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MINISTERIO DE SALUD

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2:ma~ .J.?!. de.. ~· · · · · · .del. ..?.~(~Visto, el Expediente W 14-054998-001 , que contiene la solicitud del Carlos AYESTAS PORTUGAL y el Informe N° 380-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 28 de mayo de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina Genera! de Gestión de Recursos Humanos, sobre devolución de descuento por inasistencia injustificada; y, CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y su Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa , aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, establecen que las inasistencias justificadas por motivos particulares y las inasistencias injustificadas, están sujetas al descuento equivalente al valor íntegro de la remuneración total correspondiente al tiempo no laborado, en el mes que se produce la falta; Que, mediante Resolución Directora! W 444-2014-0GGRH/SA, se autorizó el descuento de haberes por inasistencias y tardanzas, a los trabajadores de la Sede Central del Ministerio de Salud, ocurridas del 1 al 30 de abril de 2014, en la cual se observa que, se ha descontado un (1) día por inasistencia injustificada a don Carlos AYESTAS PORTUGAL, de la Dirección de Gestión Sanitaria; Que, mediante Memorándum N° 1753-2015-DGSP/MINSA, de fecha 27 de mayo de 2014, el Director General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, informa que el servidor nombrado Carlos AYESTAS PORTUGAL, ha participado el día 1 de abril de 2014, en la Reunión Técnica sobre Asistencia Técnica a las DIRESAS con enfoque territorial, realizada en el Miraflores Colon Hotel , de 8:00 a.m. hasta las 17:00 horas, indicando que el servidor dejó su papeleta de autorización de salida en el Área de Control de Asistencia , pero por la premura de tiempo no recogió su cargo; por lo que solicita se realice la devolución del descuento efectuado, adjuntando para tal efecto la impresión del correo electrónico por el cual el Director Ejecutivo Adjunto 1 de la Dirección General a su cargo convoca la participación del mencionado profesional; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 380 -2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 28 de mayo de 2015, señala que es factible la emisión del acto resolutivo que autorice se efectué la devolución del monto descontado a don Carlos AYEST AS PORTUGAL, teniendo en

cuenta la justificación expuesta en el Memorándum N° 1753-2015-DGSP/MINSA, que el día 1 de abril de 2014, laboró normalmente; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de atender la solicitud formulada por el servidor Carlos A YEST AS PORTUGAL; Con la visación de la Jefa (e) de Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley No 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 005-090-PCM; y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR, a favor del señor Carlos AYESTAS PORTUGAL, identificado con Documento Nacional de Identidad W 40893194, Especialista en Salud Publica 1, Nivel 1, de la Dirección de Gestión Sanitaria de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, la devolución del descuento de haberes po r inasistencia injustificada, efectuado en la Planilla Única de Pagos del mes de mayo de 2014, por la suma de Ciento cuarenta y siete y 35/100 Nuevos Soles (S/.147.35), correspondiendo el 15% al CAFAEMSA (S/. 22.1O) y el 85% al Sub - Comité de Fondo de Asistencia y Estimulo (S/. 125.25) , por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al: Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, CAFAEMSA y Sub CAFAE, para su conocimiento y demás fines. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución Directora! a don Carlos AYESTAS PORTUGAL.