Zyna, 3D c4 Na o jel 201(1 - Minsa

Zyna, 3D c4. Na o jel 201(1. Visto, el Expediente N° 14-010622-001 que contiene la Nota Informativa N° 024-2014-. UFGDC/MINSA; y,. CONSIDERANDO:.
31KB Größe 1 Downloads 3 vistas
MINISTERIO DE SALUD

w,LICA Dec ,c) FRC

No 1-193 -2014jn

rísm

k

.Zyna, 3D c4

Na o

jel 201(1

Visto, el Expediente N° 14-010622-001 que contiene la Nota Informativa N° 024-2014UFGDC/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, es misión del Ministerio de Salud proteger la dignidad personal, promoviendo la salud, previniendo las enfermedades y garantizando la atención integral de la salud de todos los habitantes del país, así corno, promover y conducir los lineamientos de políticas sanitarias en concertación con todos los sectores públicos y los actores sociales, siendo los trabajadores del Sector Salud agentes de cambio en constante superación para lograr el máximo bienestar de las personas; Que, una de las prioridades del Ministerio de salud es crear mejores condiciones de trabajo, revalorar los recursos humanos con los que cuenta el Sector Salud y propiciar un clima laboral saludable, a fin de que estos eleven su productividad en beneficio de los usuarios de los servicios de salud; Que, de acuerdo a los artículos 40 y siguientes de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, así como los artículos 51 y siguientes de su reglamento aprobado por Decreto Supremo 0402014-PCM, los servidores estatales tienen el derecho a constituir organizaciones sindicales, afiliarse, desafiliarse y ejercer libremente los derechos colectivos que cuentan con protección constitucional; Que, en la actualidad, el Ministerio de Salud cuenta entre sus diferentes sindicatos con la Federación Nacional de Auxiliares, Técnicos en Enfermería y Sanitarios del Perú — FENATEASP, por lo que se hace necesario crear una Mesa de Diálogo donde participen los representantes de dicha organización sindical y representantes del Ministerio, a fin de analizar la problemática laboral de los servidores a los cuales representan y proponer alternativas de solución a dicha problemática; Que, la Ley 27556, Ley que crea el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos — ROSSP, establece que las Juntas Directivas de las organizaciones sindicales de servidores públicos deben inscribirse en dicho registro, con una periodicidad

establecida por sus estatutos. El registro de un sindicato es un acto formal, no constitutivo, y le confiere personería jurídica; en concordancia con lo dispuesto en el articulo 59 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo 040-2014-PCM; Que, tal como se aprecia en la Constancia de Inscripción Automática del Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos — ROSSP, expedida por la Sub Dirección de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el período de vigencia de la Junta Directiva de la Federación Nacional de Auxiliares, Técnicos en Enfermería y Sanitarios del Perú- FENATEASP, inicia el 3 de marzo de 2014 y finaliza 2 de marzo de 2016; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo 023-2005-SA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conforinar a partir de la.fecha la Mesa de Diálogo Permanente con la Federación .Nacional de Auxiliares, Técnicos en Enfermería y Sanitarios del Perú — FENATEASP, que se encargará de analizar la problemática laboral de los servidores auxiliares, técnicos en enfermería y sanitarios del Ministerio de Salud y propondrá alternativas de solución_ Articulo 2°.- La Mesa de Diálogo Permanente estará conformada de la siguiente manera: POR EL MINISTERIO DE SALUD: • • • •

Representante de la Alta Dirección del Ministerio de Salud quien la presidirá. Representante de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos Representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto Representante de la Unidad Funcional de Gestión del Diálogo y la Concertación

POR LA FEDERACIÓN NACIONAL DE AUXILIARES, TÉCNICOS EN ENFERMERÍA Y SANITARIOS DEL PERÚ: •

Tres representantes debidamente designados, que deberán ser acreditados ante el Ministerio de Salud mediante documento oficial.

Articulo 3.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Regístrese y c

MIDORI DE H H ROSPIGLIOSI Ministra de Salud