Cambio de Revestimientos Cóncavas de Chancador Primario

recepción con acuse de recibo de la misma; (ii) en caso de ser enviadas por facsímil o por correo electrónico, al momento de su recepción, con acuse de recibo ...
53KB Größe 3 Downloads 84 vistas
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

……………………………………….., RUT N° …………………….., actuando en nombre y representación de la empresa………………………... identificado como aparece al pie de la firma, quien para los efectos del presente acuerdo se denominará EL CLIENTE; y …………………………., RUT N° ………………, actuando en nombre y representación de Regulación y Gestión Limitada, en adelante e indistintamente INNMOMENTUM, identificado como aparece al pie de la firma, quien para los efectos del presente acuerdo se denominará, EL ASESOR, acordamos suscribir el presente acuerdo de confidencialidad con base en las siguientes clausulas: PRIMERA, OBJETO: Establecer las condiciones para el manejo de la información confidencial que se entregue por parte del CLIENTE al ASESOR. SEGUNDA, IDENTIFICACION DE LA INFORMACION: La información vinculada en los términos del presente acuerdo, será aquella que se entregue en documentos físicos, medios electrónicos, debidamente relacionada y referenciada como parte del tipo de información confidencial cobijada por el presente acuerdo, mediante relación escrita por parte del CLIENTE. TERCERA, USO DE LA INFORMACION: La información que se refiera al CLIENTE en los términos anteriormente mencionados, solo podrá utilizarse por el ASESOR para su análisis, con objetivo de la búsqueda, evaluación, preselección y selección de soluciones tecnológicas propuestas para la industria minera en el marco del “Programa de Proveedores de Clase Mundial”, en las condiciones que, eventualmente, se puedan establecer en una diligencia debida próxima. Queda expresamente prohibido el uso diferente de la información, así como su divulgación a terceros que no hagan parte del grupo de trabajo por el cual responde el ASESOR. CUARTA, OBLIGACIONES DEL ASESOR: En tanto que es el ASESOR quien recibe la información y dispone su utilización, este deberá comprometerse a: 1. Solo podrá manejar y revelar la información contenida en los documentos entregados, para definir los términos de una eventual negociación o acuerdo. 2. Deberá tomar todas las medidas necesarias y conducentes para prevenir que el grupo de trabajo con el cual se analice la información no revele indebidamente, en todo o en parte, la información recepcionada. 3. Queda expresamente prohibida la posibilidad de revelar información a terceros, salvo por una obligación legal, o por orden de una autoridad competente, en los términos que lo exige la ley o que el cliente autorice por escrito. 4. No podrá revelar nombres, direcciones, montos, cifras o porcentajes vinculados con la información entregada, objeto de estudio. QUINTA, OBLIGACIONES DEL CLIENTE: El CLIENTE deberá: 1. Entregar toda la información que reciba, en las condiciones y términos que solicite el ASESOR para su estudio y análisis. 2. Asistir al ASESOR, en las aclaraciones o dudas que requiera sobre la información relacionada. 3. Entregar la información por escrito, o medio electrónico, referenciada y enumerada, con indicación expresa de lo que trata, y aclarando que la información entregada esta cobijada por el presente acuerdo de confidencialidad.

SEXTA, ACUERDOS: Las partes acuerdan que toda la información que se cruce mutuamente es de carácter confidencial y deberá mantenerse en secreto y no deberá, sin el previo consentimiento escrito de la otra parte, usar para sí mismo u otros, reproducir, o revelar a terceros la información confidencial, conocimiento, o datos, ya sea de naturaleza técnica, financiera, comercial, de negocios o de otro tipo. Las partes deberán mantener dicha Información Confidencial en secreto, y tomar precauciones razonables para prevenir cualquier uso no autorizado o divulgación de esa Información Confidencial. Dicha información se usará exclusivamente para los fines previstos en este acuerdo. Si la información está en medios escritos, medios magnéticos, fotografías o videos, las partes se obligan a devolverla a la otra parte sin copiarlos o reproducirlos, una vez haya terminado el contrato. SEPTIMA, NOTIFICACIONES: Las notificaciones, y otras comunicaciones que deban ser cursadas en virtud de o con relación a este Contrato se realizarán por escrito y se considerarán recibidas (i) en caso de ser entregadas en mano, al momento de su recepción con acuse de recibo de la misma; (ii) en caso de ser enviadas por facsímil o por correo electrónico, al momento de su recepción, con acuse de recibo (sin embargo, si la fecha de envío fuera un día inhábil en el país del receptor, se considerarán recibidas al inicio de los negocios del día hábil siguiente; (iii) o en caso de haber sido enviadas mediante correo con entrega al día siguiente o transporte expreso, al momento de su recepción con acuse de recibo, y serán enviadas a las Partes a los siguientes domicilios (o a otros domicilios debidamente notificados por las Partes): En constancia de lo anterior el presente acuerdo se suscribe en la ciudad de…………, el día........ del mes de ……. del año 2014, entre las siguientes partes:

Nombre RUT: Cargo INNMOMENTUM

Nombre RUT: Cargo Empresa