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21 nov. 2017 - equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4. Los sancionados presentes en este listado no pueden participar en ninguna competición organizada por la Delegación de Deportes del Ayuntamiento de. Pinto (FÚTBOL, FÚTBOL-7, FÚTBOL SALA Y BALONCESTO), por ...
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COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 5ª GRUPO 1º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 21 de noviembre de 2017, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

► EQUIPO “LOS ROLLING STONES”: D. José Antonio Mora Sánchez, queda sancionado con 1 Año según el ART. 19 de las Normas de Competición del Deporte Social, por repeler la agresión de un contrario (propinándole a éste, un puñetazo); sin causar lesión aparente. A modo informativo dicha sanción se cumplirá el día 16 de noviembre de 2018, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “POZO SPORT F.S.”: D. Francisco Javier Cosano Múñoz, queda sancionado con 1 Año según el ART. 18 de las Normas de Competición del Deporte Social, por agresión a un contrario (golpeando con los puños y propinando varias patadas); sin causar lesión aparente. A modo informativo dicha sanción se cumplirá el día 16 de noviembre de 2018, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “POZO SPORT F.S.”: D. Bilhal Rhouni Rouni Granjas, queda sancionado con 2 Años según el ART. 18 de las Normas de Competición del Deporte Social, por agresión a un contrario (dándole un cabezazo); causándole lesión. A modo informativo dicha sanción se cumplirá el día 16 de noviembre de 2019, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

Los sancionados presentes en este listado no pueden participar en ninguna competición organizada por la Delegación de Deportes del Ayuntamiento de Pinto (FÚTBOL, FÚTBOL-7, FÚTBOL SALA Y BALONCESTO), por su carácter grave o muy grave.

COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 5ª GRUPO 1º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 21 de noviembre de 2017, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

“Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción.

Pinto a 21 de noviembre de 2017