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4 sept. 2018 - Visto, el Expediente W 15-031216-001 y el Informe N° 562-2015-EIE-. OARH/MINSA de fecha 30 de julio de 2015, del Equipo de Ingreso y ...
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MINISTERIO DE SALUD



Visto , el Expediente W 15-031216-001 y el Informe N° 562-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 30 de julio de 2015 , del Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. sobre la solicitud de Licencia por el Fallecimiento de su señor Padre , formulada por doña Juana Graciela GUTIERREZ VIGO ; CONSIDERANDO: 0

Que, el inciso e) del Artículo 24 del Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público ; el Artículo 112 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa , aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , y la Re solución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, y, el Manual Normativo de Personal sobre Licencias y Permisos emitido por el ex Instituto Nacional de Administración Pública , establecen el derecho, requisitos y condiciones para el otorgamiento de la Licencia por Fallecimiento del Cónyuge , Padres , Hijos o Hermanos; 0

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