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ROSAS, JOSE ROSAS MORON, NAZARIO TEDDY VARGAS. ECHEGARAY Y .... por NESTOR BAUTISTA CANAZA, en contra de ROSENDO. TITO GONZA ...
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Martes, 6 de octubre del 2015

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Martes, 6 de octubre del 2015

EDICTOS EDICTO En el expediente Nº 344-2014, que sobre Prescripción Adquisitiva de dominio sigue don Zoilo Juan Valdivia López y Angélica Edana Portugal Muñoz de Valdivia, en contra de Ángel Alarcón Morisaki y otros, por ante el Tercer Juzgado Mixto del MBJ de Paucarpata, Esp. Legal Dra. Tito Mollepaza; Juez Dr. Talavera Zapana, el señor Juez ha dispuesto se publique un extracto de la Resolución N9 04-2014, su fecha 01AGO2014, por lo que se procede en tal sentido: “DE OFICIO: VISTOS; y, CONSIDERANDO: TERCERO.- Que en el caso de autos, se procedió a admitir la presente demanda de Prescripción Adquisitiva , en contra de Ángel Alarcón Morisaki, respecto del predio rústico denominado “El Palomar” o “Irrigación Characato” con Unidad Catastral 32449, con un área de 2.4347 Has.; inmueble que no se encuentra inscrito en la Oficina Registral de los Registros Públicos de Arequipa. CUARTO.- Se advierte que, en la presente causa se ha incluido como demandado al señor Ángel Alarcón Morisaki, quien fuera hijo de don Manuel Alarcón Chacón, y que es colindante de dicho predio por el lado norte, de lo que se desprende que se deberá de tener a dicha parte como emplazado y no como demandado; ya que dicho predio no se encuentra inscrito en el ente Registral; recayendo toda titularidad pasiva respecto del proceso en cuestión en la GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DE AREQUIPA, A EFECTO DE QUE HAGA VALER SU DERECHO CORRESPONDIENTE. QUINTO.- En consecuencia, habiéndose vulnerado los principios que inspiran un debido proceso, es deber del presente juzgador retrotraer las cosas al estado de anomalía de los actos procesales acusados en autos. SEXTO: Por tanto. SE RESUELVE Declarar la NULIDAD parcial de la resolución N9 02-2014, de fecha 20 de mayo del año en curso, la misma que obra a fojas cincuenta y ocho, en cuanto se tiene por demandado al señor Ángel Alarcón Morisaki. SE DISPONE: 1) Incorporar únicamente como parte demandada del proceso a la GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DE AREQUIPA, confiriéndole traslado por el plazo de diez días para que conteste la presente demanda. DEBIENDO de tener como emplazados a: ANGEL ALARCÓN MORISAKI, ASENTAMIEMTO HUMANO GUSTAVO MOHME LLONA, WERTHING HERRERA ROSADO, GUILLERMO HERRERA ALARCÓN Y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHARACATO. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequipa, 28 de septiembre del 2015. Percy Aldo Tejada Ascuña. Abogado. C.A.A. Mat. 1672. PERCY A. TEJADA ASCUÑA – ABOGADO. (30 SET, 06, 13 OCT) B/Nº 031-33397 EDICTO En el expediente 02701-2015-0-0411-JR-FC-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Familia- sede Jacobo Hunter, que despacha el Juez Roberto Soncco Valencia, con el Especialista Legal Román Vargas Moran, se ha expedido la Resolución Nro. 02 de fecha catorce de agosto del dos mil quince, que RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso de conocimiento, la demanda interpuesta por LOURDES CHAÑI QUISPE, debidamente representada por su apoderado Carlos Mamani Jove, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO con quien en vida fuera don RICARDO ANGEL TUBILLAS RETAMOZO, en contra de SUS PRESUNTOS HEREDEROS y AQUELLOS QUE PUDIERAN TENER ALGUN DERECHO QUE OPONER EN EL PRESENTE PROCESO, concediéndoseles a los demandados el plazo de treinta días hábiles para que absuelva la demanda; téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados y agregúese a sus antecedentes los documentos adjuntos. SE DISPONE: Y a gestión de parte demandante, NOTIFICAR por EDICTOS de conformidad con los artículos 165,167 y 168 del Código Procesal Civil, a los demandados: Presuntos Herederos y Aquellos que pudieran tener algún derecho que oponer en el presente proceso para que dentro del plazo de SESENTA DÍAS de notificados cumpla con apersonarse al proceso y hagan valer su derecho de contradicción de ser el caso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Arequipa, 25 setiembre del 2015. CARLOS MAMANI JOVE – ABOGADO. (30 SET, 06-13 OCT). B/Nº 031-33403 EDICTO.Expediente N° 1409-2013-0-0401-JR-CI-05.- Seguido ante el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, a cargo de la Especialista Legal Dra. Melissa Llerena, el juzgado ha dispuesto notificar mediante EDICTOS lo siguiente. En la demanda sobre Otorgamiento de Escritura Pública.- Se Resuelve: ADMITIR a trámite la demanda sobre Otorgamiento de Escrita Pública interpuesta por JULIO

HERNAN, MANUEL ELIBAN y CLAUDIO ALEJANDRO DÍAZ DE LA BORDA en contra de la SUCESION de MANUEL GUSTAVO DIAZ DE LA BORDA conformada por CINTHIA PAMELA, MANUEL CLAUDIO, ALEJANDRO GUSTAVO y MARUCCIA GEMA DÍAZ VALENZUELA a quienes deberá de notificarse mediante edictos, para que dentro del plazo de ley puedan absolver el traslado de dicha demanda tramitada en la Via del proceso SUMARISIMO y asi dicha sucesión haga valer su derecho con arreglo a ley, bajo apercibimiento y en caso de no absolver dicha acción nombrarse curador procesal. Arequipa 18 de septiembre de 2015. RONALD H. DÍAZ ZEGARRA – ABOGADO. (0609-13 octubre) B/Nº 031-33276 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE 02189-2013-0-2001-JP-FC-03.Tercer Juzgado de Paz Letrado-Piura que despacha e1 Sr. Juez RAUL MARTIN ALVAREZ GARCIA, Secretaria Judicial que autoriza e1 presente proceso, por Resolución Nº UNO del 15-01-2014, se ADMITE A TRAMITE VIA ESPECIAL, LA DEMANDA DE FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y acumulativamente ALIMENTOS, interpuesta por CARMEN ROSA REYES AGUINAGA, en representación de su menor hija María José Jiménez Reyes, contra FELIPE ARTURO JIMENEZ GARCIA; por ofrecidos los medios probatorios, CORRASE TRASLADO al demandado FELIPE ARTURO JIMENEZ GARCIA, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES se apersone al proceso y en su caso formule oposición, bajo apercibimiento de declararse judicialmente la paternidad de la menor Maria Jose Jiménez Reyes; asi como conteste la pretensión de alimentos, sujetándose a lo dispuesto en e1 articulo 565º del Codigo Procesal Civil. Piura, 02 de Julio del 2015. MARIA ROSA CRUZ TAVARA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PIURA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PIURA. (05-06-07 octubre ) EDICTO JUDICIAL EL SEÑOR JUEZ CARLOS POLANCO GUTIÉRREZ DEL SÉPTIMO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL SANDRA CCALLO CUEVAS, EN EL EXPEDIENTE N° 6093-2014, HA EXPEDIDO LA RESOLUCIÓN NRO. 01 DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2014: POR LA QUE SE RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, INTERPUESTA POR DON JUAN RICARDO GUZMÁN LLONTOP Y SUSANA GUZMAN LLONTOP EN CONTRA DE 1) EDWIN DEXTRE GUILLEN SALINAS, 2) ROSE MARIE GUILLEN SALINAS, 3) SILVA VIRGIE GUILLEN SALINAS, 4) DONNY GUILLEN SALINAS, 5) JOSÉ LUIS VICENTE RAFAEL VELASCO SALINAS, 6) JULIA ELENA SALINAS CONCHA DE BELZOLD, 7) AMPARO ANTONIETA VICENTA VELAZCO SALINAS, 8) SARA ENCARNACIÓN VELAZCO SALINAS, 9) FEDERICO GONZALO PABLO VELAZCO SALINAS, 10) FRANCISCO JAVIER DEMETRIO RICARDO VELAZCO SALINAS Y 11) JOSÉ LUIS VICENTE RAFAEL VELAZCO SALINAS, CON EMPLAZAMIENTO DE LOS COLINDANTES EVELYN OCCOLA MURILLO, LOURDES PRESBÍTERO DE PÉREZ, Y GUILLERMO MANRIQUE; EN VÍA DE PROCESO ABREVIADO; TRASLADO A LOS DEMANDADOS POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS PARA SU ABSOLUCIÓN, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROPATORLOS, AGREGÚESE A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS. SE DISPONE: LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA PRESENTE SOLICITUD POR TRES VECES CONFORME A LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 506 CÓDIGO PROCESAL CIVIL, A GESTIÓN Y COSTO DE LA PARTE SOLICITANTE. LA DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO RECAE SOBRE EL PREDIO UPICAOO EN CALLE LUNA PIZARRA N° 505, VALLECITO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; CON LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE: CON LA CALLE FRANCISCO JAVIER LUNA PIZARRA, CON UNA LÍNEA RECTA DE 9.11 MI.; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON LA PROPIEDAD DE EVELIN OCCOLA MURILLO, CON UNA LÍNEA RECTA DE 17.22 MI.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON LA PROPIEDAD DE LOURDES PRESBÍTERO DE PÉREZ, CON UNA LÍNEA RECTA DE 17.12 MI.; POR EL FONDO: CON PROPIEDAD DE GUILLERMO MANRIQUE, CON UNA LÍNEA RECTA DE 9.11 MI. CON UN ÁREA DE 156.33 M2 Y PERÍMETRO DE 52.55 MI., EL MISMO QUE FORMA PARTE DEL INMUEBLE INSCRITO EN LA FICHA N° 107853, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA. (17-30 SET, 06 OCT) B/Nº 031-33132. EDICTO ELSA HOLGADO DE CARPIO, NOTARIA, CON OFICIO EN CALLE SAN JOSÉ 313-A, CERCADO DE AREQUIPA, DE

CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 165, 167 Y 168 DEL C.P.C., LEY 27157 Y SU REGLAMENTO; SE NOTIFICA A: LOS POSIBLES HEREDEROS DE QUIEN VIDA FUERA HENRY JOSÉ SALAS ZEGARRA; AL HABERSE PRESENTADO NICASIO SOTO QUISPE Y SEVERINA TINTA DE SOTO, SOLICITADO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PRIMER SIGNADO COMO MANZANA A LT 7 COOPERATIVA DE VIVIENDA JUDICIAL, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON AREA DE 468 M2 (CUATROCIENTOS SESENTIOCHO METROS CUADRADOS), INSCRITO EN LA PARTIDA 01138364 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII – SEDE AREQUIPA LO QUE SE NOTIFICA PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES. AREQUIPA, 25 DE SETIEMBRE DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA – ABOGADA C.N.A. Nº24. (30 SET, 06.13 OCT) B/Nº 031-33378 EDICTO El Señor Magistrado del Juzgado Civil de Camaná, Dr. Zenón Luque Céspedes en el Expediente N° 00178-2007-0-0402-JP-CI-01 seguido por Carlos Elias Neira Neira, en contra de Juan Crisostomo Anco Huamani y otros, sobre Nulidad del Acto Jurídico; se dispuso la notificación por edictos de los sucesores procesales del que en vida fue VICTOR MANUEL ANCO HUAMANI; con la resolución siguiente.- RESOLUCION N° 72 de fecha veintiocho de agosto del dos mil quince; RESUELVO: A) DECLARAR la nulidad parcial de la cédula de notificación obrante a fojas setecientos cincuenta y uno en el extremo del acto de notificación a Víctor Manuel Anco Huamani con la resolución numero cuarenta y cinco, dejándose subsistente la notificación a las demás partes con la misma cédula de notificación, y la NULIDAD de la resolución numero cincuenta y cinco y sus respectivas cédulas de notificación obrantes a fojas ochocientos cincuenta a ochocientos sesenta y uno y lo relacionado a esta resolución, a efecto de no transgredir el derecho de defensa de los sucesores procesales del referido fallecido; B) DECLARAR la suspensión del proceso por el termino de treinta días a fin de que salgan a juicio los sucesores procesales del que en vida fue VICTOR MANUEL ANCO HUAMANI, bajo apercibimiento de designarse curador procesal que lo represente y disponerse la prosecución del proceso en caso de incumplimiento. Fdo.- Dr. Zenón Luque Céspedes Juez del Juzgado Civil de Camaná por disposición del Superior - Fdo.- Dra. Aida Betty Mamani Choquechambi - Especialista Legal.- CAMANÁ 29 DE SETIEMBRE DEL 2015. (05-06-07 octubre) B/Nº 031-33459. EDICTO JUDICIAL Por ante el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Juez Ronald Valencia de Romaña, especialista legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo Jaén, en el Expediente 01180-2015-0-0401-JR-CI-05; se ha dispuesto emplazar mediante edictos a los demandados Candelaria Lozada Barreda, Jesús Lozada Barreda de Postigo, Máximo Benigno Lozada Barreda, Olga María Concepción Lozada Barreda de Paredes, Jesús Angélica Lozada Barreda de Postigo, Ruperta Segunda Gliceria Lozada Barreda de Recabarren, María Adelina Candelaria Lozada Barreda de Zeballos, Rosa Venicia Lozada Barreda de Delgado, Sucesión hereditaria de Juan Tomás Trinidad Lozada Barreda, Sucesión Hereditaria de Julia Elena Lozada Barreda de Burga; con la resolución N° 02 auto admisorio de demanda, a efecto de que comparezcan al proceso dentro del término de ley, en la demanda interpuesta por Víctor Aragón Bedoya y Elba Ruperta Peñarrieta Valenzuela de Aragón, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Arequipa, 25 de setiembre de 2015. YERALDO A. CAMPOS CORNEJO SECRETARIO JUDICIAL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. (05-06-07 octubre) B/ Nº 031-33485. EDICTO En el Expediente No. 7870-2014-0-0401-JR-CI-04, sigue Mi Banco -Banco de la Microempresa S.A en contra de MARCIAL PABLO JIMENEZ AVILES Y GLORIA ANGELICA COLQUE LOAYZA, sobre obligación de dar suma de dinero ; ante el Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Especialista Legal Dr. Sachi Yoana Curo Umeres ; el señor Juez Dr. Justo Andrés Quispe Apaza ha resuelto lo siguiente: Resolución No. 02, Arequipa, quince de abril del dos mil quince, SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda, en la vía del proceso único de ejecución, la demanda sobre obligación de dar suma de dinero interpuesta por MI BANCO .S.A , debidamente representado por su apoderada Lizbeth Huacac Carpio ,en contra de GLORIA ANGELICA COLQUE LOAYZA Y MARCIAL PABLO

JIMENEZ AVILES , para que en el plazo de CINCO días cumpla con pagar a favor de la ejecutante la suma de CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 81/100 NUEVOS SOLES ( S/. 52 949.81), más intereses compensatorios, costos y costas del proceso bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada, téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados .Resolución Nº. 272015 Arequipa dos quince , agosto veinte . Se Dispone: la notificación vía edictos con la demanda, anexos y demás recaudos a los demandados Gloria Angélica Colque Loayza y Marcial Pablo Jiménez Aviles . Resolución No. 05-2015 .Se resuelve : Corregir la Resolución 27 , solo en cuanto al número de la misma debiendo quedar como resolución Nro. 4-2015 dejando subsistente en lo demás que contiene. Arequipa 01 de Octubre del 2015. SACHI Y. CURO UMERES SECRETARIO JUDICIAL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. (05-06-07 octubre) B/ Nº 031-33507.

REMATES PRIMER REMATE En el expediente Nro. 00050-1998-0-0407-JR-CI-01, sobre Indemnización, en los seguidos por Almonte Gutiérrez José Fredy, contra Alvaro Jesús Manrique Villanueva y otros, el señor Juez del Juzgado Civil Islay-Mollendo, Dr. Javier Pedro Marín Andia Especialista Legal, Dra. Chapilliquen Tason Jenifer, ha facultado al martillero público Ing. Miguel Jiménez Mostajo, quien ha señalado para el 14 de Octubre del 2015 a horas 11:30 en la Sala de Espera de Juzgado, ubicado en la Calle Comercio Nro. 771, distrito de Moliendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa la realización del Primer Remate del bien inmueble ubicado en La Irrigación Ensenada-Mejía-Mollendo, cuyo Lote es el 2-22, rubro C, asiento 002, inscrito en la Partida Nro. 00080431 del Registro de Predios de la Zona Registra! XIISUNARP, Sede Arequipa. TASACIÓN: U.S $10,833.33, BASE U.S. $ 7,222.22 para ser postor depositar no menos del 10% del valor de la tasación U.S. $ 1,83333 además del arancel judicial correspondiente el cual debe de constar el DNI del postor, el número del expediente y el juzgado. GRAVÁMENES: Asiento D001: Un embargo definitivo inscrito en el asiento Nº 03, tomo 273, Pag. 44, mandato del Sr. Juez Dr. Galdos Larru expedido por Resolución de 18-4-68, Secre. T. Benavente en el juicio que por cobro de S/. 310.000 sigue el Banco del Sur del Perú en contra de don Antonio J. Nicoli. Asiento D002: Una hipoteca preventiva inscrita en el asiento 2, tomo 167, pág. 333, constituida por don Antonio J. Nicoli a favor del Banco de Fomento Agropecuario del Perú, por SI. 400.000.00 escri. De 21-10-68. Not. Dr. Eduardo Benavides B. Asiento D003: Un contrato de arrendamiento inscrito en el asiento Nº 1, tomo 167, pág. 333, constituido por don Antonio J. Nicoli H. a favor de don Víctor Manrique Núñez, plazo de 6 años y la merced conductiva anual de SI. 35,000.00, documento de 04-09-58, de conformidad con la Legislación del Banco de Fomento Agropecuario del Perú y mandato del Sr. Juez Dr. Reynoso, decreto de 11-11-58, Secr. J. Tapia. Asiento D004: Embargo en forma de inscripción, mediante Resolución Judicial N°50-98 de fecha 10 de febrero del 2005, expedida por la Dra. María Concha Garibay, Jueza Especializada en lo Civil de Islay, asistida por el Secretario Adán Lacunza A. en el proceso que sobre daños y perjuicios sigue José Fredy Almonte Gutiérrez, en contra de Albaro Jesús Manrique Villanueva, hasta por la suma de S/. 70,000.00 que es referente al presente remate. La comisión de martillero público y el pago del I. G. V serán cancelados por el adjudicatario inmediatamente culminado el acto del remate de acuerdo a la escala de comisiones determinado por el Art. 18 del Decreto Supremo Nro.008-2005-JUS y están afectos al IGV. Especialista Legal. Dra. Chapilliquen Tason Jenifer, Ing. Miguel Jiménez Mostajo, Martillero) Publico Reg. 080. Teléfono 959018606 RPM#892077. (29-30 SET. Y 01.02.05.06 OCT.) B/Nº 031-33415 PRIMER REMATE PÚBLICO En el Expediente N° 012-2011, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, que sigue ELEUTERIO FELIPE CASTAÑEDA VILLARROEL en contra EUSEBIA SANCHEZ DE CAMPANA Y OTROS, el señor Juez de Paz Letrado de Acari Dra. Verónica Huaycho Anco con intervención del Especialista legal Carlos Benites Machuca ha convocado para el primer Remate Público del predio rustico denominado Chocavento parcela N° 59 con un área de 5.40 Has., cuyos linderos y medidas perimétricas aparecen en la ficha Registral 61203, del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa, ubicado en el sector Chocavento del distrito

de Acari de la provincia de Caraveli del departamento de Arequipa; TASACION= 178,200.00 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NUEVOS SOLES), PRECIO BASE: S/. 17.800.00 Nuevos Soles, REQUISITO PARA SER POSTOR: Los postores obrarán en efectivo o cheque de gerencia a su nombre el 10% de la tasación es decir S/. 17,800.00 Nuevos Soles, además del arancel judicial respectivo consignado el Juzgado, DNI. Del postor y número de Expediente, LUGAR FECHA Y HORA DEL REMATE; El remate se llevará a cabo por el Juez de la causa, en el Juzgado de Paz Letrado de Acari, ubicado en la plaza de armas de Acari, el día doce de octubre del 2015 a horas 12 del día.- Acari, 24 de octubre del 2015. Carlos Benites Machuca Secretario Judicial Letrado. (29.30 SET. Y 01.02.05.06 OCT.). B/Nº 031-33416 PRIMER REMATE EN EL EXPEDIENTE 2994-2012 SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS QUE SIGUE ANA CECILIA BEDREGAL MOSTAJO EN CONTRA DE GUSTAVO MARIO ROSAS ALCAZAR POR ANTE EL SETIMO JUZGADO CILVIL DE AREQUIPA QUE DESPACHA EL SR. JUEZ DR. CARLOS ENRIQUE POLANCO GUTIERREZ Y COMO ESPECIALISTA LEGAL DRA. GLENDA CARDENAS ENCHUÑA EL MARTILLERO PUBLICO QUE SUSCRIBE DELYON GUILLERMO PORTILLA MIRANDA REMATARA EL DIA 19 DE OCTUBRE DE 2015 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA EN LA SALA DE REMATES UBICADO EN EL SOTANO DEL PODER JUDICIAL DE AREQUIPA SITO EN LA CALLE SIGLO XX S/N EL 50% DE LOS DERECHOS SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA P, LOTE 3 URB. LOS LAURELES DEL DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO DEPARTAMENTO DE AREQUIPA INSCRITO EN LA PARTIDA NUMERO 01084456 DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE AREQUIPA ANTES DE GUSTAVO MARIO ROSAS ALCAZAR, HOY PROPIEDAD DE CAMILA ROSAS GOYZUETA EN MERITO A LA COMPRA VENTA DE DERECHOS CELEBRADA CON FECHA 30 DE JUNIO DEL 2014 ANTE EL DR. NOTARIO FERNANDO BEGAZO DELGADO, VALOR DE TASACION DE LOS DERECHOS $.30,000.00 (TREINTA MIL DOLARES AMERICANOS ) PRECIO BASE DE REMATE $.20,000.00 (VEINTE MIL DOLARES AMERICANOS) AFECTACIONES 1)HIPOTECA CONSTITUIDA POR SUS PROPIETARIO A FAVOR DE ANA CECILIA BEDREGAL MOSTAJO HASTA POR EL MONTO DE $ 30 000.00 DOLARES AMERICANOS MARTILLERO PUBLICO DELYON GUILLERMO PORTILLA MIRANDA REG 153 ESPECIALISTA LEGAL LA DRA. GLENDA CARDENAS ENCHUÑA AREQUIPA 01 DE OCTUBRE DE 2015. DELYON GUILLERMO PORTILLA MIRANDA MARTILLERO PUBLICO. (05-06-07-09-12-13 octubre) B/Nº 031-33501. PRIMER REMATE. EN EL PROCESO Nº 01779-2013-0-0411-JM-CI-01, SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO INCASUR S.A. EN CONTRA DE BETTY ROXANA QUISPE HUACANI DE HUERTAS, DE EDWIN EDIN HUERTAS SANTILLANA Y CON INTERVENCION DEL BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK; EL SEÑOR MARTILLERO PUBLICO JORGE ARTURO MANRIQUE LEWIS CON REGISTRO NÚMERO 277, POR ORDEN DE LA SEÑORA JUEZA DEL JUZGADO CIVIL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JACOBO HUNTER – AREQUIPA, SILVIA ELIZABETH SANDOVAL CORIMAYTA, ESPECIALISTA LEGAL ALDO JAVIER RODRIGUEZ HUANQUI, SE HA SEÑALADO PARA EL 23 DE OCTUBRE DEL 2015, A HORAS 10:00 A.M., COMO FECHA PARA LA REALIZACIÓN DEL PRIMER REMATE, QUE SE HA DE REALIZAR EN EL LOCAL DE REMATES JUDICIALES DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO BASICO DE JUSTICA DE JACOBO HUNTER, UBICADO EN CALLE BERLIN S/N, DEL DISTRITO DE JACOBO HUNTER DE AREQUIPA; DEL INMUEBLE UBICADO EN EL PUEBLO TRADICIONAL ALTO DEL MOLINO MANZANA A LOTE 16-A, DEL DISTRITO DE TIABAYA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; QUE TIENE UN ÁREA DE 330.19M2 (TRESCIENTOS TREINTA PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADROS), Y QUE SE ENCUENTRA ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS, POR EL FRENTE CON CALLE EL MOLINO 13.00ML; POR EL LADO DERECHO ENTRANDO CON EL LOTE 16 EN 25.50ML; POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO CON EL LOTE 16B EN 25.34ML Y POR EL FONDO CON ZONA ARQUEOLOGICA EN 13.00ML; ESTA PROPIEDAD SE ENCUENTRA INSCRITA EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO. P06175435 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE EDWIN EDIN HUERTAS SANTILLANA.- TASACIÓN: US$23,773.68; (VEINTITRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES Y 68/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: EQUIVALENTE A 2/3 DE LA TASACION: US$15,849.12 (QUINCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y

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NUEVE Y 12/100 DOLARES AMERICANOS); PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN igual a US$2,377.37 (DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 37/100 DOLARES AMERICANOS), MAS EL ARANCEL JUDICIAL CORRESPONDIENTE.-.- CARGAS Y GRAVÁMENES: 1.As. 00004. HIPOTECA A FAVOR DE LA DEMANDANTE POR LA SUMA DE US$21,396.31. 2. As. 00005 MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO POR LA SUMA DE S/.14,900.00 A FAVOR DEL BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ. NO SE CONOCEN OTROS GRAVÁMENES. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 732 DEL CODIGO CIVIL LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PUBLICO SERAN PAGADOS POR EL ADJUDICATARIO Y/O GANADOR, UNA VEZ CULMINADO EL ACTO DE REMATE. EN AREQUIPA, A LOS 24 DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015.-..- FIRMADO: ALDO RODRIGUEZ HUANQUI, ESPECIALISTA LEGAL, JUZGADO CIVIL, MODULO BASICO DE JUSTICIA DE HUNTER, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA.- JORGE MANRIQUE LEWIS, MARTILLERO PUBLICO, REGISTRO NRO. 277.-. ALDO RODRIGUEZ HUANQUI ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO CIVIL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE HUNTER. (05-06-07-09-12-13 octubre) B/Nº 031-33511. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO 06034-2009-0-0401-JR-CI-10.- En los seguidos por JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL SOTO contra MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, Expediente Nº 6034-2009, el 10º Juzgado Civil de Arequipa a cargo de la Jueza Dra. ZORAIDA JULIA SALAS FLORES, Secretaria Dra. CARLA VILLANUEVA ROSAS, se ha dispuesto sacar a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, los siguientes inmuebles: Item 1 Ubicado en la Mz V Sección Nro.07 Dpto. 204 Urb. Las Orquídeas Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº11140319 (antecedentes Partidas 11114974 y 11114975) de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 60,000.00 (sesenta mil con 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$. 40,000.00 (cuarenta mil con 00/100 dólares americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación). AFECTACIONES: - Asiento D00002 Hipoteca.- Constitución de garantía hipotecaria otorgada por su propietaria MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO hasta por la suma de US$ 60,000.00 dólares americanos a favor de JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL SOTO. Escritura Pública 15-06-2009 Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barreda. Asiento D00003 Anotación de Demanda Por Res.N°02 de fecha 05.11.2014 aclarada por Res. N°04 de fecha 26.01.2015 y corregida por Res. N°06 de fecha 16.06.2015 emitidas en el Exp. N° 06848-2014-0401-JR-CI-06 en el proceso de Nulidad de Hipoteca que sigue Jessica Chávez Yerba. La Jueza del Sexto Juzgado especializado en lo Civil de Arequipa Patricia Ruby Valdivia Franco Secretaria Judicial Coralia Ramos Coaguila ha resuelto: Constituir Medida Cautelar de Anotación de Demanda que recaerá sobre el predio inscrito en la presente partida. Título Presentado el 27/04/2015. DIA Y HORA DE REMATE El día 20 de Octubre del 2015 a las 10:00 horas.- Item 2 Ubicado en la Sección 03 de la Mz V Sección Dpto. 103 Urb. Las Orquídeas Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 11114975 (antecedentes Partidas 1119867 ficha Nº 95353) de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 60,000.00 (sesenta mil con 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$. 40,000.00 (cuarenta mil con 00/100 dólares americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación). AFECTACIONES: - Asiento D00003 Hipoteca.- Constitución de garantía hipotecaria otorgada por su propietaria MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO hasta por la suma de US$ 60,000.00 dólares americanos a favor de JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL SOTO con el objeto de garantizar una deuda de US$ 165,000.00 dólares americanos. Valorizado en la suma de US$ 60,000.00. Escritura Pública 15-06-2009 Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barreda. -Asiento D0004 Medida Cautelar de Anotación de Demanda.- Sobre el predio inscrito en esta partida por haberse dispuesto así en merito a la Resolución Admisoria Nº 01 de fecha 03/12/2009, Resolución Cautelar Nº 01-2009 de fecha 30/12/2009 y Resolución Nº 04 de fecha 16/04/2010 expedidas por el Juez del Quinto Juzgado Civil, Dr. Benny Alvares Quiñones sobre Nulidad de Acto Jurídico Exp. Nº 07553-2009-0401-JR-CI-09. Título presentado el 10/03/2010. DIA Y HORA DE REMATE: El día 20 de Octubre del 2015 a las 10:35 horas.- Item 3 Ubicado en la Mz V Sección N 09 Dpto. 206 Urb. Las Orquídeas Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº11140321 (antecedentes Partidas 11114974 y 11114975) de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 45,000.00 (cuarenta y cinco mil con 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$. 30,000.00 (treinta mil con 00/100 dólares americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación). AFECTACIONES: - Asiento D00002 Hipoteca.- Constitución de garantía hipotecaria otorgada por su propietaria MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO hasta por la suma de US$ 45,000.00 dólares americanos a favor de JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL SOTO con el objeto de garantizar una deuda de US$ 165,000.00 dólares americanos. Valorizado en la suma de US$ 45,000.00. Escritura Pública 15-06-2009 Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barreda. - Asiento D00003 Medida

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Cautelar de embargo en forma de inscripción en el proceso de Obligación de dar suma de dinero seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA que recaerá sobre los derechos expectaticios que le corresponden a MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 8,000.00. Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa Javier Talavera Ugarte, Especialista Legal Christian Pinto Rivera, mediante Resolución N° 02 de fecha 30/01/2013 Exp. N° 1170-2012-21-5-0401-JP-CI-01. Título presentado el 21/03/2013. Asiento D00004 Anotación de demanda de nulidad de acto jurídico y otros seguido por VICTOR MONTAÑEZ ZARATE en contra de MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO, HUGO FERNANDO CASTELO JARA Y JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL RES. JUDICIAL N° 02 del 18/11/2014 Juez del 2do Juzgado Civil del Módulo Corporativo Civil Dr. Edgar Pineda Gamarra Esp. Legal Dra. Miluska Saldaña Congona Exp. N° 06555-2014-82-0401-JR-CI-02. DIA Y HORA DE REMATE: El día 20 de Octubre del 2015 a las 11:05 horas.- Item 4 Ubicado en la Mz V Sección N 12 Dpto. 304 Urb. Las Orquídeas Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº11140322 (antecedentes Partidas 11114974 y 11114975) de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 45,000.00 (cuarenta y cinco mil con 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$. 30,000.00 (treinta mil con 00/100 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación). AFECTACIONES: -Asiento D00002 Hipoteca.Constitución de garantía hipotecaria otorgada por su propietaria MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO hasta por la suma de US$ 45,000.00 dólares americanos a favor de JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL SOTO con el objeto de garantizar una deuda de US$ 165,000.00 dólares americanos. Valorizado en la suma de US$ 45,000.00. Escritura Pública 15-06-2009 Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barreda. DIA Y HORA DE REMATE: El día 20 de Octubre del 2015 a las 11:35 horas.- Item 5 Ubicado en la Mz V Sección N 15 Dpto. 402 Urb. Las Orquídeas Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº11140324 (antecedentes Partidas 11114978) de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 37,500.00 (treinta y siete mil quinientos con 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$. 25,000.00 (veinticinco mil con 00/100 dólares americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación). AFECTACIONES: - Asiento D00003 Hipoteca.- Constitución de garantía hipotecaria otorgada por su propietaria MARIA LUISA INFANTE DEL CARPIO hasta por la suma de US$ 37,500.00 dólares americanos a favor de JACOBA JUANA ROSARIO ALDAZABAL SOTO con el objeto de garantizar una deuda de US$ 165,000.00 dólares americanos. Valorizado en la suma de US$ 37,500.00. Escritura Pública 15-06-2009 Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barreda. Asiento D00004 Anotación de demanda de nulidad de acto jurídico Por Res. N° 1 de fecha 03-11-2014 en el Exp. N° 06636-2014-63-0401-JR-CI-05 el Juez Dr. Elio Duval Vásquez Rodríguez del Quinto Juzgado Civil de Arequipa Esp. Legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo han resuelto constituir Medida Cautelar de anotación de demanda sobre el inmueble inscrito en esta partida a favor de MANUEL BERNABE LARICO CALLO. Título Presentado el 19/12/2014. DIA Y HORA DE REMATE: El día 20 de Octubre del 2015 a las 12:05 horas.- LUGAR DEL REMATE : En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en la Plaza España S/N esquina con Siglo XX del Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de las tasaciones de cada uno de los ítems, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; adjuntar Tasa Judicial de cada uno de los ítems, por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente.(traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Público al adjudicarse son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley y serán cancelados al concluir el remate- Gladys Castro Pérez Vargas - Martillero Público – Reg. N° 260. CARLA VILLANUEVA ROSAS ESPECIALISTA LEGAL DECIMO JUZGADO CIVIL , GLADYS CASTRO PEREZ VARGAS MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 260. (06-07-09-12-13-14 octubre) B/Nº 031-335.41.

RECTIFICACIONES RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Ursula Maque Flores, hija del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Isidoro Maque Condori, registrada en el Libro 14, foja 395 del Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción (Chivay) - Arquidiócesis de Arequipa, en la que no ha sido consignado su lugar de nacimiento; su fecha de nacimiento aparece como ‘seis días de nacido’; su nombre aparece como ‘Isidoro’. Pide que se haga las siguientes rectificaciones: “Nació en ‘Caylloma, Arequipa el 04 de abril de 1927’. Su nombre es ‘Isidro’. Debiendo la identidad del bautizado

figurar en lo sucesivo como ISIDRO MAQUE CONDORI”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 05 de octubre del 2015.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial -Arzobispado de Arequipa. (06-07-09 octubre) B/Nº 031-33547 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Noemi Sergia Alemán Valdivia, hija de la titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Josefa Justa Constansa Valdivia Montes, registrada en el Libro 40, foja 88 del Archivo de la Parroquia Santa Marta - Arquidiócesis de Arequipa, en la que no ha sido consignado su lugar de nacimiento; su fecha de nacimiento aparece como ‘once días de nacida’ su tercer nombre aparece como ‘Constansa’. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació en ‘Arequipa el 19 de febrero de 1899’. Su tercer nombre es ‘Constanza’. Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como JOSEFA JUSTA CONSTANZA VALDIVIA MONTES”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 05 de octubre del 2015.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (06-0709 octubre) B/Nº 031-33547. RECTIFICACION DE PARTIDA Ante esta Vicaria Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado don Fortunato Zevallos Jara, quien solicita por única vez la rectificación de la partida de bautismo Mario Jesús Zevallos Revilla, que está registrada en el libro 29, foja 102, del Archivo Parroquial de Santa Ana de Chuquibamba-Prelatura de Chuquibamba; en su partida aparece sus apellidos como: Zeballos Revilla. Pide que sea corregida de la siguiente manera: sus apellidos son: “ZEVALLOS REVILLA”; lo que se comunica a los interesados para los fines de Ley.- Camaná 05 de OCTUBRE del 2015.- Pbro Lic. Fermín Quispe Espinal, Vicario Judicial. (06-07-09 octubre) B/Nº 031-33547.

SUCESIONES SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO SE PRESENTO, MARIANO GUADALUPE QUISPE CHARAJA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE FRANCISCA QUISPE MAMANI DE QUISPE FALLECIDO EN FECHA 7 DE JULIO DE 2014 , SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN LA CIUDAD DE AREQUIPA, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDERO A MARIANO GUADALUPE QUISPE CHARAJA; LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN .- AREQUIPA 23 DE SETIEMBRE 2015.- HUGO J. CABALLERO LAURA.- NOTARIO DE AREQUIPA- COLEGIO DE NOTARIOS DE AREQUIPA. MAT 036. (06 octubre) B/Nº 031- 33385. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A CERCADO SE PRESENTO RAIMUNDO ACUÑA MAMANI SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU ESPOSA VALERIANA CURO FLORES DE ACUÑA; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 02 DE OCTUBRE DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA CNA Nº 24. (06 octubre) B/Nº 031-33509. SUCESION INTESTADA EXP. N° 00430- 2015.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA MIGUEL FRANCISCO SEMINARIO BECERRA, SOLICITANDO LA DE FANNY BECERRA RAYGADA DE SEMINARIO, FALLECIDA EL 24 DE JULIO DEL 2015, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA, 1 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (06 octubre) B/Nº 031-33508. SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTÓ, LUIS MAMANI ARPITA, CRISTINA RAYMUNDA MAMANI CAMERON Y DELIA GABRIELA MAMANI CAMERON SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE JULIANA CAMERON DE MAMANI FALLECIDO EN FECHA 15 DE AGOSTO DE 2015, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN LA CUIDAD DE AREQUIPA. A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDEROS A, LUIS MAMANI ARPITA, CRISTINA RAYMUNDA MAMANI CAMERON Y DELIA GABRIELA MAMANI CAMERON; LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA. 29 DE SETIEMBRE 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (06 octubre) B/Nº 03133487.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO N° 424, DISTRITO MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY,

Martes, 6 de octubre del 2015

AREQUIPA, SE PRESENTA DEMETRIA HUAMAN SALAS SOLICITANDO, LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN URBANIZACION MIRAMAR MANZANA R, LOTE 1, DISTRITO MOLLENDO, DE 254.90 M2 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON NOVENTA METROS CUADRADOS), INSCRITO EN LA PARTIDA N° P06209197 DEL REGISTRO DE PREDIOS, CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: FRENTE: AVENIDA INDEPENDENCIA, LINEA DE 10.21ML, FONDO: LOTE 16 (AREA VERDE), LINEA DE 10.31ML, IZQUIERDA: LOTE 2, LINEA DE 25.06 ML, DERECHA: CALLE CAJAMARCA, LINEA DE 24.66 ML. LO QUE HAGO SABER PARA FINES DE LEY. MOLLENDO, SETIEMBRE 25, 2015. CARLOS GOMEZ DE LA TORRE R. – ABOGADO NOTARIO PÚBLICO. (30 SET, 06-13 OCT) B/Nº 031-33401. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE EL OFICIO NOTARIAL DEL DR. CARLOS E. GÓMEZ DE LA TORRE RIVERA SITO EN LA CALLE TORIBIO PACHECO N° 403, VALLECITO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CLEMENTE ZAPATA MENA Y CIPRIANA LUQUE LIMA SOLICITAN LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LOTE 04 CON FRENTE A LA CALLE N° 4 DEL PAGO DOLORES, HABILITACION URBANA FUNDO LA CAÑA FRENTE A LA MELGARIANA DEL DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; INSCRITO EN LA FICHA N° 551002 QUE CONTINUA EN LA PARTIDA N° 01153181 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA, CON UN AREA: 142.50 m2 (CIENTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS), CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: CON CALLE N° 4, CON 7.50 M.; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON LOTE 3 CON 19.00 M.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON LOTE 5 PROPIEDAD DE JESUS SILVA CON 19.00 M.; Y, POR EL FONDO: CON PREDIO INSCRITO EN LA FICHA N° 11204753, CON 7.50 M. AREA, Y MEDIDAS QUE SON LAS MISMAS QUE APARECEN EN LOS ANTECEDENTES REGISTRALES. NOTIFICACIÓN AL TITULAR REGISTRAL: IGUALMENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR A LOS TITULARES REGISTRALES SANDRA JESUS DELGADO ARCE, TATIANA MONICA DELGADO ARCE, WOLMER DELGADO COLUNGA, JULIA TERESA ARCE APAZA, ASUNCION CHARAJA ARCE DE ROSAS, JOSE ROSAS MORON, NAZARIO TEDDY VARGAS ECHEGARAY Y JULIA MERY PACHECO LOAYZA. LO QUE SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO LO HAGAN VALER CON ARREGLO LEY. AREQUIPA, 25 DE SETIEMBRE DEL 2015. ROBERTO DELGADO VALDIVIA – ABOGADO NOTARIO. (30 SET, 06-13 OCT) B/ Nº 031-33396. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE LUCIA BARBARA TEJADA DEL SOLAR, EN REPRESENTACIÓN DE MARTHA PATRICIA TEJADA DEL SOLAR, JAVIER MARTIN ROMAN TEJADA, ANDRES ROMAN TEJADA Y MARIA DE FATIMA ROMAN TEJADA SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE SAN AGUSTIN N° 109, 111 Y 113 (TIENDAS 13 Y 15), DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA; INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL No. 01131207 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 102.12 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE SAN AGUSTIN CON 13.45 ML, POR EL COSTADO DERECHO CON UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN CON 7.59 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERO CON UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN CON 7.60 ML; Y POR EL FONDO CON UNIVERSIDAD NACIONAL DE SNA AGUSTIN CON 13.45 ML. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 22 DE SETIEMBRE DEL 2015. (30 SET, 06-13 OCT) B/Nº 031-33391 ACLARACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA CON FECHAS 14, 20 Y 26 DE NOVIEMBRE DEL 2014, SE REALIZARON PUBLICACIONES EN EL DIARIO EL PERUANO Y LA REPUBLICA, SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL BIEN URBANO UBICADO EN PROLONGACION VICTOR LIRA NR0.122-C, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, SE ACLARA QUE EL NOMBRE CORRECTO DE UNA DE LAS SOLICITANTES ES: DORIS ALEJANDRINA BUSTINZA MAYDANA DE VARGAS. AREQUIPA, 25.09.2015.CÉSAR A. FERNÁNDEZ DÁVILA B. – ABOGADO NOTARIO. (30 SET, 06-13 OCT) B/Nº 03133394 PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por HECTOR JUAREZ QUIROZ y MARIA MANUELA ZUÑIGA CALLATA, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en Pueblo Joven Alto de la Libertad Manzana 9, Lote 16 Zona “A” distrito Cerro Colorado, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 406.00 METROS CUADRADOS. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: frente: 13.20 metros. Derecha: Con 28.10 metros. Izquierda: Con 28.10 metros. Fondo: Con 15.90 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA 2015 SETIEMBRE 21.GORKY OVIEDO ALARCON – NOTARIO ABOGADO. (03 SET, 06-13 OCT) B/Nº 031-33418

PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por MANUEL ADAN POCCO FUENTES y ESTHER GABRIELA PEREZ ZUÑIGA DE POCCO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en Urbanización Monterrico Manzana “B” Lote 16 distrito José Luis Bustamante y Rivero, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 181.09 METROS CUADRADOS. LINDEROSMEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: Calle N° l, 8.48 metros Derecha: Lote 17, 20.88 metros Izquierda: Lote 15, 21.75 metros. Fondo: Terrenos agrícolas, 8.55 metros.Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2015 SETIEMBRE 24.GORKY OVIEDO ALARCON – NOTARIO ABOGADO. (30 SET, 06-13 OCT) B/Nº 031-33418 PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por LUIS CONTRERAS VILCA, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en asentamiento humano Alto de Selva Alegre Lote 7 Manzana 24, Zona “C”, distrito de Alto selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa. ÁREA: 317.82 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: avenida Uruguay, 12.17 metros. Derecha: Lote 8, 25.92 metros. Izquierda: Lotes 6-B y 5-B, 17.57, 8.54 metros. Fondo: Lote 3, 12.09 metros.Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2015 SETIEMBRE 24.GORKY OVIEDO ALARCON – NOTARIO ABOGADO. (30 SET, 06-13 PCT) B/Nº 031-33418 PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por JUANA FLORA MALAGA OSORIO DE BERNAL, identificada con documento nacional de identidad número 30651372, de ocupación su casa y EUSTAQUIO RAFAEL BERNAL TACO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del SUB LOTE “C” callejón Loreto N°3163I8, distrito, provincia, departamento Arequipa. AREA: 133.94 METROS CUADRADOS.- LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: callejón Loreto, 6.25 y 0.20 metros. Derecha: Sub lote D, con 18.41 metros. Izquierda: Sub lote B, 18.10 metros. Fondo: propiedad Inmobiliaria Quimera, 8.32 metros.Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2015 SETIEMBRE 17.GORKY OVIEDO ALARCON – NOTARIO ABOGADO. (30 SET, 06-13 OCT) B/Nº 031-33418 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, BERNARDO HONORIO PUMA HACHIRE, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN ASENTAMIENTO POBLACIONAL ASOCIACION DE VIVIENDA CIUDAD MUNICIPAL MZ.LLT. 10, ZONA 1, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 56.3.6.M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON CALLE 23, CON 4.65 ML,- COSTADO DERECHO: CON SUBLOTE10, CON 12.05ML., - COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 09, CON 12.05 ML., - FONDO: CON LOTE 10A, CON 4.65 ML.INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° P06266840 DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE HUAYLLA MELO ZOSIMA, EN CONTRA DE QUIEN SE DIRIGE LA PRESENTE. LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 16 DE SETIEMBRE DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- JAIME LIMA HERCILLA – ABOGADO NOTARIO. (24-30 SET, 06 OCT) B/ Nº 031-33273 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, PIO COPERTINO PALMA FIGUEROA, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ASENTAMIENTO POBLACIONAL ASOCIACION PRO VIVIENDA LAS FLORES MANZANA A LOTE 01 ZONA 06„ DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 193.75 M2. COLINDANTES: FRENTE: CON LA ALAMEDA LAS AMAPOLAS LOTE N° 02,CON 15.00 ML, COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON LOTE 08 (SERVICIO COMUNAL), CON 10.00 ML, COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON LOTE 02 ALAMEDA LAS AMAPOLAS,CON 10.61 ML, POR EL FONDO: CON LOTE 03,04, CON 20.00ML.INSCRIPCIÓN: PARTIDA P06152211 REGISTRO DE DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE LUZ MARY MOSCOSO CARBAJAL, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 16 DE SETIEMBRE DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (24-30 SET, 06 OCT) B/Nº 031-33273 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, NEDI MENDOZA SANCHEZ, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ASOCIACION URBANIZADORA JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO MANZANA A, LOTE 03, SUPERMANZANA 02, SECTOR VII, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 200.00 M2. COLINDANTES: FRENTE: CON CALLE F-59, CON 10.03 mi, COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON LOTE 02, CON 20.08 ML, COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON LOTE 04, CON 20.12 ML, POR EL FONDO: CON LOTE 08, CON 10.01 ML.INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 01147984 REGISTRO DE DE LOS REGIS-

Martes, 6 de octubre del 2015

TROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE BLANCA GLADYS VIVEROS FERNANDEZ, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 17 DE SETIEMBRE DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (24-30 SET, 06 OCT) B/Nº 031-33273. PETICION Y/O EXCLUSIÓN DE HERENCIA Ante el Primer Juzgado Mixto de Paucarpata, especialista DR. JOEL SILVIO LOAYZA REVILLA, bajo el expediente 0672-2013-CI-01 que sigue NESTOR BAUTISTA CANAZA, SE RESUELVE ADMITIR, a trámite la demanda presentada por NESTOR BAUTISTA CANAZA, en contra de ROSENDO TITO GONZA, EUGENIA TITO GONZA, ALICIA PAMPAMALLCO TITO, GAVINA PAMPAMALLCO TITO, ROSARIO HUANCA TITO sobre: PETICION Y/O EXCLUSION DE HERENCIA, VIA DE PROCESO CONOCIMIENTO: SE DISPONE: NOTIFICAR VIA EDICTOS a los herederos legales de la codemandada ALICIA PAMPAMALLCO TITO, con la presente demanda para que en el plazo de treinta- días hábiles cumplan con apersonarse y contestar la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TOMESE RAZON Y HÁGASE SABER. Arequipa, 14 de Septiembre del 2015. (05-06-07 octubre) B/Nº 031-33502.

EDICTOS PENALES

CHO LÓPEZ y Ana María Emperatriz Arenaza Delgado (agraviados ) SUCESION DE SEGUNDO VICTOR ALARCON ARIAS y DORIS DE LA CUBA ALVEAR, delito delito falsedad documental en su modalidad de uso de documento público falso y otros, agraviado SUNARP representada por el Procurador Publico y otros, NOTIFICACION: DECLARAR SANEADA LA ACUSACIÓN FISCAL Y LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN JURÍDICO PROCESAL VÁLIDA EN CONSECUENCIA SE DICTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO EN CONTRA DE ANA MARIA EMPERATRIZ ARENAZA DELGADO y HERMENEGILDO MENACHO LOPEZ ; Secretario: Quispe. (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3394-0 (Imputado) LUIS ALBERTO VEGA YANA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado HARUMUY MILU VEGA CARRAZCO RPTDA POR ROSARIO CARRASCO MENDOZA, NOTIFICACION: Res s/n que reprograma la audiencia de Control de Acusación para el día 20- 10-2015 a horas 10:00 en la sala número 01. Asimismo requiere al imputado Luis Alberto Vega Yana a efecto de que ratifique o designe abogado defensor en el plazo de 24 horas; Secretario: Valero . (05-06-07 octubre)

EL Juzgado de Investigación Preparatoria de Islay-. Jueza Janett Mónica Lastra Ramírez en el expediente Nº 037-2015-0-0407-JR-PE-01, por la presente hace de conocimiento a ALFREDO ANGEL ALVAREZ QUISPE la Resolución número 01 que dispone CORRER TRASLADO a las partes el requerimiento de acusación fiscal por el plazo de diez días para que proceden a ejercer sus acciones de defensa conforme a ley. En el proceso que por delito de Omisión de Asistencia Familiar se sigue en su contra en agravio de LEYDY ALVAREZ USCAMAYTA. Mollendo 23 de septiembre de 2015. SEC. FERNANDO CALLO. (05-06-07 octubre)

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1984-460-0 (Imputado) JUAN DELGADO MERCADO Y SUCESORES, delito LESIONES LEVES, agraviado JUAN DELGADO MERCADO, NOTIFICACION: Asume competencia el magistrado que suscribe por Disposición Superior: Al escrito Nro. 84027-2015: Encontrándose pendiente los edictos ordenados, cúmplase con notificar a los sucesores del agraviado Juan Delgado Mercado en el domicilio precisado; Secretario: CALDERON . (05-06-07 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3066-52 (Imputado) Juan Rubén Infantes Rodríguez, delito uso de documento falso, agraviado Procurador de la Sunat, NOTIFICACION: res. 01 Visto el Requerimiento de acusación, notifíquese a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal; Secretario: Ramírez . (05-06-07 octubre)

SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-221-2 EDWIN MANUEL RODRIGUEZ RAMOS, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA DEL 16-10-2015, A LAS 11:00 HRAS, Sala de Audiencia, DE REVOCARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA EN LA MODALIDAD DE CUSTODIA PERSONAL POR EL MANDATO DE DETENCION Y COMUNICARSE AL COLEGIO DE ABOGADOS RESPECTIVO; Secretario: Ugarte . (05-06-07 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5353-56 (AGRAVIADO) SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE ANTONIO GIANNINI MUÑOZ, delito falsedad ideológica, agraviado SUNARP representada por el Procurador Publico y otros, DILIGENCIA 05-10-2015, 08:00 am, Sala 1, ; Secretario: Quispe . (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3705-46 GLADIS BETZABE CASTILLO GOMEZ, delito DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO REPRESENTADOPOR ELPROCURADOR PÚBLICO DEL PODER JUDICIAL, NOTIFICACION: RESOLUCION N° 01-2015 DISPONE NOTIFIQUESE A LOS SUJETOS PROCESALES POR ELPLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HÁBILES,PARA LOS EFECTOS DEL ART. 345° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Champi . (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3705-46 GLADIS BETZABE CASTILLO GÓMEZ, delito DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DELPODER JUDICIAL, NOTIFICACION: RESOLUCION N° 01-2015 DISPONE NOTIFIQUESE A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HABILES,PARA LOS EECTOS DEL ARTÍCULO 345° NUMERALES 1) Y 2) DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Champi . (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2701-71 (Imputado) DAYSI MADELEINE QUIROZ VALDIVIA, delito falsedad material, agraviado ENAIDA CHULLO CCOATA y el Estado, DILIGENCIA 20-10-2015, 10:30 am, Sala 1; Secretario: Quispe. (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-320-10 (Imputado) HERMENEGILDO MENA-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-230-0 MIGUEL SIERRA LOPEZ, delito COLUSION, agraviado MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA JOYA REPRESENTADA POR EL PROCURADOR DE CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, DILIGENCIA 16-10-2015, 12:00 P.M., Sala de Audiencia, DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y CON SUSPENCION DEL PLAZO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL; Secretario: Ugarte . (05-06-07 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 661-2011-52 MOISES MACHACA CHUQUIMAMANI, delito LESIONES GRAVES, agraviado AMAPARITO AMANDA CELIA FERNANDEZ FLORES, NOTIFICACION: DISPONER la REVOCACIÓN de la SUSPENSIÓN DE PENA impuesta a don MOISES MACHACA CHUQUIMAMANI,SE ORDENA que dicho sentenciado cumpla con la pena de cuatro años de pena EFECTIVA en su ejecución en el penal de varones de Socabaya o el que designe el INPE ; Secretario: RETAMOSO . (05-06-07 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-937-51 (agraviado)SUCESION LEGAL DEL NOTARIO PUBLICO JAVIER DE TABOADA VIZCARRA, delito falsedad ideológica, agraviado NOTARIO PUBLICO JAVIER DE TABOADA VIZCARRA, NOTIFICACION: Declarar SANEADA la acusación fiscal, así como la existencia de una relación jurídico procesal válida; en consecuencia se DICTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de CARMEN HUAMANI CCORIMANYA, y GREGORIO PALERMO PARICAHUA CONDORI ; Secretario: Quispe . (05-06-07 octubre)

RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3010-35 A LAS AGRAVIADAS; ROSARIO MONTENEGRO ARENAZA Y VIVIAN YANETH MONTENEGRO ARENAZA, delito FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, agraviado EL ESTADO Y OTROS, DILIGENCIA 15-10-2015, 11:15, Sala 4; Secretario: Delgado . (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-543-68 IRENE CELINDA MANRIQUE DE PAREDES, delito CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, agraviado EL ESTADO REPERSENTADO POR EL PROCURADOR PÚBLICO DEL MEDIO AMBIENTE, NOTIFICACION: MEDIANTE RESOLUCION N° 04 DE FECHA 01.09.2015 EL JUZGADO DISPUSO REQUERIR A IRENE CELINDA MANRIQUE DE PAREDES Y OTROS A EFECTO QUE DENTRO DE CINCO DIAS DE NOTIFICADO CUMPLAN CON PAGAR LA REPARACIÓN CIVIL ORDENADO EN SENTENCIA. ; Secretario: Figueroa. (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3747-71 (MILAGRITOS ROLDAN SIPIRAN, OLGA VANESA CERPA SAAVEDRA, MARISELA KATIA MORENO NAVARRO, REGINA CATHERINE SILVA MURO Y KATTY BALLON CORDOVA), delito MOTIN, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 16-11-2015, 9:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR; Secretario: Rodriguez. (05-06-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-3444-11 (Imputado) BENJAMIN SAUL TOLA CON, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado NELLY GUTIERREZ CHAMBI, NOTIFICACION: RES. 04-2015. POR LA QUE SE DECLARA LA EXTINCION DEL REGIMEN DEL PERIODO DE PRUEBA DE LA RESERVA DE LA CONDENA IMPUESTA AL PROCESALDO BENJAMIN SAUL TOLA CON EN LA SENTENCIA NRO. 276-2013, DANDOSE COMO NO EFECTUADO EL JUZGAMIENTO; Secretario: Gallegos. (0506-07 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1254-0 (Imputado) PEDRO MELQUIADES EUGENIO BERNEDO, delito PELIGRO COMUN, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 21-10-15, 11:50 AM, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Arones . (05-06-07 octubre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-5743-77 agraviada Celia Kana Companocca, delito aborto sin consentimiento, agraviado imputado Ivan Mac Iver Quicaño Ordas, DILIGENCIA 12-01-2016, 09:20, Sala de Audiencia del Juzgado, se le corre traslado por el plazo de 10 días para los efectos de ley y se señala fecha de audiencia de control de acusacion; Secretario: Ojeda . (05-06-07 octubre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2431-64 agraviadas Sonia Luz Febres Yataco, Zamira Karen Velasquez Puma y Simeona Condori Nina, delito hacer del todo un documento público falso, agraviado imputado Denny Rodriguez Chulef y otros, DILIGENCIA 26-11-2015, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda . (05-06-07 octubre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-157-54 DOMINGA IRIS ARRATEA SILVA, delito USURPACION, agraviado VERONICA MARIA MARIN HUAMANI, DILIGENCIA 29-10-2015, 12:00 M., Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: CALLO. (05-06-07 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5296-26 (Imputado) QUINTIN PUMA QUISPE, delito TRATA DE PERSONAS, agraviado PERSONA DE INICIALES J M C P, DILIGENCIA 15-10-2015, 10:00 am, Sala 3, ; Secretario: Quispe. (05-06-07 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2444-16 RICARDO JESUS OCHARAN PAREDES, delito APROPIACION ILICITA, agraviado CARLO NAVARRETE VALDERRAMA, DILIGENCIA 21-10-2015, 09:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, de ser declarado el acusado reo ausente o contumaz, según corresponda, en caso de inasistencia; Secretario: CALLO . (05-06-07 octubre)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-

plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2523-45 FERNANDO LUIS OLANO DIAZ, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado VICTOR FERNANDO LUISA FERNANDA Y MARIA YOLANDA OLANO MARROQUIN, DILIGENCIA 28-10-2015, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO AUSENTE O CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (05-06-07 octubre) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-110-66 MIGUEL ANGEL MORENO CUADROS, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA FERNANDA A.MORENO YERBA, DILIGENCIA 04-11-2015, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO AUSENTE O CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (05-06-07 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1193-32 ANGEL YUPANQUI HUANCA, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR, agraviado INCIALES FMHY, NOTIFICACION: SE REPROGRAMA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL 05/10/2015 A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTO EN LA SALA 4 DEL 2°JUZGADO DE PAUCARPATA, Y EN CASO QUE NO SEÑALE DEFENSA SERÁ EJERCIDA POR EL DEFENSOR PÚBLICO JUAN GUSTAVO BELLIDO ; Secretario: Figueroa . (05-06-07 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-738-0 (Imputado) MARIANA OJAICURO SABOYA, delito POSESION INDEBIDA DE CELULARES, agraviado INPE, DILIGENCIA 19-10-2015, 08.30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, NOMBRARLE DEFENSOR PÚBLICO EN CASO DE NO INFORMAR QUIEN ES SU ABOGADO; Secretario: Diaz . (05-06-07 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1931-0 (Imputado) RONALD NUÑEZ RODRIGUEZ, delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado DORIS HURTADO JERI, NOTIFICACION: RES. 04-2015 POR LA QUE SE RE-PROGRAMA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 29-10-2015 A LAS 08:30 HRS. EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 2° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ; Secretario: Gallegos. (05-06-07 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5004-0 FELIX ANGULO RAMOS, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado XUANI RETAMOZO HUAYTA, NOTIFICACION: MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01 DE FECHA 10.09.2015 EL JUZGADO CORRE TRASLADO A LOS SUJETOS PROCESALE A EFECTOD E QUE EN EL PLAZO DE 10 DIAZ HABILES HAGAN VALER SUS DERECHOS; Secretario: Figueroa . (0506-07 octubre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-428-0 (Imputado) WOLDER PABLO ROMERO SALCEDO, RICARDO QUISPE ORTIZ Y ZACARIAS DENOS SALCEDO, delito CONTAMINACION DEL MEDIO AMBIENTE, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 13-10-2015, 12:00, Sala 3, DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y ORDENARSE SE GIREN ORDENES DE CAPTURA; Secretario: Arce . (05-06-07 octubre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-162-14 (Imputado)ELIZABETH EVANGELISTA PAJUELO, para que haga valer sus derechos y se defienda de los cargos formulados en su contra, debera presentarse a la audiencia para el dia 05 de Noviembre del 2015 a horas 11 de la mañana cito en Jiron Comercio Nro 140 tercer piso-cercado de camana, se debe publicar por tres dias en diario la Republica y el Peruano, delito LESIONES GRAVES, agraviado ALVIS BOBADILLA WILLIAN, DILIGENCIA 05-11-2015, 11:OO A.M, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Vargas . (05-06-07 octubre)

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JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-284-0 (Imputado) ALEJANDRO ACOSTA ORENDO, delito Omisión a la asistencia familiar, agraviado Liz Esther Rojas Laura, NOTIFICACION: Se pone en conocimiento del Imputado: ALEJANDRO ACOSTA ORENDO, que se admitido el requerimiento de Acusación fiscal, en su contra, y se dispuso correr el traslado por el plazo de 10 días, a fin de que las partes formulen sus pretensiones. ; Secretario: USUCACHI . (0506-07 octubre) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1281-2014-81 GONZALO EDISON CORDOVA LOPEZ, JIMMY ENRIQUEZ ROJAS, JARDINS RIVA HUAMÁN, JHON WILSON MEJIA PINAZO, MARIBEL ALEJANDRA APAZA SUAREZ, OLIVER MAMANI CCAJMA, GREGORIO ANTONIO MEJIA PENAZO, ALFREDO ALISAN MAMANI PARICAHUA, WALTER ROJAS VILCA, ALBERTO REYNALDO LEON QUISPE, delito ROBO AGRAVADO, RECEPTACION, agraviado VICTOR HUGO LIPA ORTIZ, DILIGENCIA 24-11-2015, 14.15, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque . (05-06-07 octubre) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-700-48 ROBERTO JUVENAL HUANQUI BOLIVAR Y LUIS ENRIQUE ELGUERA CALLA, delito ROBO AGRAVADO, agraviado JUAN FLORES, DILIGENCIA 17-12-2015, 09:45 AM, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque . (05-06-07 octubre) Se cita, llama, emplaza a don José Antonio Lujan Monge. al Juzgado de Paz Letrado de Caraveli, el día 11 de noviembre del año 2015 a la Audiencia Única, en el expediente Nro 05-2015-PE por Faltas contra la Persona seguido en su contra y en agravio de Isela Bustamante. Juez. Jiménez. Sec. Salinas. Caraveli, 21 de setiembre del año 2015.- (05-06-07 octubre) NOTIFICACION POR EDICTO En el Exp, N° 00124-2012-90-0401-JR-PE.01 seguido en contra de JAIME BORIS QUIROZ DÍAZ, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en agravia de PAULINO PORTUGAL BRICEÑO. Se sigue en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acarí, Juez Dra. Marisol Mónica darnos Pacsi, se ha dispuesto notificar por edicto al sentenciado JAME BORIS QUIROZ DÍAZ, con el acta de feche 15 de septiembre de 2015, que dispone: Parte pertinente: “Se DISPONE la REPROGRAMACIÓN de la misma para el día 20 DE OCTUBRE A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, quedando el Ministerio Público notificados con tal fin”. Especialista Legal: Anabel Bianca Mamani Machaca V.3 días. Acarí, 23 de septiembre de 2015.- (05-06-07 octubre) NOTIFICACION POR EDICTO En el Exp. Nº 00124-2012-90-0409-JR-PE-01, seguido en contra de JAIME BORIS QUIROZ DÍAZ, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en agravio de PAULINO PORTUGAL BRICEÑO Se sigue en e: Juzgado de Investigación Preparatoria de Acarí, Juez Dra. Marisol Mónico Ramos Pacsi, se ha dispuesto notificar por edicto al sentenciado JAME BORIS QUIROZ DÍAZ, con el acta de fecha 15 de septiembre de 2015, que dispone: Parte pertinente: “Se DISPONE la REPROGRAMACIÓN de la misma para el día 20 DE OCTUBRE A LAS 10:00 HORAS De LA MAÑANA, quedando el Ministerio Público notificados con tal fin”. Especialista Legal: Anabel Bianca Mamani Machaca V,3 días, Acarí, 23 de sepiembre de 2015.- (05-06-07 octubre) EXPEDIENTE: N° 3747-2015-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: JOEL JANAMPA SANG QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada JUANA LOURDES HUAMANI CHUQUICAÑA la resolución numero uno de fecha catorce de setiembre del presente año que dispone: SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por JUANA LOURDES HUAMANI CHUQUICAÑA DE FONTENIER, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor, debiendo notificarse mediante edictos a la parte agraviada, ESPECIALISTA LEGAL JOEL JANAMPA SANG, 05, 06, y 07 de octubre del 2015 Proceso número 2014-286-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado WILFREDO ZAVALETA MUÑOZ, con el fin de que

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La República

se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Mollendo, el día CUATRO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente o contumaz en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N°2014-28601-JPU, que por el presunto delito de Omisión a la Asistencia Familiar se sigue en su contra, en agravio de Jenny Roxana Llayque Sucari. (05-06-07 octubre) Proceso número 2013-338-01-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado MANFRED ENRIQUE VIDAL LINARES y JORGE ZEA RIOS, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Moliendo, el día TRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N°2013-338-0 1-JPU, que por el presunto delito de usurpación agravada se sigue en su contra, en agravio de Gobierno Regional de Arequipa y otro. (0506-07 octubre) EXPEDIENTE: Nº 07735-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Guido Jesús Mamani Ballena con la parte resolutiva de la resolución 04 de fecha 24 de agosto del 2015, que SE RESUELVE CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al Imputado GUIDO JESUS MAMANl BALLENA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MONICA MERCEDES CCASA BAUTISTA. CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado CINTHYA MONICA MERCEDES CCASA BAUTISTA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de GUIDO JESUS MAMANl BALLENA. SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados GUIDO JESUS MAMANl BALLENA y MONICA MERCEDES CCASA BAUTISTA. SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el día 08 de Enero del dos mil dieciséis a las Once horas; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados GUIDO JESUS MAMANl BALLENA y MONICA MERCEDES CCASA BAUTISTA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, GUIDO JESUS MAMANl BALLENA y MONICA MERCEDES CCASA BAUTISTA en su calidad de querellantes particulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). DISPONGO: Se notifique debidamente con la presente a las partes. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE..- SECRETARIO/ JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015. (05-06-07 octubre) EXPEDIENTE: N° 03483-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Cesar Riquelme Guzmán con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 28 de agosto del 2015, que SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada CESAR RIQUELME GUZMAN con el imputado FELIX ZAMATA ZAMATA; en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber.- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015. EXPEDIENTE: Nº 03532-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a JUNNIOR NOLE SALGADO con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 28 de agosto del 2015, que SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada EDUARDO NOLE SALGADO del presente proceso por Faltas Contra el patrimonio en la modalidad de daños; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

EXPEDIENTE: Nº 03623-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a MERY QUISPE CHIPANA con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 4 de setiembre del 2015, que RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de MERY QUISPE CHIPANA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de DAY MIRNA JILAPA ARAPA debidamente representada por su progenitora. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada MERY QUISPE CHIPANA. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 21 DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS DIEZ HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada MERY QUISPE CHIPANA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular DAY MIRNA JILAPA ARAPA, deberá concurrir con abogado defensor y su representante legal, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; REMITIR COPIAS CERTIFICADAS de todas las actuaciones a la Fiscalía de Familia respecto a la denuncia de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas formulada por MERY QUISPE CHIPANA en contra de la menor de edad DAY MIRNA JILAPA ARAPA. 5)DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015. EXPEDIENTE: Nº 03347-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA  COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos WALTER CAMPAÑA VEGA con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 14 de agosto del 2015, que SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada WALTER MANUEL CAMPAÑA VEGA del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. .- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015. EXPEDIENTE: N” 09260-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Jenny Jessica Laura Pérez con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 27 de agosto del 2014, que SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de Jenny Jessica Laura Pérez, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. Regístrese y notifíquese. Tómese Razón y hágase Saber.- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015. EXPEDIENTE: N° 03055-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a Sabina Condori Chipa con la parte resolutiva de la resolución 02 de fecha 01 de setiembre del 2015, que RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de SABINA CONDORI CHIPA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ESTELA BEATRIZ LUQUE PARQUI. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada SABINA CONDORI CHIPA. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 18 DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS ONCE HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada SABINA CONDORI CHIPA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular ESTELA BEATRIZ LUQUE PARQUI, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimien-

to tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; ARCHIVAR las actuaciones respecto a la denuncia de faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños formulada por SABINA CONDORI CHIPA en contra de ESTELA BEATRIZ LUQUE PARQUI 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencia en fecha más próxima. Regístrese y comuniqúese..- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 05, 06 y 07 de octubre del 2015. EXPEDIENTE : 03193-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada María Quispe Cutipa, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada MARIA QUISPE CUTIPA del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (05-06.07 octubre) EXPEDIENTE: 03052-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Zaragoza Colque de Mendoza, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Gina Condori Espirilia, por lesiones dolosas, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.-(05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 03085-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Mireylla Ninacibincha Quispe, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Mireylla Keydy Ninacibincha Quispe, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.(05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 03177-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Zaragoza Colque de Mendoza, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ZARAGOZA PLACIDA COLQUE DE MENDOZA, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de Iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.(05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 02986-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías.- El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Miguel Angel Quispe Alfaro, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Miguel Angel Quispe Alfaro, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 03110-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Patricia Florangel Zavala Roldan, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Patricia Florangel Zavala Roldan, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de Iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar

Martes, 6 de octubre del 2015

al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 03143-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Edith Zapana Zaparía, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada EDITH CRISTINA ZAPANA ZAPANA del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 03346-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías, El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Edwar Vilca Alvarez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada EDWARD VILCA ALVAREZ Y CLAUDIO EVARISTO ÑAUPA QUISPE con el Imputado EDWARD VILCA ALVAREZ Y CLAUDIO EVARISTO ÑAUPA QUISPE; y por desistida a la parte agraviada JUANA VICTORIA ESPINOZA ORELLANA, en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber. (05-06.07 octubre) EXPEDIENTE : 02935-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Marcos Fernando Laura Tipo, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Víctor Ely Yupanqui Vilca y Marcos Fernando Laura Tipo por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, a quiénes se les deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.(05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 08592-2014-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, Interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Ana Liliana Quispe Cabana, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Ana Liliana Quispe Cabana por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE: 03228-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N” 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Alberto Espinoza Pallo, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de ALBERTO GIANCARLO ESPINOZA PALLO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de LEONARDO FAVIO CARPIO LLERENA, JUAN JOSE AUQUILLA GAMARRA Y LUZ MERY MAMANl JIMENEZ. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada ALBERTO GIANCARLO ESPINOZA PALLO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS 10:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz LetradoTurno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ALBERTO GIANCARLO ESPINOZA PALLO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular LEONARDO FAVIO CARPIO LLERENA, JUAN JOSE AUQUILLA GAMARRA Y LUZ MERY MAMANl JIMENEZ, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento do dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias,

las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese. (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE: 08132-2014-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Noelia Chacón Ccama, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de NOELIA ELENA CHACON CCAMA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de PATRICIA FLORES CCAMA. 2) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado PATRICIA FLORES CCAMA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de NOELIA ELENA CHACON CCAMA. 3) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados NOELIA ELENA CHACON CCAMA y PATRICIA FLORES CCAMA. 4) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados NOELIA ELENA CHACON CCAMA y PATRICIA FLORES CCAMA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, NOELIA ELENA CHACON CCAMA y PATRICIA FLORES CCAMA en su calidad de querellantes particulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turjio “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE ESPECIALISTA 03342-2015-0-0401 -JP-PE-01 JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Fernando Quispe Choque, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1.-Poner en conocimiento de FERNANDO QUISPE CHOQUE, RENATO AHUATI ALCCAMARI, JULIA ROSA QUISPE SUYO y los menores de edad FERNANDO AHUATI QUISPE Y PEDRO LUIS AHUATI QUISPE debidamente representado por su progenitor, la recepción por este Juzgado de la investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. 2.-Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de JOHNNY ROBERRT TORRES PACO Y FERNANDO QUISPE CHOQUE, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo. Tómese razón y hágase saber. (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 03106-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la imputada agraviada Rutmine Giovanna Villarroel Gutiérrez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a las personas de JAIMIE KIMBERLY AIMITUMA VILLARROEL y GERMAN AIMITUMA LUNA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de RUTMINE GIOVANNA VILLARROEL GUTIERREZ. 2) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a las personas de RUTMINE GIOVANNA VILLARROEL

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GUTIERREZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de GERMAN AIMITUMA LUNA. 3) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JAIMIE KIMBERLY AIMITUMA VILLARROEL y GERMAN AIMITUMA LUNA y RUTMINE GIOVANNA VILLARROEL GUTIERREZ. 4) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 09:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa -Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JAIMIE KIMBERLY AIMITUMA VILLARROEL y GERMAN AIMITUMA LUNA y RUTMINE GIOVANNA VILLARROEL GUTIERREZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular GERMAN AIMITUMA LUNA y RUTMINE GIOVANNA VILLARROEL GUTIERREZ, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Tumo “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE: 03285-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Gilberto Luis Medina Pacheco, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de GILBERTO LUIS MEDINA PACHECO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de JOSE ALFREDO PACHECO APAZA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada GILBERTO LUIS MEDINA PACHECO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 11 DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS 08:30 HORAS en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada GILBERTO LUIS MEDINA PACHECO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular JOSE ALFREDO PACHECO APAZA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto a la denuncia de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas formulada por GILBERTO LUIS MEDINA PACHECO en contra de JOSE ALFREDO PACHECO APAZA. 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos mas próximos. Regístrese y comuniqúese. (0506.-07 octubre) EXPEDIENTE: 02223-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Alvaro Paredes Chura, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a las personas de WILLIAM ALAN CAPIA PINTO y ALVARO COSME PAREDES CHURA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARCO ANTONIO MALAGA

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

CONTRERAS. 2) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de WILLIAM ALAN CAPIA PINTO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARCELINO HERASMO SUPA CHACON. 3) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada WILLIAM ALAN CAPIA PINTO y ALVARO COSME PAREDES CHURA. 4) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 21 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 8:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada WILLIAM ALAN CAPIA PINTO y ALVARO COSME PAREDES CHURA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular MARCO ANTONIO MALAGA CONTRERAS Y MARCELINO HERASMO SUPA CHACON, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (05-06.-07 octubre) EXPEDIENTE : 01491-2015-0-0401-JP-PE-01ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Alvaro Paredes Chura, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de ELIZABETH CARINA MAMANl CCALLE ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de BALBINA CARI MAMANl. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada ELIZABETH CARINA MAMANl CCALLE. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 06 DE ENERO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS 10:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ELIZABETH CARINA MAMANl CCALLE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular BALBINA CARI MAMANl, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Elizabeth Carina Mamani Ccalle por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (0506.-07 octubre) Exp. 42439-2015.- NOTIFICACION A DIANA LOURDES RAMOS COAGUILA El señor Juez del Segundo Juzgado de Familia, doctor Humberto Valdivia Talavera, ha dispuesto notificar a doña Diana Lourdes Marleny Mamani Arotaype, en el proceso sobre violencia familiar, seguido en agravio de Aramos Coaguila, con la resolución número uno (...)Arequipa, dos mil quince Agosto diez .- (RESUELVO: Uno) ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar (maltrato psicológico) interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de los menores Carlos Daniel Ramos Ramos y Valeria Daniela Ramos Ramos, quienes estarán representados por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia, en contra de don Daniel Ramos Checalla y doña Diana Lourdes Ramos Coaguila, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO

UNICO; en consecuencia se dispone TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de cinco y veinticinco días, respectivamente, para que absuelvan el traslado de la demanda presentada, bajo apercibimiento de declarársele rebelde y de nombrársele su curador procesal (...) Firma Humberto Valdivia Talavera Juez.- Secretario Alberto Huanaco Valeriano. (05-06.-07 octubre) ESPECIALISTA LEGAL: JUAN RAMIREZ ALBARRACIN SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE MARIANO MELGAR.EDICTO En el Expediente número 2008-2015-0-0410-JMFC-02. Ante el segundo Juzgado Mixto, que despacha el Señor Juez JORGE LUIS PINTO FLORES, con intervención del especialista legal Juan Carlos Ramírez Albarracín, en el proceso sobre VIOLENCIA FAMILIAR, se ha ordenado mediante resolución uno y tres, se notifique por edictos judiciales al demandado MATEO ROJAS TRIBEÑO de lo siguiente: RESOLUCIÓN NRO. 01: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la representante de la Fiscalía Provincial de Civil y Familia del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de EDITH SUAREZ CENTENO, en contra de MATEO ROJAS TRIBEÑO, en vía de PROCESO ÚNICO; en consecuencia que se notifique al demandado con el auto admisorio, dándole el plazo de tres días hábiles para que concurra a Mesa de Partes del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar a fin de que tome conocimiento del contenido de la demanda y solicite copias simples de la misma, debiendo identificarse con su documento de identidad al concurrir al Juzgado con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente, así como presentar el pago de la correspondiente Tasa Judicial por Expedición de Copias Simples de acuerdo a lo establecido en la R.A. ° 77-2015-CE-PJ., sin necesidad de ser presentado por escrito, siendo que luego de obtener las copias el demandado tiene cinco días hábiles para contestar la demanda y en caso de no concurrir al Juzgado, el plazo para contestar la demanda se computará al vencimiento de los tres días que se otorga, bajo APERCIBIMIENTO de seguirse el proceso en su REBELDÍA, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. Hágase Saber.- RESOLUCION 03 SE RESUELVE: AUTORIZAR la notificación al demandado Mateo Rojas Tribeño mediante edictos con la resolución admisoria, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.-TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- JUAN CARLOS RAMIREZ ALBARRACIN ESPECIALISTA LEGAL. (06-07-09 octubre) EXPEDIENTE : 01187-2014-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada DAVID GONGORA CESPEDES. Con la siguiente resolución N° 03-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada FLOR DE MARIA HUAYHUA MENDOZA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de DAVID GONGORA CESPEDES; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesales que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.gob.pe o http://casillas.pi.qob.pe/sinoe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos.- Regístrese y notifíquese.- (06-07-09 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-2678-23 (Imputado) MIGUEL JACINTO MONTOYA CADENAS, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR, agraviado MENOR DE INICIALES L.A.Z.P., NOTIFICACION: Res N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Acusación, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. ; Secretario: Valero. (0607-09 octubre) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1197-29 RONAL DENIS QUISPE MAMANI, delito ALTERACION DEL AMBIENTE O PAISAJE, agraviado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOER PUBLICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, DILIGENCIA 20-10-2015, 14:00, Sala 4; Secretario: Champi . (06-07-09 octubre) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-

cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5121-17 tercero civilmente responsables Casimiro Challa Chahuayo y Fortunata Chura de Challa, delito lesiones graves, agraviado Naldy Salustiana Martinez Torres, DILIGENCIA 05-11-2015, 12:45, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-175-0 (Imputado) MARCO ELOY HUAMAN MENDOZA, delito Hurto Simple, agraviado Rene Amparo Severino Valencia, NOTIFICACION: Se pone en conocimiento del imputado: MARCO ELOY HUAMAN MENDOZA, que se ha admitido el requerimiento de acusación fiscal y se corre traslado por el plazo de 10 días, a fin de que las partes formulen sus pretensiones, ofrezcan pruebas ; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-314-0 (Imputado) JUAN CARLOS NOA FLORES, delito Omisión a la asistencia familiar, agraviado Menor de iniciales M.C.N.A. representado por su madre Reyna Luz Aceituno Juarez, NOTIFICACION: Se pone en conocimiento del imputado: JUAN CARLOS NOA FLORES, que se ha admitido el requerimiento fiscal, en su contra y se corre el plazo de 10 días, a fin de q las partes formulen sus pretensiones, ofrezcan pruebas; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-309-80 (Imputados)FELIX ABDON LOPEZ MAMANI, JUAN OCTAVIO LOPEZ MAMANI,ELEUTERIO LOPEZ MAMANI, CALIXTO FORTUNATO QUISPE PAREDES,MARTINA FLORES CACYA y(Agraviada)LUCRECIA FELICITAS QUISPE PAREDES, delito Extorsión, agraviado Lucrecia Felicitas Quispe Paredes, NOTIFICACION, Se pone en conocimiento d los Imputados y de la Agraviada que se ha formulado el sobreseimiento, por el delito de extorsión, y se corre traslado por el plazo de 10 días, a fin de que las partes se pronuncien sobre lo solicitado por la fiscalía; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-169-93 (Imputado) LUIS EUGENIO GUTIERREZ CONDORI, delito Lesiones graves, agraviado José Manuel Flores Gutiérrez, NOTIFICACION: Se pone en conocimiento del imputado: LUIS EUGENIO GUTIERREZ CONDORI, que mediante res. 01-2015, se ha admitido requerimiento de acusación fiscal, en su contra, y se corre traslado por el plazo de 10 días, a fin de que las partes formulen sus pretensiones; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-169-93 (Imputado)LUIS EUGENIO GUTIERREZ CONDORI, delito Lesiones graves, agraviado José Manuel Flores Gutiérrez, NOTIFICACION: Se pone en conocimiento del imputado: LUIS EUGENIO GUTIERREZ CONDORI, que mediante res. 01-2015, se ha admitido requerimiento de acusación fiscal, en su contra, y se corre traslado por el plazo de 10 días, a fin de que las partes formulen sus pretensiones; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 144-2015-0 (Imputado) CRISTHIAN ANTONY TORRES QUISPE, delito Receptacion, agraviado Mariela Esther Palomino Mendoza, DILIGENCIA 30-11-2015, 9:00 a.m., En caso de inasistencia del abogado de elección del imputado, la audiencia se llevara acabo con el defensor de oficio ; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 362-2013-46 1)IMPUTADOS: Edgar Alfredo Viña Quispe, Silvia Rosa Montoya Ramirez, Delfin Rolando Ramirez Riveros, Hugo Alejandro Perez Soria, Roberto Jorge Rubio Gutierrez, Guillermo Fernando Huaman Aguayo, Jose Luis Grados Llamoca, Raul Ronald Navarro Quispe, Luis Ruben Turpo Quispe, Teofilo Ibia Linares, Cecile Rosa Paredes Yrupaylla, Yonel Jhona-

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tan Viña Quispe, Sigifredo Pascual Viña Montoya, Rigoberto Lucio Panibra Quispe, Antonio Manuel Vizcardo Caituero, Edson Kilber Jose Vizcardo Caituero, Rosmery Fiorella Quispe Cataño, Angel Luis Montoya Cruces, Andres Vera Cateriano, Alex Ronalds Villavicencio Medina, Mario Rene Del Carpio Montalvo , Jorge Pedro Nuñez Salazar, Edgar Alejandro Huamani Muñua; 2) AGRAVIADOS: Compañia de minas Buenaventura S.A.A.; Empresa del futuro de Ica S.R.L., delito Hurto agravado y usurpacion agravada, agraviado Compañía de Minas Buenaventura S.A.A, DILIGENCIA 10-11-2015, 10:00 a.m.; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-94-53 1)IMPUTADOS: Ronald Anderson Gallegos Montoya, Leandro Venancio Paredes Loa, Yomar Edison Velasquez Pebe, Deysi Emerita Montoya Gray, Auria Rumalda Montoya Garay, Jorge Efrain Quispe Garay, Pedro Roberto Arguedas Lazo, Dacio Manrique Garay Huarcaya, Lino Diego Bellido Montoya, Fredy Montoya Garay, Luis Fernando Montoya Garay, Elmer Santos Aguirre Almenara. 2)AGRAVIADOS: Comunidad campesina y nativa de Maraycasa Tambo Caylla y Basilio Jesus Ramos Quispe, delito usurpación y hurto agravado, agraviado comunidad campesina y nativa de Maraycasa , DILIGENCIA 30-11-2015, 10:00 a.m.; Secretario: USUCACHI. (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-80-7 Imputado: MANUEL ANTONIO PEREZ CHICLAYO y Agraviado: EDISON BOBADILLA TRIVEÑO, delito Lesiones leves, agraviado Edison Bobadilla Triveño, DILIGENCIA 03-11-2015, 9:00 a.m., En caso de inasistencia del abogado de elección del imputado, la audiencia se llevara acabo con el defensor de oficio; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-81-63 1)IMPUTADOS: Ismael Renerio Huamani Soto, Eugenia Soto Huamani, Paula Ramos Melgarejo, Eulalia Soto Hilarion, Rosario Sulema Huaman Zea, Denis Yeni Quispe Huaman, Elmer Felix Zea Ramos, Clever Quispe Huamani, Elias Isaias Montoya Quispe, Adrian Yrineo Quispe Huamani, Hernan Bacilio Zea Ramos, Elias Soto Hilarion, Elio Quispe Huamani. 2)AGRAVIADOS: Empresa de transportes sumac S.A.C.; Asociacion de pequeños mineros artesanales; contratistas santo domingo de maraycasa , delito Entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, extorsión y daños, agraviado Empresa de Transportes Sumac S.A.C. y otros, DILIGENCIA 27-10-2015, 9:00 a.m., , la audiencia se instalara con los asistentes; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-207-0 1)IMPUTADOS: Esteban Siancas Pillaca, Celso Walter Cajachagua Guere, Teodulo Medina Gutierrez, Laureano Cruz Aguilar, Bacilio Jacobo Quispe Lopez, Tomas Huanca Huanca, Elisban Zapana Quispe, Francisco Oswaldo Zea Taipe, Walter Honorio Sanca Vilca, Pablo Roque Tito Cruz Cayo, Oscar Huarcusi Apaza, Antonio Carlos Velasco, Miguel Filomeno Idme Machaca, Alejandrina Huayhua Quispe, Jose Daniel Aguayo Vega, Salomon Leandro Sarmiento Hernani, Luis Rolando Palomino Huamani, Moises Fabricio Coaguila Apaza, Elisban Mamani Coaquira, Agustina Nancy Paniura Huallpa, Vicente Saul Montoya Espinoza, Pedro Curasi Ordoñez, Israel Ticona Huayta, Miguel Angel Villegas Baca, Javier Alejandro Noa Rojas, Victor Taype Olivares. 2)AGRAVIADOS: procurador publico encargado del orden publico del ministerio del interior, delito Entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos, contra la tranquilidad publica, violencia y resistencia en contra de la autoridad para impedir sus funciones, extorsión, agraviado El estado, DILIGENCIA 27-10-2015, 10:00 a.m.; Secretario: USUCACHI . (06-07-09 octubre)

EXP. Nº 00749-2015-39-2701-JR-.PE-01. JUEZ: FERNANDO QUISPE CHAUCA, ESP. JUD. PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR. Nº DE RESOLUCION : 03-DE FECHA 25 DE SETIEMBRE DE 2015. SE CITA a la Audiencia reprogramada de Constitución de Actor Civil al investigado: JORGE MARTIN FEBRES MARDINI por la Comisión del Delito de Estafa Genérica en agravio de Jesus Franco Huaman, para el dia 22 DE OCTUBRE DEL 2015, a las 07.15 de la mañana (HORA EXACTA) para la realización de la AUDIENCIA PUBLICA DE CONSTITUCIÓN DE ACTOR CIVIL la que se llevará a cabo en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivero Nº 722 de esta Ciudad. PATRICIA G. CRUZ SALAZAR ESPECIALISTA JUDICIAL. (06-07-09 octubre)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Martes, 6 de octubre del 2015

CRONICAS JUDICIALES Martes, 6 de octubre del 2015 CRONICA JUDICIAL PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES 03 DE AGOSTO DEL 2015

na de Atención al Usuario. SE EXPIDIERON: 07 DECRETOS. 05 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE VISTA AV 199-2015 AD 01029-2013-53: PARTE RESOLUTIVA. 1. DECLARAMOS INFUNDADA la queja de derecho interpuesta por la señora abogada de la solicitante Marlene Grethgen Bocanegra, en contra de la Resolución N° 02, de fecha siete de julio de dos mil quince. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE TRÁMITE AD 01814-2012-18: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el SIETE DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número SIETE (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. AL ESCRITO SIGNADO CON N° 8919-2015: Téngase por señalada la casilla electrónica por la Fiscalía Superior. GB 02881-2015-0: Por tales consideraciones, PARTE RESOLUTIVA: 1.CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por la defensa de Isaac Huamán Chacma contra la Sentencia de Vista N° 66-2015, que CONFIRMA la sentencia sin número de fecha quince de junio del dos mil quince que declaró infundada la acción de Habeas Corpus interpuesta por el demandante. 2. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. AL OTROSÍ: Expídase las copias solicitadas a costo del solicitante por la Ofici-

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

va. 2. CONFIRMAMOS: La Sentencia de fecha dos de febrero del dos mil quince, la cual resolvió ABSOLVER POR DUDA a JUAN MELCHOR CHACÓN PÉREZ de la comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Apropiación Ilícita, previsto y penado en el primer párrafo del Artículo 190° del Código Penal, en agravio de la empresa Ares Distribuciones S.R.L., representado por su gerente general Pedro Percy Orcoapaza Ortega. 3. ORDENAMOS: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.

03006-2010-11: Por lo que se resuelve: a) DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Jaime Del Carpio Vilca, en contra de la Sentencia de Vista número 0612015 de fecha siete de julio de dos mil quince; y, b) DISPONER la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen, con la debida nota de atención.

DESPACHO

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

AUTO DE VISTA

AUTO DE VISTA

AV 201-2015 GB

AV 205-2015 GB

02000-2014-84: PARTE RESOLUTIVA.- 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por Jacinto Tomás Chacca Paja como parte agraviada. 2. CONFIRMAMOS la resolución número cuatro de fecha dieciocho de mayo del dos mil quince, que declara FUNDADO el requerimiento de sobreseimiento seguido en contra de Isabel Zúñiga Arias y Javier Zúñiga Arias, por delito Contra el Patrimonio, Usurpación Agravada, en la modalidad de Despojo, ilícito previsto y penado en el artículo 202.2°, concordante con el artículo 204.2°, del Código Penal, en agravio de Jacinto Tomás Chacca Paja, Edwin Tomás Chacca García y Roger Huaracha Suárez. 3. DISPONEMOS el archivo de la causa y la devolución de los actuados al juzgado de origen. Sin costas de la instancia.

02026-2013-05: PARTE RESOLUTIVA: Estas razones dan a considerar que los presupuestos para la imposición de la multa se han presentado; por tanto, debe ser desestimada, correspondiendo declarar INFUNDADA la reconsideración postulada.

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS. 07 DE AGOSTO DEL 2015

AUTO DE VISTA AV 200-2015 GB 01889-2014-0: DECLARAR INADMISIBLE la impugnación interpuesta, haciéndose efectiva el apercibimiento previsto con la debida anticipación y siendo la única impugnación que se ha advertido, se DISPONE que los autos sean devueltos al juzgado de procedencia. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE TRAMITE AP 01664-2011-58: PARTE RESOLUTIVA: Se resuelve 1. IMPONER MULTA de una Unidad de Referencia Procesal al Señor abogado ARTURO DÍAZ MORAN, pidiendo remitirse las actuaciones correspondientes a la oficina de ejecución coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para su cobro correspondiente. 2. REQUERIMOS a los señores EDWIN AUGUSTO REYMER QUIROZ y ERNESTO ALONSO CACERES BUSTAMANTE, para que en el término de 24 horas siguientes, puedan proceder a ratificar o designar abogado de su elección, caso contrario se designada abogado de la defensoría pública, que en la próxima cesión estará en disposición de poder asumir la defensa técnica de estas personas. 3. El colegiado dispone la continuación de la audiencia respecto a los asistentes en tanto que preverá la continuación de esta audiencia para dar lugar al ejercicio del derecho de defensa de los no presentes. Por ende el recurso impugnatorio postulado por el Ministerio Público y por la Procuraduría Pública Anticorrupción, quedan reservados en su actuación opera la siguiente cesión que se va a convocar. Ello en la que tiene el colegiado, entender que los señores abogados presentes y sus defendidos, tampoco puedan perjudicarse por inasistencia de las otras partes procesales, el tribunal también asume que hay un espacio de tiempo asignado a esta audiencia que no puede verse desperdiciado. SE EXPIDIERON: 04 DECRETOS.

06 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA SV 68-2015 GB 02026-2013-05: PARTE RESOLUTIVA.1. DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por José Luis Tito Humpiri, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporati-

lo 132 del Código Penal en agravio de Leonor Neira Rojas y a la vez ABSUELVE a María Luz Gonzáles Fernández del delito de Difamación previsto y sancionado en el tercer párrafo del artículo 132 del Código Penal en agravio de Leonor Neira Rojas; IMPONE la condena del pago de costas a la parte vencida Leonor Neira Rojas. 2.- DISPONEMOS: Que se remitan los autos al señor Juez llamado por Ley, a efecto de que emita pronunciamiento con arreglo a Ley y a los antecedentes. Sin costas de la instancia. Tómese razón y hágase saber. AUTO DE VISTA AV 206-2015

AV 202-2015 AP 02968-2015-57: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación planteada por la defensa técnica del imputado Miguel Angel Ocharan Pichu.2. CONFIRMAMOS la resolución número cero uno, de fecha uno de julio del dos mil quince, que declaró fundado el requerimiento de confirmación de incautación postulado por el Fiscal de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios. Con lo demás que contiene.

AUTO DE TRÁMITE AP 01894-2015-56: Razones por las que: DECLARAMOS: 1.- NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 03-2015 de fecha seis de julio de dos mil quince, corriente a folios dieciocho y siguientes, consecuentemente, 2.IMPROCEDENTE la apelación formulada por la representante del Ministerio Público, propuesta a folios doce y siguientes. AP 0752-2011-27: Por lo que RESOLVEMOS:1. CONCEDER sin efecto suspensivo el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Rosmel Percy Delgado Calla en contra de la Sentencia de Vista de fecha nueve de julio de dos mil quince, obrante de fojas ciento tres a ciento once. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo fórmese cuaderno de ejecución y remítase al juzgado de origen.

AV 203-2015 SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS. AD 02953-2015-61: Por estas consideraciones, 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público. 2. CONFIRMAMOS Resolución N° 02-2015, dictada en audiencia del diez de julio del año en curso, que resolvió: 1) Declarar infundado el pedido de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público a través de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en contra de Álvaro Yallerco Quispe por la comisión del delito de Violación Sexual de menor de edad previsto en el primer párrafo numeral 2 del artículo 173° del Código Penal en agravio de la menor de iniciales L.H.C de 14 años de edad; 2) Dictar comparecencia con restricciones en contra de Álvaro Yallerco Quispe, con lo demás que contiene. 3. DISPONEMOS REMITIR copias certificadas de la presente a la ODECMA para los fines respectivos conforme al tercer considerando. AUTO DE TRÁMITE AD

10 DE AGOSTO DEL 2015

GB 03815-2015-18: Por estas consideraciones: 1.- DECLARAMOS FUNDADO en parte el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa del imputado Braulio Emilio Peñalba Barriga. 2.- REVOCAMOS la resolución numero 02-2015 emitida en audiencia de Prisión Preventiva llevada a cabo el dieciséis de julio del presente año, que declaró fundada la medida coercitiva de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público y dispuso el internamiento del investigado Braulio Emilio Peñalba Barriga en el Establecimiento Penitenciario por un plazo de nueve meses; y REFORMANDOLA DECLARAMOS infundado el requerimiento Fiscal de prisión preventiva solicitado en contra del procesado Braulio Emilio Peñalba Barriga. 3.- DICTAMOS en contra del imputado Braulio Emilio Peñalba Barriga mandato de comparecencia restrictiva estando obligado a cumplir las siguientes reglas de conducta: a) Deberá abonar una CAUCIÓN por la suma de tres mil Nuevos Soles, que depositará en el Banco de la Nación dentro del término de diez días de notificado. b) No se ausentara del lugar de su residencia, ni variará de domicilio sin autorización previa del Juzgado, al que comparecerá en forma personal y obligatoria cada quince días a fin de informar y justificar sus actividades. c) Se abstendrá de consumir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes así como de tener en su poder objetos susceptibles de facilitar la comisión de otro delito y guardar buena conducta. En caso no cumpla con cualesquiera de las restricciones impuestas, previo requerimiento realizado, se revocará la medida y se dictará mandato de prisión preventiva conforme lo señala el articulo 287.3 del NCPP. 4.- DISPONEMOS.- Se curse el oficio de excarcelación del procesado al Establecimiento Penitenciario, una vez se acredite el deposito de la CAUCIÓN señalada, siempre en cuando no pese en su contra mandato de detención emanado por autoridad judicial competente. 5.- Y los devolvemos.AUTO DE TRÁMITE

DESPACHO AP CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA SV 69-2015 GB 03185-2013-0: PARTE RESOLUTIVA. 1. DECLARAMOS: NULA la Sentencia número treinta y cinco de fecha trece de febrero del año dos mil quince de fojas doscientos cincuenta y tres a doscientos sesenta y tres que ABSUELVE a Giovanna Chávez Velarde y María Luz Gonzáles Fernández del delito de Difamación previsto y sancionado en el primer párrafo del artícu-

01897-2010-55: Por las razones dadas: 1. CORREGIMOS el Auto de Vista N° 0188-2015 de fecha veinte julio de dos mil quince, corriente de fojas 289 a 297, en el extremo que indica que la Sentencia de la instrucción penal N° 025152012 tiene como fecha 30 de octubre del 2013, cuando lo correcto es de fecha 31 de octubre del 2013. 2. DISPONEMOS la devolución al juzgado de origen para las comunicaciones respectivas. SE EXPIDIERON: 15 DECRETOS.

11 DE AGOSTO DEL 2015

Martes, 6 de octubre del 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTOS DE TRÁMITE AP 0826-2013-61: Por lo que RESOLVEMOS: DECLARAR: CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA número cincuenta y nueve guión dos mil quince, emitida con fecha dos de julio de dos mil quince. DISPONEMOS: Encontrándose con Sentencia de Vista firme el presente proceso, remítanse los actuados al juzgado de origen.

veintinueve de enero de dos mil quince, que declaró a EDWIN SERGIO PÉREZ VELAZCO ABSUELTO del delito de Actos contra el Pudor, ilícito previsto y sancionado en el artículo ciento setenta y seis, párrafo primero del Código Penal, en agravio de la persona de iniciales G.E.Z.S. 3. DISPONEMOS: La realización de nuevo juicio oral por magistrado distinto. 4. SIN COSTAS y los devolvemos. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES. SV 74-2015

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS.

DESPACHO

a René Reynaldo Cjuno Ramos como CO AUTOR del delito de Robo Agravado, previsto y penado en el Artículo 188°, concordado con el artículo 189, primer párrafo, incisos 1°, 3°, 4° y 7° del Código Penal. 3. ORDENAMOS: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.

AUTO DE VISTA AV 208-2015

12 DE AGOSTO DEL 2015

AP 02782-2015-0: Por estos fundamentos; DECLARAMOS. 1. NULO EL CONCESORIO contenido en la Resolución N° 04-2015 de fecha dieciséis de julio de dos mil quince que concedió apelación a favor del querellante Leonardo Hanco Valeriano, en contra de la Resolución N° 3 que resolvió declarar infundado el pedido de nulidad interpuesto, en consecuencia IMPROCEDENTE LA APELACIÓN interpuesta a fojas 41 y siguientes. 2. DISPONEMOS: La devolución de los actuados al Juzgado de origen.

SV 70-2015

AP 02517-2011-19: PARTE RESOLUTIVA, POR TALES CONSIDERACIONES: POR MAYORIA: Con los Votos de los Señores Jueces Superiores Cecilia Aquize Díaz y Orlando Abril Paredes. 1.DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por el Ministerio Público. 2.- CONFIRMAMOS: La sentencia de fecha 1 de abril del dos mil quince, que absolvió a Kleytoon Ccama Mamani, de la comisión del delito de cohecho pasivo impropio, previsto en el segundo párrafo del artículo 394° del Código Penal vigente mediante Ley n° 28355, en agravio del Estado representado por la procuradora Pública anticorrupción de Arequipa. Con lo demás que contiene. SIN COSTAS en esta instancia.

AV 209-2015 GB 0026-2015-54: PARTE RESOLUTIVA. 1. DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por el Ministerio Publico. 2.- DECLARAMOS: NULA la Sentencia número 25-2015 de fecha treinta de enero del dos mil quince que DECLARA a Adrián Alarcón Pedraza ABSUELTO de la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada previsto en el artículo 202 inciso 2 y artículo 204 inciso 2 del Código Penal en agravio de Julia Ríos Hinojosa y DISPONE la anulación de los antecedentes que hayan generado el presente proceso. 3.- DISPONEMOS: Que se remitan los autos al señor Juez llamado por Ley, a efecto de que emita nuevo pronunciamiento con arreglo a Ley. Sin costas de la instancia. AUTOS DE TRÁMITE GB 0119-2014-03: Por lo que RESOLVEMOS: a) CONCEDER el recurso de casación sin efecto suspensivo2, interpuesto por Rahal Salinas Rivas, abogado patrocinador de Armando Robles Fernández, contra la resolución número 11 (Auto de Vista número 193-2015) de fecha veintitrés de julio de dos mil quince, obrante de fojas doscientos sesenta y dos a doscientos sesenta y seis; debiendo formarse cuaderno de casación y ser elevado a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. b) DISPONER: se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal dentro del décimo día siguiente al de la notificación. Al primer otrosí.- Téngase por señalada su casilla electrónica. SE EXPIDIERON: 06 DECRETOS.

DESPACHO AP 01894-2015-56: Por tales consideraciones, RESOLVEMOS: 1.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado.2.- REVOCAMOS la resolución cero siete guión dos mil quince de fecha veinticuatro de julio del dos mil quince, que declaró fundado el pedido de revocatoria de comparecencia con restricciones y dispuso la prisión preventiva de Sugar Derly Cuarite Rosas, por el plazo de seis meses; REFORMANDO la misma, DECLARAMOS IMPROCEDENTE el requerimiento del Ministerio Público de revocar la medida de comparecencia con restricciones. 3.- REFORMAMOS la medida de comparecencia restrictiva existente contra Sugar Derly Cuarite Rosas, DISPONIENDO la medida de COMPARECENCIA SIMPLE, sujeta al cumplimiento de la siguiente regla de conducta: comparecer a las diligencias para las que sea convocado derivadas de este proceso penal; bajo apercibimiento de disponerse su conducción compulsiva, a cargo de la Policía Nacional del Perú. 4.- ORDENAMOS la INMEDIATA EXCARCELACION del investigado SUGAR DERLY CUARITE ROSAS, debiendo cursarse en el día las comunicaciones al Instituto Nacional Penitenciario para su ejecución, salvo que tuviese mandato judicial proveniente de otro proceso.

EN AUDIENCIA AV 207-2015 AD TIENE POR DESISTIDO al ACCIONANTE de la relación interpuesta en contra de la RESOLUCIÓN 16 de fecha diecisiete de julio del dos mil quince entonces solicita hacer uso de la palabra respeto a la sentencia. AUTOS DE TRÁMITE

13 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

AD 01892-2011-81: Por lo que RESOLVEMOS: DECLARAR: CONSENTIDO EL AUTO DE VISTA número ciento noventa guión dos mil quince, emitida con fecha veintiuno de julio de dos mil quince. DISPONEMOS: Encontrándose con Auto de Vista firme el presente proceso, remítanse los actuados al juzgado de origen.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE AQUIZE DIAZ. AUTO DE VISTA AV 210-2015 GB 05088-2013-5: PARTE RESOLUTIVA, DECLARAMOS FUNDADA la reconsideración postulada, dejando sin efecto la Multa impuesta al abogado Elar Agapito Mayta Contreras. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA PARCIAL DE GOMEZ BENAVIDES.

AV 211-2015 AD 04023-2015-19: Por tales consideraciones, POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES PERCY GÓMEZ BENAVIDES, CECILIA AQUIZE DÍAZ Y ORLANDO ABRIL PAREDES, RESPECTO A LA IMPUGNACIÓN DE LA DEFENSA TÉCNICA DEL INVESTIGADO.1.DECLARAMOS INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa del investigado y FUNDADA la apelación postulada por el Ministerio Público. 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 02-2015, dictada en audiencia del veintinueve de julio del año en curso, que resolvió declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva de la persona de Damian Frank Llallacachi Laccacta .POR MAYORÍA DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CECILIA AQUIZE DÍAZ Y ORLANDO ABRIL PAREDES, RESPECTO A LA IMPUGNACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO. 3. REVOCAMOS la misma en cuanto fijó el plazo de duración de la medida de coerción personal en seis meses, REFORMÁNDOLA, la fijamos en nueve meses. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE TRÁMITE

SENTENCIA DE VISTA SE EXPIDIERON: 08 DECRETOS. SV 71-2015 AD 0076-2013-25: POR ESTAS CONSIDERACIONES, 1. DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por el Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa. 2. CONFIRMAMOS: La Sentencia N° 41-2015-3JU de fecha seis de febrero de dos mil quince únicamente en el extremo que dispuso que no corresponde el pago de reparación civil. 4. SIN COSTAS y los devolvemos.

14 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA SV 73-2015

SV 72-2015 AD 00193-2014-0: POR ESTAS CONSIDERACIONES, 1. DECLARAMOS: FUNDADA la apelación interpuesta por el Ministerio Público. 2. DECLARAMOS: NULA la Sentencia N° 2015-010 de fecha

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

GB 05088-2013-9: PARTE RESOLUTIVA. 1. DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por René Reynaldo Cjuno Ramos. 2. CONFIRMAMOS: La Sentencia de fecha trece de enero del dos mil quince, la cual resolvió declarar

AP 01176-2012-4: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el CATORCE DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número siete (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo

se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con lamisma, conforme al considerando quinto de la presente. AP 02965-2010-48: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el SIETE DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número siete (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para la imputada recurrida de ser declarado contumaz en caso de inasistencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. AP 02000-2014-84: SE RESUELVE: DECLARAR IMPROCEDENTE la nulidad deducida por Jacinto Tomás Chacca Paja, en contra de la resolución Nro. 12 (Auto de Vista N° 201-2015), de fecha 06 de agosto de 2015. SE EXPIDIERON: 02 DECRETOS.

18 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA SV 75-2015 GB 02741-2012-62: PARTE RESOLUTIVA. 1. DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por Reli Callata Vega, Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa. 2. CONFIRMAMOS: La Sentencia de de fecha siete de abril del dos mil quince, la cual resolvió ABSOLVER a WALTER PERCY CALDERON ARCE como Cómplice Primario de la comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Estafa Genérica, previsto y penado en el Artículo 196° del Código Penal, en agravio de Julio César Marín Mendoza y Sandra Huñapi Medina. 3. ORDENAMOS Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia. DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. CON VOTO EN DISCORDIA PARCIAL DE GOMEZ BENAVIDES. AUTO DE VISTA AV 212-2015

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AP 02968-2015-96: Por tales consideraciones, RESOLVEMOS DECLARAR:POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES PERCY GÓMEZ BENAVIDES, CECILIA AQUIZE DÍAZ Y ORLANDO ABRIL PAREDES. 1.- INFUNDADA la apelación de Jack Lopez Acuña; en consecuencia CONFIRMAMOS las Resoluciones Nro.042015 del seis de julio del dos mil quince, y, sin número del siete de julio del dos mil quince que declararon fundado el requerimiento de detención domiciliaria en su contra e infundado el pedido de comparecencia con restricciones propuesto por Jack López Acuña. POR MAYORIA DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CECILIA AQUIZE DÍAZ Y ORLANDO ABRIL PAREDES 2.- INFUNDADA la apelación de Delfor Sarmiento Pinto; en consecuencia CONFIRMAMOS las Resoluciones Nro.04-2015 del seis de julio del dos mil quince, y, sin número del siete de julio del dos mil quince que declararon fundado el requerimiento de detención domiciliaria en su contra. 3.- FUNDADO el recurso de apelación postulado por el Ministerio Público en contra del extremo de la resolución número 04-2015 que fijo el plazo de detención domiciliaria en seis meses, REFORMANDO la misma, fijamos en NUEVE MESES el plazo de la detención domiciliaria dictada en contra de Jack López Acuña y Néstor Delford Sarmiento Pinto; debiendo cursarse las comunicaciones respectivas a la Policía Nacional del Perú, para su cumplimiento. POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES PERCY GÓMEZ BENAVIDES, CECILIA AQUIZE DÍAZ Y ORLANDO ABRIL PAREDES. 3.- FUNDADO el recurso de apelación propuesto por Juan Manuel Guillen Benavides; en consecuencia, REFORMANDO la Resolución Nro. 04-2015, DECLARAMOS INFUNDADO el requerimiento de detención domiciliaria postulado por el Ministerio Público, respecto a Juan Manuel Guillen Benavides; le imponemos COMPARECENCIA RESTRICTIVA, sujeta al cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: a.- Está impedido de abandonar el país, debiendo cursarse las comunicaciones a las autoridades encargadas del control migratorio, para su cumplimiento. b.- Presentarse al Juzgado de Investigación Preparatoria el primer día hábil de cada mes para informar y justificar sus actividades. c.- Comparecer a las diligencias para las que sea convocado en este proceso, por las autoridades a cargo de su conocimiento. d.- No variará de domicilio sin previa autorización expresa del Juzgado de Investigación Preparatoria. 4.- ORDENAMOS se libren las comunicaciones a la Policía Nacional del Perú, para comunicar la decisión adoptada sobre el investigado Juan Manuel Guillen Benavides. CON LO DEMAS QUE LA CONTIENE. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE TRÁMITE AP 05861-2014-0: Por lo que: 1. CONCEDEMOS el recurso de casación sin efecto suspensivo interpuesto Karim Ali Merzthal Reyes, representante legal de la Empresa Editora El Comercio, tercero civil en la querella interpuesta por Félix Alejandro Solórzano en contra de la Resolución N° 13 (Auto de Vista N° 187-2015) de fecha veinte de julio de dos mil quince. 2. DISPONEMOS se remitan los autos a la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma, estilo y plazo de ley. 3. EMPLAZAMOS a las partes procesales a efecto comparezcan ante la Sala Penal correspondiente de la Corte Suprema de Justicia de la República, fijando domicilio procesal dentro del décimo día siguiente a la notificación de la presente resolución; asimismo, fórmese cuaderno de casación, el cual será elevado a la Corte Suprema. AP 0618-2010-78: RESOLVEMOS: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA de Vista N° 65-2015, expedida con fecha veintiuno de julio de dos mil quince. DISPONGO.- Encontrándose con Sentencia firme el presente proceso, remítase los actuados al juzgado de origen. AD 01453-2012-41: Por lo que: 1. CONCEDEMOS el recurso de casación sin efecto suspensivo interpuesto por la parte civil y el Ministerio Público en contra de la Sentencia de Vista N° 067-2015 (Resolución N° 13-2015) de fecha veinticuatro de julio de dos mil quince.2. DISPONEMOS se remitan los autos a la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma, estilo y plazo de ley. 3. EMPLAZAMOS a las partes procesales a efec-

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La República

to comparezcan ante la Sala Penal correspondiente de la Corte Suprema de Justicia de la República, fijando domicilio procesal dentro del décimo día siguiente a la notificación de la presente resolución; debiendo elevarse los autos a la Corte Suprema. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES. AP 02026-2013-05: Por lo que, POR MAYORIA DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CECILIA AQUIZE DÍAZ Y ORLANDO ABRIL PAREDES, SE RESUELVE: DECLARAR IMPROCEDENTE las nulidades deducidas por don Juan Melchor Chacón Pérez y su abogado defensor Germán Rodríguez Huarache, en contra del Auto de Vista N° 205-2015 (Resolución N° 13) de fecha siete de agosto de dos mil quince. A los otrosíes: Expídase las copias solicitadas por la Oficina de Atención al Usuario, a costo de la parte solicitante. SE EXPIDIERON: 01 DECRETOS.

19 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE VISTA

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

procesado al Establecimiento Penitenciario, una vez se acredite el deposito de la CAUCIÓN señalada, siempre en cuando no exista en su contra mandato de detención emanado por autoridad competente. 5.- Y los devolvemos.-

DESPACHO

AUDIENCIA

SENTENCIA DE VISTA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

SV 76-2015

AUTO DE TRÁMITE AD 0977-2010-5: Por ello se dispone que se de todas las facilidades a la defensa pública para el conocimiento de esta causa de tal forma que en la siguiente oportunidad los abogados de la defensoría publica que sean asignados se encuentren debidamente preparados para poder continuar con la audiencia, en este entendido el oficio deberá comunicarse de que exista un abogado que pueda reemplazar en su caso a los patrocinados por el Dr. Henry Alfaro o por otro, por si faltara algún abogado que se encuentre presente acá, el apercibimiento vale tanto para los señores procesados, que vienen siendo asistidos por el Dr. Henry Alfaro como los abogados presentes, además de las multas que pudieran imponerse serán reemplazados en ese momento por defensa pública. De acuerdo a la agenda de la sala se fija la audiencia para el día MARTES QUINCE DE SETIEMBRE A HORAS OCHO Y TREINTA MINUTOS (Sala07-4to piso) fecha inaplazable conforme se le ha indicado subsiste los apremios ya establecidos en autos.

AV 213-2015 AUTO DE TRÁMITE AD 03663-2012-38: Por estos fundamentos; DECLARAMOS: 1. NULO EL CONCESORIO contenido en la Resolución N° 3 de fecha veinte de julio de dos mil quince que concedió apelación a favor de Ulises Antonio Barrenechea Cuadros respresentante de la empresa agraviada Reyna Tours E.I.RL en contra de la Resolución N° 032015 de fecha siete de julio de dos mil quince, en la cual se declaró fundado el requerimiento de sobreseimiento postulado por el representante del Ministerio Público; en consecuencia, IMPROCEDENTE LA APELACIÓN interpuesta a fojas 80 y siguiente. 2. DISPONEMOS REMITIR copias certificadas de la presente a la ODECMA para los fines respectivos conforme al quinto considerando. 3. DISPONEMOS: La devolución de los actuados al Juzgado de origen.

AV 214-2015 GB 04133-2015-14: Por estas consideraciones: 1.DECLARAMOS FUNDADO en parte el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa técnica del imputado Christian Alexander Calderón Durand. 2.- REVOCAMOS la resolución N° 02-2015, dictada en audiencia del cinco de agosto del presente año, que resolvió: 1) Declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público a través de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en contra de Christian Alexander Calderón Durand por el presunto delito de Violación de la indemnidad Sexual en agravio de la menor de iniciales C.M.L. 2) Disponer la prisión preventiva del procesado Christian Alexander Calderón Durand por el plazo de nueve meses. y REFORMANDOLA DECLARAMOS infundado el requerimiento Fiscal de prisión preventiva solicitado en contra del procesado Christian Alexander Calderón Durand. 3.- DICTAMOS en contra del imputado Christian Alexander Calderón Durand mandato de comparecencia con restricciones estando obligado a cumplir las siguientes reglas de conducta: a) Deberá abonar una CAUCIÓN por la suma de dos mil Nuevos Soles, que depositará en el Banco de la Nación dentro del término de diez días de notificado. b) No se ausentara del lugar de su residencia, ni variará de domicilio sin autorización previa del Juzgado, al que comparecerá en forma personal y obligatoria cada quince días a fin de informar y justificar sus actividades. c) Se abstendrá de consumir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes así como de tener en su poder objetos susceptibles de facilitar la comisión de otro delito y guardar buena conducta. En caso no cumpla con cualesquiera de las restricciones impuestas, previo requerimiento realizado, se revocará la medida y se dictará mandato de prisión preventiva conforme lo señala el articulo 287.3 del NCPP. 4.- DISPONEMOS.- Se curse el oficio de excarcelación del

GB 0170-2015-0: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia,conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el DIECISÉIS DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número siete (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS.

20 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE TRÁMITE AD 02558-2013-55: SE RESUELVE: Declara INADMISIBLES las fotografías ofrecidas en esta instancia en número de ocho y ADMITIR para su actuación el video presentado por la defensa. Se dispone la devolución de las fotografías a la partes. SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS.

21 DE AGOSTO DEL 2015

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

AP 0442-2014-11: POR TALES CONSIDERACIONES, POR UNANIMIDAD, RESOLVEMOS: 1.- DECLARAR: FUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica de Briseyda Jeaneth Maquera Quispe. 2.- DECLARAMOS: NULA la sentencia N° 78-2015 de fecha veinticuatro de marzo del dos mil quince, NULO todo lo actuado; en consecuencia. 3.- DISPONEMOS: Retrotraer el proceso a la etapa intermedia, específicamente, hasta la audiencia de control de acusación, procediendo el a quo a devolver la acusación al ministerio público, para los fines explicitados en la parte considerativa, y, enseguida proseguir con el séquito del mismo. 4.- EXHORTAMOS: Al representante del ministerio público y el juzgador a cargo de la investigación preparatoria imprimir celeridad en el desarrollo de la causa, al advertir que no existió en ellos, el rigor correspondiente en relación a la verificación de la calificación legal del hecho imputado. SIN COSTAS SV 77-2015 AD 01761-2015-0: Por tales consideraciones, 1. DECLARAMOS FUNDADO el recurso interpuesto por la defensa de la parte demandada, Junta de Propietarios del Terminal Mayorista El Altiplano Los Incas. 2. REVOCAMOS la Sentencia N° 181-2015-1JPU-CSJA de fecha veinte de julio de dos mil quince, que declaró FUNDADA la demanda de hábeas corpus interpuesta por la Asociación de Comerciantes del Terminal Mayorista Nuevo Altiplano Los Incas debidamente representado por Jesús Masco Hancco en contra de la Asociación Junta de Propietarios del Terminal Mayorista el Altiplano Los Incas representado por Jaime Walter Ginez Muñuico, con lo demás que contiene, y REFORMÁNDOLA declaramos IMPROCEDENTE la demanda de hábeas corpus interpuesta por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL TERMINAL MAYORISTA NUEVO ALTIPLANO LOS INCAS debidamente representado por Jesús Masco Hancco. Y lo devolvemos.

Martes, 6 de octubre del 2015

dicho efecto. SEGUNDO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número SIETE (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de las partes apelantes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. TERCERO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. CUARTO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. SE EXPIDIERON: 13 DECRETOS.

24 DE AGOSTO DEL 2015

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE VISTA AV 215-2015 GB 03770-2012-69: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el pedido del Ministerio Público y tener por DESISTIDO de su apelación que formulo en su momento en este proceso. Tómese Razón y Hágase Saber. Se continúa la audiencia con la apelación de la parte agraviada.

AUTO DE TRÁMITE AV 216-2015 GB 01524-2011-44: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número SIETE (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. AP 02267-2012-73: Por estas consideraciones: PRIMERO: ADMITIMOS como medio probatorio ofrecido por la defensa técnica de la imputada Santa Delia Pérez Condori el debate pericial entre el perito oficial Luis Kamiche Vargas y la perito de parte Malena Mellado Pérez, quienes deberán ser notificados para

AP 04024-2015-5: PARTE RESOLUTIVA: Se Resuelve: DECLARAR FUNDADO la decisión tomada por Anthony Misael Flores Machaca, en consecuencia tenerlo por DESISTIDO del recurso de apelación en contra de la resolución 02-2015 que dispuso su prisión preventiva. DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE AQUIZE DIAZ. AV 217-2015 GB 03063-2011-14: PARTE RESOLUTIVA.- 1.DECLARAMOS FUNDADA la apelación interpuesta por Leydy R. Cuadros Meza, abogada de Lutgardo Puma Rado. 2. REVOCAMOS Resolución N° 20-2015, de fecha once de junio del dos mil quince, la cual resolvió declarar Infundada la solicitud de nulidad planteada por la defensa técnica del Lutgardo Puma Rado a quien se juzgó por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Nashira Tatiana Puma Andía. 3. REFORMÁNDOLA, DE OFICIO, declaramos NULO todos los actuados a partir de las fojas 55 y siguientes del presente Cuaderno Judicial de Ejecución de Sentencia, dejando a salvo los instrumentos que por su propia naturaleza mantiene su vigencia, debiendo notificarse en domicilio válido al condenado Lutgardo Puma Rado. 4. ORDENAMOS la inmediata excarcelación del sentenciado Lutgardo Puma Rado, salvo exista otro mandato de detención emitido por autoridad competente. 5. DISPONEMOS la devolución de los actuados al juzgado de origen. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AV 218-2015

AD 02968-2015-55: SE RESUELVE: 1.TENER POR DESISTIDO al procesado Nelson Delfor Sarmiento Pinto, de la apelación interpuesta en contra de la Resolución N° 01 de fecha tres de julio de dos mil quince, que resuelve declarar improcedente la Cuestión Previa interpuesta por Nelson Delfor Sarmiento Pinto. 2. DISPONER la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen. SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS.

25 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES. AUTO DE VISTA AV 219-2015 AP 03766-2015-0: PARTE RESOLUTIVA, Por estos fundamentos, en uso de las atribuciones que confieren la Constitución Política del Perú, por unanimidad, RESOLVEMOS: 1.- DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada por el demandante. 2.- CONFIRMAMOS la resolución número uno, de fecha quince de julio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda de hábeas corpus, interpuesta por Marco Antonio Bustinza Siu, en contra de Fabiola Quiroz Robillard. Con lo demás que contiene. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES HUANCA APAZA,, MAGALLANES RODRIGUEZ Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES. AUTO DE TRAMITE MR 04172-2009-76: POR LO QUE: POR MAYORÍA DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES HÉCTOR HUANCA APAZA Y YENY MAGALLANES RODRÍGUEZ 1.- DECLARAMOS que los señores Jueces Superiores Cecilia Aquize Díaz y Orlando Abril Paredes, se encuentran impedidos para continuar con el conocimiento del presente proceso, principal y demás incidentes. 2.- CONFORMAR el colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones con los miembros menos antiguos de la Sala Superior Penal de Turno conforme a la Resolución Administrativa N° 013-2015-PRES/CSJAR. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AP 02968-2015-96: Por las razones dadas: 1. CORREGIMOS el Auto de Vista N° 0212-2015 de fecha dieciocho de agosto de dos mil quince, corriente de fojas 1004 a 1027, en el extremo que indica en el punto 5.1.5.a) del quinto considerando, que las fechas de los correos electrónicos datan del 18/12/12, cuando lo correcto es que son de fecha 18 de febrero de 13. 2. DISPONEMOS la devolución al juzgado de origen para las comunicaciones respectivas. SE EXPIDIERON: 10 DECRETOS.

26 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES. SENTENCIA DE VISTA SV 78-2015 GB 01624-2013-44: PARTE RESOLUTIVA.1. DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por Janet Nancy Valdivieso Herrera, Fiscal Adjunta al Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa. 2. POR UNANIMIDAD: CONFIRMAMOS la Sentencia N° 110-2015-3JPU de fecha veintisiete de abril del dos mil quince, en el extremo que resolvió ABSOLVER a DANIEL CARLOS COLQUE TACCA del delito de lesiones Culposas, previsto por el artículo 124°, primer y cuarto párrafo, del Código Penal, en agravio de Wilinton Ne-

Martes, 6 de octubre del 2015

grón Gutiérrez. 3. POR MAYORIA LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ y ABRIL PAREDES: CONFIRMAMOS el extremo que declaro Infundada la pretensión resarcitoria postulada por el Ministerio público a favor del agraviado; 4. ORDENAMOS: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia. SV 79-2015 AP 0566-2011-91: POR TALES CONSIDERACIONES: 1.- POR MAYORIA CON LOS VOTOS DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DÍAZ Y ABRIL PAREDES: DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público y el tercero civil responsable Municipalidad Provincial de Arequipa; y, FUNDADA en parte, la apelación interpuesta por los actores civiles Renzo Giovani Puga Marriot y Juan Andrés Vera Marriot. 2.- POR UNANIMIDAD: CONFIRMAMOS: La sentencia de fecha nueve de febrero del dos mil quince, que absolvió a Fredy Flores Flores, Hernán Javier Torres Peláez, Carlos Reynaldo Paredes Huanca, Fidencio Sánchez Del Cuadro, Walter Hugo Begazo Fuentes, José Rodolfo Escalante Guzmán, Julián Jaime Apaza Condori, Ronal Jim Mena Guerrero, Alexander Nuredin Allasi Rodríguez, Juan Carlos Ojeda Álvarez, Juan Carlos Hancco Poma, como coautores del Delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Graves previsto en el Artículo 121° numeral 3 del Código Penal, en agravio de Renzo Giovani Puga Marriot, y, Lesiones Leves, previsto en el Artículo 122° del Código Penal, en agravio de Juan Andrés Vera Marriot. Con lo demás que contiene. 3.- POR MAYORIA CON LOS VOTOS DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DÍAZ Y ABRIL PAREDES: REVOCAMOS la sentencia de fecha nueve de febrero del dos mil quince, en el extremo que establece el monto de reparación civil, REFORMÁNDOLA: fijamos en diez mil 00/100 nuevos soles el monto de reparación civil, por daño moral, a favor de Renzo Puga Marriot, y, de siete mil quinientos 00/100 nuevos soles por daño moral, para Juan Andrés Vera Marriot, que deberán pagar solidariamente los demandados Fredy Flores Flores, Hernán Javier Torres Peláez, Carlos Reynaldo Paredes Huanca, Fidencio Sánchez Del Cuadro, Walter Hugo Begazo Fuentes, José Rodolfo Escalante Guzmán, Julián Jaime Apaza Condori, Ronal Jim Mena Guerrero, Alexander Nuredin Allasi Rodríguez, Juan Carlos Ojeda Álvarez, Juan Carlos Hancco Poma y el tercero civil responsable, Municipalidad Provincial de Arequipa. SIN COSTAS en esta instancia. AUTO DE VISTA AV 220-2015 AP 04024-2015-5: RESOLVEMOS: 1. DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el ministerio público. 2.REVOCAR la resolución número dos guión dos mil quince dictada en audiencia del veintinueve de julio del dos mil quince, que dispuso el plazo de prisión preventiva por siete meses; REFORMANDO la misma DISPONEMOS que el plazo de prisión preventiva dictada en contra de ANTHONY MISAEL TORRES MACHACA y JOSE CARLOS TORRES MAMANI, es por el plazo de NUEVE MESES; debiendo el Juzgado de Investigación Preparatoria remitir las comunicaciones respectivas al Instituto Nacional Penitenciario para el cumplimiento de la medida, en la forma decidida. Con lo demás que contiene. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. AUTO DE TRÁMITE AP 04314-2013-13: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el VEINTIUNO DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número SIETE (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición

de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. SE EXPIDIERON: 06 DECRETOS.

27 DE AGOSTO DEL 2015

31 DE AGOSTO DE L 2015

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES SENTENCIA DE VISTA SV 80-2015 AP 0105-2015-0: POR TALES CONSIDERACIONES, POR UNANIMIDAD: 1.- DECLARAMOS: FUNDADA la apelación interpuesta por el Ministerio Público. 2.- DECLARAMOS: NULA la sentencia N° 2015-015 de fecha diez de febrero del dos mil quince, en cuanto absolvió a Ángel Suarez Ramos del delito de violación de la libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor, ilícito previsto en el primer párrafo, inciso 2 del artículo 176 A del Código Penal; en consecuencia, ORDENAMOS que los actuados sean remitidos a magistrado diferente de quien expidió el pronunciamiento declarado nulo, para que renovando el juicio oral expida nueva sentencia. 3.- DISPONEMOS: Que la administración distrital del módulo penal, proceda a la distribución aleatoria de este proceso, entre los juzgados penales unipersonales de la Provincia de Arequipa. SIN COSTAS. SV 81-2015 AD 02558-2013-55: POR ESTAS CONSIDERACIONES, 1. NULO EL CONCESORIO contenido en la Resolución N° 02 de fecha seis de abril de dos mil quince, únicamente en cuanto concedió recurso de apelación respecto de la acción penal y proveyendo en sede de instancia SE DECLARA IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto a fojas 186 y siguientes solo en cuanto al extremo de la acción penal. 2. DECLARAMOS: FUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica del sentenciado Máximo Castro Huayhua. 3. REVOCAMOS: La Sentencia de fecha veinticinco de marzo de dos mil quince únicamente en el extremo que fijo el monto de la reparación civil en la suma de treinta mil nuevos soles, REFORMANDOLA fijamos el monto de la reparación civil en la suma de CINCO MIL NUEVOS SOLES, que deberá abonar el sentenciado a favor del agraviado. 4. SIN COSTAS y los devolvemos. AUTO DE VISTA

AUTO DE TRÁMITE CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA AD 04530-2009-50: POR TALES CONSIDERACIONES, SE RESUELVE: 1.DECLARAR: INFUNDADA la apelación formulada por el Ministerio Público y la Procuraduría Anticorrupción de Arequipa. 2.CONFIRMAR: La sentencia de fecha cuatro de diciembre de dos mil catorce, que declaró a ANGEL AUGUSTO PEREZ VALVERDE absuelto de los cargos imputados por los delitos de PECULADO en concurso ideal con el delito de Falsedad Material, USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO en agravio del Estado representado por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN. 3. La confirmamos en lo demás que contiene. Sin Costas de la instancia. Y los devolvemos.

S.V.83-2015 AP 1664-2011-58: DECLARAMOS: INFUNDADA las apelaciones interpuestas por el Ministerio Público, Procurador Público Anticorrupción; la defensa técnica de Wilmar Emilio Ponce Rodriguez y Rufino Pajsi Gómez. CONFIRMAMOS: La sentencia de fecha 13 de febrero del dos mil quince, que absolvió a Edwin Augusto Reymer Quiroz y Ernesto Alonso Cáceres Bustamante, de la comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de colusión, previsto en el artículo 384° del Código Penal, en agravio del Gobierno Regional de Arequipa, representado por el Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Arequipa y; en cuanto declaró a Wilmar Emilio Ponce Rodríguez como autor y a Rufino Pajsi Gómez como cómplice primario, del delito contra la Administración Pública en la modalidad de colusión, previsto en el artículo 384° del Código Penal, en agravio del Gobierno Regional de Arequipa, representado por el Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Arequipa. Con lo demás que contiene. SIN COSTAS en esta instancia. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES AQUIZE DIAZ, ABRIL PAREDES Y CON VOTO EN DISCORDIA DE GOMEZ BENAVIDES. AUTO DE VISTA AV 222-2015 AP 02542-2014-61: POR TALES CONSIDERACIONES: PRIMERO: DECLARAMOS: NULO el concesorio de apelación otorgado mediante resolución cuatro de fecha dieciséis de junio del dos mil quince; y proveyendo la apelación incoada por el abogado defensa técnica de los agraviados Víctor Arturo Gonzales Puertas y Rodrigo Manuel Manchego Carpio, declaramos IMPROCEDENTE la dicha apelación. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno de apelación de auto al Juzgado de origen. EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

AV 220-2015 AV 223-2015 AD 06057-2014-78: Por estas consideraciones, 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor de los investigados. 2. CONFIRMAMOS la Resolución N° 02-2015, dictada en audiencia del veintitrés de julio del año en curso, en el extremo que dispuso la prolongación de la prisión preventiva por el plazo de cuatro meses. SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS.

28 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES GOMEZ BENAVIDES, AQUIZE DIAZ Y ABRIL PAREDES

DESPACHO

DESPACHO

SE EXPIDIERON: 09 DECRETOS.

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

GB 4988-2013-48: DECLARA INADMISIBLE la apelación interpuesta por la razón ya considerada. Se dispone la devolución del expediente a su juzgado de origen

AV 224-2015 AD 03771-2014-0: Por estos fundamentos; DECLARAMOS. 1. NULO EL CONCESORIO contenido en la Resolución N° 08-2015 de fecha diez de julio de dosmil quince en el extremo que concedió apelación a favor de la querellante Ada Del Carpio Sanz, en contra de la Sentencia emitida con data dos de junio de dos mil quince, en consecuencia IMPROCEDENTE LA ADHESIÓN A LA APELACIÓN interpuesta a fojas 228 y siguientes.

GB 03603-2013-38: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el CATORCE DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número siete (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. AD 03815-2015-18: Por lo que: 1. CONCEDEMOS el recurso de casación sin efecto suspensivo interpuesto por el Ministerio Público en contra del Auto de Vista N° 2015 (Resolución s/n) de fecha diez de agosto de dos mil quince. 2. DISPONEMOS se remitan los autos a la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma, estilo y plazo de ley. 3. EMPLAZAMOS a las partes procesales a efecto comparezcan ante la Sala Penal correspondiente de la Corte Suprema de Justicia de la República, fijando domicilio procesal dentro del décimo día siguiente a la notificación de la presente resolución; asimismo, fórmese cuaderno de casación, el cual será elevado a la Corte Suprema. GB 02026-2013-05: RESOLVEMOS: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA de Vista N° 0682015, expedida con fecha seis de agosto de dos mil quince. DISPONGO.- Encontrándose con Sentencia firme el presente proceso, remítase los actuados al Juzgado de origen. GB 01761-2015-0: PARTE RESOLUTIVA: 1. CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por la Asociación de Comerciantes del Terminal Mayorista Nuevo Altiplano Los Incas, contra la Sentencia de Vista N° 077-2015, que resolvió: “1. DECLARAR FUNDADO el recurso interpuesto por la defensa de la parte demandada, Junta de Propietarios del Terminal Mayorista El Altiplano Los Incas. 2. REVOCAR la Sentencia N° 181-2015-1JPU-CSJA de fecha veinte de julio de dos mil quince, que declaró FUNDADA la demanda de hábeas corpus interpuesta por la Asociación de Comerciantes del Terminal Mayorista Nuevo Altiplano Los Incas debidamente representado por Jesús Masco Hancco en contra de la Asociación Junta de Propietarios del Terminal Mayorista el Altiplano Los Incas representado por Jaime Walter Ginez Muñuico, con lo demás que contiene; y, 3. REFORMÁNDOLA declararon IMPROCEDENTE la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL TERMINAL MAYORISTA NUEVO ALTIPLANO LOS INCAS debidamente representado por Jesús Masco Hancco.” 2. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. GB 03300-2010-26: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el VEINTITRÉS DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número SIETE (cuarto piso) del Módulo Penal, con obligatoria

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concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. TERCERO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando quinto de la presente. GB 02000-2014-84: RESOLVEMOS: DECLARAR CONSENTIDA EL AUTO DE VISTA N° 201-2015, expedida con fecha seis de agosto de dos mil quince. DISPONGO.- Encontrándose con Auto firme el presente proceso, remítase los actuados al Juzgado de origen. SE EXPIDIERON: 03 DECRETOS.

CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES 03 DE AGOSTO 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. SENTENCIA DE VISTA SV 051-2015 LR 02450-2013-31: SE RESUELVE:1. DECLARAR: INFUNDADA la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público.2. CONFIRMAR: la Sentencia de fecha treinta de marzo de dos mil quince, que resolvió declarar ABSUELTO al acusado OMAR RONALD ORDOÑEZ CHURA de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, por el presunto delito contra la indemnidad sexual, en la modalidad de Violación Sexual de Menor, ilícito previsto en el inciso 1 del primer párrafo del artículo 173º del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales M. C. Q. M. DISPONE El ARCHIVO DEFINITIVO del proceso donde corresponda, así como la anulación de los antecedentes judiciales y policiales que se hubieran podido generar con su instauración. Con lo demás que contiene, en cuanto es materia de apelación. 3. ORDENAR: la devolución de la presente causa al juzgado de origen, a efecto de que realice los trámites que correspondan. Sin costas de la instancia. AUTO DE VISTA AV 174-2015 LR 0381-2012-02: SE RESUELVE: a. DECLARAR NULA, la Resolución N° 08-2015 de fecha veintiuno de mayo del dos mil quince, que resolvió declarar INFUNDADO LA SOLICITUD DE INEFICACIA FUNCIONAL DE ACTO JURIDICO propuesto por la defensa del sentenciado JOSE CARLOS SOTO NEGRON en el delito a nivel de ejecución de sentencia contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones culposas graves en agravio de ELSA ENRIQUETA ANAYA HUILCARA. Con lo demás que contiene. b. DISPONER la realización de nuevo acto procesal por el mismo Juzgado de Investigación Preparatoria.. ORDENAR la devolución de los autos a su juzgado de origen para los efectos de ejecución. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA.

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La República

AV 175-2015 LR 0377-2013-49: SE RESUELVE: a) DECLARAR INFUNDADA, la apelación interpuesta por la defensa técnica de Vidal Condori Pilco, en contra de la Resolución N° 19-2015 de fecha 27 de marzo del 2015. b) CONFIRMAR, la Resolución N° 19-2015 de fecha 27 de marzo del 2015, que resolvió declarar FUNDADO el requerimiento del Ministerio Público; en consecuencia, REVOCAR LA SUSPENSION DE LA PENA impuesta a Vidal Condori Pilco por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de Jonathan Richard, Jacqueline Roxana y Vidal Christian Condori ramos, el mismo que deberá cumplir cuatro años de pena privativa de la libertad en el Establecimiento Penitenciario que determine el INPE. Con lo demás que contiene. c) DISPONER, la devolución de los autos a su juzgado de origen para los efectos de ejecución. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y MUÑOZ TRENDON. AUTOS DE TRÁMITE

CP 02413-2011-53: SE RESUELVE:A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. BC 03353-2014-0: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) DISPONER el cumplimiento de lo dispuesto en el tercer considerando de la presente resolución, en los plazos, debiendo tener en cuenta el apercibimiento decretado.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

declaración que pudiera haber brindado la parte imputada en este presente proceso se tiene como inexistente de conformidad con el Articulo 470 del Código Procesal Penal DISPONEMOS la devolución de la presente causa al mencionado juzgado. DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y MUÑOZ TRENDON. AUTOS DE TRÁMITE MR 03430-2011-92: Por estas consideraciones: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la excesiva carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el día DIECIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once (ex Segunda Sala penal Liquidadora) del Módulo Penal, con los Magistrados que conformen el Colegiado para la fecha, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de eclararse inadmisible el recurso de apelación nterpuesto, Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad.

SE EXPIDIERON: 04 DECRETOS.

06 DE AGOSTO DEL 2015

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS AUTO DE VISTA 05 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUTO DE VISTA AV 177-2015 LR 0912-2015-68: SE RESUELVE: a) DECLARAR INFUNDADO, el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por la defensa de Claudia Vanessa Hito Málaga, en contra de la Resolución número 22 de fecha catorce de julio de dos mil quince. b) CONFIRMAR, la Resolución número 22 de fecha catorce de julio de dos mil quince, que declara infundado el pedido de cesación de prisión preventiva solicitado por Claudia Vanessa Hito Málaga. Con lo demás que contiene. c) DISPONER, la devolución de los autos a su juzgado de origen para que se efectúe lostrámites que correspondan.

AV 180-2015 BC 02875-2015-24: SE RESUELVE: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de tutela de derechos formulado por WILBERT RICARDO FALCONÍ VIZCARRA, en contra del Ministerio Público, el Brigadier PNP José Antonio Álvarez Chávez, José Raúl Salcedo Bedregal y Liz Nohemí Lazo Salas. DESPACHO AV 179-2015 CP 0783-2011-41: SE RESUELVE.- SE DECLARA INFUNDADA la apelación interpuesta por CALDERON SALINAS, HENRY, de fojas 397-432, y SE CONFIRMA LA RESOLUCION numero 36 de fojas 386-388 que SE RESUELVE: Declarar INFUNDADA la Acción Civil respecto del Ministerio Público, y lo demás que contiene y REVOCAMOS EL EXTREMO en cuanto al considerando antes señalado vinculado a la antijuricidad dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de recurrir a la vía correspondiente para hacer valer sus derechos de corresponder.

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y MUÑOZ TRENDON. AUTOS DE TRÁMITE

AV 178-2015 BC 04540-2014-90: SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 07 de fecha 28/05/2015, dictada por el Señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Modulo de Paucarpata que desaprueba el acuerdo de Terminación Anticipada celebrado entre el Ministerio Público y PRADA BORNAZ, BRIAN, en consecuencia también se señala que la

MR 0832-2012-86: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjun-

tando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) DISPONER el cumplimiento de lo dispuesto en el considerando cuarto de la presente resolución.

Martes, 6 de octubre del 2015

los antecedentes generados en contra de los imputados. Sin costos en esta instancia, y los devolvemos. SE EXPIDIERON: 03 DECRETOS.

MR 02192-2014-90: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) DISPONER el cumplimiento de lo dispuesto en el considerando cuarto de la presente resolución.

10 DE AGOSTO DEL 2015

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. SE EXPIDIERON: 02 DECRETOS. 11 DE AGOSTO DE 2015

DESPACHO SE EXPIDIERON: 07 DECRETOS.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, MUÑOZ RENDON Y BENAVIDES DEL CARPIO.

07 DE AGOSTO DEL 2015

AUTO DE VISTA DESPACHO AV 182-2015 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. SENTENCIA DE VISTA AV 52-2015 BC 02755-2013-29: POR TALES CONSIDERACIONES: 1. DECLARAMOS FUNDADA la apelación de sentencia interpuesta por la defensa técnica de los sentenciados Rommel Fernando Arce Gutiérrez, Dardo Danielo Cuadros Linares y Daniel Alecxi Salinas Saman. 2. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación de sentencia interpuesta por el representante del Ministerio Público.3. REVOCAMOS la sentencia Nro. 23 – 2015, de fecha 19 de enero de 2015 que resolvió declarar a Romel Fernando Arce Gutierrez, Dardo Danielo Cuadros Linares y Daniel Alecxi Salinas Saman, coautores por la comisión del delito de Contaminación del Ambiente tipificado en el artículo 304 primer párrafo del Código Penal en agravio de Juan Carlos Flores Espinoza, Ana Melva Macedo Cárdenas, Rosario Beatriz Cornejo Aragón, Cesar Augusto Alatrista Corrales, Maria Cecilia Mattos Simao De Corrales y Del Estado representado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente; les impuso a los referidos sentenciados cuatro años y ocho meses de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva, pena que se efectivizará una vez que sea firme la sentencia; del mismo modo, les impuso como copenalidad doscientos setenta días multa, que deberán abonar los sentenciados a favor de la dirección nacional del tesoro público dentro de los 10 días de consentida la presente, que calcula en relación a su remuneración mensual, deberán ser calculadas en relación del 25% de su haber mensual; fijó, por concepto de reparación civil cuarenta y cinco mil nuevos soles que deberán abonar los sentenciados en forma solidaria, siendo veinticinco mil nuevos soles para el Estado representado por el Procurador Público especializado en delitos ambientales del Ministerio del Ambiente y cinco mil nuevos soles para los agraviados Juan Carlos Flores Espinoza, Ana Melva Macedo Cárdenas, Rosario Beatriz Cornejo Aragón, Cesar Augusto Alatrista Corrales, Maria Cecilia Mattos Simao de Corrales, en consecuencia;4. REFORMAMOS la referida sentencia declarando a Romel Fernando Arce Gutiérrez, Dardo Danielo Cuadros Linares y Daniel Alecxi Salinas Saman, ABSUELTOS de la comisión del delito de Contaminación del Ambiente tipificado en el artículo 304 primer párrafo del Código Penal en agravio de Juan Carlos Flores Espinoza, Ana Melva Macedo Cárdenas, Rosario Beatriz Cornejo Aragón, Cesar Augusto Alatrista Corrales, Maria Cecilia Mattos Simao De Corrales y del Estado representado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente.5.DECLARAMOS infundada la pretensión civil solicitada a favor de los agraviados conformados por el Estado representado por el Procurador Público especializado en delitos ambientales del Ministerio del Ambiente, Juan Carlos Flores Espinoza, Ana Melva Macedo Cárdenas, Rosario Beatriz Cornejo Aragón, Cesar Augusto Alatrista Corrales y Maria Cecilia Mattos Simao de Corrales. DISPONEMOS el archivo definitivo de la presente causa debiendo cursarse las comunicaciones pertinentes para su registro así como para la anulación de

MR 03521-2015-93: SE RESUELVE: 1.DECLARAR, infundados los recursos de apelación propuestos por las defensas técnicas de los investigados Marco Antonio Caviedes Zapata, José Carlos Apaza Bautista, Hernán Eugenio León Achahuanco y Hugo Palacios Puma, en contra de la Resolución de fecha cuatro de julio de dos mil quince. .CONFIRMAR, la Resolución de fecha cuatro de julio de dos mil quince, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva en contra de Mario Helar Huarca Martínez, Marco Antonio Caviedes Zapata, José Carlos Apaza Bautista, Hernán Eugenio León Achahuanco y Hugo Palacios Puma, por la presunta comisión de los delitos de Tenencia Ilegal de Armas previsto en el artículo 279° de Código Penal en concurso con el delito de Marcaje o Reglaje previsto en el artículo 371°A del Código Penal ambos en agravio del Estado. Con todo lo demás que contiene. 3. DISPONER, la devolución de los autos a su juzgado de origen para los efectos establecidos en la presente resolución. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE TRÁMITE CP 03643-2012-51: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) Por tanto, SE DISPONE: Que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar sus domicilios procesales electrónicos en el plazo de dos déas de notificada la presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Superior.

CP 05040-2014-56: Por tales consideraciones, SE RESUELVE: 1. ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la agraviada Lucía Mamani Calli en representación de la menor de iniciales .L.J.T.M, contra la Sentencia de Vista N° 252015 de fecha veintidós de mayo de dos mil quince que corre en los folios ciento quince y siguientes; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, fórmese cuaderno de ejecución, debiendo remitirse dicho cuaderno al Juzgado de origen. Al otrosí: Téngase presente la designación de abogado defensor. BC 0194-2014-02: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) DISPONER: Que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar oportunamente sus domicilios procesales electrónicos, en el plazo de dos días de notificado la presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por la Sala Penal Superior. OC 02753-2015-0: PARTE RESOLUTIVA: 1. CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Gonzalo Fernando Bellido Loayza por Jorge Dante Zevallos Málaga y Luis Miguel Paredes Díaz, contra la resolución de vista N° 158-2015, de fecha trece de julio de dos mil quince, que obra en los folios setenta y uno y siguientes, que declara infundada la apelación formulada; y confirma la resolución N° 01-2015 de fecha veintiséis de mayo de dos mil quince, que resolvió declarar improcedente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Gonzalo Fernando Bellido Loayza por Jorge Dante Zevallos Málaga y Luis Miguel Paredes Díaz, en contra de Alfredo Fernando Paz García, Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Mariscal Nieto. 2. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. SE EXPIDIERON: 04 DECRETOS.

12 DE AGOSTO DE 2015

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y MUÑOZ RENDON. SENTENCIA DE VISTA SV 53-2015

BC 03282-2015-0: PARTE RESOLUTIVA: 1.CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Gumercindo Sancho Esquía a favor de Elmer Sancho Mamani, contra la resolución de vista N° 159-2015, de fecha catorce de julio de dos mil quince, que obra en los folios noventa y ocho y siguientes, que declara infundada la apelación formulada; y confirma la resolución N° 01-2015 de fecha veintitrés de junio de dos mil quince, que resolvió declarar improcedente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Gumercindo Sancho Esquía a favor de Elmer Sancho Mamani, en contra de los jueces supremos de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República San Martín Castro, Prado Saldarriaga, Rodríguez Tineo, Salas Arenas, y Príncipe Trujillo; asimismo en contra de los jueces superiores de la Sala Penal Liquidadora de San Román Juliaca, Coahuila Salazar, Salazar Calla y Roque Díaz.2. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención.

BC 04221-2012-82: SE RESUELVE: 1.DECLARAR: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el representante del Estado – Procurador Público de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria.2. DECLARAR NULA la Sentencia N° 112-2015 de fecha 28 de abril del 2015, que resolvió declarar Infundada la pretensión resarcitoria postulada por el actor civil, representado por la Procuraduría Pública de la SUNAT, en el proceso seguido en contra de Gabino Chua Huaracha y Marcelina Luicho Hirpanocca por el delito de Contrabando, en agravio del Estado representado por el Procurador Público de la SUNAT.3. DISPONER que nuevo juez emita pronunciamiento fundamentado respecto al ámbito civil, previa audiencia. SIN COSTAS de la instancia, y los devolvemos. SV 54-2015 CP 04101-2013-0: Por tales consideraciones: 1.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Martes, 6 de octubre del 2015

La República

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA UNIDAD DESCONCENTRADA DE INVESTIGACIONES Y VISITAS La Unidad de Investigaciones y Visitas realizará las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS durante el mes de OCTUBRE a los órganos jurisdiccionales que se detallan a continuación en las siguientes fechas:

ÓRGANOS A VISITAR: A. DISTRITO DE ORCOPAMPA •

Juzgado de Paz Letrado

15-10-2015

B. MÓDULO LABORAL •

Primer Juzgado de Trabajo

14-10-2015



Segundo Juzgado de Trabajo

15-10-2015



Tercer Juzgado de Trabajo Contencioso

16-10-2015



Cuarto Juzgado de Trabajo Contencioso

20-10-2015



Quinto Juzgado de Trabajo Contencioso

16-10-2015



Sexto Juzgado de Trabajo Contencioso

22-10-2015



Séptimo Juzgado de Trabajo

21-10-2015



Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio

22-10-2015



Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio

23-10-2015



Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio

23-10-2015

C. MÓDULO CIVIL •

Octavo Juzgado Civil

20-10-2015



Noveno Juzgado Civil

09-10-2015

Las visitas ordinarias se realizarán los días indicados a partir de las ocho horas, durante las cuales los señores abogados y justiciables podrán formular sus pedidos y quejas concernientes a los señores Magistrados y personal jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en las mencionadas dependencias proseguirá con las diligencia señaladas.

Arequipa, 29 de setiembre del 2015 ……………………………………………… CARLO MAGNO CORNEJO PALOMINO JUEZ SUPERIOR TITULAR JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES Y VISITAS

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Martes, 6 de octubre del 2015

CONVOCATORIA A PROCESO DE SELECCIÓN

Licitación Pública 001-2015-CSJAR/PJ

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA

“Adquisición de Uniformes para el Personal Jurisdiccional y Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa” - Primera Convocatoria. Nombre de Entidad Convocante : Corte Superior de Justicia de Arequipa Domicilio

COMUNICADO

: Av. Siglo XX s/n Cercado Arequipa

RUC

: 20456310959

Proceso de Selección

: LP-001-2015-CSJAR/PJ

Descripción

: “Adquisición de Uniformes para el Personal Jurisdiccional y Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa “- Primera Convocatoria

Sistema de Adquisición

: Suma Alzada

Valor Referencial Total

: S/.587,344.16

Plazo de Ejecución

SE COMUNICA AL PUBLICO EN GENERAL QUE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, ESTA REALIZANDO EL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA CONTRATAR EL “SERVICIO DE MANTENIMIENTOS MENORES DE INFRAESTRUCTURA

: 60 días calendario.

DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA”, QUE COMPRENDE LOS TRABAJOS DE

Según las especificaciones técnicas detalladas en las bases administrativas, disponibles en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE. Calendario del Proceso

GASFITERIA, ELECTRICIDAD, CARPINTERIA METÁLICA Y MADERA, MANTENIMIENTO DE

Etapa

PINTURA Y OTROS, POR EL PERIODO DE 12 MESES.

Fecha, hora y lugar

Convocatoria

: 22-09-2015

Registro de participantes

: Del: 23-09-2015 Al: 23-10-2015

Formulación de Consultas

: Del:23-09-2015 Al:29-09-2015

LAS PERSONAS INTERESADAS DEBERAN CONTAR CON LA CALIDAD DE PROVEEDOR DEL

Absolución de Consultas

: 06-10-2015

ESTADO ACREDITADO EN EL REGISTRO DEL OSCE, DEBIENDO APERSONARSE A LA OFICINA

Formulación de Observaciones a las Bases

: Del: 07-10-2015 Al: 14-10-2015

Absolución de Observaciones a las Bases

: 21-10-2015

Integración de las Bases

: 22-10-2015

Presentación de Propuestas

: 30-10-2015

* El acto público se realizará en : AUDITORIO ÁLVARO CHOCANO MARINA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SITO EN AV. SIGLO XX S/N CERCADO DE AREQUIPA A 12:30 HORAS Calificación y Evaluación de Propuestas

: Del: 02-11-2015 Al: 03-11- 2015

Otorgamiento de la Buena Pro

: 04-11-2015

* El acto público se realizará en : AUDITORIO ÁLVARO CHOCANO MARINA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SITO EN AV. SIGLO XX S/N CERCADO DE AREQUIPA A 12:30 HORAS El registro de los participantes se realizará en Mesa de Partes de Administración y Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado de Arequipa, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:45 a 15:45 horas, debiendo la persona natural o jurídica interesada presentar un escrito solicitando el registro.

COMITÉ ESPECIAL

DE LOGISTICA, UBICADA EN LA CALLE PERAL N°110-B 2DO .PISO CERCADO, DONDE SE LES BRINDARA LOS TÉRMINOS REFERENCIA, EN EL HORARIO DE 8:00 AM A 13:00PM Y 13:45PM A 16:30PM, HASTA EL 12 DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO.

COORDINACION DE LOGISTICA

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