia Lilian Rivera de Bejarano quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Mollendo - Islay el veinticuatro de julio de mil novecientos setenta y uno; hija de don Marcos Cristóbal Rivera del Carpio y de doña Lilian Damiana Guillen Espinoza, y que fue bautizada en la Basílica Catedral de Arequipa el veinte de diciembre de mil novecientos setenta y dos. Fueron sus padrinos don Hugo Carbajal Olivera y doña Consuelo Monroy de Carbajal. Arequipa, 03 de noviembre del 2015.- (05-06-09 noviembre) B/C 031-92. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Victoria Matilde Miranda Quispe quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Inmaculado Corazón de María (Miraflores) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el veintinueve de marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro; hija de don Juan Miranda y de doña Florentina Quispe, y que fue bautizada en la Parroquia Inmaculado Corazón de María (Miraflores) - Arequipa el veinticinco de abril de mil novecientos cincuenta y cinco. Fue su madrina doña Herminia Rodríguez Mamani.Arequipa, 05 de noviembre del 2015. DR. WALTER ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (06-09-10 noviembre) B/E 031114. EDICTO-RECTIFICACION ANTE EL QUINTO JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA, ESP. LEGAL CARLOS VILLAN, EXPEDIENTE 4062-2015, EUSEBIA YOLANDA DUEÑAS ASENCIO, SOLICITANDO RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO CAMBIO DE NOMBRE, CON LA SUPRESIÓN DEL PRIMER NOMBRE EUSEBIA, DEBIENDO QUEDAR EN ADELANTE COMO YOLANDA DUEÑAS ASENCIO. AREQUIPA, 22 DE OCTUBRE DEL 2013. LIZBETH SILVA GUILLEN ABOGADA MAT. 7002. C.A.A. (09 noviembre) B/E 031-123. RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE MI DR, HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE N° 330 - AREQUIPA, FUE PRESENTE CELIA NATIVIDAD MAMANI PANIBRA; SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO DONDE SE HA CONSIGNADO ERRONEAMENTE EL NOMBRE DE SU PADRE, DEBIENDO FIGURAR COMO: “JULIAN PORFIRIO MAMANI QUISPE”. AREQUIPA, 03 DE NOMBRE DEL 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (09 noviembre) B/E 031-120. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Por ante el Juzgado Civil del MBJ de Hunter Expediente N° 1734-2015, Especialista Legal Dr. Cesar Denos, doña ARABELIA AQUINO QUICAÑO solicita cambio de nombre. Se adicione como segundo nombre de pila: ABRIL y se cambie el apellido paterno: AQUINO por el de ARAGON debiendo quedar como ARABELIA ABRIL ARAGON QUICAÑO, así como se autorice llevar dichos nombres y apellidos. Arequipa, 05 de noviembre del 2015. JORGE DIAZ APAZA ABOGADO MAT. 2004 C.A.A. (09 noviembre) B/E 031-113. RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MI DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSE 313-A, CERCADO, SE HIZO PRESENTE: ISMAEL JULVER TERNERO CHORA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “MANUEL TERNERO CARAZAS”, DEBE DECIR: “MANUEL DE LA ENCARNACIÓN TERNERO CARAZAS”. AREQUIPA, 30 DE OCTUBRE DE 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIO ABOGADA C.N.A. Nº 24. (09 noviembre) B/E 031-111. RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de Jacobo Hunter, Expediente Nro. 2015-5077, Especialista Legal Julie Ana Milagros Linares Puma, PASTOR GREGORIO CUEVA VERA, solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita y registrada en la Municipalidad Distrital de Sachaca, en el sentido que se corrija el nombre de su padre de “JUAN CUEVA ZUÑIGA” por “JUAN PASTOR CUEVA ZUÑIGA”, el nombre de su madre de “ROSA VERA CALDERON” por “ROSA MARGARITA VERA CALDERON” y se adicione sus apellidos a su nombre que figura como “PASTOR GREGORIO” por “PASTOR GREGORIO CUEVA VERA”. Arequipa, 5 de Noviembre del 2015.- YVAN A. CASTRO CRUZ ABOGADO MAT. C.A.A. 4507. (09 noviembre) B/E 031-108.
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
EDICTO NOTARIAL-RECTIFICACION DE PARTIDA ANTES ESTE DESPACHO NOTARIAL SE HA PRESENTADO CLAUDIA ANGELA CALLATA LOPE, IDENTIFICADA CON DNI 40918375, DOMICILIADA EN ASENTAMIENTO D - 2, PARCELA 84, DISTRITO DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SOLICITANDO QUE EN VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO SE SIRVA TRAMITAR LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO EN EL EXTREMO DEL NOMBRE DE SU PROGENITURA DONDE POR ERROR SE CONSIGNO ANTONIA PADUA, Y EN SU LUGAR CORREGIR POR EL DE ANTONIA DE PADUA, LOS INTERESADOS ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL DE MANZANA 3E, LOTE 19, MAJES. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (09 noviembre) B/E 031-107. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, NERY SOLANA CASAPERALTA MIRANDA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE SU APELLIDO PATERNO DONDE FIGURA COMO: “CASAPERTA”, SIENDO LO CORRECTO: “CASAPERALTA”, EL PRENOMBRE DE SU PADRE, DONDE FIGURA COMO: “Luis” CASAPERALTA ALLASI, SIENDO LO CORRECTO “GENACIO LUIS”, Y EL DE SU MADRE, “RAIMUNDA” MIRANDA CRUZ, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA LAURA”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-11-2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. ASOC. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, MÁXIMO JAVIER CASAPERALTA MIRANDA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE EL PRE-NOMBRE DE SU PADRE, DONDE FIGURA COMO: “LUIS” CASAPERALTA ALLASI, SIENDO LO CORRECTO “GENACIO LUIS”, Y EL DE SU MADRE, “RAYMUNDA” MIRANDA CRUZ, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA LAURA”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-112015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. Asoc. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, EUFRACIA ELENA CASAPERALTA MIRANDA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE SU PRE-NOMBRE EN LA ANOTACIÓN MARGINAL, DONDE FIGURA COMO: “ELENA EUFRACIA” SIENDO LO CORRECTO: “EUFRACIA ELENA”, EL PRE-NOMBRE DE SU PADRE, DONDE FIGURA COMO: “LUIS FENICIO” CASAPERALTA ALLASI, SIENDO LO CORRECTO “GENACIO LUIS” Y EL NOMBRE DE SU MADRE, “REUMINDA” LAURA MIRANDA “CRUS”, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA” LAURA MIRANDA “CRUZ”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-11-2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. Asoc. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, CLAUDIO MELITÓN CASAPERALTA MIRANDA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE EL PRE-NOMBRE DE SU PADRE, DONDE FIGURA COMO: “LUIS” CASAPERALTA ALLASI, SIENDO LO CORRECTO “GENACIO LUIS”, Y EL DE SU MADRE, “RAIMUNDA” MIRANDA CRUZ, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA LAURA”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-11-2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. Asoc. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA: ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, EDILBERTA AIDÉ CASAPERALTA MIRANDA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE EL PRE-NOMBRE DE SU PADRE, DONDE FIGURA COMO: “LUIS GENICIO” CASAPERALTA ALLASI, SIENDO LO CORRECTO “GENACIO LUIS”, Y EL DE SU MADRE, “RAYMUNDA” MIRANDA CRUZ, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA LAURA”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-112015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. Asoc. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, REIMUNDA LAURA MIRANDA CRUZ DE CASAPERALTA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE SU PRE-NOMBRE, DONDE FIGURA COMO: “REYMUNDA”, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-11-2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. ASOC. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105.
RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO, LUIS NAZARIO CASAPERALTA MIRANDA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A FIN QUE SE RECTIFIQUE EL PRENOMBRE DE SU PADRE, DONDE FIGURA COMO: “LUIS GIRICIO” CASAPERALTA ALLASI, SIENDO LO CORRECTO “GENACIO LUIS”, Y EL DE SU MADRE, “RAYMUNDA” LAURA MIRANDA CRUZ, SIENDO LO CORRECTO “RAIMUNDA”, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LEY. AREQUIPA, 04-11-2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO. Asoc. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. DOY FE. (09 noviembre) B/E 031-105. EDICTO JUDICIAL-RECTIFICACION Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acarí, que Despacha la Juez Dra. Marisol Mónica Ramos Pacsi y Secretario Judicial Carlos Benites Machuca, Expediente Nro. 00049-2015-0-0409-JP-CI-01., doña JUANA VICTORIA QUICAÑO ACOSTA, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento Nro.244, en la misma que se ha consignado en forma errónea mis prenombres, como Victoria Juana Quicaño, haberse omitido consignarse mi apellido materno, esto es Acosta, como también haberse consignado en forma incorrecta el mes y año de mi nacimiento, el 23 de Abril de 1942, debiendo obrar en lo sucesivo mis nombres y apellidos correctos, como JUANA VICTORIA QUICAÑO ACOSTA, nacida el 23 de Marzo de 1941,. Fdo: Carlos A. Huamani Cantoral. Abogado Registro CAI 2433. (09 noviembre) B/E 031-161. RECTIFICACION DE PARTIDA En el proceso no contencioso sobre rectificación de partida expediente numero 7369-2015 tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahura, especialista legal Angel Rosello Subia, don Jorge Solis Mamani, y Doña Enmelina Ines Barrios Andia, solicitan la rectificación de partida de nacimiento de su menor hija Allison Brigitte Solis Bernal, partida de nacimiento inscrita en la municipalidad provincial de Arequipa de fecha de inscripción 23 de setiembre del año 2005 para que en dicha partida de nacimiento se rectifique el primer apellido de la madre de BERNAL por BARRIOS así como se agregue el primer nombre de la madre ENMELINA al segundo nombre INES, rectificándose a su vez el segundo apellido de la menor ALLISON BRIGITTE SOLIS BERNAL, debiendo quedar como ALLISON BRIGITTE SOLÍS BARRIOS. Arequipa, 2015,noviembre 05. EDGAR MUJICA HERRERA ABOGADO C.A.A. 6014. (09 noviembre) B/E 031-150. EDICTO-PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ACARI, JUEZ DRA. MARISOL MÓNICA RAMOS PACSI. SEC. CARLOS BENITES MACHUCA, EXPEDIENTE NO. 00045-2015 DOÑA ORCY MARIA FERNANDEZ DE ROJAS, SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU PADRE MAXIMILIANO FERNANDEZ MANRIQUE, NACIDO EL 24 DE FEBRERO DE 1928 EN EL DISTRITO DE YAUCA, Y FALLECIDO EL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL 2011. FDO. DOCTORA MARISOL MÓNICA RAMOS PACSI. JUEZ (S) DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ACARI. CARLOS BENITES MACHUCA. SECRETARIO JUDICIAL. ACARI, 13 DE OCTUBRE DEL 2015. CARLOS BENITES MACHUCA SECRETARIO JUDICIAL . (09 NOVIEMBRE) B/E 031-146. RECTIFICACIÓN PARTIDA MATRIMONIO ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA. NOTARIO DE AREQUIPA, OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ, LIBIA ESPERANZA AGUIRRE CARDENAS. SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO N°43, EN LOS DATOS DE EL CONTRAYENTE DICE: “JESUS FELIPE SANTIAGO LOPEZ OLAZABAL”, DEBE DECIR ‘JESUS LOPEZ OLAZABAL”. AREQUIPA, 04 DENOVIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA MAT. 036. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-140.
SUCESIONES SUCESION INTESTADA - EDICTO JUDICIAL Expediente N° 01853-2015-0-0401-JR-CI-09, seguido por AMADOR OSCAR LINARES CARCAMO, el Señor Juez del PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA, Dr. JAVIER ALONSO TALAVERA UGARTE, ha resuelto: RES. N° 03 DEL 27-08- 2015.- ADMÍTASE a trámite la solicitud de sucesión intestada presentada por AMADOR OSCAR LINARES CARCAMO de quien en vida fue su señora madre SOILA NELLY CARCAMO PORTUGAL fallecida el 03-04-2014, solicitando se declare como único y universal heredero a su hijo: AMADOR OSCAR LINARES CARCAMO - Fdo. Dr. JAVIER ALONSO TALAVERA UGARTE, Sec. Abog. EDWIN APAZA CAMPOS.- EDWIN APAZA CAMPOS SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. (06-09 noviembre) B/Nº 031-33291 SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN
LA CALLE MELGAR NRO. 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: CRISTINA HINOJOSA DE VIZCARRA, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU CONYUGE: FERNANDO RAYMUNDO VIZCARRA TAPIA, FALLECIDO EL 09 DE OCTUBRE DEL 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERA A SU CONYUGE SUPERSTITE: CRISTINA HINOJOSA DE VIZCARRA. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 05.11.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-131. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTO, BENITO BERNARDINO VENTURA GUTIERREZ, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE ISABEL GUTIERREZ VDA DE VENTURA, FALLECIDA 13 MAYO 2015, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA, LO QUE COMUNICO PARA FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA 05 NOVIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (09 noviembre) B/E 031-132. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE ESTELA JUDITH TEJADA OBANDO SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE LUCRECIA EVANGELINA OBANDO GUILLEN, FALLECIDA EL 11 DE JULIO DE 2015, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONE QUIENES TENGAN INTERES. AREQUIPA, 02 DE NOVIEMBRE DE 2015. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (09 noviembre) B/E 031-128. EDICTO NOTARIAL-SUCESION INTESTADA Ante este despacho notarial se ha presentado SONIA NELIDA GARATE FARFAN, identificada con Documento Nacional de Identidad 30945041, domiciliada en la calle Rimac Manzana A - 13, Lote 20, Ampliación el Pedregal, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa, solicitando se aperture proceso de Sucesión Intestada de quien en vida fuera TULIO RAFAEL ALATTA MOTTA y señala como sus presuntos herederos a YUBER TULIO ALATTA GARATE, IVETH EPIFANIA ALATTA GARATE, JOSE MIGUEL ALATTA GARATE Y JIMMY ALATTA GARATE EN SU CONDICIÓN DE HIJOS DEL CAUSANTE. LOS INTERESADOS ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL UBICADO EN MANZANA 3E, LOTE 19, MAJES. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (09 noviembre) B/E 031-119. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTÓ: TERESA JESUS RODRIGUEZ YAGUA DE PINTO SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE MARIANO MERCEDES PINTO LUQUE, FALLECIDO EN FECHA 28 DE SETIEMBRE DE 2015, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN LA CUIDAD DE AREQUIPA, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDEROS, TERESA JESUS RODRIGUEZ YAGUA DE PINTO, TERESA MARIA PINTO RODRIGUEZ, GLORIA PINTO RODRIGUEZ, ADRIANA TERESA PINTO RODRIGUEZ, RAUL TOMAS PINTO RODRIGUEZ; LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 4 DE NOVIEMBRE DE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N. MAT. 036. (09 noviembre) B/E 031-126. A LA SUCESION DE QUIEN FUE DIONICIO CORNEJO CUTIPA El señor Juez del Primer Juzgado Mixto de Caylloma Chivay, en el proceso N° 094- 2007-CI, sobre Nulidad de Acto Jurídico, interpuesto por Tomasa Supo Picha en contra de Apolonia Supo Picha y otros, a dispuesto se notifique mediante edictos a la sucesión de quien en vida fue DIONICIO CORNEJO CUTIPA, con RESOLUCIÓN N° 120 (parte pertinente) del 28-set2015...A) SUSPENDER el presente proceso en tanto se provea la representación del codemandado Dionicio Cornejo Cutipa; B) NOTIFICAR mediante edictos a la sucesión de quien fue DIONICIO CORNEJO CUTIPA..., para que, se apersonen al proceso y continúen el proceso en el estado en que se encuentra, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; PREVINIÉNDOSE que al apersonarse al proceso el integrante o integrantes de la sucesión, deberán hacerlo acreditando su derecho con testamento o Sucesión Intestada, caso contrario no será admitido...; Firmado: Juez Margarita Salas y Secretario: Fernando Mamani. Chivay 20 de octubre del 2015. MAMANI MAMANI FERNANDO SECRETARIO JUDICIAL. (09-13 noviembre) B/E 031-125. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A CERCADO SE PRESENTO: GIOVANNA MERCEDES GUTIERREZ MIRANDA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN
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INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE: DOMITILA MIRANDA NUÑEZ; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 05 DE NOVIEMBRE DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 24. (09 noviembre) B/E 031-122. SUCESION INTESTADA EXP. Nº 0467-2015. ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA ANA VICTORIA ARAGON MAMANI, SOLICITANDO LA DE VICTOR ARAGON AGUILAR, FALLECIDO EL 18 DE FEBRERO DEL 2015, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA, 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015.- GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (09 noviembre) B/E 031-121. SUCESION INTESTADA ANTE MI JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUERON PRESENTES PAUL ERIC CENTI CHAVEZ, GIOVANA ROXANA CENTI CHAVEZ Y ALDO ALBINO CENTI CHAVEZ, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE MARY PAQUITA CHAVEZ VDA. DE CENTI, FALLECIDA EL 23 DE OCTUBRE DEL 2015, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENES TENGAN INTERES. AREQUIPA, 04 DE NOVIEMBRE DE 04 DE NOVIEMBRE DEL 2015. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (09 noviembre) B/E 031-118. SUCESION INTESTADA Ante mi Oficio Notarial sito en Avenida Ferrocarril 300-A - Tingo, Distrito de Hunter: se ha presentado FREDDY FRANCISCO BEJARANO FLORES; solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su madre doña MARIA TARCINIA FLORES DE BEJARANO, fallecida el dia 12 de Noviembre del 2010, teniendo como último domicilio la ciudad de Arequipa y señalando como sus herederos a: ROXANA SILVANA BEJARANO FLORES, MARIA DEL CARMEN SOFIA BEJARANO FLORES Y FREDDY FRANCISCO BEJARANO FLORES, en su calidad de hijos de la causante. Se procede a esta publicación de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 13 y 41 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos Ley N° 26662, para que se apersonen a este oficio notarial, quienes se crean con derecho sucesorio o hacer valer algún derecho con arreglo a ley. Arequipa, 03 de Noviembre del 2015. MIGUEL ANGEL LINARES RIVEROS NOTARIO DE AREQUIPA.- (09 noviembre) B/E 031-117. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ MARTHA ROSA CACERES VARGAS SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE JOSEFA ANTONIETA VARGAS RODRIGUEZ DE CACERES; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 04 DE NOVIEMBRE DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 24. (09 noviembre) B/E 031-115. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN N° 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: ANA MARIA GUEVARA CACERES, SOLICITANDO LA DE: MIGUEL ANGEL ROJAS DEL CARPIO, FALLECIDO EL 20 DE OCTUBRE DEL 2015, EN AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, SU ULTIMO DOMICILIO SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA, CONJUNTAMENTE CON: RICARDO y JORDANO MIGUEL ROJAS GUEVARA. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 03 DE NOVIEMBRE DEL 2015. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO . (09 noviembre) B/E 031-112. SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: ADRIAN FERNANDO TICONA RODRIGUEZ, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU PADRE: JOSE ADRIAN TICONA VALDIVIA, FALLECIDO EL 11 DE AGOSTO DEL 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS: ADRIAN FERNANDO, LEONOR VITALIA, RODOLFO BERNARDO Y LENNY BEATRIZ TICONA RODRIGUEZ. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 03.11.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-109. SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTA-
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RIO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JUAN CARLOS PABLO LANDA DIAZ, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU MADRE: BLANCA EDTELVINA DIAZ DE LANDA, FALLECIDA EL 03.11.2014, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS: JUAN CARLOS PABLO, ELENA ESTHER, RICARDO, BLANCA JESUS Y ALEJANDRA LANDA DIAZ. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 02.11.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-109. SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: ELENA ZAIDA RODRIGUEZ TORRES, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU HERMANO: DEMETRIO PERCY RODRIGUEZ TORRES, FALLECIDO EL 26.06.1978, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HERMANOS: CLODOVEO MANUEL, LELIA PAULINA, ELENA ZAIDA, DELILA GENOVEVA Y REYMUNDO EUCLIDES RODRIGUEZ TORRES. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 15-10-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-103. A V I S O DE SUCESION INTESTADA De conformidad con lo prescrito por los artículos 13 y 41 de la Ley Nº26662 - Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, se comunica que la señora ANA MARIA FRIDA LAJO MORALES, ha presentado ante el Notario Público de Arequipa, Dra. Glenny Alemán Padrón, con domicilio en Urbanización la Esperanza (A D E P A) A - 10A, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, la solicitud de SUCESION INTESTADA DE JUAN CARLOS SOTELO PALOMINO, en donde se señala como presuntos herederos del causante a su cónyuge supérstite y a sus hijos ANA MARIA FRIDA LAJO MORALES, GIANCARLO SIDNEY SOTELO LAJO y KARLOS JUNIOR ADRIAN SOTELO LAJO, a efecto de que se presenten en el término de ley los que se crean con derecho a herencia. Arequipa, 04 de noviembre del 2015. GLENNY ALEMAN PADRON ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-127. A V I S O DE SUCESION INTESTADA De conformidad con lo prescrito por los artículos 13 y 41 de la Ley Nº26662 - Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, se comunica que la señora GUILLERMINA MOLLO PHOCCO, ha presentado ante el Notario Público de Arequipa, Dra. Glenny Alemán Padrón, con domicilio en Urbanización la Esperanza (A D E P A) A - 10A, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, la solicitud de SUCESION INTESTADA DE LEONARDO BENJAMIN QUISPE PONCE, en donde se señala como presuntos herederos del causante a su cónyuge supérstite y a sus hijos GUILLERMINA MOLLO PHOCCO, GEORGIO BENJAMIN QUISPE MOLLO y LIZBETH ERIKA QUISPE MOLLO, a efecto de que se presenten en el término de ley los que se crean con derecho a herencia. Arequipa, 05 de noviembre del 2015. GLENNY ALEMAN PADRON ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-135. SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY NRO. 26662. ANTE MI DR. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214. CERCADO. AREQUIPA, SE PRESENTO: ANTONIA PACHAURI PAMPAMALLCO. SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA: MARIANO PACHAURI TITO, FALLECIDO EL 24 DE JULIO DE 1990, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE: CARLOTA PAMPAMALLCO PACHAURI Y A SUS HIJOS: ANTONIA, YOLANDA ISABEL, JAIME MARIANO Y RUFINO PACHAURI PAMPAMALLCO. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 23.10.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09 noviembre) B/E 031-136. SUCESION INTESTADA Ante esta Notaría se presentó Magda Elena Rosado Cano, solicitando la sucesión intestada de María Yolanda Rosado de Ramírez Cano, fallecida en esta ciudad de Arequipa, el día 10 de setiembre del 2015, siendo su último domicilio esta ciudad de Arequipa. 05 de noviembre del 2015.- José Luis Concha Revilla NOTARIO-ABOGADO Av. Pumacahua N° 510 Cerro Colorado. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-165. SUCESION INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE LIMA NRO. 505, CHUQUIBAMBA, PROVINCIA CONDESUYOS, DEPARTAMENTO AREQUIPA, SE HA PRESENTADO NERIDA PETRONILA CONCHA MANCHEGO, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE SALVADOR CONCHA DAVILA, FALLECIDO EL 29 DE DICIEMBRE DEL 2011, A EFECTO QUE SE LE DECLARE HEREDEROS DEL MISMO; A LA SOLICITANTE.
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
LOS QUE SE CREAN CON VOCACIÓN HEREDITARIA, PODRÁN APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE 15 DÍAS ÚTILES, ACREDITANDO SU CALIDAD DE HEREDEROS. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CARLOS CONDORI ARANYA NOTARIO.- (09 NOVIEMBRE) B/E 031-162. EDICTO-SUCESION INTESTADA En el expediente N° 2015-4835, sobre SUCESIÓN INTESTADA, la Juez del Juzgado de Paz Letrado del MBJ de Hunter, con intervención de la especialista legal Julie Ana Milagros LINARES PUMA, ha dispuesto por Resolución N° 02: Admitir a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA de quienes en vida fueron Julio Nicolás AÑASCO CORONEL y Lorenza COAQUIRA MAMANI, presentada por Benita Lorenza AÑASCO DE BOBADILLA, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. 2) Se dispone se hagan las publicaciones de ley en el diario oficial El Peruano y en el diario La República, lo que se pone de conocimiento de los interesados. Arequipa, 06 de noviembre de 2015. JULIE A.M. LINARES PUMA ESPECIALISTA LEGAL. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-160. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MI, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A CERCADO SE PRESENTÓ MARIA ESTHER MEDINA MANRIQUE SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VÍDA FUERA SU PADRE PEDRO PASCUAL MEDINA QUIROZ; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESION. AREQUIPA, 06 DE NOVIEMBRE DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. N° 24. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-159. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTO: ANDRES QUINO PAREDES, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE FREDY ANDRES QUINO PAREDES. FALLECIDO 16 MAYO 2007, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA, LO QUE COMUNICO PARA FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 04 NOVIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-155. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTÓ, NAZARIO QUISPE COILA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE ALBERTA MAMANI CHALLAPA, FALLECIDO EN FECHA 11 DE ENERO DE 2007. SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN LA CUIDAD DE AREQUIPA, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDEROS UNIVERSAL A. NAZARIO QUISPE COILA; LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 15 DE OCTUBRE DE 2015.- HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA. C.N.A MAT. 036. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-152. SUCESION INTESTADA EXP. N° 0433 – 2013.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA GERALD FRANCIS BASURCO ZAPATA, SOLICITANDO LA DE FRANCISCO BASURCO SALAS, FALLECIDO EL 17 DE DICIEMBRE DEL 2011, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA, 15 DE JULIO DEL AÑO 2013.- GORKY OVIEDO ALARCÓN NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-148. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN N° 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: DAMIANA LIPA DE FLOREZ, SOLICITANDO LA DE: IGNACIO FLOREZ CALLO, FALLECIDO EL 22 DE MARZO DEL 2015, EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD, SU ULTIMO DOMICILIO SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, EN CALIDAD DE CONYUGE SUPÉRSTITE DEL CAUSANTE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 06 DE NOVIEMBRE DEL 2015. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-141.
PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104, YANAHUARA, HIPOLITO CHAIÑA CONTRERAS; SOLICITA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE 3, MANZANA F, ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACION DE GRANJEROS FORESTALES EL PARAISO, YURA - AREQUIPA, EL MISMO QUE CUENTA CON UN AREA DE 2.000 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: AVENIDA PRINCIPAL CON 30.18 ML; COSTADO DERE-
CHO ENTRANDO: LOTE N° 2 CON 65.85 ML, COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: LOTE N° 4 CON 66.70 ML. Y FONDO: TERRENOS ERIAZOS CON 30.18 ML, INSCRITO EN LA PARTIDA MATRIZ 01176562 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII -SEDE AREQUIPA. SIENDO EL TITULAR REGISTRAL CONCEJO PROVINCIAL DE AREQUIPA. LO QUE SE COMUNICA PARA FINES DE LEY. AREQUIPA, 05 DE NOVIEMBRE DEL 2015.- MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (09-13-19 noviembre) B/E 031-129. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE JUANA CALLO APAZA Y ANASTACIO VIZA CUTIPA, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN ASENTAMIENTO HUMANO ALTO DE SELA ALEGRE, MANZANA 33, LOTE 31, ZONA A, DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA; INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL No. P06013838 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 150.52 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE AMERICA, CON 4.86 M., POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO CON LOTE 32, CON 30.03 M.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO CON LOTE 31, CON 2.01, 0.35, 3.87, 0.59, 3.59, 1.23, 3.95, 1.23, 3.95, 3.35, Y 13.51 M.; Y POR EL FONDO CON EL LOTE 14, con 5.30 M. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 23 DE OCTUBREDEL 2015. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (09 noviembre) B/E 031-110. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, DAMIANA TTITO CHUA, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ASOCIACION URBANIZADORA PERU-ARGENTINA-BOLIVIA; PERUARBO; SECTOR BOLIVIA; ZONA I; MANZANA F-3; LOTE 02, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 250.00 M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON CALLE 14, CON 10.00 ML.- DERECHA: CON LOTE 01, CON 25.00 MLIZQUIERDA: CON LOTE 03, CON 25.00 ML. - FONDO: CON LOTE 11, CON 10.00 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 01149808 DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE JULIA EVERTIA MONTUFAR OLIVERA Y ELOY ROMAN CABALLERO, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 04 DE NOVIEMBRE DEL 2015, JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (09-13-19 noviembre) B/E 031-104. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mí, se ha presentado presentado la señorita HOYDIT MELITA ARAUJO BOLIVAR, solicitando la Prescripción Adquisitiva de Dominio sobre el inmueble urbano ubicado Asentamiento Poblacional Asociación Pro-vivienda Las Flores Manzana H, Lote 17, Zona 3, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral con código de predio N° P06151801 del Registro de Predios de la Zona Registral XII-Sede Arequipa, el mismo que cuenta con un área real de 200.00 m2, encerrada dentro de un perímetro de 60.00 ml. y sus linderos y medidas perimétricas son los siguientes: Por el Frente : Con calle Oeste 6 con 10.00 m.l Por la Derecha : Lote N° 18 con 20 ml. Por la Izquierda: Lote N° 16 con 20.00 ml. Por el Fondo: Con Lote N° 4 con 10 ml. Tal como se aprecia de la Memoria Descriptiva, y Planos de Ubicación y Perimétricos adjuntos a la presente solicitud, teniendo la posesión la solicitante por más de diez años.- Lo que se comunica, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27157, el artículo 40° de su Reglamento Decreto Supremo 035-2006-MTC. Arequipa, 21 de octubre de 2015.- Doctor Javier Rodríguez Velarde Abogado – Notario Urb. Señorial A-3, distrito de Cayma. (28 octubre y 03-09 noviembre) B/Nº 031-33949. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MÍ DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE N° 330 - AREQUIPA, FUE PRESENTE MARCO ANTONIO REYES LINARES, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE SIGNADO COMO LOTE 12, MANZANA A, ASOCIACIÓN GRANJEROS UNIDOS, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA; CUYA MATRIZ ESTA INSCRITA EN LA PARTIDA No. 04006412 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 317.66 m2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE GRANJEROS UNIDOS, CON 12.00 ML., POR EL COSTADO DERECHO CON LOTE 10, CON 26.00 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO CON LOTE 1A, CON 28.30 ML.; Y POR EL FONDO CON EL LOTE 11, CON 12.10 ML. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS
Lunes, 9 de noviembre del 2015
FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA 26 DE OCTUBRE DE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (28 octubre 03-09 noviembre) B/Nº 031-33893 PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO N° 424, DISTRITO MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, AREQUIPA, SE PRESENTA TOMAS DAVILA FUENTES EN REPRESENTACION DE JORGE LUIS DAVILA SALAS Y MARIA LUISA SALAS CACERES SOLICITANDO, LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN ESQUINA CALLE HUAMACHUCO Y CALLE AREQUIPA, EN LA ACTUALIDAD LOTE N° 17, MANZANA H2, CENTRO POBLADO MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, DEPARTAMENTO AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA P06215900 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA, CON UN ÁREA DE 968.39 M2 (NOVECIENTOS SESENTIOCHO PUNTO TREINTINUEVE METROS CUADRADOS), DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: FRENTE: CALLE AREQUIPA CON 21.30 ML; DERECHA ENTRANDO: LOTE 9 CON 32.80 ML; FONDO: LOTE 16 Y 18 CON 39.91 Y 4.35 ML; IZQUIERDA ENTRANDO: CALLE HUAMACHUCO CON 45.30 ML. Y POR EL FONDO: CON LOTE 18 CON 21.42 ML. LO QUE HAGO SABER PARA FINES DE LEY. MOLLENDO OCTUBRE 23 DEL 2015. ROBERTO DELGADO VALDIVIA ABOGADO NOTARIO. (28 octubre 03-09 noviembre) B/Nº 031-33890. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE Mí DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE N° 330 - AREQUIPA, FUE PRESENTE ESTELA FELICITAS MELENDEZ MELENDEZ, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE 2, MANZANA N, ASENTAMIENTO HUMANO VILLA UNION - EL MISTI, DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA; EL MISMO QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL CODIGO No. P06146571 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 186.46 m2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE AV. 14 DE JULIO, CON 7.98 ML., POR EL COSTADO DERECHO CON LOTE 1, CON 23.32 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO CON LOTE 3, CON 23.40 ML.; Y POR EL FONDO CON EL LOTE 7, CON 7.99 ML. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT 036. (28 octubre 03-09 noviembre) B/Nº 031-33883.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA Conforme a la Ley Nro. 27333, concordante con el art. 504 y sgts. del CPC, ante mi Javier Orlando Martín Rosas Silva, Notario, con oficina en Plaza de Armas N° 203,Chivay, Caylloma; se presentó don GERARDO ALFARO NOA y doña BLANCA ROSALBINA CAYO DE ALFARO, solicitando prescripción adquisitiva de dominio del inmueble urbano ubicado en la avenida Polonia s/n Vía a la Calera de la parcialidad de Ccapa, distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, de un área de 1251.9949 m2. aproximadamente, con un perímetro de 160.8395 ml.. Cuyas colindancias son las siguientes: Por el norte : con U.C. N° 003499 propiedad de Nemesio Huaranca Maque, con 59.94 ml., por el Este: con U.C. 003499 propiedad de Nemesio Huaranca Maque, con 14.72 ml., por el Sur: con Avenida Polonia (Carretera a La Calera) con 60.70 ml., por el Oeste: con U.C. N° 003499 propiedad de Nemesio Huaranca Maque, con 25.47 ml. Lo que se comunica para los fines legales del caso. Chivay, 23 de octubre del 2015. JAVIER ROSAS SILVA ABOGADO NOTARIO DE CHIVAY. (28 octubre) B/Nº 03-09 noviembre) B/Nº 031-33879. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTARON: RICARDO DIONICIO FERNANDEZ VILLEGAS Y PATRICIA EMMA PAREDES MENDIETA, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN: STAND COMERCIAL DENOMINADO MANZANA C SECCION 16-C, SUPER MERCADO LA ISLA, DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL BIEN CONSTA INSCRITO EN LA PARTIDA N° 01179167 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPA, EL CUAL PRESENTA LOS SIGUIENTES CARACTERES: LINDEROS: FRENTE: CON PASAJE COMERCIAL CON 1.80 ML.; LADO DERECHO ENTRANDO: STAND COMERCIAL 14 CON 1.70 ML.; LADO IZQUIERDO ENTRANDO: STAND COMERCIAL 18 CON 1.70 ML. Y FONDO: CON STAND 15 CON 1.80 ML.- AREA.- 3.06 M2.- PERIMETRO: 7.00 ML.- PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA. 23-10-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO-NOTARIO. (28 octubre y 03-09 noviembre) B/Nº 031-33872.
RECTIFICACION DE AREA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO N° 424, MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, DEPARTAMENTO AREQUIPA, SE HAN PRESENTADO ALBERTO JOSE MANUEL EZEQUIEL, ANA MARIA DEL PILAR, MARIA GUADALUPE PAULINA ALEJANDRA REY DE CASTRO CAYO Y ANA BLANCA GLADYS CAYO DE REY DE CASTRO, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y DETERMINACION DE MEDIDAS PERIMETRICAS DEL INMUEBLE CON FRENTE A LA POBLACION DE MEJIA, LOTE 6 (SEIS), DISTRITO MEJIA, PROVINCIA ISLAY, REGION AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 04000534 DE LA ZONA REGISTRAL N° XII-SEDE AREQUIPA, OFICINA REGISTRAL DE ISLAY, CUYA AREA Y LINDEROS CORRECTOS SON AREA: 897.48 (OCHOCIENTOS NOVENTISIETE PUNTO CUARENTIOCHO METROS CUADRADOS), POR EL FRENTE O NORTE: CON CAMINO A TIRO ALTO CON 5.45, 10.08 Y 7.55 ML.; POR EL FONDO O SUR: CON CALLE DE LA URBANIZACION TIRO ALTO-MALECON CON 28.52 ML.; POR EL ESTE O LADO IZQUIERDO: CON EL LOTE N° 05 PROPIEDAD DE GONZALO BEDOYA STAFORD CON 17.21, 16.12 Y 12.73 ML; POR EL OESTE O LADO DERECHO: CON EL LOTE N° 07 PROPIEDAD DE FERNANDO LOPEZ DE ROMAÑA CASTRESANA CON 3.60, 4.05, 2.71, 1.86 Y 17.95 ML. LO QUE HAGO SABER PARA LOS FINES DE LEY. MOLLENDO OCTUBRE 09 DEL 2015. ROBERTO DELGADO VALDIVIA ABOGADO NOTARIO. (28 octubre y 03-09 noviembre) B/Nº 031-33895. SANEAMIENTO DE AREA , LINDEROS Y PERIMETRO ANTE EL OFICIO NOTARIAL DEL DR. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE RIVERA SITO EN CALLE TORIBIO PACHECO N° 403, VALLECITO, CERCADO AREQUIPA FUE PRESENTE MIRANDA CONSTRUCCIONES S.R.L., CON RUO N° 20506021333, CON DOMICILIO EN CALLE MANUEL GONZALES OLAECHEA N° 428, DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA SOLICITANDO SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y PERÍMETRO DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL SOLICITANTE UBICADO EN EL PROGRAMA HABITACIONAL ALTO CAYMA III - DEAN VALDIVIA MANZANA Y-12 LOTE 01 DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; QUE OBRA INSCRITA EN LA PARTIDA N° P06108483 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA, QUE TIENE UN AREA DE 2,339.94 M2 (DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS) CON LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SIGUIENTES: POR LA IZQUIERDA: CON CALLE 6 CON 20.58 M., 8.83 M., Y 12.00 M.,; POR EL FRENTE: CON CALLE 2 CON 62.48 M.; POR EN FONDO: CON VEREDA 12-21 CON 59.50 M.; Y POR LA DERECHA: CON VEREDA 12-5 CON 39.70 M., PERIMETRO: 203.09 ML. LO QUE SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS LO HAGAN VALER CON ARREGLO A LEY. AREQUIPA 22 DE OCTUBRE DEL 2015. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE R. ABOGADO NOTARIO PUBLICO. (28 octubre 03-09 noviembre) B/Nº 031- 33914. SANEAMIENTO DE AREA LINDEROS Y PERIMETRO ANTE EL OFICIO NOTARIAL DEL DR. CARLOS E. GOMEZ DE LA TOR RE RIVERA SITO EN CALLE TORIBIO PACHECO N° 403, VALLECITO, CERCADO AREQUIPA FUE PRESENTE MIRANDA CONSTRUCCIONES S.R.L., CON RUC. N° 20506021333, CON DOMICILIO EN CALLE MANUEL GONZALES OLAECHEA N° 428, DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA SOLICITANDO SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y PERIMETRO DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL SOLICITANTE UBICADO EN EL PROGRAMA HABITACIONAL ALTO CAYMA III - DEAN VALDIVIA MANZANA 0-12 LOTE 01 DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; QUE OBRA INSCRITA EN LA PARTIDA N° P06108124 DEL REGISTRO LE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA, QUE TIENE UN AREA DE: 3,926.80 M2 (TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS) CON LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SIGUIENTES: POR EL FONDO: CON VEREDA 12-38, PLAZA 12-1 CON 72.00 M.; POR LA IZQLIERDA: CON CALLE 6 CON 47.36 M. Y 44.50 M.; POR EL FRENTE: CON AVENIDA PRINCIPAL ESTE CON 44.95 M.; Y, POR LA DERECHA: CON VEREDA 12-30 CON 21.80 M. Y 19.90 M., PERIMETRO: 250.51 ML. LO QUE SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS LO HAGAN VALER CON ARREGLO A LEY. AREQUIPA, 22 DE OCTUBRE DEL 2015. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE ABOGADO NOTARIO PUBLICO. (28 octubre y 03-09 noviembre) B/Nº 031-33914. SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y PERIMETRO ANTE EL OFICIO NOTARIAL DEL DR. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE RIVERA SITO EN CALLE TORIBIO PACHECO N° 403, VALLECITO, CERCADO AREQUIPA FUE PRESENTE MIRANDA CONSTRUCCIONES S.R.L., CON RUC N° 20506021333, CON DOMICILIO EN CALLE MANUEL GONZALES OLAECHEA N° 428, DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA SOLICITANDO SANEAM ENTO DE AREA,
Lunes, 9 de noviembre del 2015
LINDEROS Y PERÍMETRO DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL SOLICITANTE UBICADO EN EL PROGRAMA HABITACIONAL ALTO CAYMA III - DEAN VALDIVA MANZANA D-12 LOTE 01 DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DIE AREQUIPA; QUE OBRA INSCRITA EN LA PARTIDA N° P06107668 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA, QUE TIENE UN AREA DE 2,988.27 M2 (DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE DECÍMETROS CUADRADOS) CON LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SIGUIENTES: POR LA IZQUIERDA: CON VEREDA 12-30 CON 18.90 M. Y 19.97 M.; POR EL FRENTE: CON AVENIDA PRINCIPAL OESTE Y AVENIDA PRINCIPAL ESTE CON 8.35 M., 11.92 M., 15.12 M., 6.30 M., 9.27 M., 17.14 M., 12.17 M., 13.55 M., Y 8.13 M.; POR LA DERECHA: CON VEREDA 12-37 CON 42.00 M.; Y, POR EL FINDO: CON VEREDA 12-30 CON 47.24 M., Y 15.30 M., , PERIMETRO: 245.36 ML. LO QUE SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS LO HAGAN VALER CON ARREGLO A LEY. AREQUIPA, 22 DE OCTUBRE DEL 2015. (28 octubre y 03-09 noviembre) B/Nº 031- 33914. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentó Luz Marina Maquera Ramos, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio de los siguientes predios: lote 1 manzana E de la urbanización Residencial La Merced II Etapa Challapampa, del distrito de Cerro Colorado, con un área de 111,55 m2, (CIENTO ONCE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con calle 2, con 7,00 metros; por la derecha, con pasaje Catalina, con 15,78 metros; por la izquierda, con lote 2, con 16,09 metros; por el fondo, con propiedad de Faustino Cruz Chirinos, con 7,01 metros; lote 2, manzana E de la urbanización Residencial La Merced Challapampa II Etapa manzana E, del distrito de Cerro Colorado, con un área de 128,94 m2, (CIENTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con calle 2 con 8,00 metros; por la derecha, con lote 1, con 16,09 metros; por la izquierda, con lote 3, con 16,07 metros; por el fondo, con propiedad de Faustino Cruz Chirinos, con 6,44 metros y 1,56 metros. Los mismos forman parte del predio inscrito en la partida 04006388 del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 6 de noviembre del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA N° 510 CERRO COLORADO. (09-13-19 NOVIEMBRE) B/E 031-166. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE VEHICULO A mi Oficio Notarial ubicado en la Calle San José 330 cercado de Arequipa, se ha admitido a tramite la solicitud presentada por don Oscar Nicanor Mendoza Cari, solicitando la Prescripción Adquisitiva de Vehículo automotor con Placa: AK 7990; Clase: AUTOMOVIL; Marca: TOYOTA; Año de Fabricación: 1990; Modelo: CARINA; Combustible: PETROLERO; Carrocería: SEDAN; Color: VERDE; N° Motor: 2C1114654; N° Serie: CT1707006593, para que se le declare propietario del vehículo automotor, inscrito a nombre Julio Paucar Quispe y Gregoria Matilde Burgos de Paucar, en el registro de propiedad vehicular de Sede Tacna. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de ley. Arequipa, 04 de Noviembre del 2015. Hugo J. Caballero Laura Notario de Arequipa C.N.A. Mat. 036. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-164. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: ALEJANDRINA NILDA ESCALANTE DURAND, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE UNA PARTE DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN PUEBLO TRADICIONAL TIABAYA MZ. Ñ, LOTE 19, DISTRITO DE TIABAYA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. CON UN ÁREA DE 84.05 M2 (OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS), SIGNADO COMO LOTE 19-A CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE.- CON CALLE COLON CON 5.45 ML.; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO.- CON LOTE 19 DE PROPIEDAD DE BUENAVENTURA DURAND ORTIZ CON 15.23 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO.- CON LOTE 1, DE PROPIEDAD DE HEREDEROS DE FRANCISCO GALLEGOS CON: 15.65 ML. Y POR EL FONDO.- CON LOTE 18 (PROPIEDAD DE MANUEL VEGAS NAVARRO), CON: 5.45 ML.- EL MISMO QUE ESTÁ INSCRITO EN LA MATRIZ PARTIDA REGISTRAL N° P06098508 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 30.10.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09-13-19 NOVIEMBRE) B/E 031-163. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRAMITE LA SOLICITUD DE FRANCISCA ALINA GOMEZ FLORES SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL DE PREDIO URBANO UBICADO
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
EN MANZANA N LOTE 05 ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACION PRO VIVIENDA LOS BALCONES DE CHILINA EL MISMO QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO DE PREDIOS EN LA PARTIDA REGISTRAL P06087834 EL MISMO QUE TIENE UN AREA DE 200.00 METROS CUADRADOS CUYOS LINDEROS SON: POR EL FRENTE CALLE 6, 10.00 ML; POR LA DERECHA LOTES 4 Y 3 20.00 ML; POR LA IZQUIERDA LOTE 6 20.00 ML; POR EL FONDO LOTE 26 CON 10.00 ML. SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES HUGO ALFREDO PATIÑO CONCHA Y EXCELMA NORA RODRIGUEZ APOLINARIO; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PUBLICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 MARZO 25. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (09 NOVIEMBRE) B/E 031-157. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUERON PRESENTE JUAN PASTOR BERNAL CHIRINOS Y MARIA DEL CARMEN MARES MEZA DE BERNAL, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INMATRICULACION DE PREDIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE TRONCHADERO N° 303, DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 275.84 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE TRONCHADERO CON 7.19 ML, POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO CON PROPIEDAD DE SALVADOR BERNAL RIVEROS MARIO CHAVEZ FLORES CON 11.05, 0.29, 17.56, 1.63 Y 14.05 ML; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO CON LAS TORRES DE CAYMA CON 25.80 Y 17.25 ML. Y POR EL FONDO CON PASAJE LA RONDA CON 5.29 ML. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES AREQUIPA, 04 DE NOVIEMBRE DEL 2015. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (09-13-19 NOVIEMBRE) B/E 031-151. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NRO. 214 - AREQUIPA, SE PRESENTARON: MARCELINA OTILIA VILLANUEVA PAREDES DE LA CRUZ Y LUIS ALBERTO DE LA CRUZ RENGIFO, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN: APIPA SECTOR II MZ D LOTE 8-A, CERRO COLORADO, AREQUIPA; CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: CON PLAZA CON UN SEGMENTO DE 16.00 ML. DERECHA : LOTE 7 CON UN SEGMENTO DE 38.50 ML. IZQUIERDA : LOTE 9 CON UN SEGMENTO DE 38.50 ML; FONDO: LOTE16 CON 16.00 ML.; AREA: 616.00 M2. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 17.08.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09-13-19 NOVIEMBRE) B/E 031-145. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NRO. 214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: ROSA MAURA VILLANUEVA PAREDES, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN: APIPA SECTOR II MZ. D LOTE 9-A, CERRO COLORADO, AREQUIPA; CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: CON PLAZA, CON 16.00ML.-. DERECHA : LOTE 8 CON 38.50ML IZQUIERDA : LOTE 10 CON 38.50ML. FONDO: LOTE 15 CON 16.00ML. AREA: 616.00 M2. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 17.08.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO . (09-13-19 NOVIEMBRE) B/E 031-145. RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS Ante esta Notaría se han presentado doña Aurelia Teresa Maker Cabana, don Slin Yordy Peralta Maker, don José Luis Hilares Maker y doña Johanna Maritza Huamán Carreón de Hilares, solicitando la rectificación de área y linderos, así como determinación de medidas perimétricas, del predio urbano ubicado en lote 29, manzana X4, del pueblo Tradicional de Miraflores, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral N° P06174996 del Registro de Predios de Arequipa, en la que figura en forma errónea con el área de 173.23 m2 (CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON VEINTITRES DECIMETROS ) con los siguientes linderos: Por la izquierda, con lote 1 con 12,14 metros; por la derecha, con lote 28 con 11.63; Por el fondo, con lote 2, con 14.58 y Por el frente, con calle Rodríguez Bailón con 14.61 EL ÁREA CORRECTA es de 153,79 m2. (CIENTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECÍMETROS), con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con calle Rodríguez Ballon en línea recta de 13.22 metros; por el costado derecho, entrando , colinda con lote 28, en línea recta de 11.41 metros; por el costado izquierdo entrando, con lote 1, en una línea recta de 11.99; y por el fondo, con lote 2, en una línea recta de 13.11
metros.- Arequipa, 4 de noviembre del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA N° 510 CERRO COLORADO. (09-13-19 NOVIEMBRE) B/E 031-144. DECLARACION DE HEREDEROS. En mi Notaría: Valentín Castillo Pucho y Celestina Supanta Motte, solicitan a su favor la de su hija EDITH DORIS CASTILLO SUPANTA, fallecida en el Hospital Nacional Carlos Alberto Seguín Escobedo – EsSalud el 7 OCT.2015.-Arequipa.-19 de octubre del 2015. José F. Jiménez Mostajo Notario-Abogado Santa Marta N°104-of. 1-Arequipa.- (09 noviembre) B/E 031-124.
EDICTOS PENALES TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA EDICTO En el Expediente número 2977-2015-0-0401-JRFA-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. Maria Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre violencia familiar, se ha ordenado se notifique por edictos judiciales a FELIX DURAN FLORES de lo siguiente: ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la representante de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, en contra de JENNY ROCIO MURILLO CAHUANA y en agravio de CINDY ANGELICA DURAN MURILLO quien será representada POR FELIX DURAND FLORES, en VÍA DE PROCESO ÚNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al demandado, para que conteste los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- A los otrosíes de la demanda: AL primer otrosí: VISTOS Y CONSIDERANDO; PRIMERO.- Que como lo prescribe el artículoll del reglamento del texto único ordenado de la Ley de 26260, el Juzgado está facultado a pronunciarse respecto de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público relativas a medidas de protección dictadas al inicio de una investigación sobre Violencia Familiar. SEGUNDO.- Que del análisis realizado a los medios probatorios aparejados por el Ministerio Público, aparece que los autos son suficientes y justifican la vigencia de aquellas medidas; por lo que, SE RESUELVE: Confirmar la Resolución número 3022-2014-3FPF-MP-AR, por lo tanto, VIGENTE las medidas de protección inmediatas a favor de la parte agraviada, dispuestas en la resolución antedicha. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AL SEGUNDO Y TERCER OTROSÍ: Téngase presente. AL CUARTO OTROSI: conforme a lo dispuesto por el articulo 179 del Código Procesal Civil y 17 del reglamento de la LeY 2 6260, se concede auxilio judicial a la parte agraviada; en consecuencia, se concede al demandado el plazo de tres días de notificado con la presente para que concurra al local del juzgado, a fin de tomar conocimiento de la demanda y anexos, y/ obtener copias simples de dichos documentos, debiendo identificarse con su documento de identidad al concurrir al /Juzgado\ con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente. Al quinto otrosí: téngase presente.--Se requiere,a las partes que señalen su casilla electrónica. (03-04-05 noviembre) Por ante el Tercer Juzgado de Familia, que despacha la doctora Julia Maria Fátima Montesinos y Montesinos Hartley con intervención de la Especialista Legal Pamela Zambrano Acuña se tramita el expediente número 5282-2013 sobre Violencia Familiar; se ha dispuesto la notificación mediante edictos; resolución número 01 de fecha 27 de diciembre del 2013, AL PRINCIPAL: SE RESUELVE: 01) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia, doctor RENAN EDUARDO VALVERDE ORTIZ, en contra de Edwin Jimmy Mayta Choquehuanca , en agravio de Rosa Liliana Lipa Urbina, en contra de Rosa Liliana Lipa Urbina, en agravio de Edwin Jimmy Mayta Choquehuanca, en VIA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco dias a la parte demandada, para que conteste los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de ser declarado REBELDE, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. AL PRIMER OTROSI: SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 700-2013-MP-4FPF-AR-VF, por lo tanto, VIGENTES las medidas de protección inmediatas a favor de la parte agraviada, consistentes en: a) Impedimento de acoso b) Prohibición de incurrir en nuevos hechos de violencia fisica y/o psicológica. c) Prohibición de acercarse a la victima en estado de ebriedad, d) El auxilio que deberá brindar la delegación policial de Mariano Melgar, a la agraviada a las veces que sean necesarias y d) La terapia psicológica que deberá brindar a la agraviada la Unidad de Victimas y Testigos del Ministerio Publico a donde el Ministerio Público ya ha cursado los oficios correspondientes. Suscribe la señora Jueza y la especialista legal. (03-04-05 noviembre)
En el expediente No 00107-2013-0-0404-JP-PE sobre Faltas contra al persona seguido en contra y en agravio de Juan Medina Llicahua, Felicitas Victoria Mollohuanca Quijahuaman y Gabriel Ñuñonca Cuba, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Castilla-Aplao Edson Carlos Cuentas Celis expidió la resolución siete cuyo tenor es el siguiente: Aplao, veintitrés de octubre del dos mil quince, SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR la Audiencia Única de Ley, para el PRIMERO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, la que se llevará a cabo en la sala de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado, a la que deben asistir las partes bajo los siguientes apercibimientos: a) para el imputado JUAN MEDINA LLICAHUA, FELICITAS VICTORIA MOLLOCAHUANA QUIJAHUAMAN Y GABRIEL ÑIÑONCA CUBA, de disponerse su conducción por la fuerza pública, quien debe concurrir con su abogado defensor, si el mismo no cuenta con abogado de su elección se le designará un defensor de oficio; y b) para la agraviada JUAN MEDINA LLICAHUA, FELICITAS VICTORIA MOLLOCAHUANA QUIJAHUAMAN Y GABRIEL ÑIÑONCA CUBA, de declarase su desistimiento tácito y disponerse el archivo definitivo del presente proceso, en su calidad de querellante particular, quien deberá concurrir con abogado defensor. Especialista Legal Wilbert César Yucra Hallasi.- (03-04-05 noviembre) En el expediente Nro. 0064-2014-0-0404-JP-PE sobre Faltas contra al persona seguido en contra de Juan Luis Ccama Ccanaza en agravio de Alberto Gregorio Rodríguez Carrión, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de CastillaAplao Edson Carlos Cuentas Celis expidió la resolución cinco cuyo tenor es el siguiente: Aplao, veintiuno de octubre del dos mil quince, SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO a JUAN LUIS CCAMA CCANAZA del presente proceso seguido por Faltas contra la persona, en la modalidad de lesiones culposas, previsto y sancionado en el segundo párrafo del articulo 441 del Código Penal, en contra de ALBERTO GREGORIO RODRÍGUEZ CARRIÓN; en consecuencia, dispongo el ARCHIVO DEFINITIVO una vez quede consentida la presente resolución. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER.- Especialista Legal Wilbert César Yucra Hallasi.¬ (03-04-05 noviembre) “El Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, bajo la dirección del señora Juez Jessika Vargas Hilasaca; notifica a MILAR FRANK HUAYHUA HUAMANI. con un extracto de las resoluciones N° 01 que RESUELVE: Admitir a trámite la demanda interpuesta por LOYDA LAZARO SANCHEZ en representación de su menor hijo ARON JARRY LAZARO SANCHEZ sobre FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL, en la vía de! PROCESO ESPECIAL SUMAR1SIMO. en contra de MILAR FRANK HUAYHUA HUAMANI. TRASLADO: al demandado para que en el plazo de DIEZ DIAS de haber sido notificado válidamente, proceda a formular OPOSICIÓN conforme al artículo 2 de la Ley Número 29715 , modificado por la Ley 28457. (la oposición suspende el mandato siempre y cuando el emplazado se obligue a realizarse la prueba biológica del ADN dentro de los diez días siguientes . en caso contrario el Juez debe rechazarlo de plano-El costo de la prueba es abonado por la parte demandada en el momento de la toma de muestras), bajo apercibimiento de expedirse declaración judicial de paternidad, en caso de incumplimiento. TOMESE RAZON Y HÁGASE SABER. Y la resolución Nro. 08, que resuelve: Notificar a demandado Mi lar Frank Huayhua Huamani para que en el término de quince días de notificado conteste la demanda de filiación interpuesta por Loyda Lázaro Sánchez en contra suya, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Ello conforme a lo ordenado en el Expediente N° 2552-2011-0-0412-JP-FC-02. con la intervención de la Secretaria Judicial Miriam Patria Arestegui Quezada”.(03-04-05 noviembre) EXPEDIENTE: 10734-2014-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH MURILLO CALCIN. 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA. Con la siguiente resolución N° 05-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas agravadas seguido en contra de WILSON HUMBERTO VELA ARBILDO; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deber a ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (03-04-05 noviembre)
En el Exp. Nº 00027.2014-8S-0409-JR-PE-01, seguido en contra de JUAN FELIX LEON MONTOYA. por el delito de DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, Se sigue en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acari, Juez Dra. Marisol Mónica Ramos Pacsi, se ha dispuesto notificar por edicto al
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acusado JUAN FELIX LEON MONTOYA. con EL Acta de audiencia de fecha 27 de octubre de 2015 y la resolución Nº 07, que dispone; Pare pertinente auto DE ENJUICIAMIENTO SE RESUELVE: PRIMERO: TENER POR DESISTIDO al Ministerio Publico. respecto de las actas de declaración de Juan Ronald Salazar Berdezú, el acta de declaración de Oscar Alejandro Coila Vilca y el acta de declaración de Percy Alfredo Quispe Castillo a haberse ofrecido cena órganos de prueba, asimismo se tiene por modificada la pena de dos años a veinte meses. SEGUNDO: DECLARAR la existencia de una relación Jurídica procesal; válida y en consecuencia se dicta AUTO de ENJUICIAMIENTO en contra de don JUAN FÉLIX LEON MONTOYA, SIENDO CALIDADES PERSONALES Del acusado: conforme el requerimiento acusatorio escrito estando a que este despacho no cuenta con acceso a RENIEC. las siguientes: identificado con DNl Nº 30495510. de sexo masculino, nacida el 10 de mayo de 1976 estado civil soltero, ocupación de chofer grado de instrucción secundario completa, natural de Pullo - Parinacochas – Ayacucho. hijo de Leónides y Dolores, con domicilio real en Mirador de Chala Norte B-2 el distrito de Chala - Caraveli – Arequipa. coma presunto AUTOR delito de DESOBEDIENCIA a la AUTORIDAD, previsto en el artículo 358° segundo párrafo del Código Penal concordante con EL PRIMER PARRAFO de dicho artículo, en agravo de el ESTADO, representado con el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, respecto de quien el Ministerio Público ha solicitado la imposición de veinte meses de Pena privativa libertad así como el pago de dos mil nuevos soles por concepto de reparación civil QUINTO: Se dispone que en el plazo 48 horas los actuados sean remitidos por ante el Juez de juzgamiento a fin de avoque a su conocimiento. TÓMESE RAZÓN Y hágase saber.-”. Especialista Legal Anabel Biance Mamani Machaca V.3 dios. Acari 27 ce octubre de 2015.- (04-05-06 noviembre) En el Exp. Nº 00025-2009-42-0409-JR-PE.01, seguido en contra de LUIS JAVIER CANALES H(JAMAN y OTROS, por si delito de USURPAC ÓN AGRAVDA. Se sigue en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acari, .Juez Dra. Marisol Mónica Ramos Pacsi se ha dispuesto notificar por edicto a los acusados LUIS JAVIER CANALES HUAMAN, MARCELINO GALARZA TF.RREL, ALFONSO RAMIREZ SUAREZ, CÉSAR GUTIERREZ MENDOZA, PAOLO ROBERATO RIVERA y LUIS SAMUEL LOAYZA DE LA CRUZ con lo resolución de fecha 26 de octubre de 20’5, que dispone: parte pertinente SE RESUELVE: 1, DECLARAR FUNDADA la NULIDAD DE ACTUADOS en la presente causa. En consecuencia NULO todo lo actuado, desde el tollo trescientos setenta incluí ve, debiendo retrotraerse la causa al estado de volverse a señalar día y hora para le audiencia de sobreseimiento. 2.- SEÑALO fecha pare la audiencia de Sobreseimiento paro el día veintiséis de noviembre del año dos mil quince, o las once horas, la misma que se desarrollará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acari, conforme lo estipula el articulo 345° inciso 3) del Código Procesa Penal, y tiendo que se ha presentado una oposición, deberá ser oralizado, bajo apercibimiento de declarase inadmisible. 3.- DISPONGO: Lo DESACUMULACIÓN del Expediente Nº 00171-2011-0-0409-JR-PE-01 (Formalizacion de Investigación Preparatoria y el Expediente Nº 00025-2009-0-0409-JR-PE-01, asi come el Expediente Nº 00171-2011-63-0409-JRPE-01 (Cuaderno de ACUSACIÓN) del Expedierte Nº 0025-2009-42-0409-JR-PE-01 (Cuaderno de Sobreseimiento, debiendo de ser tramitadas de manera independiente, indicando que a éste Despacho solo han legado todos los acompañados, excepto el expediente Nº 00171-2011-63-0409-JR-PE-01. Siendo que deberá ser materia de búsqueda, tanta en la Sede Fiscal como en el Juzgado, debiendo de realizar el tramite correspondiente en el indicado incidente 4.- DISPONGO: Que Secretaria cumple con efectuar as notificaciones correspondientes, debiendo las partes señalar domicilio procesal válido dentro del radie urbano de ésta Sede Judicial al tercer día de notificado, baja apercibimiento de tenerse por notificado el día de emitida la presente resolución, y estanco a la revisión de autos, realícese la notificación también mediante edictos. REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE”. Especialista Legal Anabel Bianca Mamani Machaca v.3 dios. Acarf. 26 de octubre de 2015. (04-05-06 noviembre) En el Exp N° 00025-2009-42-0409-JR-PE-01, seguido en contra de LUIS JAVIER CANALES HUAMAN y OTROS por el delito de USURPACIÓN AGRAVADA, Se sigue en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acari, juez Dra. Marisol Mónica Ramos Pacsi;. se ha dispuesto notificar por edicto a acusados LUIS JAVIER CANALES HUAMAN, MARCELINO GALARZA TERREL. ALFONSO RAMIREZ SUAREZ. CÉSAR GUTIERREZ MENDOZA, PAOLO ROBERATO RIVERA y LUIS SAMUEL LOAYZA DE LA CRUZ con la resolución de fecha 26 de octubre ce 2015, ave dispone Parte pertinente: “SE RESUELVE: 1, DECLARAR FUNDADA la NULIDAD DE ACTUADOS en la presente causa. En consecuencia NULO toda lo actuado, desde el folio trescientos setenta inclusive, debiendo retrotraerse la causa a estado ce volverse a señalar Día / hora
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La República
para la audiencia de sobreseimiento. 2.- SEÑALO fecha para la audiencia de Sobreseimiento para el día veintiséis de noviembre del año dos mil quince, a las once horas la misma que se desarrollará en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatorio ce Acari, conforme lo estipula el articulo 345º inciso 3) del Código Procesal Peral, y siendo que se ha presentado una oposición, deberá ser oralizado bajo apercibimiento de declarase inadmisible 3.- DISPONGO: La DESACUMULACIÓN del Expediente Nº 00171-2011-63-0409-JR-PE-01 (Formalizacícn de Investigación Preparatoria) y el Expediente N° 00025-2009-0-0409-JR-PE-01. así como el Expediente N° 00171-2011-63-0409-JRPE-01 (Cuaderno de Acusación; de’ Expediente Nº 0025-2009-42-0409-JR-PE-01 (Cuaderno de SobreseiMIENTO, debiendo de ser tramitados de manera independiente, indicando que éste Despacho solo han llegado todos los acompañados, excepto el Expediente N° 00171-2011-63-0409-JP-PE-Ol, siendo que deberá ser metería de búsqueda, tanto en la Sede Fiscal como en el Juzgado, debiendo de realizar el tramite correspondiente, en el indicado incidente. 4.- DISPONGO; Que Secretaria cumpla con efectuar los notificaciones correspondientes, debiendo las partes señalar domicilio procesal válido dentro del radio urbano de éste Sede Judicial, al tercer día de notificado. Bajo apercibimiento de tenerse por notificado el dia de emitida la presente resolución, y estanco a la revisión ce autos, realícese la notificación también mediarte edictos. REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE Especialista Legal: Anabel Bianca Mamani Machaca v.3 dios. Acari, 26 de octubre de 2015.EXPEDIENTE : 002276-2015-0-0401-JP-PE-01 .- ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALSIN.- 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías.- El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada e imputada. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada VALENTIN MAX PUCHO TAIPE representado por su progenitora; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas agravadas seguido en contra de EULALIA TAMAYO; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese- (0405-06 noviembre) Proceso n° 35-2014-32-0404-JR-PE-01 (CUADERNO DE PRISIÓN PREVENTIVA) LA ESPECIALISTA DEL JUZGADO, POR EXPRESO ENCARGO DEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA DE CASTILLA-APLAO-JUEZ DR. EDSON CUENTAS CELIS, POR INTERMEDIO DEL PRESENTE NOTIFICA A DAVID MARCELINO YANA SISA, CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN N° 08-2015 QUE RESUELVE DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE DE PRISIÓN PREVENTIVA PRESENTADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA DENUNCIA SEGUIDA EN CONTRA DE DAVID MARCELINO YANA SISA, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE EDAD, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 170 DEL CÓDIGO PENAL EN AGRAVIO DE LA MENOR DE INICIALES M.Y.Q.H., Y Ordena SU INGRESO AL ESTABLECIMIENTO PENAL DE VARONES DE PUCCHUM, POR EL PLAZO DE CUATRO MESES. TODO ORDENADO EN EL Proceso N° 35-2014-32-0404-JR-PE-01 (CUADERNO DE PRISIÓN PREVENTIVA), SEGUIDA EN CONTRA DE DAVID MARCELINO YANA SISA EN AGRAVIO DE LA MENOR DE INICIALES M.Y.Q.H. ESPECIALISTA JUDICIAL DE CAUSAS Y AUDIO. ESTELA CCAPA TAIPE. AREQUIPA, 26 DE OCTUBRE DEL 2015.- (04-05-06 noviembre)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO POR ANTE EL JUZGADO TRANSITORIO DE FAMILIA DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA, QUE DESPACHA EL DOCTOR YURI FILAMIR CORRALES CUBA CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL DOCTORA ROSARIO AMPARO GONZALES ENRÍQUEZ, SE TRAMITA EL EXPEDIENTE NÚMERO 2967-2014-0-0412-JM-FC-01, EN PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR SEGUIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO; SE HA DISPUESTO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS A Fidel Lucio Suarez Maldonado y Daniel Suarez Luna; RESOLUCIÓN NÚMERO 01-2015 DE FECHA VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE, “RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR, INTERPUESTA POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FISCALÍA PROVINCIAL CIVIL Y DE FAMILIA DE PAUCARPATA, EN REPRESENTACIÓN DE DANIEL SUAREZ LUNA EN CONTRA DE Fidel Lucio Suarez Maldonado... “ , CONFIRIÉNDOSE TRASLADO A LA PARTE DEMANDADA Y AGRAVIADA POR EL PLAZO DE QUINCE DÍAS PARA QUE COMPAREZCAN AL PROCESO, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL EN CASO INCOMPARECENCIA AL PROCESO AL DEMANDADO Y LA REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL AGRAVIADO. Tómese
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
razón y hágase saber. AREQUIPA 23 DE OCTUBRE DEL 2015.- (04-05-06 noviembre) Expediente N° 527-2014-0-H01-JR-PE-02 Especialista: Nelida Paucar Curasma. EDICTO PENAL N° 44 -2015. LA SEÑORA JUEZ (S) DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE HUANCAVELICA Cita, llama y emplaza a RAFAEL TURCO BENÍTEZ, para que acuda a su DECLARACIÓN INSTRUCTIVA, en el término de 10 días, en la sala de audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancavetica (Av. Los Chancas S/N - Referencia: Salida de Lircay), bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración v continuar con el desarrollo del proceso conforme a lev, solicitado, por el delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Percy Alvaro Turco Gaspar. Huancavelica, 04 de junio del año 2015. (0506-09 noviembre) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado EXPEDIENTE JUEZ SECRETARIO 00223-201589-0401 -JR-PE-01 EDDY LEVA CASCAMAYTA JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a la agraviada ADA LUZ PALACIOS VIVEROS para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO el día 27 DE ENERO DEL 2016, a las 10:00 HORAS a llevarse a cabo en el Local del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado ubicado en la Calle Tupac Amaru 464 (Distrito de Cerro Colorado-Arequipa), diligencia que se llevará a cabo con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado de la agraviada, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia.- Ello en el Proceso N° 00223-2015-89-0401-JR-PE-01 seguido en contra de JESSICA BEDREGAL LIRA por delito de LESIONES LEVES en agraviado de ADA LUZ PALACIOS VIVEROS.SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.Arequipa, 29 de octubre del 2015. (05-06-09 noviembre) EXPEDIENTE : 01900-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a las imputadas Sussety Rocío Cañasaca Quispe y Zulma Guissete Cañasaca Choque, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 15 DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS 11:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: ZULMA GUISSETE CAÑASACA CHOQUE, SUSSETTY ROCIO CAÑASACA CHOQUE y LUIS ANGEL HALANOCA HANCCO, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agraviada: ZULMA GUISSETE CAÑASACA CHOQUE, LUIS ANGEL HALANOCA HANCCO y MARICRUZ YULISSA MAMANI CAYO, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos, debiendo además notificarse mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se deja constancia que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementadaarTiaberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuníquese. (05-06-09 noviembre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-6019-0 (Imputado) Lucio Huayhua Cruz, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA, agraviado PODER JUDICIAL, NOTIFICACION: Visto el requerimiento de acusación directa formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal; Secretario: Quispe. (05-06-09 noviembre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-4874-88 (Impu-
tado) LUIS ENRIQUE GUERRA CAPPELLETY, delito HURTO AGRAVADO, agraviado ADRIANO BRENZAN BAUDROCCO, DILIGENCIA 27-11-2015, 10:00, Sala 4; Secretario: Valero. (05-06-09 noviembre)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2013-2678-23 (Imputado) MIGUEL JACINTO MONTOYA CARDENAS, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR, agraviado MENOR DE INICIALES L.A.Z.P, DILIGENCIA 23-11-2015, 11:30, Sala 2,; Secretario: Valero. (05-06-09 noviembre) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4291-0 HECTOR DARIO CHACON HUAMANI Y RUBEN DARIO CHACON HUAMANI, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado JAVIER YERSON CARI CANAZA, DILIGENCIA 24/11/2015, 10:30, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: RETAMOSO. (05-0609 noviembre) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2847-0 (Imputado) JOSE ENRIQUE BEJAR CARDENAS, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 1911-2015, 08:00, Sala 4, ; Secretario: Valero. (05-06-09 noviembre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se Ies sigue mediante:Exp. 2014-2085-52 (Imputado) OCTAVIO GREGORIO SUAREZ MALDONADO, delito USURPACION AGRAVADA EN GRADO DE TENTATIVA, agraviado HENRY MARIGORDA ESPINOZA Y RAUL NICOLAS MARIGORDA ALVAREZ, NOTIFICACION: RES. 01 SE CORRE TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL POR EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 350 CPP. Y SE NOMBRA DEFENSA TECNICA DR. CARMEN PUMA AV. INDEPENDENCIA 927, CERCADO; Secretario: Cossio. (05-06-09 noviembre) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4019-24 (Imputado) JAIME QUISPE MARCA, delito CONTRABANDO AGRAVADO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 10-03-2016, 12:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (05-06-09 noviembre) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2651-44 (Imputado) JUAN CELSO HUAYLLA QUISPE, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 15-12-2015, 11:40 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (05-06-09 noviembre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013500-0 (Imputado): PEÑA CUSI, BOGNER, SE LE CITA A LA AUDIENCIA DE REVOCATORIA, LA MISMA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, SITO EN AVENIDA TUPAC AMARU 464- CERRO COLORADO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR DE INICIALES P. P. J. H., DILIGENCIA 06-11-2015, 08:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: TORRES. (05-0609 noviembre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-6013-82 Percy Antonio Castillo Infantes, delito actos contra el pudor en menor de edad y otro, agraviado menor de iniciales V.G.O.C., DILIGENCIA 17-12-2015, 08:00, Sala de Audiencia del Juzgado, se le corre traslado
Lunes, 9 de noviembre del 2015
por el plazo de 10 días de requerimiento mixto y se fija fecha de audiencia ; Secretario: Ojeda. (05-06-09 noviembre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4742-30 Fredy Cauna Calisaya, delito omisión a la asistencia familiar, agraviado Vicentina Calcina Mamani y otro, DILIGENCIA 03-12-2015, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (05-06-09 noviembre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-717-69 JORGE LUIS PINTO CHOQUEHUANCA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado ENRIUQE PERCY PARIAPAZA, DILIGENCIA 04-12-2015, 14:30, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Figueroa. (05-06-09 noviembre) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2010-3006-11 (Imputado) JAIME AGAPITO DEL CARPIO VILCA, delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado estado, DILIGENCIA 22-12-2015, 09:00, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Maquera. (05-06-09 noviembre) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-116-0 se cita MARGOTH CANDELARIA PACHECO ,MARLENE TEODORA ROJAS PUJAY ,LEONCIA RIPAS ORSOCO MARCELINA AYA QUISPE Y LUIS PERALTA ROMERO, NATHALY BRIGITHE RODRIGUEZ FALCON a fin que asistan a la audiencia de Juicio Oral para el día 16 de noviembre del 2015 a horas 11 : 00 a.m en la sal de audiencias del Modulo Penal de Camaná Región Arequipa , delito SECUESTRO Y OTRO, agraviado Margot Candelaria Pacheco, NOTIFICACION: con el acta de audiencia que contiene la resolución 14-2015 Bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva; Secretario: Delgado. (05-06-09 noviembre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-264-84 (Imputado) CARLOS ENRIQUE CAYCHO DE LA TORRE, delito LESIONES CULPOSAS, agraviado JACKELINE AGRIPINA QUIÑO, NOTIFICACION: SE HA INTERPUESTO ACUSACION POR LOS HECHOS DEL 19 DE OCTUBRE A LAS 11.30AM EN LAS CIRCUNTANCIAS QUE CONDUCIA SU VEHICULO MENOR POR IMPRUDENCIA OCASIONA LESIIONES A LA AGRAVIADA. VA CONFORME EL ART. 350CPP; Secretario: Suárez. (05-06-09 noviembre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2889-0 (Imputado) ADOLFO QUISPE VILCA, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 15-122015, 12:20, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Hernández. (05-06-09 noviembre) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-65-53 MANUEL CONSTANTINO RI VAROLA MEDINA, delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agraviado J.M.M.D., DILIGENCIA 09-03-2016, 9:15, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque. (05-06-09 noviembre) CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.LETICIA PACHECO CUELLAR.- JUEZ.- NESTOR PUMA SALAZAR.- ESPECIALISTA LEGAL- En el EXP. N° 00644-2015-0-0401-JR-FC-04; sobre VIOLENCIA FAMILIAR a demanda del Ministerio Público, en agravio de MERY MARITZA GOMEL TORRES y en contra de RAMIRO FLOREZ OTAZU, se notifica al último nombrado, a efecto comparezca al proceso y/o
conteste la demanda en el término concedido por Ley (15 días hábiles) y bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal y continuar el proceso en el estado en que se encuentra.- Firma.- Delgado.Juez.- Luque.- Especialista.- Arequipa 2015 octubre 21.- (05-06-09 noviembre) En el expediente 288-2014, tramitado en el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, se ha dispuesto lo siguiente: Resolución Nro. 09, Arequipa dos mil quince, diez de junio; Estando a lo informado por la Comisaría de Hunter, a efecto de no vulnerar el derecho de las partes se señala fecha para la realización de la Audiencia de Ley para el TRES DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE A LAS DOCE HORAS, en el local del Juzgado quedando subsistentes los apercibimientos decretados mediante resolución número dos. Se dispone la notificación a la parte agraviada por edictos.; NOTIFÍQUESE mediante Edictos a la agraviada MARIELA MARIBEL MORALES CHOQUEHUANCA, durante tres días consecutivos, para que tome conocimiento de la presente. Juez: Shelah North Galagarza Pérez.- Especialista: Cynthia Romero Bejarano. Arequipa, 10 de junio de 2015. (05-06-09 noviembre) CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- LETICIA PACHECO CUELLAR.- JUEZ.- NESTOR PUMA SALAZAR.- ESPECIALISTA.- En el EXP. N° 00464-2015-0-0401-JR-FC-04; sobre VIOLENCIA FAMILIAR a demanda de la Cuarta Fiscalía de Familia de Arequipa, en agravio de DAVID SERGIO HUISA CHUQUIPALLA y en contra de SANTOS HUISA AGÜERO, se notifica al demandado SANTOS HUISA AGÜERO, a efecto comparezca al proceso y/o conteste la demanda en el término de quince días y bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal y continuar el proceso en el estado en que se encuentra.- Firma Pacheco.- Juez Puma- Especialista . Arequipa, 2015 octubre 23. (05-06-09 noviembre) 2o Juzgado de Familia, EXPEDIENTE MATERIA, JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO DEMANDANTE, 03867-2015-0-0401-JR-FC-02 VIOLENCIA FAMILIAR, VALDIVIA TALA VERA, HUMBERTO, DE AMAT CATACORA SHEYLLA, LLAMOCA HUMANI, MANUEL JESUS, LLAMOCCA ANCCASI. PASCUALA, SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA. EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR: En el proceso 3867-2015-0-0401 -JR-FC-02, el Señor Juez del Segundo Juzgado de Familia de Arequipa, Dr. Humberto Valdivia Talavera, Secretaria Sheylla De Amat Catacora, en los seguidos por EL Ministerio Público sobre Violencia Familiar en contra de Manuel Jesús Llamoca Huamani, ha ordenado se notifique al demandado por edictos con la resolución número uno en los siguientes términos: RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público, en contra de Manuel Jesús Llamoca Huamani, en agravio de doña Pascuala Llamocca Anccasi, debiendo notificarse al demandado mediante edictos para que se apersone al proceso y absuelva el traslado de la demanda en el plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y disponerse la continuación del proceso en su contra. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. SHEYLA DE AMAT CATACORA SECRETARIO JUDICIAL. (06-09-10 noviembre) La Presidencia de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa, NOTIFICA a la Tercero Civilmente Responsable constituida VALERIANA TINOCO CHOQUE con el contenido de la Resolución 10 de fecha 05 de noviembre del 2015: “Se señala fecha para la Audiencia de Apelación de Auto para el día DIECINUEVE de noviembre del dos mil quince a las DOCE HORAS en la Sala de Audiencias número 7 (cuarto piso) del módulo penal de la CSJA”, en la investigación seguida en contra de Daniel Quispe Prieto por delito de Contaminación del Ambiente en agravio del Estado Expediente 5882-2014-26. Secretario: Flavio Loayza. Arequipa, 06 de Noviembre del 2015. VICTOR HERNAN FLAVIO LOAYZA POLANCO. ESPECIALISTA. (09-10-11 noviembre) 1° JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado EXPEDIENTE: 03260-2015-0-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama al imputado YHONS JAMERS ARAPA GOIZUETA para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 20 DE ENERO DEL 2016, a las 10:00 HORAS a llevarse a cabo en el Local del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado ubicado en la Calle Tupac Amaru 464 (Distrito de Cerro Colorado-Arequipa), diligencia que se llevará a cabo con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado del encausado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia.- Ello en el Proceso N° 03260-2015-0-0401-JR-PE-01 seguido en contra de YHONS JAMERS ARAPA GOIZUETA por delito de PELIGRO COMUN- CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agraviado de LA SOCIEDAD.- SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 27 de octubre del 2015. (09-1011 noviembre)
Lunes, 9 de noviembre del 2015
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
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CRONICAS JUDICIALES Lunes , 9 de noviembre del 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL 2015 COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dr. Juan Luis Rodríguez te) Dr. Miguel Ángel Irrazábal Salas Dr. Alejandro Ranilla Collado
Romero
(Presiden-
MARTES 18 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 142-2015 IS En el expediente 2014-640-LA. En el proceso de Desnaturalización de Contrato, seguido por Antonio Ytuza Vilca, en contra de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego Lateral 2R, P1, P2, P3, P4, DECLARARON: NULA Y SIN EFECTO la sentencia número 77 – 2015, de fecha diez de abril del dos mil quince, corriente de fojas trescientos cuarenta y cuatro a trescientos sesenta y tres, que declara Fundada la demanda sobre desnaturalización de contrato y pago de beneficios sociales; en los seguidos por Antonio Miguel Ytuza Vilca en contra de la Comisión de Regantes del Sub Sector de riego lateral R2, P1, P2, P3, P4, comprensión del Sector de Riego La Colina, sobre desnaturalización de contrato y pago de beneficios económicos; con lo demás que contiene; y DISPONEMOS: Que el A quo vuelva a expedir sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los considerandos que anteceden; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. SV. 144-2015 RC En el expediente 2015101-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Ana María Madueño Villaverde, en contra de Ángela Patricia Escobar Yáñez, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia sin número, de fecha tres de marzo de dos mil trece, debiendo entenderse que la fecha correcta es de tres de marzo de dos mil quince, estando al informe de fojas doscientos veintiséis, la que declara fundada la demanda de desalojo por ocupación precaria y ordena que la parte demandada desocupe el inmueble materia de litis y se entregue a la parte demandante en el plazo de seis días de consentida, bajo apercibimiento de lanzamiento, con costas y costos. En los seguidos por Ana María Madueño Villaverde, con Ángela Patricia Escobar Yañez, sobre desalojo por ocupación precaria. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Caravelí. SV. 145-2015 RC En el expediente 2012742-0-CI. En el proceso de Anulabilidad de Acto Jurídico, seguido por Marcelino Ramos Acero, en contra de Leonarda Centeno Sumari, DECLARARON: NULA, la Sentencia 252-2014, de fecha veinte de noviembre de dos mil catorce, de fojas ciento treinta, que declaró fundada la demanda de anulabilidad de acto jurídico, nula y sin efecto legal el acto jurídico de la Escritura 635, de fecha veinte de enero del dos mil nueve, celebrada en la Notaría Pública Javier de Taboada, en el extremo que el demandante cede su derecho de copropiedad a la demandada en el inmueble ubicado en Calle Socabaya, sin número, Manzana Z–1, Lote 5, Cercado de Villa El Pedregal, Majes, Caylloma, con lo demás que contiene. DISPONEMOS: se expida nuevo pronunciamiento con arreglo a Ley. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma Majes. SV. 147-2015 IS En el expediente 2014983-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Víctor Guido Abarca Abarca, en contra de Patricia
Ruby Valdivia Franco, DECLARARON: 1. INFUNDADO el recurso de apelación propuesto por Víctor Guido Abarca Abarca a fojas doscientos cinco a doscientos dieciséis; 2. CONFIRMAR. La Sentencia 253-2014, de fecha veinte de noviembre del dos mil catorce; que declaró INFUNDADA la demanda de acción amparo interpuesta por Víctor Guido Abarca Abarca, en contra de la Patricia Ruby Valdivia Franco en su condición de Jueza del Sexto Juzgado Civil. AV. 160-2015 RC En el expediente 2014200-0-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Lidia Portugal Bracamonte, en contra de Isabel García Márquez y Otros, DECLARARON: NULA, la Resolución de Oficio 81, de fecha veintiuno de febrero de dos mil trece, que corre a fojas ochocientos ochenta y dos, que declara el abandono del proceso sobre restitución de copropiedad e indemnización por responsabilidad civil contractual y que ordena el archivo de los antecedentes; DISPONEMOS: se continúe con el trámite del proceso, cumpliéndose con el diligenciamiento de la notificación ordenada en la Resolución 74; PREVENIMOS, al Señor Juez Helbert Llerena Lezama y a su personal auxiliar para que obren con mayor vigilancia y responsabilidad en el seguimiento de la presente causa, restableciendo el orden en el seguimiento y evitando la dilación procesal. En los seguidos por Lidia Ávila Portugal Bracamonte, con Isabel García Márquez y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Caravelí. AV. 161-2015 RC En el expediente 2013163-0-CI. En el proceso de División y Partición, seguido por Juan Hubert Flores Arestegui, en contra de Juan Bautista Flores Flores, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 21, de fecha veintiséis de enero del dos mil quince, de fojas trescientos veintisiete, en el extremo que declara fundado el pedido de suspensión del proceso, peticionado por María Salomé Tamo Ayala de Flores, en tanto se resuelva el Expediente 2083-2013, sobre nulidad de sucesión intestada de Antonia Aréstegui Cuadros. Integrándose el pronunciamiento, se declara infundada la solicitud en cuanto a la suspensión del proceso por el seguimiento del proceso sobre nulidad de acta de matrimonio de Antonia Aréstegui Cuadros con Juan Bautista Flores Flores. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Chivay. AV. 162-2015 IS En el expediente 2014178-99-CI. En el proceso de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, seguido por Mario SAlejandro Ferrucci Ricci, en contra de Consuelo Ferrucci de Dongo, DECLARARON: 1. Infundado el recurso de apelación efectuado por Mario Alejandro Ferrucci Ricci, en contra de la resolución número 93, de fecha cuatro de noviembre del dos mil trece, que corre de fojas sesenta y ocho a sesenta y nueve. 2. CONFIRMAMOS la resolución apelada número 93, de fecha cuatro de noviembre del dos mil trece, que corre de fojas sesenta y ocho a sesenta y nueve, que resuelve declarar nula la resolución número ochenta y seis y excluye del proceso a los peritos judiciales Ramiro Gorky Revollar y Gilberto Jacinto Marquina Begazo; con lo demás que contiene; en los seguidos por Mario Alejandro Ferrucci Ricci en contra de Consuelo Ferrucci de Dongo, Jorge Luis Pinto Flores, Procurador del Poder Judicial, sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta (Cuaderno de Apelación).Regístrese y notifíquese. AV. 163-2015 RC En el expediente 20141218-77-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Benito Iquiapaza Cutipa, en contra de Pastora Iquiapaza Iquiapaza, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 08, de fecha ocho de abril de dos mil quince, de fojas doscientos sesenta y uno, en cuanto rechaza los medios probatorios ofrecidos por la demandada Nelly Karen Iquiapaza Iquiapaza. Tómese razón y hágase saber. AT. 386-2015 RR En el expediente 2015126-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Eleazar Huamaní Choque, en contra del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes Raúl Charaja Concha, DECLARARON: ADMITIR a trámite la demanda de revisión judicial del
procedimiento de Ejecución Coactiva tramitado bajo el expediente N° 11-2012-DEC-MDM, interpuesto por Eleazar Huamaní Choque, en contra del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes, debiendo emplazarse también a la Municipalidad Distrital de Majes, por intermedio de su Procurador Público, por la vía del proceso especial. DISPONEMOS correr traslado a los demandados por el plazo de diez días, debiendo al efecto cursarse los exhortos correspondientes, una vez el demandante abone el arancel judicial por dicho concepto; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a los antecedentes los anexos acompañados; con citación del Ministerio Público. MANDAMOS que la entidad administrativa remita el expediente relacionado con la actuación impugnada (Expediente Coactivo número 11-2012-DEC-MDM) dentro del plazo de diez días, teniendo presente el domicilio procesal señalado por la demandante en esta sede judicial y que obra en su escrito de demanda.- DE OFICIO: Se pone en conocimiento a las partes procesales que a partir del trece de julio del año en curso, se dio INICIO a las NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS ello en cumplimiento de las leyes N° 30229 y 30293; con tal propósito REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, dentro del tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Suscriben la presente los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 376-2015 IS En el expediente 201535-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Carlos Caracela Mamani, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Angel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 378-2015 RR En el expediente 2015107-0-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportuni-
dad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazabal Salas y Ranilla Collado. . TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 379-2015 IS En el expediente 2014801-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por Dixon David Sosa Quispe, en contra de Miguel Máximo Durand Llacne, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazabal Salas y Rubén Smith Espinoza, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 387-2015 IS En el expediente 2015-690-CI. En el proceso de nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Jaime Segovia Pacheco, en contra de la Ejecutora Coactiva del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, DECLARARON: TENER por CONTESTADA la demanda en los términos indicados por Alan Carlos Alarcón Canchari, en su calidad de Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por señalado su domicilio procesal en la provincia de Camaná y por señalado su casilla electrónica, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos que se adjuntan, en los seguidos por Jaime Luis Segovia Pacheco, en contra del Ejecutor Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Auxiliar Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre Revisión Judicial de Procedimiento de Ejecución Coactiva; teniendo por presentado las copias certificadas del expediente administrativo de Ejecución Coactiva 103912014-N, de las cuales se formará un acompañado a los autos por Secretaría de Sala. Al segundo otrosí: Téngase presente la delegación de facultades generales de representación a los abogados mencionados. Al tercero otrosí: Conforme a lo solicitado y a lo dispuesto en la ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva (Ley N° 26979) se requiere a la parte demandante para que presente en el proceso póliza de caución, carta fianza irrevocable, incondicional y de ejecución inmediata, emitida por entidad financiera a nombre de la entidad acreedora por el importe de la obligación o efectuar consignación del monto exigido ante el Banco de la Nación a nombre de la Corte Superior de Justicia. Al Cuarto Otrosí: Téngase presente. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS JUEVES 20 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 380-2015 RC En el expediente 199735-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Ebert Valcárcel Talavera, en contra de Natalia Vizcardo Quijahuamán y Otros, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS VIERNES 21 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AV. 164-2015 RR En el expediente 2015-100-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Modesto Ludeña Ríos, DECLARARON: 1. DECLARAMOS: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Provincial Mixta de La Unión de fojas setenta y seis a setenta y ocho; 2. DECLARAMOS: NULA la resolución apelada número 02 del veintinueve de diciembre del dos mil catorce de fojas setenta y dos a setenta y cuatro, que rechazó la demanda por Violencia Familiar presentada por la señora representante del Ministerio Público; 3. DISPONEMOS: la renovación del acto procesal de calificación de la demanda de fojas cincuenta y ocho a sesenta y su subsanación de fojas setenta a setenta y uno; debiendo el señor Juez, en breve término y bajo responsabilidad, emitir nueva resolución con arreglo a Ley y los antecedentes. Regístrese y comuníquese. AV. 165-2015 RC En el expediente 2015-110-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Roly Villafuerte Carrasco, DECLARARON: DECLARAMOS NULA e insubsistente la Resolución 02, de fecha veintinueve de diciembre del dos mil catorce, de fojas cuarenta y nueve, que rechaza la demanda de violencia familiar, física y psicológica, en agravio de un menor y su madre; DISPONEMOS: se califique nuevamente el escrito de subsanación de fojas cuarenta y ocho con arreglo a Ley. En la demanda interpuesta por el Ministerio Público, dirigida a Roly Villafuerte Cornejo, en agravio de Mili Rosi Cornejo Xesspe y el menor Alex Jefferson Villafuerte Cornejo. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de La Unión Cotahuasi. AV. 166-2015 IS En el expediente 2015-120-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Antolín Quispe Huamaní, DECLARARON: 1. NULA e insubsistente la resolución N° 02, de fecha veintinueve de diciembre del dos mil catorce de fojas cincuenta y siete a cincuenta y nueve, que rechaza la demanda de violencia familiar, presentada por la representante del Ministerio Público, en agravio de Nancy Vicente Taco y los menores Dany Lister Quispe
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La República
Vicente, Wilber Quispe Vicente, Jesus Quispe Vicente y Edith Norma Quispe Vicente; 2. DISPONEMOS: Que el A quo califique nuevamente el escrito de subsanación de la demanda de fojas cincuenta y cinco a cincuenta y seis, teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; en los seguidos por el Ministerio Público en contra de Antolin Quispe Mamani, en agravio de Nancy Vicente Taco y los menores Dany Lister Quispe Vicente, Wilber Quispe Vicente, Jesús Quispe Vicente y Edith Norma Quispe Vicente, sobre Violencia Familiar, y devuélvase al juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 24 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 148-2015 RR En el expediente 2011-100-PE. En el proceso de Usurpación, seguido por Martín Benito Zamata Cárdenas, en contra de Felipe Chuctaya Chuctaya, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la sentencia número 09-2014-PE del veintitrés de junio del dos mil catorce de fojas setecientos sesenta y uno a setecientos setenta y uno en la parte apelada que de oficio declara fundada la excepción de Prescripción y extinguida la acción penal en los seguidos contra FAUSTA MERMA CHUCTAYA por el delito de Lesiones, precisando Leves previsto y penado por el artículo 122° primer párrafo concordante con el articulo 441° primer párrafo del Código Penal, en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CARDENAS, dispone el archivo definitivo del proceso y la anulación de los antecedentes generados en su contra únicamente en dicho extremo; DECLARAMOS: NULA la indicada sentencia número 09-2014-PE, en la parte apelada que absuelve a GERMÁN MERMA CHUCTAYA y FELIPE RUBÉN CHUCTAYA CHUCTAYA por el delito de Usurpación Agravada previsto en el articulo 202° inciso 2 concordante con el articulo 204° inciso 2 del Código Penal en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CÁRDENAS; y declara de oficio fundada la excepción de Prescripción y extinguida la acción penal en los seguidos contra FAUSTA MERMA CHUCTAYA por el delito de Usurpación previsto en el articulo 202° del Código Penal en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CÁRDENAS, así como el archivo definitivo del proceso y la anulación de los antecedentes generados en contra de los procesados solamente en tales extremos; DISPONEMOS: Se remitan los actuados al señor Juez Penal llamado por ley para que, en breve término y bajo responsabilidad, expida nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho y los antecedentes, solamente por el delito de Usurpación Agravada previsto en el articulo 202° inciso 2 concordante con el articulo 204° inciso 2 del Código Penal, en contra de: GERMÁN MERMA CHUCTAYA, FELIPE RUBÉN CHUCTAYA CHUCTAYA y FAUSTA MERMA CHUCTAYA en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CÁRDENAS; teniendo en cuenta los términos prescriptorios de la acción penal. Y los devolvemos. SV. 149-2015 CL En el expediente 2015-230-CI. En el proceso de Mejor Derecho a la Propiedad, seguido por Héctor Zúñiga Zúñiga, en contra de Rolando Márquez Aguado y Otro, DECLARARON: NULA, la Sentencia N° 70-2014, de fecha tres de noviembre de dos mil catorce, de fojas ochocientos veintitrés a ochocientos treinta y uno, que declaró fundada la demanda de mejor derecho de propiedad, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se emita nueva sentencia, previo integración al proceso de María Victoria Sánchez Nauca de Márquez, debiendo actuarse los medios probatorios que ofrezca esta parte en audiencia especial. En los seguidos por Héctor Raymundo Zúñiga Zúñiga con Rolando Márquez Aguado y otros, sobe mejor derecho a la propiedad y accesoriamente, la restitución del fundo rustico indicado. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Castilla – Aplao. SV. 150-2015 CL En el expediente 2013620-0-CI. En el proceso de Obligación de Hacer, seguido por Wilber Manrique Cáceres, en contra de la Asociación Autogestionaria de Vivienda y Servicios Múltiples Hijos Colonos de Majes 2000, DECLARARON: CONFIRMAMOS La sentencia N° 249-2014, de fecha catorce de Noviembre del dos mil catorce, de fojas ciento treinta y cinco a ciento cuarenta y tres, que declara fundada la demanda sobre Obligación de hacer, con lo demás que contiene; y los devolvieron. AT. 381-2015 IS En el expediente 200814-0-CI. En el proceso de Interdicto, seguido por Jorge Revilla Gallegos, en contra de Angelita Velarde Luque, DECLARARON: RECHAZAR la abstención por decoro del Juez Superior Juan Luis Rodríguez Romero, debiendo seguir conociendo el trámite del proceso. Actuando los señores Jueces Superiores habilitados Miguel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 383-2015 RC En el expediente 2013-10-FP. En el proceso de Infracción Contra el Patrimonio, seguido por el Ministerio Público, en contra de Miguel Ángel Morocco Ancco, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de au-
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
diencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS reiteradamente a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al procedimiento penal, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código, solicitud que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en el dispositivo en mención. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la vista de la causa. Suscribe la presente resolución el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 384-2015 IS En el expediente 201449-0-FP. En el proceso de Infracción Contra la Libertad Sexual, seguido por el Ministerio Público, en contra de Luis Fernando Chipana Hananpa, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS reiteradamente a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al procedimiento penal, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código, solicitud que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en el dispositivo en mención. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la vista de la causa. Suscribe la presente resolución el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 385-2015 RC En el expediente 2013885-0-CI. En el proceso de nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Magally Paredes Quicaño, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS MARTES 25 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 151-2015 IS En el expediente 2012298-0-CI. En el proceso de Desalojo por Ocupación Precaria, seguido por Abraham Montoya Jiménez, en contra de Nelly Carnero de Vílchez, DECLARARON: 1. INFUNDADA la apelación de tacha de documento y de la sentencia formulada por el actor; 2. CONFIRMAMOS la recurrida en todos sus extremos, que declara Improcedente la tacha de documento formulada por la parte accionante e Improcedente la demanda de autos sobre Desalojo por Ocupación Precaria, en los seguidos por Abraham Federico Montoya Jiménez en contra de Nelly Judith Justo Carnero de Vílchez y Hernán Benjamín Vílchez Espinoza; con lo demás que contiene. Regístrese y
notifíquese. AV. 167-2015 IS En el expediente 2014159-0-CI. En el proceso de Indemnización de Perjuicios, seguido por Asunción Bustamante Rojas, en contra de la Compañía Minera Caravelí S.A.C., DECLARARON: NULA la resolución número 26, de fecha dieciséis de enero del dos mil quince, que corre de fojas setecientos noventa y cuatro a setecientos noventa y cinco, que declara concluido el proceso seguido por Asunción Bustamante Rojas en contra de Compañía Minera Caravelí S.A.C. y RÍMAC Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, sobre Indemnización de Daños y Perjuicios; DISPONEMOS que el Juez de la causa proceda teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución de vista. Regístrese y notifíquese. AV. 169-2015 IS En el expediente 2010194-0-CI. En el proceso de Petición de Herencia, seguido por Walter Hipólito Tassara Montánchez, en contra de Bercel Barreda Delgada, DECLARARON: CONFIRMAMOS la apelada en el extremo apelado que declara Fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante; dejando a salvo el derecho del accionante para que lo haga valer de acuerdo a ley; con lo demás que contiene. Regístrese y notifíquese. AV. 170-2015 RR En el expediente 2015107-54-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. DECLARAMOS: NULA la resolución número 28 del veintiocho de abril del dos mil quince copiada de fojas ciento ochenta y cinco a ciento ochenta y seis en la parte que concede sin efecto suspensivo y sin la calidad diferida el recurso de apelación, copiado de fojas ciento setenta y ocho a ciento ochenta y cuatro, formulado por Elmer Alejandro Taya Pumatanca –Presidente de la Comunidad Campesina de Umachulco contra la resolución numero 27. 2. DECLARAMOS: IMPROCEDENTE dicho recurso impugnatorio. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AV. 171-2015 RR En el expediente 2015107-54-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. DECLARAMOS: NULA la resolución número 29 del veintiocho de abril del dos mil quince copiada a fojas ciento noventa y nueve que concede sin efecto suspensivo y sin la calidad diferida el recurso de apelación, copiado de fojas ciento noventa y tres a ciento noventa y ocho, interpuesto por Elmer Alejandro Taya Pumatanca –Presidente de la Comunidad Campesina de Umachulco contra la resolución numero 23; 2. DECLARAMOS: INADMISIBLE por extemporáneo dicho recurso impugnatorio. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AV. 172-2015 IS En el expediente 2002-7890-CI. En el proceso de Partición Convencional, seguido por Abraham Delgado Cáceres y Otros, en contra de Celso Cáceres Huamaní, DECLARARON: NULA la resolución número 79-2014, de fecha diez de setiembre del dos mil catorce, por la que se resuelve aprobar el informe pericial realizado por los ingenieros Alejando Adrián Garay Méndez y Maximiliano Coaquira Bedoya, que obra en autos de fojas mil quinientos cincuenta y uno a mil seiscientos; y DISPONEMOS que el Juez de la causa proceda a emitir nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución de vista. Regístrese y notifíquese. AV. 173-2015 IS En el expediente 2012174-78-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, seguido por Manuel Jesús Delgado Fernández, en contra de Rosalía Gutiérrez Cruz, DECLARARON: NULA la resolución apelada número 07-2014, de fecha dos de octubre del dos mil catorce, de fojas noventa y uno que declara la nulidad de la resolución seis dos mil trece, de fecha tres de enero del dos mil catorce, así como notificarse a la demandada Rosalía Gutiérrez Cruz, con copias de todas las resoluciones expedidas en el proceso, en su domicilio ubicado en Urbanización Pachacamac, 2da Etapa, Mz. O’, Lote 20, Villa El Salvador – Lima; y DISPONEMOS que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. AT. 381-2015 RR En el expediente 20059-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios Sociales, seguido por Juan Salhua Cejudo y Otros, en contra de CENTURY MINING, DECLARARON: 1. SEÑALAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.- DISPUSIERON se efectúe las notificaciones de ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
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notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil de aplicación supletoria al procedimiento laboral, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al Escrito Nro. 309-2015 presentado por Alejandro Quispesivana Quispe: Téngase por señalado su domicilio electrónico lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Al escrito 297-2015 presentado por Century Mining Perú SAC: Téngase por señalado su domicilio procesal y su domicilio electrónica (casilla electrónica), lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores magistrados Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS
MIÉRCOLES 26 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 152-2015 IS En el expediente 2015-70-FP. En el proceso de Infracción Contra el Patrimonio, seguido por Felícitas Ramos Quispe, en contra de Y. B. CH. F., DECLARARON: 1. Fundado en parte el escrito de apelación presentado por el representante del Ministerio Público; 2. CONFIRMARON la Sentencia N° 14-2015, de fecha veintitrés de enero del dos mil quince que obra a fojas ciento ochenta y ocho a ciento noventa y tres en el extremo que resolvió absolver a Yerson Bladimir Chire Flores y dispuso su inmediato externamiento; 3. NULA la Sentencia N° 14-2015, de fecha veintitrés de enero del dos mil quince que obra a fojas ciento ochenta y ocho a ciento noventa y tres en el extremo que impuso como medida socioeducativa la de libertad asistida por el periodo de ocho meses al menor Pedro Yana Yana; DISPUSIERON que se emita nueva sentencia en este extremo teniendo en cuenta lo expuesto en la presente resolución. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
JUEVES 27 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 388-2015 RC En el expediente 2013-1882-FP. En el proceso Contra la Libertad, seguido por el Ministerio Público, en contra de Y. A. M. V., DECLARARON: 1.- APROBAR EL DESISTIMIENTO DEL ACTO PROCESAL DE RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la señora representante del Ministerio Público – Fiscalía Superior - , mediante escrito obrante a fojas doscientos sesenta y nueve. 2.- DECLARAR FIRME LA RESOLUCIÓN N° 07-2015 que corre a fojas doscientos diecinueve, en el extremo que reprograma la fecha para la audiencia de esclarecimiento de hechos. 3.- REMÍTASE copias certificadas de la presente resolución al Juzgado de origen por Secretaría de Sala. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS
VIERNES 28 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 143-2015 SE En el expediente 2015-320-CI. En el proceso de Delimitación de Áreas y Linderos, seguido por Nazaria Ortegal Marroquín, en contra de Marlene Cachuas Bernal y Otros, DECLARARON: REVOCAMOS la sentencia N° 69-2014 de fojas cuatrocientos veintiocho a cuatrocientos treinta y uno, de fecha treinta de diciembre del año dos mil catorce que declara fundada la demanda de delimitación de linderos; y, REFORMANDOLA la declaramos IMPROCEDENTE, dejando a salvo el derecho de la demandante para que lo haga valer con arreglo a ley; DISPUSIERON la devolución de los anexos correspondiente. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 31 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 389-2015 RR En el expediente 2012611-0-CI. En el proceso de Cambio de Nombre, seguido por Henry Ocdan Choquehuayta Ccoa y otros, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley,
debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 1249-2015 presentado por Herny Ocdan Choquehuayta Ccoa: Téngase por señalado su domicilio electrónico (casilla electrónica), lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerda a ley. Al escrito 1163-2015 presentado por la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerda a ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 390-2015 IS En el expediente 2014116-0-LA. En el proceso de Indemnización por Despido Arbitrario y Otros, seguido por Nancy Yataco Andía, en contra del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores magistrados Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 391-2015 RR En el expediente 2014187-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Margarita Ynés Quispe Mamani, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Teniéndose presente que mediante Oficio N° 585-2015/MP-FSMDE-CAM-AR, de fecha 17 de agosto del 2015, la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná señaló domicilio procesal y casilla electrónica, lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 392-2015 RR En el expediente 2012244-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Ángel Alberto Salazar Pastrana, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa;
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oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 12562015 presentado por Ángel Alberto Salazar Pastrana: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónico), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones. Teniéndose presente que mediante Oficio N° 585-2015/MP-FSMDECAM-AR, de fecha 17 de agosto del 2015, la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná señaló domicilio procesal y casilla electrónica, lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 393-2015 IS En el expediente 2014125-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Alejandrina May Bellido y Aguilar, en contra del Procurador del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS en forma reiterativa a las partes procesales que aun no han señalado su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, cumplan con hacerlo dentro del tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 317-2015 presentado por Alejandrina May Bellido Aguilar: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Teniéndose presente que mediante Oficio N° 585-2015/MP-FSMDE-CAM-AR, de fecha 17 de agosto del 2015, la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná señaló domicilio procesal y casilla electrónica, lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 394-2015 RC En el expediente 2013193-0-LA. En el proceso Acción Contenciosa Administrativa, seguido por Timoteo Gómez Quispe, en contra del Procurador del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS en forma reiterativa a las partes procesales que aun no han señalado su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, cumplan con hacerlo dentro del tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 316-2015 presentado por Timoteo Gómez Quispe: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Teniéndose presente que mediante Oficio N° 585-2015/MP-FSMDE-CAM-AR, de fecha 17 de agosto del 2015, la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná señaló domicilio procesal y casilla electrónica, lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones. Actuando el colegiado integrado por los
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 396-2015 IS En el expediente 2011135-1-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Lizbeth Milda Zamata Huamani, en contra de Nelly Soledad Sabina Escarcena, DECLARARON: 1) DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de aclaración solicitado por Nelly Soledad Sabina Escarcena. 2) DISPONEMOS se curse copia certificada de la presente Resolución al Juzgado de Origen. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 397-2015 RC En el expediente 2012213-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Paúl Salas Barrios, en contra de la Asociación de Agricultores Los Álamos, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día SEIS DE OCTUBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
DR. ALEJANDRO RANILLA COLLADO JUEZ SUPERIOR DR. VIDAL E. JORDÁN TICONA RELATOR CRONICA JUDICIAL DELA SALA DE APELACIONES DE CAMANA MES DE AGOSTO CAMANÁ, SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRÍGUEZ ROMERO E IRRAZÁBAL SALAS TIPO PONENTE RESOLUCIÓN SV 39-2015 SE EXPEDIENTE: 184-2012-22 DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público. CONFIRMAMOS la Sentencia Nro. 52-2014-COLEGIADOCAMANA (POR MAYORIA), emitida por el Juzgado Penal Colegiado de Camaná, corriente de folios noventa y seis a ciento tres de fecha 04 de noviembre de 2014 que resolvió: ABSOLVER al acusado PABLO SUCASAIRE CABALLERO, de los cargos formulados por el Ministerio Público por el delito de Violación de la Libertad Sexual de Menor de Edad, previsto y penado por el Artículo 173, inciso 2 primer y segundo párrafo del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales M.S.T. y mando la anulación de los antecedente penales, policiales y judiciales que se hubieran generado por el presente proceso. SIN COSTAS DE LA INSTANCIA. Y lo devolvemos SV 40-2015 IS EXPEDIENTE : 94-2015-0 PARTE RESOLUTIVA. Por las razones expuestas en los considerandos anteriores esta Sala Superior administrando justicia a nombre del pueblo, decidimos DECLARAR: 1. FUNDADOS los recursos de apelación propuestos por el Ministerio Público y los agraviados Susana Cárdenas León y Juan Héctor Chacmani Llerena. 2. NULA La Sentencia N° 23-2014, de fecha tres de diciembre del dos mil catorce, que resolvió absolver a Basilia Dominga Flores Yanarico, Gladys Maritza Conde Arias, Elvis Teofilo Lipa Flores, en su calidad de autores, y Martina Libertad Márquez Guzmán, Mateo Fredy León Sayco, Fredy Alberto León Márquez, Fiorela León Márquez, Fabián Machaca Condori y Nely Beatriz Velásquez Velásquez, en la calidad de cómplices primarios del delito de usurpación agravada, previsto y sancionado en el articulo 202 inciso 2 concordado con el articulo 204 inciso 2 del Código Penal, en agravio de Susana Cárdenas León, Juan Héctor Chacmani Llerena y Juan José Dueñas Llerena. 3. ORDENAMOS la realización de NUEVO JUICIO ORAL por otro JUZGADO conforme el artículo 426 inciso 1 del Código Procesal Penal. 4. Sin Costas de la Instancia.
CAMANÁ, DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRÍGUEZ
ROMERO, IRRAZÁBAL SALAS Y RANILLA COLLADO TIPO PONENTE RESOLUCIÓN AT 16-2015 RR EXPEDIENTE N°: 112-201566 DISPONEMOS: SE DEVUELVAN los actuados al Juzgado de origen, para que en término perentorio y bajo responsabilidad, subsanando la omisión anotada en el segundo considerando de la presente resolución, emita el pronunciamiento que corresponda con arreglo a ley y a los antecedentes, por esta única vez, llamaron la atención al señor Juez David Sotomayor Saavedra, por la omisión advertida, a quien EXHORTAMOS tramite los procesos a su cargo con la celeridad procesal, evitando dilaciones innecesarias AV 103-2015 CL EXPEDIENTE: 242-2014-0 DECLARAMOS: NULA, la Resolución 5, de fecha diecinueve de diciembre de dos mil catorce, que DECLARA EL SOBRESEIMIENTO del proceso de oficio y DISPONE EL ARCHIVO de la causa seguida en contra de EFRAÍN YULINO CUEVA MEDRANO, por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Artículo 149° del Código Penal, en agravio de Carola Guitton Arismendi. DISPONEMOS: Se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a Ley. AV 104-2015 CL EXPEDIENTE: 199-2013-47 DECLARAMOS: INFUNDADO, el recurso de apelación que ha interpuesto la Procuradora de la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de Arequipa. CONFIRMAMOS: La resolución 08, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce que declara sobreseído el proceso por el delito de Peculado establecido en el artículo 387 del Código Penal, en contra de Sergio Francisco Félix Dávila Vizcarra, y sobreseído el proceso por el delito de Falsedad Genérica establecido en el artículo 438 del Código Penal, en contra de Kely Rossi Huanca Rivera y Robert Pedro Alejandrino Argote Rivas, NULA: En el extremo que declara sobreseído el proceso por el delito de desobediencia a la autoridad, establecido en el artículo 368 del Código Penal, en contra de Sergio Francisco Félix Dávila Vizcarra, disponiendo el archivo definitivo. AV 105-2015 IS EXPEDIENTE: 91-2015-39 PARTE RESOLUTIVA. Por los fundamentos que anteceden DECLARAMOS: 1. INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Gabriel Reynaldo Samata Ccama. 2. CONFIRMAMOS la Resolución N° 05-2015 de fecha veintiséis de enero de dos mil quince, que DECLARÓ FUNDADO el requerimiento de SOBRESEIMIENTO solicitado por la señora Fiscal Provincial Penal, en los seguidos en contra de NICOLÁS VALERIO CONDORI MAMANI por los delitos de Discriminación previsto en el artículo 323 del Código Penal, Abuso de Autoridad previsto en el artículo 376 del Código Penal y Omisión, Rehusamiento o Demora en los Actos Funcionales previsto en el artículo 377 del Código Penal, en agravio de Gabriel Reynaldo Samata Ccama, y en consecuencia DISPUSO EL ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso.
106-2015 IS EXPEDIENTE: 162-2012-63 PARTE RESOLUTIVA. Por las consideraciones que anteceden, RESOLVEMOS: TENER al Ministerio Público por DESISTIDO de su recurso impugnatorio de apelación formulado por escrito de fojas 53 a 54; quedando, por tanto, firme la resolución número 05-2015 del 30 de marzo del 2015 de fojas 46 a 47; ORDENAMOS la devolución del expediente elevado al juzgado de origen para los fines pertinentes. AV 107-2015 IS EXPEDIENTE : 134-2014-89 RESOLVEMOS:1.DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado del actor civil Leoncio Damián Arista Rivera. 2. CONFIRMAR la resolución número 7 de fecha dieciocho de diciembre del dos mil catorce (fojas doscientos ocho a doscientos once), que resolvió DECLARAR FUNDADA la CUESTIÓN PREJUDICIAL formulada por los abogados defensores de los imputados Edwin Jamil Vásquez Zúñiga y Flora Llerena viuda de Rivera, derivado del proceso sobre delito de estelionato y contra la fe pública, en agravio de Leoncio Damián Arista Rivera. CAMANÁ, TRECE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRÍGUEZ ROMERO, IRRAZÁBAL SALAS Y RANILLA COLLADO TIPO PONENTE RESOLUCIÓN AT 08-2015 RR EXPEDIENTE : 76-2013-62 SE RESUELVE: REPROGRAMAR POR ÚLTIMA OPORTUNIDAD la AUDIENCIA DE APELACIÓN de SENTENCIA, la misma que tendrá lugar el QUINCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, a las QUINCE HORAS en la Sala de Audiencias de esta Sala Superior, sito en Jirón Comercio 140 del Cercado de Camaná, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, audiencia que se realizará con los señores Jueces Superiores que se encuentren integrando el Colegiado de esta Sala Superior en dicha oportunidad. 2) DISPONEMOS que en caso de inasistencia de los señores abogados de las partes que genere la reprogramación de la audiencia, se les impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. 3) REQUERIR a los señores abogados que participen en dicha diligencia cumplan con presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución administrativa 298-2009-CE-PJ. 4) REQUERIMOS a las partes cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Al Principal del escrito 1562-2015 presentado por el Dr. Walter Efren Alca Bernal: Téngase presente el señalamiento de casilla electrónica.
CAMANÁ, DOCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRÍGUEZ ROMERO, IRRAZÁBAL SALAS Y RANILLA COLLADO TIPO PONENTE RESOLUCIÓN AT 10-2015 RC EXPEDIENTE : 3748-2014-0 SE RESUELVE: 1. CONCEDER al apelante Carlos Adelky Begazo Viza el plazo de TRES DÍAS de notificado con la presente a fin de que cumpla con subsanar la omisión advertida en el segundo considerando de la presente; ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto. Al escrito 1483-2015 presentado por Carlos Adelky Begazo Viza: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal en esta ciudad y casilla electrónica. Al principal del escrito 1511-2015 presentado por Gloria Elvira Manrique Medina: Resérvese el proveído del mismo hasta que trascurra el plazo concedido por la presente resolución. Al primer otrosi del escrito 15112015: Téngase presente el señalamiento de la casilla electrónica indicado. AT 10-2015 RC EXPEDIENTE : 37482014-0 SE RESUELVE: 1. CONCEDER al apelante Carlos Adelky Begazo Viza el plazo de TRES DÍAS de notificado con la presente a fin de que cumpla con subsanar la omisión advertida en el segundo considerando de la presente; ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto. Al escrito 1483-2015 presentado por Carlos Adelky Begazo Viza: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal en esta ciudad y casilla electrónica. Al principal del escrito 1511-2015 presentado por Gloria Elvira Manrique Medina: Resérvese el proveído del mismo hasta que trascurra el plazo concedido por la presente resolución. Al primer otrosi del escrito 15112015: Téngase presente el señalamiento de la casilla electrónica indicado. AV
CAMANÁ, DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRÍGUEZ ROMERO, IRRAZÁBAL SALAS Y RANILLA COLLADO TIPO PONENTE RESOLUCIÓN AT 07-2015 RC EXPEDIENTE: 233-2013-86 SE RESUELVE: 1) CONVOCAR A LAS PARTES PROCESALES, a la audiencia de apelación de SENTENCIA a llevarse a cabo el DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Pucchun de Camaná, con obligatoria concurrencia de las partes apelantes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, audiencia que se realizará con los señores Jueces Superiores que se encuentren integrando el Colegiado de esta Sala Superior en dicha oportunidad. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución. 2) DISPONEMOS que en caso de inasistencia de los señores abogados Luis Garcia Gallarday, María del Pilar Puma Chirinos y Artemio Rogel Choque Suca, que genere la reprogramación de la audiencia, se les impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, equivalente a trescientos ochenta y cinco nuevos soles la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. 3) REQUERIR a los señores abogados que participen en dicha diligencia cumplan con presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución administrativa 298-2009-CE-PJ. 4) REQUERIR a las partes procesales y a sus señores abogados(as) a fin de que cumplan obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos, ello de conformidad a lo previsto por artículo 155.I de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incorporado por la Ley N° 30229, bajo aperci-
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bimiento de aplicarse el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Al escrito 1540-2015 presentado por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal postal y domicilio procesal electrónico indicado. Al escrito 1534-2015 presentado por la defensa técnica del imputado Alex Ancalla Ilataype: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal electrónico indicado. AT 06-2015 RR EXPEDIENTE: 31-2014-67 SE RESUELVE: 1) CONVOCAR A LAS PARTES PROCESALES, a la audiencia de apelación de SENTENCIA a llevarse a cabo el TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE, a las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA CON VEINTE MINUTOS, en la Sala de Audiencias de esta Sala Superior, sito en jirón Comercio 140 del Cercado de Camaná, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, audiencia que se realizará con los señores Jueces Superiores que se encuentren integrando el Colegiado de esta Sala Superior en dicha oportunidad. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución. 2) DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado Carlos Chong Veramendi, que genere la reprogramación de la audiencia, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, equivalente a trescientos ochenta y cinco nuevos soles la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. 3) REQUERIR a los señores abogados que participen en dicha diligencia cumplan con presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución administrativa 298-2009-CE-PJ. 4) REQUERIR a las partes procesales y a sus señores abogados(as) a fin de que cumplan obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos, ello de conformidad a lo previsto por artículo 155.I de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incorporado por la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Al escrito 1539-2015 presentado por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal postal y domicilio procesal electrónico indicado. Al escrito 15422015 presentado por el imputado Luis Terrones Pinto: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal electrónico indicado.
AT 05-2015 IS EXPEDIENTE: 64-2015-0 SE RESUELVE: 1) CONVOCAR A LAS PARTES PROCESALES, a la audiencia de apelación de SENTENCIA a llevarse a cabo el SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE, a las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de esta Sala Superior, sito en jirón Comercio 140 del Cercado de Camaná, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y para los imputados recurridos, de ser declarados reos contumaces y ordenarse su conducción coactiva, audiencia que se realizará con los señores Jueces Superiores que se encuentren integrando el Colegiado de esta Sala Superior en dicha oportunidad. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución. 2) DISPONEMOS que en caso de inasistencia de los señores abogados Luis Garcia Gallarday y María del Pilar Puma Chirinos, que genere la reprogramación de la audiencia, se les impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, equivalente a trescientos ochenta y cinco nuevos soles la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. 3) REQUERIR a los señores abogados que participen en dicha diligencia cumplan con presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución administrativa 298-2009-CE-PJ. 4) REQUERIR a las partes procesales y a sus señores abogados(as) a fin de que cumplan obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos, ello de conformidad a lo previsto por artículo 155.I de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incorporado por la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Al escrito 1537-2015 presentado por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal postal y domicilio procesal electrónico indicado. AV 108-2015 IS EXPEDIENTE: 184-2015-3 PARTE RESOLUTIVA. De conformidad con los considerandos que anteceden RESOLVEMOS: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la defensa del investigado FREDY WILIAN APFATA VILCARANA. REVOCAMOS EN PARTE la resolución N° 03-2015 dictada en audiencia de prisión preventiva, de fecha nueve de julio del dos mil quince, obrante de fojas noventa y siete a ciento tres que resolvió DECLARAR FUNDADO el requerimiento de prisión preventiva propuesto por el señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla, en el proceso seguido
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