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1 jul. 2011 - '141-2013. vcr;. 28945,. SE RESUELVE: Afículo 10.- Declamr la caducidad de ta autorización concedidá a ta empresa CONSORCTO.
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9,Put oo/ N" 32C¿

L¡ma.

.2OI3.MINCETUR./VMT/DGJCMf

.|5110l|,2013

Vista la Resolución Directoral N" 182$2011-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 01.07.2011, mediante la que s€ aulorizó a la empresa CONSORCIO ITALO PERUAT{O S.A.C. la explotación de rnáquinas lragamonedes en la sala de juegos "CASINO Plsco"; CONSIDERANDO:

Que. mediante Resoluc¡ón Directoral N" 1829-2011-MINCETUR^/MT/DGJCMT, de fecha 07.2011, s€ autodzó a la empresa CONSORCIO ITALO PERUANO S-A.C., la e¡plolación de máquinas

en la sala de iuegos'CASINO PISCO'ubicada en Calle San Francisco Nros 115120

islrito y Provincia de P¡sco y Departamento de lca;

Oue, por Resolución Directoral N' 211-2013-[,IINCETUR/SG/OGA, se d¡spuso la ejecuc¡ón total de ta Póliza de Segu¡os de Garant¡a N' 212300938 em¡tida por Insur S.A y consftu¡da por CONSORCIO ITALO PERUANO S.A.C.; por la suma de s/. 255,500.0000 (Doscie¡tos cincuenta y cinco l\,lil Qu¡nieñtos y 0O/10O Nuevos Soles)i como cons€cuencla del incumplim¡ento de pago de lá mulla ¡mpuesla rnedianle ilesolución D¡rectoral N" 33442012-MINCETUR^/MIDGJCMT, de lecha 20 12 2012; Oue, por Memorándum N' 1358-2013-MINCETURySG/OGA, de fecha 03 09 2013 se comunicá que la e¡ecucidn antes indicada se concreló el d¡a 21.08.2013, con ta 6mis¡ón delcheque de gerencia N' d8805544 delBánco de Crédito a favor delMinisterio de Comercio Exteriory Turismo - MINCETURi Oue. de confomidad con lo eslablecido en el numerel 20.2 del art¡culo 20" de la Ley N" 27153 y

nomas modificatorias, en caso de eiecutarce tolal o parcialmente la garanlía constiluida á favor del Minisler¡o de Comercio Elerior y Túisrno - MINCETUR, el titular de una autorización expresa queda obligado a su rcposición en un plazo que no €xceda de diéz (10) d¡as hábiles contados a pe'tir de la

eje;ución, de no ser repueslá, la autoriiación quedará automáticamente suspendida hasta.que cumplan c;n dicha obl¡gación. Si la garantia no es repuesta en lreinta (30) días, la autorización cáducara autorñálicamentei

Qúe, mediante Oficio

N'

3196-2013'MINCETUR¡r'MÍ/0GJCMT,

de fecha 12092013,

se

comunicó a lá empresa CONSORCIo ITALO PERUANO S A.C , que la aulorización expresa concedida por su sala de jueios'CASINO PISoO' se enconfaba suspendida y asim¡smo so solicló preséntación 'a ;ás brdar al 21.09.2013, cáso conlrario caducár¡a automáticamente la autorización be la garantie

f

Oue, por otro lado, por Olicios Ckculares Nros 028y 037_2013-|\¡INCETUR/VMT/DGJCMT de oa oa.jOl s y zs.og.zOl g, se requ¡rió la presentactón de la cileda garant¡á asimisdo ñed¡ante 'ón"io Ñ; ssr izor:-ult¡cetun¡¡vrtoo.jc¡,1r,^de, fechá. 1410.201? ?"_:: y nomas ^:l 27153 "Tl;"""iTl"ll"_11 ádminislrado lo establecrdo en el numeral 20.2 del ád¡culo 20' de la Ley N' modifcátonas i

::

Oue, han tránscunido más de dos (02) meses sin que la empÉsa CONSORCIO ITALO

PERUANO S.A.C. cumpla con reponer la garantia anles refeidai

Ii

Que, en consecueñcia, la aulorizáción conced¡da por Resolución Djrectoral No 1g2S2Ol1-

IVINCETUR^"/|\¡TI0GJC|\4T, de fecha 01.07.2011, a ta empresá CONSORCTO ITALO PERUANO S.A.C. por la sala de juegos "CASINO PISCO' ubicádá en Calle San Francisco Nros. 115120, Djsfilo y prov¡nc¡a de P¡sco y Departamento de lca; ha caducado automálicamenle. de acuedo a la nomativjdad antes indicadal

Oue, por lales consideráciones, a partir del día s¡guiente de la fecha de nolificación del presente acto admin¡slrátivo, la empresa CONSORCIO ITALO PERUANO S.A.C. no se encuentÉ aulorizada a explolar máqu¡nas tregamonedas en el esteblecimiento ubicado eñ esquiná Cálte San Francisco Nros. 115-120, oistrito y Provincia de P¡sco y Departamento de lc€;

Qúe, medaante Expedientes Nros O213Ag y 76432, de fechas 16.07.2013 y 24.10.2013, y comunicac¡ones electónicas de f€chas 24.05.2013, 17.06.2013 y 18.07.2013, registradás con Códigos Nros 08703'1, 087032 y 087033, la 6mp€sa informó sobre ta suspensión temporal d6 operaciones en ta referida sala de juegos del24.05.2013 al 16.06.2013, del 17.06.2013 et 16.07.2013. det 18.07.2013 al 16.10.2013, def 16.07.2013 et 14.1O.2013 y det 24jO2O13 at 24.01.2014: Oue, la suspens¡ón lemporatanles indicada const¡tuye de acuerdo at literal b) det art¡cuto 51. det Reglamenlo de la Ley N' 27153. aprobado por D€€reto Supremo N. 0O9-2002-MINCETUR, una comunicación previa relacionada con la actividad propia del negocio que no enerva los efeclos de lo dispueslo en el ñumeral20.2 del aniculo 20' de ta Ley N'27153 y normas modificátorias; 28945,

De-conformidad con lo eslablecido en tá Ley ñ'271b3 modificada por Leyes Nros 27796 y 009-2002-MINCETUR, y la Ley N. 27444 'Ley del procedimiento vo General', eslando a lo opinado en el Informe LegalN. '141-2013. vcr;

el Decreto Supremo N' SE RESUELVE:

Afículo 10.- Declamr la caducidad de ta autorización concedidá a ta empresa CONSORCTO ITALO PERUANO S.A.C. mediante Resotucaóñ Directorat No 1829-2011-[¡tNCETUñ,.VMT/DGJCMT, de fechá 01.07.2011 por la sala dejuegos'CAS|NO ptSCO, ubicáda en Calte San Francisco Nros. 11tí20, Distrito y Prov¡ncia de Pisco y Departamenlo de lca; por las razones expueslas en le parte considerativa de la presenle ¡esolución.

A!t¡gg!g.4.- De acuerdo con lo estabtecido en et tferet a) det artícuto 4S.2 de ta Ley N. 27iS3, y normas modilicaloias, le explotacióñ de máquinas tragamonedas no aulo zada por le Direác¡ón General de Ju99)s de Casino y Máquinas Tragamonedas consftuye infracc¡ón adminaslÉiiva sancionabte con una a veinte (20) UtTs, srn perju¡cio de ta apticación de tas med¡das cauletares de comiso 4}¡ltb'equ¡valenle -de máqlinas tragamonedas y clausura de estáblecimienló ál amparo de lo prev¡sto en el arliculo 236" concodádo con elertículo 146" de ta Ley N" 27444, Ley del proce¿imiento Ad;inistrat¡vo General Artlculo 3',- La plesente resolución entrará

en v¡gencia al dia sigui€nte de su nolificación.

Artícufo 4'.- De confonnidad con to eslabtecido en tos ert¡cutos 133, numerat 1331,206 y ZO7 N" 274¡14 'Ley del. pbcedimiento Adminisfativo Geñerat", ta sotic¡tante pue¡e ejercer su 9:,1:"!"I derecho de contradicción medtante los recursos señalados por ley denlro del ptazo de qu¡nce (15) dias hábiles contados a parti det díá ieñte de la de nolilicación de la presente Resolución D¡rectorat.

.

d exr rv:ose

INFORME N' 141-20l3.Ycr

AUGUSTO PAULET DIAZ Direclor deAulorización y Registro - DGJCI!¡T

fiSCTBIDO 15 NOV 2013 JtReccrott oÉ FlSt aL¡¿AcloN OGJCMT MINCEfIJR

Caducjdád de Autorizecióñ Expresa

, o,,t-Íté

14.11.2013

Antecedent€.Mediante Resolución Direcloral No 1829-2011-MINCETUR/VMT/DGJCMT. de lecha 01.072011 se aulorizó a la empresa CONSORCIO ITALO PERUANO S.A-C., la explotaoón de máquiñas tragamonedás en la sala de juegos 'CASINO PISCO' ubicada en Calle San Francisco Nros. 1 1 $1 20 Distrito y Ptovincia de Pisco y oepartamento de lca. Por Resoluc¡ón Dhecloral N'211-2013-MINCETUR/SG/OGA, se dispuso la ejecución tolal d€ la Póliza cle Seguros de Gerádía N" 212300938 eñilida por Insur SA y constituida por CONSORCIO ITALO PERUÁNO S.A.C.| por la suma de S/.255,5000000 (Ooscenlós Cincuenta y Cinco llil QLiinienlos y 00/100 Nuevos Solea); como consecuencia del incumplimiento de pago de la multa impuestia mediante Resolución Diectoral N' 338+2012'MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 20.12.2012

bór

Memorándurn

N'

de fecha 03092013' se comunica que ta el díe 21.08.2013 con la emisión del cheque- de^ gerencia N'

1358-2013-MINCEfUR/SG/oGA,

ejecudón antes indicada se concrelo

0'8805534 delBanco de Crédito a fávor del l\¡inislerio de Comercio Eferior y Turismo - MTNCETUR

Anál¡sls.-

y De confomidad con lo eslablec¡do en el numeral 20 2 del articülo 20' de la Ley N' 27153 normas

en caso de ejecutafse lotat o pafcratmente ta gafant¡a constrtriida a lavof det Mrnisterio de Comercio Exterior y Turismó ¡¡lllcFfUa el titular de una autodzáción ei(presa queda obligedo a su rn pli.o qre no exceda de d¡ez (10) diás hábiles conlados a parli de la ejecucón De no ,.po"¡"iOn

Áo¿l""io¡""

-

quedara aulomiüóamente suspendide hasta que cumplan con d¡cha garantia en treinta (30) dlas' la eutorización caducara autornálicamenle no es repuesta Sita ooiigaáOn.

"" la autori;ecióñ só óuesta,

N' 3196-2013M|NCETUR^/MT/DGJCMT, de fecha

12.09 2013, se comunicó

a la empresa

sala de juegos ió nÁlo ienunlo s.A.c., que la aulorizac¡ón expresa concedida por suga¡antia más de la presenlac¡ón se soliciló y asimismo Éiéió"-"" .a caducaría contaño caso "uspendida efectuada, "nóntt"¡" Ia ejecución ¡e conseiuencia como ál 21.09.2013 ürd;r la autorización conc€dida

;Érr:':'Éitomáticamente 08 2013 Nros 028 v 037-2013-l\4INcETUR¡r'MT/DGJclt¡T, de Jerhas I"smismo, por oficios circuláres-"."""tliri' "08 ce tiiitaoa garanti", ásrmismo por orcn N' 3511-2013t4 10 2or3 se p;uso en conocimento der admrnisrrado lo i¡Ñó-rrúi,ü¡¡rióc¡éni y modrÍcalonas eslablecido en el nuñefal2o.2 del aniculo 20' de la Ley N' 27153 normas

;ifii;;bíá. -;;A;;ü

;J i;"

Siendo,as¡seadviertequehanlranscuridomásdedos(02)mesessinque|aempresacoNsoRc|o ITALo PERUANO S.A.c. cumpla con reponer la garantla ántes referida

En

la

aulorizac¡ón conc€drdá

por

Resolucón Orrecloral

ilo

.182s"2011PERUANo s'A c ' iiÑcelüñ¡¡lr,iirób¡cllr, ie fecha 01 07.2011, a b ;mpresa coNsoRcro1 rrAt-o 5- l 20 Disrto v Provrnc¡a ioi lá i"¡" i" rr.go" ClSlNo Plsco" ubrcada en Calb S;n FranciscodeNros acuerdo a ra nomalividad anres

consecuenc¡a,

1

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tca ü

cáiuca¿o autom¿licamente

a partk de día sigu¡enle de la lecha do noliñcaciÓn del presente actoa no se encuenrra autorizeda li;',niiiárli,,-i"-","péi" cbNsoncro lrAio PERUANo sAc, calle san Francisco Nros en esquina ubicado eslablecimiento !"oüü raq,]iná.1*ir.onedas en el Por tales consideraciones,

115-120. Diskilo v Provrncia de Prsco y Departamento de lca

y oue, si baen rnediante Expedientes Nros 021389 y 7:g'32 -de fechas^16 07_2013 J -24102013' con códigos registradás y 18.07.2013, de fechas 24.05.2013, 17.06.2013 -.l"¡*ao""" de operacrones en la "l"ar¿"icas Ñio" óeid¡i, 08io:z v os7o33. la empresa infoÍn¿ sobre la susp€nsrón lemporal

referida safa de juegos del 24.05.2013 al 16.06.2013, del 17.06.2013 al 16.07.2013, del 18.07.2013 al 16.10.2013, del 16.07.2013 al 14.10.2013 y del 24j02013 al 24.01.20141 cabe señalar que las suspensiones temporales antes ind¡cadao conÉtituyen de acuerdo al lileral b) del artlculo 51" del Reglamento de la Ley N" 27153, aprobado por Decrelo Sup€mo N' 009-2002-|!IINCETUR, una comunicación previa relacionada con la actividad propia del negocio que ño enerva los efectos de lo d¡spuesto en el numeral20.2 del ad¡culo 20" de lá Ley N'27153 y noÍñas modificatonas. Conclu3¡ones y Recomondaciones

Se

concluye que,

la

aulorizac¡ón concedida

por

Resoluc¡ón Direcloral

N"

1829-2011-

MINCETUR¡r'MT/DGJC[4T, de fecha 01.07.2011, a la empresa CONSORCIO ITALO PERUANO S A C. por la sala dejuegos'CASINO PISCO" ubicada en Calle San Francisco Nros 115-120 Distriloy Provincia de Pisco y Departamento de lcat há caducádo automálicamenle. Es todo cuanto tengo que infomar, salvo mejor parecer.