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MINISTERIO DE SALUD

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Gi8- 2012frittisA

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Vistos los Expedientes N° 11-074050-001 y N° 11-074050-005 que contienen la Nota Informativa N° 355-2011-DGE-DIS/MINSA, remitido por el Director General de la Dirección General de Epidemiología y el Informe N° 003-2012-0DRH-OCN-OGGRH/MINSA remitido por el Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la dudad de Panamá, República de Panamá, se realizó la Reunión de Capacitación de Capacitadores en Comunicación de Riesgos los días 21 y 22 de setiembre de 2011; . Que, mediante documento PER/CPC/010/85/02/1160-2011 de fecha 2 de setiembre de 2011, el representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud, comunica sobre la realización EA S. del mencionado evento y solicita se autorice la participación del Director Ejecutivo de Inteligencia Sanitaria de la Dirección General de Epidemiología en el mencionado evento, señalando que su organización financiará los gastos correspondientes; / *b.1

w, LA,

Que, con documento de visto el Director General de la Dirección General de Epidemiología, solicita se autorice el viaje del Médico Cirujano Edwin Omar Napanga Saldaña, Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Inteligencia Sanitaria de la Dirección a su cargo, para que participe en el referido evento y propone que mientras dure su ausencia lo reemplace la Licenciada en Enfermería María del Carmen Reyna Maurial, profesional de la mencionada Dirección Ejecutiva de la citada Dirección General; D. Suárez

Que, mediante Informes N° 149-2011-0DRH-OCN-OGGRH/MINSA, N° 170-2011-0DRHOCN-OGGRH/MINSA y N° 003-2012-ODRH-OCN-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos opina favorablemente respecto de la participación del citado profesional en el mencionado evento; Que, con Nota Informativa N° 515-2011-DGE-DIS/MINSA, el Director General de la Dirección General de Epidemiología remite el informe elaborado por el Médico Cirujano Edwin Omar Napanga Saldaña, en el cual informa sobre las acciones realizadas en el evento en el que participó en representación del Ministerio de Salud; Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley NI° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, el artículo 82° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva con niveles de carrera superior a la del servidor; Que, en tal sentido resulta necesario atender el pedido formulado por el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud y disponer las acciones de personal que resulten pertinentes, considerando que el acto se encuentra autorizado por el Despacho Viceministerial de Salud y cuenta con la opinión de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de EAS Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, y en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

D. SuW

Artículo 1°.- Autorizar, con eficacia anticipada, el viaje del Médico Cirujano Edwin Omar NAPANGA SALDAÑA, Director Ejecutivo de la Dirección de Inteligencia Sanitaria de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en la "Reunión de Capacitación de Capacitadores en Comunicación de Riesgos", del 20 al 23 de setiembre de 2011.

Artículo 2°.- Encargar, con eficacia anticipada, las funciones de Director Ejecutivo de la Dirección de Inteligencia Sanitaria de la Dirección General de Epidemiología, a la Licenciada en ( 14 , Enfermería María del Carmen REYNA MAURIAL, profesional de la citada Dirección General , del 20 D. CUPtDES M. al 23 de setiembre de 2011, en adición a sus funciones. Artículo 3°.- La presente Resolución no irroga gasto alguno del Tesoro Público, ni concede derecho a exoneraciones aduaneras de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud