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Jueves, 9 de agosto del 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Jueves, 9 de agosto del 2018

EDICTOS EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Paucarpata, que despacha el Sr. Juez Lino Zúñiga Portocarrero. especialista legal Sheyla Saldoval Loayza. en el expediente Nro. 00465-2013-0-0412-JMCI-01. sobre indemnización por daños y perjuicios, mediante resolución Nro. 38 de fecha 14 de jumo del 2018, se ha dispuesto la notificación por edictos a la sucesión de Petrona Ticona Cordorcallo, con dicha resolución, en el siguiente sentido, resolución Nro. 38 de fecha 14 de jumo del 2018, SE RESUELVE: 1) SUSPENDER el proceso por un plazo máximo de treinta días, a efecto de que procedan a comparecer al proceso los sucesores procesales de doña PETRONA TICONA CONDORCALLO; DISPONIÉNDOSE la notificación de la presente resolución a los sucesores de Petrona Ticona Condorcallo mediante edictos, debiendo de cumplirse con las formalidades descritas en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil: bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal y 2) DECLARAR NULA la resolución número 37 del 04 de jumo del 2018 de fojas 467. Tómese razón y hágase saber. Al escrito 44248- 2018: estese al contenido de la presente resolución. Sheyla Sandoval Loayza Especialista Legal. (30 julio 03-09 agosto) B/E 031- 12995. EDICTO En el Expediente No. 5151-2016-0-0401-JP-CI-03,el que sigue SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de CCAHUANA VALDEZ RONALD sobre obligación de dar suma de dinero; ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Especialista Legal Dr. Guzmán Soto Leyver Lander; la señora Jueza Dra. Bellido Angulo Maria Soledad ha resuelto lo siguiente: Resolución No. 01, Arequipa, dos mil dieciséis Octubre tres.-, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO interpuesta por FIORELLA VILLAVICENCIO LOAYZA Y KENNY RAUL BEGAZO VALENCIA, en representación de SCOTIABANK PERU SAA en contra de RONALD CCAHUANA VALDEZ, la misma que se tramitará en la vía del PROCESO UNICO DE EJECUCION.- DISPONGO: Que, la parte ejecutada pague la suma de DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 58/100 SOLES (S/. 16,369.58), monto que corresponde al pagare puesto a cobro más los intereses compensatorios y moratorios pactados, con costas y costos, en el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de darse inicio a la Ejecución Forzada; por ofrecidos los medios probatorios que se indican, a sus antecedentes los anexos que se adjuntan.- Tómese razón y hágase Saber. 31 de julio de 2018.- Resolución Nro. 6.- Estando a lo solicitado, siendo deber del Juzgador dirigir el proceso y velar por su rápida solución de conformidad con lo prescrito por el artículo 50º del Código Procesal Civil y conforme a lo prescrito por el artículo 165º y siguientes del Código Procesal Civil; NOTIFÍQUESE a la parte demandada mediante edictos, a efecto que conteste dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo la parte demandante efectuar las publicaciones de ley.- 03 de agosto de 2018.- GUZMAN SOTO LEYVER LANDER SECRETARIA JUDICIAL. (07-08-09 agosto) B/E 031-13023 EDICTO: La señora Juez del Primer Juzgado Mixto de Chivay, en el proceso N°35-1991-CI, sobre nulidad de resolución administrativa, interpuesto por Daniel Valdivia Ordoñez y otros, en contra de la Dirección Regional de Agricultura; ha dispuesto se notifique mediante edictos a la sucesión de ESTEBAN MODESTO GONZALES CHÁVEZ, con la resolución N° 57 (parte pertinente) de 11 -jun-18: “A) SUSPENDER el proceso en tanto se provea la representación del fallecido co-demandante ESTEBAN MODESTO GONZALES CHÁVEZ; B)

NOTIFICAR mediante edictos a la sucesión de quien fue Esteban Modesto Gonzales Chávez, conforme a lo dispuesto en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, para que, se apersonen al proceso y continúen el proceso en el estado en que se encuentra, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; PREVINIÉNDOSE que al apersonarse al proceso el integrante o integrantes de la sucesión, deberán hacerlo acreditando su derecho con testamento o Sucesión Intestada, caso contrario no será admitido...;” Firmado: Juez Margarita Salas y Secretario: Fernando Mamani. Chivay, 02 de agosto del 2018. MAMANI MAMANI FERNANDO SECRETARIO JUDICIAL. (07-08-09 agosto) B/E 031-13025. EDICTO.Ante el Juzgado de Paz Letrado Sede Camaná, Juez: Dr. Joel Jim Janampa Sang, Esp.: Dra. Leslie Eduardo Collanqui, Exp. N° 098-2018; seguido por la demandante Servicios, Cobranzas e Inversiones SAC sobre Ineficacia de Titulo Valor; se ha expedido la Res.N° 02, por la que se dispone ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Demandante contra el BCP sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR, por extravío del Cheque de Gerencia N° 09154823 por la suma de US$ 315.00 a la orden de Luis Alberto Santalla Medrano; tramitándose como proceso sumarísimo; TRASLADO al demandado por el término de 05 días,Arequipa, 23 de julio de 2018. LESLIE EDUARDO COLLANQUI ESPECIALISTA LEGAL. (02-03-06-08-09 agosto) B/E 031-13005. EDICTO JUDICIAL En el Expediente Nro 00548- 2014 ante el Décimo Juzgado Civil de Arequipa ante la Juez ZOEAIDA SALAS FLORES, Especialista Gildo Gutiérrez Chalco, en el proceso sobre DIVISION Y PARTICIÓN seguido por AHITA DOMITILA TRINIDAD RIVERA FERNANDEZ VIUDA DE ROLLES, en contra de 1) de la SUCESIÓN DE LOS HEREDEROS DE ALFREDO MARTÍN FERNANDEZ FERNANDEZ 1.1) Edgard Alfredo Fernández Meza, 1.2) Alonso Alfredo Fernández Meza, 1.3) Carlos Enrique Fernández Meza y 1.4) Vilma Isabel Meza Valencia de Fernández. 2) A LOS HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE EDGAR ELOY FERNANDEZ FERNANDEZ: 2.1) Javier Pablo Fernández Quinteros, 2.2) Azucena Glady Quinteros Rodríguez. 3) A LA SUCESION DE ABDÓN RODOLFO RIVERA FERNANDEZ, se ha ordenado mediante resolución Nro 42-2018 de fecha 4 de Junio 2018. SE RESUELVE A) SUSPENDER EL TRAMITE DEL PROCESO a fin de que se apersone la sucesión del codemandado Gerardo Luis Lauda López dentro del plazo de treinta días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso, disponiéndose la notificación del presente proceso por edictos a cargo de la parte demandante.: y B) DECLARAR LA NULIDAD de la notificación de la resolución cuarenta al codemandado Gerardo Luis Landa López. Tómese razón y hágase saber. Arequipa 3 de Agosto 2018. ALEXANDER GUTIERREZ CHALCO ESPECIALISTA LEGAL DEL DECIMO JUZGADO CIVIL. (08-09-10 agosto) B/E 03113031.-. EDICTO Por ante el Quinto Juzgado Especializado Civil de Arequipa, que despacha el Magistrado Doctor Yuri Filamir Corrales Cuba, con la intervención de la Especialista Legal Doctora Francis Zegarra Cárdenas. Se tramita el proceso Expediente No. 016922017-0-0401-JR-CI-05, sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, seguido por GERMAN TEODORO RIVERA RIVERA representado por su apoderado Darwin Rigavi Rivera Chavez en contra de Eva Teresa Nuñez Zegarra; Zoraida Julia Salas Flores; Rita Valencia Dongo Cárdenas; Carlos Polanco Gutiérrez y Eduardo Gabriel Cordova Lanza; SE NOTIFICA: a la parte demandada; EDUARDO GABRIEL CORDOVA LANZA; con la parte pertinente de la Resolución No. 02, de fecha cinco de abril del año dos mil diecisiete, CONCEDER APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO

en contra de la Resolución número uno de fecha veintitrés de Marzo del año dos mil diecisiete obrante a fojas ochenta, a favor de la parte demandante GERMAN TEODORO RIVERA RIVERA representado por su apoderado Darwin Rigavi Rivera Chavez a través de su abogado patrocinador, debiendo ponerse en conocimiento de la parte demandada el recurso de apelación interpuesto, en consecuencia, una vez notificada la presente resolución; diligenciadas, devueltas y adheridas al expediente las respectivas cédulas de notificación; elévense los autos cuando sea su estado al superior en grado con la debida nota de atención y en el término de Ley.- TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Arequipa, 17 de Julio del año 2018. FRANCIS ZEGARRA CARDENAS ESPECIALISTA LEGAL CUARTO JUZGADO CIVIL. (08-09-10 agosto) B/E 031-13003. EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE NÚMERO 00292-2006-0-0411-JM-CI-01. JUZGADO CIVIL - SEDE JACOBO HUNTER - CORTE SUPERIOR DE AREQUIPA. SILVIA ELIZABETH SANDOVAL CORIMAYTA - JUEZ - ALDO JAVIER RODRIGUEZ HUANQUI - ESPECIALISTA LEGAL - Resolución número 137 del tres de mayo del dos mil dieciocho, habiéndose presentado la partida de defunción de Serapio Calderón Zegarra se resuelve suspender el trámite del presente proceso de Desalojo por Ocupación Precaria que ha interpuesto Francisco Javier Calderón Zegarra, quien ha sido sucedido procesalmente por Jorge Arturo Llerena Villa y éste ha sido sucedido por Víctor Avendaño Delgado, actual parte, en contra de Serapio Calderón Zegarra, por el plazo de treinta días a fin de que los sucesores del demandado Serapio Calderón Zegarra se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, debiendo cumplirse con notificárseles mediante edictos por el mismo plazo de suspensión precisado. Firma: Silvia Sandoval Corimayta.- Juez.- Aldo Rodríguez Huanqui.- Especialista.- Arequipa, 2018 Agosto 01.- ALDO JAVIER RODRIGUEZ HUANQUI ESPECIALISTA LEGAL. (09-10-13 agosto) B/E 031-13035.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE 00102-2018-0-0410-JR-CI-01, JUZGADO DE PAZ LETRADO - S. MBJ MARIANO MELGAR (EX 2°) - AREQUIPA, EN SOLICITUD DE MARIA LUISA SOTO VDA. DE TORRES DEBIDAMENTE REPRESENTADA POR SILVIA GUADALUPE GONZALEZ ALVARADO SOBRE LA RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; SE HA RESUELTO LO SIGUIENTE: RESOLUCION 01, AREQUIPA, 18 DE JULIO DEL 2018, SE HA RESUELTO ADMITIR LA DEMANDA DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, DISPONIENDO LA PUBLICACION PREVISTA POR EL ARTICULO 828 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL EN EL DIARIO DE LA LOCALIDAD Y EN EL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO”. DESPACHA LA SEÑORA JUEZA CECIBEL CINTHYA VEGA VALENCIA, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL KENYI MUÑOZ CALLA - JUZGADO DE PAZ LETRADO - S. MBJ MARIANO MELGAR (EX 2°) - AREQUIPA. SILVIA GONZALEZ ALVARADO ABOGADA C.A.A. 1764. KENYI MUÑOZ CALLA ESPECIALISTA LEGAL. (09 agosto) B/E 031-13034. NOTIFICACION POR EDICTO POR ENCARGO DE LA SRTA. JUEZA DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE CAYMA DE AREQUIPA, Dra. CLAUDIA NOELIA VALDIVIA TICONA, CON LA INTERVENCION DE ’LA ESPECIALISTA, Dra. KARINHA ELVIRA MACEDO GARCIA, se tramita el expediente Nro. 07175- 2017-0-0401-JP-CI-01, en el que mediante Resolución 01 RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso único de ejecución la demanda de obligación de dar suma de dinero presentada por ESSALUD en contra de ELIZABETH ESPERANZA SIMBOR DAVILA y dispuso que la ejecutada cumpla con pagar S/.8,066.36 más intereses legales costas y

costos dentro de los cinco días de notificada. Resolución 4 RESUELVE: SUSPENDER el proceso por treinta días a efecto de que se apersonen los sucesores procesales de la que en vida fue demandada ELIZABETH ESPERANZA SIMBOR DAVILA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. KARINHA ELVIRA MACEDO GARCIA, ESPECIALISTA LEGAL.-. (09-10-13 agosto) B/E 031-13036. NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Primer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha la doctora Rocío del Milagro Aquize Cáceres con Intervención de la Especialista Legal Rosa María Calderón Coronel se tramita el expediente número 1322-2017-0-0410-JR-FC-01, en proceso Sumarísimo sobre Interdicción seguida por Ebonny Elizabeth Marroquín Carrasco; se ha dispuesto la notificación mediante edictos a BONNY ESTELA CARRASCO AZERETTO, con las resoluciones 02 y 06- 2018, cuyo extracto es el siguiente: Resolución número 02-2017 de fecha 30 de marzo del 2017, RESUELVE: ADMITIR a trámite en vía de Proceso Sumarísimo la demanda sobre INTERDICCIÓN CIVIL que interpone Ebonny Elizabeth Marroquín Carrasco, en contra de la presunta interdicta Marcela del Pilar Marroquín Carrasco y en forma acumulativa objetiva originaria la de declarar el régimen de cúratela correspondiente, SE DISPONE: El traslado de la presente demanda interpuesta, bajo apercibimiento de en caso de la presunta interdicta, nombrársele curador procesal. Se tiene por ofrecidos los medios probatorios presentados, a sus antecedentes los anexos adjuntados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Resolución número 06-2018 de fecha 01 de agosto del 2018, RESUELVE: A) Integrar a la relación jurídico procesal como demandada a la señora Bonny Estela Carrasco Azeretto, otorgúese los edictos correspondientes, B) Que previamente continuar con el séquito del proceso sea emplazada doña Bonny Estela Carrasco Azeretto por edictos en un diario de circulación local y el diario de circulación nacional bajo apercibimiento que en caso de no apersonarse al proceso se le nombrará curador procesal. C) Habiendo asistido la presunta interdicta a esta diligencia se dispone escuchar el día de la fecha sin perjuicio lo ya ordenado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Arequipa 02 de agosto del 2018.-ROSA MARIA CALDERON CORONEL SECRETARIA JUDICIAL. (07-08-09 agosto) B/E 031-13026.NOTIFICACION POR EDICTO Ante el 4o Juzgado Especializado en lo Civil, Especialista Legal Regina V. Mendoza Marín, en el proceso civil N° 03769-2016 sobre Interpretación de Testamento, seguido por Rosendo Pinto Guevara en contra de Marlene Victoria Pinto Cervantes y otro, se ha dispuesto por Resolución 03-2018 la notificación por edicto de! extracto de la misma: “Resolución 03 del 17 de mayo de 2018: (...) “SE RESUELVE: Admitir a trámite, en la vía de conocimiento, la demanda sobre Interpretación de Testamento interpuesta por Rosendo Pinto Guevara en contra de Marlene Victoria Pinto Cervantes, José Pinto Cervantes, René Pinto Guevara, Vilma Pinto Zúñiga, Nancy Pinto Zúñiga, Albino Pinto Prieto, Tomás Pinto Díaz y Zaída Pinto Díaz, en mérito a lo declarado bajo juramento por e! demandante, SE DISPONE: i) Correr traslado por el plazo de treinta días, a la parte demandada, a efecto de que cumpla con apersonarse al proceso y formular su contestación, 2) Notificar por Edicto a René Pinto Guevara, Vilma Pinto Zúñiga, Nancy Pinto Zúñiga, Albino Pinto Prieto, Tomás Pinto Díaz y Zaída Pinto Díaz, con estricta sujeción a lo establecido en los artículos 167 y 168 de! Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de procederse a nombrársele Curador Procesal, Por ofrecidos los medios probatorio que se indican; a sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese razón y hágase saber. Firma Juez Justo Andrés Quispe Apaza.-Especialista Legal Regina V. Mendoza Marín”. Acoquina, 31 de julio de 2018, (08-09-10 agosto) B/E 031-13024.

REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente Nº 01209-2016-0-0401-JR-CI-07, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPERAR LTDA. con GRACE BELTRAN GAMERO, FELIPA EMMA GAMERO VIUDA DE BELTRAN, JOAHO CARLOS BELTRAN GAMERO y como TERCEROS COADYUVANTES DE LA PARTE DEMANDADA FLORA ROSA FLORES VIZA DE RAMOS y CARLOS RAMOS, sobre Ejecución de Garantías; el SETIMO JUZGADO CIVIL de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del señor Juez Dr. CARLOS ENRIQUE POLANCO GUTIERREZ y Especialista Legal Dra. GLENDA MARIA CARDENAS ENCHUÑA, ha dispuesto la realización del PRIMER REMATE del terreno rústico, U.C. QUINTA CHAVEZ, REGISTRO CATASTRAL 20173 ubicado en el VALLE CHILI DISTRITO DE UCHUMAYO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 04013226 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral número XII - Sede Arequipa, con las siguientes AFECTACIONES (GRAVAMENES Y CARGAS): Asiento D00002.- HIPOTECA.- A favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 21,600.00, en mérito a la Escritura Pública Nro. 492 del 19/10/2009 otorgada ante Notario Púbico José Jiménez Mostajo en la ciudad de Arequipa; Asiento D00003.- HIPOTECA.- A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPERAR LTDA. hasta por la suma de S/. 99,000.00 en mérito a las Escrituras Públicas de fechas 30/01/2015 y 06/03/2015 extendidas ante Notario de Arequipa César Fernández Dávila Barreda.=== Siendo la TASACIÓN del inmueble materia de ejecución la suma de US$ 33,390.00 (TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y el PRECIO BASE DE LA POSTURA la suma de US$ 22,260.00 (VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a los dos tercios del valor de tasación.=== DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE.- El día 14 de AGOSTO del año 2018 a las 12:00 del mediodía, en la Sala de Remates del Sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Plaza España S/N esquina con Calle Siglo XX, distrito, provincia y departamento de Arequipa.= REQUISITOS PARA SER POSTOR.- Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. Estando el presente remate a cargo del Martillero Público Sandro Alberto Jara Chumbes con Reg. N° 213, Cel. 973962231. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS y serán cancelados a la firma del acta de remate. SALDO DEL PRECIO DE ADJUDICACION: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación, dentro de tercer día de realizado el acto, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.= SANDRO ALBERTO JARA CHUEMBES MARTILLERO PUBLICO REG. N° 213.- GLENDA MARIA CARDENAS ENCHUÑA ESPECIALISTA LEGAL. (06-07-08-09-10-13 agosto) B/E 031- 13021. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de ROSA ELENA ZEA AYAMAMANI E INTERBANK EN SU CALIDAD DE TERCERO CON INTERES sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01704-2014-0-0411-JM-CI-01, el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, a cargo del Señor Juez Dra. Silvia Elizabeth Sandoval Corimayta y con la intervención de la Especialista Legal Dr. César Enrique Denos Aragón,

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ha ordenado sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: Inmueble ubicado en el Asentamiento Poblacional Asociación Urbanizadora Ciudad de Dios, Manzana B, Sub Lote 8A, Sector C, Zona 2, Distrito de Yura, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° P06234357 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. 2.- VALOR DE TASACION: S/ 131,898.37 (Ciento treinta y un mil ochocientos noventa y ocho con 37/100 Soles). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 87,932.25 (Ochenta y siete mil novecientos treinta y dos con 25/100 Soles). 4.- AFECTACIONES: a) Inscripción de carga: Mediante Resolución de Gerencia Nº 486-2007-MPA-/GDU, de fecha 19.07.2007, expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa, se resuelve: Considerar como carga registral las conexiones domiciliarias de agua potable, desague y electricidad en los lotes 8 y 8A, concediéndose el plazo de seis (6) meses para su instalación y habilitación de los servicios. b) Inscripción de Hipoteca: La propietaria constituye HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa sobre el predio inscrito en la presente partida hasta por el monto de US$ 36,166.00 a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de crédito (S/. 40,000.00) otorgado a favor del propietario por el plazo de 34 meses; así como las demás obligaciones contraídas; tal como consta más ampliamente en la Escritura Pública Nº 1590 de fecha 10.04.2013 otorgada ante Notario Público de Arequipa Elsa Olgado del Carpio. c) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Sobre el inmueble inscrito en esta partida registral de propiedad de Rosa Elena Zea Ayamamani, hasta por la suma de S/. 5,200.00 a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK (demandante). Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básicio de Justicia de Hunter, Dra. Shelan N. Galagarza Pérez, asistido por su Especialista Legal Luisa H. Gutiérrez Rodríguez, mediante Resolución Judicial Nº 01-2014 del 05.08.2014, en el Expediente Nº 03780-2014-62-0411-JP-CI.01 en la ciudad de Arequipa. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 21 de Agosto del 2018, a las 09:00 horas. 6.- LUGAR DEL REMATE: : En el local de remates del Juzgado, sito en la Oficina de Administración del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, ubicada en la Calle Berlín s/n del distrito de Hunter 7.- FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martillero Público - Registro Nacional Nº 230. 8.- LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. Arequipa, 2018 Agosto 03.- CESAR ENRIQUE DENOS ARAGON SECRETARIO JUDICIAL. FERNANDO BUTRON RODRIGUEZ MARTILLERO PUBLICO REG. N° N° 230. (07-08-09-10-13-14 agosto) B/E 031-13028.PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 035-2017-0-0402-JR-CI-01, sobre Obligación de dar Suma de Dinero seguido por MIGUEL ANGEL RUELAS VALERO en contra de JESUS MANTUIL AVALOS OLAZABAL, el señor Juez del Juzgado Civil de Camaná, doctor Zenón Luque Céspedes, con actuación del Especialista Legal doctor Amílcar Leopoldo Millán De La Cruz, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en el Sector El Alto, Valle de Camaná, UC 216, distrito y provincia de Camaná, departamento de Arequipa, cuyas características, linderos y medidas perimétricas se encuentran detalladas en la Partida Nº 04004710 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, Oficina Registral Camaná. GRAVAMENES: No se conocen. VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación del bien inmueble es de US$ 23,370.00 (Veintitrés mil trescientos setenta Dólares). PRECIO BASE: US$ 15,580.00 (Quince mil quinientos ochenta 00/100 Dólares). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en el frontis del Juzgado Civil de Camaná, sito en la Villa Salazar s/n. Cercado de Camaná, el día 21 de agosto del 2018 a horas 11.00AM. y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro Nº 65.- DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal Civil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

remate (Art. N° 732 del C.P.C.), (Reglamento de la Ley Nº 27728). Especialista Legal: Dr. Amílcar L. Millán De La C. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo. Camaná, 02 de agosto 2018. (07-08-0910-13-14 agosto) B/E 031-13027.PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente: 00656-2014-0-0412-JM-CI-02.- En los seguidos por SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES SAC (Sucesor Procesal del Scotiabank Perú SAA) en contra de CONFECCIONES AGUSGAB EIRL, ZUSANA FILOMENA CALIZAYA CACERES y MATIAS EDILBERTO GUTIERREZ MAMANI, teniendo como terceros con Interés al Banco de Crédito del Perú, Banco de Materiales, Banco de Comercio y Concepción Bell Apaza Caceres en el proceso sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, El Segundo Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata a cargo de la señor Juez Dr. Wilson Uriel Dueñas Triviños y Especialista Legal: Dr. Ruben Yanahuaya Rosales, ha encargado al Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación Urbanizadora de Interés Social Socabaya La Campiña Buena Vista, Manzana “I” lote 1 del distrito de Socabaya, Provincia y Departamento de Arequipa inscrita en la partida Registral Nro. P06072246 de la Zona Registral N° XII – Sede de Arequipa. Con un VALOR DE TASACION: s/. 118 434.68 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 78 956.45 soles. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento 00003: Hipoteca: a favor de Banco de Materiales hasta por la suma de s/. 12 329.32, el préstamo de s/. 10 900.00 en un plazo de 12 años, con un interés de 9% anual. 2) Asiento 00006 Inscripción de Embargo: Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción que afecta al inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de Treinta y cinco mil nuevos soles. Se anota esta medida en mérito a la Resolución Nro. 02-2014 de fecha 10-01-2014 emitida por Javier Talavera Ugarte Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, asistido por el Especialista Legal Christian Pinto Rivera, en el proceso de Obligación de dar suma de dinero que sigue Banco de Comercio en contra de Zusana Calizaya Caseres y Matías Edilberto Gutiérrez Mamani, Expediente Nro. 05015-2013-46-0401-JP-CI-01 3) Asiento 00008 Inscripción de Embargo, Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción: Por Resolución Judicial Nro. 03 de fecha 30/06/2014 en el expediente Nro. 656-2014-35-0412-JM-CI-02 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso con intervención del Secretario Judicial Ruben Yanahuara Rosales, ha resuelto : Dictar Medida Cautelar fuera de proceso de Embargo en forma de Inscripción sobre los derechos de propiedad de los emplazados Zusana Filomena Calizaya Caceres y Matias Edilberto Gutierrrez Mamani inscrito en esta partida, a favor de Scotiabank Perú SAA, hasta por la suma Quince mil nuevos soles, Se procede de conformidad con el oficio de la referencia. 4) Asiento 00009 Inscripción de Hipoteca Constituida por sus propietarios Matias Edilberto Gutierrez Mamani y Zusana Filomena Calizaya Caceres a favor de Concepción Bell Apaza Caceres, por el monto de s/. 28 000.00 nuevos soles, a fin de garantizar el préstamo por la suma de s/. 23 600.00, según más ampliamente consta de la escritura presentada. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 23 de Agosto del 2018 a las 14:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Lectura del Archivo Modular del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata sito este último en la esquina de la Calle A. Laveau con Calle T. Alcantara s/n, Paucarpata. POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: s/. 11 843.47 soles, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudicatario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate; adicional a lo anterior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien Inmueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá consignarse el número de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Wilson Uriel Dueñas Triviños, Especialista Legal: Dr. Ruben Yanahuaya Rosales, Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín con Mat. 325 (Celular 959390429, Correo electrónico [email protected]), Arequipa 06 de Agosto del 2018. RUBEN JESUS YANAHUAYA ROSALES ESPECIALISTA LEGAL. (09-10-13-14-16-17 agosto) B/E 031-13037.

SEGUNDO REMATE En el Expediente 00048-2016-0-0410-JR-CI-01 sobre Ejecución de Garantías que sigue Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, representada por su apoderada LOURDES MARILU PUMAHUANCA CCASO en contra de TITO GUMERCINDO CCOSI CCOSI Y LIVIA SAICO PHACSI, con apersonamiento del tercero BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK; el Juzgado Civil - Sede Mariano Melgar, Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori, con intervención de la Especialista Legal Dr. Armando Víctor Villanueva Jiménez, ha nombrado al Martillero Publico FERNANDO ARNULFO BUTRON RODRIGUEZ, quien llevará a cabo el SEGUNDO REMATE del bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL FRANCISCO PAULET MOSTAJO, MANZANA A, LOTE 5, DISTRITO DE MIRAFLORES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuya área, linderos medidas perimétricas y demás características se detallan en la Ficha Nro. P06072268 del registro Predial Urbano de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN CONVENCIONAL: US$.78344 (Sesenta y Ocho Mil Trescientos Cuarenta Y Cuatro con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL REMATE: US$ 44394.93 (Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Noventa y cuatro con 93/100 dólares americanos) que son las 2/3 partes de la tasación convencional. FECHA Y HORA DE REMATE: VEINTITRES DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS. LUGAR DE REMATE: Frontis del Despacho del Juzgado Civil del Modulo básico de Justicia de Mariano Melgar; interior de Esquina Avenida Simón Bolívar con Calle Junín Nro. 404– Mariano Melgar AFECTACIONES: a) Hipoteca a favor Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, inscrita en el asiento 00011 hasta por US$ 78344 dólares americanos y que ES materia del presente proceso; b) Embargo a favor Banco Internacional Del Perú – INTERBANK, inscrita en el asiento 00012 hasta por S/. 30000.00 soles y que NO ES materia del presente proceso. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Depositar en efectivo, cheque de gerencia o en Depósito judicial del Banco de la Nación el 10% del valor de la tasación del bien; es decir, la suma US$. 7834,40 (Siete Mil Ochocientos Treinta y Cuatro con 40/100 dólares americanos); además deberán presentar su arancel judicial (con copia de arancel y DNI) consignando número de expediente, Juzgado y documento de identidad. ADJUDICATARIO cancelará Honorarios de Martillero Público conforme a Ley N° 28371 y D.S. 008-2005-JUS. Arequipa, 06 de agosto del 2017.- FERNANDO BUTRON RODRIGUEZ MARTILLERO PUBLICO REG. M.P. N° 230. ARMANDO VILLANUEVA JIMENEZ ESPECIALISTA LEGAL. (08-09-10 agosto) B/E 031- 13032. SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro.07496-2014-0-0401-JR-CI-02, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA contra FREDY LEONIDAS MAMANI HUANCA, y a MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., como Tercero Acreedor No Ejecutante, sobre Ejecución de Garantías, el Segundo Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Juez Dr. Edgar Pineda Gamarra y Especialista Legal Dra. Alessandra Vanessa Ampuero Villegas, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado Pueblo Joven Alto de la Libertad Mz. 11 Sub Lote 3B Zona C, Distrito Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida Electrónica P06256032, del Registro de la propiedad inmueble de la Zona Registral Nro. XII-Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de US$32,368.00 (Treinta y dos mil trescientos sesenta y ocho con 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$18,341.86 (Dieciocho mil trescientos cuarenta y uno con 86/100 Dólares Americanos), que es menos el 15% del precio base del remate público de la primera convocatoria. AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento 00003: Inscripción de Carga: Carga Tecnica.Al amparo de lo dispuesto por ley 27157, su TUO y Reglamento, el Arq. Fernando Salas Cútipa, verificador responsable, declara que la edificación inscrita en el asiento que antecede contiene observaciones en el cumplimiento de los parámetros urbanísticos y edificatorios, consistentes en: NO CUMPLE CON: Area de lote normativo, frente mínimo. Asiento 00005: Inscripción de Hipoteca: Constituida por su propietario Fredy Leonidas Mamani Huanca, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$32,368.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar el crédito otorgado en la suma de S/.54,000.00 Nuevos Soles, por un plazo de 47 meses. Asiento 00006: Inscripción de

Jueves, 9 de agosto del 2018

Embargo: Sobre el inmueble inscrito en esta partida registral, de propiedad de Fredy Leonidas Mamani Huanca, hasta por la suma de S/.47,000.00 Nuevos Soles, a favor de MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., por haberlo dispuesto asi el Juez Titular del Tercer Juzgado Especializado Civil, Dr. Zoilo Alcides Chavez Mamani, asistido por su Especialista Legal Jimmy Luna Mazuelos, mediante Resolución Judicial Nº 01-2013 de fecha 25/10/2013, Expediente Nro. 05642-2013-42-0401-JR-CI-03. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates Judiciales (Sala ubicada en el sótano de la sede Corte Superior de Justicia de Arequipa), ubicada en la Avenida Siglo XX S/N Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 21 de agosto del 2018, a horas 09:15 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de US$3,236.80, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/415.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Arequipa, 06 de agosto del 2018 .- ALESSANDRA AMPUERO VILLEGAS ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (08-09-10 agosto) B/E 031-13033.EDICTO DE SEGUNDO REMATE JUDICIAL En el expediente N° 03099-2012-0-0401-JR-CI-03, sobre Ejecución de Garantías seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de MARTINEZ MANCHEGO, ROSA MARIA Y CONCHA SILVA, FUMMIO, el señor Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani, con intervención de la Especialista Legal Jenny del Carmen Herrera Miranda, se ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE TERRENO RUSTICO DENOMINADO “CENTENARIO” U.C. 04020 UBICADO EN EL SECTOR PACAYCHACRA - VALLE CHUQUIBAMBA, DISTRITO IRAY, PROVINCIA CONDESUYOS, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuyas áreas y linderos se detallan en la Partida Nro. 12008845, del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa, Oficina Registral Aplao. AREA HA 2.5210.- TASACIÓN: US$ 50,420.00 (Cincuenta mil cuatrocientos veinte con 00/100 Dólares americanos).- PRECIO BASE DE REMATE: US$ 28,571.33 (Veintiocho mil quinientos setenta y uno con 33/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación disminuido en quince por ciento. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA hasta por la suma de US$ 16,941.00 dólares americanos, según consta en escritura pública de fecha 23/06/2009 ante Notario de Arequipa Elsa Holgado de Carpio. Asiento D00003 Ampliación de Hipoteca inscrita en el Asiento D00002 hasta por US$38,118.00 dólares americanos, según consta en escritura pública de fecha 25/01/2011 otorgada ante notario Miguel Linares Riveros.- LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa - Sede Corte ubicada en Calle Siglo XX, esquina con Plaza España, Arequipa, el día LUNES 27 de AGOSTO del 2018 a horas 12:00 PM y será efectuado por la Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (US$ 5,042.00), además se deberá adjuntar la tasa judicial pagada en el BN por S/.415.00 por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. LA COMISION de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS N°008-2005-JUS mas el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del Remate. Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera-Cel.987508700. PODER JUDICIAL- Especialista Legal JENNY DEL

CARMEN HERRERA MIRANDA. Arequipa, 15 de Julio de 2018.- PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERA PUBLICA. REG. SUNARO N° 319.- (08-09-10 agosto) B/E 031-13029. EDICTO REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA Expediente Nº 02896-2015-0-0401-JR-CI-01, FINANCIERA NUEVA VISION S.A AHORA FINANCIERA CREDINKA S.A, contra GREGORIA CCACA MAMANI DE BEJAR, Materia Ejecución de Garantías, por orden del Primer Juzgado Civil de Arequipa, a cargo del Señor Juez Dr. Shelah North Galagarza Pérez, Secretaria Judicial Nikola Marisol Gonzales Ramos, han ordenado al martillero Publico Reg.:127 pablo Colbert Rojas Tamayo, sacar a SEGUNDO REMATE JUDICIAL del bien Inmueble se encuentra en Centro Poblado Semi Rural Pachacutec Grupo zonal N° 19 Mz 5 sub lote 9B Zona E, Distrito de Cerro Colorado Provincia y Departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral P06254536 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa, Área 165.95Mt2. TASACION: US$ 59,606.19 D.A (Cincuenta y Nueve Mil, Seiscientos Seis con 19/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 33,776.84 D.A (Treinta y Tres Mil, Setecientos Setenta y Seis con 84/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor comercial, menos 1/15%, por tratarse de segunda convocatoria. - GRAVÁMENES: 1. Inscripción de Hipoteca constituida por su propietaria a favor de Edpyme Nueva Visión, debidamente representado, hasta por la suma de S/ 139,230.00, soles, Así consta más ampliamente de las escrituras públicas de fecha 14.01.2014 As 00004; 2.- Inscripción de Hipoteca constituida por su propietario, Gregoria Ccaca Mamani, a favor de Miguel Adán Aragón Quispe, por la suma de S/100,000.00, escritura pública de fecha 04.02.2015 As 00005; 3.- Inscripción de Embargo por resolución N°01 de fecha 04.03.2015, expediente 00774-2015-8-0401-jp-ci-01, sobre o.d.s.d; el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, Esp. Legal Edwin Apaza Campos, se ha dictado medida cautelar de embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/ 21,000.00 soles, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A, fecha de inscripción 27.03.2015, As 00006; 4.- INSCRIPCIÓN DE EMBARGO por Resolución N° 02 de fecha 18.08.2015EexpedienteN° 00221-2015-67-0401-JP-CI-02, sobre O.D.S.D; la Jueza del 2doJuzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado Dra. Gricelda Márquez Mares Torres, Esp. Legal Denisse Núñez Cervantes ha dictado medida cautelar de embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/ 20,000.00 soles, a favor de Financiera Pro Empresa S.A. de fecha inscripción 28.10.2015, As.: 00007.DIA Y HORA: Miércoles 12 de Setiembre del 2018 a Horas 11:00 a.m.- LUGAR DEL REMATE: Sótano de la Sede Principal Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en la Plaza España s/n, Cercado Arequipa. - LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a título personal, Arancel Judicial N° 07153, consignado el número de expediente, juzgado e identificación del postor DNI LA COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO SE CANCELARÁ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, de conformidad a los rangos y tramos arancelarios del D.S. N° 008-2005-JUS PABLO COLBERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG: 127 Cel.: 993766643 / 961654569, Arequipa, Julio del 2018. PABLO COLBERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG. 127 . NIKOLA MARISOL GONZALES RAMOS SECRETARIA JUDICIAL. (09-10-13 agosto) B/E 031-13038.-

EDICTOS PENALES En el expediente No. 5995-2007-0-0401-JR-CI-10 seguido ante el Décimo Juzgado Civil, la señora Jueza ZORAIDA JULIA SALAS FLORES, e intervención de la Secretaria Judicial Karina Colmenares Oblitas, mediante resolución No. 72 se ha dispuesto suspender el proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto comparezca a proceso la sucesión procesal del causante Leonardo Coaquira Quezada, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de nombrarse curador procesal para la continuación del proceso, en el proceso que sobre Impugnación de Resolución se sigue en contra de la Oficina de Normalización Previsional. Arequipa, 20 de julio del 2018. KARINA COLMENARES OBLITAS SECRETARIA JUDICIAL. (0910-13 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 06690-2016-30-0405-JR-

Jueves, 9 de agosto del 2018

PE-01, se notifique a GODOFREDO SABINO VEGA SANCA (acusado) y SABINA CHOQUEHUANCA CHACALLA (agraviada); a fin de que tome conocimiento de la lo dispuesto en el acta de fecha veinticuatro de abril del dos mil dieciocho DECLARAR SANEADA LA ACUSACION FISCAL Y LA EXISTENCIA DE UNA RELACION JURIDICA PROCESAL VALIDA POR CONSIGUIENTE DICTO AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de GODOFREDO SABINO VEGA SANCA, identificado con DNI N° 41621483; fecha de nacimiento 06/02/1980, grado de instrucción primaria completa, estado civil casado; Lugar de nacimiento Caylloma/Caylloma/ Arequipa , hijo de Guzmán Vega y Prudencia Sanca, a quien el Ministerio Público acusa en calidad de autor, por el delito contra el patrimonio Hurto- Agravado, ilícito previsto en el artículo 185, primer párrafo del Codigo Penal concordado con el articulo 186 inciso 2 primer párrafo e inciso 1 del segundo párrafo del Código penal (en agravio de Sabina Choquehuanca Chacalla, para tal efecto solicita el Ministerio Publico una pena privativa de libertad de cuatro años, y una reparación civil la suma por la suma de S/. 1 334.00.JOSE LUIS CACERES PIZARRO ESPECIALISTA. (0910-13 agosto) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN – JULIACA La Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, con la intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales NIMER BAUTISTA QUILLA, en el proceso penal del expediente N° 1191-2018-63-2111-JR-PE-03, seguido en contra de NÉSTOR ROQUE CHAIÑA; por la presunta comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de HENRY ROQUE QUISPE, por la presente, NOTIFICA al acusado NÉSTOR ROQUE CHAIÑA, con la resolución número dos emitida durante la audiencia del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, que resolvió: 1o REPROGRAMAR esta audiencia para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (11:30 am). (...) Subsistiendo los apercibimiento prevenidos en la resolución N° 01-2018 (auto de citación a juicio oral). NIMER BAUTISTA QUILLA ESPECIALISTA. (0910-13 agosto) NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 07042-2013-0-0401-JR-LA-05, seguido por FIDEL NELSON RETAMOZO MOTTA, en contra de la UGEL Arequipa Sur, sobre acción contencioso administrativa; la Señora Jueza del Quinto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención del Especialista Legal Ruth Mary Huaranga Arias, por resolución número nueve - dos mil dieciocho, de fecha veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESORES DEL FALLECIDO FIDEL NELSON RETAMOZO MOTTA, A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Extracto de RESOLUCION NRO 08-2015: Arequipa, dos mil quince, octubre catorce, RESUELVO: Emplazar a los herederos, sucesores o interesados de don Fidel Nelson Retamozo Motta quienes deberán apersonarse al presente proceso acreditando su condición de herederos, sucesores o interesados con documento idóneo; DISPONGO: Que el plazo de los treinta dias de suspensión empieza a correr a partir del dia siguiente de la notificación de la presente; asimismo por gestión de la parte interesada se emitan los edictos en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario oficial de los Avisos Judiciales de la localidad; en la forma y estilo de Ley, por el plazo antes citado, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Jueza, Doctora Janet Fernandez Gutiérrez; Especialista Legal, Ruth Mary Huaranga Arias. (09-10-13 agosto) EDICTO JUDICIAL Proceso N° 00126-2018-21-0404-JR-PE-01. Por encargo de la Sra. Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CASTILLA-APLAO, DRA. JULIA YSABEL LOAIZA CALLATA, por intermedio del presente NOTIFICA a FIDEL ANGEL SUAREZ QUISPE, con el contenido de la resolución n° 01-2018, de fecha veintiocho de julio del año dos mil dieciocho, la misma que señala fecha de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, para el DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, EN LA SALA ÚNICA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N° T 1-05, Aplao, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, de declarársele reo contumaz. Todo ello ordenado en el PROCESO N° 00126-2018-21-0404-JR-PE-01, seguida en contra de FIDEL ANGEL SUAREZ QUISPE, por el delito de OMI-

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

SIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CARMEN YUCRA HEREDIA. Especialista Judicial de Causas y Audio. PERCY SANTOS CHACON CARREÑO. Aplao, 06 de agosto del 2018.- (09-10-13 agosto) EDICTO JUDICIAL Proceso N° 0002-2018-32-0404-JR-PE-01. Por encargo de la Sra. Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CASTILLA-APLAO, DRA. JULIA YSABEL LOAIZA CALLATA, por intermedio del presente NOTIFICA a LUPACA LLANQUE SERAPIO, con el contenido de la resolución n° 01-2018 de fecha veinte de julio del año dos mil dieciocho, la misma que señala fecha de audiencia única de juicio inmediato, para el DÍA VEINTE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, EN LA SALA ÚNICA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N° T 1-05, Aplao, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, de declarársele reo contumaz. Todo ello ordenado en el Proceso N° 0002-2018-32-0404-JRPE-01, seguida en contra de LUPACA LLANQUE SERAPIO, por el delito de peligro común, en agravio de la sociedad. Especialista Judicial de Causas y Audio. PERCY SANTOS CHACON CARREÑO. Aplao, 06 de agosto del 2018.- (09-10-13 agosto) NOTIFICACION POR EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Familia, que despacha la doctora Humberto Grover Valdivia Talavera con intervención de la Especialista Legal Carmen Alicia Gasea Molina se tramita el expediente número 2297-2013 sobre Violencia Familiar; se ha dispuesto la notificación mediante edictos; resolución número 47 de fecha 20 de julio del 2018, SE RESUELVE: NOTIFICAR por edictos a los sucesores y a las personas que consideran tener derecho de quien en vida fue don FRANCISCO AMERICO RODRIGUEZ DIAZ, a efecto que en el plazo de treinta días comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. CARMEN A. GASCA MOLINA ESPECIALISTA. (08-09-10 agosto) EDICTO ESTE JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANA, Cita y emplaza al Sentenciado WILDER MELQUIDES ESPINOZA DAVI LA, en el expediente 121-2017-97, El representante del Ministerio Público está solicitan la REVOCATORIA DE SUSPENSION DE LA PENA y ordene el cumplimiento EFECTIVO de la impuesta de 02 años y 6 meses de PPL ello en razón que no ha cumplido con indemnizar los daños ocasionados ello es pagar la reparación civil. Se ha convocado para la audiencia de revocatoria para el día TRES DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 14:45 la que se llevará a cabo en la sala de Audiencia Número uno, ubicada en Jr. Comercio Nro. 140 tercer piso del Módulo Penal de Camaná. Todo ella en contra de WILDER MELQUIADES ESPINOZA DAVILA, por el delito de RO IO AGRAVADO en agravio de JULIA HUAYHUA ARANA.- Juez Dr. Sotomayor Sa .vedrà.Especialista Mamani Pinto.- Camaná, 10 de Julio del 2018.- SE ANTONIO MAMANI PINTO ESPECIALISTA LEGAL. (07-08-09 agosto) EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 018342017-92, seguido en contra de Yony Vidal Ilasaca Curasi, en agravio de Gladys Lisbeth Mamani Miranda, por el presunto delito de Violación de la libertad sexual; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al IMPUTADO YONY VIDAL ILASACA CURASI, con la RESOLUCIÓN N° 01, de fecha 25 de julio de dos mil dieciocho. CÍTESE para el día VEINTIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN en la Sala de Audiencias (UNO) de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Puno, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la defensa del acusado, de designarse al defensor de oficio, se exhorta a las partes adecuar sus intervenciones al lapso de tres minutos. NOTIFÍQUESE por conducto regular y vía edictos.José Velásquez Miranda .- puno 30 de julio de 2018. (06-07-08 agosto) SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO - AREQUIPA, Juez VENGOA VALDIGLESIAS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante: Exp. N° 041452014-87 A: WILLIAM TELLO RAMIREZ, SE REQUIERE al sentenciado William Tello Ramírez para que en el plazo de CINCO días de notificado cumpla con pagar la reparación civil conforme la sentencia, bajo

apercibimiento de revocársele la pena suspendida e imponérsele pena privativa de libertad efectiva. Asimismo se reprograma la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE SUSPENSIÓN DE PENA para el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DE 2018 A LAS 08:30 HORAS a llevarse a cabo en el local del Juzgado. Secretario: RIVERA.Puno, 30 de julio de 2018. (06-07-08 agosto) EXPEDIENTE: 05023-2018-0-0401-JP-PE-01.- ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Angelo Agustín Monroy Huacac, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Poner en conocimiento de la parte agraviada ANGELO AGUSTIN MONROY HUARAC, la recepción por este Juzgado de la investigación por accidente de tránsito, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. Tómese razón y hágase saber. (06-07-08 agosto) EXPEDIENTE ESPECIALISTA : 04850-2018-0-0401-JPPE-01 : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Matilde Florentina Valdivia Chávez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones de la presente denuncia por faltas contra la persona, en agravio de MATILDE FLORENTINA VALDIVIA CHAVEZ y en contra de ELOY LADISLAO FLORES CHURATA, de_ando a salvo su derecho para hacerlo valer en la vía correspondiente, debiendo notificarse a ¡a parte agraviada para los fines correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. (06-07-08 agosto) EXPEDIENTE : 06128-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Jenny Silvana Pacheco Palomino, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO ORDENADO EN AUTOS Y SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa seguida en agravio de JENNY SILVANA PACHECO PALOMINO, derivada de accidente de tránsito, tramitado ante este Despacho. Tómese razón y hágase saber.- (06-07-08 agosto) Expediente: 11057-2017-2JPLP-CC.EGCH Secretario: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifique al imputado PAULO CESAR TICONA ANGELES con la resolcuion 07. SE RESUELVE: 1) ORDENAR la CONDUCCIÓN COMPULSIVA del imputado PAULO CESAR TICONA ANGELES por parte de la Policía Nacional Del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención a nivel nacional, y una vez cumplido, deberá poner a disposición del Juzgado a la imputada en día y hora hábil; sin perjuicio que se informe cada sesenta días de las acciones tendientes al cumplimiento del mandato judicial; bajo responsabilidad funcional, para lo cual cúrsese los oficios correspondientes. 2) DISPONER la citación del imputado mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar el juzgamiento en su contra. 3) NOMBRAR como defensa técnica de la Imputada al Abogado Defensor Público del Ministerio de Justicia de Arequipa, adjuntando al oficio la presente resolución; sin perjuicio que la imputada pueda nombrar y/o asistir con su defensa técnica de su confianza. 4) REQUERIR a la agraviada SAI DA GOMEZ SOTO, para que haga de conocimiento del juzgado algún otro medio de comunicación inmediato (Casilla electrónica, teléfono, correo electrónico, fax etc.) con la finalidad de efectuar la notificación. 5) NOTIFAR a las partes procesales conforme a ley. REGISTRESE y NOTIFIQUESE. (06-07-08 agosto) 1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 00489-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO AN-

TONIO PERALTA LEONARDO HUAMANI CARDENAS, PEDRO EDWAR CCOLQUE CHAVEZ, EDITH VANESSA Notifícación por Edicto JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a HUAMANI CARDENAS, PEDRO EDWAR y CCOLQUE CHAVEZ, EDITH VANESSA. como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCION N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a PEDRO EDWAR HUAMANI CARDENAS realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de EDITH VANESSA CCOLQUE CHAVEZ. bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; B. Prohibir a EDITH VANESSA CCOLQUE CHAVEZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de PEDRO EDWAR HUAMANI CARDENAS; C. Prohibir a PEDRO EDWAR HUAMANI CARDENAS el generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo con EDITH VANESSA CCOLQUE CHAVEZ en presencia de los menores de iniciales S.A.H.C. (7 años) y J.H.C. (2 años); D. Se dispone se realice visita social inopinada, a realizarse en el domicilio de los menores de iniciales S.A.H.C. (7 años) y J.H.C. (2 años), a efecto de verificar su situación actual, debiendo notificarse a la Asistenta Social del equipo mnltidisciplinario de los Juzgados de familia de Cerro Colorado, quien deberá informar bajo responsabilidad la realización o en su defecto la imposibilidad de la visita dispuesta; E. Disponer que los menores de iniciales S.A.H.C. (7 años) y J.H.C. (2 años) reciban terapia psicológica asimismo EDITH VANESSA CCOLQUE CHAVEZ y PEDRO EDWAR HUAMANI CARDENAS tratamiento reducativo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADOS POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, Ello en el proceso N° 00489-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018 julio 25.- (06-07-08 agosto) JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 01210-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RIEDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO OCOLA RAMIREZ, FRANCO JOFFIANI DIAZ ARIAS, LADY RAQUEL Notificación por Edicto : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a OCOLA RAMIREZ, FRANCO JOFFIANI. como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a FRANCO JOFFIANI OCOLA RAMIREZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de LADY RAQUEL DIAZ ARIAS. B. Prohibir a FRANCO JOFFIANI OCOLA RAMIREZ que se acerque o aproxime a LADY RAQUEL DIAZ ARIAS en cualquier forma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento. C. Prohibir a FRANCO JOFFIANI OCOLA RAMIREZ el comunicarse con LADY RAQUEL DIAZ ARIAS vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación. D. Se dispone terapia reeducativa para FRANCO JOFFIANI OCOLA RAMIREZ la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de

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los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que. la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PONGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01210-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, julio 25. (06-07-08 agosto) JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 010072018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO CCAHUA CCAHUA, RONALD SONCCO MAMANI, LUZ DELIA Notificación por Edicto De : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a CCAHUA CCAHUA, RONALD, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a RONALD CCAHUA CCAHUA realizar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio de LUZ DEL!A SONCCO MAMANI, quedando prohibido, entre otras cosas, el denunciado de publicar en redes sociales cuestiones ofensivas o denigrantes en contra de la agraviada; B. Prohibir a RONALD CCAHUA CCAHUA el comunicarse con LUZ DELIA SONCCO MAMANI vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía cliat. redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación: C. Prohibir a RONALD CCAHUA CCAHUA que se acerque o aproxime a LUZ DELIA SONCCO MAMANI en cualquier forma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales, extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01007-2018-0-0401 - JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, julio 25. (06-07-08 agosto) 1o JUZGADO DE EXPEDIENTE MATERIA JUEZESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO 00640-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RIEDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO SOTO HUAMANI, ELIAS TISBITA CRUZ CHOQUEHUANCA, MARIA ISABEL : LLACMA MOROCHARA, MARIESTHER Notificación por

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Edicto De : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a LLACMA MOROCHARA, MARIESTHER, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a ELIAS TISBITA SOTO HUAMANI realizar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio de MARIESTHER LLACMA MOROCHARA; B. Se dispone terapia reducativa para ELIAS TISBITA SOTO HUAMANI la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones: 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PONGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 00640-2018-0-0401-JR-FT-01. (06-07-08 agosto) EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 00497-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO REINOSO DEL CARPIO. MAURICIO JANO VERA MADARIAGA. ELSA CELINA Notificación por Edicto De : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a REINOSO DEL CARPIO, MAURICIO JANO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: I) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a JANO MAURICIO REINOSO DEL CARPIO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de ELSA CELINA VERA MADARIAGA, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; B. Prohibir a JANO MAURICIO REINOSO DEL CARPIO que se acerque o aproxime a ELSA CELINA VERA MADARIAGA en cualquier forma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales, extrajudiciales o régimen de visitas legalmente establecidos que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; C. Prohibir a JANO MAURICIO REINOSO DEL CARPIO el comunicarse con ELSA CELINA VERA MADARIAGA vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat. redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación, salvo para situaciones referidas para el cuidado, atención o régimen de visitas respecto de sus menores hijos, el cual deberá ser por escrito; D. Disponer que ELSA CELINA VERA MADARIAGA reciban terapia psicológica y JANO MAURICIO REINOSO DEL CARPIO tratamiento reducativo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, no solo por los nuevos hechos de violencia sino por el presunto delito de desobediencia y/o resistencia a la autoridad en el que habría incurrido el denunciado por el incumplimiento de las medidas

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de protección dictadas anteriormente; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PONGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 00497-2018-0-0401 -JR-FT-01. Cerro Colorado. 2018, julio 24. (06-07-08 agosto) 1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 01241 -2018-0-0401 -JR-FT-01 MATERIA JUEZ VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO AQUIMA MONTENEGRO. JOSE ARTURO MAMANI CALSINA, SATURNINA JUANA Notificación por Edicto De : DR. RILDO LOZA PENA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a AQUIMA MONTENEGRO, JOSE ARTURO. como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N° 2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a JOSE ARTURO AQUIMA MONTENEGRO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de SATURNINA JUANA MAMANI CALSINA bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú B. Se dispone terapia reeducativa para JOSE ARTURO AQUIMA MONTENEGRO la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01241-2018-0-0401-.JR-FT-. 01 CERRO COLORADO 2018 JULIO 24. (06-07-08 agosto)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO 00481 -2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO MENOR : AEJTC , DEMANDADO : TACO SUCLLE, EDISON EDWIN DEMANDANTE : CJUNO NUÑONCCA. DANNA XIOMAR EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA Notiñcación por Edicto De : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a TACO SUCLLE, EDISON EDWIN, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a EDISON EDWIN TACO SUCLLE realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de DANNA XIOMAR CJUNO NUÑONCCA; B. Prohibir a EDISON EDWIN TACO SUCLLE reali-

zar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio de menor de iniciales A.E.T.C. (4 años) como consecuencia de generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo con en presencia de dicho menor; C. Prohibir a EDISON EDWIN TACO SUCLLE que se acerque o aproxime a DANNA XIOMAR CJUNO NUÑONCCA en cualquier forma, a una distancia no menor a treinta metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales, extrajudiciales o régimen de visitas legalmente establecidos que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; D. Prohibira EDISON EDWIN TACO SUCLLE el comunicarse con DANNA XIOMAR CJUNO NUÑONCCA vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación, salvo para situaciones referidas para el cuidado, atención o régimen de visitas respecto de sus menores hijos, el cual deberá ser por escrito; E. Prohibir a EDISON EDWIN TACO SUCLLE el poder ingresar al domicilio en el que habita DANNA XIOMAR CJUNO NUÑONCCA; F. Disponer que DANNA XIOMAR CJUNO NUÑONCCA reciban terapia psicológica y EDISON EDWIN TACO SUCLLE tratamiento reducativo o terapéutico, por ante el Centro de Salud de Nazareno, para lo cual deberá cursarse el oficio respectivo, debiendo el profesional a cargo de las terapias informar al Juzgado bajo responsabilidad sobre la ejecución de las mismas; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese Y CUMPLASE Ello en el proceso n° 00481-2018-0- 0401-JR-FT-0I. Cerro Colorado, 2018 Julio 26.- (06-07-08 agosto) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Segundo juzgado de Familia del Módulo Básico de justicia de Paucarpata, que despacha el Juez Javier Calderón con Intervención de la Especialista Legal Gloria Del Carpió se tramita el expediente número 8085-2018, sobre violencia familiar; se notifica a Lourdes Juana Quispe Chuquicallata con la res. 02: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medida de protección las siguientes: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte de la denunciada LOURDES JUANA QUISPE CHUQUILLATA hacia el denunciante WILBER ANTONIO QUISPE HUACALLO tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte de la denunciada hacia el denunciante; asimismo la parte denunciada se encuentra impedida de acercarse a la parte denunciante en estado de ebriedad, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad/ c) Se dispone que la denunciante y el denunciado realicen una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente resolución para su atención; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 48 del D.S. N° 009- 2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364, debiendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además

Jueves, 9 de agosto del 2018

conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifique que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo informar lo conveniente a la Fiscalia Penal de Paucarpata correspondiente.Arequipa, 24 de julio del 2018.- (06-07-08 agosto) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justicia del Paucarpata, que Despacha el señor doctor Javier Edmundo Calderón Beltrán, en el proceso Nro.: 05619-2018-0-0412-JR-FT- 02, se ha dispuesto poner en conocimiento del demandado JUAN JOSE JACOBO LOPEZ, las medidas de protección dictadas mediante resolución 02-2017, en su parte pertinente: 1) DICTAR medidas de protección en forma inmediata sin convocar a audiencia, debiendo notificarse a las partes con la presente resolución para su cumplimiento: en consecuencia ORDENO: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado JUAN JOSE JACOBO LOPEZ hacia la denunciante PAOLA CECILIA NUÑEZ REVILLA tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante, quedando impedido de comunicarse con la denunciante vía telefónica, chat, por correo electrónico, redes sociales o bajo alguna otra forma de comunicación, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad y ante el incumplimiento de lo ordenado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en flagrancia, se procederá a la detención del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad; dejándose a salvo el derecho de las partes respecto de sus menores hijas de recurrir a la vía pertinente; c) Se dispone que la denunciante y el denunciado realicen una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente resolución para su atención. Autoriza la secretaria judicial abogada Idema Mejia Cáceres. Arequipa ¡6 de julio del 2018. (06-07-08 agosto) EDICTO JUDICIAL Por ante el Señor Juez del Primer Juzgado de Familia del Módulo de Justicia de Paucarpata, Nolam Talavera Zapana, con la intervención del Especialista Legal Carlos Johnny Bautista Peña, se tramita el expediente 6762-2018-0-0412-JR-FT-01. sobre Violencia Familiar, seguido por Jennifer Alejandra Quiroa Alvarado. en contra de Carlos Alberto Núñez Díaz, donde se ha dispuesto notificar por edictos a ambos sujetos procesales, con el Auto Final-Resolución N°: 01. de fecha 19 de junio del 2018. que resuelve: 1) Dictar como medida de protección las siguientes: Ordeno: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado CARLOS ALBERTO NUÑEZ DIAZ hacia la denunciante JENNIFER ALEJANDRA QUIROA ALVARADO tanto en su hogar. centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, b) Ll impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante; asimismo la parte denunciada se encuentra impedido de acercarse a la parte denunciante o a su domicilio en estado de ebriedad; e impedido de ingerir bebidas alcohólicas dentro del mismo, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad; y ante el incumplimiento de lo ordenado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en flagrancia, se procederá a la detención del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad; c) Se dispone que la denunciante y el denunciado realicen una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente resolución para su atención; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 58 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los

responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364. debiendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo: debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifique que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo informar lo conveniente a la Fiscalía Penal de Paucarpata correspondiente. (06-07-08 agosto) EDICTO JUDICIAL Por ante el Señor Juez del Primer Juzgado de Familia del Módulo de Justicia de Paucarpata. Nolam Talavera Zapana, con la intervención del Especialista Legal Carlos Johnny Bautista Peña, se tramita el expediente 6989-2018-0-0412-JR-FT-01, sobre Violencia Familiar, seguido por Estefanía Adelina Chávez Arnica, en contra de José Luis Flores Herrera, donde se ha dispuesto notificar por edictos al demandado José Luis Flores Herrera, con la Resolución N°: 01-Auto Final, de fecha 22 de junio del 2018, que resuelve: 1) DICTAR medidas de protección en forma inmediata sin convocar a audiencia, debiendo notificarse a las partes con la presente resolución para su cumplimiento; en consecuencia ordeno: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado José Luis Flores Herrera hacia la denunciante Estefanía Adelina Chávez Arnica tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante; asimismo la parte denunciada se encuentra impedido de alejar a sus menores hijos del hogar materno o apartarlos de su cuidado y protección, salvo para el ejercicio de un régimen de visitas que se pudiera fijar judicialmente o extrajudicialmente a su favor, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad, dejando a salvo el derecho de las partes a efecto de que hagan valer los derechos de sus hijos en las vías que correspondan. 2) DISPONGO: Que se remitan los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 58 del D.S. N° 009-2016-M1MP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; 3) DISPONGO: Que se remitan copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364, debiendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un cár.al de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifique que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo informar lo conveniente a la Fiscalía Penal de Paucarpata correspondiente.Arequipa, 06 de julio del 2017.- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9158-0 (Imputados) RONAL MAUEL AGUILAR LLERENA, LUIS RUFINO GUTIERREZ CUADROS, SILVIA LIBERTAD ZERECEDA ARRIAGA, HERMINIA MAMANI LAURA, WILLY JESUS QUILLE ALVARO, SMITH WILBERT PINTO MESCCO y VIRGINIA BOBADILLA ENRIQUEZ , delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado Jurado Nacional de Elecciones y otros , DILIGENCIA 27-09-2018, 08:30, Sala 1, ; Secretario: Rosa .- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9158-0 (Agraviados)

Jueves, 9 de agosto del 2018

LUISA GONZAGA QUISPE MACEDO, ELVIRA ROCIO CHINO SOTOMAYOR, PAUL KADYR DELGADO CONDORI, VIRGINIA MARISOL HINCHO CHOQUE, YTALA ROSARIO SAMANEZ ARAGON, JUANA EMILDA CRUZ TITE, CARLOS ALBERTO TITO MAMANI, ANDREE ALEJANDRO PANTA QUICO, MERY JULIA SANCHEZ SANCHEZ, GLORIA IRENE CHIRINOS MOGROVEJO, VIVIANA CLAUDIA BUTILIER REYNOSO, , delito FASLFICIACION DE DOCUMENTOS, agraviado Jurado Nacional de Elecciones y otros , DILIGENCIA 27-09-2018, 08:30, Sala 1, ; Secretario: Rosa .- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4020-85 (Agraviado) JOSE MIGUEL RTADO VILMA CONDORI HUALLA, delito O.A.F, agraviado JOSE MIGUEL RTADO VILMA CONDORI HUALLA, DILIGENCIA 23:08:2018, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, NINGUNO; Secretario: Sucapuca .- (06-0708 agosto) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4300-66 (Imputado) ELIZABETH JUANA ZAPACAYO ZAPANA, delito TRATA DE PERSONAS, agraviado AMQLL, NOTIFICACION, RES. REPROGRAMA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL 24 SETIEMBRE 2018, A HORAS 10:00, SALA TRES, CON CITACIÓN DE LA IMPUTADA, SU DEFENSA TÉCNICA Y EL MINISTERIO PÚBLICO, BAJO APERCIBIMIENTO DE MULTA Y CONOCIMIENTO CONTROL INTERNO SINO ASISTEN.- ; Secretario: Fernández.- (06-07-08 agosto)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-4148-81 (Imputado) JOSE ALEXSSANDER NAVARRO BLÁCIDO, delito Hurto Agravado, agraviado Helbert Llacma Ttira, DILIGENCIA 10-08-2018, 09:00 A.M., Sala 4, ; Secretario: FUENTES .- (06-07-08 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-4148-81 (Agraviado) HELBERT LLACMA TTIRA, delito Hurto Agravado, agraviado Helbert Llacma Ttira, DILIGENCIA 10-082018, 09:00 A.M., Sala 4, ; Secretario: FUENTES .- (0607-08 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9639-60 (Agraviada) MARIA ELENA TORRES HUANCA (imputados) Luis Miguel Obando Segura y Juan Alexander Sandoval Trelles, delito ROBO AGRAVADO, agraviado María Elena Torres Huanca, DILIGENCIA 14-08-2018, 14:00, Sala 4, ; Secretario: Delgado .- (06-07-08 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-4148-81 (Imputado) MARCIAL GILBERTO SALAS MÁLAGA, ELVIS ALEXANDER ILAITA POMALIQUE Y JHON XAVIER TALAVER TELLO, DELITO HURTO Agravado, agraviado Helbert Llacma Ttira, DILIGENCIA 10-08-2018, 09:00 A.M., Sala 4, ; Secretario: FUENTES .- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20151283-36 (Imputado) ALBERTO QUISPE MAMANI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado ANYELA BRIGHIT ADCO HUANCA, DILIGENCIA 17-08-2018, 11:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones .- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

4056-0 (Imputado) DIEGO ERNESTO APAZA QUISPE , delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 04-09-2018, 11:35 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones.- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-2015-20 (Imputado) HENRY EUSEBIO RIVERA ESCALANTE, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado BRANDON DONOVAN RIVERA COAGUILA Y OTRO, NOTIFICACION, SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA EL REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE RESERVA DE FALLO FORMULADO POR EL MINISTERIO PUBLICO. SE IMPONE AL SENTENCIADO LA PENA DE UN AÑO Y NUEVE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD CON CARACTER DE EFECTIVA. ; Secretario: Arones .- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-6458-11 (Imputado) MATEO BETO CHISE CHISE, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado ROCIO CHAVEZ VALDIVIA Y OTRO, DILIGENCIA 12-09-2018, 9:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: SONCCO .- (06-0708 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-164215 NOTIFICAR A.-GONZALES SAMAYANI JHONNY RAMIRO, delito , agraviado , DILIGENCIA 18-09-2018, 08:30, Sala 1, Resolución Nro.1 Arequipa, dos mil dieciocho Julio, veinticinco Visto el Requerimiento de Acusación que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, por tanto notifíquese a las partes procesales que hayan fijado su casilla electrónica, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales y reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia que se llevará a cabo en el Local del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado de Cerro Colorado) ; Secretario: CCORAHUA .- (06-07-08 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-6630-0 NOTIFICAR A.- CCANAS LLAVE LUIS MIGUEL, delito , agraviado , DILIGENCIA 21-08-2018, 11:00, Sala 1, Resolución Nro.1 Arequipa, doce de julio Del dos mil dieciocho.-AL PRINCIPAL.-Visto el Requerimiento de Acusación directa que antecede, se corre TRASLADO a las partes por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, Así mismo NOTIFÍQUESE a las partes procesales que hayan fijado su casilla electrónica, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales y reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS, diligencia que se llevará a cabo en el Local del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado de Cerro Colorado) ; Secretario: CCORAHUA .- (06-07-08 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-4737-93 NOTIFICAR A.-QUINTANILLA APAZA RUYERI, delito , agraviado , DILIGENCIA 14-08-2018, 12:00, Sala 5, Resolución Nro.1 Arequipa, diecisiete de julio Del dos mil dieciocho.-AL ESCRITO 88764-2018.- Estando al requerimiento que antecede por parte del Ministerio Publico, y estando a la revisión de autos y del Sistema Integrado del Poder Judicial se verifica que el sentenciado RUYERI GARI QUINTANILLA APAZA, no ha cumplido con las reglas de conducta impues-

tas en la sentencia como es el pago de reparación civil, por lo que SE PROGRAMA LA AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA para el día CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS, diligencia que se realizará en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado Central del referido distrito), ; Secretario: CCORAHUA .- (06-07-08 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-408-43 (JUAN CARLOS YAMPI MITA) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ISMAEL ESTEBAN YAMPI MITA, DILIGENCIA 18-09-2018, 09:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (06-07-08 agosto) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-2267-75 (Imputado) VILCA QUISPE GENARO, delito Lesiones Graves, agraviado Yuri Vladimir Pacori Carpio, DILIGENCIA 02-102018, 14:30, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Monge .- (06-07-08 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-307-015 SILVERIA ROSAURA INCA MACHACA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SILVERIA ROSAURA INCA MACHACA, DILIGENCIA 13-09-2018, 11:00, Sala 2, ; Secretario: Maquera .- (06-07-08 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-62-0 LUISA ORTIZ MITMA, delito Faltas, agraviado Maribel Otilia Gonzales González, NOTIFICACION, Tener por desistido tácitamente a la agraviada MARIBEL OTILIA GONZALES GONZALES, de la denuncia por faltas contra la persona en contra de Luisa Ortiz Mitma; en consecuencia se dispone el ARCHIVO definitivo de los autos ; Secretario: Salinas .- (06-07-08 agosto)

Secretario: CORDERO .- (07-08-09 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6449-79 (Agraviada) MENOR DE INICIALES L.C.H.C., delito ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD, agraviado MENOR DE INICIALES L.C.H.C., NOTIFICACION, Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Sobreseimiento, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero .- (07-08-09 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-126468 JOSE ANTONIO TICONA CANAZA, delito AGRESIONES EN CONTRA DE VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LUZMILA DORA MAMANI HUMPIRE, DILIGENCIA 09-11-2018, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Figueroa.- (07-08-09 agosto)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5731-0 (Imputado) JULIO JAVIER LLERENA LAZARO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR DE INICIALES CJLLH RPTADO. POR SIMONA HUAMANI NAVARRETE, DILIGENCIA 12-09-2018, 9:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: SONCCO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5530-58 (Imputado) ALBERTO GONZALO FLORES EYZAGUIRRE, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANA GABRIELA FLORES TOLENTINO, DILIGENCIA 11-10-2018, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO .- (07-08-09 agosto)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-738-44 ROGELIO ALEJO GOMEZ , delito ROBO AGRAVADO, agraviado ROGELIO ALEJO GOMEZ, DILIGENCIA 07-08-2018, 14.00, Sala de Audiencia, prescindir su declaración ; Secretario: Tapia.- (07-0809 agosto)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-07758-0 notificar al imputado WILFREDO THOMAS GOMEZ APAZA y agraviada de iniciales C.M.G.CH, representada por Marisol Natividad Chávez Gutiérrez; , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado C.M.G.CH, representada por Marisol Natividad Chávez Gutiérrez; , DILIGENCIA 28-082018, 12:00, Sala de Audiencia, NOTIFICAR CON EL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO Y LA RES. 01-2018.- Por recibido el requerimiento de Proceso inmediato, solicitado por el representante del Ministerio Público, conforme a lo previsto por el articulo cuatrocientos cuarenta y siete del Código Procesal Penal modificado por el D.L. 1194; y, de la revisión de los actuados se tiene que la situación jurídica del investigado es de libertad y a fin de garantizar su asistencia a la audiencia de incoación de proceso inmediato, que presupone un debido emplazamiento, tanto más que la norma adjetiva citada prevé la posibilidad de aplicación de principio de oportunidad en la diligencia a llevarse a cabo, resulta necesario contar con un plazo razonable para efectuar una debida notificación, en ese sentido SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- (07-08-09 agosto)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6449-79 (Imputado) ARTURO EUSEBIO MENDIGURE ADCO, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES, agraviado MENOR DE INICIALES L.C.H.C., NOTIFICACION, Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Sobreseimiento, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero .- (07-08-09 agosto)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2017-11 (Imputado) JOSE LUIS COLLADO , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado COLLADO SUCASACA ADRIEL JOSE, NOTIFICACION, SE REQUIÉRE a JOSE LUIS COLLADO para que en el plazo del tercer día de notificado cumpla con pagar la reparación civil y pensiones alimenticias devengadas BAJO APERCIBIMIENTO de revocarse la suspensión de la ejecución de la pena e internamiento INPE ;

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20186858-0 SE NOTIFICA A: GERMAN BRYAN MONTESINOS COAQUIRA (agraviado), delito omisión a la asistencia familiar, agraviado IMPUTADO Willy German Montesinos Solórzano , DILIGENCIA 22-08-2018, 11:00AM, Sala de Audiencia del Juzgado, Se señala AUDIENCIA DE INCOACIÓN A PROCESO INMEDIATO PARA EL VEINTIDÓS DE AGOSTO DE 2018 A LAS 11:00 HORAS; Secretario: RIVERA .- (06-07-08 agosto) Principio del formulario

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EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8179-0 (Imputado) RUIZ FERNANDEZ JORGE ARTURO, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado RUIZ FERNANDEZ CARMEN DORIS, NOTIFICACION, requerimiento de Acusación Directa formulado por el señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Islay, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal ; Secretario: CORDERO .- (0708-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8533-55 (EDGAR HUAMANI ORDOÑEZ) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado NOELIA VILCA FRANCI, DILIGENCIA 18-09-2018, 09:45 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-146-15 (ALAN MIGUEL QUISPE PARI) , delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, DILIGENCIA 18-09-2018, 10:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .(07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-250-34 MARIA LUCILA ALVAREZ GUTIERREZ, delito AGRESION CON TRA INTEGRANTES DE GRUPO FAMILIAR, agraviado Mery Álvarez Gutiérrez, DILIGENCIA 06-09-2018, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6994-63 (NICASIO OCHOA BRAVO) , delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado VICTORIA DORA REYES MESIAS, DILIGENCIA 18-09-2018, 10:15 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7243-63 AGRIPINA CCOLQUE SAICO, delito AGRESION CONTRA INTEGRANTE DE GRUPO FAMILIAR, agraviado Oscar Huamán Luque, DILIGENCIA 23-08-2018, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-893-25 (JOSE MANUEL HUACHO JAUJA) , delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SILVIA PAOLA CORNEJO CARPIO, DILIGEN-

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CIA 18-09-2018, 10:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1409-34 (SAMUEL VICTOR ARISACA QUISPE) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ALEXANDER SEBASTIAN Y ANA MARIA ARISACA QUISPE, DILIGENCIA 18-09-2018, 10:45 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1111-98 (MANUEL DONATO LACUTA TAJO) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado EBERT GIOVANNI Y MARIBEL ESTHER LACUTA OLLACHICA, DILIGENCIA 18-09-2018, 11:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2901-75 (VICTOR MARTIN FLORES INCA) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado VILMA LOLA APOMAYTA HUANACUNE, DILIGENCIA 18-09-2018, 11:15 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3249-90 (DANIEL ALEX MEDINA ROJAS) , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 18-09-2018, 11:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4389-93 (HERNAN VICTOR YANA APARICIO) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado YEISY ANCHANTE ROMERO, DILIGENCIA 18-09-2018, 11:45 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3933-23 (LUIS ENRIQUE RIEGA CHALCO) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GEOVANNA MARGOT CALDERON TORRES, DILIGENCIA 18-09-2018, 12:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-179-53 (KILDER SANCHEZ HUANCA) , delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado VERONICA PAOLA RAMOS MAMANI Y OTROS, DILIGENCIA 25-09-2018, 10:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4650-43 (Imputado) MAMANI CALIZAYA MAYCOL DIEGO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 04-10-2018, 16:00PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y ORDENARSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA CAUSA; Secretario: CORDERO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4818-58 (Imputado) ZAVALETA MUÑOZ WILFREDO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LLAYQUE SUCARI YENNY ROXANA, DILIGENCIA 04-10-2018, 15:30 PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4581-29 (Imputado) DIAZ CASTILLO SAMUEL HERNAN, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado QUISPE HUACANI VICTORIA ESMERALDA, DILIGENCIA 04-10-2018, 15:00PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3812-12 (Imputado) HERRERA GUTIERREZ MARCO ANTONIO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GUTIERREZ CORNEJO CATALINA VICTORIA, DILIGENCIA 10-10-2018, 15:30 PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .(07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-8618-6 (Imputado) BAQUEDANO VALDERRAMA LUIS LEONARDO, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA, agraviado PROCURADOR PUBLICOA CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICALES DEL PODER JUDICIAL, DILIGENCIA 10-10-2018, 15:00, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (07-08-09 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3259-53 (Imputado) ALVARO VILCA HERMILIO GUILLERMO Y RUBEN BAILON BAILON, delito USURPACION, agraviado DIAZ CRUZ JOSE BERNARDINO, DILIGENCIA 19-10-2018, 15:00, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (07-08-09 agosto)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-766-23 AGRAVIADA HERMENEGILDA MAMANI CHOQUE , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado HERMENEGILDA MAMANI CHOQUE , DILIGENCIA 18-10-2018, A LAS 11:30 HORAS , Sala 2, ; Secretario: CALCINA .- (07-08-09 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6996-0 (Imputado) EDUARDO JHONATAN QUIROZ APAZA. Se programa audiencia de incoación de proceso inmediato., delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 13-08-2018, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Hernández .- (07-08-09 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue medianteExp. 2013-110-0 DEMANDADO: EBALDO MAIN QUISPE MEDINA, delito VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA ALCANTARA RAMOS, NOTIFICACION , , , FUNDADA la demanda interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO; en consecuencia SE DECLARA la EXISTENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR (MALTRATO FÍSICO y PSICOLÓGICO) ocasionada por EBALDO MAIN QUISPE MEDINA, en agravio de MARIA ALCANTARA RAMOS.- SE DISPONE que el agresor se abstenga de efectuar toda manifestación de violencia física o psicológica o acoso en contra de los menores agraviados, en cualquier lugar, sea el hogar la vía pública u otro, bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente ; Secretario: Salinas .- (07-08-09 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-183-0 DEMANDADO: ALEXANDER MARIO CATAÑO MONTOYA, delito VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LUCERO JHASMIN LUQUE TORRESAGA, NOTIFICACION, FUNDADA la demanda interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO; en consecuencia SE DECLARA la EXISTENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR (maltrato físico) ocasionada por ALEXANDER MARIO CATAÑO MONTOYA en agravio LUCERO JHASMIN LUQUE TORRESAGA MONTOYA, SE DISPONE que el agresor se abstenga de efectuar toda manifestación de violencia física o psicológica o acoso en contra de la agraviada, en cualquier lugar, sea el hogar la vía pública u otro, bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente ; Secretario: Salinas.- (07-08-09 agosto) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-97-10 (Imputado) TEOFILO COYLA QUISPE, delito Violencia Contra la Autoridad, agraviado , NOTIFICACION, Deberá asistir a la audiencia de Juicio Oral el día 16 de agosto del 2018 a las 08:30 horas en la sala N° 10 de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, bajo apercibimiento de ser declarado Contumaz y ordenarse su captura a nivel nacional. ; Secretario: SALINAS.- (0708-09 agosto) EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6292-46 EFRAIN GUILLERMO SANCHEZ MEDINA, delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, SE REQUIERE AL SENTENCIADO EFRAIN GUILLERMO SANCHEZ MEDINA PARA QUE CUMPLA CON EL PAGO DE REPARACIÓN CIVIL A FAVOR DEL ESTADO EN EL PLAZO DE TRES DÍAS DE NOTIFICADO, ESTANDO A LA SENTENCIA DE TERMINACION ANTICIPADA DE FECHA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2011 ; Secretario: Pareja .- (0708-09 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados

Jueves, 9 de agosto del 2018

para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2015-6 (Imputado) GIANCARLO MAMANI VILCA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CATERIN PAOLA HUANACUNI CHILE, DILIGENCIA 19-09-2018, 12:30, Sala 1, REVOCATORIA DE PENA; Secretario: SALAS.(08-09-10 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-200-52 (Imputado) ROSA LOVON ARIZAPANA, delito Desobediencia y resistencia a la Autoridad y otro, agraviado Estado, NOTIFICACION, REQUERIR a ROSA LOVON ARIZAPANA quien dentro de 30 DÍAS HÁBILES, cumpla con RESTITUIR LA POSESIÓN DEL BIEN INMUEBLE, cito en la Asoc. Pro- Vivienda “Las Flores” lote 01, Mz. I, Zona 5-Cerro Colorado, bajo apercibimiento revocarse la pena suspendida ; Secretario: Suaquita .- (08-09-10 agosto)

cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4858-0 (Agraviado) DAVID HUAMANI ZAPANA , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado DAVID HUAMANI ZAPANA, NOTIFICACION, Al escrito que antecede.- AL PRINCIPAL: Téngase por recibido el Requerimiento de Acusación que antecede formulado por el representante del Ministerio Público a cargo del caso TRASLADO POR EL TÉRMINO DE 10 días ; Secretario: SALAS .- (08-09-10 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8328-83 KARIME NASHIRA ABSI SALAS Y NASHIRA JENIKA ABSI PASTOR, delito LAVADO DE ACTIVOS, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES.02 SE NOTIFICA A LOS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE 3 DÍAS HÁBILES,PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 102 INCISO 2 DEL CPP MODIFICADO POR EL D.L. N° 1307. ; Secretario: Espinoza .- (08-09-10 agosto)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 234-2018-33 ENRIQUE CCACYA YUPANQUI , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, agraviado SAYDA TRONCONES MAMANI, NOTIFICACION, RES 01 - AUTODE CITACION AJUICIO ORAL ; Secretario: Tapia .- (08-09-10 agosto)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5201-0 ANDRES HUARAYA AYAMAMANI, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 12-11-2018, 08.30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Figueroa .- (08-09-10 agosto)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6728-0 AGRAVIADA: VENANCIA TACURI LIMACHI, delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado IMPUTADO MARTÍN STEODORO HUMPIRE SUCASACA AGRA. VENANCIA TACURI LIMACHI , DILIGENCIA 10-09-2018, 11:30 HORAS, Sala 2, ; Secretario: Almanza .- (08-09-10 agosto)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7839-0 SAMUEL ALEXANDER CARRASCO JARA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado REPRESENTANTE ELIZABETH CARPIO COLQUE , NOTIFICACION, CON FECHA 07.08.2018 SE PROGRAMO FECHA DE AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA SEIS DE NOVIEMBRE DE AÑO EN CURSO A LAS DIEZ HRS., DESIGNADO AL INVESTIGADO DEFENDOSA PÚBLICA A LA DRA. MARTHA CATACORA ARAMAYO, AUDIENCIA A LLEVARSE A CABO EN LA 1 ; Secretario: Figueroa .- (08-09-10 agosto)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7060-0 (Imputado) ELEUTERIA ESTELA MIRANDA RENDON DE PAREDES, delito contaminación de bienes destinados al consumo humano, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 17-09-2018, 08:00, Sala 2, ; Secretario: Delgado.- (0809-10 agosto)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4398-82 (Imputado) NELSON LEONARDO BLANCO RAMOS Y KIMBERLY ANTTUANE ZERECEDA NOVOA , delito ALTERACION DE FILIACION DE MENOR, agraviado EL ESTADO RENIEC Y OTRO , DILIGENCIA 26-03-2019, 9:00 A.M., Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO AUSENTE EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte.- (08-09-10 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4041-65 (Imputado): HENRY HUMBERTO SALGADO SALAZAR, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado VÍCTOR JESÚS LLERENA PASTOR, DILIGENCIA 21-08-2018, 14:00 HORAS, Sala 4, ; Secretario: Almanza.- (08-09-10 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-8493-6 ELOY AMILCAR GONZALES HUAYNA, delito ROBO AGRAVADO, agraviado ANGEL HUICHO RODRIGUEZ, DILIGENCIA 27-08-2018, 09.00 A.M., Sala 4, ; Secretario: Espinoza.- (08-09-10 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los

EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3185-0 LAYDEN MWENDOZA CUSI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, agraviado TIMOTEA CUSI AQUINO, DILIGENCIA 12-11-2018, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Figueroa .- (08-09-10 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2593-90 (Agraviado) ANTONIO SARMIENTO RAMIREZ, delito HURTO AGRAVADO, agraviado Antonio Sarmiento Ramírez, DILIGENCIA 29-08-2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Cossío .- (08-09-10 agosto) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-1814-067 (Imputado) JOSE LUIS HUACHACA CARBAJAL, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA, agraviado SONIA HUAYLLANI HUAMANI, DILIGENCIA 25-09-2018, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO .- (08-09-10 agosto)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5454-32 (Imputado) JUDITH PARI CONDORI , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado , DILIGENCIA 25-09-2018, 09:00 HORAS, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .-

Jueves, 9 de agosto del 2018

(08-09-10 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1302-0 (ANGEL FELIX CALLATA CRUZ) Y AGRAVIADA VALENTINA LIMA QUISPE , delito AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado VALENTINA LIMA QUISPE, DILIGENCIA 15-08-2018, 09:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Mamani .- (08-09-10 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3455-22 (Imputado) YUNGURI MAMANI JHAN CARLOS, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado FLORES TAPIA GIANNIA MILAGROS, DILIGENCIA 03-10-2018, 15:00, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (08-09-10 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2716-0 (Imputado) ROJAS LOPEZ XELIPTZA LILIANA, ROJAS URIBIA ABEL FRANCISCO, SARABIA ALARCON KAREN MELISA, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ROJAS LOPEZ XELIPTZA LILIANA, ROJAS URIBIA ABEL FRANCISCO, SARABIA ALARCON KAREN MELISA, DILIGENCIA 03-10-2018, 15:30 PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .(08-09-10 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2973-44 (Imputado) LIRA MIRANDA KIARA JOHANNA, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado CAMPOS LIRA NICOLAS CLIDE, DILIGENCIA 03-10-2018, 16:00PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (08-09-10 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4686-6 (ALBERTO ORESTES TEJADA PINTO, RUBEN APOLINARIO LAURA CCORI, MARIO SALGADO QUISPE, VICENTE ERNESTO OTAZU APAZA, SALVADOR YAHUA RAMOS, YOVANA JUANA PARIHUANA PACCI Y SAMUEL NICOLAS YAGUA HUMPIRE) , delito USURPACION AGRAVADA, agraviado VIROT FERNANDES HUAMAN Y ADRIAN PAJA CALLO, DILIGENCIA 25-09-2018, 10:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (08-09-10 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4184-0 (Imputado) BAUTISTA ALVAREZ JORGE RICARDO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 15-10-2018, 15:00, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CORDERO .- (08-09-10 agosto)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1851-77 ARTUR

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

BRUNO MERMA TICONA , delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Bruno Ismael Merma Huancco , DILIGENCIA 17-10-2018, 11:00 HORAS , Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALCINA .- (08-09-10 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-253-16 SE CITA A LA ACUSADA LUISA MEDINA CASTELO Y A LA PARTE AGRAVIADA (EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURÍA PÚBLICA A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL), A LA AUDIENCIA PROGRAMADA PARA EL 13 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 09:00 A REALIZARSE EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CAMANÁ, delito DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 13/08/2018, 09:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ninasivincha .- (08-09-10 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4185-0 RICHAR LUIS BERNA SUNI(AGRAVIADO), delito CONTRA LA FE PUBLICA EN LA MODALIDAD DE FALSEDAD MATERIAL, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL PRIMER Y SEGU, agraviado El Estado, NOTIFICACION , , , Sentencia N° 12: 3) IMPONGO a JOSUE NOEME CHICAÑA SAMAYANI TRES AÑOS Y NUEVE MESES de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por dos años y seis meses así como treinta y ocho días multa que equivale a la suma de S/. 583.30 soles. ; Secretario: Hernández .- (08-09-10 agosto) EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2752-99 (Imputado) RICARDO URQUIZO YARI y ROBERTO VERA CHALCO, delito PECULADO DOLOSO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION 14/09/2018, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 06 DE AGOSTO DEL 2018, MEDIANTE LA CUAL SE HA REPROGRAMADO LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO Y ACUSACIÓN PARA EL DÍA 14 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 08:30 A.M, LA MISMA QUE SE DESARROLLARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS DE AREQUIPA, UBICADO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464 CERRO COLORADO - AREQUIPA. BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (08-09-10 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-148-72 (Imputado) JULIO ALBERTO CUADROS TITO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado RODRIGO CUADROS YUCRA , DILIGENCIA 2709-2018, 12:00, Sala 1, ; Secretario: Rosa .- (09-10-13 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6133-0 JUAN MOLINA SUPANTA. PROCESADO, delito CONDUCCIÓN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado Estado, DILIGENCIA 14-08-2018, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Suaquita .- (09-1013 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6934-0 FREDY QUISPE QUISPE, delito OMISIÓN LA ASISTENCIA FAMILIAR,

agraviado menor representada por su madre Faustina Beltrán Chura, NOTIFICACION, 01. fecha audiencia 14 de agosto del 2018 a las 10 am, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con defensor publico ; Secretario: Suaquita .- (09-10-13 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-298-10 (Imputado) MARIO ROLANDO NINA FLORES, delito LIBRAMIENTO INDEBIDO, agraviado EMPRESA LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, DILIGENCIA 21-08-2018, 08:30, Sala 2, ; Secretario: Rosa .- (09-10-13 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8785-0 HILARIO COLCA HUARANCA, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL, NOTIFICACION, RES 1 SE LE NOTIFICA CON EL REQ DE CONTROL DE ACUSACIÓN POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ART.350 DEL CPP(SE FORMULA ACUSACION DIRECTA POR EL DELITO CONTRA LA FE PUBLICA) ; Secretario: Espinoza .- (09-10-13 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8785-0 HILARIO COLCA HUARANCA, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL, NOTIFICACION, RES.2 ESTANDO A LA SOLICITUD DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL SE NOTIFICA A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO DE 3 DÍAS HÁBILES, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 102 INC.2 DEL CPP ; Secretario: Espinoza -.-(09-10-13 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018- 235-76 (Imputado) JOSE HUGO GONZALES FLORES , delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR , agraviado JUAN DAVID GONZALES ILLANES, DILIGENCIA 18-12-2018, 9:30 A.M., Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte .- (09-10-13 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7997-17 (Imputado) EDWIN GERMAN MACEDO PUMACAYO, delito FALSEDAD GENERICA, agraviado LA SOCIEDAD Y OTROS, NOTIFICACION, VISTOS EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN, NOTIFIQUESE A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL. ; Secretario: Rosa.- (09-10-13 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-451-44 (Imputado) URIEL PITER MIRANDA QUISPE Y ABDÓN TTITO CONDORI, delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agraviado E.S.C.C., NOTIFICACION, VISTO EL RQTO DE ACUSACION FORMULADO POR EL MINISTERIO PUBLICO, NOTIFIQUESE A LAS PARTES POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350° DEL CODIGO PROCESAL PENAL. ; Secretario: Vargas .- (09-1013 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-8167-73 JAIME QUISPE HERRERA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado QUISPE ALEGRIA YOSELIN, NOTIFICACION, RES.1 NOTIFIQUESE A LOS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 DIAS HABILES CON EL REQ DE ACUSACIÓN PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350 DEL CPP ; Secretario:

Espinoza .- (09-10-13 agosto) EL CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5263-49 EUSEBIA APAZA QUISPE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Cayllahua Calcina Ines, DILIGENCIA 17-10-2018, 9:30, Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ccapa .- (09-10-13 agosto) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4609-71 (Imputado) PAVEL RUSLAN CONDORI CRUZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado RUTH CONDORI , DILIGENCIA 28-09-2018, 08:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .- (09-10-13 agosto) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-30-18 (Imputado) WASHINGTON HANCCO QUISPE Y LUZBYT HANCCO QUISPE, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE SEAL S.A, DILIGENCIA 22-10-2018, 08:30 HORAS, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .- (09-10-13 agosto) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3715-24 (Imputado) JAVIER ENRIQUE ZAMBRANO LARICO , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA ZAMBRANO LARICO, DILIGENCIA 11-10-2018, 14:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .(09-10-13 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 201506260-7 notificar a la agraviada de iniciales A.E.Z.S;, delito Violación de la Libertad Sexual;, agraviado agraviada de iniciales A.E.Z.S;, DILIGENCIA 06-092018, 11:00, Sala de Audiencia, notificar con el requerimiento de acusación y la res. 01-2018.- Visto el Requerimiento de Acusación presentado por el representante del Ministerio Publico que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de diez días hábiles, por tanto notifíquese a las partes procesales que hayan fijado su domicilio procesal, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- (09-10-13 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 201506260-38 AGRAVIADA MENOR de iniciales A.E.Z.S;, delito Violación de la Libertad Sexual , agraviado menor de iniciales A.E.Z.S, DILIGENCIA, Sala de Audiencia, notificar con el requerimiento de incautación y la res. 01-2018.- 1. Declarar FUNDADO el requerimiento de confirmación de incautación postulado por el representante del Ministerio Publico Dra. LUCIA LUNA LUNA - Fiscal Adjunta al Provincial Penal encargada del Decimo Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en la investigación que se sigue a LEONID SERGIO ALARCON CONDORI, por el delito CONTRA LA IN-

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DEMNIDAD SEXUAL en la modalidad de VIOLACION SEXUAL AGRAVADA todo en agravio de la menor de iniciales A.E.Z.S. • En consecuencia, CONFIRMO la incautación, respecto de los siguientes bienes: 1) Una prenda de vestir (calzoncillo) color plomo oscuro con una franja de elástico color plomo claro con marca Boston. 2. ORDENO la notificación a las partes procesales, así como fiscalía encargada de la investigación para su ejecución. Póngase en conocimiento, del órgano de Control Interno del Ministerio Publico, el extremo del último párrafo del fundamento quinto de la presente resolución. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO (09-10-13 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 201806600-0 notificar al imputado HELARD ELOY TORRES SONCCO , delito PELIGRO COMUN;, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 23-08-2018, 08:30, Sala de Audiencia, NOTIFICAR CON LA RES. 04-2018.Estando a lo expuesto por el Ministerio Público en cuanto al domicilio real del imputado, el mismo que conforme a la verificación domiciliaria sería diferente a donde se habría efectuado la notificación para esta audiencia y a efectos de no vulnerar su derecho de defensa, SE DISPONE REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL 23 DE AGOSTO DEL 2018 A LAS 08:30 am., a llevarse a cabo en esta sala de audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cero Colorado, se dispone la notificación al imputado Helard Eloy Torres Soncco en: El domicilio real que aparece en el acta de verificación domiciliaria en Asoc. San Martín Mz. LL, lote 1, Cayma. En su domicilio procesal de Centro Comercial Víctor Lira, tienda Nro. 15, primera cuadra de Víctor Lira, Cercado, Arequipa. Vía telefónica al celular Nro. 946720743. Sin perjuicio de todo ello y ante una eventual devolución de notificación u observación de la misma, se dispone que sea notificado mediante edictos. Bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia del imputado con su abogado defensor de su elección de llevarse a cabo la audiencia con el defensor público ya designado y presente en esta audiencia. Las partes asistentes quedan notificaos en este acto. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- (09-10-13 agosto)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 201807956-0 notificar al imputado JOSE CARLOS TARAPAQUI HUACHO;, delito Peligro Común;, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2018, 08:30, Sala de Audiencia, notificar con el requerimiento de proceso inmediato y la RES. 01-2018.- Por recibido el requerimiento de Proceso inmediato, solicitado por el representante del Ministerio Público, conforme a lo previsto por el articulo cuatrocientos cuarenta y siete del Código Procesal Penal modificado por el D.L. 1194; y, de la revisión de los actuados se tiene que la situación jurídica del investigado es de libertad y a fin de garantizar su asistencia a la audiencia de incoación de proceso inmediato, que presupone un debido emplazamiento, tanto más que la norma adjetiva citada prevé la posibilidad de aplicación de principio de oportunidad en la diligencia a llevarse a cabo, resulta necesario contar con un plazo razonable para efectuar una debida notificación, en ese sentido SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- (09-10-13 agosto)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2970-6 AGRAVIADOS: JORGE LUIS GUTIERREZ GUZMAN y SUCESIÓN DE MERCEDES TEODORA TICONA NUÑEZ, se les notifica la reprogramación de audiencia en el proceso 2015-2970 seguido en contra de José Vicente Quispe Choquemamani., delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado Jorge Luis Gutiérrez Guzmán y otros, DILIGENCIA 13-09-2018, 12:00 m., Sala de Audiencia del Juzgado, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia; Secretario: CALLO .- (09-10-13 agosto)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Jueves, 9 de agosto del 2018

CRONICAS JUDICIALES SEGUNDA SALA LABORAL CRÓNICA JUDICIAL JULIO 2017

10 DE JULIO DEL 2017

SENTENCIA DE VISTA Nº 1185-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8556-2015-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 226-20164JET, de fecha 18 de abril del 2016 de foja 47 a 52, por la que se declara fundada la demanda, en consecuencia: 1. ORDENA que la demandada cumpla en el plazo de diez días hábiles con expedir resolución reconociendo y ordenando a favor de la demandante el derecho a percibir el pago de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación dispuesta en el artículo 48 de la Ley del Profesorado 24029, en base al 30% de su remuneración total o integra, desde el 21 de mayo de 1990, precisándose, hasta el 28 de octubre del 2016, fecha de publicación del Decreto Supremo 2962016-EF, con deducción de lo ya pagado de ser el caso, monto que dará calculado en ejecución de sentencia y el pago se realizará teniendo presente lo dispuesto por el artículo 47 del TUO de la Ley 27584. 2. Ordena el pago de los intereses legales generados desde la fecha de reconocimiento de los devengados hasta la cancelación total de los mismos, monto que será calculado en ejecución de sentencias, precisándose que deberá realizarse con arreglo al artículo 1242° y siguientes del Código Civil, esto es conforma a la tasa de interés simple fijado por el Banco Central de Reserva, sin que ello implique capitalización de intereses, y el pago se realizará teniendo presente lo dispuesto por el artículo 47 del TUO de la Ley 27584. 3. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1186-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2876-2016-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 884-2016 de fecha 26 de agosto del 2016, de foja 38 a 43, por la que se declara fundada la demanda, y en consecuencia, ordena que la demandada cumpla con emitir resolución reajustando la pensión de cesantía del actor en cuanto a su bonificación personal a partir del 1 de setiembre del 2001; teniendo en cuenta para ello la remuneración básica señalada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 105-2001, la cual se verificara en ejecución de sentencia, teniendo en cuenta los años de servicios hasta la fecha de su cese . Asimismo deberá cumplir con emitir la resolución que reconozca el pago de intereses legales los cuales se calcularan sobre la base de los devengados hasta la fecha de cancelación de estos; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1187-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e

Irrazábal Salas Registro Nº 1187-2014-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 307-20164JET, de fecha 29 de abril del 2016 de foja 114 a 120, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, y en consecuencia: 1) ORDENA: Que el jefe de la entidad demandada o quien haga sus veces, cumpla con efectuar: a) El reajuste de la bonificación personal tomando como referencia para el cálculo la remuneración básica señalada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 105-201, montos que deberán recalcularse desde el mes de setiembre del 2001 en adelante, con deducción de los pagos efectuados calculados en forma errónea. b) Que cumpla con el pago de la bonificación vacacional, debiendo efectuar el cálculo de devengados desde septiembre del 2001 en adelante. c) Que cumpla con el reajuste de pago de la bonificación diferencial, debiendo efectuar el cálculo de devengados desde septiembre del 2001 en adelante, con deducción de lo ya pagado de ser el caso. d) Reconozca y efectué el pago de los intereses legales respectivos conforme a los artículos 1242 y 1246 del Código Civil; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1188-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5760-2015-0 CONFIRMA la Sentencia número treinta y dos-dos mil dieciséis de fecha veinte de enero del dos mil dieciséis de foja treinta y seis a treinta y nueve, con que se declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1189-2017-2SL

dante en contra de la Sentencia Nro. 8252016, de fecha 05 de agosto del 2016, de foja 45 a 51; en consecuencia NULO el concesorio de apelación efectuado mediante Resolución N° 08 de fecha 19 de agosto del 2016, obrante a foja 59. AD-69-D Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 258-2014-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7233-2014-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-642-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Que el Cuarto Juzgado de Trabajo Contencioso Administrativo continúe conociendo el presente proceso hasta antes de la emisión de la Resolución N°17, en mérito a lo dispuesto por Sentencia de Vista N° 2502016-1SLP y resuelva lo que corresponda. Sin mérito a emitir nuevo pronunciamiento respecto a la competencia. AT-637-T

Registro Nº 4399-2015-0

Con los señores Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 6490-2014-0

Registro Nº 4942-2016-0 ACEPTARON: la abstención del señor Kenneth del Carpio Barreda, debiendo llamarse al Juez Superior expedito por ley. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Y conforme al estado del proceso REMÍTASE al Ministerio Público para el dictamen correspondiente, debiendo ser devueltos con el dictamen emitido dentro del plazo de ley y bajo responsabilidad. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: TÉNGASE PRESENTE. AT-638-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-643-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-644-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3590-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-645-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4406-2015-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

CONFIRMA la Sentencia número mil catorce-dos mil dieciséis, de fecha veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, de foja cuarenta y nueve a cincuenta y siete, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado.. AD-66-D Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 765-2016-0

Registro Nº 6399-2015-0

DECLARA NULO EL CONCESORIO contenido en resolución N° 6 de fecha 13 de marzo del 2017. RECHAZAR el escrito de apelación formulado por la parte demandante en foja 79 a 81, en contra de la Sentencia N° 1032017, declarándose IMPROCEDENTE. AD-67-D

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-640-T

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 3050-2014-0

Registro Nº 3512-2016-0 DECLARA IMPROCEDENTE el recurso de apelación formulado por la parte deman-

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3804-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-650-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7141-2014-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-651-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2452-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-652-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 243-2016-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-653-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 5146-2015-0 Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por Resolución N°9, en consecuencia resolver con lo que obre en autos, por lo que siendo el estado del proceso se señala fecha para Vista de la Causa para el día 8 de agosto del presente año a horas 9:00 de la mañana en la Sala de Audiencias de la Segunda Sala Laboral Permanente, de ésta Corte Superior, con los señores magistrados que la conformen en su oportunidad. AT-639-T

Registro Nº 3288-2016-0

AT-649-T

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-641-T

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-646-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3115-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-647-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 4074-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-654-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3560-2013-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-655-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 4581-2016-0 Registro Nº 1880-2016-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-648-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-656-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 1605-2015-0 Registro Nº 1442-2014-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención.

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República,

Jueves, 9 de agosto del 2018

con la debida nota de atención. AT-657-T

Irrazábal Salas Registro Nº 1623-2014-0

Con los señores del Carpio B. y Luna Regal Registro Nº 1987-2010-0 RESOLVEMOS: ACEPTAR la abstención formulada por el señor Juez Superior Miguel Ángel Irrazábal Salas en el presente proceso, debiendo integrarse el Colegiado con el Juez Superior expedito llamado por ley. AT-658-T Con los señores del Carpio B. y Luna Regal Registro Nº 1987-2010-0 RESOLVEMOS: Admitir como medio probatorio de oficio: a) Un informe que deberá realizar la Compañía Minera Colquiminas S.A. - Mina Cacachara, a fin de que se ratifique o no sobre el contenido del certificado de trabajo obrante a foja 416, con la precisión de los nombres del Superintendente General y del Jefe de Sección que firman dicho documento; b) Un informe sobre las boletas de pago que obran de fojas 8 a 27, esto es a Colquiminas S.A. respecto a cuál era la forma de pago de las remuneraciones de sus trabajadores, entre otros datos que se consideren relevantes, a fin de determinar si se acredita en el proceso los años de aportación y de ser el caso se presente documentación adicional para sustenta la pretensión; c) Finalmente un informe que remitirá la Oficina de Normalización Previsional respecto a los aportes reconocidos a favor del demandante de 8 años y 7 meses de aportes, a fin de verificar a que periodos y a que empleadores están referidos. Los medios probatorios admitidos deberá ser remitidos por las entidades indicadas, en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público, ante el incumplimiento. ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS RELATORA JUEZ SUPERIOR

11 DE JULIO DEL 2017

CONFIRMA la Sentencia número ochocientos cuarenta y seis-dos mil dieciséis de fecha dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, de foja ciento doce a ciento diecinueve, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, precisándose que la demandada debe dar cumplimiento a lo dispuesto mediante la Resolución Directoral N° 04903 desde el 19 de julio del 2012 hasta el 28 de octubre del 2016, fecha de publicación del Decreto Supremo 296-2016-EF y que el pago de los intereses legales debe realizarse aplicando la tasa de interés simple fijada por el Banco Central de Reserva, sin que ello implique capitalización de intereses. SENTENCIA DE VISTA Nº 1193-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

vor de la demandante, con los respectivos devengados e intereses legales generados, montos que deberán ser calculados en ejecución de sentencia conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente. Sin costas ni costos. Y los devolvemos a su juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1196-2017-2SL

a 47, por la que se declara INFUNDADA la demanda. SENTENCIA DE VISTA Nº 1201-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

CONFIRMA la Sentencia Nro. 456-20164JET, de fecha 02 de junio del 2016 de foja 54 a 60, por la que se declara fundada la demanda, en consecuencia: ORDENA que la demandada cumpla en el plazo de quince días hábiles con: A) Lo dispuesto en la Resolución Gerencial N° 4214 de fecha 20 de junio del 2012, por la que se le reconoce al actor el pago de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, ascendente al monto de S/ 316.25 nuevos soles. B) Emita resolución reconociendo a favor del demandante el derecho a percibir el pago de las sumas devengadas dejadas de percibir por aplicación de la Bonificación Especial por preparación de clases y evaluación dispuesta por el artículo 48° de la Ley del Profesorado 24029, en base al 30% de su remuneración total o íntegra desde el 9 de julio de 1999 únicamente por los periodos en que fue contratado efectivamente y luego desde la fecha de su nombramiento, esto es desde el 4 de septiembre del 2006 hasta el 19 de junio del 2012, con deducción de lo ya pagado de ser el caso. C) Ordenar el pago de los intereses legales generados por concepto de los devengados de la bonificación especial desde el 9 de julio de 1999 hasta el pago total de los devengados reconocidos, monto que se liquidará en ejecución de sentencia aplicando la tasa de interés legal establecida por el artículo 1246 del Código Civil, con la limitación dispuesta por el artículo 1249 del mismo cuerpo normativo. SENTENCIA DE VISTA Nº 1202-2017-2SL

Registro Nº 5552-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1207-2015-3JT de fecha 28 de diciembre de dos mil quince, de foja 62 a 69 que declara infundada la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1197-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 9252-2015-0

Registro Nº 7708-2015-0 REVOCA la Sentencia N° 0287-2016-2JET T, del siete de abril de dos mil dieciséis, de foja 40 a 44, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Roberto Meneses Portugal en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa, y REFORMÁNDOLA, declaramos FUNDADA la demanda, en consecuencia: ordenamos que la demandada a través de su funcionario responsable, en el plazo de 15 días, cumpla con emitir resolución reconociendo, calculando y ordenando el pago del incremento remunerativo correspondiente al 10% de la parte del haber mensual que al mes de enero de 1993 está afecto a la contribución del FONAVI, dispuesto por el artículo 2° del Decreto Ley N° 25981 a favor del demandante, con sus respectivos devengados e intereses legales generados, montos que deberán ser calculados en ejecución de sentencia conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente. Sin costas ni costos. Y los devolvemos a su juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1194-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

SENTENCIA DE VISTA Nº 1190-2017-2SL

Registro Nº 7156-2015-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

CONFIRMA la Sentencia N° 408-2016-2JET T, de fecha 28 de abril de dos mil dieciséis, de foja 40 a 46, que declara fundada la demanda contencioso administrativa interpuesta por Gloria Carmen Acuña Vda. de Becerra en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa. Con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Y los devolvemos a su juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1195-2017-2SL

CONFIRMA la Sentencia Nro. 744-20162JET T, de fecha 21 de julio del 2016 de foja 57 a 62, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, en consecuencia: ORDENA que la demandada cumpla con recalcular el monto de la bonificación por preparación de clases y evaluación en base al 30% de su remuneración total a partir del 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre del 2012 como auxiliar de educación, asimismo deberá pagar los devengados e intereses legales, para lo cual deberá expedir la resolución respectiva; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1198-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5572-2015-0 CONFIRMA la Sentencia número doscientos cuarenta y tres-dos mil dieciséis, de fecha doce de abril del dos mil dieciséis, de foja cincuenta y siete a sesenta y cinco, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1199-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8876-2015-0

Registro Nº 915-2015-0 ACLARA la Sentencia número mil trescientos quince-dos mil quince de fecha veinte de octubre del dos mil quince de foja doscientos ochenta y seis a doscientos noventa y siete, precisando que corresponde la reposición del demandante en el cargo que venía desempeñando al momento de su cese, esto es como Coordinador de Obra de la Subgerencia de Ejecución de Proyectos de Inversión del Gobierno Regional de Arequipa. CONFIRMARON, la Sentencia aclarada con que se declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1191-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2865-2013-0 CONFIRMA la Sentencia N° 134-2016 de fecha 16 de marzo del 2016, folio 132 a 138, que resuelve declarar Infundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Por firio Melitón Condori Quinteros en contra de la Oficina de Normalización Previsional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS la devolución de los actuados a su Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1192-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8928-2015-0 REVOCA la Sentencia N° 226-2016-6JET, de fecha 7 de abril de dos mil dieciséis, de foja 43 a 51, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Betty Vásquez Venegas en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa, y REFORMÁNDOLA, declaramos FUNDADA la demanda, en consecuencia: ordenamos que la demandada a través de su funcionario responsable, en el plazo de 15 días, cumpla con emitir resolución reconociendo, calculando y ordenando el pago del incremento remunerativo correspondiente al 10% de la parte del haber mensual que al mes de enero de 1993 está afecto a la contribución del FONAVI, dispuesto por el artículo 2° del Decreto Ley N° 25981 a fa-

CONFIRMA la Sentencia Nro. 305-20164JET, de fecha 29 de abril del 2016 de foja 53 a 59, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, y en consecuencia: 1) ORDENA: Que el jefe de la entidad demandada o quien haga sus veces, cumpla con efectuar: a) El reajuste de la bonificación personal tomando como referencia para el cálculo la remuneración básica señalada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 105-201, montos que deberán recalcularse desde el mes de setiembre del 2001 en adelante, con deducción de los pagos efectuados calculados en forma errónea. b) Que cumpla con el pago de la bonificación vacacional, debiendo efectuar el cálculo de devengados desde septiembre del 2001 en adelante. c) Que cumpla con el reajuste de pago de la bonificación diferencial, debiendo efectuar el cálculo de devengados desde septiembre del 2001 en adelante, con deducción de lo ya pagado de ser el caso. d) Reconozca y efectué el pago de los intereses legales respectivos conforme a los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, precisándose que además se tenga en cuenta la limitación del artículo 1249 del citado código; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1200-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 9314-2015-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 402-2016-4JET de fecha 20 de mayo del 2016, de foja 42

contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1205-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 383-2014-0

Registro Nº 867-2016-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5414-2015-0 CONFIRMA Sentencia Nro. 223-2016, de fecha 06 de abril del 2016 de foja 59 a 67, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, y en consecuencia: DISPONE a) Que la demandada – dentro del plazo de 15 días – cumpla con emitir resolución reconociendo y disponiendo en favor de la parte demandante, el reajuste de la bonificación personal, en consideración de la remuneración básica establecida por el Decreto de Urgencia 105-2001 desde el 01 de setiembre del 2001; b) Reconocer los intereses legales correspondientes por este reajuste dispuesto; c) Disponer el pago de los montos que se establezca tanto por el reajuste y los intereses, los que deberán ser presupuestados para su pago conforme al artículo 47 del TUO de la Ley 27584; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1203-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1904-2012-0 CONFIRMA la Sentencia número ciento treinta y siete-dos mil dieciséis de fecha dieciocho de marzo del dos mil dieciséis de foja ciento doscientos catorce a doscientos veintitrés, con que se declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1204-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8712-2015-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

9

CONFIRMA la Sentencia número cuatrocientos ochenta y cinco-dos mil dieciséis, de fecha quince de junio del dos mil dieciséis, de foja cuarenta y uno a cuarenta y nueve, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con lo demás que

CONFIRMA la Sentencia Nro. 86-2016-JCICSJA del 21 de junio del 2016, de foja 99 a 104, que declara infundada la demanda; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1206-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7888-2015-0 REVOCA la Sentencia 309-2016-2JET T, del once de abril del dos mil dieciséis, de folios setenta y dos a setenta y seis, que declara infundada la demanda; REFORMANDOLA, se declara FUNDADA la demanda; en consecuencia, ORDENARON que la demandada expida nueva resolución que otorgue el referido incremento del 10%, en favor de la parte demandante, conforme lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Ley 25981 a partir del 01 de enero de 1993 en adelante; y de la misma forma, se calcule los intereses legales generados con arreglo al artículo 1242° y siguientes del Código Civil, esto es el interés simple fijado por el Banco Central de Reserva, sin que ello implique capitalización de intereses, desde la fecha de su incumplimiento hasta el pago total del monto que genere el reajuste; montos que deberán ser presupuestados conforme a lo dispuesto por el artículo 47° del TUO de la ley 27584 para su pago. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1207-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7762-2015-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 352-2016, de fecha 31 de mayo del 2016 de foja 36 a 42, por la que se declara fundada la demanda, y por tanto ORDENA que la entidad demandada cumpla con emitir resolución reajustando la remuneración del actor en cuanto a su bonificación personal, con retroactividad al 01 de setiembre del 2001 en adelante, teniendo en cuenta para ello la remuneración básica establecida por el Decreto de Urgencia 105-2001 lo cual se verificará en ejecución de sentencia. Asimismo deberá cumplir con emitir la resolución que reconozca el pago de los intereses legales los cuales se calcularan sobre la base de los devengados hasta la fecha de cancelación de estos; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1208-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4256-2016-0 CONFIRMA la sentencia mil ciento cincuenta y ocho – dos mil dieciséis, del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, de folios cincuenta y cuatro y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1209-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4732-2015-0 CONFIRMA la sentencia mil ciento ochenta y cuatro - dos mil quince, del veintitrés de diciembre del dos mil quince, de folio cincuenta y dos y siguientes, que declara fundada la demanda; con todo los demás que contiene y es materia de grado Precisando tener en cuenta la parte considerativa de la presente. SENTENCIA DE VISTA Nº 1210-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e

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La República

Irrazábal Salas

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1216-2017-2SL

Registro Nº 4746-2014-0 CONFIRMA la sentencia setenta y uno – dos mil dieciséis, del veintinueve de enero del dos mil dieciséis, de folios sesenta y dos y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1211-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8676-2015-0 REVOCA la sentencia doscientos cincuenta y siete - dos mil dieciséis, del trece de abril del dos mil dieciséis, de folios cuarenta y cuatro a cincuenta y dos, que declara INFUNDADA la demanda; Reformándola, Se Declara FUNDADA la misma, Disponiendo que la parte demandada, en el plazo de quince días, proceda a emitir resolución reconociendo, calculando y ordenando el pago del incremento remunerativo correspondiente al 10% de la parte del haber mensual que a enero de 1993 está afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) a partir de dicho mes en adelante, con los respectivos intereses legales conforme lo dispuesto en la parte considerativa de la presente. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1212-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4577-2014-0 CONFIRMA la Sentencia número setecientos diez – dos mil dieciséis del siete de julio del dos mil dieciséis, de folio ciento cuatro y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda; con todo lo que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1213-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2778-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1280-2015-4JET de fecha 28 de diciembre de 2015, de fojas 108 a 115, que falla declarando fundada la demanda interpuesta, con todo los demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1214-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4862-2016-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1177-2016-6JET de fecha 31 de octubre de 2016 de folios 50 a 65, que falla declarando fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por Rolando Martín Pinto Salas en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con lo demás que lo contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1215-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8576-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 301-2016-4JT de fecha 29 de abril de 2016 de folios 42 a 48, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por Wilfredo Caballero Medrano en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con lo demás que lo contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 6521-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 171-2016 de fecha 28 de marzo de 2016 de folios 39 a 44, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por Nélida Elina Chávez Aréstegui en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con lo demás que lo contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen. AUTO DE VISTA Nº 432-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

cesal a don Alfredo Zegarra Tejada, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa (…). Y los devolvemos a su juzgado de origen. AUTO DE VISTA Nº 438-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Jueves, 9 de agosto del 2018

de 2006. Sin costas ni costos. ORDENAMOS se devuelva el Expediente al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1218-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5418-2015-0

Registro Nº 8323-2015-2 CONFIRMA la Resolución Nro. 13, de fecha ocho de marzo del dos mil diecisiete, en el extremo que resuelve: Imponer multa a Martín Edgar Tovar Gutiérrez, en su calidad de Coordinador de Calificación Directa de la Subdirección de Calificaciones de la Dirección de Producción de la ONP, ascendente a una unidad de referencia procesal. Y los devolvemos a su juzgado de origen. AUTO DE VISTA Nº 439-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

CONFIRMA la Sentencia Nº 414-2016-2JET T de fecha 29 de abril de 2016, fojas 54 a 61, que falla declarando fundada en parte la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. PRECISAMOS que el pago de la compensación vacacional cabe realizarse sólo en el mes de enero de cada año, debiendo calcularse los devengados de éste concepto desde el mes de enero de 2002 y asi en el mes de enero de cada subsiguiente año. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1219-2017-2SL

Registro Nº 2865-2013-0 Registro Nº 8635-2016-0 CONFIRMA la Resolución N° 10 del 13 de septiembre del 2013 de foja 73, en el extremo que resuelve imponer una multa equivalente a una unidad de referencia procesal a la ONP, con lo demás que la contiene. AUTO DE VISTA Nº 433-2017-2SL

CONFIRMA la Resolución uno, del veintiuno de noviembre del dos mil dieciséis, de folio ciento once y siguiente, que resuelve rechazar la solicitud cautelar. AUTO DE VISTA Nº 447-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 2865-2013-0

Registro Nº 3255-2016-47

CONFIRMA la Resolución N° 13 del 20 de octubre del 2014 de foja 91, en el extremo que resuelve imponer una multa equivalente a una unidad de referencia procesal a Martín Edgar Tovar Gutiérrez, con lo demás que la contiene. AUTO DE VISTA Nº 434-2017-2SL

CONFIRMA la Resolución número uno de fecha tres de octubre del dos mil dieciséis de foja ciento nueve a ciento once, que resuelve declarar improcedente la solicitud de medida cautelar dentro del proceso, formulada por Alan Raúl Messa Aberanga.

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1904-2012-0 CONFIRMA la Resolución número ocho de fecha cuatro de marzo del dos mil trece, de foja sesenta y nueve, en el extremo que impone multa de una unidad de referencia procesal a Martin Edgar Tovar Gutiérrez, responsable de la demandada Oficina de Normalización Previsional. AUTO DE VISTA Nº 435-2017-2SL

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS RELATORA JUEZ SUPERIOR

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1904-2012-0 CONFIRMA la Resolución número quince de fecha siete de enero del dos mil catorce de foja ciento dieciséis, en el extremo que impone multa de una unidad de referencia procesal a Norka Tatiana Álvarez Lobato, responsable de la demandada Oficina de Normalización Previsional. AUTO DE VISTA Nº 436-2017-2SL

12 DE JULIO DEL 2017

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

SENTENCIA DE VISTA Nº 1217-2017-2SL

Registro Nº 1901-2016-0 Declara la NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN NRO. 04, de fecha 7 de setiembre del 2016, por la que resuelve declarar la conclusión del proceso, sin lugar a pronunciamiento sobre el fondo, con lo demás que contiene y es materia grado; y SE DISPONE que el A quo continúe con el séquito del proceso, según su estado; y los devolvieron. AUTO DE VISTA Nº 437-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2465-2009-51 CONFIRMA la Resolución Nro. 64, de fecha seis de octubre del dos mil dieciséis, en el extremo que resuelve: Uno) Imponer multa ascendente a una unidad de referencia pro-

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1682-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 179-2016-2JET T de fecha 16 de marzo del 2016, folios 108 a 116, en los extremos que falla declarando fundada en parte la demanda interpuesta por Julián Percy Tohalino Álvarez en contra de la Oficina de Normalización Previsional, en consecuencia dispone: A) Declara la nulidad parcial de la Notificación de fecha 4 de febrero del 2015 que deniega la solicitud del demandante referida a la liquidación de pensión del demandante en el extremo referido al cálculo de la remuneración de referencia en base a los 60 meses consecutivos en que existan remuneraciones asegurables. B) Dispone que la demandada emita nueva resolución conforme lo señalado en la parte considerativa de esta sentencia, la misma que también incluirá los devengados e intereses legales, lo cual se verificará en ejecución de sentencia. E Infundada en cuanto al extremo referido a la caducidad de aportes facultativos y en cuanto a que le resulta de aplicación el artículo 73° del Decreto Ley N° 19990 E Improcedente respecto al pago de costas y costos del proceso. REVOCAMOS la referida Sentencia en el extremo que declara infundada la pretensión referida al otorgamiento de pensión de jubilación completa por enfermedad profesional y; REFORMÁNDOLA Declaramos Improcedente dicha pretensión. ORDENAMOS se devuelva el Expediente al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1220-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4544-2015-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8073-2015-0 REVOCA la Sentencia N° 606-2016-4JT de fecha 28 de junio de 2016, folios 62 a 66, que falla declarando infundada la demanda interpuesta. REFORMÁNDOLA la declaramos fundada en parte la demanda interpuesta, en consecuencia, nula la resolución ficta que deniega el pedido del demandante sobre pago de pensiones devengadas. Ordenamos que la demandada expida resolución reconociendo a favor del demandante el pago de pensiones devengadas desde el 23 de enero de 2006 hasta el 22 de junio de 2006, más intereses legales. Infundada la demanda en cuanto pretende el pago de devengados desde el 16 de setiembre de 1992 hasta el 22 de enero

CONFIRMA la Sentencia N° 147-2016 del 23 de marzo del 2016, de foja 77 a 83, en el extremo que falla declarando Fundada en parte la demanda interpuesta por don Derly Jesús Núñez Ticona, en contra de la Municipalidad Distrital de Uchumayo, con citación del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Uchumayo, con lo demás que contiene. ORDENAMOS la devolución de actuados al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1221-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Expediente al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1222-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1521-2012-0 REVOCA la Sentencia N° 1124-2015-3JT de fecha 14 de diciembre de 2015, folios 177 a 186, que falla declarando fundada la demanda interpuesta. REFORMÁNDOLA declaramos infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Javier Eugenio Urday Flores en contra de EsSalud. ORDENAMOS se devuelva el Expediente al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1223-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5981-2013-0 DECLARA SIN LUGAR A PRONUNCIAMIENTO respecto a la Sentencia Nro. 01277-20154JET del 28 de diciembre del 2015, de foja 311 a 319, por la que se resuelve declarar fundada la demanda. SENTENCIA DE VISTA Nº 1224-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1956-2016-0 CONFIRMA en parte la sentencia quinientos ochenta y nueve – dos mil dieciséis, del diez de junio del dos mil dieciséis, de folios sesenta y siete y siguientes, en el extremo que declara fundada la demanda, en consecuencia declara la nulidad parcial de la Resolución Directoral N° 008825 en su numeral 3), y la nulidad parcial de la Resolución gerencial Regional N° 0337, en su numeral 14) y dispone que la demandada en el plazo de quince días cumpla con emitir resolución reconociendo y disponiendo a favor de la parte demandante el reajuste de la bonificación personal y el beneficio adicional por vacaciones en base a la remuneración básica de cincuenta soles dispuesta por el 3 Sentencia 5430-2006-AA/ TC, fundamento 14, literal d). Sentencia 065-2002-AA/TC. Decreto de Urgencia 1052001, a partir del 01 de setiembre del 2001 y consecuentemente, se reconozca y efectúe su pago; debiendo además disponerse el pago de intereses legales simples que correspondan, cuyo cálculo se efectuara en ejecución de sentencia. Precisando que el pago de ambos derechos deben ser en adelante teniendo en cuenta la calidad del demandante como cesante. REVOCAMOS el extremo que declara fundada la demanda en cuanto al pago de la bonificación diferencial. Reformándola se declara infundada la misma. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1225-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 9276-2015-0 CONFIRMA la sentencia trescientos – dos mil dieciséis, del veintinueve de abril del dos mil dieciséis, de folios cuarenta y dos y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Precisando que corresponde la nulidad parcial de la Resolución Directoral N° 07891. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1226-2017-2SL

Registro Nº 5774-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 162-2015 de fecha veintinueve de diciembre de dos mil quince, de foja 54 a 58, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Lucila Jesús Rodríguez de Gómez en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa con emplazamiento del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa con lo demás que lo contiene. ORDENAMOS: se devuelva el

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 9345-2015-0 CONFIRMA la Sentencia número cuatrocientos seis - dos mil dieciséis, del catorce de junio de dos mil dieciséis y folios cuarenta y siguientes, que declara fundada la demanda; con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1227-2017-2SL

Jueves, 9 de agosto del 2018

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1098-2016-0 REVOCA la Sentencia número seiscientos sesenta y cuatro – dos mil dieciséis del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, de folio cuarenta y tres y siguientes, que declara improcedente la demanda. Reformándola se declara infundada la misma. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1228-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5782-2015-0 CONFIRMA la referida sentencia quinientos setenta y tres -dos mil dieciséis, del dos de agosto del dos mil dieciséis, de fojas quinientos catorce y siguientes, que declara fundada la demanda, en consecuencia, declara la nulidad total de la Resolución Ficta que debió haber recaído en la solicitud de otorgamiento de pensión de jubilación de fecha 21 de noviembre del 2014 y en aplicación del Principio de Suplencia de Queja deficiente la nulidad total de la Resolución 064475-2010- ONP/DPR.SC/DL 19990, del tres de agosto de dos mil diez, que resuelve denegar la pensión de jubilación solicitada por Enrique Alejandro Montoya Calderón, así como de la Resolución 042928- 2012ONP/DPR.SC/DL 19990, de fecha veinticuatro de mayo del dos mil doce, que resuelve declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución 064475-2010- ONP/DPR.SC/DL 19990 y la nulidad de la Resolución 03346-2014-ONP/ DPR/DL 19990, del treinta y uno de marzo del dos mil catorce que declara fundado el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 42928-2012-ONP/DPR.SC/DL 19990, ordena a la Oficina de Normalización Previsional emita resolución otorgando pensión de jubilación al demandante bajo el régimen general regulado por el Decreto Ley 19990 a partir del treinta y uno de octubre del dos mil nueve, reconociendo un periodo total de treinta años, cuatro meses y catorce días de aportaciones efectivamente realizadas al sistema nacional de pensiones. Fundada la pretensión de pago de pensiones devengadas, desde la fecha de contingencia y el correspondiente pago de intereses legales generados, monto que deberá ser determinado en ejecución de sentencia, de acuerdo a Ley; debiendo descontarse las sumas percibidas por pensión provisional, con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1229-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8744-2015-0 CONFIRMA la sentencia ciento ochenta y cinco – dos mil dieciséis, del treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, de folios cincuenta y dos y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda respecto a la bonificación personal, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Precisando tener en cuenta lo señalado en la parte considerativa. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1230-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8212-2015-0 CONFIRMA la sentencia trescientos nueve – dos mil dieciséis, del veintinueve de abril del dos mil dieciséis, obrante de fojas treinta y cinco y siguientes, que declara fundada la demanda con todo lo demás que contiene y es materia de grado. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1231-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Registro Nº 7072-2015-0 CONFIRMA la sentencia trescientos ocho – dos mil dieciséis, del veintinueve de abril del dos mil dieciséis, obrante a folios cuarenta y tres y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1232-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1928-2015-0 REVOCA la sentencia trescientos veintiuno – dos mil dieciséis, del tres de mayo del dos mil dieciséis, obrante de fojas ochenta y tres y siguientes, que declara infundada la demanda. Reformándola se declara improcedente la misma. Precisando tener en cuenta lo señalado en la parte considerativa de la presente. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1233-2017-2SL

correspondiente, bajo apercibimiento de rechazarse el recurso de apelación interpuesto. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: TÉNGASE PRESENTE. AT-662-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7458-2015-0 DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Se le concede el plazo de cinco días a efecto de que cumpla con pagar y adjuntar el recibo por el pago de la tasa judicial correspondiente, bajo apercibimiento de rechazarse el recurso de apelación interpuesto. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: TÉNGASE PRESENTE. AT-663-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

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Registro Nº 6120-2016-0

AT-666-T

CONFIRMA la Sentencia N° 009-2017 del 04 de enero del 2017, de foja 37 a 40, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, en consecuencia se ordena: Que la entidad demandada por intermedio del Director del Hospital Regional Honorio Delgado Espinoza de Arequipa, dé cumplimiento a la resolución administrativa 288-2016 del 28 de marzo del 2016 que estima la pretensión de la demandante sobre reajuste la bonificación personal en aplicación del Decreto de Urgencia N° 105- 2001, así como el reajuste en base a la remuneración básica de las bonificaciones especiales previstas por D.U. 90-90, 073-97, y 011-99, sin intereses legales, debiendo presupuestarse su pago conforme lo dispone el artículo 47 del TUO de la Ley 27584; con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA Nº 1236-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

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Registro Nº 4123-2014-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-667-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4670-2012-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-668-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1043-2009-0

Registro Nº 8736-2015-0 Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 2005-2017-0

CONFIRMA la Sentencia novecientos cincuenta y siete- dos mil dieciséis, del doce de setiembre del dos mil dieciséis, de folios treinta y siete a cuarenta y cinco, que declara FUNDADA en parte la demanda, con todo lo demás que la contiene y es materia de grado. AUTO DE VISTA Nº 440-2017-2SL

DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Se le concede el plazo de cinco días a efecto de que cumpla con pagar y adjuntar el recibo por el pago de la tasa judicial correspondiente, bajo apercibimiento de rechazarse el recurso de apelación interpuesto. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: TÉNGASE PRESENTE. AT-664-T

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Registro Nº 5981-2013-0

Registro Nº 7334-2015-0

REVOCA la Resolución Nro. 7, de fecha 24 de marzo del 2014, en el extremo que resuelve: 1) Declarar improcedente la excepción de prescripción extintiva interpuesta por la Universidad Nacional de San Agustín; y REFORMANDOLA, se declara FUNDADA la excepción de prescripción deducida por la Universidad Nacional de San Agustín; y EN CONSECUENCIA: NULO TODO LO ACTUADO y por CONCLUIDO EL PROCESO. AT-659-T

DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Se le concede el plazo de cinco días a efecto de que cumpla con pagar y adjuntar el recibo por el pago de la tasa judicial correspondiente, bajo apercibimiento de rechazarse el recurso de apelación interpuesto. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: TÉNGASE PRESENTE. AT-665-T

Con los señores Luna Regal e Irrazábal Salas

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 3078-2013-0

Registro Nº 6202-2016-0

ACEPTARON: la abstención formulada por el señor Juez Superior Kenneth Del Carpio Barreda, debiendo integrarse el Colegiado con el Juez Superior expedito llamado por ley. TÓMESE RAZÓN, HÁGASE SABER. Y, conforme al estado del proceso, REMÍTASE al Ministerio Público para el dictamen correspondiente, debiendo ser devueltos con el dictamen emitido dentro del plazo de ley y bajo responsabilidad. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: TÉNGASE PRESENTE. AT-660-T

DISPUSIERON: la suspensión del proceso por el plazo de treinta días, dentro del cual deberán comparecer los sucesores procesales de quien en vida fue Olga Valeriana Ilazaca de Aguilar. ORDENARON: la devolución del expediente al Juzgado de Origen, a fin de que realice el debido emplazamiento de los sucesores procesales de la fallecida Olga Valeriana Ilazaca de Aguilar, y en su caso la designación de curador procesal que los represente, luego de lo cual los autos deberán ser elevados de inmediato a ésta instancia.

Registro Nº 4112-2016-0

CONFIRMA Sentencia Nro. 186-2016-4JT de fecha 31 de marzo del 2016, de foja 54 a 60, por la que se declara fundada en parte la demanda, y en consecuencia: 1) Ordena: Que el jefe de la entidad o quien haga sus veces, cumpla con efectuar: a) Remuneración Básica señalada por el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 105-2001, montos que deberán recalcularse desde el mes de setiembre del 2001, con deducción de los pagos efectuados calculados en forma errónea. b) Que cumpla con el pago de la Bonificación Vacacional, debiendo efectuar el cálculo de devengados desde septiembre del 2001 en adelante. c) Que cumpla con el reajuste de pago de la bonificación diferencial, debiendo efectuar el cálculo de devengados desde septiembre del 2001 en adelante, con deducción de lo ya pagado de ser el caso. d) Reconozca y efectué el pago de los intereses legales respectivos conforme a los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, precisándose que además se tenga en cuenta la limitación del artículo 1249 del citado código; con lo demás que contiene. Y los devolvemos a su juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber. SENTENCIA DE VISTA Nº 1237-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3036-2013-0 CONFIRMA la Sentencia N° 338-2016 de fecha 9 de mayo de 2016, folios 142 a 147, que falla declarando Infundada la demanda interpuesta por Luis Honorio Cuadros Cervantes en contra de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, con todo lo demás que la contiene. Disponemos se devuelva el expediente al juzgado de origen. AUTO DE VISTA Nº 441-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-669-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7124-2012-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-670-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 8046-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-671-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3466-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-672-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5748-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-673-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3340-2014-0

Registro Nº 978-2011-80 Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

13 DE JULIO DEL 2017

Registro Nº 6080-2015-0

SENTENCIA DE VISTA Nº 1234-2017-2SL

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT-661-T

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 7134-2015-0 DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Se le concede el plazo de cinco días a efecto de que cumpla con pagar y adjuntar el recibo por el pago de la tasa judicial

Registro Nº 632-2015-0 CONFIRMA la Sentencia número ciento ochenta y cinco-dos mil dieciséis de fecha dieciocho de marzo del dos mil dieciséis de foja ciento setenta a ciento setenta y nueve, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1235-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

CONFIRMA la Resolución N° 24 del 18 de enero del 2016, de foja 45 y siguientes, en el extremo que resuelve: 1) Imponer multa equivalente a una unidad de referencia procesal al señor Jorge Luis Choque Mamani, Gerente Regional de Educación de Arequipa. AUTO DE VISTA Nº 442-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 978-2011-80 CONFIRMA la Resolución N° 27 del 05 de julio del 2016, de foja 76, en el extremo que resuelve: Imponer multa equivalente a una unidad de referencia procesal al señor Guido Alfredo Rospigliosi Galindo, Gerente Regional de Educación de Arequipa.

ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-675-T Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1571-2012-0 RESOLVEMOS: Admitir como medio de prueba de oficio los informes que deben remitir las ex empleadoras del demandante en el que indiquen cuáles eran las funciones que desempeñaba el demandante en su puesto de trabajo, así como, cuáles eran las condiciones inherentes al propio lugar de trabajo, durante el periodo que el actor laboró para cada una de ellas, descrito en el precedente numeral 5, dentro de los cinco días de notificados, bajo apercibimiento

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La República

de multa; a cuyo efecto Secretaria de Sala debe cursar los oficios correspondientes conforme lo expuesto en la presente. Ordenamos que una vez obren en autos los informes correspondientes, reingresen los autos a Despacho para resolver. ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS RELATORA JUEZ SUPERIOR 14 DE JULIO DEL 2017

SENTENCIA DE VISTA Nº 1237-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3036-2013-0 CONFIRMA la Sentencia N° 338-2016 de fecha 9 de mayo de 2016, folios 142 a 147, que falla declarando Infundada la demanda interpuesta por Luis Honorio Cuadros Cervantes en contra de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, con todo lo demás que la contiene. Disponemos se devuelva el expediente al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1238-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1994-2016-0 CONFIRMA la Sentencia N° 813-2016-4JET de fecha 11 de agosto del 2016 de folios 33 a 37, que falla declarando Fundada la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Gladyz Luisa Calapuja Turpo en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con lo demás que lo contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1239-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1274-2016-0 DECLARA NULA la Sentencia N° 467-20166JET de fecha 19 de mayo del 2016 de folios 62 a 77, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Frida Julia Abril Pinto en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur; y DISPONEMOS que el señor Juez de Primera Instancia emita nueva sentencia atendiendo a lo expuesto en la presente. ORDENAMOS: se devuelva el Expediente al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1240-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4692-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1188-2015-4JET de fecha 24 de diciembre del 2015 de folios 59 a 72, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Adriana Lorenza Zevallos Butrón en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1241-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3904-2016-0 CONFIRMA la Sentencia N° 721-2016 de fecha 16 de agosto de 2016, fojas 53 a 59, que falla declarando fundada la demanda

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1242-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1338-2015-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 129-20166JET, de fecha 18 de marzo del 2016, de foja 192 a 200, en el extremo que declara improcedente la demanda. SENTENCIA DE VISTA Nº 1243-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 6879-2015-0 REVOCA la Sentencia 533-2016, del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, de folios cuarenta y cinco a cincuenta y uno, que declara infundada la demanda; REFORMANDOLA, se declara FUNDADA en parte la demanda; en consecuencia, ORDENARON que la demandada expida nueva resolución que otorgue el referido incremento del 10%, en favor de la parte demandante, conforme lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Ley 25981 a partir del 01 de enero de 1993 hasta el 23 de diciembre del 2012; y de la misma forma, se calcule los intereses legales generados con arreglo al artículo 1242° y siguientes del Código Civil, esto es el interés simple fijado por el Banco Central de Reserva, sin que ello implique capitalización de intereses, desde la fecha de su incumplimiento hasta el pago total del monto que genere el reajuste; montos que deberán ser presupuestados conforme a lo dispuesto por el artículo 47° del TUO de la ley 27584 para su pago; e INFUNDADA respecto a la pretensión de integración a la pensión de cesantía. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1244-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2941-2016-0 CONFIRMA la Sentencia Nro. 734-2016 del 21 de setiembre del 2016, de foja 56 a 66, que declara infundada la demanda interpuesta por Gerber Sergio Pérez Postigo, en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1245-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 6126-2015-0 CONFIRMA la sentencia veintitrés -dos mil dieciséis, expedida el veintiocho de enero del dos mil dieciséis, en folios cincuenta y cinco y siguientes, que declara infundada la demanda. SENTENCIA DE VISTA Nº 1246-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 3247-2016-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1021-2016-6JET, del veintiséis de septiembre de dos mil dieciséis, de folio 47 a 60, que declara fundada en parte la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Juan Manuel Miranda Manrique en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa. SENTENCIA DE VISTA Nº 1248-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

quipa, con emplazamiento del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa. Y los devolvemos a su juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1253-2017-2SL

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS RELATORA JUEZ SUPERIOR

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

17 DE JULIO DEL 2017

SENTENCIA DE VISTA Nº 1249-2017-2SL CONFIRMA la Sentencia seiscientos ochenta y nueve –dos mil dieciséis, del ocho de septiembre de dos mil dieciséis, de folio 71 a 87, que declara fundada en parte la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Juana Edelmira Begazo Rivera en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa. Y los devolvemos a su juzgado de origen. AUTO DE VISTA Nº 443-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3140-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 0234-20164JET T, del dieciocho de abril de dos mil dieciséis, de folio ciento ocho a ciento trece, que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. SENTENCIA DE VISTA Nº 1250-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 1338-2015-0

Registro Nº 5972-2015-0

CONFIRMA la Resolución Nro. 04, de fecha catorce de marzo del dos mil dieciséis, en el extremo que resuelve: 1) Declarar Infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante. AUTO DE VISTA Nº 444-2017-2SL

REVOCA la sentencia treinta y ocho - dos mil dieciséis, del veintinueve de enero del dos mil dieciséis, de folios cuarenta y siete a cincuenta y tres, que declara INFUNDADA la demanda; Reformándola, Se Declara FUNDADA la misma, Disponiendo que la parte demandada, en el plazo de quince días, proceda a emitir resolución reconociendo, calculando y ordenando el pago del incremento remunerativo correspondiente al 10% de la parte del haber mensual que a enero de 1993 está afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) a partir de dicho mes en adelante, con los respectivos intereses legales conforme lo dispuesto en la parte considerativa de la presente. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1251-2017-2SL

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 3786-2014-0 CONFIRMA la Resolución N° 17 del 29 de abril del 2016, que obra de folios 145 a 147, que resuelve: a) Declarar la nulidad de todo lo actuado; b) Declarar Improcedente la demanda interpuesta por David Héctor Durand Amézquita en la vía del proceso contencioso administrativo en materia laboral, con todo lo demás que contiene. Disponemos la devolución del expediente al Juzgado de origen. AUTO DE VISTA Nº 445-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 1047-2017-0 ANULA la Resolución uno, del tres de febrero del dos mil diecisiete, de folio cincuenta y tres a cincuenta y cuatro, que declara la incompetencia del órgano jurisdiccional para conocer la demanda, debiendo continuar con el trámite de la causa conforme a su estado. AUTO DE VISTA Nº 446-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 4122-2015-0

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

tensión de reajuste las bonificaciones establecidas por los D.U. N° 090-96, 073 97 y 011-99 y que no corresponde modificar la base de cálculo de las mismas retroactivamente. Con lo demás que contiene.

Registro Nº 4371-2016-0

Registro Nº 5543-2011-0

REVOCA la Sentencia N° 1159-2015-3JT, del veintiuno de diciembre de dos mil quince, de folio noventa y seis a ciento cuatro, que declara fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por Zaida Belinda Herrera Luna en contra del Hospital Regional Honorio Delgado Espinoza de Arequipa, con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa, y REVOCÁNDOLA, declaramos FUNDADA la demanda en todos sus extremos, por los fundamentos expuestos en la presente. SENTENCIA DE VISTA Nº 1247-2017-2SL

Jueves, 9 de agosto del 2018

CONFIRMA la Resolución cincuenta y cinco, del diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis, de folio trescientos ochenta y dos y siguientes, en el extremo apelado que declara que la ONP ha cumplido con determinar y pagar los intereses legales ordenado en la sentencia, dando por concluido el proceso, disponer su archivo, con lo demás que contiene y es materia de grado. AT-674-T

Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4320-2015-0 REVOCA la Sentencia ciento catorce- dos mil quince, del veintiocho de diciembre del dos mil quince, de folios treinta y nueve a cuarenta y cinco, que declara INFUNDADA la demanda; Reformándola, Se Declara FUNDADA la demanda Disponiendo que la parte demandada, proceda a emitir resolución reconociendo, calculando y ordenando el pago del incremento remunerativo correspondiente al 10% de la parte del haber mensual que al mes de enero de 1993 está afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) a partir del 1 de enero de 1993 hasta el 23 de diciembre del 2012 y de la misma forma, conforme a lo solicitado, se calcule los intereses legales generados con arreglo al artículo 1242° y siguientes del Código Civil, esto es el interés simple fijado por el Banco Central de Reserva, sin que ello implique capitalización de intereses, desde la fecha de su incumplimiento hasta el pago total del monto que genere el reajuste. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA Nº 1252-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 4764-2015-0 INTEGRA la sentencia trescientos treinta y uno –dos mil dieciséis, del veintiséis de mayo del dos mil dieciséis, de folio sesenta y nueve y siguientes, correspondiendo emitir pronunciamiento en relación a la pretensión principal, cual es la nulidad total del acto administrativo contenido en las notificaciones de fechas 07 y 26 de noviembre del 2014 expedidas frente a los requerimientos efectuados por de demandante, las que se declaran NULAS en su totalidad. CONFIRMA la sentencia trescientos treinta y uno –dos mil dieciséis, en el extremo apelado que declara fundada en parte la demanda; en consecuencia, declara la nulidad total del acto administrativo contenido en las notificaciones de fechas 7 y 26 de noviembre del 2014, en cuanto deniega un nuevo cálculo de la pensión incluyendo el incremento por cónyuge, ordena al Jefe de la Oficina de Normalización Previsional o quien haga sus veces emita nueva resolución un nuevo cálculo de la pensión incluyendo el incremento por cónyuge según su pensión inicial, así como el pago de devengados e intereses legales. SENTENCIA DE VISTA Nº 1254-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 5698-2016-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1080-20164JET de fecha 7 de octubre de 2016, folios 40 a 48, que falla declarando fundada en parte la demanda interpuesta por Ana Judith Calderón de Romero, con la precisión que el incremento salarial debe realizarse desde el 1 de enero de 1993 hasta el 23 de diciembre de 2012, conforme lo expuesto precedentemente, con lo demás que la contiene y es materia de grado. Sin costas ni costos. DISPONEMOS se devuelva el presente Expediente al Juzgado de Origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1255-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 4192-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 142-2015 de fecha 29 de diciembre de 2015, fojas 60 a 65, que falla declarando infundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Ceny Sonia Cárdenas Muñoz, con todo lo demás que la contiene y es materia de grado. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1256-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 634-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 1183-2015-4JET de fecha 30 de octubre de 2015, folios 93 a 99, que falla declarando infundada la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. ORDENAMOS se devuelva el Expediente al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA Nº 1257-2017-2SL Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas

Registro Nº 2452-2016-0 Con los señores del Carpio B., Luna Regal e Irrazábal Salas Registro Nº 2519-2016-0 RESOLVEMOS: ACLARAR la Sentencia de Vista 799 fecha 23 de mayo del 2017, en el sentido que no resulta amparable la pre-

Registro Nº 2434-2015-0 CONFIRMA la Sentencia N° 365-2016-6JET, del veinte de junio de dos mil dieciséis, de folio treinta y nueve a cuarenta y seis, que declara fundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Adomila Olinda Durand de Valdivia en contra de la Gerencia Regional de Educación de Are-

CONFIRMA la Sentencia N° 438-2016-2JET T de fecha 4 de mayo de 2016, folios 435 a 443, que falla declarando fundada la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS se devuelva el presente Expediente al

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