ANEXO XVI. PLANES DE MINIMIZACIÓN Contenido mínimo de los

26 abr. 2012 - Contenido mínimo de los planes de minimización. 1. Datos generales: a. Datos de la empresa: razón y domicilio social, datos de contacto (fax, ...
21KB Größe 1 Downloads 25 vistas
Sevilla, 26 de abril 2012

BOJA núm. 81

ANEXO XVI.

Página núm. 225

PLANES DE MINIMIZACIÓN

Contenido mínimo de los planes de minimización. 1. Datos generales: a. Datos de la empresa: razón y domicilio social, datos de contacto (fax, teléfono, correo electrónico,..), así como los datos del representante legal de la empresa. b. Datos del centro de trabajo generador de residuos: número de centro productor, dirección del centro de trabajo y datos de contacto. 2. Evolución de los residuos generados en los cuatro años anteriores(1), diferenciando los residuos peligrosos de los que no tienen tal consideración. Para cada uno de los residuos generados durante los años anteriores, se cuantificará el ratio de generación definiendo el indicador que se ha tomado en consideración para calcular dicho ratio como, por ejemplo, el número de horas trabajadas al año. 3. Alcance del plan de minimización. Identificación de los residuos que constituirán el objeto del Plan, debidamente identificados por el código LER. 4. Objetivos de minimización. Para cada uno de los residuos incluidos en el alcance, se definirán objetivos de prevención y minimización que tendrán que ser cuantificables y medibles. 5. Actuaciones propuestas para el cumplimiento de los objetivos. En este apartado se incluirán, para cada tipo de residuo y objetivo, las actuaciones a desarrollar para su cumplimiento, el plazo de ejecución, las tecnologías a aplicar y la estimación del coste previsto. 6. Análisis del cumplimiento de los objetivos respecto al anterior plan de minimización presentado(2). Se incluirá en este apartado la justificación del cumplimiento de los objetivos así como una comparativa entre el ratio de producción inicial (primer año de vigencia del anterior Plan) y el ratio de producción actual (último año de vigencia). (1) Excepto cuando se trate del primer plan de minimización, que se analizará la producción de residuos en el primer año de funcionamiento de la instalación. (2) Sólo cuando se trate de segundos planes o sucesivos.