a, .....c% En6Q0 - Minsa

Que, el embarazo en adolescentes es un problema de salud pública en la Subregión. Andina, y que además de poner en riesgo la salud, significa un gran ...
81KB Größe 1 Downloads 0 vistas
MINISTERIO DE SALUD

No Dia-2011-iiN;NSA

L /O 0='UICA DE *,9

a, .....c% En 6 Q0

2019

Visto, el Expediente N° 14-001033-001 que contiene el Oficio N° 001-2014CMPPNPEA del Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado;

O. CfSFEDESM.

Que, el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia PNAIA 2012-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP, establece como una de las Metas Emblemáticas para el desarrollo de la infancia y la adolescencia en el Perú, reducir la tasa de maternidad adolescente en 20%, estableciendo como Objetivo Estratégico N° 3: Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 años de edad, señalando como Resultado Esperado N° 9: "Las y los adolescentes postergan su maternidad y paternidad hasta alcanzar la edad adulta"; Que, el embarazo en adolescentes es un problema de salud pública en la Subregión Andina, y que además de poner en riesgo la salud, significa un gran obstáculo en la posibilidad de construir un proyecto de vida por parte de los y las adolescentes; Que, las y los adolescentes que enfrentan un embarazo no planificado afrontan un número importante de dificultades en la dimensión individual, familiar y social como son: el abandono de sus parejas, la imposibilidad de concluir sus estudios escolares (que limita sus planes de vida y el acceso a oportunidades de desarrollo), el incremento de los riesgos de morbilidad de la adolescente embarazada y del recién nacido, la limitada capacidad de la adolescente madre para cuidar y criar a su niño/a. Asimismo, el inicio temprano de las relaciones sexuales sin protección a su vez coloca a los y las adolescentes en riesgo de adquirir infecciones de transmisión sexual incluyendo el VIH/SIDA; Que, en este contexto, el Gobierno Peruano asumió el compromiso de abordar el problema en la Reunión Ordinaria de Ministras y Ministros de Salud del Área Andina en el mes de marzo de 2007, quienes emitieron la Resolución REMSAA XXVII/437, en la que se resolvió "reconocer las consecuencias del embarazo no planificado en adolescentes como un problema de salud pública dentro de la Subregión y declarar prioritarios los planes para su prevención y atención integral";

Que, los diferentes sectores del Estado bajo la conducción del Ministerio de Salud, en un trabajo concertado y articulado, en concordancia con el marco de las competencias y responsabilidades que les corresponden, y con el propósito de crear las condiciones necesarias que contribuyan a cumplir con los objetivos y metas comprometidas en la Cumbre del Milenio con énfasis en el Objetivo 5 - Mejorar la salud materna — y de esta forma, permitir que los y las adolescentes mejoren sus condiciones de vida y alcancen una mayor equidad en el acceso a la salud y al desarrollo, propusieron el Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, el cual fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-SA, dispositivo legal que constituyó a su vez la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional; Que, de acuerdo a lo previsto en el literal h) del artículo 8° de la norma antes señalada, el Reglamento Interno de la precitada Comisión Multisectorial Permanente deberá ser aprobado por Resolución Ministerial del Sector Salud; Que, en atención a ello, mediante documento de visto, el Presidente de la citada Comisión Multisectorial Permanente ha solicitado la aprobación de su Reglamento Interno; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de garantizar el normal desarrollo de la referida Comisión Multisectorial Permanente; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 012-2013-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. El texto del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica Mtp://www.minsa.gob.pe/portalaransparenciarnormas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese

MIDORI DE HAB CH ROSPIGLIO Ministra de Salud

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU "ANO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO"

REGLAMENTO DE LA COMISION MULTISECTORIAL PERMANENTE ENCARGADA DEL SEGUMIENTO, MONITOREO Y EVALUACION DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN MULTISECTORIAL PARA LA PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES 2013-2021

CAPITULO I OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION Artículo 1°.- Objetivo Establecer las responsabilidades de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial de acuerdo al Decreto Supremo N° 012-2013-SA. Artículo 2°.- Campo de aplicación El presente Reglamento es de alcance nacional y multisectorial e involucra a todos los ministerios e instituciones comprendidos en el Decreto Supremo N° 012-2013-SA.

CAPITULO II DE LA ORGANIZACION Artículo 3°.- Conformación de la Comisión Multisectorial Permanente La Comisión Multisectorial Permanente está conformada por un Presidente (a), un Secretario (a) Técnico (a) y los demás miembros. El Viceministro de Salud actuará como Presidente y la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud actuará como Secretaría Técnica. Son miembros de la Comisión Multisectorial Permanente: • El (la) Viceministro(a) de Salud del Ministerio de Salud quien la presidirá; • El (la) Director (a) de la Dirección General de Salud de las Personas quien asumirá la Secretaría Técnica; • El (la) Secretario (a) General de la Presidencia del Consejo de Ministros; • El (la) Viceministro (a) de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; • El (la) Viceministro (a) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; • El (la) Viceministro (a) de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. • El (la) Viceministro (a) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; • El (la) Viceministro (a) de Orden Interno del Ministerio de Interior; • El (la) Viceministro (a) de Derechos Humanos de Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; • El (la) Viceministro (a) de Turismo; • El (la) Viceministro (a) de Relaciones Exteriores; • El (la) Jefe (a) del Instituto Nacional de Estadistica e Informática.

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU "AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO"

Artículo 4°.- De los representantes alternos Las entidades del Estado involucradas deben designar a dos (2) representantes alternos, preferentemente especializados en temas de embarazo en adolescentes, mediante acto resolutivo del titular de la entidad. Articulo 5 °.- De los miembros supernumerarios Formaran parte de la Comisión Multisectorial Permanente, otras instituciones como la máxima autoridad del Ministerio Público, del Poder Judicial y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en calidad de miembros supernumerarios. Articulo 6 0.- De los invitados Se invitará a participar, en calidad de invitados, a un(a) representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza, un(a) representante de la Defensoría del Pueblo, un(a) representante del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, un(a) representante del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y un(a) representante del Fondo Población de las Naciones Unidas. La Comisión Multisectorial Permanente del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021 podrá solicitar el apoyo de expertos y especialistas en el tema, cuando el caso lo amerite. Artículo 7° .- De la participación de los representes en la Comisión Multisectorial Permanente Los representantes debidamente acreditados por comunicación oficial de sus respectivas entidades, podrán participar de las sesiones de la Comisión Multisectorial Permanente, sean estos miembros de la Comisión Multisectorial Permanente, miembros supernumerarios y los que participan en calidad de invitados. CAPITULO III DE LAS SESIONES Artículo 8°.- Sesiones Ordinarias Las sesiones ordinarias del Comité Multisectorial Permanente se realizarán mensualmente y su asistencia es de carácter obligatoria. El Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente fijará el lugar donde se realizan las sesiones. Artículo 9°.- Sesiones Extraordinarias Las sesiones extraordinarias podrán ser convocadas por el Presidente cuando sea necesario, de acuerdo a las necesidades que requieren los procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación. Las sesiones ordinarias o extraordinarias tendrán carácter resolutivo. CAPITULO IV DE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES Artículo 10°.- Del objeto de la Comisión Multisectorial Permanente La Comisión Multisectorial Permanente se encarga del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, con la finalidad de contribuir al cumplimiento eficaz de sus objetivos y las líneas de acción estratégica.

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU "AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO`

Artículo 11°.- De las funciones de la Comisión Multisectorial Permanente Son funciones de la Comisión Multisectorial Permanente:

a) Apoyar el seguimiento y monitoreo, y acompañar el proceso de evaluación del Plan Multisectorial de Prevención del Embarazo en Adolescentes. b) Aprobar las fichas técnicas de indicadores y recolección de información que permitan efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021. c) Coordinar y articular la implementación de las acciones contenidas en el Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021. d) Elaborar informes anuales de los avances del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021. e) Coordinar con los pliegos respectivos a fin de garantizar la programación y priorización de los recursos necesarios para la ejecución del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021. f) Coordinar con los gobiernos regionales y gobiernos locales, a fin que dentro del marco de sus funciones y competencias, incorporen los objetivos del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, en sus políticas regionales y locales, pudiendo establecer a su vez planes regionales y locales dentro del marco del referido Plan. 9) Proponer la incorporación de organizaciones e instituciones a la Comisión Multisectorial Permanente relacionadas con el tema de prevención del embarazo en adolescentes. h) Coordinar con sus pares regionales para la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021 i) Promover y asistir en la elaboración de los Planes Multisectoriales Regionales para la Prevención del Embarazo en Adolescentes. j)

Elaborar la propuesta del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes para el siguiente periodo.

Artículo 12°.- De las funciones y responsabilidades del Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente Son funciones y responsabilidades del Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente: a) Presidir las sesiones de la Comisión Multisectorial Permanente. b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. c) Establecer la agenda de cada sesión disponiendo su comunicación a los miembros de la Comisión Multisectorial Permanente a través del Secretario Técnico. d) Disponer mediante el/la Secretario/a Técnico, la remisión de la documentación en cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Multisectorial Permanente. e) Informar sobre la situación actual del Embarazo Adolescente a las instancias correspondientes. Artículo 13°.- De las funciones y responsabilidades de los miembros de la Comisión Multisectorial Permanente Son funciones y responsabilidades de los miembros de la Comisión Multisectorial Permanente:

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU "AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO.'

a) Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias o extraordinarias de la Comisión Multisectorial Permanente; en caso de ausencia justificada comunicará a la Secretaría Técnica la participación de otro representante. b) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento. c) Atender con suma diligencia los encargos acordados en cada sesión. d) Asesorar, dar apoyo técnico y acompañar en las intervenciones que realice la Comisión Multisectorial Permanente. Artículo 14°.- De las funciones y responsabilidades de los miembros de la Comisión Multisectorial Permanente Son funciones y responsabilidades del/la Secretario/a Técnico/a de la Comisión Multisectorial Permanente: a) Apoyar al Presidente para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. b) Convocar a los miembros de la Comisión Multisectorial Permanente a las sesiones ordinarias y extraordinarias. c) Evaluar y realizar el seguimiento de las labores encomendadas a la Comisión Multisectorial Permanente. d) Proponer, entre los integrantes de la Comisión Multisectorial Permanente, la conformación de equipos de trabajo que se encarguen del monitoreo, supervisión y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes. e) Proponer la agenda para las reuniones ordinarias o extraordinarias recabando información sobre la situación actual del Embarazo Adolescente. f) Dar lectura al acta anterior y preparar el acta de cada sesión, dejando constancia de los informes, órdenes del día y acuerdos tomados en la sesión. g) En un plazo no mayor a tres (3) días de realizada la sesión ordinaria o extraordinaria, el/la Secretario/a remitirá a las organizaciones e instituciones integrantes de la Comisión Multisectorial Permanente y a los miembros, los acuerdos de la sesión. h) Realizar el seguimiento de la documentación que será remitida a las autoridades de cada sector. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.-

Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento, serán resueltos por la Comisión Multisectorial Permanente.