fútbol sala AWS

29 nov. 2017 - A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 8ª de la Copa. Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.
547KB Größe 4 Downloads 54 vistas
COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 6ª GRUPO 1º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 29 de noviembre de 2017, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

► EQUIPO “COFEMA SPORT.”: D. Jesús Raúl Ruíz de Pascual Muñoz, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 8ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “GREEN TEAM”: D. Sergio Redondo Falcón, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 8ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4. “Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción.

Pinto a 29 de noviembre de 2017

COLECTIVO DE ÁRBITROS PINTO (MADRID) FÚTBOL SALA (JORNADA 6ª GRUPO 2º)

COMITÉ DE COMPETICIÓN En Pinto, a 29 de noviembre de 2017, se reúne el Comité de la Liga Social de Fútbol Sala de la Concejalía de Deportes de Pinto y en relación con los hechos de los partidos se acuerda las siguientes sanciones o resoluciones:

► EQUIPO “ATELIER / BREAKING BALL”: D. Juan José Paz Vicente, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 8ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “ATELIER / BREAKING BALL”: D. Mario García Díaz, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 8ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4.

► EQUIPO “LAS PATATAS DE JAVI / EL TORREZNO”: D. Fernando Antonio Canal Carmona, queda sancionado con 1 partido según el ART. 11 y con 3 partidos más, según el ART. 20 de las Normas de Competición del Deporte Social, por doble amonestación y por amenazas al equipo contrario; respectivamente. A modo informativo dicha sanción se cumplirá en la JORNADA 11ª de la Copa Social de Fútbol Sala 2017 o hasta cumplir la sanción, pudiendo jugar en la misma siempre y cuando no haya descanso por parte del equipo durante la vigencia de la sanción, aplicándose de esta forma el ART. 19.4. “Es el Delegado el único responsable del equipo con capacidad y funciones para recurrir sanciones impuestas por el COMITÉ DE COMPETICIÓN Y APELACIÓN perdiendo este derecho si dicho Delegado no está inscrito y presente en acta del encuentro”. En las sanciones de jugadores o delegados, cuando el equipo descanse o el partido se aplace, no resta la sanción. Pinto a 29 de noviembre de 2017