MINISTERIO DE SALUD
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Visto, el Expediente W 14-115492-001, que contiene la solicitud de don Prudencia Fabián BAÑICO QUISPE y el Informe N° 264-2015-EIE-OARH/MINSA, de fecha 1 de abril de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón sobre licencia a cuenta del período vacacional2014; y, CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Directora! W 0243-2014-0GGRH/SA, de fecha 2 de abril del 2014, se resuelve aprobar el rol de vacaciones correspondiente al año 2014 de la Administración Central del Ministerio de Salud, incluyendo entre otros a don Prudencio Fabián BAÑICO QUISPE, programada para el mes de setiembre de 2014. Que, el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concede a los servidores públicos, del derecho a gozar anualmente de treinta días de vacaciones remuneradas, salvo acumulación convencional hasta de 02 periodos; así como de hacer uso de permisos y licencias por causas justificadas o motivos personales en la forma que determine el Reglamento; Que, el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, en su artículo 110° dispone que, entre las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores, se encuentran aquellas "a cuenta del periodo vacacional", que se otorgan por matrimonio o por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos; Que, la misma norma en su artículo 118°, establece que las licencias por matrimonio y por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos, serán deducidas del periodo vacacional
inmediato siguiente del funcionario o servidor, sin exceder de treinta (30) días; Que, con Memorandum N° 2747-2014-DIGEMID-DG-EGA/MINSA, de fecha 5 de noviembre del2014, el Director General de la Dirección General de Medicamentos Insumas y Drogas del Ministerio de Salud, corre traslado de la solicitud de licencia a cuenta de vacaciones correspondiente al año 2014, formulada por don Prudencio Fabián BAÑICO QUISPE, por tres (3) días, los días 23, 24 y 28 de octubre del 2014, dado que su hija se encuentra delicada de salud, como lo demuestra el certificado médico adjunto; Que, en relación a lo expresado el Servicio Médico Odontológico de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos,
con Memorándum W 222-2014-SMO-ESST-ODRH-OGGRH/MINSA, de fecha 19 de noviembre del 2014, indica que se ha verificado la documentación presentada por el citado servidor y que cuenta con opinión favorable; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 264-2015-EIE-OARH/MINSA, de fecha 01 de abril de 2015, manifiesta que teniendo en consideración lo señalado en los párrafos precedentes, resulta atendible la solicitud presentada por el servidor, debiendo emitirse el acto resolutivo de licencia a cuenta del periodo vacacional 2014, con eficacia anticipada, formulada por don Prudencia Fabián BAÑICO QUISPE; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto adm inistrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM, la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Directora! W 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- CONCEDER, con eficacia anticipada y con goce de remuneraciones, Licencia a cuenta de su período vacacional 2014, a don Prudencia Fabián BAÑICO QUISPE, Técnico Administrativo 11 , Nivel STB, de la Dirección General de Medicamentos Insumas y Drogas, por tres (3) días, el 23,24 y 28 de octubre del 2014, por encontrarse delicado de salud su hijo. Artículo 2°.- El período que comprende esta licencia, será deducido de sus vacaciones del año 2014. Artícu lo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http :1/www .m insa.qob.pe/portada/transparencia/norm as/asp. Artículo 4°.BAÑICO QUISPE
Notificar la presente Resolución Directora! a don Prudencia Fabián