DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Miércoles, 03 de Octubre del 2018
EN TACABAMBA – CHOTA, PRESIDENTE GUSTAVO ÁLVAREZ, INAUGURA SISTEMAS: INTEGRADO JUDICIAL Y VIDEOCONFERENCIAS
• A su gestión, sólo le queda implementar la interconexión informática de 3 órganos jurisdiccionales, para ser la primera Corte de la Sierra Norte del Perú en estar enlazada virtualmente con todas sus sedes. En el distrito de Tacabamba de la provincia de Chota, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Doctor Gustavo Álvarez Trujillo, inauguró la entrada en funcionamiento del Sistema Integrado Judicial (SIJ) y el equipamiento de la Sala de videoconferencias en el Juzgado de Paz Letrado de dicha jurisdicción. Sobre el particular, el Titular de Justicia, destacó que el SIJ permitirá a los usuarios Tacabambinos contar con información en
línea y acceder a los expedientes judiciales, en forma rápida y segura mediante la utilización de los medios informáticos. “Este conjunto de herramientas facilitará a los justiciables de Tacabamba realizar un efectivo seguimiento de sus expedientes, garantizando así al máximo el acceso a la justicia en forma trasparente” acotó el Doctor Álvarez Trujillo, durante el acto protocolar, donde estuvieron presentes el Juez de Paz Letrado del distrito, Delmer Antonio Jondec Mejía, el subprefecto, entre otras autoridades locales. Con respecto al equipamiento de la sala de video conferencias, se mostró in situ la comunicación en vivo y en directo con la Sala Penal del Centro Penitenciario de Cajamarca, mani-
festando al auditorio que se dio cita a la inauguración, que de esta forma se facilita la realización de audiencias interconectadas con cualquier punto del país. De esta manera, a la gestión de Álvarez Trujillo, sólo le queda implementar con los sistemas SIJ y videoconferencias, 3 órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cajamarca, para cumplir
Oficina de Imagen Institucional Tacabamba, 01 de octubre de 2018
con los objetivos planteados al inicio de su mandato, y adjudicarse el lugar preferente de ser la primera Corte de la Sierra Norte del Perú, en estar totalmente enlazada virtualmente; lo cual a su vez permite a todos los órganos jurisdiccionales de Cajamarca interconectarse con el resto del país.
AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
CONSEJO DE FAMILIA EDICTO DE FAMILIA EXPEDIENTE N° 152-2018.- Juzgado Paz Letrado Celendín.- Katerin Elizabeth Aliaga Infante sobre ALIMENTOS, en contra de Segundo Teodoro Porras de la Cruz, se ha expedido: RESOLUCION DOS: Se dispone el emplazamiento del señor Segundo Teodoro Porras de la Cruz, con la demanda de alimentos en favor de sus menores hijos Sayuri Adara Porras Aliaga y Thiago Tristan Porras Aliaga, admitida con la resolución número uno, concediéndose el plazo de cinco días para que lo absuelva; debiendo comparecer al proceso, bajo apercibimiento de ser declarado su rebeldía y nombrarle curador. Asimismo, como medida de celeridad y concentración se PROGRAMA fecha de audiencia, para el día miércoles 05 de diciembre de 2018 a las 12.45 horas (12.45pm), hora exacta, para llevar a cabo el acto de audiencia única y sentencia; la que se desarrollará en la sede del Juzgado de Paz Letrado de Celendín, CITÁNDOSE a las partes con dicho objeto, con el apercibimiento de que la misma se lleve a cabo con la que asista, o de ser archivado el proceso por inconcurrencia de ambas partes. Notifíquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA MAURO ALEJANDRO CASTRO ALFARO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CELENDIN P. 7015922 F.P. 02-03-04 Octubre S/.12.00 EDICTO Exp. No. 197-2018- C, Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por CARMEN SEBASTIANA ORTIZ VARGAS DE SÁNCHEZ sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO se ha resuelto lo siguiente: Resolución No. UNO: Cajamarca 16-03-18, CONSIDERANDO: ADMITASE A TRÁMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de partida de nacimiento: indicando que el rubro que corresponde a los datos de la madre se ha consignado como “EUFEMIA OTILIA VARGAS MIRANDA” siendo lo correcto “EUFEMIA VARGAS MIRANDA”: PUBLIQUESE: en el diario oficial GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S.A.” de esta localidad, por el lapso de 1 días consecutivos.- Fdo. Dr. Carrasco, Juez y Fernández Sec. JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.7017795 F.P. 03 Octubre S/.3.00
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EDICTO JUDICIAL Expediente N°579-2018-0-0601-JRCI-03, Tercer Juzgado Especializado Civil, en la demanda interpuesta por Alindor Amaximandro Vigo León, contra el Ministerio Publico, sobre declaración de muerte presunta de Victor Vigo Saldaña, en via de proceso no contencioso; se ha resuelto: Resolución Número uno, SE RESUELVE: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por ALINDOR AMAXIMANDRO VIGO LEÓN, sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA DE VÍCTOR VIGO SALDAÑA; en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO; EMPLÁCESE al Ministerio Público (Fiscalia Provincial Civil de Cajamarca); TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que se precisan; agregándose a los autos los anexos que se acompañan; y consecuentemente: SEÑÁLESE para el dia MIÉRCOLES CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MANANA, para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, a la cual el solicitante deberá concurrir en forma puntual, bajo apercibimiento de ley;
Miércoles, 03 de Octubre del 2018
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para fines de cumplir con el emplazamiento al muerto presunto, PUBLÍQUESE una sintesis de presente, por tres veces con intervalos de tres dias, en el "Diario La República"; asimismo, PUBLÍQUESE por cinco dias consecutivos, una sintesis de la presente, en el medio de comunicación "Radio Lider de Cajamarca", oficiándose. DÉJESE constancia que la fecha señalada obedece a la secuencia de programaciones de la agenda del Juzgado. NOTIFICANDOSE. Juez: Dr. Williams Ventura Padilla. Sec. Jessica Milagros Sánchez Marin. Cajamarca, veintidos de agosto dos mil dieciocho. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA JESSICA MILAGROS SANCHEZ MARIN SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.6994252 F.P. 27 Septiembre 03-10 Octubre S/.13.50 EDICTO Ante el 1er. Juzgado Mixto de San Miguel, que despacha la Señora Juez Ana Mardely Pacheco Aguilar y Especialista Legal Triolet Villoslada Terrones, se ha ordenado se transcriba lo siguiente: En el proceso signado con el N° 0070-2018-0-0607-JM-CI-01, doña VILMA AZUCENA DEZA GAMARRA, interpone demanda sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA contra la Secesión de MAXIMILIANO QUIROZ DIAZ. Por resolución número UNO de fecha treinta y uno de julio del 2018, SE ADMITE: a trámite en la vía del proceso sumarísimo la demanda interpuesta por VILMA AZUCENA DEZA GAMARRA, sobre Otorgamiento de Escritura Pública, contra la sucesión de Maximiliano Quiroz Díaz, respecto al contrato de compraventa de fecha 28/12/ 1977 de un predio rustico denominado CHACRA COLORADA, ubicado en el distrito de El Prado provincia de San Miguel. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, córrase traslado a los demandados por el plazo de cinco días para su absolución. a) Emplácese mediante edictos a la SUCESION DE MAXIMILIANO QUIROZ DIAS para que comparezcan al proceso como sucesores, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal a dicha sucesión. NOTIFIQUESE a los mismos, mediante edictos los que deberán ser publicados en el diario “La República”, en la emisora de radio de esta ciudad, en la tablilla de este juzgado, como lo dispone el art. 167 y 168 del Código Procesal Civil por tres días hábiles. Una rúbrica del Juez y de la Secretaria Judicial.San Miguel, 02 de Agosto del 2018 Ana Mardely Pacheco Aguilar JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL SAN MIGUEL TRIOLET VILLOSLADA TERRONES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO UNIPERSONAL SAN MIGUEL P.6997430 F.P. 01-02-03 Octubre S/.15.00 EDICTO EXPEDIENTE CIVIL N°00010-2014-0-0608JM-CI-01; seguido por José Ayay Infante contra José Félix Ayay Infante y Otros sobre Nulidad de Acto Jurídico y Otro, tramitándose ante este despacho del Juzgado Mixto de San Pablo, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y SEIS: San Pablo, dieciocho de setiembre del dos mil dieciocho, se RESUELVE: ELABORAR nuevo edicto con la finalidad de dar cumplimiento al emplazamiento de las demandadas: Sucesión Intestada de Luis Capelli Ayesta y Sucesión Intestada de Rosario Castañeda De Capelli, sobre Nulidad de Acto Jurídico y Otros; conforme se ordenó en la resolución N°02 de fecha 03 de julio de 2014; en el cual se admite a trámite la demanda en la vía de proceso de conocimiento: a) Pretensiones principales: a.1) La Nulidad del Título de Propiedad N°779 inscrito en el Tomo 129, folios 64, del Registro de Propiedad Inmueble de Cajamarca, que obra como antecedente dominial y por el cual el emplazado José Félix Ayay Infante acredita propiedad, del inmueble denominado La Huaylla; Parcela N°399, con una extensión de 38.62 hectáreas,
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en la ficha N°293 del Registro de Propiedad Inmueble -Predio Rústico de Cajamarca, y a.2) La Nulidad del Título de Propiedad N°15293-80 de fecha 24 de julio de 1980. b) Pretensiones accesorias: b.1.) La Nulidad de la resolución N°709-80-AA-RAII de fecha 30 de fecha junio de 1980 expedida por la Dirección General de Reforma Registral Agrario y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura; y b.2) La Nulidad del Asiento Registral de la Ficha N°293, Asiento "C-1" y su rectificatoria del prenombre del propietario, Partida Electrónica N° 11051852 del Registro de Propiedad Inmueble Cajamarca; por las causales contenidas en el artículo 219°incisos 4) y 5) del Código Civil, esto es, por fin ilícito; y simulación absoluta respectivamente; con costos y costas; en consecuencia EMPLÁCESE a la parte demandada Sucesión Intestada de Luis Capelli Ayesta y Sucesión Intestada de Rosario Castañeda De Capelli. Habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario Oficial "La República", por tres días consecutivos, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal.Firmando.- Wilder Alcibíades Luna Chávez JUEZ.-Fdo.- Mendoza Flores, José Luis Secretario San Pablo 24 de setiembre de 2018. DR. WILDER ALCIBIADES LUNA CHAVEZ JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA JORGE LUIS MENDOZA FLORES SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO SAN PABLO P.6994301 F.P. 01-02-03 Octubre S/.16.50 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 33-2018-0-CI, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendin, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por ALEJANDRO RODRÍGUEZ GARCÍA y MARINA VÁSQUEZ ROJAS en contra de la ESMERIA GONZÁLES GONZÁLES y NELSON ANANÍAS ROJAS HUMAN, sobre TITULO SUPLETORIO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: Al escrito de fecha 21/08/18: TÉNGASE por subsanadas las omisiones advertidas mediante resolución número DOS; por consiguiente: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por MARINA VÁSQUEZ ROJAS y ALEJANDRO RODRÍGUEZ GARCÍA, sobre OTORGAMIENTO DE TÍTULO SUPLETORIO del bien inmueble denominado Curopotrero, ubicado en el Nor Oeste del centro poblado de Yagén, del distrito de Cortegana, provincia de Celendin, departamento de Cajamarca, con un área de 11.5189 hectáreas; en la via del proceso ABREVIADO; contra NELSON ANANIAS ROJAS HUMAN y ESMERIA GONZÁLES GONZÁLES; CONFIÉRASE traslado de la demanda, anexos, auto admisorio, resoluciones UNO, DOS y escrito de subsanación, para que en el plazo de DIEZ DÍAS contesten la demanda bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, en caso de incumplimiento; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica; AGRÉGUESE a los autos los anexos presentados; PÓNGASE en CONOCIMIENTO con la demanda, anexos, resoluciones UNO, DOS, escrito de subsanación y la presente resolución, a los COLINDANTES del bien materia del proceso, en los domicilios que ha precisado el demandante; PUBLÍQUESE un extracto del auto admisorio de la presente demanda durante tres dias hábiles consecutivos en el Diario Oficial "El Peruano" y Diario local "La República"; NOTIFÍQUESE por RADIODIFUSIÓN a las personas que se consideren con derecho para intervenir en el presente proceso, debiéndose realizar los anuncios TRES VECES AL DÍA POR CINCO DÍAS CONSECUTIVOS de un extracto de la demanda y auto admisorio en la radio local de mayor sintonía; REQUIÉRASE a los demandantes presten las facilidades para la publicación de la radiodifusión; bajo apercibimiento de la demora en que incurra la tramitación del presente proceso será atribuible únicamente a su persona, en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silva Espinoza Idrogo. JULISSA ASEIJAS SILVA
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CELENDIN P.7000864 F.P. 01-02-03 Octubre S/.18.00
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EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N° 0323-2014-99-0605-JRPE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC - BAMBAMARCA JUEZ: Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: MARCIA DENYS ALVAREZ FIGUEROA Se cita, y emplaza a MISAEL GOICOCHEA TANTALEAN, para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Jhimy Alexander Goicochea Huañambal y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi N°910- cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca. Bambamarca, 25 de setiembre de 2018. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA MARCIA DENYS ALVAREZ FIGUEROA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO NCPP CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Octubre EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N° 0144-2018-17-0605-JRPE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC - BAMBAMARCA JUEZ: Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO ESPECIALISTA DE CAUSAS: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita, y emplaza a ELMER NUÑEZ BAUTISTA para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Cinthya Kely Núñez Rojas y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE CON TREINTA en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi N°910-cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca. Bambamarca, 26 de Setiembre de 2018. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA MARCIA DENYS ALVAREZ FIGUEROA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO NCPP CAJAMARCA F.P.02-03-04 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE BOLIVAR- DEPARTAMENTO LA LIBERTAD ESPECIALISTA JUDICIAL: MIGUEL EDUARDO BAZAN MESTANZA. Exp. 2018-022-JUP-BOL SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES VEINTITRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de esta provincia– Primer Piso, ubicada en la Jr. Bolívar 507511- de la Provincia de Bolívar- Departamento de La Libertad. Debiendo al acusado ELY BENAVIDES SILVA RENGIFO concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso En los seguidos en su contra por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de agresiones en contra las mujeres o integrantes del grupo familiar (específicamente en la
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modalidad de afectación psicológica), ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122°-B° del Código Penal en agravio de Edita Ermelinda Siccha Untol. Suscribe el señor Juez: Luís A. Sánchez López, y el especialista judicial: Miguel E. Bazán Mestanza Dr. Luis Alberto Sanchez Lopez Juez Titular JUZGADO PENAL UNIPERSONAL BOLIVAR F.P. 03-04-05 EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-05-FC, en el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra DILMER BARBOZA HOYOS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ANALI GUEVARA GARCIA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, que RESUELVE: Declarar SANEADO el presente proceso por la existencia de una relación jurídica procesal válida entre las partes; RESOLUCION NUMERO ONCE, que RESUELVE: FALLO: DECLARO FUNDADA en parte la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra DILMER BARBOZA HOYOS en agravio de ANALI GUEVARA GARCÍA, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en perjuicio de la parte agraviada; bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias para que proceda a investigarlo por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la agraviada ANALI GUEVARA GARCÍA, la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/. 300.00) por el maltrato físico sufrido; suma que será cancelada por el demandado, en el plazo de un mes; monto que deberá cancelarlo mediante depósito judicial del Banco de la Nación y presentarlo con un escrito ante este Juzgado. En este acto se pregunta a la representante del Ministerio Público si está conforme con la sentencia emitida dijo: Que se reserva el derecho. NOTIFÍQUESE al curador del demandado en su domicilio procesal y a la agraviada inasistente mediante edictos con un extracto de la presente audiencia a publicarse en el diario oficial La Republica por el plazo de 3 días. Juez. Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial. Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-78-FC, en el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JILBERTO RAMOS BECERRA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de DIGNA RUBIO DIAZ, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRES, que RESUELVE: Dado cuenta con el presente proceso y oficio N° 001213-2018-1°SECCSJCA-PJ., remitido por la Primera Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que antecede; AGRÉGUESE a los autos; TÉNGASE por devuelto el proceso; al haberse APROBADO la Sentencia N° 038-2017-FP, contenida en la resolución número DIECINUEVE, de fecha 18 de octubre del 2017, que declara fundada en parte la demanda de Violencia Familiar; CÚMPLASE lo ejecutoriado; con conocimiento de las partes procesales para los fines legales pertinentes; REQUIÉRASE a la parte demandada GILBERTO RAMOS BECERRA CUMPLA estrictamente lo ordenado en la sentencia, en lo referente a las medidas de protección definitivas y en cancelar la reparación civil ascendente a la suma de TRESCIENTOS SOLES (S/. 300.00), en el plazo de UN MES de notificado con la presente resolución; a favor de la parte agraviada DIGNA RUBIO DÍAZ; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Público para ser investigado por el delito de Desobediencia a la Autoridad, de conformidad con el artículo 368° del Código Penal vigente; para conocimiento pleno de la presente resolución, se deberá notificar a las partes procesales en su domicilio procesal y real; sin perjuicio de notificarse a las partes procesales mediante edictos con un extracto
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de la presente resolución y Sentencia N° 0382017-FP, contenida en la resolución número DIECINUEVE; los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos, para los fines legales pertinentes; NOTIFÍQUESE. Juez. Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial. Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-132-0-JR-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra CARLOS WILSON AGUILAR PONCE, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de DEYCI CARMEN VALDIVIA CHAVEZ, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: SE RESUELVE: 1. CARENTE de objeto dictar nuevas medidas de protección a favor de la agraviada DEYSI CARMEN VALDIVIA CHAVEZ; debiéndose ESTAR a las medidas de protección otorgadas en los Expedientes No. 0380-2017-0-0603JM-FP-01 y 0518-2017-0-0603-JM-FP-01. 2. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Con lo que terminó la presente audiencia firmando la magistrada que suscribe y el abogado presente; doy fe; NOTIFIQUESE a los inasistentes.Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-152-F, en el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra FELICITAS CHOROCO SAUCEDO, AMARANTE RAMOS CHOROCO y MARIA GLADIS CHUQUIMANGO CHOROCO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de FELICITAS CHOROCO SAUCEDO Y AMARANTE RAMOS CHOROCO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECINUEVE, que RESUELVE: Dado cuenta con el presente proceso y oficio N° 001277-2018-1°SEC-CSJCA-PJ., remitido por la Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que antecede; AGRÉGUESE a los autos; TÉNGASE por devuelto el proceso; al haberse APROBADO la Sentencia N° 011-2017-FP, contenida en la resolución número QUINCE, de fecha 21 de junio del 2017, que declaró fundada en parte la demanda; CÚMPLASE lo ejecutoriado; con conocimiento de las partes procesales para los fines legales pertinentes; REQUIÉRASE a la parte demandada MARÍA GLADIS CHUQUIMANGO CHOROCO, CUMPLA estrictamente lo ordenado en la sentencia, en lo referente a las medidas de protección definitivas y en cancelar la suma de S/. 300.00 (Trescientos y 00/100 soles) por el maltrato psicológico causado al agraviado Amarante Ramos Choroco, en el plazo de dos meses, a razón de S/. 150 cada fin de mes; así mismo, el denunciado AMARANTE RAMOS CHOROCO deberá cancelar a favor de la agraviada Felicitas Choroco Saucedo el monto de S/. 300.00 (Trescientos y 00/100 soles) en el plazo de dos meses, a razón de S/. 150 cada fin de mes; ambos mediante depósitos judiciales del Banco de la Nación que deberá ser presentados ante este Juzgado con escrito; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Público para ser investigado por el delito de Desobediencia a la Autoridad, de conformidad con el artículo 368° del Código Penal vigente; para conocimiento pleno de la presente resolución, se deberá notificar a las partes procesales en su domicilio procesal, real y MEDIANTE EDICTOS, los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos; con tal fin OFÍCIESE; NOTIFÍQUESE. Juez. Dra. Julissa Aseijas Silva
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Secretario Judicial. Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2015-171-FP, en el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra REYS CHAVEZ CHAVEZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de Carmen Chávez Chávez y Bertila Chávez Marín, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE, que RESUELVE:Dado cuenta con el presente proceso y oficio N° 001318-2018-1°SEC-CSJCA-PJ., remitido por la Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que antecede; AGRÉGUESE a los autos; TÉNGASE por devuelto el proceso; al haberse APROBADO la Sentencia N° 055-2017-FP, contenida en la resolución número ONCE, de fecha 14 de noviembre del 2017, que declaró fundada en parte la demanda; CÚMPLASE lo ejecutoriado, con conocimiento de las partes procesales para los fines legales pertinentes; REQUIÉRASE a la parte demandada REIS CHÁVEZ CHÁVEZ, CUMPLA estrictamente lo ordenado en la sentencia en cuanto a las medidas de protección y en cancelar la reparación civil ascendente a la suma de DOSCIENTOS SOLES (S/. 200.00), a razón de CIEN SOLES para cada agraviada, que deberá ser cancelada en el plazo de TREINTA DÍAS de notificado con la presente resolución, a favor de la parte agraviada CARMEN ROSA CHÁVEZ CHÁVEZ y BERTILA CHÁVEZ MARÍN; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Público para ser investigado por el delito de Desobediencia a la Autoridad, de conformidad con el artículo 368° del Código Penal vigente; para conocimiento pleno de la presente resolución, se deberá notificar a las partes procesales en su domicilio procesal, real y MEDIANTE EDICTOS, los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos; con tal fin OFÍCIESE; NOTIFÍQUESE.Juez. Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial. Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-335-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra MARCOS FIDEL TANTALEAN HUAMAN, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de ANA MARILU PAZ YACOPAICO, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, que RESUELVE: declarar CONSENTIDA la resolución número tres de fecha 02 de mayo del año 2017; se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° TRES, que RESUELVE: CARECE de objeto dictar medidas de protección a favor de la agraviada Ana Marilú Paz Yacopaico, por haber fallecido; en consecuencia, ARCHIVESE definitivamente el presente proceso en el modo y forma de ley. NOTIFÍQUESE Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 03-04-05 Octubre
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Unes, 1del de2018 agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Miércoles, 03 deLOctubre
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DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
del 2016 LUnes, 1 de Miércoles, Lunes, Lagosto Unes, 103 dede agosto Octubre deldel 2016 2018
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Unes, 1del de2018 agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Miércoles, 03 deLOctubre
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
Jr.ComercioN°680ͲTeléfono584400ͲAnexo24002
Jr.ComercioN°680ͲTeléfono584400ͲAnexo24002
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
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Haciendopresentequeprogresivamenteserealizaráeltrasladodelosdemás órganosjurisdiccionales,conformedescripciónantesdetallada. Porloantesexpuestoselespidetomarlasprevisionesdelcaso,agradeciendo anticipadamente su comprensión por los inconvenientes que se pudieran causar. Atentamente, GerenciadeAdministraciónDistrital CorteSuperiordeJusticiadeCajamarca
Tercer Juzgado de Paz Letrado ubicado Al 9no piso lado derecho y 2do Juzgado de en el 5to piso de la Sede Qhapac Ñan Paz Letrado al lado izquierdo (mientras dure los trabajos de acondicionamiento en la Sede Qhapac Ñan)
Sexto Juzgado de Paz Letrado de Familia Al 4to piso de la Sede Judicial de Cumbe ubicado en el 5to piso de la Sede Qhapac Mayo Ñan
Tercer Juzgado Civil ubicado en la Sede Al 4to piso de la Sede Judicial de Zafiros Cumbe Mayo
del 2016 LUnes, 1 de Miércoles, Lunes, Lagosto Unes, 103 dede agosto Octubre deldel 2016 2018
Por lo expuesto a partir del día lunes 01 de octubre del presente año, se estaránreubicandoalossiguientesórganosjurisdiccionales:
UBICACIÓN DEPENDENCIAS Sede Judicial Qhapac Ñan ubicada en la Av. La ͲDependenciasdelNuevoCódigoProcesal CantutaN°1224 Penal ͲOficinaDesconcentradadeControldela MagistraturaͲODECMA ͲMódulodeAtenciónJudicial(CDG,REDIJU, OOJGU,RCB,CentraldeNotificaciones) Sede Judicial de Bugambilias ubicada en el Jr. - Dependencias de la Nueva Ley Procesal de BuganbiliasN°169 Trabajo - SalaCivil Sede Judicial Zafiros ubicada en el Pasaje Los - ÁreaCivil(JuzgadosEspecializadosCivilesyde PazLetradoenmateriaCivil) Zafiros N°935Ͳ397 Esq. Jr. Clodomiro Cerna N°205Ͳ207 Sede Cumbe Mayo ubicada en el Jr. Cumbe - Área Familia (Juzgados Especializados de Mayo329 FamiliayPazLetradoenmateriaFamilia) - Coordinación de Servicios Judicial y Equipo Multidisciplinario Sede Judicial ubicada en la Av, La Cantuta - JuzgadosdeFlagrancia N°1240 - JuzgadoContenciosoAdministrativo SedeComercioubicadaenelJr.ComercioN°680 - AreaAdministrativa(Presidencia,Gerenciade Administración Distrital y Coordinaciones, ONAJUP,Requisitorias,PolicíaJudicial
Se pone de conocimiento de los señores Abogados y Público en general, que estandoalapolíticadegestióninstauradaporlaPresidenciadenuestraCorte SuperiordeJusticiayalaadecuadaubicacióndedependenciasaniveldetodas las Sedes Judiciales; con el fin de optimizar el servicio que brindamos, se ha dispuesto ordenar la ubicación de dependencias jurisdiccionales y administrativas,siendocomosigue:
COMUNICADO Reubicado a partir del 01.10.2018
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Dependencia
GerenciaȱdeȱAdministraciónȱDistritalȱȱ
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CorteȱSuperiorȱdeȱJusticiaȱdeȱCajamarcaȱ
GerenciaȱdeȱAdministraciónȱDistritalȱȱ
CorteȱSuperiorȱdeȱJusticiaȱdeȱCajamarcaȱ
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
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Unes, 1del de2018 agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Miércoles, 03 deLOctubre
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA REQUIERE CONTRATAR PERSONAL POR RÉGIMEN LABORAL 728 CARGO DE CONFIANZA COORDINACIÓN DE CONTABILIDAD REQUISITOS Experiencia
Competencias
Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios Cursos y/o estudios de especialización
Remuneración Contrato
DETALLE 9 Experiencia acreditada no menos de 04 años en labores de contabilidad. 9 Experiencia de 04 años en Instituciones Públicas, preferentemente Ministerio Publico o Poder Judicial. 9 Capacidad de análisis y síntesis. 9 Asertividad. 9 Capacidad para trabajar en equipo y bajo presión. 9 Confidencialidad y fiabilidad. 9 Juicio y Sentido Común. 9 Liderazgo 9 Contador Público Colegiado. 9 Preferentemente con estudios de Postgrado en la Administración Publica 9 Diplomado o Cursos de Especialización relacionados a la Contabilidad Pública. 9 Conocimiento de normatividad del sector público. 9 Curso de Ofimática acreditado (Microsoft Word, Microsoft Excel, Microsoft Power Point). 9 Básico: S/. 3,402.00 Bonos: S/.2,000.00 Decretos : S/.820.00 9 Inmediato
PRESENTACIÓN DE CURRICULUM VITAE: MARTES 02 Y MIÉRCOLES 03 DE OCTUBRE HORARIO: DE 5:00 P.M. DEL DÍA MARTES 02 DE OCTUBRE HASTA LAS 10:00 AM DEL DÍA 03 DE OCTUBRE ENTREGA DE CURRICULUM VITAE: COORDINACION DE PERSONAL O AL CORREO ELECTRÓNICO
[email protected] NOTA: LA TERNA PASARÁ ENTREVISTA PERSONAL EL DÍA MIÉRCOLES 03 DE OCTUBRE, DE 12:00 P.M. A 01:00 PM EN JR. DEL COMERCIO N° 680 – CAJAMARCA.
Cajamarca, octubre de 2018.