Viernes, 6 de abril del 2018
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Corte Superior de Arequipa
1
La República Viernes, 6 de abril del 2018
EDICTOS EDICTO Ante El 7o. Juzgado Civil de Arequipa ,con el Expediente 00029-2018, Juez Dr. Carlos Enrique Poianco Gutiérrez , Especialista Sandra Saturnina Ccailo Cuevas se viene tramitando la demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio del predio ubicado en Asentamiento Poblacional Asociación Pro -Vivienda Las Flores lote 4 manzana K Zona 5, Márgen Derecha Cono Norte distrito Cerro Colorado , Provincia y Departamento Arequipa , con Partida Predial No. P06152184 con una área de 200 m2.,solicitada como demandante Adela Clorinda Mendoza Yucra .Habiéndose emitido la Resolución Admisoria No.01 de fecha 15/01/2018 SE RESUELVE: Admitir la presente demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio en contra de don Miguel Angel del Carpió Torres como demandado, la que se debe tramitar en la vía de proceso Abreviado, y se dispone correr traslado al demandado por 10 días; con citaciones de los colindantes Jovita Bautista Alvarez y Mauro Cruz Ccasani ; se dispone la publicación de la Resolución según numeral 506 del CPC.- Regístrese y comuniqúese .- Sandra Ccallo Cuevas Secretaria Judicial Setimo Juzgado Especializado Civil.- (04-06-10 abril) B/E 031-12553. EDICTO En los autos seguidos por SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, contra HAYDEE NARCISA ACHULLI MARCATOMA, FABIOLA AMELIA RIVERA ACHULLI y actuando como tercero EDGAR TAPIA CASTRO sobre DESALOJO, Expediente N° 00171- 2013-0-040l-JP-CI-01, el señor Juez del Décimo Juzgado de Paz Letrado - Familia Dra. LOURDES FELICITAS CABRERA MOLINA, Especialista Legal Dra. ALODIA ANGELICA QUE A OLAZABAL, ha emitido la Resolución N° 58 de fecha 04 de diciembre del 2017 que resuelve: No siendo parte en el proceso no ha lugar a lo solicitado, quien a efecto de apersonase a proceso deberá presentar documento idóneo que acredite ser sucesora de la co demandada Haydee Narcisa Achulli Marcatoma.- DE OFICIO: VISTOS Y CONSIDERANDO; PRIMERO.- Que, mediante escrito de fecha veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, Sheyla Haydee Ticona Achulli, ha presentado el Acta de Defunción de la co demandada Haydee Narcisa Achulli Marcatoma, acaecida el 03 de octubre de 2017. SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido por el artículo 320 del Código Procesal Civil, se puede declarar la suspensión del proceso, de oficio o a pedido de parte, en los casos previstos legalmente, y cuando a criterio del Juez sea necesario. TERCERO.- Estando a lo indicado, y en este caso en concreto se hace necesario suspender el proceso a efectos de que comparezcan los sucesores procesales de dicha codemandada, pero dicho plazo no debe ser indeterminado, pues se afectaría el principio de celeridad procesal, más aún que el Juez debe procurar la solución del conflicto de intereses en el menor tiempo posible, por lo que el plazo de suspensión debe ser razonable, debiendo disponerse la publicación por edictos a efectos de que los sucesores se apersonen a proceso, adjuntando documento idóneo que sustente ser sucesor (a) de la causante Haydeee Narcisa Achulli, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal, institución jurídica que tiene como finalidad justamente velar por los intereses de las personas que no pueden intervenir legalmente en el proceso.; todo ello conforme a lo establecido en el artículo 108 del Código Procesal Civil; por lo que RESUELVO: SUSPENDER el presente proceso por el plazo de treinta días a fin de que la parte demandante cumpla con gestionar la notificación por edictos a efecto de que los su-
cesores de la causante Haydeee Narcisa Achulli, se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Arequipa 15 de marzo del dos mil dieciocho. Alodia Angelica Quea Olazabal Secretaria Judicial (E) . Décimo Juzgado de Paz Letrado de Familia. (05-06-09 abril) B/E 03112558. EDICTO Ante el segundo juzgado especializado civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Sede Central que despacha el Señor Juez Doctor Dueñas Triviños Uriel, en el expediente N° 0 2651 - 2017 - 0- 0401-JR-CI-0 2, especialista Dr. Gómez Campos Ewart Johann, se dispuso mediante Resolución N° 01 ADMITIR a trámite en vía del proceso SUMARISIMQ, la demanda sobre ineficacia de título valor presentada por JUAN CANLLAHUA TICONA en contra de MANUEL MUÑOZ NAJAR S.A Y BANCO DE CREDITO DEL PERU, en consecuencia, SE CONFIERE TRASLADO de la demanda a los demandados por el plazo de Cinco días para su absolución; por ofrecidos los medios probatorios, y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados. LUCIA BELEN TORRES OBADA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (05-06-09-10-11 abril) B/E 031-12561. EDICTO Por ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE PAUCARPATA, expediente 12374-2016-0-0412-JRFC-01. Especialista Yrene Lizet Ciriaco Vilca, en el PROCESO QUE SOBRE DIVORCIO POR CAUSAL que sigue LUCÍA PAOLA CORRALES ORTEGA en contra de ERIK BRADLEY BRUCE STONE Y EL MINISTERIO PÚBLICO, se ha admitido la RESOLUCIÓN N° 10 que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LUCÍA PAOLA CORRALES ORTEGA sobre divorcio por la causal de separación de hecho de los cónyuges por un periodo ininterrumpido de cuatro años, en contra de ERIK BRADLEY BRUCE STONE y el MINISTERIO PÚBLICO y en forma acumulativa, objetiva, originaria y subordinada la imposibilidad de hacer vida en común y causal de injuria grave que hace insoportable la vida en común y acumulación objetiva originaria accesoria suspensión de la patria potestad, tenencia, régimen de visitas, alimentos y fenecimiento de sociedad de gananciales; en consecuencia, SE DISPONE: TRASLADO de la demanda al Ministerio Público por el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; y respecto al demandado ERIK BRADLEY BRUCE STONE, se dispone: NOTIFICAR por edictos para que en el término de noventa días de notificado conteste la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiéndose realizar la notificación en el diario oficial y en el diario encargado de los avisos judiciales de la ciudad, por ofrecidos los medios probatorios que se indican; agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese Razón y Hágase Saber. Arequipa, 05 de abril del 2018.- YRENE CIRIACO VILCA SECRETARIA JUDICIAL. (06-10-12 abril) B/E 031-12562. EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado - Sede de Cerro Colorado de Arequipa, Exp. 27- 2012, Especialista: Arredondo Turpo Maricela, en la demanda presentada por FLORA CONDE LOPE, en el proceso de ALIMENTOS en Contra de WILBERT LAIME GONZALES, se dictó la resolución 03 de abril del 2012, que se resuelve admitir a tramite la demanda de alimentos, con la finalidad de que se fije la pensión alimenticia a favor del menor Luis Fernando Laime Conde con una suma mensual de s/. 600.00, representado por la demandante; y dispone correr traslado al demandando por el termino de quince días para que conteste la demanda
bajo apercibimiento de nombrarse a un curador procesal. Dr. José Arturo Luque Fortun, con Mat N° 2980. C.A.A. MICAELA ARREDONDO TURPO SECRETARIA JUDICIAL. (02-06-12 abril) B/E 031-
NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.Ante EL DECIMO JUZGADO CIVIL se tramita el expediente N° 01848-2016-0-0401-JR-CI-10 , derivado del DECIMO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE AREQUIPA SEDE CENTRAL ; en autos del proceso que sobre de NULIDAD DE ACTO JURIDICO , seguido por RONALD ARNULFO SALINAS RIVERA Y ILIA FELIX SUAREZ ALE , en contra de HORACIO SUAREZ PALIZA; proceso en el cual el juzgado a emitido la Resolución N° 19 -2018 de fecha 05 de marzo de 2018, mediante la cual DECLARARON LA SUSPENSIÓN DEL PRESENTE PROCESO de nulidad de acto jurídico que sigue Ronald Arnulfo Salinas Rivera en contra de Roger Herwer Suarez Ale y otros en el PLAZO DE 30 DÍAS, a fin que los sucesores del codemandado HORARIO SUAREZ PALIZA se apersonen al proceso, para la cual deberá efectuarse la correspondiente notificación por edictos de esta resolución tanto en el diario oficial de la nación , como en el diario judicial de la localidad , en la forma y veces que señalan los numerales 167 y 168 del Código Procesal Civil , haciéndoles presente que en caso de que los sucesores procesales no se apersonen en autos debidamente acreditados, se le NOMBRARA CURADOR PROCESAL que los represente.- RUTH AMELIA COLQUE JIMENEZ abogado CAA.0811, Arequipa 16 de Marzo de 2018. VICTOR JOSE TAPIA MALAGA ESPECIALISTA LEGAL. (23 marzo y 02-06 abril) B/E 031-12513. NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el Expediente N° 00684-2015-0-0401-JR-CI-06 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa; en contra de Ccama Ibarra, Jacinta; la Sra. Jueza del Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la Especialista Legal Dra. Verónica Gutiérrez Hancco, ha resuelto Mediante RESOLUCIÓN N° 22: Arequipa, Julio siete dos mil diecisiete; (…) Advirtiéndose de la partida registral que la demandada ha procedido a transferir el predio materia de ejecución a JOSÉ SILVERIO CCAMA IBARRA, siendo esto así corresponde su notificación (…); y Mediante RESOLUCIÓN N° 26: Arequipa, Marzo Diecinueve dos mil dieciocho; DISPONE: notificar por edictos a los terceros con derecho inscrito (…); RESOLUCIÓN N° 20: (…) SE RESUELVE: CONVOCAR A REMATE del inmueble de propiedad de la demandada Jacinta Ccama Ibarra, ubicado en el Pueblo Joven Independencia, Manzana 9, lote 4 A, Zona A, distrito de Alto Selva Alegre e inscrito en la partida Registral N° PO6120720 del registro de propiedad inmueble, en consecuencia, se dispone designar como martillero público vía sistema judicial al señor William Farfán Rodríguez a fin de que en el plazo de tres días cumpla con aceptar el cargo, bajo apercibimiento de subrogársele en el mismo en caso de incumplimiento. Se dispone agregar a sus antecedentes el cargo de designación de martillero público, proporcionado por la señora Administradora del Segundo Módulo Civil. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER (…) Dra. Verónica Gutiérrez Hancco Especialista Legal del Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Arequipa, 21 de Marzo del 2018.- VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECIALISTA LEGAL. SEXTO JUZGADO ESP. CIVIL. (06-09-10 abril) B/E 031-12564.
REMATES
PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso sobre de Ejecución de Garantías, seguido en el Expediente Nro. 01725-2016-0-0401-JR-CI-05, que sigue CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A. en contra de Alejandro Elard Mamani Larico; el señor Juez del Quinto Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Aníbal Celso Maraza Borda, con intervención del Especialista Legal Dr. Néstor Puma Salazar, ha encargado al Martillero Público Joseph Alberto Chira Moreno con Registro Nro. 335 la realización del Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en el Pueblo Tradicional Miraflores, Manzana U-3, Lote 19-D, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P06185527 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$38,374.44 (treinta y ocho mil trescientos setenta y cuatro con 44/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$25,582.96 (veinticinco mil quinientos ochenta y dos con 96/100 dólares americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., hasta por la suma de S/ 40,000.00 (cuarenta mil con 00/100 soles); materia del presente, según Asiento 00003. FECHA Y HORA DEL REMATE: día martes 24 de abril de 2018 a horas 2:15 de la tarde. LUGAR DE REMATE: en Sala de Remates ubicado en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. LOS POSTORES: Deberán 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasación, es decir US$3,837.44 (tres mil ochocientos treinta y siete con 44/100 dólares americanos). 2) Presentar en la diligencia, en original y copia el documento de identidad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153) indicando número de Expediente, Juzgado, número de documento de identidad y/o RUC, según corresponda, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Choque de gerencia si el oblaje se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de estos. EL ADJUDICATARIO: A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Público de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005JUS) y están afectos al IGV. 2) Deberá consignar el saldo de precio de adjudicación dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate, bajo apercibimiento de nulidad del acto de remate. INFORMES: El remate será efectuado por el Martillero Público – Abogado Joseph Alberto Chira Moreno con Registro N° 335, celular 987765901. FIRMADO: Joseph Alberto Chira Moreno, Martillero Público, Reg. N° 335.- Néstor Puma Salazar, Especialista Legal.- (02-03-04-05-06-09 ABRIL) B/E 031-12539. PRIMER REMATE PÚBLICO En los seguidos por BLANCA HAYDEE CABRERA VILLAFUERTE con GLORIA TERESA CABRERA VILLAFUERTE, SOLEDAD NORMA CABRERA VILLAFUERTE, SAMUEL ALCIBIADES CABRERA VILLAFUERTE, MIRIAN BRÍGIDA CABRERA VILLAFUERTE, VILMA CABRERA VILLAFUERTE, LUCY DIANA CABRERA VILLAFUERTE, IRVING STANLEY CABRERA VILLAFUERTE, FRED RAY CABRERA VILLAFUERTE Y MABEL SONIA ALEJANDRINA CABRERA VILLAFUERTE sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, Expediente 04703-2006-0401-JR-CI-08, el Sexto Juzgado
Especializado en lo Civil de Arequipa a cargo de la Señora Jueza Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, Especialista Legal Dra. Alicia Dolores Trujillo Pérez, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes inmuebles:-- Inmueble ubicado en la manzana Y, lote 23, Urbanización Vallecito, (Pasaje Las Mercedes N° 117 y Jirón Unión N° 105, cercado de Arequipa, distrito, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida electrónica 01128771 del registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, zona Registral XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$ 243,848.00 (doscientos cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta y ocho y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 162,565.33 (ciento sesenta y dos mil quinientos sesenta y cinco y 33/100 dólares americanos) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación.Inmueble ubicado en el Centro Poblado Semi Rural Pachacutec, Grupo Zonal N° 10, manzana 5, lote 8A, zona D, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida electrónica P06131540 del registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, zona Registral XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$ 293,866.44 (doscientos noventa y tres mil ochocientos sesenta y seis y 44/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US$ 195,910.96 (ciento noventa y cinco mil novecientos diez y 96/100 dólares americanos) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación.---- AFECTACIONES DE AMBOS INMUEBLES: NINGUNA. DÍA Y HORA DEL REMATE: 23 de abril de 2018 a las 9.30 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en el primer sótano de la esquina formada por la Plaza España con avenida Siglo XX, distrito, provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del mismo y copia de su D.N.I.) suscribiéndolo con sus generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al I.G.V. Arequipa, 16 de marzo de 2018.MAURICIO PONCE VALDIVIA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 236.- ALICIA DOLORES TRUJILLO PEREZ ESPECIALISTA LEGAL SEXTO JUZGADO CIVIL. (03-04-05-06-09-10 abril) B/E 031-12548. PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 03061-2017-0-0412-JR-CI-02, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, seguido por el CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de HUGO RUBEN SARABIA PANDIA, el Señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Paucarpata, YURI FILAMIR CORRALES CUBA con intervención del especialista LUJAN ANTAYHUA ANA ROSA, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien que se detalla a continuación: Inmueble ubicado en LOTE 30 MANZANA Q DE LA HABILITACION URBANA PROGRESIVA DE LA URBANIZACION LUZ Y ALEGRIA, III ETAPA, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; inscrito en la Partida 01094415 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa. TASACIÓN = $ 85,730.00 (OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 DÓLARES) - BASE DEL REMATE = $ 57,153.33 (CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON 33/100 DOLARES) – OBLAJE = $ 5,715.33 (CINCO MIL SETECIENTOS QUINCE CON 33/100 DOLARES) – LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE = En la sala de lectura Juzgado Civil de Paucarpata, el día 23 de Abril del 2018 a horas 12:30 P.M.===AFECTACIONES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de $ 85,730.00 (Ochenta y cinco mil setecientos treinta con 00/100 dólares), así consta inscrito
2
La República
en el Asiento D 00002;= DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.===Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del código Procesal civil, la Ley del Martillero Publico Nro. 27728 y su reglamento (Artículo 18 del D.S Nro. 008.2005JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo de la Martillero Público Rubén Arias Gallegos.= Arequipa, 27 de marzo del 2018.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. ANA ROSA LUJAN ANTAYHUA ESPECIALISTA LEGAL. (03-04-05-06-09-10 abril) B/E 031-12545. PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 02189-2016-0-0401-JR-CI-05 sobre Ejecución de Garantías, seguido por MAXIMO MAMANI CAHUANA contra MARCELINO VILCA CHIPANA el Señor Juez del Quinto Juzgado Civil de Arequipa, doctor Aníbal Celso Maraza Borda, con la intervención de Especialista Legal Francis Zegarra Cárdenas, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien inmueble cuya descripción se detalla: 1) BIEN INMUEBLE: Ubicado en el Asentamiento Humano Alto Selva Alegre, manzana 1, lote 11, zona A, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral N° P06013173 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII, Sede Arequipa. 2 ) AFECTACIONES: 1) Medida cautelar de embargo por mandato del Sexto Juzgado Civil de Arequipa a favor de Julia Gonzáles Pucamayo hasta por la suma de S/ 3,000.00; asiento N° 00005 de la partida P06013173. 2) Medida cautelar de embargo en forma de inscripción ordenada por la doctora Gaby Pantigozo Meza, juez provisional hasta por la suma de S/ 1,000.00. 3) Modificación del embargo contenido en el asiento 00005 de la partida respectiva e incrementado hasta la suma de S/ 8,000.00, ordenada por el señor juez del Sexto Juzgado Civil de Arequipa doctor Rene Cervantes López en el proceso seguido por Julia Gonzáles Pucamayo en contra del propietario del bien inscrito en la partida P06013173; asiento 00007. 4) Medida cautelar de embargo en forma de inscripción dictada por el juez José Luís Vilca Conde del Primer Juzgado Penal Liquidador a favor de Julia Gonzáles Pucamayo hasta por la suma de S/ 2,600.00; asiento N° 00008. 5) Modificación de embargo inscrito en el asiento 00005 modificado en el asiento 00007 de la partida P06013173 a favor de Julia Gonzáles Pucamayo hasta por S/ 4,000.00, dispuesto por el Sexto Juzgado Civil de Arequipa, jueza: María Concha Garibay; asiento N° 00009. 6) Hipoteca constituida por Marcelino Vilca Chipana, propietario del inmueble, a favor de Máximo Mamani Cahuana hasta por el monto de S/ 20,000.00 e inscrita en la partida P06013173; asiento 00010. 7) Embargo en forma de inscripción constituida por la jueza Jessika Vargas Hilasaca del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por S/ 23,000.00; asiento 00011 de la partida N° P06013173 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N°, Sede Arequipa. No se conoce otro gravamen. 3) VALOR DE TASACION Y PRECIO BASE: Tasación: $ 80,000.00.- BASE: $ 53,333.33 (Cincuenta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 dólares), hecha la deducción de ley. 4) LUGAR DEL REMATE: El remate se efectuará el día 16 de abril 2018 a horas 08.30am en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (sótano), la que está ubicada en la esquina formada por la plaza España con la calle Siglo XX, Cercado de Arequipa. El remate lo realizará el Martillero Público José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo, con Registro N° 65. 5) DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del propio postor el 10% del valor de la tasación del bien (art. 735 del Código Procesal Civil); además, se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
inmueble en la que deberá figurar el Juzgado, el número de expediente y el número del DNI del postor. Los honorarios del Martillero Público más IGV, deberán ser cancelados por quien obtenga la adjudicación del bien en los rangos establecidos y una vez terminado el acto de remate (artículo 18° del Reglamento de la Ley N° 27728). Especialista Legal: Francis Zegarra Cárdenas. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo. Arequipa, 09 marzo 2018. (03-04-05-06-09-10abril) B/E 031-12546. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA contra JESUS ADALBERTO LLERENA ZUÑIGA y DOLORES NINFA MARIA VILCAPE HUAHUALA DE LLERENA; sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 3595-2015-0-0401-JR-CI-07, el Sétimo Juzgado Civil de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, Especialista legal Dra. Sandra Saturnina Ccallo Cuevas, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Villa Asunción Mz. P, Lote 7, Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la partida Nº P06001006 del Registro de Propiedad Inmueble – Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 51,159.60 (cincuenta y un mil ciento cincuenta y nueve con 60/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 34,106.40 (treinta y cuatro mil ciento seis con 40/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: As. 00004 INSCRIPCION DE HIPOTECA constituida por sus propietarios a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta por la suma de USS 10,045.00 dólares americanos, a fin de garantizar un crédito por la suma de US$12,000.00 dólares americanos. Asimismo garantizar todas las obligaciones de dar, hacer y no hacer, presentes y futuras en forma directa e indirecta, individual o mancomunadamente, ya sean en moneda nacional o extranjera que se deriven de la ejecución de los contratos u operaciones señaladas en la Escritura Pública de fecha 17-01-2008 otorgada por Notario Público de Arequipa José F. Jiménez Mostajo. As. 00005 MODIFICACION DE HIPOTECA Los propietarios del inmueble inscrito en esta partida registral, amplían la hipoteca inscrita en el asiento 004 de la presente partida registral a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$24,189.00 dólares americanos, y la modifica en el sentido que la presente hipoteca se constituye en garantía del cumplimiento de las obligaciones que derivan del contrato de crédito otorgado por la suma de US$ 9,000.00 dólares americanos, en un plazo de 30 meses, según consta en la Escritura Pública de fecha 20/10/2010, otorgada ante Notario Público Dra. Elsa Holgado De Carpio, en la ciudad de Arequipa. As. 00006 MODIFICACION DE HIPOTECA Se amplía el monto de la hipoteca contenida en el asiento 0005 del inmueble inscrito en esta partida, hasta por el monto de US$ 30,266.00 y se modifica en el sentido que garantiza el crédito hasta por la suma de S/. 62,000.00 según si consta en la Escritura Pública del 08/05/2012 otorgada por notario público de Arequipa Miguel Ángel Linares Riveros. DIA Y HORA DE REMATE: El 16 de abril de 2018 a las 11:30 horas. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n (Palacio de Justicia), Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público – Reg. N° 305. SANDRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL SETIMO JUZGADO ESP. CIVIL. (03-0405-06-09-10 abril) B/E 031-12551. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00918–2017-0-0401-JR-CI-01 En los autos seguidos por BANCO AGROPECUARIO : en contra de Maria Virginia Zegarra Coaquira
de Rodriguez y Amador Manuel Rodriguez Gutierrez, sobre Ejecuciòn de Garantìas; El Juez del Primer Juzgado Especializado Civil – Sede Central Arequipa, Dra. Shelah North Galagarza Pèrez, con el Especialista Legal Dra. Yuly Elizabeht Màrquez Ticona, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en : Ubicaciòn Rural, Sector LA ROSPIGLIOSI U.C. 02261 Còdigo del Predio 92008100 – 02261 Distrito Dean Valdivia, Provincia de Islay y Departamento de Arequipa; inscrita en el Registro de Predios con Partida Nº 04002217 de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACION :US$. 64,200.00 ( Sesenta y Cuatro Mil Doscientos con 00 /100 Dòlares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$. 42,800.00 ( Cuarenta y Dos Mil Ochocientos con 00 /100 Dolares Americanos), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° D00013 .- El propietario del inmueble inscrito en esta partida constituye hipoteca a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. hasta por la suma de S/. 90,981.14 (Noventa Mil Novecientos Ochenta y Uno 14/100 Nuevos Soles) para garantizar un Crèdito otorgado por la suma de S/. 57,000.00 y las demás obligaciones asumidas con la CAJA, que ampliamente constan de la Escritura Publica Nº 698otorgada ante Notario Publico Carlos Soto Coaguila en la ciudad de Camanà. Asiento N° D00014 .- La sociedad conyugal conformada por Amador Manuel Rodrìguez Gutierrez y Marìa Virginia Zegarra Coaquira de Rodriguez constituyen hipoteca a favor del Banco Agropecuario, hasta por la suma de S/. 161,527.20 a fìn de garantizar la línea de Crèdito en la modalidad de Pagarè, otorgada por el Banco a favor del cliente hasta por S/. 121,345.63 a plazo indeterminado. Asi y màs extensamente consta de la Escritura Publica Nº 8138 otorgada ante Notario de Arequipa, Dr. Javier Rodriguez Velarde. Asiento N° D00015 .- Medida cautelar de embargo en forma de inscripción, en el proceso seguido por FINANCIERA CONFIANZA S.A.S. en contra de los Derechos de propiedad de los propietarios, Amador Manuel Rodriguez Gutierrez y Marìa Virginia Zegarra Coaquira de Rodriguez, sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por la suma de S/. 40,500.00. Se anota esta inscripción, por haberlo dispuesto asì, el Juez Dr. Jorge Luis Villanueva Riveros, Juez del Sèptimo Juzgado de Paz Letrado, asistido por su secretaria judicial Gloria Violeta Cornejo Condori, mediante Resoluciòn Judicial Nº 01 de fecha 16/08/2016, seguido en el Expediente Nº 03068/2016-27-0401-JR-XI-09 DIA Y HORA DEL REMATE: 23 de A B R I L del año 2018, a las 10:30 horas de la MAÑANA. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Esquina de Plaza España, Calle Siglo XX con Calle Colòn, Distrito del Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. -- Arequipa , 28 Marzo 2018. ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. YULY E. MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL. (03-04-05-06-09-10 abril) B/E 03112547. PRIMER REMATE EN EL PROCESO EJECUTIVO DE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº05022-2016-0-0401JR-CI-02, SEGUIDO POR SCOTIABANK PERU SAA, EN CONTRA DE FRANCISCO CONTRERAS AYCA Y JULIA LETICA DONGO BELTRAN COMO TERCEROS TEODORA CONTRERAS DE HUAMAN Y GRIMALDA MARÍA QUILLUYA BERNAL DE CONTRERAS Y
Viernes, 6 de abril del 2018
YACKELINE YANINE GUTIERREZ DONGO QUIEN ES LITISCONSORTE NECESARIO; EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL, DR. URIEL DUEÑAS TRIVIÑOS, ESPECIALISTA LEGAL PATRICIA MARIBEL ZAPATA COAGUILA, QUIEN NOMBRO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 24 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 12:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, PABELLÓN E, DISTRITO DE AREQUIPA (SOTANO); DE LOS SIGUIENTES BIENES INMUEBLES: INMUEBLE Nº1).- INMUEBLE UBICADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL MIRADOR DE HORACIO, MANZANA B, LOTE 8, DISTRITO DE SOCABAYA, PROVINCIA Y REGIÓN DE AREQUIPA, AREA 186.51M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA N°P06241369 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA SUNARP. TASACION TOTAL: S/113,506.93 SOLES; PRECIO BASE S/75,671.29 SOLES, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMATE JUDICIAL. AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA A FAVOR DE SCOTIABANK PERU SAA HASTA POR LA SUMA DE S/.107,126.70 SOLES, SEGÚN ASIENTO 00004 DE LA PARTIDA REGISTRAL Nº N°P06241369, 2).- RECTIFICACION DE HIPOTECA A FAVOR DE SCOTIABANK PERU SAA DONDE SE RECTIFICA EL NOMBRE DEL DUEDOR, SEGÚN ASIENTO 00006 DE LA PARTIDA REGISTRAL Nº N°P06241369, 3).MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE COMPARTAMOS FINANCIERA S.A., HASTA POR LA SUMA DE S/.38,500.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO 00007 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06241369, 4).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE BANCO INTERNACIONAL DEL PERU INTERBANK, HASTA POR LA SUMA DE S/.79,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO 00008 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06241369, 5).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE GRIMALDA MARIA QUILLUYA BERNAL DE CONTRERAS, HASTA POR LA SUMA DE S/.24,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO 00009 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06241369, 6).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE TEODORA CONTRERAS DE HUAMÀN, HASTA POR LA SUMA DE S/.35,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO 00010 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06241369. INMUEBLE Nº2).- INMUEBLE URBANO UBICADO EN LA MANZANA C, LOTE 17, URBANIZACIÓN, GRANDA, DISTRITO DE CAMANÁ, PROVINCIA CAMANA Y DEPARTAMENTO Y REGIÓN DE AREQUIPA, AREA 200M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N°01095526 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII – SEDE AREQUIPA SUNARP. TASACION TOTAL: S/547,710.08 SOLES; PRECIO BASE S/365,140.05 SOLES, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMATE JUDICIAL. AFECTACIONES: 1.- BLOQUEO REGISTRAL A FAVOR DE SCOTIABANK PERU SAA, SEGÚN ASIENTO D00003 DE LA PARTIDA REGISTRAL N°01095526, 2).- HIPOTECA A FAVOR DE SCOTIABANK PERU SAA HASTA POR LA SUMA DE S/.527,000.00 SOLES, LA MISMA QUE TIENE POR OBJETO GARANTIZAR UN CREDITO DE HASTA POR LA SUMA S/.190,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO D00004 DE LA PARTIDA REGISTRAL N°01095526. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES EN AMBOS INMUEBLES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO, CONFORME AL ART.18 DEL D.S.008-2005-JUS. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263. AREQUIPA, 2018-03-27.- PATRICIA M. ZAPATA COAGUILA ESPECIALISTA. (03-04-05-06-09-10 abril) B/E 031-12556.REMATE PÚBLICO JUDICIAL - EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso Único de Ejecución de Obligación de Dar suma de Dinero que se tramita con ex-
pediente judicial 04777-2014-0-0412-JP-CI-02 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A; en contra de RIVERA TAPIA, JOHNATAN ALEXANDER; RIVERA CARBAJAL, JORGE LEONIDAS; y TAPIA AQUISE, SIMONA FIDELA; con la intervención del tercero BANCO DE MATERIALES S.A.C.; el 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - S. MBJ Paucarpata de la CSJ de Arequipa que despacha la Juez YENNY SOLEDAD CONDORI FERNANDEZ, con la asistencia del Especialista Legal JORGE MATIAS ARENAS PUMA, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria la siguiente propiedad: INMUEBLE de 200 M2 de propiedad de SIMONA FIDELA TAPIA AQUISE, ubicado en ASENTAMIENTO URBANO MUNICIPAL HORACIO ZEBALLOS GAMEZ MZ.9 LT.18 SECTOR 1 SECTOR A, SECTOR 1 SECTOR G, DPTO: AREQUIPA PROV: AREQUIPA DIST: SOCABAYA, DPTO: AREQUIPA PROV: AREQUIPA DIST: CHARACATO, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral NºP06149632 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y se encuentra valorizado en la cantidad de S/ 136 205,20 (ciento treinta y seis mil doscientos cinco con 20/100 soles) y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/ 90 803,47 (noventa mil ochocientos tres con 47/100 soles), cantidad equivalente a las dos terceras partes de la valoración del referido inmueble. AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Certificado Literal de la referida partida registral: 1.- Asiento 00003 HIPOTECA a favor de BANCO DE MATERIALES SAC; hasta por la suma de S/.14 515 soles, según Escritura Pública N°1488 del 06.05.2010 otorgada ante Notario Público Víctor Raúl Tinageros Loza de la ciudad de Arequipa; 2.- Asiento 00004, EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA; hasta por la suma de S/.12 500 soles; medida cautelar emitida por el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, en el expediente Nº04777-2014-20-0412-JP-CI-02 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A; en contra de JORGE LEONIDAS RIVERA CARBAJAL, SIMONA FIDELA TAPIA AQUISE y RIVERA TAPIA JOHNATAN ALEXANDER. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público con Registro Nº 227 el día VEINTITRÉS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS 11:00 HORAS AM y se llevará a cabo en las instalaciones del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ubicado en LA AV SALAVERRY N° 701 CON CALLE JOSE SANTOS CHOCANO 3ER PISO CENTRO CIVICO 15 DE AGOSTO, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rematar (S/ 13 620,52), este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judicial por participar en remate judicial de bien inmueble (S/ 415) a la orden del juzgado correspondiente, debiendo consignar en el mismo el número de expediente y su número de DNI, suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Arequipa, 26 de marzo del año 2018. JORGE M. ARENAS PUMA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO PAUCARPATA. JUAN PABLO WONG EYZAGUIRRE MARTILLERO PUBLICO REG. N° 227 ABOGADO (05-06-09-10-11-12 abril) B/E 031-12565. PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 03706-2017-0-0401-JR-CI-09, sobre Ejecución de Garantías seguido por BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de CELINDA MARIA DIAZ NAVARRO, el señor Juez del Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. José Antonio Meza Miranda, con intervención de la Especialista Legal Dra. Marisol García Jurado, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien que a ubicado en Pueblo Tradicional Miraflores, Mz V3, Lote 23 A,
Viernes, 6 de abril del 2018
distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, que se encuentra inscrito en la Partida P06172172 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. GRAVAMENES: Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$ 72,000.00, la que origina el presente proceso. No se conoce otro gravamen. TASACION: US$ 105,699.88 (CIENTO CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 88/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$ 70,466.58 (SETENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 58/100 DOLARES AMERICANOS) LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: El remate se realizará en la Sala de Remates Nro. 12 –Sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, el día 22 de Mayo del 2018 a horas 09:00 a.m. ante el Martillero Público señor Víctor Orlando Apaza Morante. DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (art.735 del C.P.C.); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble, consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario. Arequipa, 2018 Marzo 22 .- MARISOL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL. VICTOR APAZA M. MARTILLERO PUBLICO REG. N° 321 SUNARP. (05-06-09-10-11-12 abril) B/E 031-12567. PRIMER REMATE En el proceso con expediente Nro. 03235-2012-0-0401-JP-CI-01, que sigue Compartamos Financiera S. A. (Antes FINANCIERA CREDITOS AREQUIPA S.A.) en contra de: Georgina Lazo de Apaza y Felix Alejandro Apaza Ojeda, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado – Modulo Basico de Justicia de Paucarpata Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega, con intervención de la Especialista Legal: Virginia Gaby Curse Choque, ha designado al Martillero Público: Percy Luis Cornejo Barragan con Registro Nro. 247-SUNARP, para la realización del PRIMER REMATE del inmueble urbano ubicado en: Programa Habitacional Alto Cayma III Dean Valdivia manzana P-13, lote 6, distrito de Cayma, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito con el código de predio Nº P06108161 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII - Sede Arequipa en donde se detallan más ampliamente sus características; martillero quien con la facultad otorgada por el juzgado ha señalado para la realización del PRIMER REMATE el día 20 de Abril del 2018 a las diez de la mañana, en la sala de espera de los Juzgados de Paz Letrado del Modulo Básico de Justicia de Paucarpata, sito en Centro Cívico 15 de Agosto, Tercer Piso Av. Salaverry 701 con Jose Santos Chocano del Distrito de Paucarpata - Arequipa. TASACIÓN: La suma S/. 225,772.32 (Doscientos veinticinco mil setecientos setenta y dos con 32/100 Soles); PRECIO BASE: S/. 150,514.88 (Ciento cincuenta mil quinientos catorce con 88/100 Soles). QUIEBRA: Depósito para ser postor: S/. 22,577.23 Soles en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre; teniendo además que pagar arancel judicial para participar en remate judicial de bienes inmuebles, (indicando juzgado, número de expediente y número de documento nacional de identidad) por el monto que corresponda según la tasación del bien y presentarán documento nacional de identidad. La comisión del martillero lo paga el postor beneficiado al concluir el acto de remate, conforme rangos y tramos arancelarios del Art.: 18° Decreto Supremo N° 008-2005 - JUS. GRAVÁMENES: 1. (Asiento 00004) Hipoteca primera y preferente hipoteca a favor del BANVIP hasta por la cantidad de I/. 67’669.055. 2. (Asiento 00005) Rectificación de Gravamenes - modificación, en merito al articulo 74 y siguientes del reglamento de inscripciones se rectifica el monto del gravamen inscrito en el asiento 004 de esta partida I/. 67’669,055.00. 3. (Asiento 00006) Embargo en forma de Inscripción a favor de Financiera Créditos Arequipa S. A. (ahora Compartamos Financiera S. A.), hasta por la suma de S/. 18,000.00 No se conocen otros gravámenes. Arequipa, 03 de Abril del 2018.- PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 247. VIRGINIA CURSE CHOQUE ESPECIALISTA LEGAL. (06-09-10-11-12-13 abril) B/E 031-12569. PRIMER REMATE JUDICIAL
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
En el proceso sobre obligación de dar suma de dinero, Expediente N° 01637-2015-0-0412-JPCI-01, que sigue CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA en contra de GERARDO CHUCTAYA LLAIQUE, ALBINA COLQUE CHUCTAYA Y CARMEN JULIA CHUCTAYA COLQUE; el Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado – Sede MBJ Paucarpata - Arequipa, Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega, especialista legal Dr. Ivonne Liseta Lima Quispe, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRIMER REMATE el día 23 de abril del 2018 a HORAS 15:30, el cual se llevara a cabo en la sala de espera de los Juzgados de Paz Letrado Del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, sito en Av. Salaverry N° 701 con Calle José Santos Chocano 3er piso Centro Cívico 15 de agosto, distrito de Paucarpata, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, del siguiente bien inmueble de propiedad de GERARDO CHUCTAYA LLAIQUE Y ALBINA COLQUE CHUCTAYA ; DESCRIPCIÓN: Inmueble ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO ALTO LA CANDELARIA MANZANA-A LOTE-05 del Distrito Nicolás de Piérola, Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P06219525 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa.- VALOR DE TASACIÓN: US$ 35,850.00 dólares americanos.- BASE DEL REMATE: US$ 23,900.00 dólares americanos, importe equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.- AFECTACIONES: 1.- Asiento 00005: Inscripción de Embargo: A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/ 33,000.00 Soles.- No se conocen otras afectaciones.- Depósito para ser postor: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 3,585,00 ( TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 dólares Americanos) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán el original del arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad).- COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate.- Juez: Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega, especialista legal Dr. Ivonne Liseta Lima Quispe, Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, Registro SUNARP N° 315, Celular RPE 952715456 – RPM 995960240. Arequipa, 2018 febrero 20 .Patricia Victoria Vásquez Zubieta Martillero Público Reg. 315-SUNARP Celular RPE 952715456 – RPM 995960240.- Ivonne Lima Quispe Secretaria Judicial 1er Juzgado de Paz Letrado MBJ Paucarpata. (06-09-10-11-12-13 abril) B/E 031-12568. SEGUNDO REMATE En el expediente Nro. 6792-2014-0-0401-JRCI-09, sobre obligación de dar suma de dinero, en los seguidos por NEIRA MESTAS ELVIS CARLOS, contra LLERENA MENDOZA ROSARIO JANET, el señor Juez del Noveno Juzgado Civil Modulo Corporativo II de Arequipa, Dr. MEZA MIRANDA ] OSE ANTONIO, Especialista legal Dra. GARCIA JURADO MARISOL, han designado como martillero público al Ing. Miguel Jiménez Mostajo, quien ha señalado para el día 18 de Abril del año 2018 a horas 11:00 am en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Ubicado en la esquina Siglo XX S/N con plaza España Cercado de Arequipa, la realización del SEGUNDO REMATE del bien inmueble (Departamento 3er. Piso) ubicado en la Urb. Antonio Raymondi Lote 4, distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa denominado como departamento 301, mas azotea, cuyas áreas, linderos , medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral N° 11135998 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa, TASACION: S/ 239,388.50 BASE: S/ 135.653.48, para ser postor depositar no menos del 10 % del valor de la tasación S/ 23,938.85 además del arancel judicial correspondiente en el cual debe de constar el DNI del postor, el número del expediente y el juzgado. Los honorarios del Martillero Publico serán cancelados al término del remate y está a cargo del adjudicatario de conformidad con los montos establecidos en el D.S. Nro. 008-2005-JUS mas el IGV. GRAVAMENES Hipoteca a favor del banco de crédito del Perú,
hasta por la suma de s/169,321.76, en garantía de un crédito por la suma de s/ 75,000.00 Modificación de hipoteca, inscrita en asiento D00003 de la partida N° 11135998 y la modifican en el sentido que la misma garantizara una ampliación de préstamo por la suma de s/ 31,873.97 Embargo en forma de inscripción por Resolución judicial N° 01-2013 de fecha 16.07.2013 en su aclaratoria Resolución judicial N° 03-2013 DEL 30.09-2013 del cuaderno de medida cautelar exp. 8346-2013-7-0401-JP-CI-01 por la juez del primer juzgado de paz de Yanahuara Dra. Karina Apaza del Carpio, quien dicto medida cautelar de embargo en forma de inscripción solicitada por Elvis Carlos Neira mestas endosatario en procuración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sur PRESTASUR hasta por la suma de s/ 45,000.00. Embargo en forma de inscripción, medida cautelar de embargo en forma de inscripción fuera de proceso a favor de Elvis Carlos Neira Mestas endosatario en procuración de PRESTASUR en contra de los derechos y acciones de la demandada Rosario Janet Lerena Mendoza sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de s/ 48,000.00 por disposición del 9no Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Dr. José Meza Miranda de fecha 10/09/2014. Arequipa 26 de marzo del 2018.- ING. MIGUEL JIMENEZ MOSTAJO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 080 . MARISOL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL NOVENO JUZGADO CIVIL. (04-05-06 abril) B/E 031-12559. SEGUNDO REMATE JUDICIAL Expediente: 9197-2012-0-0401-JP-CI-01.- En lo seguidos por BANCO DE COMERCIO en contra de FABIAN RAMIRO GALLEGOS ZEVALLOS y PATRICIA MARTINS DE SOUZA, en el proceso sobre obligación de dar suma de dinero, El Primer Juzgado de Paz Letrado-Sede Cayma a cargo del Sr. Juez Dra. Claudia Noelia Valdivia Ticona y Especialista Legal: Dr. Angel Vladimir Rosello Subia, ha encargado al Martillero Publico Fredt Peter Valdivia Holguin sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el vehículo de marca Mazda, Modelo DEMIO de placa de rodaje Nro. V1B342, de fabricación 2005 con numero de motor: ZJ046209 y numero de Chasis: DYW411921, inscrito en la partida Nro. 60556099 del Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. Con un VALOR DE TASACIÓN: US$ 4 213.03 dólares americanos, siendo la BASE DE LA POSTURA: US$ 2 387.38 dólares americanos GRAVÁMENES INSCRITOS: 1).- Medida Cautelar: Participantes: Demandante: banco de Comercio RUC 20509507199, Demandado: Fabian Ramiro Gallegos Zevallos DNI 40006906. Monto de Afectación: S/. 18000. De acuerdo a la Resolución Nro. 1 del expediente Nro. 9197-2012-30, se traba Medida Cautelar en Forma de Inscripción sobre el vehículo de Placa V1B342, hasta por la suma de S/. 18000.00 nuevos soles. Identificación y descripción del Bien: Marca Mazda, Modelo: Demio, Placa V1B342, Motor: ZJ406209, Serie: DY3W411921. Documento: oficio Judicial, Funcionario: Juez de Paz Letrado Karina Apaza del Carpio, Fecha: 25/10/2012. DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 17 de abril del 2018 a las 14:00 horas del día. LUGAR DEL REMATE: En el lugar donde se halla el vehículo sitio: Avenida Ejercito Nro. 711, esquina con calle Tronchadero Nro. 102, Patio de Maniobrabas del Banco de Comercio, Distrito de Yanahuara. POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería US$ 421.30 dólares americanos, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del postor, los honorarios del martillero a cardo del adjudicatario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelados al finalizar el acto del remate; adicional a lo anterior el postor o postores deberán presentar D.N.I., arancel judicial por derecho de Participación en Remate Judicial del bien mueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá consignarse el numero de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez Dr. Roberto Vargas Gonzales, Especialista Legal: Dr. Nelvar Homero Núñez Tejada, Martillero Publico Fredt Petes Valdivia Holguin con Mat. 325 (Celular 959390429, Correo electrónico petervaldiviaholguin@gmail. com), Arequipa 02 de abril del 2018. Angel V. Rosello Subia Especialista Legal. (06-09-10 abril) B/E 031-12570.
RECTIFICACIONES
RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Sede Cayma, Jueza Dra. Noelia Claudia Valdivia Ticona, Expediente 7081-2018-CI, Especialista Ángel Rosello Subía, en la Vía del proceso no contencioso se solicita Rectificación de Partida de Nacimiento de Efraín Bedregal Valdivia; por lo que, se solicita la rectificación del nombre de la madre, en la que ostenta el nombre de Maximiana Valdivia de Bedregal debiendo ser BRIGIDA MAXIMILIANA VALDIVIA DE BEDREGAL. Arequipa, 05 de abril del 2018.- ANGELICA A. DIAZ VARGAS ABOGADO C.A.A. 9581.- ANGEL V. ROSELLO SUBIA ESPECIALISTA LEGAL. (06 abril) B/E 031-12566.
PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante el TERCER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA-SEDE CENTRAL, Expediente N°: 03160-2016-0-0401-JR-CI-03, Juez DR. ZOILO ALCIDES CHAVEZ MAMANI, Especialista Legal DRA. JENNY DEL CARMEN HERRERA MIRANDA, por resolución N° 2 de fecha 14 de Setiembre del 2016 que RESUELVE ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por ANTOLIN LLAVILLA APAZA en calidad de propietario y posesionado y ¡a dirige en contra de HONORIA ZEBALLOS MOCHICA, FLOR DE MARIA CHOQUEMAMANI ZEBALLOS y FERNANDO JAIME CHOQUEMAMANI ZEBALLOS, en la VIA DE PROCESO ABREVIADO; TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS para su absolución, respecto del predio ubicado en la Asociación de vivienda ciudad municipal Mz A, Lote 4, zona V, Provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida P06079076, AREA: 199.32m2 cuyos linderos y medidas perimétricas aparecen de dicha partida. SE DISPONE: La Publicación de la publicación del extracto de la presente solicitud por tres veces conforme a lo previsto por los Artículos 506 Código Procesal Civil. Se efectúa la presente publicación para los consiguientes de ley. Abogado DR. SERGIO ZAVALA PUMACAYO Matricula 2064. Arequipa, 2 de Abril del 2018. JENNY DEL CARMEN HERRERA MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL. (06-09-10 abril) B/E 031-12563.
EDICTOS PENALES Por ante el Señor Juez del Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justicia de Paucarpata, Javier Edmundo Calderón Beltrán, con la intervención de la Especialista Legal Liliana Zarely Tito Mollepaza, se tramita el expediente 18062018-0-0412-JR-FT-02, sobre Violencia Familiar, seguido por Ines Magdalena Mamani Curo en contra de Raúl Jesús Puma Huarca, donde se ha dispuesto notificar por edictos tanto a la parte demandada, con la Resolución N° 03, de fecha veintiuno de febrero del 2017, que resuelve: SE RESUELVE:) DICTAR como medida de protección las siguientes: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado RAUL JESUS PUMA HUARCA hacia la denunciante INES MAGDALENA MAMANI CURO tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante; asimismo la parte denunciada se encuentra impedido de acercarse a la parte denunciante o a su domicilio, y mucho menos en estado de ebriedad, a una distancia no menor de 50 metros; salvo para el ejercicio de un régimen de visitas oue se pudiera fiiar judicial o extraiudicialmente a su favor, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad, dejando a dejando a salvo el derecho de las partes a efecto de que hagan valer los derechos de sus hiios en las vías que correspondan: y ante el incumplimiento de lo ordenado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en flagrancia, se procederá a la detención del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad; c) Se dispone que la denunciante y el denunciado realicen una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente resolución para su atención; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones de
3
conformidad con lo establecido por el artículo 58 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364, debiendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifique que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo informar lo conveniente a la Fiscalía Penal de Paucarpata correspondiente. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Arequipa, 22 de marzo del 2017.- LILIANA TITO MOLLEAPAZA ESPECIALISTA LEGAL. (0506-09 abril) NOTIFICACION POR EDICTO Por ante el 2do Juzg. Familia del M. B. J. Paucarpata, que despacha el Juez Javier Calderón con Intervención de la Especialista Legal Gloria Del Carpió se tramita el expediente número 13712018, sobre violencia familiar; se ha dispuesto la notificación a Erika Virginia Peña mercado y Guido Bernardo Caira Paja. Res. 02 RESUELVE: 1) DICTAR como medida de protección las siguientes: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado GUIDO BERNARDO CAIRA PAJA hacia la denunciante ERICKA VIRGINIA PEÑA MERCADO y su bebe tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentren, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante y su bebé, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad; y ante el incumplimiento de lo ordenado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en flagrancia, se procederá a la detención del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad; c) Se dispone que la denunciante y el denunciado realicen una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente resolución para su atención; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 58 del D.S. N° 009-2016- MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364, debiendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifique que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo informar lo conveniente a la Fiscalía Penal de Paucarpata correspondiente. Arequipa, 21/03/2018.- (05-0609 abril) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE : 04398-2017-0-0410-JP-PE-02 JUEZ: DIAZ MACHACA FLAVIO RENATO ESPECIALISTA: CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : EDITH PARI COAQUIRA Y OTRA FALTA: LESIONES DOLOSAS AGRAVIADO : FELIPE PARI PAREDES Notificación por Edicto Dr.
4
La República
Flavio Renato Diaz Machaca Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a FELIPE PARI PAREDES y a EDITH LUZ PARI COAQUIRA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N° 01. por la que SE RESUELVE: 1) A) ABRIR PROCESO POR FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de EDITH LUZ PARI COAQUIRA y NELLY ROSALIA PARI COAQUIRA, en agravio de FELIPE PARI PAREDES B) ABRIR PROCESO POR FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de FELIPE PARI PAREDES, en agravio de EDITH LUZ PARI COAQUIRA y NELLY ROSALIA PARI COAQUIRA. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del artículo 441 del Código Penal. C) DÍCTESE mandato de COMPARECENCIA en contra de los procesados D) SE PROGRAMA FECHA PARA LA REALIZACION DEL JUICIO ORAL PARA EL DIA 18 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 10:00, la que se llevará a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar (Av. Simón Bolívar con Junín). Audiencia a la que deberán concurrir ambas partes, bajo los apercibimientos señalados en el considerando Sexto. Audiencia en la cual, ambas partes deberán presentar y actuar por única vez todos los medios probatorios que pretendan hacer valer para el esclarecimiento de la imputación. Asimismo, las partes deberán identificarse con su respectivo documento nacional de identidad y asistir con sus respectivos Abogados quienes deberán concurrir preparados para sustentar sus alegatos oralmente. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- RESOLUCIÓN N° 03: 1) Se REPROGRAMA LA FECHA PARA LA REALIZACIÓN DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS, la que se llevará a cabo en un solo acto en el despacho judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de las partes de ordenarse el archivo provisional del presente proceso, quedando subsistente el apercibimiento decretado mediante resolución uno en caso de inasistencia de la parte imputada. Ello en el proceso N° 04398-2017-0-0410-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Mariano Melgar, 2018, marzo 23.(05-06-09 abril) NOTIFICACION POR EDICTOS Expediente numero 02010-2018-0-0401-JR-FT-01, en los seguidos en contra de CRISTIAN QUISPE GUZMAN en agravio de ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO, la señora Jueza del Primer Juzgado de Familia de la Corte de Justicia de Arequipa, con intervención de la Secretaria Judicial Rosa María Calderón Coronel, por resolución numero dos de fecha veintiocho de marzo del presente año en curso; SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A CRISTIAN QUISPE GUZMAN. Extracto de RESOLUCION NRO. 01-2018: RESUELVO: I. - No convocar a audiencia especial de tutela, teniendo en cuenta la previsión del articulo 36 del Reglamento de la ley 30364 II. - DICTAR como medidas de protección, las siguientes: 1.PROHIBO a CRISTIAN QUISPE GUZMAN agredir física o psicológicamente, de manera directa o indirecta a ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. 2 - PROHIBO a CRISTIAN QUISPE GUZMAN comunicarse de cualquier forma de manera directa indirecta con ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. AUTORIZO a la agraviada a grabar cualquier conversación que pueda tener de parte del denunciado para utilizarlo ante autoridad pertinente, pudiendo presentarlo en otro proceso de violencia. 3.- PROHIBO al denunciado CRISTIAN QUISPE GUZMAN acercarse a la agraviada a menos de dos cuadras de distancia, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio que ante el incumplimiento efectivos policiales cumplan con detener al denunciado hasta por dieciocho horas. 4- Ordeno que el denunciado CRISTIAN QUISPE GUZMAN, se someta a una terapia psicológica para lo cual se cursará la orden respectiva al equipo técnico multidisciplinario de los juzgados de familia, quienes lo podrán derivar al lugar que corresponda para el tratamiento psicológico, siendo responsables de
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
supervisar la terapia. Le concedo al denunciado el término de tres días para coordinación del inicio de esta terapia, vencido dicho término sin evidencia del cumplimiento de lo ordenado en autos el Fiscal Penal deberá revisar la comisión o no del ilícito penal de desobediencia a la autoridad. 5.- PROHÍBO a CRISTIAN QUISPE GUZMAN, exponer a su menores hija a sus discusiones con ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO, o cualquier otra agresión en presencia de la niña, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. 6- ORDENO a CRISTIAN QUISPE GUZMAN que el dia de notificado con la presente resolución cumpla con entregar a la comisaría de Alto Selva Alegre los documentos que tiene de la agraviada ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO, así como el documento de identidad de su menor hija Cristel Camila Quispe Vargas, y una vez realizado la comisaría debe dar cuenta al juzgado y a la denunciante ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO a su teléfono celular 948163136, ello a fin de entregarle los documentos a ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO, todo lo cual deberá poner en conocimiento del juzgado. 7. - Dejo a salvo el derecho de las partes CRISTIAN QUISPE GUZMAN y ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO de hacer valer lo que corresponda en la via correspondiente. 8. - ORDENO que la niña CRISTEL CAMILA QUISPE VARGAS Se mantenga bajo el cuidado y protección de su madre ELIZABETH CANDELARIA VARGAS ANCO hasta que autoridad competente ordene lo contrario. (04-05-06 abril) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA 02076-2017-0-0410-JP-PE-02 DIAZ MACHACA FLAVIO RENATO CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : RUFINA JULIA YUCRA LIMAHUAYA Y OTRO FALTA : LESIONES DOLOSAS AGRAVIADO: BENITO JUAN PINTO MAMANI Y OTRA Notificación por Edicto Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a ERIKA INES MAMANI CRUZ y BENITO JUAN MAMANI PINTO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de las RESOLUCIONES 01 Y 02, por la que, mediante RESOLUCIÓN N° 01: SE RESUELVE: 1) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de FLORENTINO JOSE JOVE MAMANI y RUFINA JULIA YUCRA LIMAHUAYA en agravio de ERIKA INES MAMANI CRUZ y BENITO JUAN MAMAN! PINTO. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del artículo 441 del Código Penal. Díctese mandato de COMPARECENCIA en contra del procesado. En consecuencia, de conformidad con el artículo 483 del Código Procesal Penal se programa fecha para la realización del Juicio Oral, atendiendo al rol de diligencias programadas con anterioridad por este Órgano Jurisdiccional, para el día DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar (Av. Simón Bolívar con Junín). 2) Requerir al denunciante BENITO JUAN MAMANI PINTO, formalizar judicialmente su denuncia por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en su agravio conforme a las precisiones señaladas en el considerando tercero de la presente resolución, ello dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de tenerse por no presentada la denuncia y disponerse el archivo del expediente; ó de considerarlo, el denunciante podrá accionar en la vía extra-penal que considere pertinente. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN N° 02: FECHA PARA LA REALIZACIÓN DEL JUICIO ORAL PARA EL DIA DIA CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS, la que se llevará a cabo en un solo acto en el despacho judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de la parte agraviada de ordenarse el desistimiento tácito del presente proceso, quedando subsistente el apercibimiento decretado mediante resolución uno en caso de inasistencia de la parte imputada. 2) Estando a la imposibilidad de notificar a la parte agraviada, por las razones expuestas por el Juez de Paz de Chiguata, se ordena la notificación por edictos a dicha parte. Ello en el proceso N°
02076-2017-0-0410-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Mariano Melgar, 2018, marzo 19.- (0405-06 abril) EXPEDIENTE ESPECIALISTA EDICTO : 4440-2018-0-040l-JP-PE-01 : RAUL RAMOS PEREZ 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías.- El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada Patricia Angélica Barriga Barrios y a la parte imputada Patricio Benito Cabrera Roa. Con la siguiente Resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de PATRICIO BENITO CABRERA ROA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de PATRICIA ANGELICA BARRIGA BARRIOS. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada PATRICIO BENITO CABRERA ROA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 22 DE MAYO DEL 2018 A LAS 08:30 A.M.; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaria de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada PATRICIO BENITO CABRERA ROA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular PATRICIA ANGELICA BARRIGA BARRIOS, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: Que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes mediante Edictos por desconocer sus domicilios al encontrárse por esta ciudad de transito y ser extranjeros . Registrese y Comuniquese. (04-05-06 abril) Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Condesuyos, a cargo de la Dr. Oswaldo Fernández Urrutia, notifíquese mediante edictos a la parte demandada HITLER SANDRO VILCA PARI la resolución N° 19 (SENTENCIA NRO 10-2018) que Declara fundada la demanda de Violencia física y psicológica en agravio de Amelia Lipa Yucra en contra de Hitler Sandro Vilca Pari y DISPONE: 1.-E1 cese de maltrato a la agraviada, quedando estrictamente prohibido que el agresor bajo ninguna justificación vuelva a agredir a la agraviada dictando la siguiente medida de protección por esta vez 1.Impedimento de acoso a la victima por parte del agresor sea en lugares públicos o privados 2.- El retiro del agresor del hogar familiar por el lapso de cuatro meses, 3.- Otorgamiento de garantías a la víctima en cuanto sea requerido por la autoridad policial, Fiscal y/o Judicial DESIGNANDO: Como órgano de auxilio judicial a la Policía Nacional del lugar en caso de ser necesario para su inmediata intervención, ORDENO : Que ambas partes asistan a terapias de ayuda sicológica del Ministerio de Salud de Yanaquihua, Fijo: como concepto de REPARACION CIVIL la suma de trescientos soles que deberá pagar el demandado Hitler Sandro Vilca Parí a favor de la agraviada Amelia Lipa Yucra por el daño irrogado, sin costas ni costos del proceso Ello en el expediente 94-2015 seguido en contra de Hitler Sandro Vilca Pari, demandante: Amelia Lipa Yucra, materia Violencia Familiar. 2.- Notificar mediante edictos en el diario la “República”. ESP. LEGAL GLORIA VARGAS LLANOS CHUQUIBAMBA 19 de marzo del 2018.- (04-05-06 abril) EXPEDIENTE: N° 3343-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada ROBERTO TAPIA QUISPE CON LA RESOLUCIÓN NUMERO DOS DE FECHA SEIS DE DI-
Viernes, 6 de abril del 2018
CIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE QUE RESUELVE: RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en tomo al proceso seguido por ROBERTO CELESTINO TAPIA QUISPE por Faltas contra el patrimonio en contra de DINA MARGARITA ESCOBEDO PERALTA, debiéndose notificar al agraviado para los efectos de Ley. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER,- .ESPECIALISTA LEGAL: RAUL RAMOS PEREZ: (04-05-06 abril) EXPEDIENTE: N° 3343-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO”A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada ROBERTO TAPIA QUISPE CON LA RESOLUCIÓN NUMERO DOS DE FECHA SEIS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE QUE RESUELVE: RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ROBERTO CELESTINO TAPIA QUISPE por Faltas contra el patrimonio en contra de DINA MARGARITA ESCOBEDO PERALTA, debiéndose notificar al agraviado para los efectos de Ley. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- ESPECIALISTA LEGAL: RAUL RAMOS PEREZ: (04-05-06 abril) Expediente: 12346-2017-2JPLCG-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique a la imputada TERRONES CASTREJON, VERONICA y al agraviado LUIS ANGEL BENAVENTE RUELAS. Con la resolución 07 DE OFICIO: Estando a la constancia que antecede se reprograma como nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA DOCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS; Audiencia que se llevara a cabo en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado, ubicado en la calle ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE 18 CUARTO PISO URBANIZACION LA LIBERTAD CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. DISPONGO: Que por Secretaría del Juzgado se notifique debidamente con la presente resolución a las partes, por Edictos . Reasume sus funciones la Magistrada que rubrica y la secretaria.- (04-05-06 abril) EXPEDIENTE: N° 4192-2018 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO”A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada HECTOR SAAVEDRA SALVA CON LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO DE FECHA TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada HECTOR RENE SAAVEDRA SALVA del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber ESPECIALISTA LEGAL: RAUL RAMOS PEREZ: (04-05-06 abril) EXPEDIENTE: N° 3637-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada EDUARDO SARAYASI CHOQUEHUANCA CON LA RESOLUCIÓN NUMERO DOS DE FECHA DIECINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de SERGIO FABRICIO MERINO DELGADO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de EDUARDO SARAYASI CHOQUEHUANCA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada SERGIO FABRICIO MERINO DELGADO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO
A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en el local del Quinto Juzgado de Paz LetradoTurno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada SERGIO FABRICIO MERINO DELGADO, con su respectivo abogado defensor, baio apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular EDUARDO SARAYASI CHOQUEHUANCA, deberán concurrir con abogado defensor, baio apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Debiéndose tener en cuenta que los apercibimientos están dirigidos para las partes procesales más no así a sus abogados. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones en agravio de SERGIO FABRICIO MERINO DELGADO, en contra de EDUARDO SARAYASI CHOQUEHUANCA conforme a los fundamentos expuesjqs en el noveno considerando.ESPECIALISTA LEGAL: RAUL RAMOS PEREZ: (04-05-06 abril) Io JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 04805-2017-0-0401-JR-FT-01 MATERIA:VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ: L O Z A PEÑA RILDO ESPECIALISTA : BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAH DEMANDADO : UMA MUÑOZ, FERNANDO DEMANDANTE : ATAUCURI BOZA. ELVA Notificación por Edicto.- DR. RILDO LOZA PEÑA.- JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a FERNANDO PUMA MUÑOZ y ELVA ATAUCURI BOZA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a FERNANDO PUMA MUÑOZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de ELVA ATAUCURI BOZA; B. Prohibir a FERNANDO PUMA MUÑOZ el generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo con ELVA ATAUCURI BOZA en presencia de sus menores hijos; C. Disponer que las partes reciban terapia psicológica gratuita ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUEDEBERAN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas.4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene dejetmo a ¡la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 04805-2017-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, enero 31. (04-05-06 abril) EXPEDIENTE: N° 2431-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO”A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada MARIA LUISA CHUMBES CCOPA CON LA RESOLUCIÓN NUMERO DOS DE FECHA SEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE: QUE RESUELVE: III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, se resuelve: 1) CITAR A JUICIO EN PROCESO POR FALTAS a las personas de FERNANDO ALBERSSI TISNADO y LEONOR NATHALY ALBERSSI ASTORGA
Viernes, 6 de abril del 2018
por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARIA LUISA CHUMBES CCOPA 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados: FERNANDO ALBERSI TISNADO y LEONOR NATHALY ALBERSSI ASTORGA. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa- Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados FERNANDO ALBERSSI TISNADO y LEONOR NATHALY ALBERSSI ASTORGA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, MARIA LUISA CHUMBES CCOPA en su calidad de querellantes particulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Haciendo presente que los apercibimientos están dirigidos a las partes procesales más no así a los abogados. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). 4) DISPONGO: Se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGÍSTRESE Y NOTTFÍQUESE. ESPECIALISTA LEGAL: RAUL RAMOS PEREZ: (04-05-06 abril) EXPEDIENTE : 03021-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Willian Tommy Atahualpa Rivero,, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: : HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Willian Tommy Atahualpa Rivero con DNI 42038899 con domicilio en Ramiro Priale MZ. O Lote 1 Pampas de Polanco Alto selva de alegre de la provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 20 DE AGOSTO DEL 2018 ALAS 11:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Claudia Ruth Luza Pilleo, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. (04-05-06 abril) EXPEDIENTE : 03098-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
dispuesto se notifique a Apolo Rey Choque Puma, y Alejandra Luque Gilacama, y con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) Alejandra Luque Gilacama con DNI 45354454 con domicilio en Augusto Salazar bondy A-4 Pampas de Polanco Alto selva alegre de la provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 10 DE AGOSTO DEL 2018 ALAS 09:00HQRAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Apolo Rey Choque Puma, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este despacho sobre lo ordenado bajo responsabilidad, para lo cual se cursaran los oficios correspondientes. (04-05-06 abril) EXPEDIENTE : 01277-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Vil Vicentina Macedo Saraya , con la siguiente resolución N° 05. Parte resolutiva. SE RESUELVE: : HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número 04 y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) Edmundo Gustavo Arias Rivera con DNI 08969511 con domicilio en AV.Bolognesi 928 Tacna de la provincia de Tacna ,2).Vil Vicentina Macedo Saraya con DNI 80532949 con domicilio en AV.Ieguia 200 Millas N 200 Tacna de la provincia de Tacna fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 20 DE AGOSTO DEL 2018 ALAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Ellos mismo, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer DISPONGO que la policía Judicial. Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución debiendo dar cuenta e informar a este despacho sobre lo ordenado Bajo responsabilidad para lo cual se cursaran los oficios correspondientes. MARITZA A. SALOMON NUÑEZ JUEZA S. (04-05-06 abril) NOTIFICACION POR EDICTOS Expediente numero 13538-2017-0-0401 -JRFT-01, en los seguidos en contra de PEDRO BERNABE LOVON CARRILLO en agravio de NILDA GENARA LOVON CARRILLO Y FACUNDINA ROBERTA LOVON CARRILLO, la señora Jueza del Primer Juzgado de Familia de la Corte de Justicia de Arequipa, con intervención de la Secretaria Judicial Rosa Maña Calderón Coronel, por resolución numero cuatro de fecha veintisiete de marzo del presente año en curso; SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A PEDRO BERNABE LOVON CARRILLO. Extracto de RESOLUCION NRO. 02-2017: RESUELVO: I. DICTAR como medidas de protección, las siguientes: 1.- PROHÍBO a PEDRO BERNABE LOVON CARRILLO agredir física o psicológicamente, de manera directa o indirecta a NILDA GENARA LOVON CARRILLO y a FACUNDINA ROBERTA LOBON CARRILLO, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. 2.
- Oficíese a la comisaría del sector del domicilio de las agraviadas, quienes deberán prestar el auxilio necesario a las víctimas e incluso otorgarle un número de comunicación directa, dando cuenta de ello a este Juzgado. 3.- Ordeno que el denunciado PEDRO BERNABE LOVON CARRILLO se someta a una terapia psicológica la cual deberá ser supervisada por el equipo técnico multidisciplinario de los juzgados de familia, quienes los podrán derivar al lugar que corresponda para el tratamiento psicológico, debiendo cursarse el memorándum en tal sentido le concedo a la parte denunciada el termino de tres días para coordinación de esta terapia, vencido dicho termino y ante el incumplimiento de esta orden el Fiscal Penal deberá revisar la comisión o no del ilícito penal de desobediencia a la autoridad. 4. -PROHIBO a PEDRO BERNABE LOVON CARRILLO acercarse a menos de dos cuadras de distancia a NILDA GENARA LOVON CARRILLO y FACUNDINA ROBERTA LOVON CARRILLO, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. En caso de incumplimiento de esta orden autorizo a los miembros de la Policía Nacional del Perú del sector a retirar del lugar al denunciado y les invoco a actuar conforme a sus atribuciones en caso de comisión de delito flagrante. 5. - PROHIBO a PEDRO BERNABE LOVON CARRILLO comunicarse por cualquier medio, sea telefónico, virtual, directa o indirectamente con NILDA GENARA LOVON CARRILLO y FACUNDINA ROBERTA LOVON CARRILLO, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. Autorizo a las agraviadas a grabar cualquier comunicación del denunciado con estas para los fines pertinentes. (03-04-05 abril) EDICTO Nro. 011 -2018-SPAAFSPL-SR-J EXPEDIENTE : Nro. 0085-2001-2-2111 -SP-PE-01. SECRETARIO : Elena Condori Ojeda Se notifica y emplaza al acusado: LUCIANO MAXIMO CHAVEZ MARAZA Con la resolución N° 28 su fecha 23 de marzo del 2018 (...). DISPUSIERON: 1.- REPROGRAMAR la audiencia privada de ley, para el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS TRES DE LA TARDE CON DIEZ MINUTOS, diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora de la provincia de San Román - Juliaca (...), con asistencia del representante del Ministerio Público y del acusado LUCIANO MAXIMO CHAVEZ MARAZA, quien deberá estar asistido del abogado de su libre elección, bajo apercibimietno de iniciarse el juicio oral con presencia del defensor público adscrito a ésta Sala Superior, en caso de inconcurrencia del abogado de libre elección, para cuyo efecto notifíquese al citado acusado mediante edictos y con las formalidades de ley por ante los diarios oficiales de los distritos judiciales de Puno y Arequipa, acusado que concurrirá a la apertura de juicio oral así comko a las sesiones de continuación de audiencia, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz e interrumpirse el plazo de prescripción de la acción penal, sin perjuicio de revocarse el mandato de comparecencia restringida por el de detención, en caso de inconcurrencia injustificada (...) Dispuesto en el proceso penal de la referencia, seguido en contra del referido acusado, por la presunta comisión del delito de Violación Sexual de Menor, en agravio de la menor de iniciales C.C.E. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa. Juliaca, 26 de marzo de 2018. (03-04-05 abril) En el expediente número N° 00091-2017-0-0401-JR-DC-01 seguido por MARCELINO VARGAS SUCASAIRE en contra de la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, la Doctora Karina Apaza Del Carpió Jueza del Juzgado Constitucional de Arequipa, mediante Resolución N° 08, ha dispuesto lo siguiente: “DISPONER la notificación de la presente resolución en el domicilio real que figura en la ficha RENIEC, así como la notificación por edictos por un periodo de tres días en el diario La República a la sucesión de quien en vida fue MARCELINO VARGAS SUCASAIRE, para que se apersonen al proceso dentro del plazo de TREINTA DÍAS de efectuada la última publicación con documento que acredite su titularidad, bajo apercibimiento de nombrarles CURADOR PROCESAL y seguirse con el trámite del proceso”. Especialista Legal: Stephanie Virginia Cuba Ramos. Arequipa 26 de Marzo del 2018. (03-05-09 abril) 1o
JUZ.
INVESTIG.
PREPARATORIA
-
FLA-
GR. OAF Y CEED - SEDE C EXPEDIENTE: 05502-2016-98-0401-JR-PE-04 JUEZ : COAGUILA VALDIVIA, JAIME FRANCISCO SPECIALISTA: ESPINOZA ALVAREZ MONICA FRANCESCA MINISTERIO PUBLICO : DRA CAROL CUBA FISCALIA FISCALIA DE LAVADO DE ACTIVO 2DO DESPACHO, TERCERO : CORNEJO JOVE, AUGUSTO JAMES LIMA PANUERA, ANA ELIZABETH JOVE MONTENEGRO, RAUL FERNANDO GAÑI LOPEZ, ROBERTO IMPUTADO : TRANSPORTES ROMAT EIRL, DELITO: LAVADO DE ACTIVOS AGRAVIADO: PROCURADOR DE LAVADO DE ACTIVOS Y PERDIDA DE DOMINIO, Resolución Nro.01 Arequipa, dos mil dieciocho Marzo ocho.- VISTOS: La demanda de Pérdida de Dominio formulada por el Ministerio Público; los recaudos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- Petitorio y fundamentos de hecho. La Fiscalía Provincial del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio de Arequipa, interpone demanda de Pérdida de Dominio del vehículo de placa de rodaje YH - 4032, ( V2P-846), vehículo usado , clase remolcador, marca Volvo, modelo F-12, carrocería: remolcador, año de fabricación 1991, color: celeste blanco, serie N° YV2H3A1A3MB472796, motor N° TD122FH-195-178540, origen de fabricación “importado” inscrito en la Partida Registral N° 60087852, a fin que se declare titularidad del mismo. La Fiscalía fundamenta la demanda en que el bien materia de la presente pérdida de dominio, tiene un origen ilícito. Los hechos en mención los ha subsumido en el delito de Contrabando. La demanda de pérdida de dominio, además se encuentra recaudada con los medios probatorios que al efecto ofrece para su admisión, actuación y valoración oportuna. SEGUNDO.- Norma aplicable. El artículo 13.3 de la Ley de Pérdida de Dominio, prescribe: a) Recibida la demanda de pérdida de dominio presentada por el Ministerio Publico el Juez dentro del plazo de tres días hábiles debera expedir resolución debidamente fundamentada . TERCERO Decisicion Judicial. 3.1. La demanda postulada por el Ministerio Público, ha sido formulada dentro del plazo de ley, asimismo, se encuentra recaudada con los medios probatorios que oportunamente deben ser objeto de admisión, actuación y valoración. 3.2. La demanda postulada cumple en lo elemental con los requisitos exigidos en la norma especial; por lo tanto, debe admitirse y conferirse el trámite previsto en la ley especial. Por estos fundamentos, RESUELVO: 1) ADMITIR la demanda de Pérdida de Dominio, presentada por la Fiscalía Provincial del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio de Arequipa, en contra de la Empresa de Transportes Romat E.I.R.L., representada por su gerente general Castillo Flores María de los Angeles. 2) DISPONGO el TRASLADO de la demanda por el plazo de diez días hábiles, en tal sentido ORDENO se notifique a la parte demandada para que ABSUELVA el traslado de la demanda. 3) DISPONGO la notificación del auto admisorio de la presente demanda mediante edictos en el Diario encargado de los avisos judiciales de este Distrito Judicial, así como en el Diario Oficial El Peruano; del mismo modo, se notificará a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- (03-04-05 abril) El señor Juez doctor Manfred Honorio Vera Torres del Segundo Juzgado Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, por intermedio del presente NOTIFICA al acusado JERMAN PANDURO CÓRDOVA, con lo dispuesto en la resolución N° 01 de fecha 26.04.2017 que dispone correr traslado del Requerimiento de Acusación Fiscal Directa a los sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, para que hagan valer por escrito sus derechos conforme a la normatividad, designándole al acusado Jermán Panduro Córdova como defensa a la abogada del Ministerio de Justicia CYNTHIA SOLEDAD VILCA VILCA, sin perjuicio de que el acusado designe abogado de si preferencia v, asimismo sujetar su defensa a la etapa en la que se encuentra el proceso. Ello conforme lo ordenado en el expediente N° 3277-2017-0 seguido en contra de Jermán Panduro Córdova y otro investigados por el Contra el Patrimonio en la modalidades de Hurto Agravado en agravio de Jorge Rolando Huamanguillas Choque y Juan De La Cruz Huamaniguillas Choque. Con intervención de la Especialista de Causas Betzabé Figueroa D’Ugard. Debiendo de
5
publicarlos en el Diario Oficial el peruano por tres días consecutivos. Arequipa 26 de marzo del 2018. (03-04-05 abril) EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO Expediente N° 00866-2016-33, seguido contra de Silos Epifanio Cabana Puño, en agravio de Wilfredo Cabana Cruz y Fhisher Marco Cabana Cruz representado por su madre Margarita Luzmila Cruz Choque relativo al delito contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar es su forma penal de Incumplimiento de Obligación Alimentaria; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a la parte sentenciada Silos Epifanio Cabana Puño con la RESOLUCION N° 20-2018, de fecha diecinueve de marzo del año dos mil dieciocho.- Proveyendo el escrito presentado por el representante del Ministerio Público, ingresado por mesa de partes con registro 7753-2018; CONVOQUESE A LA AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA PARA EL DÍA DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS 09:40 HORAS (hora exacta), en la Sala de Audiencia N° 01 (primer piso) de los juzgados de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Puno, se apercibe a la parte sentenciada Silos Epifanio Cabana Puño, en caso de inasistencia de su abogado defensor de libre elección, se procederá a reemplazarlo por un abogado defensor público designado en acto de audiencia, con tal objeto cúrsese oficio a la defensa pública a fin de que designe un abogado defensor público para la presente audiencia, se apercibe al representante del Ministerio Público en caso de inasistencia se remitirá copias a la Oficina de Control interno del Ministerio Público sede Puno. NOTIFIQUESE. DE OFICIO: SE REQUIERE a la parte sentenciada Silos Epifanio Cabana Púño dentro de las 72 HORAS cumpla con cancelar el monto ascendiente a Quinientos Soles (S/ 500.00) por concepto de reparación civil y el monto ascendiente a Noventa y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y Ocho Soles con dos céntimos de sol (S/ 98,558.02), por concepto de Alimentos Devengados, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE CONTINUARSE CON LA PRESENTE AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA. PUNO 27 DE MARZO DEL 2018. (03-04-05 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. DAVID BANDA VIZCARRA asistido por el Especialista legal José Luis Qceres Pizarro, en el EXP.: 00057-2009-1-0405-JR-PE-0I, SE NOTIFICA CITA Y EMPLAZA al procesado HEDILBERTO MARTINEZ ANTON para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados a en su contra a; a fin de que tomen conocimiento del REQUERIMIENTO DE ACUSACION, LA RESOLUCION UNO que concede el plazo de 10 días a para que pueda plantear las defensas legales previstas en el artículo 350° DEL CODIGO PROCESAL PENAL Y LA RESOLUCION TRECE que PROGRAMA fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas CATORCE HORAS; Audiencia que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de aylloma Chivay; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2.- Al imputado acompañado de su abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele ABOGADO de la defensa publica. (03-04-05 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. DAVID VIZCARRA BANDA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 03577-2014-66-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a las personas de VEN EDICTO HU1LLCA CCAHUA; MAXIMA MAMANI CONZA; ELOY ÑANUIS TURPIPA; SILVIA INES PAREAN /BARRA MUÑOZ [AGRAVIADOS]; en la investigación que se le sigue a la persona de DAVID MAMANI CURO por la presunta comisión del delito Lesiones Culposas Leves-Graves, a fin de que tome conocimiento del REQUERIMIENTO MIXTO [SOBRESEIMIENTOACUSACION], y lo dispuesto en la resolución uno que concede el plazo de diez días de notificado , a fin de que ‘puedan formular sus pretensiones, según lo estipulado en el artículo 351° inciso 1 del Código Procesal Penal, y asimismo que tome
6
La República
conocimiento de la resolución dos que señala fecha de AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO MIXTO para el dia CINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION L- AI representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2.- AI imputado acompañado de sus abogado de libre elección BAJO APERCIBIMIENTO de nombrársele abogado de la defensa publica. (03-04-05 abril) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. DAVID VIZCARRA BANDA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 07742-2017-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a la PERSONA PEDRO RAUL MERMA MERMA, en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el 149° primer párrafo del Código Penal; a fin de que tome conocimiento REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO, y el ACTA DE FECHA CINCO DE MARZO DEL 2018 la misma que contiene la resolución tres que fija fecha de audiencia para el veintitrés de abril del dos mil dieciocho a las dieciséis horas; audiencia que se llevara cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Caylloma-Chivay. (03-04-05 abril) 1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA MENOR DEMANDADO DEMANDANTE 00349-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA VVAJ, TERRONES, MARIA VASQUEZ TERRONES, ELIZABETH VASQUEZ TERRONES, ORLANDO CENTRO DE EMERGENCIA MUJER MIRAFLORES, EDICTO JUDICIAL La señora Jueza del Primer Juzgado de Familia, Dra. ROCÍO del Milagro, Aquize Cáceres, notifica: María Terrones y Elizabeth Vásquez Terrones, con la Resolución N° dos cuya parte resolutiva es: SE RESUELVE: DICTAR como medidas de protección, las siguientes: L- PROHÍBO a ELIZABETH VASQUEZ TERRONES, ORLANDO VASQUEZ TERRONES y MARIA TERRONES agredir física o psicológicamente, de manera directa o indirecta a ANDER JAVIER V.V., recordándoseles que en caso de incumplimiento cometen el delito de desobediencia a la autoridad. 2.- Ofíciese a la comisaría del sector del domicilio del agraviado, quienes deberán prestar el auxilio necesario e incluso otorgarle un número de comunicación directa, dando cuenta de ello a este Juzgado. 3.- Ordeno que los denunciados ELIZABETH VASQUEZ TERRONES, ORLANDO VASQUEZ TERRONES y MARIA TERRONES se sometan a una terapia psicológica a cargo del Ministerio de Salud de Cajamarca para lo cual se oficiará. 4.- Realícese un informe social completo a favor del niño agraviado, cursándose las órdenes respectivas.5.- Dejo a salvo el derecho de las partes para hacerlo valer conforme a ley respecto a la tenencia y régimen de vistas del niño agraviado. REMITASE los actuados a la Fiscalía Penal Especializada en Violencia de Genero, debiendo la Fiscalía Penal bajo responsabilidad funcional informar la decisión que adopte frente al presente, sea archivo, formalización de denuncia. Arequipa, 26 de marzo del 2018. (03-04-05 abril) NOTIFICACION POR EDICTOS Expediente numero 13088-2017-0-0401 -JRFT-01, en los seguidos en contra de GERARDO MAMANI CUTIPA en agravio de DINA HUAMANI VIZCARRA, la señora Jueza del Primer Juzgado de Familia de la Corte de Justicia de Arequipa, con intervención de la Secretaria Judicial Rosa Maria Calderón Coronel, por resolución numero cuatro guión dos mil dieciocho de fecha veintiséis de marzo del presente año; SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A GERARDO MAMANI CUTIPA Y DINA HUAMANI VIZCARRA. Extracto de RESOLUCION NRO. 03-2018: Al escrito con número de registro 1785-2018; Téngase presente y agréguese a sus antecedentes el Informe N° 013088-2017-0-0401-JR-FT-01, sobre la inasistencia de don Gerardo Mamani Cutipa a la terapia psicológica dispuesta mediante resolución número dos. A conocimiento del Ministerio Público, a fin de determinar la comisión o no del ilícito penal de desobediencia a la autoridad. Autorizada la Especialista Legal que suscribe por disposición expresa de la señora Magistrada y en mérito
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
a lo prescrito por la última parte del artículo 122 del Código Procesal Civil. (03-04-05 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-19820 (IMPUTADO) NICO ANCHAPURI CHURA , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CRISTHIAN ANTONIO ANCHAPURI HUILLCA REPRESENTADO POR DELIA HUILLCA HUILLCA , NOTIFICACION, SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL PROCESO INMEDIATO DE CARÁCTER INAPLAZABLE, PARA EL 26 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 12.00 HORAS EN SALA 1. Se notifica a la ABOGADA DEFENSORA PUBLICA Gabriela Apaza Gonzales ; Secretario: Quispe.(04-05-06 abril) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-489311 (Agraviado) REYMER LYNN MAMANI MACHACA y MARGOT MAGALI BRAVO APAZA , delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, agraviado REYMER LYNN MAMANI MACHACA y MARGOT MAGALI BRAVO APAZA, DILIGENCIA 09-04-2018, 08:30 HORAS, Sala 2, ; Secretario: Valero.- (04-0506 abril) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-213233 Imputado: NILO CHOQUECAHUA ARAPA, delito LESIONES CULPOSAS, agraviado Orlando Laura Condori, DILIGENCIA 23-04-18, 08:45 a.m., Sala 3, llevarse a cabio la audiencia sin su presencia; Secretario: RAMOS.- (04-05-06 abril) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20156949-50 Agraviada: GLADYS MERCEDES ESCOBAR CRISOSTOMO, delito Violencia y Resistencia a la Autoridad, agraviado El Estado y Otra, DILIGENCIA 23-04-18, 10:15 A.M., Sala 3, Llevarse a cabo la audiencia sin su presencia; Secretario: RAMOS .- (04-05-06 abril) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-7435-96 (Imputado) JUAN NENOMUCINO MAMANI CHATA, delito USO DE DOCUMENTOS FALSOS, agraviado OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, DILIGENCIA 04-05-2018, 08:00, Sala 4, ; Secretario: Vargas.- (04-05-06 abril) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5022-2 OSCAR ALVARO HANCCO CHAMPI , delito CONTRA LA FAMILIA OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR LEYDY AYDEE HANCCO HUAMANI REPRESENTADA POR ANA HUAMANI SUAREZ , DILIGENCIA 13-04-2018, 12:30, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- (04-05-06 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-1066-1 CONSUELO CHAVEZ BEDREGAL, FRANCISCO JAVIER QUISPE QUISPE, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, delito CONTRA LA FE PUBLICA, agraviado FRANCISCO JAVIER QUISPE QUISPE Y MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, DILIGENCIA 09-05-2018, 10:30, Sala 3, RES. 02 SE REPROGRAMA AUDIENICIA 09-05-2018 A LAS 10:30 AM; Secretario: Valdivia .- (04-05-06 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3448-2016-47 SE NOTIFICA A CCAHUANA CHAHUA ABDON RENATO CON LA RESOLUCION N° 5 DE FECHA 22 DE MARZO DEL 2018 QUE PROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA OCHO DE MAYO DEL 2018 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, DILIGENCIA INAPLAZABLE QUE SE LLEVERA A CABO EN EL LOCAL DEL JUZ. DE INV. PREP. DE CERRO COLORADO UBICADO EN LA CALLE ALFONSO UGARTE 119 (COSTADO DEL MERCADO DE CERRO COLORADO), delito HOMICIDIO SIMPLE, agraviado ALLASI GONZALES RUFO JOSE, DILIGENCIA 08-05-2018, 11:00, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Luque .- (0405-06 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2635-65 NOTIFICAR A.- OSORIO ENRIQUEZ RICHARD PAUL, delito , agraviado , DILIGENCIA, Resolución Nro.12 Arequipa, cinco de enero Del dos mil dieciocho.-AL ESCRITO.2192018. A conocimiento del Ministerio Publico la comunicación cursada por parte del personal del INPE, mediante la cual se pone en conocimiento que el sentenciado OSORIO ENRIQUEZ RICHARD: “no cumple con las 156 jornadas por el delito de hurto agravado, es el caso que el referido sentenciado ha hecho ABANDONO al cumplimiento de la condena …” para que se pronuncie conforme a sus atribuciones, sin perjuicio de ello se REQUIERE al sentenciado OSORIO ENRIQUEZ RICHARD en el PLAZO DE CINCO DÍAS para que se apersone a la Oficina Medio Libre de la INPE-, a fin de cumplir con lo dispuesto en la sentencia, bajo apercibimiento variar su situación jurídica a una más gravosa, y así mismo fijarse fecha y hora para audiencia de REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA. Así mismo Ofíciese al medio libre de la INPE en el día. ; Secretario: CCORAHUA .(04-05-06 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-7197-1 (Imputado) WILLY DURAND TITO, delito hurto agravado, agraviado SEAL, DILIGENCIA 10-04-2018, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SE PROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 10 DE ABRIL DE 2018 A LAS 08:30HORAS a llevarse a cabo en la sala del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado; Secretario: RIVERA .- (04-05-06 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-376-12 JULIAN LUCIO QUISPE MAMANI, MARO ANTONIO AGUILAR AGUILAR, WANDERLY DAVID FLORES MAMANI, GIOVANNA GEROGINA VELASQUEZ TORRES,LUZ MARINA VELASQUEZ TORRES, FRANKLIN ALAN AGUILAR AGUILAR, ROXANA CATALINA CASTRO FERNANDEZ, WILLY ANTONIO FLORES MAMANI, VICTOR MANUEL ALARCON GONCORA., delito USURPACION AGRAVADA, agraviado ENCARNACION GONGORA CABRERA ERVER VERTER ALARCON GONGORA VICTOR MANUEL ALARCON GONGORA Y GIOVNNA GEROGINA VELASQUEZ TORRES, DILIGENCIA 16-04-2018, 10:45 AM, Sala 5, MEDIANTE RES. 12-2018 (SE REALIZA AUDIENCIA DEL 26-318) ANTE LAS OBSERVACION QUE IMPIDEN PASAR EL CONRO FORMAL ÁRA QIE ÍEDA SER ÑEVAMTADP EM EÑ ´ÑAZP QIE ESTABÑECE ÑA ÑEU 4 DIAS, SIN PERJUICIO DE DELLO DEBE REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL 16 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 10.45 AM; Secretario: Valdivia .- (04-05-06 abril) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-100-0 (Imputado y Agraviado) JORGE SAUL YUCRA LUPE Y EMILIA BLANCA MANRIQUE MARQUEZ, delito lesiones leves por violencia
Viernes, 6 de abril del 2018
familiar, agraviado Emilia Blanca Manrique Márquez, NOTIFICACION, RES.01:CORRER TRASLADO ACUSACION DIRECTA por diez días hábiles a fin presenten pruebas en proceso contra Jorge Saul Yucra Lipe por lesiones leves violencia familiar agravio Emilia Blanca Manrique Márquez ; Secretario: Díaz .- (04-05-06 abril)
ceso que se les sigue mediante Exp. 2016-494424 Imputado: JOEL HERNAN QUISPE QUISPE, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANYELA ROSARIO FERNANDEZ CRUZ, DILIGENCIA 13-04-2018, 12:30, Sala 1, AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA; Secretario: Huerta .- (05-06-09 abril)
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20177690-66 (Imputado) MAZA QUISPE EDWIN RAUL, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado YDALIA MIRANDA MENDOZA , DILIGENCIA 06-04-2018, 10:15, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Monge .- (0405-06 abril)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-6454-53 (Imputado) JUDITH ZULEMA PRIETO AFATA, delito HURTO, agraviado METRO, DILIGENCIA 03-07-2018, 11:30, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Sucapuca .- (05-06-09 abril)
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20179400-79 (Agraviado) EDDY MARIBEL GUTIERREZ LUQUE , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIBEL DIANA GUTIERREZ LUQUE REP EDDY MARIBEL GUTIERREZ LUQUE, DILIGENCIA 02-05-2018, 10:45, Sala 2, ; Secretario: Monge.- (04-05-06 abril)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20181049-88 Imputado: IRIS SANTISTEBAN VALDIVIEZO, delito ESTAFA, agraviado HILDA LUZ SULCA LAZARTE, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de sobreseimiento formulado por el Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa Dra. Tania Greta Gallegos Calisaya, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez hábiles. ; Secretario: Huerta .- (05-06-09 abril)
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-499-17 (Imputado) JUAN NATALIO BECERRA JAUREGUI , delito Lesiones Leves por Violencia Familiar, agraviado Gavi Agustina Rivera Zevallos, DILIGENCIA 17 de mayo 2018, 09:00 a.m, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya .- (04-05-06 abril)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-738-0 Imputado: ANGIELO JOHAAN ESPINOZA CARTAGENA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado JACKELINE TATIANA NINA CUSI, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa formulado por el Ministerio Publico, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles; para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal. ; Secretario: Huerta .- (0506-09 abril)
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-482-43 (Imputado) ROQUE LEONCIO HERRERA GARCIA , delito Violencia contra la Autoridad, agraviado El Estado, DILIGENCIA 03 de julio 2018, 11:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya .- (04-05-06 abril) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-492-3 JULIO CÉSAR ALMANZA, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD, agraviado MENOR DE INICIALES JDPC, DILIGENCIA 0404-2018, 11.00, Sala 9, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Villagra .- (04-05-06 abril) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1227-65 (Imputado) PETRONIA HUAYNA CHIPANA, delito CONTRABANDO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 16-04-2018, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCIÓN 02: SE REPROGRAMA AUDIENCIA DE CONFIRMATORIA DE INCAUTACIÓN. REALIZARSE LA AUDIENCIA DE CONFIRMATORIA DE INCAUTACIÓN SIN SU PRESENCIA; Secretario: HERRERA .- (04-05-06 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2851-25 ( TERCERO CIVIL RESPONSABLE) NINFA SURAYDA MAMANI RAMOS, delito LESIONES CULPOSAS, agraviado M.Z.M.L., NOTIFICACION, RESOLUCION 01: TRASLADO A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAS HÁBILES PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL Y SE DESIGNA COMO ABOGADO DEL IMPUTADO A LA DRA. MARGARITA CORNEJO HUANCA ; Secretario: Arones .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-1969-0 SE NOTIFICA AL IMPUTADO GONZALES ANCCO EDWIN ROGER CON EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO Y LA RESOLUCION N° 01 DE FECHA 12 DE MARZO DEL 2018 QUE PROGRAMA LA REALIZACION DE LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA ONCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE TIENE CARACTER DE INAPLAZABLE Y SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO DE INV. PREP. DE CERRO COLORADO, SITO EN LA CALLE ALFONSO UGARTE NRO. 119, URB. LA LIBERTAD DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GMGCH, DILIGENCIA 11-04-2018, 08:00 , Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Luque .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-2342-0 SE NOTIFICA AL IMPUTADO
Viernes, 6 de abril del 2018
HUISA SONCCO ALBERTO CON EL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO Y LA RESOLUCION N° 1 DE FECHA 21 DE MARZO DEL 2018 QUE PROGRAMA AUDIENCIA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA 18 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 08:00 AM QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO DE INV. PREP. DE CERRO COLORADO SITO EN LA CALLE ALFONSO UGARTE 119 URB. LA LIBERTAD DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, delito HURTO SIMPLE, agraviado MODESTA VILCA CHIGUAY, DILIGENCIA 18-04-2018, 08:00, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Luque .- (0506-09 abril)
NOTIFÍQUESE a las partes procesales que hayan fijado su casilla electrónica, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales y reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS, diligencia que se llevará a cabo en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado de Cerro Colorado), ; Secretario: CCORAHUA .- (05-0609 abril)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-2189-0 SE NOTIFICA CON EL CARÁCTER DE URGENTE A LA MENOR AGRAVIADA MENOR DE INICIALES LSMV REPRESENTADA POR SU MADRE ANGELA VELARDE TINTAYA CON EL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO RESOLUCION N° 1 DE FECHA 15 DE MARZO DEL 2018 QUE PROGRAMA AUDIENCIA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOCE DE ABRIL DEL AÑO 2018 A LAS 08:00 HORAS DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZ. DE INV. PREP. DE CERRO COLORADO UBICADO EN LA CALLE ALFONSO UGARTE 119, URB. LA LIBERTAD CERRO COLORADO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LSMV, DILIGENCIA 12-04-2018, 08:00, Sala 2, ---; Secretario: Luque .- (05-06-09 abril)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8029-53 HUGO MARTIN MURGA ROCHA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SEAL, DILIGENCIA 18-04-2018, 09:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (0506-09 abril)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-31-0 JEAN CARLO TAPIA CUBA, delito LESIONES CULPOSAS, agraviado CESAR AUGUSTO BUSTINZA GUZMAN, DILIGENCIA 05-04-2018, 10:00 am, Sala 2, ANTE REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA POR LESIONES CULPOSAS SE CORRE TRASLADO POR EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES, SE PROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL 5 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A LAS 10 AM,. LA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION DE CERRO COLORADO CALLE ALFONSO UGARTE 112 ALTO LIBERTAD CERRO COLORADO; Secretario: Valdivia .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-260-0 NOTIFICAR A.- CALSINA CALCINA ELIZABERTH MARLENY., delito , agraviado , DILIGENCIA 25-04-2018, 09:00, Sala 5, Resolución Nro.1 Arequipa, doce de marzo Del dos mil dieciocho.-AL PRINCIPAL.-Visto el Requerimiento de Acusación directa que antecede, se corre TRASLADO a las partes por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, Así mismo NOTIFÍQUESE a las partes procesales que hayan fijado su casilla electrónica, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales y reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, diligencia que se llevará a cabo en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado de Cerro Colorado) ; Secretario: CCORAHUA .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-263-0 NOTIFICAR A.-ILMER PLACIDO VILCA CAYLLAHUA Y GUZMAN MONTUFAR BRIGIDA, delito , agraviado , DILIGENCIA 25-04-2018, 10:00, Sala 5, Resolución Nro.1 Arequipa, doce de marzo Del dos mil dieciocho.-AL PRINCIPAL.-Visto el Requerimiento de Acusación directa que antecede, se corre TRASLADO a las partes por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, Así mismo
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20177009-98 (Imputado) JIMMY HUBERT SANCHEZ ZUÑIGA, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 08-05-2018, 12:30 HORAS, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Arce .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-70-6 (Imputado)ISAAC WENSESLAO GUTIERREZ APAZA, delito Receptación Agravada, agraviado Noelia Espinoza Guardia y otro, DILIGENCIA 26 de abril 2018, 12:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya .- (05-06-09 abril) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20166224-58 BENEDICTO ORTIZ PAYE, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA AGRAVADA , agraviado EL ESTADO Y OTRO, DILIGENCIA 17-04-2017, 12.30, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1528-0 (Imputado) MARIO BOBADILLA TRIVEÑO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado URSULA YOHANA BOBADILLA MARQUEZ REPRESENTADA POR SOFIA MARQUEZ SILVA, NOTIFICACION, Téngase presente la renuncia efectuada por el señor abogado José Luis Velarde Calla al patrocinio de la defensa del investigado; y TENGASE PRESENTE que ya se ha citado al abogado defensor público Doctor PAULO CESAR HILASACA MAMANI, para que asuma la defensa del investigado en la audiencia de ley. ; Secretario: Quispe .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7428-0
agraviado: Saul Condori Villafuerte, delito lesiones leves, agraviado Saul Condori Villafuerte, NOTIFICACION, se corre traslado con la acusación por el plazo de 10 días a efecto de que proceda conforme el art. 350 del CPP ; Secretario: RAMOS.- .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4773-48 (Imputado) HELEN ROSA ALVARO CUEVAS, delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, agraviado ESTADO Y OTRO, NOTIFICACION, Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Acusación, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero .- .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9884-0 ELVIZ EDU SUMIRE BERNAL, delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROSA IRENE LUPA CONDORI, DILIGENCIA 26/04/2018, 12:30, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: RETAMOSO .- .- (05-06-09 abril) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-6886-37 (Imputado) CARLOS CCANCCAPA IRPANOCCA, delito ESTAFA GENERICA, agraviado ONP, DILIGENCIA 09-05-2018, 08.00 a.m., Sala 2, ; Secretario: Vargas .- .- (05-06-09 abril) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7504-45 HENRRY REYES BENAVENTE CACERES , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MELANY REYES BENAVENTE GOMEZ, DILIGENCIA 11.05.2018, 09:00 HORAS, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes.- .- (05-06-09 abril) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-482860 Imputado: LAW KA HO, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado SALON DE JUEGOS EL PORTAL, DILIGENCIA 30-04-18, 10:30 A.M., Sala 4, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: RAMOS .- .(05-06-09 abril) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-502394 (Imputados) JUAN TUPA AGUILAR Y ADOLFO PACHECO MAMANI Y WILFREDO SOTO QUISPE Y ROGER YARISE GUZMAN, delito USURPACION AGRAVADA Y DAÑOS AGRAVADOS, agraviado SILVIA ROSADO VALENCIA DE CORNEJO , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo de diez días hábiles; para los efectos del artículo 345° del CPP. SE DESIGNA: Como abogado defensor de oficio de los investigados Adolfo Pacheco Mamani, Wilfredo Soto Quispe y Roger Yarise Guzmán a la abogada defensora pública CARMEN JULIA PUMA ESCALANTE ; Secretario: Quispe .- .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8600-0 (Imputado) CHRISTIE ANABELLA BLAS CALLE, delito LESIONES LEVES POR
VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ALBERTO GONZALES MERCADO, NOTIFICACION, RES.01:CORRER TRASLADO ACUSACION DIRECTA CONTRA HRISTIE ANABELLA BLAS CALLE POR LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR AGRAVIO ALBERTO GONZALES MERCADO POR DIEZ DIAS HABILES A FIN PRESENTEN MEDIOS DE PRUEBA ; Secretario: Díaz .- .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-5646-0 MARLENE HORQQUUE FARFAN, delito PATRIA POTESTAD SUSTRACCION DE MENOR, agraviado ARMANDO GUZMAN CHINO, DILIGENCIA 04-05-2018, 09:AM, Sala 5, EL MINISTERIO PUBLICO 1RA FFPCA 3ER DESPACHO FORMULA ACUSACION DIRECTA EN CONTRA DE MARLENE HORQQUE FARFAN POR DELITO REHUSAMIENTO DE ENTREGA DEL MENOR . EL 1ER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO EMITE RES. 01 POR EL CUAL SE CORRE TRASLADO POR EL PLAZO DE 10 DIAS PARA EFECTOS DEL ART. 350 DEL CPP se nombra abogado de oficio. Mediante Res. 04-2018 En el acta del 26-3-18, se emite Res. 04-2018 donde se reprograma audiencia para el cuatro de mayo del 2018 a las 9 am en la Sala 5 del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Calle Alfonso Ugarte 119 Libertad Cerro Colorado; Secretario: Valdivia .- .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-1771-0 SE NOTIFICA CON EL CARACTER DE URGENTE AL IMPUTADO APAZA GUTIERREZ VETO Y A LA AGRAVIADA DEMETRIA QUENTA ACERO CON EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO Y LA RESOLUCION N° 1 QUE PROGRAMA AUDIENCIA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA 05 DE ABRIL DEL 2018 EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 3ER. JUZ. DE INV. PREP. DE CERRO COLORADO UBICADO EN LA CALLE ALFONSO UGARTE NRO. 119 URB. LA LIBERTAD - CERRO COLORADO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado QUENTA ACERO DEMETRIA, DILIGENCIA 0504-2018, 12:30 , Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO}; Secretario: Luque .- .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-46-0 CLAUDIO CESAR LUZA ABRIGO, VERONICA LEONAR CONDORI NINA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado CLAUDIO CESAR LUZA ABRIGO, DILIGENCIA 12-04-2018, 9:00 AM, Sala 2, LA PRIMERA FPP FORMULA ACUSACION DIRECTA EN CONTRA DE VERONICA LEONOR CONDORI NINA POR DELISTO DE LESIONES LEVES., SIENDO QUE A MERITO DE LA RES. 01 DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO SE TRASLADA POR 10 DIAS A MERITO 350 DEL CPP Y SE SEÑALA AUDIENCIA PARA EL 12 DE ABRIL 2018 A LAS 9 HORAS ; Secretario: Valdivia .- .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-195-1 DANIEL RICARDO CABRERA CALLATA, CONDORI LLERNEA LEOPOLDO ALFREDO Y REPRESENTANTE DEL MENOR DE INICIALES T.A.C.A., delito VIOLACION LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR TACA, DILIGENCIA 05-04-2018, 11, Sala 5, LA 1RA FPP AREQUIPA SOLICITA MANDATO DE PRISION PREVENTIVA POR LOS DELITOS DE ABUSO SEXUL Y CONTRA EL PUDOR EN CONTRA DE DANIELE RICADRDO CABRERA CALLATA Y LEOPOLDO ALFREDO CONDORI LLERENA EN AGRAVIO DE LA MENOR T,A.C.A, SE EMITE RES 01 DEL PRIMER JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA CERRO COLORADO ANTE LOS ESCRITOS 2369 Y 20818 -2018 SE DISPONE AUDIENICIA DE PRISION PREVENTIVA PARA EL 5 DE ABRIL 2018 A LAS 11 AM LA QUE SE REALIZARA EN LA CALLE ALFONSO UGARTE 119, SE NOMBRA ABOG DE OFICIO FLOR GALLEGOS GALLEGOS; Secretario:
7
Valdivia .- .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-56-0 FELIPE PIO GUTIERREZ COLCA Y LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO, , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 05-04-2018, 9:00 AM, Sala 2, EL 2DO DEPSACHO DE LA PRIMERA FPP DE AREQUIPA FORMULA REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO EN CONTRA DE FELIPE RPIO GUTIERREZ COLCA POR DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICO PELIGRO COMUN EL 2DO JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA PROCESO INMEDIATO PARA E PROXIMO CINCO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO ; Secretario: Valdivia .- .- (05-06-09 abril) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-03798-47 notificar al imputado OSCAR AMADOR LINARES GUARNIZ;, delito FRAUDE INFORMATICO;, agraviado EMPRESA DISESGRA EIRL, DILIGENCIA 15-05-2018, 10:00, Sala de Audiencia, NOTIFICAR CON EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN Y LA RES. 01-2018.- Visto el Requerimiento de Acusación presentado por el representante del Ministerio Publico que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de diez días hábiles, por tanto notifíquese a las partes procesales que hayan fijado su domicilio procesal, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- .- (05-06-09 abril) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-144-0 (Imputado) MARIO JONATHAN QUISPE TORRES , delito Violación Sexual, agraviado menor de iniciales SSSCH, DILIGENCIA 03 de julio 2018, 12:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya.- .(05-06-09 abril)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-105-71 SE CITA A LOS IMPUTADOS RAUL FREDY QUISPE MANUELO, FERNANDO FELIX QUISPE MANUELO Y JACINTO RUBEN HINOJOSA LIZARRAGA A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PROGRAMADA PARA EL 08 DE AGOSTO DEL 2018 A LAS 09:00 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CAMANÁ, delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 08-08-18, 09:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ninasivincha .- .- (05-06-09 abril)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-462854 (AGRAVIADO) URIBEL COARITE AGUIRRE. RES. 01: SE CORRE TRASLADO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN POR 10 DÍAS. Se programa AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN en contra de Angello García Tapia y otros.(EL PERUANO POR 3 DIAS), delito ROBO AGRAVADO, agraviado URIBEL COARITE AGUIRRE, DILIGENCIA 23-04-2018, 09.00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Hernández.- .- (05-06-09 abril)
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
CRONICAS JUDICIALES CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA SALA PENAL APELACIONES 01 DE DICIEMBRE DE 2017
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE IP 7182-2015-22: DECLARAMOS LA SUSTRACCIÓN del ámbito jurisdiccional, de la pretensión formulada por Erwin Joel Aguilar Purguaya, abogado de la Procuraduría Publica Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de Arequipa, por las razones expuestas en los considerandos precedentes; consecuentemente SIN OBJETO EL PRONUNCIAMIENTO en el presente cuaderno. LVV 3993-2014-67: 1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el sentenciado Pablo Ignacio Sierra Ordiales, contra la sentencia de vista de fecha catorce de noviembre de dos mil diecisiete; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, remítase copia certificada de la sentencia de vista, del escrito de casación y de la presente resolución para que sean anexados al cuaderno de ejecución. Al único otrosí.- Téngase presente por la Corte Suprema. Decretos: Se expidieron un total de 2. 04 DE DICIEMBRE DE 2017
AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO SENTENCIAS DE VISTA S.V. N° 94-2017 IP 6584-2015-58: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso impugnatorio interpuesto por la defensa técnica de Genee Raúl Gutiérrez Rodríguez. 2. CONFIRMAMOS sentencia N° 170-2017 de fecha catorce de julio de dos mil diecisiete, que declara a Genee Raúl Gutiérrez Rodríguez, autor del delito contra la confianza y buena fe en los negocios, en la modalidad de Libramiento Indebido, previsto y sancionado en el inciso 3 del primer párrafo del artículo 215° del Código Penal, en agravio de Juan Manuel Bustinza Becerra; con lo demás que contiene. Y los devolvemos. Regístrese y Comuníquese.
S.V. N° 958-2017 LVV 4813-2014-28: 1. DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Luis Alberto Infantes Neira; en consecuencia, 2. CONFIRMAR
LA SENTENCIA de fecha diez de mayo de dos mil diecisiete que declaró a Luis Alberto Infantes Neira autor del delito de robo simple en grado de tentativa, ilícito previsto en el artículo 188° concordante con el artículo 16° del Código Penal, en agravio de María de Fátima Arbulú Herrera, imponiéndosele dos años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el mismo plazo, CONFIRMÁNDOLA CON TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE.- SIN COSTAS.- REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AUTOS DE VISTA AV N° 287-2017 LVV 3908-2010-29: 1. DECLARAMOS NULO el concesorio de apelación otorgado mediante resolución Nro. 12 de fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete; y proveyendo la apelación incoada por el Ministerio Público en sede de instancia: 2. DECLARAMOS IMPROCEDENTE la apelación interpuesta contra la resolución número 11- 2017, con fecha veinte de noviembre de dos mil diecisiete, que resolvió declarar infundado el requerimiento fiscal de ejecución de sentencia (amonestación del sentenciado). 3. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno de apelación de auto al Juzgado de origen. Decretos: Se expidieron un total de 3.
LA RESTITUCIÓN DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA URBANIZACIÓN LA COLINA II MANZANA A, LOTE 8 DEL DISTRITO DE HUNTER. FC 120-2016-86: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de justicia de Arequipa.
05 DE DICIEMBRE DE 2017 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE IP 3224-2015-61: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el TRECE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de justicia de Arequipa.
IP 1231-2015-29: ACLARAMOS la sentencia de vista N° 91-2017 de fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete en el siguiente sentido: CONFIRMA LA SENTENCIA DE FECHA SEIS DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE con lo demás contiene; es decir, incluido en el extremo que se ORDENA
IP 5871-2015-77: 1) DECLARAMOS IMPROCEDENTE la nulidad planteada por defensa técnica del sentenciado César Augusto Higinio Varuna Duran Ojeda. 2) DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.
AUDIENCIA
AUDIENCIA S.V. N° 97-2017 IP 3702-2015-14: 1. DECLARAMOS FUNDADO en parte el recurso impugnatorio interpuesto por la defensa técnica de Raúl Remigio Arce Bejarano. 2. REVOCAMOS la sentencia, de fecha del veintiocho de Junio del dos mil diecisiete, en el extremo que condena a Raúl Remigio Arce Bejarano, por el delito de violación de domicilio, ilícito previsto y penado en el artículo 159° del Código Penal, en agravio de Mariela Maribel Llanos Huaracallo imponiéndole un año de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el mismo término; y reformándola declaramos LA RESERVA DE FALLO CONDENATORIO a favor del sentenciado, por el plazo de un año. En cuya virtud nos abstenemos de dictar pena concreta en dicho plazo, sujeto a la observancia de las siguientes reglas de conducta: A.- Prohibición de ausentarse del lugar de su residencia y de variar de domicilio sin previa autorización de juzgado. B.- Comparecerá al local del Juzgado de ejecución en forma personal y obligatoria el primer día hábil de cada dos meses, iniciando su registro en el mes de enero de dos mil dieciocho para informar y justificar sus actividades. C.- Reparar el daño ocasionado mediante el pago íntegro de la reparación civil fijada por sentencia del veintiocho de junio de dos mil diecisiete en un plazo no mayor a dos meses de notificada la presente resolución. Se precisa que en caso de incumplimiento de alguna de la reglas de conducta descritas, previo requerimiento, se procederá a revocar la Reserva de Fallo dispuesta y se le impondrá al procesado ocho meses de pena privativa de libertad, con el carácter de efectiva, en la forma prevista en el artículo 65 inciso 3 del Código Penal, disponiéndose su internamiento en el Centro Penitenciario que determine el INPE. Sede Arequipa; confirmándola en lo demás que contiene. Sin costas de la instancia. Y lo devolvemos. Regístrese y Comuníquese.
SENTENCIAS DE VISTA S.V. N° 96-2017 LVV 3865-2016-27: 1. DECLARAR FUNDADO EN PARTE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa técnica de la parte agraviada –constituida en actor civil-; 2. DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Calderón Castillo, en consecuencia 2. REVOCAR LA SENTENCIA de fecha veintidós de agosto de dos mil diecisiete, sólo en el extremo, que fijó como monto de reparación civil la suma de S/. 150,000.00 (ciento cincuenta mil soles); con todo lo demás que contiene en dicho extremo; y, REFORMÁNDOLA se fija como monto de reparación civil la suma de S/. 284,000.00 soles, el cual está divido de la siguiente manera: Por daño emergente la suma de S/. 5,000.00 soles; por lucro cesante la suma de S/. 79,000.00 soles y por daño moral la suma de S/. 200,000.00 soles, monto que el sentenciado deberá pagar a favor de la sucesión legal del agraviado Núñez Begazo, QUEDANDO FIRME CON TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE.- SIN COSTAS.REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Decretos: Se expidieron un total de 3. 06 DE DICIEMBRE DE 2017
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, CONCHA SILVA AUDIENCIA S.V. N° 98-2017 CS 6553-2015-37: 1.- INFUNDADO el recurso de apelación propuesto por la acusada Isabel Qquehue Sotomollo, representada por su abogado defensor Luis Alberto Olanda Velásquez, obrante a fojas 49 y siguientes. 2.- CONFIRMAR la Sentencia N° 111-2017-1JPU-CC, de fecha 01 de junio del 2017 (aclarada mediante Resolución 03-2017, del 11 de julio de 2017), que declara a Isabel Qquehue Sotomollo, autora del delito contra la fe pública en la modalidad de uso de documento público falso, previsto en el artículo 427 segundo párrafo del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayma; imponiéndole dos años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de un año, así como una co-penalidad de treinta días multa, equivalente a doscientos doce soles, bajo reglas de conducta y fija en cien soles el monto que por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada, Con lo demás que contiene. EXHORTAMOS a la señora jueza del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cerro Colorado para que observe en adelante el deber de motivación, cumpliendo responsablemente con sus obligaciones legales. 4.- Sin costas. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FER-
NANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ABRIL PAREDES AUDIENCIA S.V. N° 99-2017 LVV 2405-2014-92: 1. DECLARAR LA NULIDAD, DE OFICIO, DE LA SENTENCIA de fecha once de agosto dos mil diecisiete que declaró a Gary Percy Castañeda Tupa autor del delito de falsedad ideológica propia, ilícito previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 428° del Código Penal, en agravio de Empresa Sociedad de Electricidad S.A., CON TODO LO QUE ELLA CONTIENE, únicamente en el extremo impugnado, incluido el juzgamiento que la generó; en consecuencia, 2. ORDENAR LA REALIZACIÓN DE NUEVO JUICIO ORAL, por el señor Juez llamado por ley, en orden a la realización de nuevos debates orales que, con celeridad y diligencia, habiliten la expedición de una sentencia debidamente justificada o motivada en las pretensiones penal y civil objeto de procesamiento, teniendo en cuenta lo expuesto en la presente.- REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ABRIL PAREDES DESPACHO AUTOS DE VISTA AV N° 291-2017 FC 8281-2017-62: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN postulado por el Ministerio Público. CONFIRMAR la decisión del señor juez del Segundo despacho de Investigación Preparatoria, dictada en su Resolución 03-2017, del 15 de noviembre de 2017 que declaró fundado el requerimiento de devolución del vehículo. En consecuencia, debe procederse a efectuar la devolución del vehículo de placa de rodaje X1K-530 demarca Suzuki, color negro, modelo Sedan, de propiedad del señor Pedro Miguel Díaz Quispe. SE DISPONE QUE LA ADMINISTRACIÓN MODULAR EMITA UN INFORME sobre la prevención que tuvo el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria al conocer esta petición de devolución de vehículo en esta investigación y que fuera derivado al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria. AV N° 292-2017 FC 8987-2017-20: DECLARAR FUNDADA LA APELACIÓN interpuesta por el Ministerio Público. DISPONER LA NULIDAD de la Resolución Nro. 02, de fecha 23 de noviembre de 2017 expedida por el Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chivay. ORDENAR que un nuevo juez de investigación preparatoria de sede de corte y conforme al turno que corresponde de manera administrativa conozca el pedido de prisión preventiva en una nueva audiencia. Regístrese y comuníquese. Decretos: Se expidieron un total de 2. 07 DE DICIEMBRE DE 2017
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE
Viernes, 6 de abril del 2018
IP 131-2017-1: DECLARAMOS IMPROCEDENTE EL RECURSO DE REPOSICIÓN planteado por la defensa técnica del agraviado César Fernández Dávila Barreda representado por Ángel Fernández Dávila Mercado, en contra del Auto de Vista N.° 274-2017. Juez Superior ponente: señor Iscarra Pongo. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO AUDIENCIA S.V. N° 100-2017 FC 2111-2014-35: DECLARAR Infundado, el recurso de apelación presentado por Francisco Antony Molleda Zegarra obrante a fojas 69. CONFIRMAMOS la Sentencia S/N, del 1 de junio del 2017, el Primer Juzgado Penal Unipersonal, declaró a Francisco Antony Molleda Zegarra autor del delito de apropiación ilícita, previsto en el artículo 190º, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de Hugo Alfredo García Nava; imponiéndole, dos años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de dos años, bajo reglas de conducta; y como reparación civil, dispuso que el acusado devuelva los bienes muebles, consistentes en: i) una mesa de madera tipo caoba de 3 x 1.80 m. aproximadamente, ii) diez sillas del mismo material con tapiz de cuero, iii) una vitrina de dos piezas de vidrio con sus respectivos muebles y cajonería de 2.80 m. aproximadamente, iv) una alfombra color beige de alpaca, v) una alfombra hindú color granate, y vi) un mueble de madera caoba con cajonería de 04.20 m., dentro de los 90 días siguientes de que quede consentida la presente. 3. Sin costas. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y DEVUÉLVASE. S.V. N° 101-2017 IP 1610-2016-81: DECLARAMOS FUNDADO el recurso impugnatorio interpuesto por el Ministerio Público. DECLARAMOS NULA sentencia N° 582017, de fecha tres de abril de dos mil diecisiete, que declaró a Meliton Ahjima Ugarte, Santiago Ahjima Ugarte y Julio Ahjima Ugarte, absueltos de la comisión del delito de Usurpación Agravada, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 202 inciso 2 y 204 inciso 2 del Código Penal, en agravio de Remigio Bernardo Vilca Palaco, Obdulia Ángela Ramos Mamani y Obdulia Rosalía Ramos Mamani. ORDENAMOS que otro juzgado realice un nuevo juicio oral, teniendo en consideración los lineamientos precisados; sin costas. Y los devolvemos. Regístrese y Comuníquese. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY DESPACHO AUTOS DE VISTA AV N° 288-2017 FC 7969-2016-86: NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 07-2017, de fecha quince de noviembre de dos mil diecisiete y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por la defensa técnica de la parte agraviada Cinthya Fiorella Falcon Camacho, contra el Auto de Sobreseimiento de fecha tres de noviembre de dos mil diecisiete. Dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de solicitar la restitución del bien y la reparación civil en la vía correspondiente. TÉNGASE PRESENTE por el Juez de Investigación Preparatoria el fundamento 3.5 de la presente resolución, para los fines pertinentes. AV N° 289-2017 IP 1637-2017-1: NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 05-2017, de fecha primero de diciembre de dos mil diecisiete y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por la defensa técnica de la parte agraviada Delivery El Veloz representado por Roberto Carlos Huamani Salas y Edy Marisol Huamani Salas, contra el Auto de Sobreseimiento de fecha veinte de noviembre de dos mil diecisiete. Dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de solicitar la reparación civil en la vía corres-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
pondiente. TÉNGASE PRESENTE por el Juez de Investigación Preparatoria el fundamento 3.5 de la presente resolución, para los fines pertinentes. AV N° 290-2017 IP 3889-2015-14: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Moisés David Mamani Quispe. CONFIRMAMOS la Resolución N°08-2017, de fecha doce de setiembre de dos mil diecisiete, que declaró improcedente el pedido de nulidad solicitado por Moisés Mamani Quispe a través de su defensa técnica. Sin costas. Y los devolvemos. Regístrese y Comuníquese. Decretos: Se expidieron un total de 6.
sentencia. Decretos: Se expidieron un total de 6. 13 DE DICIEMBRE DE 2017
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY
DESPACHO
AUTOS DE VISTA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY
AV N° 296-2017 ZU 2209-2017-21: SE DECLARA INFUNDADA el recurso de apelación interpuesto por el investigado Gian Carlos Carhuaricra Rojas; por consiguiente: CONFIRMAMOS LA RESOLUCIÓN NRO. 04-2017, del treinta de noviembre del presente año. Regístrese y comuníquese.
DESPACHO
Decretos: Se expidieron un total de 2.
11 DE DICIEMBRE DE 2017
AUTOS DE TRÁMITE IP 21-2010-0: DISPONEMOS CORRER TRASLADO del dictamen acusatorio recepcionado en fecha seis de diciembre de dos mil diecisiete por el plazo de DIEZ días, a fin de que procedan conforme se tiene expuesto en la presente resolución. Debiendo notificarse a todos los sujetos procesales acompañando copia del dictamen acusatorio.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY DESPACHO AUTOS DE VISTA AV N° 293-2017 ZU 4558-2015-99: SE DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el sentenciado Yei Julio Álvarez Sarmiento, a través de su defensa técnica el doctor Alfaro Luna; por consiguiente, queda firme la sentencia que fue materia de impugnación de fecha dieciséis de agosto del presente. SE DISPONE DEVOLVER la causa al juzgado de procedencia. Regístrese y comuníquese. AV N° 294-2017 IP 4285-2009-53: SE RESUELVE DECLARAR FUNDADO el DESISTIMIENTO por formulado por la representante del Ministerio Público, respecto a la apelación planteada por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en contra de la Sentencia 224-2017. SE ORDENA la DEVOLUCIÓN del expediente al Juzgado de Origen. Regístrese y comuníquese. Decretos: Se expidieron un total de 8. 12 DE DICIEMBRE DE 2017
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY DESPACHO AUTOS DE VISTA AV N° 295-2017 IP 5083-2015-36: DECLARAR LA INADMISIBILIDAD del recurso de apelación planteado por la Procuraduría Pública Anticorrupción, en contra de la Sentencia 188-2017. IMPONER LA MULTA ascendente a una (1) Unidad de Referencia Procesal al abogado Richard Walstrohm Hito, la misma que tendrá que efectivizarse a través de la oficina de ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Poner en conocimiento de imputado Abelino Delgado Fernández, para que en el plazo de cuarenta y ocho horas, designe un abogado defensor de su elección; en caso de no hacerlo, se designará a un abogado de la defensa pública. Devolver la causa a Coordinación de Salas Penales, para que conforme a la agenda se fije día y hora para la audiencia de apelación de
14 DE DICIEMBRE DE 2017
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE FC 1231-2015-29: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por la parte civil Nicolás Centeno Machaca y Yolanda Ramos Cutipa contra la sentencia de vista de folios ciento cincuenta y ocho a ciento setenta. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. Tómese Razón y Hágase Saber. Decretos: Se expidieron un total de 4. 15 DE DICIEMBRE DE 2017 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO
DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE LVV 1494-2016-17: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AUDIENCIA S.V. N° 102-2017 FC 5999-2014-18: DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación presentado por Freddy Alonso Padilla Guzmán obrante a fojas 193. INFUNDADO, el recurso de apelación presentado por la Procuraduría Pública Anticorrupción obrante a fojas 201. CONFIRMAMOS la Sentencia S/N-2017-2JPU, que declara a Freddy Alonso Padilla Guzmán, autor de la comisión del delito de Peculado Doloso por
Apropiación, previsto en el primer párrafo del artículo 387° del Código Penal, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Anticorrupción –sin pronunciamiento sobre el delito de uso de documento privado falso, previsto en el artículo 427° segundo párrafo del Código Penal, en agravio del Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Arequipa; imponiéndole cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por tres años, bajo el cumplimiento de reglas de conducta; se impuso ciento ochenta días multa, ascendente a la cantidad de dos mil doscientos nuevos soles; fijando en S/. 1,000.00 soles, el monto de la reparación civil, a favor del agraviado Procuraduría Pública Anticorrupción –sin pronunciamiento sobre el actor civil Municipalidad Provincial de Arequipa, dado que se declaró el abandono de su constitución por su inasistencia. Sin costas. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y DEVUÉLVASE. S.V. N° 103-2017 LVV 7382-2015-1: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa pública de los sentenciados Victoriano Machaca Apaza y Elizabeth Machaca Machaca; en consecuencia, CONFIRMAR LA SENTENCIA de fecha diecisiete de abril de dos mil diecisiete que declaró a Victoriano Machaca Apaza y Elizabeth Machaca Machaca autores del delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación agravada previsto en el inciso 2) del artículo 202, en concordancia con el inciso 2) del artículo 204 del Código Penal, en agravio de Rebelino Huaraca Galindo, CONFIRMÁNDOLA CON TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE.SIN COSTAS.- REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. S.V. N° 104-2017 LVV 6185-2015-8: DECLARAR Infundado, el recurso de apelación presentado por el representante del Ministerio Público obrante a fojas 69. CONFIRMAMOS la Sentencia N° 84-2017-1JPU-CC, del 14 de junio del 2017, el Segundo Juzgado Penal Colegiado, declaró a Uldarico Eddy Díaz Quintanilla, absuelto del delito de Violencia y resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 365° concordante con el artículo 367° numeral 1, primer párrafo, del Código Penal, en agravio del Estado representado por la SUTRAN, y de Chrystian Yuberling Hilachoque Puertas; y, a César Eudocio Angulo Ochoa, absuelto del delito de Violencia y resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 367° numeral 3, segundo párrafo, del Código Penal, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público del Ministerio del Interior, y del PNP Jean Carlos Huaco Murillo. Con lo demás que contiene. Sin costas. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y DEVUÉLVASE. DESPACHO
9
impuestos a través del Auto de Vista que declaró fundado el recurso de apelación formulado por la Fiscalía y que extendió la prisión preventiva al plazo de nueve meses; sin perjuicio de ello, SE ORDENA poner en conocimiento de la Administración Modular a cargo de la señorita Nadia González Dueñas las inconsistencias verificadas al tiempo de haberse fijado una audiencia de control de acusación con excesiva distancia sin considerar que el presente proceso involucraba la libertad valiosa de una persona procesada además de haber señalado una reprogramación con la fecha que no era la estrictamente oportuna, tanto más el prolongado tiempo transcurrido; asimismo, DISPONER la remisión de copias al órgano de control del Ministerio Público a efecto evalúe y prevenga la inacción fiscal al tiempo de verificar y asimilar sin mayor cuestionamiento señalamientos de diligencias con excesivo plazo de distancia pese a tratarse de procesos, incidimos, con persona detenida; y, finalmente, instamos por esta vez a través del órgano fiscal aquí presente, pueda desarrollarse los mejores oficios de investigación y control de los plazos judiciales, en orden a no estar teniendo que recurrir a prolongaciones que finalmente, si bien en este caso se encuentran justificadas pudieran si de alguna manera evitarse en adelante porque la libertad de las personas es trascendente; finalmente, Decretos: Se expidieron un total de 7. 18 DE DICIEMBRE DE 2017 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO
DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE FC 1125-2017-40: DECLARAMOS IMPROCEDENTE la apelación interpuesta por Justo Cuba Morales. DISPONEMOS se remitan los actuados al Juzgado de origen. AUDIENCIA S.V. N° 106-2017 FC 5918-2015-23: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso impugnatorio interpuesto por la defensa técnica de Pedro Ítalo Huarcaya Guerra. CONFIRMAMOS la sentencia N° 239-2017, de fecha veintiuno de agosto de dos mil diecisiete, que declara a Pedro Ítalo Huarcaya Guerra, autor del delito de contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Público Falso, previsto en el segundo párrafo del artículo 427° del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayma, con lo demás que contiene. Sin costas. Y lo devolvemos. Regístrese y comuníquese.
AUTOS DE VISTA AV N° S/N-2017 LVV 2413-2016-68: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE REPOSICIÓN instado por la Fiscalía en este acto y dar lugar al debate que sobre la materia pueda ventilar la impugnación del persecutor penal. Regístrese y comuníquese. AV N° 297-2017 LVV 2738-2017-29: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por la señora Iris Ticona Oviedo, fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar como un recurso sustentado por la doctora Elbia Silvia Surco Valdivia, como Fiscal Superior y, en consecuencia, REVOCAR LA RESOLUCIÓN N° 02 de fecha trece de diciembre del 2017, que declaró infundado el requerimiento de prolongación de prisión preventiva por cuatro meses adicionales formulado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar respecto de la persona del imputado Renzo Francisco Zeballos Sifuentes; y REVOCÁNDOLA con todo lo demás que contiene, REFORMÁNDOLA, SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE PROLONGACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA, solicitado por la autoridad fiscal a cuatro meses adicionales según el pedido efectuado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar respecto de la persona del imputado Renzo Francisco Zeballos Sifuentes que se dan computados inmediatamente después del término de los nueve meses que le fueron
S.V. N° 106-2017 FC 5261-2014-85: Declarar INFUNDADO el recurso de apelación planteado por la representante del Ministerio Público a fojas 63 y 64. CONFIRMAR la sentencia S/N-2016-2JPU, de fecha 17 de agosto de 2017, que resuelve absolver a Antonio Hugo Luna Espirilla, del delito de Peculado Doloso, en concurso real con el delito de Malversación de Fondos, previsto en el primer párrafo del artículo 387° del Código Penal y 389° del mismo cuerpo legal, en agravio del Estado representado por el Procuardor Público Anticorrupción Descentralizado de Arequipa. Con lo demás que contiene. Sin Costas. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y DEVUÉLVASE. Decretos: Se expidieron un total de 3. 19 DE DICIEMBRE DE 2017 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES, LAZO DE LA VEGA VELARDE, ISCARRA PONGO, ZUÑIGA URDAY DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE IP 1231-2015-29: DECLARAMOS: IMPROCEDENTE el pedido de nulidad planteado por la defensa técnica de Ciro Gonzalo Negrón Chambi en contra de la Resolución Nro. 7 de fecha cinco de diciembre de dos mil diecisiete.
10
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
11
12
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
13
14
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
15
16
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
17
18
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
19
20
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
21
22
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018
Viernes, 6 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
23
24
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 6 de abril del 2018