DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Miércoles, 01 de Agosto del 2018
AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
1. REMATES
REMATE BIENES INMUEBLES
EDICTO SEGUNDO REMATE JUDICIAL.Expediente. 01157-2015-0-0601-JR-CI03, en los seguidos por FINANCIERA TFC S.A. contra TORRES RODRIGUEZ PERCY ALEX, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El 03° Juzgado Civil - Sede Qhapaq Ñan, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca que Despacha el Sr. Juez Dr. VENTURA PADILLA WILLIAMS, Especialista Legal Dra. SANCHEZ MARIN JESSICA MILAGROS; ha dispuesto sacar a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Predio Urbano, Departamento G-303, Jr. Yahuar Huaca N° 650-656, Piso Tercero, Distrito de Los Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuya área es de 79.89 m2., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la Partida N° 11117863, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral Cajamarca. TASACIÓN: En la suma de US$. 69,997.14 (SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE DOLARES AMERICANOS Y CATORCE CENTAVOS DE DOLAR). PRECIO BASE: Siendo su precio base las 2/3 partes de la tasación, menos el 15% por tratarse en segunda convocatoria la misma que asciende a US$. 39,665.05 (TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR). DIA Y HORA DE REMATE: Viernes 10 de Agosto de 2018 a horas diez de la mañana (10:00 AM). CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: En primera y preferencial (Inscrita en el Asiento D00001 de la Partida N° 11117863). Hasta por la suma de S/. 96,230.11 (Noventa y Seis Mil Doscientos Treinta con 11/100 Nuevos Soles), a favor de FINANCIERA TFC S.A. Así consta en la Escritura Pública N° 945 de fecha 18 de Febrero del 2010 otorgada en la ciudad de TRUJILLO - Departamento de La Libertad ante Notario Público Abog. MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: (Inscrita en el Asiento D00002 de la Partida N° 11117863). Mediante Resolución N° 01 del 03/09/2014, el Juez (P) del Tercer Juzgado Civil de Cajamarca, Severino Vargas Calderón y el Secretario Judicial Cesar Joel Estrada Julón, recaída en el Expediente N° 898-2014-1-0601— JP-CI-03; ha dispuesto TRABAR la medida cautelar de EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, solicitada por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A., sobre el predio inscrito en la presente partida de propiedad del demandado PERCY ALEX TORRES RODRIGUEZ, hasta por la suma de S/. 75,000.00 (Setenta y Cinco Mil con 00/100 nuevos soles). Así consta y más consta de los partes judiciales debidamente certificados y remitidos mediante oficio N° 985-2014-3JECCCSJCA-PJ.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: (Inscrita en el Asiento D00003 de la Partida N° 11117863). Por Resolución Judicial N° 03 de fecha 29/10/2014, suscrita por el Dr. Hugo Holden Díaz León en su condición de Juez del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca y por Secretario Judicial José Eladio Colunche Núñez, recaída en el expediente N° 1288-
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PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
B
2014-1-0601-JP-CI-01, se CONCEDIO la medida de EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, solicitada por el Establecimiento Inca S.A.C., sobre el inmueble inscrito en la presente partida de propiedad de TORRES RODRIGUEZ PERCY ALEX, hasta por la suma de S/. 23,000.00 nuevos soles. Así y más consta de los partes judiciales debidamente certificados y remitidos con Oficio N° 1206-2014-5JPL/C-CSJCA-PJ de fecha 29/10/2014. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: (Inscrita en el Asiento D00004 de la Partida N° 11117863). Mediante Resolución N° 02 del 28/11/2014, expedida y suscrita por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, Dra. Claudia Cabanillas Quevedo, Secretaria Judicial, Abogada María E. Terán Guevara, en el expediente N° 01428-2014-1-0601-JP-CI-01, se ha resuelto CONCEDER LA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION solicitada por el Banco Financiero del Perú, sobre el predio inscrito en la presente partida a favor de Percy Alex Torres Rodríguez, hasta por el monto de S/. 30,000.00 Nuevos Soles. Así y más consta en la citada resolución, remitida en copia certificada, mediante Oficio N° 786-2014-1JPL-CSJCCA-PJ, del 02/12/2014. LUGAR DEL REMATE: En el local del Tercer Juzgado Civil de Cajamarca, ubicado en el Jr. Cumbe Mayo N° 329 (A media cuadra de la Plazuela Víctor Raúl) Cajamarca.POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. Celular: 999451224, 946065640. Cajamarca, 30 de Mayo de 2018 MIGUEL A. LLAQUE MOYA MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 312
de las acciones y derechos que le corresponderían como copropietaria a la ejecutada Luz Elena Salazar Gasco sobre el bien inmueble ubicado en Calle 06, Manzana D, Lote 10, Urbanización Juan Carlos Hurtado Miller, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuya área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Ficha N° 1671, trasladada a la Partida Electrónica N° 02000456, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) Asiento D00001, Embargo judicial en forma de inscripción sobre las acciones y derechos que le corresponden a la demandada Luz Elena Salazar Gasco hasta por la suma de S/. 7 000,00 a favor de la demandante Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pió X Ltda., en Exp. N° 274-2002-CI, 5° Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, inscrito el 01.08.2012. VALORIZACIÓN: Según Informe Pericial de autos, el 100% del inmueble asciende a S/. 180,194.26 soles, en consecuencia el 50% de acciones y derechos materia de remate es S/. 90,097.13 soles. PRECIO BASE: Del 50% de las acciones y derechos materia de remate es S/. 51,055.04 soles, equivalente a las dos terceras partes de la valorización del 50% de acciones y derechos materia de remate, reducido en 15% por ser segunda convocatoria. FECHA, HORA Y LUGAR: Se realizará el VIERNES 07 DE SETIEMBRE DE 2018 A LAS 09.00 HORAS EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA, sito en Jirón Clodomiro Cerna N° 205, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable y a su nombre una cantidad no menor del 10% de la valorización; adjuntar original de DNI y/o RUC, del arancel judicial con código N° 7153 por derecho de participación en remate de inmueble, indicando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firmado; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual. Asimismo, el adjudicatario paga honorarios del Martillero Público más el I.G.V., conformidad a la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 0082005-JUS); inmediatamente al finalizar Ia diligencia de remate. Cajamarca, julio 02 de 2018. GPLmartilleropublico@yahoo. es.
[email protected]. (51)(44) 94-886-5276 34-7544. Guillermo E. Paredes Landauro MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 210
JESSICA MILAGROS SANCHEZ MARIN SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P. 6858886 F.P. 25-30 Julio 01 Agosto S/.30.60
GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CIVIL CAJAMARCA P.6866930 F.P. 31 Julio 01-02 Agosto S/.22.50
AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 274-2002-0-0601-JPCI-0 INSTANCIA: QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA JUEZ: JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA ESPECIALISTA LEGAL: GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ DEMANDANTE(S): COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN PIO X LTDA. DEMANDADO(S): LUZ ELENA SALAZAR GASCO y SEGUNDO SALAZAR LEÓN MATERIA(S): OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO TERCERO: TEOFILO ZALATIEL SALDAÑA LOZANO BIEN EN REMATE: Mediante Resolución N° 59 del 26.06.2018, expresamente el Juzgado me ordenó como Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA del 50%
SEGUNDO REMATE PUBLICO JUDICIAL: El 15.08.2018 a horas 11.30 a.m. REMATARE EN SEGUNDA CONVOCATORIA por orden del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, que despacha la Señora Juez Dra. Kelly Joccy Cabanillas Oliva, Secretario Judicial Dra. Levy Anne Gilian Linares, en el local de la Sala de Remates ubicada en el Jirón Francisco Pizarro No. 544, Oficina No. 224, Segundo piso, Cercado de Trujillo (Sede de la Corte Superior de Justicia de La Libertad), bajo el Expediente No. 14312012, UN INMUEBLE CON UN ÁREA SUPERFICIAL DE 120.00 METROS CUADRADOS, ubicado en el Centro Poblado San Marcos, Manzana 44, Lote 34 (Jirón Alfonso Ugarte No. 107), Distrito Pedro Gálvez, Provincia de San Marcos, Departamento de Cajamarca,
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cuyo dominio, área, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida No.P32009499 del Registro de Predios de la Zona Registral No. II- Sede Chiclayo, en la Base de S/ 71,560.29 Soles que corresponde al Precio Base de Primera Convocatoria deducido el 15% de ley.- Tasación Comercial S/ 126,282.87 Soles. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TRUJILLO S.A. contra ELCIRA IDAMIA ZELADA MAYTA y RIGOBERTO BECERRA CELIS sobre Ejecución de Garantías. GRAVAMENES: 00003.Primera y Preferencial Hipoteca a favor del Acreedor Hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TRUJILLO hasta por la suma de US $. 31,564.60 Dólares Americanos, inscrito con fecha 04/05/2010; 00004.- Inscripción de Anticresis a favor de Manuel Germán Machuca Ramos y Nelly Doralí Salas Ríos en garantía de la deuda de US $. 3,000.00 Dólares Americanos, compensándose los intereses del dinero con la explotación del bien inmueble. El plazo convenido del acuerdo será de 6 meses, contando a partir del 5 de Octubre del 2011, venciendo el 5 de abril de 1012, inscrito con fecha 15/02/2012; 00005.-Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción a favor de Nelly Doralí Salas Ríos hasta por la suma de S/. 80,000.00 Nuevos Soles, inscrito con fecha 30/09/2013. Los postores oblarán ante el suscrito Martillero 10% de la Tasación Comercial en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre más Tasa Judicial de Participación. A cargo del Adjudicatario adicionalmente los honorarios del Martillero.-Trujillo, 08 de Junio del 2018.- FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: DR. CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDANMARTILLERO PUBLICO- REG. PROF. No. 105 A NIVEL NACIONAL.- Celular 949363626.LEVY ANNE GILIAN LINARES SECRETARIA JUDICIAL Sexto Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD CARLOS
ALFONSO NAVARRETE ROLDAN ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. PROF. N° 105 P. 6866781 F.P. 31 Julio 01-02 Agosto S/.15.00 PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Glicerio Sánchez Cruzado con Lucia Emiliana Manya Cachi sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 01996-2011, el Primer Juzgado Civil de Cajamarca, a cargo del Señor Juez Luis A. Castillo Cabrera y Especialista Legal José Andrés Carrasco Huaccha, ha dispuesto sacar a Remate Público: 1. EN PRIMERA CONVOCATORIA: A. El predio rustico denominado "Shucapampa Shudal", CN9204973/ CE775490, ubicado en el Sector Shudal, código predio 7_7759200_78523, área 0.1500 Has., U.C. 78523, encerrado en un perímetro de 172.0600 ml., Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; inscrito en la Partida N° 02159370 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 46,500.00 (Cuarenta y seis mil quinientos con 00/100 nuevos soles). BASE DEL REMATE: S/. 30,666.66 (Treinta mil seiscientos sesenta y seis y 66/100 nuevos soles). AFECTACIONES: a) Embargo en forma de inscripción.Otorgado a favor del Demandante y que es materia de autos, hasta por la suma de S/. 30,000.00 inscrito en el asiento D00001 de la Partida Registral N° 02159370 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. DÍA Y HORA DEL REMATE: 29 de Agosto del 2018, a horas 11:00 de la mañana. B. El predio rustico denominado "Aylambo". CN9204407/CE774921, ubicado en el Sector Aylambo, código predio 7_7709200_60515, área 0.2054 Has., U.C. 60515, encerrado en el perímetro de 195.4200 ml.,
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Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; inscrito en la Partida N° 02181350 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 44,572.00 (Cuarenta y cuatro mil quinientos setenta y dos con 00/100 nuevos soles). BASE DEL REMATE: S/. 29, 714.66 (Veintinueve mil setecientos catorce y 66/100 nuevos soles). AFECTACIONES: a) Embargo en forma de inscripción.- Otorgado a favor del Demandante y que es materia de autos, hasta por la suma de S/. 35,000.00 inscrito en el asiento D00001 de la Partida Registral N° 02181350 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. DÍA Y HORA DEL REMATE: 29 de Agosto del 2018, a horas 11:30 de la mañana. 6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Civil de Cajamarca, ubicado en Jr. Cumbe Mayo 329 Cajamarca. 7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en Cheque de Gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial, indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo a la escala normada y regulada en el D.S. N° 008-2005JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública - Registro N° 142. Cel. 998706190. Ma. Angela Zeballos A. Martillero Público Reg. 142 KATYA DEL S. LOPEZ LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P.6870582 F.P.01-02-03-06-07-08 Agosto S/.46.00
2. EDICTOS CLASIFICADOS
INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca que despacha el Dr. RONI ALEX MEJIA PORTAL, se viene tramitando el Proceso N°00069-2018-C; doña MARIA ARMINADA TELLO BENAVIDES está solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, N°447, inscrita ante la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Hulagayoc-Bambamarca en cuyo cuerpo se puede apreciar, en la parte que corresponde al nombre dice: María Arminda Tello, DEBIENDO SER LO CORRECTO: MARÍA ARMINDA TELLO LEIVA, debido a que le nombre de la madre es: Gregoria Leiva Bustamante; asimismo, en el contenido del acta de nacimiento, el nombre de la madre dice: Greogoria Benavides DEBIENDO SER LO CORRECTO: GREGORIA LEIVA BUSTAMANTE.-Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley.- Luis Aguilar Villanueva.- Secretario Judicial. Bambamarca, 24 de julio de 2018 RONY ALEX MEJIA PORTAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO HUALGAYOC - BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P. 6872123 F.P. 01 Agosto S/.2.50 EDICTO DE ADICIÓN DE NOMBRE Exp. No. 217-2018- C, Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por MAGALY ORMECINDA CHÁVEZ BECERRA solicita ADICIÓN DE NOMBRE en la partida de nacimiento No. 105-1984, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN No. DOS: Cajamarca
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
10-07-18,CONCIDERANDO: ADMÍTASE A TRÁMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud de Adición de nombre, pretendiendo adicionar su primer prenombre como “Magaly” debiendo figurar en lo sucesivo como “MAGALY ORMECINDA CHÁVEZ BECERRA” .-Se ha señalado fecha para la audiencia el 15-08-18, ha horas 10 a.m. en el local de Juzgado: PUBLIQUESE el presente por espacio de 3 días consecutivos en el diario oficial GRUPO LÁ REPÚBLICA PUBLICACIONES S.A. de esta localidad, Fdo. Carrasco Juez y Dra. Fernandez Sec. JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.6861977 F.P. 01-02-03 Agosto S/.9.00 EDICTO EXPEDIENTE N° 00678-2018-0-0601JP-CI-01. JUEZ: JOSÉ ANDRÉS CARRASCO HUACCHA. ESPECIALISTA: JOSÉ ELADIO COLUNCHE NUÑEZ. MATERIA: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante el Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, el cual se encuentra a cargo del Juez José Andrés Carrasco Huaccha, se viene tramitando el proceso seguido WILLIAM FAUSTO ILMAN HERRERA, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Se ha expedido la siguiente: RESOLUCIÓN N° UNO.- Cajamarca, 20-7-2018.AUTOS Y VISTOS.- ADMITASE a trámite en vía procedimental asignada al PROCESO NO CONTENCIOSO la presente demanda, debido a que en dicha partida se ha consignado de forma errónea el prenombre del padre, habiéndose consignado como Fausto liman López, debiendo ser como figura en su acta de Defunción de Augusto Terán López. PUBLÍQUESE una síntesis de la solicitud, por una sola vez en el diario "La República".- Fdo. Dr. Carrasco, Juez y Colunche Sec. Cajamarca, 26 de Julio del 2018 JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.6870752 F.P.01 Agosto S/.3.50
PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO JUDICIAL EXP. N°00143-2013-0-0601 -JM-CI01Segundo Juzgado Especializado Civil - Sede Cumbe Mayo, demanda seguida por Quiroz Pretell Hilda contra la Sucesión Quiroz Pretell Luis Alberto y otros, sobre Prescripción Adquisitva, mediante resolución número dos se ha resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Hilda Claudina Quiroz Pretell sobre prescripción adquisitva de dominio e inscripción en Registros Públicos del predio ubicado en Av. Manco Capac N° 1879, Distrito de Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca con una extensión de 204.60 m2, contra la sucesión de Luis Alberto Quiroz Pretell, en la vía de proceso de abreviado; así mismo la resolución número veintitrés que ORDENA se notifique mediante edictos a la Sucesión de María del Tránsito Pretell Bazán los mismos que serán publicados en el diario "La República" por espacio de tres veces con intervalo de tres días, a fin de que en el plazo de treinta días (por tratarse de un proceso abreviado), se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Notifíquese. Cajamarca, 17 de julio del 2018
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MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.6847988 F.P. 19-25 Julio 01 Agosto S/.10.50
SUCESIÓN INTESTADA EDICTO Exp. N° 32-2018-CI-JPLH, Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos, MARÍA LEONOR GIL SAMAME, solicita Sucesión Intestada, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION UNO: fecha cuatro de abril del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO NO CONTECIOSO, la solicitud presentada por doña MARÍA LEONOR GIL SAMAME, sobre SUCESIÓN INTESTADA, respecto de quien en vida fueron su padre don JOAQUIN SAMUEL GIL DELGADO, FALLECIDA el Seis de Octubre de 1972, en el Distrito de Huambos Provincia de Chota; solicitando se declare como única y universal heredera a doña MARÍA LEONOR GIL SAMAME; en calidad de hija del causante; a efectos de que dentro de TREINTA DÍAS siguientes a las publicaciones indicadas, se apersonen al proceso quienes se crean también herederos del causante, ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Chota. Notifíquese con la presente resolución, demanda y anexos al Ministerio Público de ésta ciudad y a la Beneficencia Pública de la ciudad de Chota. Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por tres días consecutivos. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.-Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca Yopla. Huambos, Seis de Abril del 2018. PODER JUDICIAL SEDE DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO INVESTIGACION PREPARATORIA HUAMBOS - CHOTA P.6865665 F.P. 31 Julio 01 Agosto S/.6.00
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Calua en el Exp. N° 039-2002CI seguido por MARIA GARCIA RODRIGUEZ contra ALEJANDRINA COTRINA VASQUEZ, DEDICACIÓN ORTIZ VASUEZ, ROSALIA RODAS CAMPOS Y JUSTINIANO GUEVARA CHAVEZ sobre REINVIDICACION DE HERENCIA, mediante resolución número Dos de fecha veinte de diciembre del dos mil ha resuelto lo siguiente: ADMITIR la demanda interpuesta por MARIA GARCIA RODRIGUEZ contra ALEJANDRINA COTRINA VASQUEZ, DEDICACIÓN ORTIZ VASQUEZ, ROSALIA RODAS CAMPOS Y JUSTINIANO GUEVARA CHAVEZ sobre REINVIDICACION DE HERENCIA, en la vía de proceso de Conocimiento, TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica y AGREGUESE a los autos los anexos de ley. CORRER TRASLADO con la demanda y sus recaudos a los demandados, CONCEDACELS el plazo de TREINTA DIAS para que cumpla con absolver el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía. Mediante resolución número SESENTA Y NUEVE de fecha dos de octubre del año dos mil diecisiete ha resuelto lo siguiente: Disponer la notificación mediante edictos a los presuntos herederos del fallecido (co demandada) Justiniano Guevara Chávez y por ende PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces y con un intervalo de tres días en el diario “La República’’, a fin que dentro del plazo de treinta días se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES, y Sec. CALUA ZAMBRANO. FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA LUZMILA CALUA ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6847063 F.P.19-25 Julio 01 Agosto S/.14.50
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EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - FLAGRANCIA DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: MILAGROS DEL CARMEN CERNA TORRES. Exp. N° 01498-2017-0-0601-JR-PE-05 La Sra. Juez del 6°JIP-RESUELVE: Que mediante resolución 08de fecha 25-07-2018, EMPLAZA al imputado: ESLI RUBIO DIAZ con el extracto del contenido de la resolución N° 08 que a la letra dice: DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio presentado por el representante del Ministerio Público, reservado mediante resolución cuatro de fecha veintiuno de febrero de dos mil dieciocho al haberse cumplido con lo dispuesto en dicha resolución corresponde darle trámite conforme a ley, y de acuerdo con lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, CÓRRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos que de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en este juzgado de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Asimismo HÁGASE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO dispuesto en la resolución cuatro de fecha veintiuno de febrero de dos mil dieciocho, puesto que hasta la fecha los acusados no han cumplido con designar abogado defensor de su libre elección, por tanto SOLICÍTESE que se designe defensor público a los acusados Ismael Montenegro Álvarez, Esli Rubio Díaz y César Artemio Cubas Herrera, a fin de que se haga cargo de su defensa técnica y observe la acusación si lo considera necesario, para lo cual se le notificará con copia del requerimiento de acusación presentado y la presente resolución, OFICIÁNDOSE con tal fin. NOTIFÍQUESE vía edictos con el extracto de la presente resolución al acusado Esli Rubio Díaz, en el diario oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, debido a que su domicilio real no ha sido ubicado por no precisar la calle y/o sector; tal como obra en autos a folios (74); se deja constancia que se provee en la fecha al haber reasumido funciones la especialista judicial que da cuenta al término de mi descanso vacacional y por las recargadas labores del juzgado. NOTIFÍQUESE. NADHIA PATRICIA MEJIA MARCHAN JUEZ (e) Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Flagrancia OAF y CEED CAJAMARCA F.P. 30-31 Julio 01 Agosto EDICTO PENAL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - FLAGRANCIA DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: MILAGROS DEL
Miércoles, 01 de Agosto del 2018
CARMEN CERNA TORRES. Exp. N° 01215-2018-0-0601-JR-PE-06 La Sra. Juez del 6°JIP-RESUELVE: Que mediante resolución 01de fecha 26-07-2018, EMPLAZA al imputado: PABLO AYALA ALAYA con el extracto del contenido de la resolución N° 01 y extracto del requerimiento fiscal; que a la letra dice: PRIMERO: DECLARAR que el requerimiento de incoación contiene el nombre del imputado, los hechos, la tipificación especifica correspondiente y el nombre del agraviado. SEGUNDO: FIJAR fecha para la audiencia única de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día QUINCE DE AGOSTO del año en curso a las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número uno, ubicada en el primer piso del Módulo Penal de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca (Av. Cantuta N° 1244). TERCERO: DISPONE notificar al Ministerio Público, al imputado y a su Abogada defensora pública, para que concurran a la audiencia inaplazable; bajo apercibimiento, en el caso del Fiscal Penal, de tener por no presentado su requerimiento, archivarse definitivamente y comunicar a la Oficina de Control del Ministerio Público su inasistencia, y en el caso de la Abogada Defensora Pública del imputado, de oficiar a la Dirección Distrital de la Defensa Pública, comunicando la omisión incurrida. CUARTO: NOTIFÍQUESE al investigado adicionalmente del domicilio fijado en el requerimiento de proceso inmediato en el domicilio precisado en la declaración de la parte agraviada de folios (58-59) ubicado en el Jirón Trinidad N° 174 – Barrio San Antonio domicilio al que también se le ha notificado a nivel fiscal – carpeta auxiliar tal como obra de folios (05,06 – 27,28). Así también notifíquese a la parte agraviada adicionalmente del domicilio real indicado en el requerimiento presentado en la casilla electrónica N° 12809 que pertenece al abogado Edwuar Chuquilín Hernández, debido a que la parte agraviada según actuados a nivel fiscal cuenta con abogado defensor apersonado, esto con el fin de resguardar la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso. QUINTO: NOTIFÍQUESE VIA EDICTOS al procesado PABLO AYALA ALAYA, en el diario oficial “La Republica” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución. SEXTO: COMUNICAR a las partes, que en la referida audiencia, pueden instar la aplicación del Principio de oportunidad, de un acuerdo Reparatorio o la Terminación Anticipada, según corresponda. SÉTIMO: RECOMIÉNDESE a la representante del Ministerio Público que en lo sucesivo cumpla con indicar de manera correcta los domicilios tanto real como procesal de las partes de acuerdo a sus actuados a nivel fiscal, esto con el fin de resguardar el derecho de defensa y el debido proceso de las partes procesales; avocándose al conocimiento de autos a la Sra. Juez que suscribe por disposición superior. NOTIFÍQUESE. NADHIA PATRICIA MEJIA MARCHAN JUEZ (e) Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Flagrancia OAF y CEED CAJAMARCA F.P. 30-31 Julio 01 Agosto EDICTO PENAL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - FLAGRANCIA DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: MILAGROS DEL CARMEN CERNA TORRES Exp. N° 00980-2018-0-0601-JR-PE-06 La Sra. Juez del 6°JIP-RESUELVE: Que mediante resolución 03de fecha 26-07-2018, EMPLAZA al imputado: EDGAR HUAMAN HUAMAN, con el extracto del contenido de la resolución N° 03 que a la letra dice: SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la presente audiencia, por única vez, para el día TRES DE AGOSTO DEL 2018 A LAS 09:00 HORAS, en la presente sala da audiencia, quedando válidamente notificadas las partes concurrentes a
este acto. 2. OFICIESE a la Gerencia General de esta Corte para que preste las facilidades, para la notificación del imputado Edgar Huamán Huamán en su domicilio real en el Centro Poblado de Llaucan, del Distrito de Bambamarca. 3. LLAMESE la atención severamente al Juez de Paz de Primera Nominación del Centro Poblado de Llaucan, Absalón Vásquez Tafur en la medida que se ha evidenciado su desinterés al apoyo de la justicia a efecto de la notificación encargado a su persona del imputado; debiendo PONER de conocimiento de la Oficina de Justicia de Paz a efecto que tome las medidas necesaria y no se repita a futuro, debiendo OFICIARESE con tal fin. 4. EXHORTESE al coordinador de la central de notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, realizar las coordinaciones necesaria con la oficina de Gerencia y el Jefe de la Oficina de notificación de la ciudad de Bambamarca Kevin Sánchez Álvarez a efectos de que se diligencie de forma oportuna la notificación al imputado. 5. NOTIFIQUESE a través de EDICTOS conforme lo previsto en el artículo 128° del Código Procesal Penal, a efectos de no volver a programar la audiencia a futuro. NADHIA PATRICIA MEJIA MARCHAN JUEZ (e) Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Flagrancia OAF y CEED CAJAMARCA F.P. 30-31 Julio 01 Agosto EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA. EXPEDIENTE N°: 00420-2018-0-0601JR-PE-04. JUEZ: EDUARDO RAMON UCEDA FLORES. Se notifica y emplaza a la agraviada ROSA ANGÉLICA GONZALES HUAMÁN, dentro del proceso penal que se sigue contra David Teran Palomino, por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de agresiones en contra de integrantes del grupo familiar, con el contenido de la resolución número cuatro de fecha ocho de junio del presente año. DADO CUENTA con el presente proceso y de la revisión de este se puede apreciar que el procesado ha sido notificado con el contenido de la resolución número uno (fs. 27), a fin de que designe abogado defensor y habiéndose vencido el plazo otorgado, HÁGASE efectivo el apercibimiento decretado en autos y OFÍCIESE a la Dirección de la Defensoría Pública de esta ciudad, a fin de que ASIGNE un abogado defensor público para que ejerza la defensa técnica de DAVID TERAN PALOMINO, OFICIÁNDOSE para dicho efecto, adjuntándose copias del correspondiente requerimiento; y siendo el estado del presente proceso; y, de conformidad con lo previsto por el artículo 350° del mismo cuerpo normativo, TRASLÁDESE LA ACUSACIÓN DIRECTA a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/ CJ-116 de fecha 16 de noviembre de
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
2010 y publicado en la página web del poder judicial el 15 de diciembre del mismo año, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación directa, donde no ha existido investigación preparatoria, COMUNÍQUESE a los abogados defensores que de no haber consignado casilla electrónica, aún en el presente proceso, deberán proceder según lo estipulado en el Artículo 155-G. segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que indica “Que deberán consignar casilla electrónica en un plazo no mayor de dos días bajo apercibimiento de imponerle una multa no mayor de diez unidades de referencia procesal. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. F.P. 30-31 Julio 01 Agosto EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA. EXPEDIENTE N°: 00636-2018-0-0601JR-PE-04. JUEZ: EDUARDO RAMON UCEDA FLORES. Se notifica y emplaza a la agraviada LUZ BERTILA MARÍN VIGO, dentro del proceso penal que se sigue contra Desiderio Vásquez Tello, por la presunta comisión del delito contra la administración publica en su modalidad de desobediencia y resistencia a la autoridad en agravio de su persona y del Estado, con el contenido de la resolución número tres, de fecha veinticinco de julio del presente año. DADO CUENTA con el oficio y disposición fiscal que antecede, mediante la cual el Fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de La Encañada COMUNICA que se ha dispuesto la CONCLUSIÓN de la investigación preparatoria; en tal sentido, AGRÉGUESE a la presente el oficio y disposición fiscal antes mencionados y del requerimiento de sobreseimiento de la causa, presentado por la fiscalía antes indicada; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y conforme a lo previsto en el artículo 345º del CPP, TRASLÁDESE el requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Finalmente, COMUNÍQUESE a los abogados defensores que de no haber consignado casilla electrónica, aún en el presente proceso, deberán proceder según lo estipulado en el Artículo 155-G. segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que indica “Que deberán consignar casilla electrónica en un plazo no mayor de dos días bajo apercibimiento de imponerle una multa no mayor de diez unidades de referencia procesal. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. F.P. 30-31 Julio 01 Agosto
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: CARMELA QUIROZ QUIROZ Exp. N° 00806-2018-1-0601-JR-PE-03. SE RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MIERCOLES QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M), la misma que se llevará a cabo en el despacho del Juzgado penal Unipersonal Transitorio -8Vo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12 – Urb. Villa Universitaria – frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 09 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado LUIS ALBERTO LESCANO BARDALES, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial, en los seguidos en su contra por el delito de Agresiones Físicas y Psicológicas contra Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Anamelva Bolaños Briones. Suscribe el Señor Juez Miguel Ángel Guevara Salazar y la especialista Judicial Carmela Quiroz Quiroz. F.P. 30-31 Julio 01 Agosto EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N° 0031 -2018-270605-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC - BAMBAMARCA JUEZ: Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: ARIANA DENISS CHÁVEZ MARÍN Se cita, y emplaza a SEGUNDO DANIEL VILLANUEVA CARRANZA para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Nelsy Lizeth Villaueva Chilón y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi N°910- cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca. Bambamarca, 12 de Julio de 2018. FANNY TORRES VILLAVICENCIO JUEZA PENAL JUZGADO UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA ARIANA DENISS CHAVEZ MARIN ESPECIALISTA DE AUDENCIAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA F.P. 01-02-03 Agosto
EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CELENDIN. Especialista Judicial: Nolasco Chávez Goycochea. Se cita y se emplaza al siguiente procesado ROBER ALCIDES RAMOS COTRINA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, NOMBRANDO SU ABOGADO DEFENSOR EN EL PLAZO DE 24 HORAS, bajo Apercibimiento de nombrase a un integrante de la Defensa Pública de esta Ciudad, asimismo se ha programado Audiencia de Revocatoria de Pena para el día PRIMERO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA; dentro del Exp N° 124-2016-28-060301-JIPCEL, en el proceso seguido contra ROBER ALCIDES RAMOS COTRINA, por la presunta comisión del delito de FUGA EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO y OTROS, en agravio de MANUEL CASTREJÓN ARRIBASPLAYA y OTRO. Celendín, 20 de julio del 2018. JOSE HIPOLITO PASIHUAN RIVERA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE INVESTIGACION
Miércoles, 01 de Agosto del 2018
PREPARATORIA CELENDIN F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp.Nro. 00167 -2017-78 -0602-JR-PE01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: ROGER PEDRO ABANTO VALDEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número uno de fecha diecisiete de Julio del dos mil dieciocho, se resolvió notificar al acusado Roger Pedro Abanto Valdez mediante edicto, para que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL a llevarse a cabo en acto público, el día LUNES TRES DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CUATRO DE LA TARDE, en la Sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Cajabamba ubicada en el Jr. Silva 461- primer piso; debiendo el acusado concurrir OBLIGATORIAMENTE a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia injustificada previa verificación en audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse el archivo provisional del proceso y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. En los seguidos en su contra por delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de María Dayli Abanto Abarca. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00071 - 2015 -51 - 0602 JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JHORNA LUIS VILLANUEVA OTAROLA Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha diez de Julio del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Jhorna Luis Villanueva Otarola disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio.-HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones graves en agravio de Darlin Jhonatan Alfaro Bejarano. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto
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EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00123 - 2018 - 69 - 0602 JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA a la acusada : SANTOS GILMER SANCHEZ ROJAS Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha nueve de Julio del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Gilmer Sánchez Rojas disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio.HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, la familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia familiar, en agravio de Neisser Anderson Sánchez Carrera. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00270 - 2015 -61 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA a la acusada : SALOME GONZALES LÓPEZ Para hacer de su conocimiento que por resolució número cinco de fecha once de Julio del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Salomé Gonzáles López, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, la familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia familiar, en agravio de Mariela Rocío Gonzáles Aguirre y otros. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00101 - 2018 - 50 - 0602 JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA a la acusada : ROSELIA MAGALI VILLAR CHIQUEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha
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once de Julio del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ a la acusada Roselia Magali Villar Chíquez, disponiéndose su ubicación y captura a mvel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio.HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de Agresiones Físicas en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de Helí Meléndez Cotrina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00143 - 2018 -58 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado : SANTOS WALTER FLORES GARCIA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha diez de Julio del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Walter Flores García , disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio.HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, la familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia familiar, en agravio de Yanali Roxana Flores García y otros. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00175 - 2018 -14 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado : MILLED HEINER RODRIGUEZ ANTICONA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha nueve de Julio del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Milled Heiner Rodríguez Anticona, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio.-
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, la familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia familiar, en agravio de Jhonatan Darwin Rodríguez Polo y otra.- Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS Exp. N° 52-2016-08 JUEZ: ZAVALETA SE EMPLAZA: JOSÉ YONEL BAUTISTA TORRES, FERNANDO SÁNCHEZ TERRONES, MAXIMA TORRES MUÑOZ Y JOSÉ ANGEL MACHUCA ABANTO, en la presente investigación seguida contra Ulises Jiménez Calderón por la presunta comisión del delito contra La Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Culposo, en agravio de María Isolina Sánchez Terrones y Juana Machuca Abanto y en modalidad de Lesiones Culposas Agravadas, en agravio de José Bautista Torres y otros, mediante resolución número siete de fecha ocho de mayo del dos mil dieciocho, SE RESOLVIO: SEÑÁLESE FECHA, para la realización de la audiencia, la que se llevará a cabo el día SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a las DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), en en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Marcos ubicada en el Jirón Alfonso Ugarte Nro. 891, 2° Piso de la Provincia de San Marcos; con la presencia obligatoria del Fiscal, el imputado y su abogado defensor, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada de cualquiera de ellos, de declararse inadmisible el requerimiento, archivarse el cuaderno y continuar el proceso común según su estado; siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales San Marcos, 13 de Julio del 2018. ESPECIALISTA: GÓMEZ F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE CAUSAS: NORMA NOEMÍ QUIROZ CIRIACO EXP: 576-2018-1 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia – Sala N° 02 - Primer Piso, ubicado en la Av. Cantuta N° 1244- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA. 2. Al acusado JULIO CESAR MUÑOZ ROJAS, VÍA EDICTOS, en el diario "La República", por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución, en su domicilio laboral indicado en el requerimiento de acusación, vale decir en la Av. Vía de Evitamiento Sur S.N (estación de servicios “Grifo Mi amigo”) – Cajamarca, ello de conformidad a lo dispuesto en el sexto considerando de la presente resolución, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez Germán Merino
Miércoles, 01 de Agosto del 2018
Vigo y la especialista de Causas Norma Quiroz Ciriaco F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE CAUSAS: NORMA NOEMÍ QUIROZ CIRIACO EXP: 705-2018-1 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia – Sala N° 02 - Primer Piso, ubicado en la Av. Cantuta N° 1244- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA. 2. Al acusado JUAN RAMOS ROJAS, VÍA EDICTOS, en el diario "La República", por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución, en su domicilio real indicado en el requerimiento de acusación, vale decir en el Caserío Urubamba- Sector II-Cajamarca (adjuntando para ello la constancia de notificación obrante de fs. 10 a 11 del expediente principal) y/o al teléfono celular N° 942937497, así como en el domicilio real señalado en su ficha de RENIEC, ello de conformidad a lo dispuesto en el considerando quinto de la presente resolución, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez Germán Merino Vigo y la especialista de Causas Norma Quiroz Ciriaco F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE CAUSAS: NORMA NOEMÍ QUIROZ CIRIACO EXP: 663-2018-1 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia – Sala N° 02 - Primer Piso, ubicado en la Av. Cantuta N° 1244- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA. Data dispuesta debido a la recargada agenda del Juzgado. 2. Al acusado ISAIAS MENDOZA LOPEZ, VÍA EDICTOS, en el diario "La República", por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución, en su domicilio real indicado en el requerimiento de acusación, vale decir en el Caserío Hualanga BajaCajamarca (adjuntando para ello la constancia de notificación obrante de fs. 24 a 25 de la carpeta auxiliar) y/o al teléfono celular N° 932794663, así como en el domicilio real señalado en su ficha de RENIEC, ello de conformidad a lo dispuesto e el considerando quinto de la presente resolución, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez Germán Merino Vigo y la especialista de Causas Norma Quiroz Ciriaco F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE CAUSAS: NORMA NOEMÍ QUIROZ CIRIACO EXP: 583-2018-1 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA de JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia – Sala N° 02 - Primer Piso, ubicado en la Av. Cantuta
N° 1244- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA. 2. Al acusado CRISTHYAN SEMILON CABRERA TERRONES, VÍA EDICTOS, en el diario "La República", por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución, en su domicilio real indicado en el requerimiento de acusación, vale decir en la Prolongación Túpac Amarú C-12- Barrio Mollepampa, adjuntándose para ello copia de las constancia de notificación de folios 10 y 11 de la carpeta auxiliar) y en el domicilio ubicado en el Jr. 23 de setiembre C-11Cajamarca (Wawasi Ángel de la Guarda, entre la Av. Fernando Belaunde y Jr. 23 de setiembre), de conformidad a lo dispuesto en el cuarto considerando de la presente resolución, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez Germán Merino Vigo y la especialista de Causas Norma Quiroz Ciriaco F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE CAUSAS: NORMA NOEMÍ QUIROZ CIRIACO EXP: 248-2018-1 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA de JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia – Sala N° 02 – Primer Piso, ubicado en la Av. Cantuta N° 1244- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA – Av. La Cantuta N° 1244- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. 2. Al acusado JOSE MERCEDES TAPIA PILCO, VÍA EDICTOS, en el diario "La República", por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución, en su domicilio real indicado en el requerimiento de acusación, vale decir en el Prolongación Unión S.NBarrio Lucmacucho (Ref. Casa de 1er piso, material noble, portón de calamina- adjuntando para ello copia de la constancia de notificación a folios 29 y 30 de la carpeta fiscal); y en el domicilio real señalado en su ficha de RENIEC y/o a los teléfonos celulares N° 979214021, 951604291 y 996296361. (según lo informado por el representante del Ministerio Público), bajo apercibimiento de ser declarado contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez Germán Merino Vigo y la especialista de Causas Norma Quiroz Ciriaco F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA. EXPEDIENTE N°: 00273-2018-0-0601JR-PE-04. JUEZ: EDUARDO RAMON UCEDA FLORES. Se notifica y emplaza a la agraviada I J, LD – Juana Lidia Díaz Chuquiruna, dentro del proceso penal que se sigue contra Dionicio Delgado Terrones, por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual en su modalidad de actos contra el pudor en menores de edad, con el contenido de la resolución número tres de fecha diecisiete de julio del presente año. DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio incoado por la Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa, el mismo que preliminarmente reuniría los requisitos establecidos por el artículo 349° del Código Procesal Penal; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y, de conformidad con lo previsto por el artículo 350° del mismo cuerpo normativo, TRASLÁDESE LA ACUSACIÓN a los
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demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones solo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de declararse improcedente sobre la base del artículo 351.3 del Código Procesal Penal al tratarse de una audiencia de carácter inaplazable. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la cual deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. COMUNÍQUESE a los abogados defensores que de no haber consignado casilla electrónica, aún en el presente proceso, deberán proceder según lo estipulado en el Artículo 155G. segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que indica “Que deberán consignar casilla electrónica en un plazo no mayor de dos días bajo apercibimiento de imponerle una multa no mayor de diez unidades de referencia procesal. Notifíquese. – F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL Exp. N° 250-2011-60-0605-JR-PE-01 SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS DE CAJAMARCA. JUEZ: VÁSQUEZ PLASENCIA, SANTOS LUIS ESPECIALISTA DE CAUSAS: ZEÑA ALARCON, GISELLA CATHERINE Emplácese al acusado VÍCTOR RAÚL PAREDES TADEY, por el delito contra la Administración Pública en su modalidad de Cohecho Pasivo Propio y otro, en agravio de la Municipalidad de Hualgayoc; para que asista a la audiencia de JUICIO ORAL programada para el día tres de setiembre de 2018, a horas nueve de la mañana, en la sala de audiencias número siete ubicado en el jirón Clodomiro Cerna N° 205-Cajamarca; bajo apercibimiento de declarase REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia. Cajamarca, 25 de julio 2018. SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL EDCF CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Agosto EDICTO PENAL Exp. N° 495-2018-1-0601-JR-PE-06 SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS DE CAJAMARCA. JUEZ: SANTOS LUIS VÁSQUEZ PLASENCIA ESPECIALISTA DE CAUSAS: JOSÉ POTOSÍ ESTACIO Emplácese al acusado FERNANDO VALENTÍN GUTIÉRREZ MUÑOZ, por el delito contra la Administración Pública en su modalidad de Peculado Doloso tipificado en el primer y segundo párrafo del artículo 387° del CP., en agravio de la Municipalidad de CondormarcaProvincia de Bolívar-La Libertad; para que asista a la audiencia de JUICIO ORAL programada para el día siete de agosto de 2018, a horas ocho y treinta de la mañana, en la sala de audiencias número siete ubicado en el jirón Clodomiro Cerna N° 205-Cajamarca; bajo apercibimiento de declarase REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia. Cajamarca, 18 de julio 2018. SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL EDCF CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Agosto
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
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Unes, 1del de2018 agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Miércoles, 01 deLAgosto
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COMUNICADO CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MENSAJERÍA Y ENCOMIENDAS SE HACE DE CONOCIMIENTO PÚBLICO, QUE EL INICIO DE LA CONVOCATORIA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN AS N° 04-2017-CSJCA-PJ DERIVADA DEL CP N° 01-2017-CS-CSJCA-PJ, TERCERA CONVOCATORIA, CUYO OBJETO ES LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MENSAJERÍA Y ENCOMIENDAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA, SE ENCUNTRA VIGENTE, SEGÚN EL CRONOGRAMA SIGUIENTE. PARA MAYOR INFORMACIÓN DEBERA INGRESAR AL PORTAL DE LA OSCE:http://portal.osce.gob.pe/osce/content/accesos-alseace