Z 2 NOV. 2J13 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2 nov. 2017 - -2016-VIVIENDA. Lima,. Z 2 NOV. 2J13. VISTOS; el Memorando N° 2286-2016-VIVIENDA-OGPP y el Informe N° 176-.
145KB Größe 1 Downloads 1 vistas
-2016-VIVIENDA

Lima,

Z2 NOV. 2J13

VISTOS; el Memorando N° 2286-2016-VIVIENDA-OGPP y el Informe N° 1762016NIVIENDA-OGPP-OPM; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral N° 021-2015-EF/50.01, se aprobó la Directiva N° 003-2015-EF/50.01 "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017"; Que, con Resolución Ministerial N° 301-2015-VIVIENDA, se constituyó la Comisión para los Programas Presupuestales· del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, en atención a lo dispuesto en la Directiva a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante Resolución Di rectoral N° 024-2016-EF/50.01, se aprobó la Directiva N° 002-2016-EF/50.01, "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados"; Que, el literal a) del artículo 8 de la Directiva señalada en el considerando precedenete, establece que el titular de la entidad rectora debe constituir una Comisión de naturaleza permanente mediante Resolución, la cual será presidida por el titular de la entidad o por quien este designe, e integrada por el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto, o f91 que haga sus veces, el Jefe de la Oficina General de Administración, o el que haga sus veces, el Jefe de la Ofici'la de Infraestructura, o el que haga sus veces, el Jefe de la Oficina de Programación e Inversiones, o el que haga sus veces, los Jefes de las Oficinas de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística, o el que haga sus veces, y los Jefes de las áreas técnicas encargadas de las intervenciones que correspondan; Que, en consecuencia, es necesario constituir la Comisión para los Programas Presupuestales en el marco del proceso de implementación del Presupuesto por Resultados del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Directiva/N° 002-2016EF/50.01, "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados", aprobada por la Resolución Di rectoral N° 024-2016-EF/50.01;

l

SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 301-2015-VIVIENDA. Artículo, 2.- Constituir la Comisión para los Programas Presupuestales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco del proceso de implementación del Presupuesto por Resultados, en atención a lo dispuesto en la Directiva N° 002-2016-EF/50.01, "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados", aprobada por la Resolución Di rectoral N° 024-2016EF/50.01, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios: El (la) Director (a) General de la Oficina General de Planeamientoy Presupuesto; quien la presidirá. El (la) Director (a) General de la Oficina General de Administración. El (la) Director (a) General de la Oficina General de Estadística e Informática. El (la) Director (a) General de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto. El (la) Director (a) General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo. El (la) Director (a) General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. El (la) Director (a) General de la Dirección General de Políticas y Regulación en. Vivienda y Urbanismo. El (la) Director (a) General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento. El (la) Director (a) de la Oficina de Inversiones. El (la) Director (a) de la Oficina de Planeamiento y Modernización. El (la) Director (a) de la Oficina de Presupuesto. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Nacional Tambos. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Generación de Suelo Urbano. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios. El (la) Director (a) Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades. Artículo 3.- La Comisión iniciará sus funciones al día siguiente hábil de aprobada la presente Resolución. Regístrese y comuníquese

,~\ EDMER .TRUJlt O MORI

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

proponer documentos