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En Pinto, a 05 de febrero de 2018, se reúne el Comité de la Liga Social de. Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones: ▻ EQUIPO “BAR LA CAPILLA”: D. Francisco Javier Illescas Fernández-Baillo, queda sancionado ...
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COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 12ª GRUPO 1º Y 2º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 05 de febrero de 2018, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

► EQUIPO “BAR LA CAPILLA”: D. Francisco Javier Illescas Fernández-Baillo, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 14ª de la Liga Social de Fútbol Sala 2017, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “BUUUUFALOS F.S.”: D. Carlos Caballero Penedo, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 14ª de la Liga Social de Fútbol Sala 2017, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “BUUUUFALOS F.S.”: D. Francisco Sánchez Pérez, queda sancionado con 1 partido según el ART. 20 de las Normas de Competición del Deporte Social, por desconsideración a la autoridad arbitral. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 14ª de la Liga Social de Fútbol Sala 2017, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “CAFETERÍA TRAZOS”: D. Bernabé Díaz Pérez-Cejuela, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 y con 3 partidos más según el ART. 20 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación y amenazas a la autoridad arbitral; respectivamente. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 17ª de la Liga Social de Fútbol Sala 2017, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 12ª GRUPO 1º Y 2º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN “Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción.

Pinto a 05 de febrero de 2018