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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente 14-065623-001 que contiene el Informe N° 046-2014CEPAD/MINSA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 805-2014-DG-HMA, el Director General del Hospital María Auxiliadora remite a la Ministra de Salud, copia de la Resolución Directoral N° 467-2014-DG-HMA de fecha 05 de agosto de 2014 y sus antecedentes, así como la Resolución Directoral N° 275-2014-HMA-DG de fecha 27 de mayo de 2014; Que, con Memorando N° 156-2014-DM/MINSA de fecha 15 de agosto de 2014, la Ministra de Salud remite a la CEPAD la Resolución Directoral N° 467-2014-DGHMA, la Resolución Directoral N° 275-2014-HMA-DG y sus antecedentes, a fin de que en el marco de sus atribuciones y competencia, se sirva efectuar las acciones que estime pertinentes con relación a los indicios de responsabilidad administrativa en los que habría incurrido el Médico Cirujano José Fernando Naveda Valladares en su condición de Director General del Hospital María Auxiliadora respecto al Proceso de Adjudicación Directa Selectiva N° 0015-2013-HMA "Adquisición de Cabina de Seguridad Biológica para Quimioterapia"; Que, de acuerdo con el artículo 166 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario, igual prerrogativa ostenta la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios;

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51- 21,1s11,111 Que, mediante Informe N° 04612014t,CEpAD/MINSA, la CEPAD señala de acuerdo a los antecedentes y a laOnputaciones -señaladas en los considerandos que fundamentan la expedición de la 'Resolución Directoral N° 467-2014-HMA-DG de fecha 05 de agosto de 2014, que el Médidd,prujánó José Naveda Valladares en su condición de Director General dél :Hospital -Mar1:0 Auxiliadora habría autorizado la Resolución Directoral N° 591-201i1VIA'JDO:cefecha 24 de octubre de 2013, que dispone modificar el Plan Anual de ConirkaOidneá del Hospital María Auxiliadora, para incluir el Proceso de Adjudicación Directa N° 0015-2013-HMA "Adquisición de Cabina de Seguridad Biológica para QIIIInigterapia", así también habría aprobado las Bases de dicho proceso medianté•OfiCi6S°765-2013-HMA-DG-OAJ de fecha 06 de noviembre de 2013, cuando el referido proceso no contaba con certificación de disponibilidad presupuestal y él_• haber omitido el deber de supervisión ,respecto al Contrato N° 138-2013-HMA, al ftc?310er observado las ilregularidadél-41--leste proCkso: p Tse tabi,a\ comp.,a +11: ti o 'contar .Cor,) ,:,,ctertiticatsión de, ,c1i4per¡Yibilid a d prestiOueálál; hechoue-landadd--Iligar d'iliiie'rdectiár4ijlelolLictónIbiiecloral. N° 275-2014-HMA-DG de fecha 27 de mayo de 2014, se declare la nulidad del Contrato N° 138-2013-HMA y todos los actos derivados o vinculados a éste;

-Por los hechos 'expuestoslá -CEPAD en uso de sus facultades y mediante el Informe N° 046-2014-CEPAD/MINSA, acordó por unanimidad recomendar instaurar proceso administrativo disciplinario al Médico Cirujano José Naveda Valladares en su condición de Director General del Hospital María Auxiliadora por encontrarse incurso en lo dispuesto en los literales a) y d) del artículo 28 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, presumiéndose que la gravedad de dicha falta pueda dar lugar a la imposición de alguna de las sanciones previstas en los literales c) o d) del artículo 26 del acotado Decreto Legislativo, al haber inobservado los literales a) y b) del artículo 21 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios — CEPAD, mediante Informe N° 046-2014CEPAD/MINSA; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, la Resolución Ministerial N° 198-2005/MINSA, que aprueba el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 021-2014/MINSA que delega en el Secretario General del Ministerio de Salud, la facultad para instaurar procesos administrativos disciplinarios; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario al Médico Cirujano José Naveda Valladares en su condición de Director General del Hospital María Auxiliadora; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Secretarial y estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios en el Informe N° 046-2014-CEPAD/MINSA.

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