VISTO: la necesidad de regular todas las excepciones

15 ago. 2018 - VISTO: la necesidad de regular todas las excepciones de autorizaciones al uso de la etiqueta de eficiencia energética;. RESULTANDO: I) que ...
136KB Größe 7 Downloads 3 vistas
1 de 4

http://domino03.ursea.gub.uy/igdoc/Resoluciones.nsf//FResImp?Open...

Resolución Nº 249/018

Expediente Nº 0521-02-006-2018

Acta Nº 32/2018

VISTO: la necesidad de regular todas las excepciones de autorizaciones al uso de la etiqueta de eficiencia energética; RESULTANDO: I) que, en la actualidad se requiere la tramitación ante esta Unidad Reguladora, para obtener la excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética, los siguientes casos: a) emprendimiento industrial o maquinaria específica; b) equipos destinados a ensayos; c) muestras de Aparatos de Refrigeración Eléctricos de Uso Doméstico (RFG) y Acondicionadores de Aire y Bombas de Calor (AAB); d) lámparas fluorescentes compactas de colores; e) personas físicas; y f) productos no abarcados por la reglamentación pero que requieren constancia de URSEA ante Dirección Nacional de Aduanas; II) que, es necesario establecer un único documento que reúna todos los requisitos requeridos para la tramitación de cada una de las excepciones mencionadas; III) que, en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 18.597, se entiende pertinente que para la tramitación de ciertas excepciones, se presente una declaración jurada donde se establezca expresamente que dichos productos no se comercializarán en el territorio nacional; IV) que, adicionalmente, cada causal de solicitud de excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética, presenta particularidades que deben ser aclaradas y determinada la documentación que se debe presentar; V) que, para la excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia para un emprendimiento industrial o en una maquinaria específica, se debe tratar de productos que sean empleados exclusivamente en emprendimientos industriales o en maquinarias específicas, entendiéndose por “emprendimiento industrial” el inicio de una actividad vinculada a la industria en general, y por “maquinaria específica” a productos que se utilicen en máquinas específicas en emprendimientos en general; VI) que, para la excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia para un emprendimiento industrial o en una maquinaria específica, se entiende pertinente solicitar a los regulados: a) declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional, donde se establezca el alcance del emprendimiento industrial y/o maquinaria específica donde se van a utilizar los productos, el detalle de los productos objeto del trámite, y el uso específico de los productos mencionados en el emprendimiento industrial y/o maquinaria específica en cuestión; y b) factura de compra y datos técnicos de los productos a importar (catálogo, foto, etc.);

15/08/2018 9:02

2 de 4

http://domino03.ursea.gub.uy/igdoc/Resoluciones.nsf//FResImp?Open...

VII) que el número de productos autorizados por la excepción mencionada dependerá de la justificación que presente el solicitante en relación a la necesidad del uso de los mismos para el emprendimiento industrial y/o maquinaria específica; VIII) que, para los equipos destinados a ensayos se entiende pertinente solicitar a los regulados: a) declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional donde se establezca el objetivo del ensayo y los posibles laboratorios donde se realizarán los mismos; b) notas de los posibles laboratorios donde se realizarán los ensayos y c) factura y datos técnicos de los productos a importar (catálogo, foto, etc.); IX) que, para los equipos destinados a ensayos, URSEA podrá autorizar como máximo (por marca y modelo) la cantidad equivalente al número total de productos que se corresponda al tipo de ensayo objeto de la solicitud; X) que, para la tramitación de la excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética de las muestras de RFG y AAB que no estén destinadas a su comercialización en plaza y que aún no hubieran demostrado el cumplimiento de la reglamentación de etiquetado de eficiencia energética, se sugiere requerir: a) declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional, donde se indique la marca y modelo de la muestra a importar, así como la finalidad de la importación de la muestra objeto del trámite; b) factura de compra y datos técnicos de la muestra a importar (catálogo, foto, etc.); XI) que, en el marco de la normativa vigente, se habilita la importación de hasta una unidad de muestra por modelo, sin límite de cantidad de modelos distintos a importar; XII) que, para la tramitación de la excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética de las lámparas fluorescentes compactas de colores, se debe presentar: factura de compra y datos técnicos del producto a importar (catálogo, foto, etc.); XIII) que, se entiende que la excepción de autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética para personas físicas se emitirá únicamente en caso de que se acredite ante esta Unidad Reguladora que es para uso propio del solicitante, debiendo presentarse: a) declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional, donde se especifique el producto objeto del trámite, fundamento del uso propio que se le va a dar, y la dirección donde se instalará el producto; b) factura del producto (en caso de que sea un producto nuevo, si es usado, en caso de conservar la factura, también se debe presentar) y datos técnicos (catálogo, foto, etc.); XIV) que, para los productos mencionados en el numeral anterior, se emitirá una única autorización por cada producto específico y solicitante; XV) que, existen productos no abarcados por la reglamentación de etiquetado obligatorio de eficiencia energética pero que requieren constancia de URSEA ante la Dirección Nacional de Aduana por no tener asignados NCMs exclusivos, requiriéndose para ello: factura de compra y datos técnicos del producto a importar (catálogo, foto, etc.); XVI) que, se entiende necesario aprobar un modelo de declaración jurada para cada una de las causales de excepción que requieren de la misma; XVII) que, se detectaron casos en los que quien solicita el trámite de autorización por excepción no es el titular de la excepción, sino un tercero, por lo que se considera necesario

15/08/2018 9:02

http://domino03.ursea.gub.uy/igdoc/Resoluciones.nsf//FResImp?Open...

aprobar un modelo de nota de autorización para dichos casos; CONSIDERANDO: que, se cumplió con el debido proceso, por lo que corresponde resolver en consecuencia; ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 del 13 de diciembre de 2002 (y sus modificativas), Decreto Nº 116/011 de 23 de marzo de 2011, Resolución de URSEA Nº 67/013 de 6 de junio de 2013, Resolución de URSEA Nº 249/016 de 13 de setiembre de 2016, Resolución MIEM “Sello de Eficiencia Energética de URSEA” de 17 de febrero de 2012, Resolución MIEM Nº 219/2012 de 23 de noviembre de 2012, Resolución MIEM Nº 262/2014 de 28 de noviembre de 2014, y demás normas modificativas y concordantes; EL DIRECTORIO RESUELVE: 1) Aprobar los distintos requerimientos para las causales de excepción a la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética y sus respectivos modelos de declaraciones juradas y de la nota de autorización para cuando quien solicita el trámite no es el titular de la excepción, según modelos que se detallan en los siguientes Anexos adjuntos a la presente Resolución y que se consideran parte integrante de la misma: Anexo I - “Causales de excepción para la tramitación de la autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética”, Anexo II “Declaraciones juradas para emprendimiento industrial y/o maquinaria específica, ensayos, y muestras”, y Anexo III - “Nota de autorización para solicitud de excepción”. 2) Estipular que, cuando existan cambios en los valores técnicos (valores de la etiqueta de Eficiencia Energética) para un producto que ya cuenta con autorización para el uso de etiqueta de Eficiencia Energética, se debe solicitar nueva autorización ante la URSEA, presentando los subsiguientes certificados obtenidos de los Organismos de Certificación de Productos, para el mismo producto. 3) Preceptuar que las actividades de fiscalización en el mercado tendrán presente los valores técnicos de la etiqueta autorizada, y serán pasibles de sanción los casos en que se encuentren diferencias. 4) Explicitar que mientras se mantengan los valores técnicos de los productos para los cuales se autorizaron el uso de etiquetas, URSEA no requerirá, salvo que lo solicite expresamente, la presentación de nuevos certificados. 5) Establecer que los Organismos de Certificación de Productos tienen la responsabilidad de notificar en tiempo y forma a esta Unidad Reguladora, las bajas de certificados oportunamente emitidos, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 429/009 de 22 de setiembre de 2009. 6) Comuníquese a las empresas que tramitan autorizaciones incluidas en el Registro de Regulados, a los Organismos de Certificación de Productos y al Organismo Uruguayo de Acreditación (OUA). 7) Publíquese en la web institucional y oportunamente archívese.

Aprobado según Acta Referenciada N° 32/2018 de fecha 14/08/2018

3 de 4

15/08/2018 9:02

http://domino03.ursea.gub.uy/igdoc/Resoluciones.nsf//FResImp?Open...

Anexos

RE 249-018 - Anexo I.pdf RE 249-018 Anexo II.pdf RE 249-018 Anexo III.pdf

4 de 4

15/08/2018 9:02

ANEXO I: CAUSALES DE EXCEPCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN AL USO DE LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Causal

A- Emprendimiento industrial o maquinaria específica

Documentación requerida (i)- Declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional, donde se establezca el alcance del emprendimiento industrial y/o maquinaria específica donde se van a utilizar los productos, el detalle de los productos objeto del trámite, y el uso específico de los productos mencionados en el emprendimiento industrial y/o maquinaria específica en cuestión;

Número máximo de productos a autorizar Depende de la justificación que se presente en relación a la necesidad del uso de los productos para el emprendimiento industrial y/o maquinaria específica.

(ii)- Factura de compra y datos técnicos de los productos a importar (catálogo, foto, etc.).

B- Equipos destinados a ensayos

(i)- Declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional donde se establezca el objetivo del ensayo y los posibles laboratorios donde se realizarán los mismos; (ii)- Notas de los posibles laboratorios donde se realizarán los ensayos;

Cantidad equivalente (por marca y modelo) al número total de ítems que se corresponda al tipo de ensayo objeto de la solicitud.

(iii)- Factura de compra y datos técnicos de los productos a importar (catálogo, foto, etc.). C- Muestras de aparatos de refrigeración eléctricos de uso doméstico (RFG) y acondicionadores de aire y bombas de calor (AAB)

(i)- Declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional, donde se indique la marca y modelo de la muestra a importar, así como la finalidad de la importación de la muestra objeto del trámite;

D- Lámparas Fluorescentes Compactas de colores

(i)- Factura de compra y datos técnicos de los productos a importar (catálogo, foto, etc.).

Sin límite ya que no está alcanzado por la normativa de etiquetado obligatorio.

(i)- Factura de compra y datos técnicos del producto a importar (catálogo, foto, etc.).

Sin límite ya que no está alcanzado por la normativa de etiquetado obligatorio.

E- Producto no abarcado por reglamentación pero que requiere constancia de URSEA ante DNA

F- Excepción para personas físicas

(ii)- Factura de compra y datos técnicos de la muestra a importar (catálogo, foto, etc.).

(i)- Declaración jurada de no comercialización dentro del territorio nacional, donde se especifique el producto objeto del trámite, fundamento del uso propio que se le va a dar, la dirección donde se instalará el producto, y si se trata de un producto nuevo o usado; (ii)- Factura del producto (en caso de que sea un producto nuevo, si es usado, en caso de conservar la factura, también se debe presentar) y datos técnicos (catálogo, foto, etc.).

Hasta una unidad de muestra por modelo, sin límite de cantidad de modelos distintos a importar.

Única autorización por cada producto específico y solicitante.

ANEXO II: DECLARACIONES JURADAS PARA EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL y/o MAQUINARIA ESPECÍFICA, ENSAYOS, Y MUESTRAS

DECLARACIÓN JURADA: EXCEPCIÓN PARA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS ALCANZADOS POR LA NORMATIVA DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA QUE NO HAYAN DEMOSTRADO EL CUMPLIMIENTO DE LA MISMA Y SEAN UTILIZADOS EN UN EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL O EN UNA MAQUINARIA ESPECÍFICA

Montevideo, ___ de _____ de ______

Señores Directores de URSEA: En el marco de normativa vigente, ___________ (NOMBRE DE LA EMPRESA), representada por___________ (NOMBRE DEL REPRESENTANTE) declara que los _____________ (TIPO DE PRODUCTO OBJETO DE LA SOLICITUD) objeto de la presente solicitud no serán comercializados en el territorio nacional. Adicionalmente, se declara que el emprendimiento industrial y/o maquinaria específica se ubican en _________________,

siendo

su

finalidad

______________

(ESTABLECER

ALCANCE

DEL

EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL Y/O MAQUINARIA ESPECÍFICA), utilizándose los productos en cuestión para

________________

(DETALLAR

USO

ESPECÍFICO

DE

LOS

PRODUCTOS

EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL Y/O MAQUINARIA ESPECÍFICA EN CUESTIÓN) Sin otro particular, saluda atentamente:

Firma

______________________

Aclaración de firma: ________________________

EN

EL

DECLARACIÓN JURADA: EXCEPCIÓN PARA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS ALCANZADOS POR LA NORMATIVA DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA QUE NO HAYAN DEMOSTRADO EL CUMPLIMIENTO DE LA MISMA Y SEAN UTILIZADOS PARA ENSAYOS

Montevideo, ___ de _____ de ______ Señores Directores de URSEA:

En el marco de la normativa vigente, ___________ (NOMBRE DE LA EMPRESA), representada por___________ (NOMBRE DEL REPRESENTANTE) declara que los _____________ (TIPO DE PRODUCTO OBJETO DE LA SOLICITUD) objeto de la presente solicitud no serán comercializados en el territorio nacional. Adicionalmente, se declara que el ensayo de los productos en cuestión se realiza a efectos de _________________ (ESTABLECER OBJETIVO DEL ENSAYO) Sin otro particular, saluda atentamente:

Firma

________________________

Aclaración de firma: ____________________

DECLARACIÓN JURADA: EXCEPCIÓN PARA IMPORTACIÓN DE MUESTRAS DE APARATOS DE REFRIGERACIÓN ELÉCTRICOS DE USO DOMÉSTICO y/o ACONDICIONADORES DE AIRE Y BOMBAS DE CALOR

Montevideo, ___ de _____ de ______ Señores Directores de URSEA: En el marco de lo dispuesto en la normativa vigente, ___________ (NOMBRE DE LA EMPRESA), representada por___________ (NOMBRE DEL REPRESENTANTE), declara que los _____________ (TIPO DE PRODUCTO OBJETO DE LA SOLICITUD) objeto de la presente solicitud no serán comercializados en el territorio nacional. Adicionalmente, se declara que las muestras mencionadas serán importadas para _______ (FINALIDAD DE LA IMPORTACIÓN). Sin otro particular, saluda atentamente:

Firma

________________________

Aclaración de firma: ______________________________

ANEXO III: NOTA DE AUTORIZACIÓN PARA SOLICITUD DE EXCEPCIÓN

Montevideo, __ de _____ de _______ Señores Directores de URSEA

Por medio de la presente, informamos que la empresa ______________ (EMPRESA TITULAR DE LA AUTORIZACIÓN POR EXCEPCIÓN OBJETO DEL TRÁMITE), representada por ________________________ (NOMBRE DEL REPRESENTANTE REGISTRADO ANTE URSEA), documento de identidad Nº ___________, autoriza a la empresa ______________ (EMPRESA SOLICITANTE) inscripta en el Registro de Regulados, a efectos de solicitar la autorización por excepción de Etiqueta de Eficiencia Energética. Sin otro particular, saluda atentamente:

Firma

________________________

Aclaración de firma: ____________________