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1 jun. 2018 - ... en la pagina web inst¡tuc¡onal de la Fueza Aérea Colomb¡ana. ./) .... de la Fueza Aérea Colombiana, MANCHOLA ROCHA JUAN DIEGO con.
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FUERZA AEREA COLOMBIANA

SUBDIRECCION DE PRESTACIONES SOCIALES AVISO NúMERO O1O/2018 ARTIGULO lo: EI Comando de Personal de la Fueza Aérea Colombiana - Jefatura de Relaciones Laborales - Dirección de Nómina y Prestaciones Soc¡ales, a los (14) días del mes de Septiembre del año (2018), realiza y publica el presente AVISO, para surtir el trámite de notmcación por aviso de los siguientes actos admin¡strat¡vos relacionados a continuación, en los térm¡nos del aftículo 69 Codigo de Proced¡m¡ento Administrat¡vo y lo Contencioso Administrativo así: ACIO ADIfiflISTRAfWO

PERgNA A T{O|TFICAR GRADO

APELL¡DOS Y f{OMBRES

n¡soruc¡ór

FECHA

00369

A

O|IFICAR

No Exp.

OBSERVACIONES

31{5-18

s0022u18

No se presentó para notmcáción personal

00508

05-07-18

500215/18

No se presentó para noiiñcac¡ón personal

AIA

SL

SANCHEZ TORRES RONALDO

SL

I',IANCHOLA ROCHA JUAN

SL

JOVEN BERMEO BRAYAN ESTryEN

00543

05-07-18

500374118

No se presenló para notificác¡ón pefsonal

SL

CORREA GAROA JUAN JOSE

00552

16-08-18

5@23L/17

No se presentó para notificac¡ón personal

SL

RAMIREZ QUINTERO DIEGO FERNANDO

00569

16-08-18

500381/18

No se presentó para notificación personal

TO

MANCHOLA QUINO YOLANDA

00579

17{8-18

s00132/18

No se presentó para notificac¡ón personal

TS

SANCHEz cAÑoN JORGE ALDGNDER

00590

21-08-18

500358/18

No se presentó para notificación personal

DIE@

ARTICULO 20: Contra cada uno de los citados actos procede el recurso de reposíción, el cual debeé ¡nterponerse por escrito dentro de los diez (10) días s¡gu¡entes a que se surta la not¡ficación por aviso, el recurso debe estar deb¡damente sustentado con expresión concreta de los motivos de inconformidad, relacionando las pruebas que se pretenden hacer valer, de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 y 77 del 6¡90 Proced¡miento Administrat¡vo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO 30: El recurso de reposición se presentará ante el Comandante del Comando de Personal de la Fueza Aérea Colombiana - lefe de Relaciones Laborales - D¡recc¡ón de Nómina y Prestaciones Sociales, por ser el funcionario que expidió cada uno de los anter¡ores actos admin¡strativos, ARTICULO 40: La presente not¡ficación por aviso se considera surtida al finalizar el día s¡guiente del (5) quinto día de la publicación en la pagina web inst¡tuc¡onal de la Fueza Aérea Colomb¡ana.

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ren ¡ente

co(¡rercrGíb/h

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E L SuMirector de Prestac¡ones Sociales

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Dr NA

Revisr: ST.

BE

siendo las 16:30 horas y dando CONSTANCIA DE DESFIJACION AVISO: A los cumplimiento a lo establec¡do en el articulo 69 del Codigo de Procedimiento Administrat¡vo y de lo Contencioso Adm¡nistrat¡vo, se desfúa el presente AVISO el cual se encontraba fijado por el termino de cinco días, a fin que se surtiera la respectiva not¡f¡cación,

Ten¡ente Coronel CARLOS ANDRES ANGEL MEDINA Subdirector de Prestaciones Sociales

Elaboro: TS22.TATIANA PII,ITO R.

Reviso: ST. 8E

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REPUBLICA DE COLOMBIA

FUIIZA AEREA COLOMBIANA f,¡ oduo¡ ¡¡e y pREsTActoNES soctaLEs

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0

569

FECHA 1

Porel cual se declara que no hay lugaral reconoc¡miento y pago de INDEMNIZAC|óN pOR DISMINUC|óN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con tundamento en el expediente No. 500221/ de 41ql. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En eierc¡c¡o de las facultades que le conf¡ere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueaa Aérea Colombiana, SANCHEZ TORRES RONALDO con documento de identidad No. 1.105.691 .624, le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 012120'17 CACOM 4 del 28 de junio de 2017, que no le determinó dism¡nución de Ia capac¡dad psicofísica y laboral. Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989, 2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemnización cuando no se presenta dism¡nución de la capac¡dad ps¡cofís¡ca y de trabajo.

RESU ELVE:

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ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconocimbntro y pago de sum4*una por concepto de ¡ndemn¡zac¡ón, a favor del señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fue4a Aéreb Colomb¡anh§nruCHez TORRES RONALDO con

documento de ¡dentidad No. 1.105.691 .624, según fu4xprfsto ert la

É*te considerativa del presente

acto

admin¡strativo. la presente procede el recurso de reposición del cual podrá hacerse uso, en la dil¡gencia de personal notif¡cac¡ón o dentro de los (10) días háb¡les s¡guientes a ella, o a la desfúación del edicto por escrito y sustentado, con expresión concreta de los motivos de ¡nconformidad, relac¡onando las pruebas que se deb¡damente pretende hacer valer.

ARTICULO

20. Contra

igu¡entes, agréguese cop¡a de la presente resoluciÓn a la hoja de vida

ART|CULO 30. Para los correspondiente. NorFiouEsE

Y Dada en Bogotá,

cúMPL(SE

CR. EDGAR RICARDO MONTENEGRO ROMO Jefe de Relaciones Laborales

MG. JORGE

rY\ CR CLE Directora Eraboro.

FAc-RHDrpREnafn.

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LEoN - 15/M/20r8 e 08 30

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REPUBLICA DE COLOMBIA

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FUERZA AÉREA COLOIBIANA DE NoutNA y pREsTActoNEs soctALEs

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Por el cual

FE.HA

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t'l§cra\¡\ noiay fugar al reconoc¡miento y pago de tNDEMNtzActóN poR DtSMtNUctóN \ '\ CAPA§OAD LABORAL, con fundamento en et expediente N o. SOO2151 de gBt. . EL CoMANDANTE DEL coMANDo DE PERSoNAL

DE

tA

14

En e.iercicio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO: Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana, MANCHOLA ROCHA JUAN DIEGO con documento de ¡dentidad No. 1.110-590-129, le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 008/2017 CACOM 4 del 19 de abtil de 2017, que no le determinó disminución de la capac¡dad ps¡cofisica y laboral. Que de conformidad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de I gAp\ZZZa de 1968 y Decreto 1796 de 2ooo, no hay lugar al pago de ¡ndemn¡zac¡ón cuando no se presenta disminuc'ón psicofís¡ca y de trabajo.

-

ARTICULO

'lo.

't, §§

"rna"iord

Declarar que nc

aravorderseñorex-soLDAD"'#¿l,'ffi1iffi"#*'l*-r*;,:xl".,l',isi.,BL?ffiti:iffi'#Ee"*

documento de identidad No. 1.1'10.590.129, según lo expuesto en la parte cons¡derativa del presente acto adm¡n¡strat¡vo.

ARTíCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la diligencia de notificación personal o dentro de los (10) días hábiles siguientes a ella, o a Ia desfúación del edicto por escrito y debidamente sustentado, con expresión concreta de los mot¡vos de ¡nconformidad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer.

ARTícuLo 30. Para los



íegátes suosiguientes, agréguese cop¡a de la presente resolución a la hoja de vida

correspond¡ente. Dada en Bogotá,

CR. EDGAR Personal

Jefe de Relaciones Laborales

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TC.

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CARLOS ANDRES ANGEL

Subdirector de

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MEDIM

Sociales

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orneccrór oe NoMTNA y pRESTAcroNEs soclALEs

^ \ \,Jc¡ótt¡o. declara

Por el cual se

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FE.HA

0 5 j'ul-. ZüiB

que no hay lugar al reconocimiento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA CAPAC|DAD LABORAL, con tundamento en el expediente No. §QQ!!p de

p!$.

EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En e¡ercicio de las facultedes que le conf¡ere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y GONSIDERANDO:

Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana JOVEN BERMEO BRAYAN ESTIVEN con documento de identidad No. 1.075.544.902, le tue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 001-17-CACOM4 del 28 de febrero de 2017, que no le determ¡nó disminución de la capacidad ps¡coffsica y laboral. Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989, 2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de ¡ndemn¡zac¡ón cuando no se presenta disminuc¡ón de la capacidad ps¡cofís¡ca y de trabajo.

RESU ELVE:

dilrn" efues\en9

rfgrna por concepto de indemnización, ARTICULO 10. Declarar que no hay lugaral reconoc¡m¡ento y p"go la Fueza Aérea REGULÁR de favor ex-SOLDADO a det QoloriibianliDvEN BERMEO BRAYAN ESTIVEN con parte considerativa del presente acto identidad No. 1.07s544.e02, sesún to

::ililH:ir::

ARTICULO 20. Contra te presente procede el r.""rr§*f ,"\o.¡"¡on del cual podrá hacerse uso, en la diligenc¡a de not¡ficación personal o deñtro de los (10) dlas ttb¡bysiguientes a ella, o a la desfijación del edicto por escrito y debidamenté sustentado, con expres¡ón concréJde los mot¡vos de inconformidad, relacionando las pruebes que se pretende hacer valer. ARTÍCULO 30. Para los fines legales subsiguientes, agréguese copia de la presente resoluc¡Ón a la hoja de vida correspondiente. NoTlFleuESE Y cúMPt^sE Dada en Bogotá,

NEGRO ROMO

CR. EDGAR RICAE

MG, JORGE LEON

Jefe de RelacÍones Laborales

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s.rM¡re*ye Ft

Direciora de Nom¡na y Prestaciones§ociales

staciones Sociales

I Eraboro: FAC-RHoIPRE*aaSO*.

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LEON - 2,to5r2ol8 7:5g:38

t. TS13 CAiOtrM

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REPUBLICA DE COLOMBIA

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FUERZA AEREA COLOMBIANA DIRECCIóN DE NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES

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No. ,-.

FECHA16AG(}'201I

que no hay lugar al reconoc¡m¡ento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No. de zwl.

Por el c

gqE/

EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana CORREA GARCIA JUAN JOSE con documento de ¡dent¡dad No. '1.038.416.570, le fue practicada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 0049-16-CACOM 5 ps¡cofísica y laboral. del 3'l de julio de 2016, que no le determ¡nó disminuc¡ón Que de conformidad con lo dispuesto en et Decreto lugar al pago de ¡ndemn¡zación cuando no

(q{anacidad N\094\ü989, 2728

de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay

de la capacidad psicofísica * ,r(§, \nutión (\ il(su ELVE:

y de trabajo.

ARTTCULO 10. Dectarar que no n"y t,rgar:Ñe¿\o"),,"n,o , pago de suma alguna por concepto de indemnizaciÓn, a favor det eX-SOLDADO REGULAR he la FuetaAérea Colombiana CORREA GARCIA JUAN JOSE con documento de ¡dent¡dad No- 1.038.416.570, según lo exRuesto en la parte considerat¡va del presente acto administrat¡vo. recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la d¡ligencia de 20. Contra la presente not¡f¡cac¡ón personal o dentro de los (10) dfas háb¡les siguientes a ella, o a la desfijación del edicto por escrito y deb¡damente sustentado, con expresión concreta de los mot¡vos de ¡nconformidad, relac¡onando las pruebas que se pretende hacer valer.

,ro""X,

ARTICULO

ubs¡guientes, agréguese copia de la presente resoluc¡ón a la hoja de v¡da

correspondiente. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá,

-m

CR. EDGAR RICARDOTI=ONTENEGRO Jefe de Relac¡ones Laborales

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L-.J-- *.,.- .,',,' ,- y' CR. CLET¡ÉNCA MORA MONTAÑE

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Y D¡reaora dá ¡¡ominá y Prestagiones Soc¡ales

I e,"¡o,0, r^c-nHo¡7ÉNErsoN: rs21.jt:tsor¿ VEGA

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LEON - 01/06/2018 13:48:54

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ROMO

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REPUBLICA DE COLOMBIA

C

FUERZA AEREA COLOMBIANA DIRECCIóN DE NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES

p00569

RESOLUCION No.

FECHA

16

Ac0.?018

Porel cual se declara que no hay lugaral reconocimiento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el exped¡ente No. 500381/ de 2018/. EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL En ejercicio de las facultades que le conf¡ere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y

CONSIDERANDO: Oue el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colomb¡ana RAMIREZ QUINTERO DIEGO FERNANDO con documento de ¡dentidad No. 1,081.418.426, le fue practicada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 022-CACOM 4 del 3'l de mayo de 2016, que no le determinó dism¡nuc¡ón de la capac¡dad psicofísica y laboral. Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de ffi9,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay lugar al pago de indemnización cuando no se presenta dismi(ucñin3e la capac¡dad psicofís¡ca y de trabajo.

REft\ELvE: ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reánbcimiento y pago de suma alguna por concepto de indemnización, a favor de| eX-SOLDADO REGULAR de |éCñuerza Aérea RAMIREZ QUINTERO DIEGO FERNANDO Con doCuMENtO de ¡dent¡dad No. 1.081.418.426, según lo expuesto en la parte cons¡derativa del presente acto adm¡nistrativo.

20. Contra la presente procede el recurso de reposic¡ón del cual podrá hacerse uso, en la diligencia de not¡f¡cac¡ón personal o dentro de los (10) días hábiles s¡gu¡entes a ella, o a la desfúación del ed¡cto por escrito y deb¡damente sustentado, con expresión concreta de los motivos de inconformidad, relacionando las pruebas que se pretende hacer valer. ARTÍCULO

ARTÍCULO

30.

NOTTFÍQUESE Y Dada en

..2

Para los f¡nes lega¡es subsiguientes, agréguese copra de la presente resoluc¡ón a la hoja de v¡da

correspond¡ente.

CÚMPLASE

Bogolá,

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CR, EDGAR Personal

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cR. CLEMENqA MoRA MorfiAñEz

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Direciora de Nqlnina y Prestaciones Sociales

I Etabofó FAC *nr,"*anaa"on. -aA. NELsoN VEGA LEoN - 05/06/2018 8 r759

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