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DEL ESTADO DE GUANAJUMI\) LX LEGISLATURA SECRETARIA GENERAL

CONGRESO

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DEL FUNCIONARIO

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C. DIPUTADO JOSE GERARDO DE LOS COBOS SILVA PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE.

Los que suscribimos Partido

Revolucionario

diputados

Instituciona I de

integrantes la

de la Fracci6n

Quincuagesimo

Novena

Congreso del Estado, de conformidad con 10 previsto par 105 articulos Constituci6n

Parlamentaria Legislatura

del del

56 fracci6n II de la

Politica para el Estado de Guanajuato y 146 fracci6n II de Ia Ley Organica

del Poder Legislativo, nos permitimos poner a consideraci6n

de la Asamblea Ia presente

Iniciativa de decreto por la que se adicionan dos fracciones y se renumeran las

mismas del articulo 89 de la Ley Organica del Poder Legislativo, atendiendo a la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

EI derecho al acceso a la informaci6n reconocido intemacionalmenteen la Declaraci6nUniversalde 105DerechosHumanosy como garantia individualy colectivade 105ciudadanosde este Estado democratico,dads su relevanciae impacto socia-politico nos invita a lIevartoal marco regulatoriode la Ley Organics del Poder Legislativocomo lema que expresamentese reconozcaen 105asuntos y dicmmenes competenciade la Comisi6nde DerechosHumanostal como 10refiere la citada Ley en su articulo 89. En este sentido, tal y como se establece en el texto de la Ley Organica del Poder Legislativo en el articulo 89 se busca incluir ademas de las ya senaladas el que se de seguimiento alas resoluciones emitidas par ellnstituto de Acceso a Ia Informacion Publica del Estado de Guanajuato, 10 anterior con la finalidad trascendencia Puderl8Ii8I8tIw del E

del tema sea de conocimiento expreso de la Comision, que para 105

. Gu.~U8tD

Plaza deaPaz No77.Zn C8*0.~,

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Tel~~ oonrrlmltx:(473)10200 00 OftcIR8lAdmklistrativas:~

deIa~

de que por la relevancia y

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CP~

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efectos se integraen el Congresodel Estado, relacionadocon 10anteriorse propane que la misma Comisi6nsea la competentede hacer Ia propuestaque de conformidadcon el art. 30 de la Ley de Acceso a la Informaci6nPublica del Estado de Guanajuatoseflala respectoa la designaci6nde uno de log tres Consejerosque integranel consejo General de Acceso a la Informaci6nPublica del Estado de Guanajuato.La redacci6nvigente del articulo 89 de la Ley Organicadel Poder Legislativo, establece:

"ARTicuLO 89.- Correspondea la Comisi6n de Derechos Humanos, el conocimientoy dictamende los siguientesasuntos: 1.- Los relacionados con la promoci6n y la protecciOOde /os Derechos Humanos; 11.-EI seguimientoalas recomendacionesque la Comisi6n Nacional de los DerechosHumanosy la Procuradurfade /os DerechosHumanosdel Estado, formu/enal Congresodel Estado; 111.-

EI nombramiento de /os funcionarios de la Procuraduria de /os Derechos

Humanos del Estado, de acuerdo con las atribuciones legales que correspondan;

IV.- La relaci6n con la Procuradurla de IDS DerechosHumanos del Estado y /os 6I"ganos gubemamentafes y no gubemamentales de la materia; V.- Los que se refreranala protecci6n,desaffollo e integraci6nsocial de las etnias; VI.- Los que se relacionen con el tute/aje y protecci6n de los derechos de los grupos vulnerables;y V".- Otros analogos, que a juicio del Presidente del Congreso, sean materia de tratamiento par esta Comisioo.

Ante la no inclusi6nde maneraexpress del terns mencionado en supralineas. es que se considers justificado seflalar en una de lag fracciones de este articulo sobre el seguimiento de lag resoluciones que emits el Instituto de Acceso a la Informaci6n Publica

del Estadode Guanajuato,asi como la asignaci6ndel Consejerodellnstituto de Accesoa la Informaci6nPublicade este Estado. PDder leIiII8tivo delEs18do . Gu~ Plaza dea PazNo77.ZomCrio.~()o, T~ oormJiaOO": (473)10200(XI OfIcilasAnnisVativas:ra~

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3

Consideraciones Jurldicas. La DeclaracionUniversalde 105Derechosen su articulo 19 seiiala "Todo individuo tiene derecho a la libeltad de opini6n y de expresi6n; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investiaar v recibir infotmaciones v oDiniones. v el de difundirlas. sin limitaci6n de fronteras. Dor cualGuier medio de exDresi6n. A su vez son los articulos 13.1 de la Convenci6n Americana sobre Derechos Humanos y 19.2 del Pacto Intemacional de los Derechos Civiles y Politicos instrumentos que contienen la formulaci6n modems de la libertad y acceso a la informaci6n.

La justificaci6n socia politica de este derecho reconocidocomo garantia fundamentales en efecto que la vida democraticade un pais depende de Ia construcci6nde un espacio publico informado. NuestraConstitucionPolitica Mexicanaen su articulo 6 incluyeeste derechoel cual sera garantizadopar el Estado. Tal disposicionvincula al Poder Legislativoa que participede esta garantia y hacerlo suyo de la siguiente manera: dando seguimiento alas resoluciones que emita este 6rgano descentralizadocomo 10 es el Instituto de la InformacionPublica del Estado de Guanajuatode manera simil a como actualrnente10 refiere en la fracci6n II del articulo 89 de Ia citada Ley, " el seguimiento alas recomendacionesque la Comisi6nNacionalde los derechos Humanosy la Procuraduria de Ios DerechosHumanosdel Estado,formulenal Congresodel Estado". De igual fo""a como se seliala la fracci6n III " el nombramientode los funcionariosde la Procuraduriade los DerechosHumanosdel Estado y los 6rganos gubemamentalesy no gubemamentales de la materia" se propone incluir una fracci6n que indique que la Comisi6n de DerechosHumanosdesignaraal Consejerode confo""idad con el articulo 30 de la Ley de Acceso a la Info""aci6n Publicadel Estadode Guanajuato,ya que par la naturaleza del terns asi como el reconocimientodel acceso de Is info""aci6n publica PDderle9i8I8tiYOdel &-..

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Plaza deQPazNo77.Z~ Crio. ~~, Te~ ~ (473)1020000 Oficinas AdmmistraliYas: ~

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como un derecho humanoes competenciade esta Comisionresolvery dictaminaren este sentido. En menta de 10 expuesto, se so mete a la consideraci6n de la Asamblea, el siguiente:

DECRETO Articulo Unico.- Se adicionandos fraccionesy se renumeranlas fraccionesal articulo 89 de Ia Ley Organica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, para quedar como sigue:

"ARTIcULO 89.- COITespondea la Comisi6n de Derechos Humanos, el conocimientoy dictamende /os siguientesasuntos: 1.- Los relacionados con la promCK:i