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ción ser n° 2/10 en concentración. 741. ~. Buenos Aires,. diPt> ck ~ da..iJ.oJS": Vistos los autos: "Pirelli y CSPA y otros s/ notificación arto 8 ley 25.156 incidente ...
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eSJ 208/2011 (47-p)/eS1 eSJ 209/2011 (47-p)jeS1 eSJ 216/2011 (47-p)/eS1 Pire11i y eSPA y otros s/ notificación art. 8 ley 25.156 incidente de apelación de la Resolución ser n° 2/10 en concentración 741.

~.

Vistos

los autos:

arto 8 ley 25.156

ck ~

diPt>

Buenos Aires,

"Pirelli

incidente

da..iJ.oJS":

y CSPA

y otros

de apelación

s/ notificación

de la Resolución

SCI n°

741".

2/10 en concentración Considerando: Que fundamentos General

el Tribunal

y

de

las

conclusiones

la Nación,

por razones

concuerda

a los

del

que

narios

General,

tima se

se declaran

del Estado

indicado,

Nacional

y el recurso

el recurso

confirma

Telefónica

cabe

remitir

la

admisibles

de hecho

Procuradora

respecto

a la

Y

se

la

fijado

revocó

dej a por

sin

efecto

la Secretaría

la

sanción

Generali

S.p.A.,

aplicada Intesa

68 del Código

Procesal

Civil

al tribunal dicte

Reintégrese

CSJ 209/2011

de origen

consecuencia, aplicada

cuanto

de Comercio a

depósito

Pirelli

C.S.P.A.,

S.p.A.,

Medio-

Con costas

(arts.

-1-

con arreglo

correspondiente

el depósito

Interior

de la Nación).

la queja

a

reduj o el

a fin de que, por medio

(47-P) Y agréguese

Dese por perdido

extraordi-

con el alcance

sanción

en

S.R.L.

un nuevo pronunciamiento el

En

Sanpaolo

y Comercial

Pro-

(47-P); Y se deses-

con

S.A. y Ediziones

cipales.

S.A.,

CSJ .209/2011

Sintonía

hecho

los

lo pertinente

los recursos

y de Telefónica

S.p.A.,

suel to.

la

con

por la señora

sentencia

cuanto

*Assicurazzioni

dictaminado

(47-p).

S. A.,

corresponda,

en

216/2011

y

los autos

de

CSJ

de la multa

banca

dictamen

de hecho

monto en

lo sustancial-

de brevedad.

Por ello, y lo concordemente curadora

-en

al

Vuelvan de quien a lo re-

recurso

de

a los autos prin-

correspondiente

al recurso

de hecho

CSJ 216/2011

(47-P),

Y archívese

la

queja.

Notifíquese

y devuélvase.

Ct>.RLOS S. 'fA.YT ELENA \. HIGr\10N de NOLASCO

/

-2-

eSJ 208/2011 (47-p)/eS1 eSJ 209/2011 (47-p)/eS1 eSJ 21~/2011 (47-p)/eS1 Pirelli y eSPA y otros s/ notificación art. 8 ley 25.156 incidente de apelación de la Resolución ser n° 2/10 en concentración 741.

Recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, representado por los Dres. Mariano Jorge Rojas, Gabriela Maiale, Mariana Guimpel, Liliana Natalí, con el patrocinio de .la Dra. Alejandra Fischer y del Dr. Tomas Barros. Traslado contestado por Pirelli C.S.P.A., representada y con el patrocinio del Dr. Luis Diego Barry; por Telefónica S.A., representada y con el patrocinio del Dr. Francisco E. Rondoletti; por *Assicurazzioni Generali S.p.A., Intesa Sanpaolo S.p.A., Mediobanca S.p.A. y Sintonía S.A., representadas por el Dr. Sebastián M. Serra, y con el patrocini6 de los Dres. Andrés Sanguinetti y Pablo A. Pirovano; y por Ediziones S.R.L., representada y con el patrocinio del Dr. Martín H. del Río. Recurso extraordinario interpuesto por patrocinio del Dr. Rafael M. Lobos. Traslado Guimpel, Verónica Recurso Mariano

Telefónica

representada

y con

el

contestado por el Estado Nacional, representado p,?r la Dra. Marina con el patrocinio de los Dres. Carlos Gustavo Pistarini y Alejandra Fischer. de queja deducido por el Estado Nacional, representado por Jorge Rojas, con el patrocinio de la Dra. Alejandra Fischer.

Recurso de queja deducido por Telefónica nio del Dr. Francisco P. Rondoletti. Tribunal co.

S.A.,

de origen:

Sala A Cámara

Nacional

-3-

S.A.,

representada

de Apelaciones

los Dres.

y con el patroci-

en lo Penal

Económi-