DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

1 oct. 2018 - cancelado al finalizar el acto del remate,. Martillero ... DE HECHO, en el cual se RESUELVE: .... Nulidad de Acto Jurídico y Otros; conforme.
640KB Größe 29 Downloads 2 vistas
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Lunes, 01 de Octubre del 2018

AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

AVISO DE PRIMER REMATE JUDICIAL Por Orden del Tercer Juzgado Civil de Cajamarca - Sede Cumbe Mayo, Sr. Juez WILLIAMS VENTURA PADILLA, Especialista Dr. JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA, Expediente 325-2018-0-0601-JR-CI-03, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC contra CABRERA DIAZ, WILLIAM HUGO Y ESCARLEN ODALIS VERASTEGUI sobre Ejecución de Garantía, se saca a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIAV el siguiente inmueble: INMUEBLE: ubicado en la MZ.51 LOTE 23A del Centro Poblado San Miguel de Pallaques, DISTRITO SAN MIGUEL, PROVINICA SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, inscrito en la Partida P32024188 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede ChiclayoOficina Registral Cajamarca.VALOR DE TASACION: US$ 169,607.75 (Ciento sesenta y nueve mil seiscientos siete con 75/100 dólares americanos).PRECIO BASE DE REMATE: US$ 113,071.83 (Ciento trece mil setenta y uno con 83/100 dólares americanos) que corresponde a las dos terceras partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. hasta por la suma de US$ 169,607.75 dólares americanos, inscrito en el Asiento Nro.00003 de la Partida P32024188. DIA Y HORA DEL REMATE: JUEVES 04 DE OCTUBRE DEL 2018, HORA: 10:00 AM.LUGAR DEL REMATE: Los inmuebles se rematarán a la hora exacta en el Local del 3er. Juzgado Civil de Cajamarca ubicado en Jr. Cumbe Mayo Nro.329 Cajamarca.LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de Tasación (US$ 16,960.78) en efectivo o Cheque de Gerencia, presentarán la tasa judicial pagada en el BN (cod.7153) por S/830.00 soles con indicación del nro. de expediente, juzgado civil de cajamarca y nro del DNI del postor. LA COMISIÓN de la Martillera por cada inmueble la pagará el adjudicatario de conformidad con el Decreto Supremo N°008-2005-JUS y están afectos al IGV. Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera con Registro N°319. Teléfono 987508700. Cajamarca, 23 de Agosto de 2018.JOSE A. CARRASCO HUACCHA SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA PAMELA ALVA RIVERA Martillera Pública Registro SUNARP N° 319 P.6992295 F.P. 25-26-27-28 Septiembre 01-02 Octubre S/.30.00 REMATE

JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el expediente N° 00039-2017-00602-JM-CI-01, seguido por COOPAC NSR CAJABAMBA, contra CARRANZA ALVA OLGA JACINTA Y REYES ARQUEROS ALBERTO LORENZO , sobre EJECUCION DE GARANTIAS, tramitado ante el JUZGADO MIXTO -CAJABAMBA a cargo de la Juez Dra. EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA, interviniendo como Especialista Legal la Dra. ORDINOLA ARMAS CARLA GIOVANA, ha facultado de conformidad con Ley Ne 28371 al Martillero Público ELOY OCTAVIO PISFIL FLORES con Reg. 307, para realizar el Remate Público de los siguientes inmuebles en Primera Convocatoria

Lunes, 01 de Octubre del 2018

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

INMUEBLE 1.- inmueble denominado "CANALES" con unidad catastral N° 4332, ubicado en el sector Shuyuc, del Distrito Sarín, Provincia de Sánchez Carrión, Departamento de la Libertad cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 04023187, del Registro de Predios de los Registros Públicos de Huamachuco, Zona Registral N° V- Sede Trujillo. VALOR DE TASACION: S/ 40,000.00 (Cuarenta mil con 00/100 soles). PRECIO BASE (POSTURA): S/ 26,666.67 (VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 67/100 SOLES) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: 1.-HIPOTECA: a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO LTDA N° 222 DE CAJABAMBA, hasta por la suma de S/ 70.000.00 (Setenta mil con 00/100 soles) tal como consta en el asiento D00001 de la Partida Electrónica N° 04023187, del Registro de Predios de los Registros Públicos de Huamachuco, Zona Registral N° V- Sede Trujillo. LUGAR, DIA Y HORA DE LA DILIGENCIA: El día CINCO DEL MES DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS , en el local del Juzgado Mixto - Cajabamba, ubicado en Jirón Silva N° 461- Cajabamba. INMUEBLE 2.- inmueble denominado "MOYAN", con unidad catastral N° 20039, ubicado en el sector Shuruc, del Distrito Sarín, Provincia de Sánchez Carrión, Departamento de la Libertad cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 04001922, del Registro de Predios de los Registros Públicos de Huamachuco, Zona Registral N° V- Sede Trujillo. VALOR DE TASACION: S/ 40,000.00 (Cuarenta mil con 00/100 soles). PRECIO BASE (POSTURA): S/ 26,666.67 (VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 67/100 SOLES) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: l.-HIPOTECA: a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO L.T.D.A N° 22 DE CAJABAMBA, hasta por la suma de S/ 70.000.00 (Setenta mil con 00/100 soles), tal como consta en el asiento D00001 de la Partida Electrónica N° 04001922, del Registro de Predios de los Registros Públicos de Huamachuco, Zona Registral N° V- Sede Trujillo. LUGAR, DIA Y HORA DE LA DILIGENCIA: El día SEIS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, en el local del Juzgado Mixto -Cajabamba, ubicado en Jirón Silva N° 461- Cajabamba. REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor (NO consignar el término No Negociable) el equivalente al 10% del valor de la tasación, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán presentar su DNI y el arancel judicial -Código 07153por participación en remate, en original y copia (consignando: el nombre del Juzgado, número de expediente, número de documento nacional de identidad del postor). HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los Honorarios serán a cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo Nro 008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate, Martillero Publico Eloy Octavio Pisfil Flores, celular. 979856568 Cajabamba, junio del 2018 Eloy Octavio Pisfil Flores

B

ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO Reg. 307 Abog. Carla G. Ordinola Armas SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.6984932 F.P. 25-26-27-28 Septiembre 01-02 Octubre. S/.54.00

CONSEJO DE FAMILIA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de San Marcos, se viene tramitando el expediente signado con el N° 02222018-FC, seguido por FRANCISCA PAREDES RAMIREZ contra SUCESIÓN DE MANUEL JOSE MARQUINA LOLOY sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, en el cual se RESUELVE: RESOLUCION NUMERO UNO, de fecha seis de Agosto del año dos mil dieciocho. ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO DE CONOCIMIENTO, la demanda interpuesta por FRANCISCA PAREDES RAMÍREZ contra SUCESIÓN DE MANUEL JÓSE MARQUINA LOLOY sobre RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO. TENGASE por ofrecidos Ios medios probatorios que indica en su escrito de demanda. CÓRRASE TRASLADO, con la demanda, anexos y la presente a SUCESIÓN DE MANUEL JÓSE MARQUINA LOLOY en el presente proceso, mediante EDICTOS, los mismos que se publicarán en el Diario Oficial “La República”, a fin de que dentro del plazo de SETENTA DIAS de realizada la última publicación, se APERSONEN al proceso y contesten la presente demanda, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, de nombrárseles curador procesal, con tal fin PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES días hábiles. EMPLACESE con la demanda, anexos y presente resolución a quienes conforman la sucesión de Manuel José Marquina Loloy estos son: 1.- Lyzvet Ronó Marquina Paredes, 2.Rosa María Marquina Paredes, 3.- José Anibal Marquina Paredes, 4.- Yummy Karla Dianira Marquina Paredes, para que en el plazo de treinta días hábiles cumplan con contestar la demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo de declarárseles en condición jurídica de rebeldes. NOTIFIQUESE. Suscribe Juez: James Joel Camocho Vílchez. Secretario Judicial: Valeria Milagros Fiestas Bornaz. San Marcos, 22 de Agosto de 2018. JAMES JOEL CAMACHO VILCHEZ JUEZ JUZGADO MIXTO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA SAN MARCOS VALERIA MILAGROS FISTAS BORNAZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE SAN MARCOS P.6975800 F.P. 19-25 Septiembre 01 Octubre S/.12.00 EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc-Bambamarca, que despacha el Señora Juez Doctora RONY ALEX MEJIA PORTAL. En el proceso de Familia N° 00337-2017-0-0605-JP-FC01, se ha dispuesto mediante Resolución SEIS de fecha doce de junio del año dos mil dieciocho, notifíquese al demandado MARCIAL GUEVARA PRADO con la resolución número DOS de fecha primero de diciembre del año dos mil diecisiete QUE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en vía de proceso único, la demanda interpuesta por la demandante LASTENIA ORTÍZ VÁSQUEZ, contra del demandado MARCIAL GUEVARA PRADO, sobre ALIMENTOS, a favor de su hijo EDDIN GUEVARA ORTÍZ; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican; y, agréguense al presente proceso los

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

anexos adjuntados. CONFIÉRASE traslado de la misma al demandado por el plazo de cinco días para que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; y cumpla el demandado con adjuntar a su escrito de contestación de demanda el anexo previsto por el artículo 565° del Código Procesal Civil, consistente en su última boleta de pago o declaración jurada de ingresos con firma legalizada ante notario público..- NOTIFIQUESE vía edictos para lo cual cumpla la accionante con efectuar las publicaciones por dos días hábiles en el diario "La República" así como en la tablilla del Juzgado, debiendo la recurrente presentar dichas publicaciones el Juzgado a fin de continuar con la secuela del presente proceso.. -LUIS AGUILAR VILLANUEVA. -Secretario Judicial. Bambamarca, 24 de setiembre de 2018. RONY ALEX MEJIA PORTAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO HUALGAYOC - BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P. 6998056 F.P.28 Septiembre 01 Octubre S/.9.00

SUCESIÓN INTESTADA EDICTO

JUDICIAL DE SUCESION INTESTADA EXP.00812-2018.-Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, en solicitud de ESPERANZA HERAS RUIDIAS, sobre SUCESIÓN INTESTADA de MARIA ROSA HERAS SONAC se ha resuelto lo siguiente: Resolución número UNO.Cajamarca cuatro de septiembre del dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Sucesión Intestada interpuesta por ESPERANZA HERAS RUIDIAS, respecto de la causante MARIA ROSA HERAS SONAC, quien en al fallecer no contrajo nupcias ni tuvo hijos; a fin de declararse como sus herederos: ESPERANZA HERAS RUIDIAS, SEGUNDO MANUEL HERAS SONAC, CATALINO JESUS HERAS SONAC, MIGUEL HERAS SONAC Y PEDRO HERAS SONAC. A efectos de quien se considere heredero pueda apersonarse al proceso dentro del plazo de treinta días.- MIRIAM ORTIZ CRUZADO - Juez; LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO - Secretario. Cajamarca, 04 de Septiembre del 2018. MARIVEL TORREL CACHO JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.7000988 F.P. 01 Octubre S/.3.00

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO Ante el 1er. Juzgado Mixto de San Miguel, que despacha la Señora Juez Ana Mardely Pacheco Aguilar y Especialista Legal Triolet Villoslada Terrones, se ha ordenado se transcriba lo siguiente: En el proceso signado con el N° 00702018-0-0607-JM-CI-01, doña VILMA AZUCENA DEZA GAMARRA, interpone demanda sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA contra la Secesión de MAXIMILIANO QUIROZ DIAZ. Por resolución número UNO de fecha treinta y uno de julio del 2018, SE ADMITE: a trámite en la vía del proceso sumarísimo la demanda interpuesta por VILMA AZUCENA DEZA GAMARRA, sobre Otorgamiento de Escritura Pública, contra la sucesión de Maximiliano Quiroz Díaz, respecto al contrato de compraventa de fecha 28/12/ 1977 de un predio rustico denominado CHACRA COLORADA, ubicado en el distrito de El Prado provincia de San Miguel. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, córrase traslado a los demandados por el plazo de cinco días para su absolución. a) Emplácese mediante edictos a la SUCESION DE MAXIMILIANO QUIROZ

Lunes, 01 de Octubre del 2018

DIAS para que comparezcan al proceso como sucesores, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal a dicha sucesión. NOTIFIQUESE a los mismos, mediante edictos los que deberán ser publicados en el diario “La República”, en la emisora de radio de esta ciudad, en la tablilla de este juzgado, como lo dispone el art. 167 y 168 del Código Procesal Civil por tres días hábiles. Una rúbrica del Juez y de la Secretaria Judicial.San Miguel, 02 de Agosto del 2018 Ana Mardely Pacheco Aguilar JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL SAN MIGUEL TRIOLET VILLOSLADA TERRONES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO UNIPERSONAL SAN MIGUEL P.6997430 F.P. 01-02-03 Octubre S/.15.00 EDICTO EXPEDIENTE CIVIL N°00010-2014-00608-JM-CI-01; seguido por José Ayay Infante contra José Félix Ayay Infante y Otros sobre Nulidad de Acto Jurídico y Otro, tramitándose ante este despacho del Juzgado Mixto de San Pablo, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y SEIS: San Pablo, dieciocho de setiembre del dos mil dieciocho, se RESUELVE: ELABORAR nuevo edicto con la finalidad de dar cumplimiento al emplazamiento de las demandadas: Sucesión Intestada de Luis Capelli Ayesta y Sucesión Intestada de Rosario Castañeda De Capelli, sobre Nulidad de Acto Jurídico y Otros; conforme se ordenó en la resolución N°02 de fecha 03 de julio de 2014; en el cual se admite a trámite la demanda en la vía de proceso de conocimiento: a) Pretensiones principales: a.1) La Nulidad del Título de Propiedad N°779 inscrito en el Tomo 129, folios 64, del Registro de Propiedad Inmueble de Cajamarca, que obra como antecedente dominial y por el cual el emplazado José Félix Ayay Infante acredita propiedad, del inmueble denominado La Huaylla; Parcela N°399, con una extensión de 38.62 hectáreas, en la ficha N°293 del Registro de Propiedad Inmueble -Predio Rústico de Cajamarca, y a.2) La Nulidad del Título de Propiedad N°15293-80 de fecha 24 de julio de 1980. b) Pretensiones accesorias: b.1.) La Nulidad de la resolución N°70980-AA-RAII de fecha 30 de fecha junio de 1980 expedida por la Dirección General de Reforma Registral Agrario y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura; y b.2) La Nulidad del Asiento Registral de la Ficha N°293, Asiento "C-1" y su rectificatoria del prenombre del propietario, Partida Electrónica N° 11051852 del Registro de Propiedad Inmueble Cajamarca; por las causales contenidas en el artículo 219°incisos 4) y 5) del Código Civil, esto es, por fin ilícito; y simulación absoluta respectivamente; con costos y costas; en consecuencia EMPLÁCESE a la parte demandada Sucesión Intestada de Luis Capelli Ayesta y Sucesión Intestada de Rosario Castañeda De Capelli. Habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario Oficial "La República", por tres días consecutivos, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal.Firmando.- Wilder Alcibíades Luna Chávez JUEZ.-Fdo.- Mendoza Flores, José Luis Secretario San Pablo 24 de setiembre de 2018. DR. WILDER ALCIBIADES LUNA CHAVEZ JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA JORGE LUIS MENDOZA FLORES SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO SAN PABLO P.6994301 F.P. 01-02-03 Octubre S/.16.50 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 33-2018-0-CI, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendin, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por ALEJANDRO RODRÍGUEZ GARCÍA y MARINA VÁSQUEZ ROJAS en contra de la ESMERIA GONZÁLES GONZÁLES y NELSON ANANÍAS ROJAS HUMAN,

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

sobre TITULO SUPLETORIO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN N Ú M E R O : TRES, que RESUELVE: Al escrito de fecha 21/08/18: TÉNGASE por subsanadas las omisiones advertidas mediante resolución número DOS; por consiguiente: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por MARINA VÁSQUEZ ROJAS y ALEJANDRO RODRÍGUEZ GARCÍA, sobre OTORGAMIENTO DE TÍTULO SUPLETORIO del bien inmueble denominado Curopotrero, ubicado en el Nor Oeste del centro poblado de Yagén, del distrito de Cortegana, provincia de Celendin, departamento de Cajamarca, con un área de 11.5189 hectáreas; en la via del proceso ABREVIADO; contra NELSON ANANIAS ROJAS HUMAN y ESMERIA GONZÁLES GONZÁLES; CONFIÉRASE traslado de la demanda, anexos, auto admisorio, resoluciones UNO, DOS y escrito de subsanación, para que en el plazo de DIEZ DÍAS contesten la demanda bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, en caso de incumplimiento; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica; AGRÉGUESE a los autos los anexos presentados; PÓNGASE en CONOCIMIENTO con la demanda, anexos, resoluciones UNO, DOS, escrito de subsanación y la presente resolución, a los COLINDANTES del bien materia del proceso, en los domicilios que ha precisado el demandante; PUBLÍQUESE un extracto del auto admisorio de la presente demanda durante tres dias hábiles consecutivos en el Diario Oficial "El Peruano" y Diario local "La República"; NOTIFÍQUESE p o r RADIODIFUSIÓN a las personas que se consideren con derecho para intervenir en el presente proceso, debiéndose realizar los anuncios TRES VECES AL DÍA POR CINCO DÍAS CONSECUTIVOS de un extracto de la demanda y auto admisorio en la radio local de mayor sintonía; REQUIÉRASE a los demandantes presten las facilidades para la publicación de la radiodifusión; bajo apercibimiento de la demora en que incurra la tramitación del presente proceso será atribuible únicamente a su persona, en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silva Espinoza Idrogo. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CELENDIN P.7000864 F.P. 01-02-03 Octubre S/.18.00

4.

EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL EXP. N° 083-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Nicolasa Ortiz de Chávez sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Manuel Cruz Chávez Aguirre; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día jueves 18 de octubre del año dos mil dieciocho a las 08.15 horas (08.15am), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por

3

concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0114-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Angélica Bustamante Carranza sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don José Eduar Goycochea Silva; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día martes 30 de octubre del año dos mil dieciocho a las 10.30 horas (10.30am), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0115-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Sixta Álvarez Huamán sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Magdalena Álvarez Valdivia; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día martes 30 de octubre del año dos mil dieciocho a las 12.00 horas (12.00pm), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal-, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0132-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Mariole Rojas Salazar sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Wilder

4

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Andrés Muñoz Vásquez; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día lunes 22 de octubre del año dos mil dieciocho a las 16.00 horas (04.00pm), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal-, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0108-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Anita Marleni Acosta Correa sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don José Alamiro Sánchez Chávez; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día jueves 02 de noviembre del año dos mil dieciocho a las 16.00 horas (04.00pm), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima ylo quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal-, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0133-2016.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviadas Gladys Isabeth Chávez Figueroa, María Marleny Chávez Figueroa, Sabina María Figueroa Malaver sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Manuel Rodríguez Zelada; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día martes 23 de octubre del año dos mil dieciocho a las 12.00 horas (12.00pm), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz

Lunes, 01 de Octubre del 2018

Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal-, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0102-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Fiorella Maritza Malea Díaz sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don David Vásquez López; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día martes 23 de octubre del año dos mil dieciocho a las 10.30 horas (10.30am), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó corno querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal-, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia (no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 0050-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Karla Jirnena Marín Zelada sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Luis Armando Calla Malaver; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN TRES, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día jueves 02 de Noviembre del año dos mil dieciocho a las 10.30 horas (10.30am), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado

defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal-, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia (no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubr EDICTO PENAL EXP. N° 00250-2016.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Eva Alaya Vargas sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Willam Chávez Vargas; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día martes 30 de Octubre del año dos mil dieciocho a las 09.00 horas (09.00am), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia (no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 096-2017.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Arminda Mejía Tello sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Wülan Ulises Saldaña Briones; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS7 del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día jueves 25 de octubre del año dos mil dieciocho a las 15.00 horas (03.00pm), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia (no justificada adecuada y oponunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE,DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL EXP. N° 011-2018.- Juzgado Paz Letrado de Celendín.- Agraviada Gladys Vásquez Rubio sobre Faltas derivadas de Violencia, imputables a don Inmer Palma Mego; se ha expedido: LA RESOLUCIÓN DOS, del 11SEPT18. Por el cual, nuevamente FIJA fecha para el acto de JUICIO ORAL, el día jueves 25 de octubre del año dos mil dieciocho a las 16.00 horas (04.00pm), hora exacta, por ante el local del Juzgado de Paz Letrado; donde se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas, adecuándose las reglas ordinarias conforme a la brevedad y simpleza del proceso por Faltas. SE CITA -para la instalación de audiencia-, al imputado por quien se dictó mandato de comparecencia sin restricciones, el mismo que deberá asistir con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de asignarle un defensor adscrito a la Defensoría Pública del Ministerio Justicia; y a la presunta víctima y/o quien se constituyó como querellante particular, informándole que -conforme a lo precisado en el artículo 110 del Código Procesal Penal, en caso de inconcurrencia al acto de audiencia {no justificada adecuada y oportunamente), dará lugar a hacer efectivo el apercibimiento de dar por concluida la investigación, declarándose su fenecimiento y archivándose todo lo actuado. NOTIFÍQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA F.P. 27-28 Septiembre 01 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00149 - 2018 -2 - 0602 - JR - PE -01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: EDUARDO ANDRES LEDESMA VALDERRAMA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha trece de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Eduardo Andrés Ledesma Valderrama disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones leves por violencia familiar, en agravio de Rosa Marciana Alvarez Polo Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00054 - 2017 - 94 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JULIO CELSO RISCO LLAJARUNA

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha 19 de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Julio Celso Risco Llajaruna disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra Familia, en su modalidad de Omisión a la asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales R.T.P.J. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00245 - 2015 - 78 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: MATIAS ABANTO CASTILLO Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha 20 de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Matías Abanto Castillo disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra Familia, en su modalidad de Omisión a la asistencia Familiar, en agravio de la menor Mardely Abanto Arévalo Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00 296 - 2018 -15- 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JESUS ORLANDO VALDIVIA CRUZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha dieciocho de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Jesús Orlando Valdivia Cruz, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio

Lunes, 01 de Octubre del 2018

doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 19° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la familia, en su modalidad de Omisión a la asistencia familiar, en agravio de Angel Armando Valdivia Vera y otra.Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro.0054 - 2018 -71 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JULIO CESAR SARANGO CHIRINOS Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha doce de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Julio César Sarango Chirinos , disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Lady Melani Sevillano Vacón. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00153 - 2017 - 64 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JOSE EULOGIO CRUZ LEONARDO Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha doce de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al José Eulogio Cruz Leonardo, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Seguridad Pública, delitos de peligro común en su modalidad de Conducción de Vehículo

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

en estado de ebriedad, en agravio del Estado- Ministerio de Transportes y comunicaciones.Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00202 - 2018 - 10 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: SANTOS LOPEZ VALERIANO Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha once de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos López Valeriano , disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones leves por violencia familiar, en agravio de Candelaria Anticona Santiago Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 0026 - 2018 - 59 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: SANTOS GILMER GUTIERREZ RODRIGUEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número cinco de fecha seis de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Gilmer Gutiérrez Rodríguez, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Sarita Noemí Gutiérrez Chávez. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL

5

CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 00299 - 2018 - 76 - 0602 - JR - PE-01 SE CITA Y EMPLAZA al acusado: KILMER RODRIGO LOLOY GONZALES Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha tres de Setiembre del dos mil dieciocho, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Kilmer Rodrigo Loloy Gonzáles , disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogado al defensor de Oficio doctor Gustavo Portal Vergara.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Luz Yarita Loloy Flores. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 28 Septiembre 01-02 Octubre EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N° 0323-2014-990605-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC - BAMBAMARCA JUEZ: Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: MARCIA DENYS ALVAREZ FIGUEROA Se cita, y emplaza a MISAEL GOICOCHEA TANTALEAN, para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Jhimy Alexander Goicochea Huañambal y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi N°910- cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca. Bambamarca, 25 de setiembre de 2018. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA MARCIA DENYS ALVAREZ FIGUEROA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO NCPP CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Octubre

6

6

1 de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTELunes, 01 de Octubre LUnes,del 2018

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

LUnes, 1 deLunes, Lunes, Lagosto Unes,01 1del de2016 agosto Octubredel del2016 2018

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

7

7 7



 Jr.ComercioN°680ͲTeléfono584400ͲAnexo24002



 Jr.ComercioN°680ͲTeléfono584400ͲAnexo24002

8



 Haciendopresentequeprogresivamenteserealizaráeltrasladodelosdemás órganosjurisdiccionales,conformedescripciónantesdetallada.  Porloantesexpuestoselespidetomarlasprevisionesdelcaso,agradeciendo anticipadamente su comprensión por los inconvenientes que se pudieran causar.  Atentamente,   GerenciadeAdministraciónDistrital CorteSuperiordeJusticiadeCajamarca 

Tercer Juzgado de Paz Letrado ubicado Al 9no piso lado derecho y 2do Juzgado de en el 5to piso de la Sede Qhapac Ñan Paz Letrado al lado izquierdo (mientras dure los trabajos de acondicionamiento en la Sede Qhapac Ñan)

Sexto Juzgado de Paz Letrado de Familia Al 4to piso de la Sede Judicial de Cumbe ubicado en el 5to piso de la Sede Qhapac Mayo Ñan

Tercer Juzgado Civil ubicado en la Sede Al 4to piso de la Sede Judicial de Zafiros Cumbe Mayo

1 de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTELunes, 01 de Octubre LUnes,del 2018

Por lo expuesto a partir del día lunes 01 de octubre del presente año, se estaránreubicandoalossiguientesórganosjurisdiccionales:

UBICACIÓN DEPENDENCIAS Sede Judicial Qhapac Ñan ubicada en la Av. La ͲDependenciasdelNuevoCódigoProcesal CantutaN°1224 Penal ͲOficinaDesconcentradadeControldela MagistraturaͲODECMA ͲMódulodeAtenciónJudicial(CDG,REDIJU, OOJGU,RCB,CentraldeNotificaciones) Sede Judicial de Bugambilias ubicada en el Jr. - Dependencias de la Nueva Ley Procesal de BuganbiliasN°169 Trabajo  - SalaCivil Sede Judicial Zafiros ubicada en el Pasaje Los - ÁreaCivil(JuzgadosEspecializadosCivilesyde PazLetradoenmateriaCivil) Zafiros N°935Ͳ397 Esq. Jr. Clodomiro Cerna N°205Ͳ207 Sede Cumbe Mayo ubicada en el Jr. Cumbe - Área Familia (Juzgados Especializados de Mayo329 FamiliayPazLetradoenmateriaFamilia) - Coordinación de Servicios Judicial y Equipo Multidisciplinario Sede Judicial ubicada en la Av, La Cantuta - JuzgadosdeFlagrancia N°1240 - JuzgadoContenciosoAdministrativo SedeComercioubicadaenelJr.ComercioN°680 - AreaAdministrativa(Presidencia,Gerenciade  Administración Distrital y Coordinaciones, ONAJUP,Requisitorias,PolicíaJudicial

Se pone de conocimiento de los señores Abogados y Público en general, que estandoalapolíticadegestióninstauradaporlaPresidenciadenuestraCorte SuperiordeJusticiayalaadecuadaubicacióndedependenciasaniveldetodas las Sedes Judiciales; con el fin de optimizar el servicio que brindamos, se ha dispuesto ordenar la ubicación de dependencias jurisdiccionales y administrativas,siendocomosigue:

COMUNICADO Reubicado a partir del 01.10.2018

ȱ

Dependencia

GerenciaȱdeȱAdministraciónȱDistritalȱȱ

ȱ



CorteȱSuperiorȱdeȱJusticiaȱdeȱCajamarcaȱ

GerenciaȱdeȱAdministraciónȱDistritalȱȱ



CorteȱSuperiorȱdeȱJusticiaȱdeȱCajamarcaȱ



8 PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV