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NACIONAL Lunes 21 enero 2013 13:46 Actualizado: 20:04

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• tvstal M'aeco se va a la ONU

Vecinos y turistas denunciaron malos olores emanados este domingo desde Nueva Aldea

Publicado por Francisca Rivas

Vecinos y turistas de localidades aledañas a Nueva Alca denunciaron fuertes emanaciones de la planta este domingo. Seremi de Sald del Bío Bío indicó que inspeccionarán el lugar. Vecinos del sector sur a la planta Nueva Aldea de Glulosa Arauco, dijeron estar cansados de vivir con el mal olor. Las emenannes de la planta serían permanentes, según su versión. Cerca de las 18:30 horas de este domingo, mientravarios turistas descansaban en sectores cercanos a la instalación,ina nube blanca se dejó caer, obligando a una gran cantidad de personas a orrer a sus vehículos y retirarse de la zona.

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Víctor Ravanal, vecino del complejo, dijo desconfi< de labor fiscalizadora de las autoridades, porque ante un caso de emergencia ¿nbiental que ocurra en la noche, no tienen cómo comunicarse con ellos. Ante la denuncia, el seremi de Salud, Boris Oportt , respondió a las críticas, declarando que hasta el momento no han recibido aportes al respecto. Aún así, aumentarán la fiscalización.

Para la empresa, se trató de un hecho aislado quejo reviste mayor preocupación. Desde Nueva Aldea sostuvieron a través de un comunicado, que el domingo se detuvo la producción de la planta dezelulosa a raíz de un desperfecto en la energía de los turbogeneradores Añadieron que "!a situación imprevista fue oportunmente informada a la autoridad y que, si bien, altera la continuidad de IP ,aeración de la planta• no generó inconvenientes para la salud ni el medio arDiente". En tanto, Víctor Rayana! explicó que no se trata dc..n tema de dinero, sino de dignidad, haciendo referencia a vecinos de otros setores que tramitan el pago de sus terrenos e indemnizaciones. ,

Los afectados recordaron los olores que se emané )n tras el terremoto de 2010, y aseguraron que el episodio del domingo ft incluso mayor que el de esa ocasión.

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Comunicado De Prensa Velenunque Frente a la situación ocurrida en el estero Velenunque, "hemo actuado con sentido de urgencia y responsabilidad, la situación está absolutamente controlada. Etamos tomando las medidas necesarias para que esta lamentable situación no se repita y r6ponder por cualquier efecto perjudicial que haya podido ocurrir", dijo Guillermo Mendoza, ubgerente de Asuntos Públicos de Arauco. Adicionalmente se detalla que: 1.

El día Miércoles 21 de Septiembre, en una reunión sosmida con la junta de vecinos del

sector La Concepción y el Alcalde de la I. Municipalidad de Ránuil, vecinos alertaron de una posible contaminación del estero Velenunque, aledaño al recito de la planta de Celulosa. 2.

A raíz de lo anterior, el Alcalde de la Municipalidad de ánquil solicitó encargar estudios

científicos independientes que permitieran investigar la situacm, y ver qué impacto se estaría causando en el estero Velenunque. 3.

La empresa procedió a encargar inmediatamente a la hiversidad de Concepción, Facultad

de Ciencias Naturales, visitar a la brevedad el lugar y realizar d:hos estudios. 4.

Al día siguiente, Jueves 22 de Septiembre, un grupo ducho especialistas de la

Universidad de Concepción acudieron al lugar a realizar los mistreos correspondientes, que se tomaron en presencia del Alcalde, personal de la empresa y lovecinos del sector, quienes definieron los puntos en que los expertos tomaron las muestra y acompañaron dichos muestreos. 5.

Ese mismo día se toma contacto con la autoridad amb:ntal y organismos fiscalizadores,

tanto para informar sobre la contingencia y su control, y confinar que se habían encargado muestreos a la mencionada Universidad y se estaba investigano la situación. 6.

Esa misma noche, del Jueves 22, frente a la informació recolectada y los procedimientos

internos realizados, se determinó que la causa se debería a unfiltración menor de RILES no tratados, ocurrida de manera accidental, al estero Velenunquellevándose a cabo de inmediato medidas que permitieron eliminar el ingreso de dicha filtracióral mencionado estero, las cuales fueron tomadas con conocimiento de la autoridad ambiental. 7.

El día Viernes 23 se realiza una nueva reunión con la Juta de Vecinos de La Concepción,

Municipalidad de Ránquil, Seremi de Medio Ambiente, Planta e Celulosa Nueva Aldea, y la Universidad de Concepción, donde la Universidad entregó tonalmente resultados preliminares de los muestreos, confirmando a la comunidad que riles no traídos se filtraron hacia el estero Velenunque.

Por su parte la empresa confirmó que las acciones que se había adoptado permitieron eliminar exitosamente toda posible filtración al Estero.

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FOJA 3E

8.

Ante esta situación Planta de Celulosa Nueva Aldea se:ompromete a:

a.

Continuar investigando a fondo las causas que generan esta situación, colaborando a

cabalidad con las investigaciones que llevan a cabo los distinto organismos competentes. b.

Presentar a la autoridad ambiental medidas que perrnan evitar que en un futuro se

pudiera repetir esta situación.



c.

Conformar una mesa de trabajo que permita:



Mantener informada permanentemente a la Comuniad;



Identificar si se produjeron perjuicios; y,



Establecer eventuales compensaciones a los vecinos qe se pudieran haber visto afectados

por esta situación.

PUBLICADO: 29/09/2011 - 15:51 HRS.



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FOJA 3E

INICIONACIONALINTERNACIONALECONOWADEPORTESSOCIEADCULTURAMÚSICATV/CINETECNO LOGÍAEDITORIALBIOBIOCHILE.TVNACIONAL Martes 18 octubr(2011 1 17:55 • Actualizado: 18:05 Escape de vapores obliga a evacuar a trabajadores de Celulosá\lueva Aldea Visitas Publicado por Nicole VillagraUna emisión de vapor dese la planta de celulosa Nueva Aldea provocó la evacuación de un grupo de trabajadores, mientras 3nto la empresa asegura que no se trató de una emergencia.

Eran las 8 de la mañana con 10 minutos de este martes, cuano una emisión de vapor desde la Planta Química alertó a los trabajadores de la Celulosa Nueva Idea de la Provincia de Ñuble. 8 trabajadores evacuados del lugar, por precaución, según incoó la empresa en un comunicado, ya que para ellos lo ocurrido no constituye una emergencia. Fue el personal de la planta quien controló la situación, así loidicó Gonzalo Arroyo, director regional de la Onemi. La situación fue contralada a los 10 minutos y de acuerdo a lo rformado por la empresa ningún trabajador resultó afectado por las emisiones, cuya causa estáiendo investigada, además se reportó lo ocurrido al Servicio de Salud de Ñuble, en Chillán. Recordemos que esta la segunda vez en un mes en que la Piara de Celulosa enfrenta una crisis, ya que en septiembre residuos industriales de la empresa contannaron un sector del estero Velenunque, hecho que es investigado por el Ministerio Públic.

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Preocupante olor desde celulosa Nueva Aldea alarma a vecinc del sector 08.08.2011 I Los alumnos de la escuela Laguna Avendaño debron ser evacuados debido al molesto olor que emanaba desde la celulosa Nueva Aldea. Unos trecientos alumnos de la escuela Laguna Avendaño de Immuna de Quillón fueron evacuados este lunes del establecimiento educacional debido los molestos olores emanados desde la celulosa Nueva Aldea, ubicada a 11 kilómetros del lupr. Varios estudiantes presentaron mareos, dolores de cabeza y u fuerte dolor estomacal debido al molesto olor que emanaba desde la plata de celulosa. En una rimera instancia se pensó que se trataba de emanaciones de gas debido a los malestares que pnentaron los alumnos "Es efectivo, varios alumnos presentaron mareos, dolores de cbeza y dolor estomacal. Fue un olor muy fuerte en la comuna. En varias partes de Quillón se sitió ese", aseguró el profesor de educación física, Víctor Alarcón, quien añadió que entre 30 a O niños fueron afectados con estos síntomas. Debido a la emergencia se dirigió hasta el lugar voluntarios delomberos, quienes descartaron de plano que el olor fuese producto de una emanación de gas. Aemás colaboró en el lugar personal del Cesfam quienes atendieron a varios de los afectados. El jefe del Departamento de Educación Municipal, Jorge Avilésindicó que todo se debió a los trabajos en la celulosa, argumentando que la planta de celulo3 estaba emanando gases fuera de lo normal, debido a un proceso de mantención. Avilés enfatizó que "toda la comuna de Quillón estaba viviend esta situación. El colegio no tenía emanaciones de gases: sólo el olor que estaba en el ambiente3n toda la comuna y fue la única escuela que presentó síntomas. Se actuó pensando que era ota situación. Hubo una sobre reacción. Una alarma", señaló. En tanto, el subgerente de asuntos públicos de empresas AraLo, Guillermo Mendoza, explicó que "a las 9.45 horas se abrió una válvula y se escaparon partículade azufre y aserrín, lo que provocó el olor, pero que la situación fue controlada en tan sólo 21 segndos" y que avisaron a las autoridades competentes.

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Comentarios

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1

FOJA 3E

NACIONAL Miércoles 11 septiembre 2013 1 12:30 • Actualizado: 15:40

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Investigan accidente en celilosa Nueva Aldea donde tres operarios resultaron quemados o inCompartir

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;'zii ,iir,-;do por Francisca Rivas /,,7 Inprouteilin e ck Tatiana Ri:o

Foja 935 novecientos treinta y cinco

FOJA

Hospitalizado con quemaduras en brazos y piernas prmanece uno de los tres trabajadores que sufrieron un accidente en el edifici(de la caldera de la planta de celulosa Nueva Aldea de Winquil.

Los operarios de la empresa contratista Los Lagos?staban haciendo retiro del aislante término de uno de los tubos de la caldera, ,uando recibieron la proyección de agua caliente desde un sistema de 'por a presión. Dos de ellos, Moisés Beltrán y Javier Betanzo, fueran atendidos en la clínica Chillan y luego dados de alta. Sin embargo, Ariel Ehamondes sigue hospitalizado por quemaduras en brazos y piernw)rincipalmente, aunque se encuentra estable y sin riesgo vital. Guillermo Mendoza, gerente de asuntos públicos c. la empresa Arauco, dijo que las labores que realizaban estos operarios soi Previas a una parada de planta prevista para los próximos días. Mendoza aseguró que el incidente fue acotado a e e sector de la caldera y que han estado en contacto con familiares preocupado del estado de salud de los afectados. Añadió que se dio de inmediato aviso a la autorida de salud y del trabajo, que estuvieron en la planta e iniciaron una investigació También la Mutual de Seguridad y la Asociación Chilena de Seguridad re lizan indagaciones tras el accidente.

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FOJA 3E 08/11/12



Planta de Celulosa Nueva Aldea estudia compensar a vecinos afectados i la contaminación Isoychil...

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Planta de Celulosa Nueva Aldea estuca compensar a vecinos afectados por la contaminación 28.09.201 1Guillermo Mendoza, subgerente de asuntos públicos de Arauco confin-) que la situación está absolutamente controlada, tras la filtración de residuos industriales en el estero Velsunque y que fuera denunciado por los pobladores el viernes de la semana pasado. Entre los compromisos adquiridos por parte de la Planta de Celulosa Nueva Aldea para sumar las consecuencias de la filtración de residuos industriales en el estero Velenunque, está la conformación de una me: de trabajo que permita establecer eventuales compensaciones a los vecinos que se pudieran haber visto afectado:Esta resolución fue dada a conocer ayer mediante un comunicado donde la empresa oficializó su postura. Entre otras funciones de la mesa de trabajo están: mantener informada permanentemente .3 comunidad, e identificar si se produjeron perjuicios. Guillermo Mendoza, subgerente de Asuntos Públicos de Arauco, expuso que "hemos actua. con sentido de urgencia y responsabilidad, la situación está absolutamente controlada. Estamos tomando las medidas ecesarias para que esta lamentable situación no se repita y responder por cualquier efecto perjudicial que haya podo ocurrir", dijo. El alcalde de Ránquil, Carlos Garrido, expuso que desde que se dio a conocer la situación, ha estado revisando periódicamente el estero. "Sábado, domingo y lunes la Superintendencia de Servicios Senil ,os y la Seremi del Medio Ambiente estuvieron monitoreando el sector. Ayer apenas estén los resultados preliminares e la investigación realizada por especialistas de la Universidad de Concepción, me la harán llegar", afirmó el edil. Entre los compromisos que adquirió Nueva Aldea están: -Continuar investigando a fondo las causas que generaron el derrame, colaborando a cabz ad con las investigaciones. -Presentar a la autoridad ambiental medidas que permitan evitar que en un futuro se pudier repetir la situación. - Conformar una mesa de trabajo para mantener informada permanentemente a la comunicif; Identificar si se produjeron perjuicios; y establecer eventuales compensaciones a los vecinos que se pudieran haber vio afectados.

soychile.cl/.../Planta-de-Celulosa-Nueva-Aldea-estudia-compensar-a-vecinos-afectados-por-la-con

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Superintendencia del Medio Ambiente

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Gobierno d.e Chile

562

ORD. D.S.0 N*: ANT.:

Formulario de denuncia ciudadana de 05 de febrero de 2015, presentado ante la Superintendencia del Medio Ambiente.

MAT.:

Informa sobre denuncias que indica.

Santiago,

3 MAR 2015

DE : JEFA DE LA DIVISIÓN DE SANCIÓN Y CUMPLIMIENT1 (S) A : CLEMENCIA DEL CARMEN NAVARRETE RETAMAL

A través del documento referido en el ,nt. esta Superintendencia ha tomado conocimiento de su denuncia, la que da cuenta de los posiles efectos ambientales y a la salud de las personas que se estarían generando por la planta Nueva\Idea de Celulosa Arauco Constitución S.A., ubicada en la comuna de Ranquil. En razón de lo dispuesto anteriormete esta Superintendencia del Medio Ambiente, ya ha iniciado una investigación por los hechos !enunciados con el objeto de recabar mayor información sobre las presuntas infracciones y los nueos antecedentes de esta presentación serán incorporados dentro de esta.

Sin otro particular, le saluda atentamem, ¿.: • •

arfe Claude Plumer3odin /Jefa de la División de Sanción y umplimiento (S) Sup intendencia del Med) Ambiente

Distribución: -

Clemencia Del Carmen Navarrete Retamal Enrique (Carta Certificada) Con Copia: -

División de Sanción y Cumplimiento División de Fiscalización SMA

Foja 938 novecientos treinta y ocho FOJA 3C

SUPERINTENDENCli DEL MEDIO AlvIFIIEN.

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Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

0 9 FEB 2015 OFICINA DE PART

(*) Campos obligatorios a rellenar para pode procesar su denuncia. SUPERINTENDENCIA

Sección 1: Individualización denunciane*

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0 5 FEB 2015 OFICINA DE PARTES RECI8ID

1.1. Persona natural. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad

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O Organismo del Estado O Empresa pública o Sociedad anónima O Sociedad de responsabidad limitada O Sociedad colectiva O Sociedad en comandita O Empresa individual de rGponsabilidad limitada O Sociedad por acciones o Sociedad contractual miera O Sociedad legal minera O Corporación O Fundación o Sindicato o Otro (Especifique)

Región Ciudad

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Superintendencia del Medio Azbiente - Gob3rno de Chile 171k, pf.s, :, 7, Santiá,y, I www.lna,qob..:1

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Foja 939 novecientos treinta y nueve FOJA

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Gobierno 47 de Chile

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Teléfono de contacto

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Correo electrónico

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1.3. Representante. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad

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Domicilio*

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Ciudad Teléfono de contacto Correo electrónico

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Número Slock/Dpto.

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Acredita personería vigente del representante



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Sección 2: Apoderado*



¿Actúa mediante apoderado? (Ley Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad



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Domicilio*

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Región Ciudad

Teléfono de contacto

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N° 19.880)

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Correo electrónico

Sector

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Acredita poder art. 22 Ley N° 19.880



Superintendencia del Medio .Ambiente - Gobirno de Chile kairafl.oze5 i78,

Santiago / 02- 617 181:,

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Foja 940 novecientos cuarenta FOJA 3)

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Gobenø de CMe

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Sección 3: Identificación del o los presintos infractores* Persona natural Persona jurídica Nombre completo o Razón Social Cédula de Identidad o RUT

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¿Cómo tomó conocimiento de los hechos?

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En caso de conocer la información geográfica marcar la bicación presentada a continuación Huso 19 Sur Huso 18 Sur Huso 12 Sur (Isla de Pascua) Huso 13 Sur (Isla San Félix, Isla san Ambrosio) Huso 17 Sur (Archipiélago de Juan Fernández Territorio chileno Antártico (Husos 16, 17, 18,19, 20, 21 y 22 Sur) Coordenada Este Coordenada Norte ¿Se encuentra en o cercana a un área protegia del estado?

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Gobierno , de Chile

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Sección 5: Documentación de la denun ia* Acreditar Personería Vigente del Representar:e

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Documentación Adjunta: Nombre del documento

Declaro por este acto vengo en dentnciar una posible infracción, y declaro que la informacón contenida en este documento es precisa, veríd" a y comprobable

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Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

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ORD. D.S.0 N°: ANT.:

MAT.: Santiago,

Formulario de denuncia ciudadana de 05 de febrero de 2015, presentado ante la Superintendencia del Medio Ambiente. Informa sobre denuncias que indica.

3 1 PI 2015

DE : JEFA DE LA DIVISIÓN DE SANCIÓN Y CUMPLIMIENT1 (S) A : VICTOR MANUEL RABANAL YEVENOS

A través del documento referido en el .nt. esta Superintendencia ha tomado conocimiento de su denuncia, la que da cuenta de los posites efectos ambientales y a la salud de las personas que se estarían generando por la planta Nueva-11dea de Celulosa Arauco Constitución S.A., ubicada en la comuna de Ranquil. En razón de lo dispuesto anteriormete esta Superintendencia del Medio Ambiente, ya ha iniciado una investigación por los hechoslenunciados con el objeto de recabar mayor información sobre las presuntas infracciones y los nwos antecedentes de esta presentación serán incorporados dentro de esta.

Sin otro particular, le saluda atentamem,

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Marie Claude PlumeBodin lefa de la livisión de Sanción y:umplimiento (S) Supe ntendencia del Meco Ambiente

Distribución: Victor Manuel Rabanal Yevenos, Certificada) Con Copia: -

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División de Fiscalización SMA

Foja 944 novecientos cuarenta y cuatro

FOJA Gobierno de Chne

SUPERINTENDENC; DEL MEDIO

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

u 9 FEB 2015 DFICENA

(*) Campos obligatorios a rellenar para pode procesar su denuncia.

Sección 1: Individualización denunciare*

SUPERiNTENDEZ-1(» r.'7. ii..W Akt!hil".:l VIII Oncei,,,:.(ii1

Persona natural Persona jurídica



0 5 FEB 2015 OFICINA DE PARTE RECtBIDO

1.1. Persona natural. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad

Jeannette Rosó Calvet Tapia

Domicilio*

Teléfono de contacto

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Correo electrónico 1.2. Persona Jurídica.



Razón social o Nombre* RUT . Tipo de persona jurídica

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Organismo del Estado Empresa pública Sociedad anónima Sociedad de responsabidad limitada Sociedad colectiva Sociedad en comandita Empresa individual de esponsabilidad limitada Sociedad por acciones Sociedad contractual rrnera Sociedad legal minera

Superintendencia del Medio ~ente Goierno de Chile Mixatlores 178, piso 7, Santiago / 02- 617 1)0 / www.sma.coh.ol

Foja 945 novecientos cuarenta y cinco

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1.3. Representante. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad Domicilio*

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Teléfono de contacto

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Número 3lock/Dpto. Sector Móvil

Fax

Correo electrónico Acredita personería vigente del representant.



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Sección 2: Apoderado* ¿Actúa mediante apoderado? (Ley

Sí No

N°19.880)

Nombres* Superintendencia del Medio Ambiente - Ccierno de Chile piso 7, Santiago f •5i .i9 i www.sMa.goh.cl

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Apellidos* Cédula de Identidad

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

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Domicilio*

Región

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Ciudad Teléfono de contacto

Fijo

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Correo electrónico

Fax

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Acredita poder art. 22 Ley N° 19.880



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Sección 3: Identificación del o los presuntos infractores* Persona natural Persona jurídica Nombre completo o Razón Social Cédula de Identidad o RUT

Celulosa Arauco-Constitución ;.A Planta Nueva Aldea

Domicilio*

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Ciudad Ñipas Teléfono de contacto

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0412862281 Correo electrónico

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Superintendencia del Medio Ambiente - Gcierno de Chile Mira! 1. es 173, piso 7, Santiago / e2- 51, / www.sma.gob.c1

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Gobierno deChne

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Sección 4: Antecedentes de la denunci,* Descripción de los hechos denunciados En los últimos dos años, notamos un aumento en )s ruidos y olores perceptibles desde el sector el centro distante a más de 8 km e la planta. Los vecinos reclaman n poder dormir por los ruidos y sufrimos de picazón ,r7 los ojos, molestias nasales y picazón en la garganta. En el último mes de enerdlevé un registro de los días, pero, esta situación es constante y, se arrastra hace bas.-ante tiempo. Los olores llegan hasta Puente Amarillo, acceso Ñipas

¿Cómo tomó conocimiento de los hechos?

Superintendencia del Medio Ambiente - Goierno de Chile Milarlores 176, piso 7, Santiago / 617 3,0 / www.sma.gob.c1

Foja 948 novecientos cuarenta y ocho

FOJA 3; SI> Gobierno r1,-• de Chile

Superintendencia

SMA SMA

del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Vivo en el sector "El Centro", sufro ruidos y olores

Período o fecha del hecho denunciado Olores:Enero 2015:6,9,10,11,14,26,27 Ruidos: Casi todas las noches Olores y ruidos han aumentado desde hace dos ahs

Lu • ar del hecho denunciado Planta celulosa Nueva Aldea Km 21

¿Conoce información geográfica asociada?



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En caso de conocer la información geográfica marcar laibicación presentada a continuación

Huso 19 Sur Huso 18 Sur Huso 12 Sur (Isla de Pascua) Huso 13 Sur (Isla San Félix, Isla san Ambrosi) Huso 17 Sur (Archipiélago de Juan Fernández Territorio chileno Antártico (Husos 16, 17, 18 19, 20, 21 y 22 Sur) Coordenada Este Coordenada Norte superintendencia del Medio Ambiente - Galerno da Chile Miraflores 178, piso ";, Santiago 1 02- Ó17 10 / www.sma.gob.ol

Foja 949 novecientos cuarenta y nueve FOJA 3;

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

560

ORD. D.S.0 N°: ANT.:

Formulario de denuncia ciudadana de 05 de febrero de 2015, presentado ante la Superintendencia del Medio Ambiente.

MAT.:

Informa sobre denuncias que indica.

Santiago,

3 1 lAR 2015 DE : JEFA DE LA DIVISIÓN DE SANCIÓN Y CUMPLIMIENTC(S) •

A : JEANNETTE ROSÓ CALVET TAPIA

A través del documento referido en el nt. esta Superintendencia ha tomado conocimiento de su denuncia, la que da cuenta de los posibs efectos ambientales y a la salud de las personas que se estarían generando por la planta Nueva ,Idea de Celulosa Arauco Constitución S.A., ubicada en la comuna de Ranquil. En razón de lo dispuesto anteriormere esta Superintendencia del Medio Ambiente, ya ha iniciado una investigación por los hechos enunciados con el objeto de recabar mayor información sobre las presuntas infracciones y los nueos antecedentes de esta presentación serán incorporados dentro de esta.

Sin otro particular, le saluda atentamern,

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Distribución: Jeannette Rosó Calvet Tapia, Con Copia: -

División de Sanción y Cumplimiento División de Fiscalización SMA

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SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE

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Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

FEB 2015 OFICINA DE PránTEs

(*) Campos obligatorios a rellenar para pode procesar su denuncia.

Sección 1: Individualización denunciare* Persona natural Persona jurídica

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SUPERINTENDEICIA DEL MEDIO MIENTE VIII CONCEPCION

OFICINA DE PAR-I-Z RECIBIDO

1.1. Persona natural. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad

3--.oknQn'í\ca t

Domicilio*

Región

U-0 9,0,

Teléfono de contacto

0 5 FEB 2015

4: l (4(2,\:r\o UazUQ7_,

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Correo electrónico 1.2. Persona Jurídica. Razón social o Nombre* RUT . Tipo de persona jurídica

Domicilio*

.

o Organismo del Estado O Empresa pública O Sociedad anónima o Sociedad de responsabidad limitada O Sociedad colectiva o Sociedad en comandita o Empresa individual de rsponsabilidad limitada O Sociedad por acciones O Sociedad contractual m'era o Sociedad legal minera O Corporación O Fundación O Sindicato O Otro (Especifique)

Región Ciudad

(alle Número

llock/Dpto. Sector

Superintendencia del Medio Ambiente - Galerno de Chile 617 1110 1 Mira£1.7,JmIS Pimc, 7, Sallt- Lagc, í

Foja 951 novecientos cincuenta y uno FOJA 3f

J,5:112°

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Teléfono de contacto

Fijo

Móvil

Fax

Correo electrónico 13. Representante. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad Domicilio*

.

.

Región

I

:alíe

Ciudad Teléfono de contacto

-

Número .lock/Dpto. Sector

Fijo

Móvil

Fax

Correo electrónico Acredita personería vigente del representante

1



1

No

Sección 2: Apoderado* ¿Actúa mediante apoderado? (Ley Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad Domicilio*

•1

1. 1

Región

Fijo

N° 19.880)

1 No

1 Cine

Ciudad Teléfono de contacto



Número Eock/Dpto. 1 Sector Móvil

Fax

Correo electrónico Acredita poder art. 22 Ley N° 19.880



Superintendencia del Medio Ambiente - Gobarnc de Chile Mirans piso 7, 2;:filltia 617 1SC

1 No 1

Foja 952 novecientos cincuenta y dos

FOJA 32

Gobierno deChilo

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Sección 3: Identificación del o los presuntos infractores* Persona natural Persona jurídica Nombre completo o Razón Social Cédula de Identidad o RUT

93 . 7587 . 000 Reit _se2_,.0

Domicilio*

Ciudad

_I

:alle -( 5t10- 11- Lek co n Cnn-i O r‘ We(-)C-( 19./CL Número dock/Dpto. Sector Fax

Móvil Fijo coLf( - 1 --86'Z 2Z1.

Teléfono de contacto Correo electrónico

Sección 4: Antecedentes de la denuncki< Descripción de los hechos denunciados

Patik



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0(To 1 CONCEPCION 33

CHIbt

AN PABLO ESPINOSA S. Notario Público Suplente

< P: f7.1CO ZI\itnioN .:33' ) )4 -r / A ly1 , 1 pAil U ) YINOSA S. * ,, ) !M el-i

Votar::, :''. ' ' , .7;t1Dienit7

Foja 981 novecientos ochenta FOJA 4y uno

1 Evaluación Ambiental, Comisión de Evaluación Ambiental Superintendencia del Medio 2

Ambiente, todas de la Región del Bío Bío, Ministerio del meó ambiente, Director Ejecutivo

3

del Servicio de Evaluación Ambiental, o Ministerio del Medio Ambiente, pudiendo

4

notificarse de las resoluciones o sentencias que en ellas ecaiga, incluso respecto de

5

aquellas en que se requiera la notificación personal de mandante, con la especial

6

limitación de no poder absolver posiciones ni contestar nueva demandas ni ser emplazado

7

en gestión administrativa alguna, sin previa notificación pesonal del compareciente. Le

8

confiere a la mandataria expresamente las facultades indicaas en el artículo veintidós de la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, sin perjuicio de alicarse en la especie además

9

las facultades contempladas en ambos incisos del articlo Séptimo del Código de

11

Procedimiento Civil y, especialmente, las de demandar, iniar cualquier otra especie de

12

gestiones judiciales así sean de jurisdicción voluntaria o contnciosa, reconvenir, contestar

13

reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción educida, aceptar la demanda

14

contraria previo emplazamiento personal al mandante, absolvr posiciones, renunciar a los

15

recursos o los términos legales, transigir, avenir, comproreter, otorgar a los árbitros

16

facultades, aprobar convenios, percibir y auto contratar. Si perjuicio de las facultades

17

descritas anteriormente, se faculta expresamente a la madataria para comparecer a

18

nombre de los poderdantes ante cualquier instancia administrtiva en que aquéllos tuvieren

19

interés, entendiéndose premunida de todas las facultades neesarias para la consecución

20

del acto administrativo de que se trate en conformidad a lo plvisto en el artículo veintidós

21

y demás pertinentes de la ley diecinueve mil ochocientG ochenta, autorizándola a

22

representarlos especialmente ante cualquier institución de Grácter ambiental regional o

23

nacional, en todo trámite o gestión que actualmente tengan )endiente o les ocurra en lo

24

sucesivo ante dicha(s) institución(es). El presente mandato sea remunerado de acuerdo a

25

lo que las partes han convenido mediante instrumento privad celebrado con esta fecha el

26

cual no se inserta por ser de conocimiento del mandante y d la mandataria. Desde ya la

27

mandataria se compromete a la obligación de rendir cuota del desempeño de las

28

gestiones encomendadas periódicamente a su mandante en Is respectivas reuniones que

29

se convengan al efecto. Minuta redactada por la abogado hab tado doña PAULA ANDREA

30

VILLEGAS HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura aceptación, firma. Se deja





2

~N'

Foja 982 novecientos ochenta y dos FOJA 4"

constancia que el presente instrumento público h¿ sido anotado en el libro de repertorios 2

bajo el número

cinco mil doscientos novena y siete. DOY FE.-

3 4

5 6

8

9 10 11 12 13 14

.....-......

tIOS4 ' 12\ ----1, 4. .Z. NOTARIC 5, < PUBLICA , r"

--3 CONCEPC101_•,.''' * ' ill) 1:11) il\ CHILE WAN PAF LO ESPIlteSA S. Notario Público Suplente

15 16 17

CITCriFICO 0.1iE ESTA COPIA ES TESTIMONIO iEL DE SU CRiCVAL 18 19 20

NOTARIO 97 VIIr:!_1(10 r-

21

hl 22

JUAN hP.L0 ESPNOSA S. Nota.> Público Suplente.

23 24 25 26 27 28 29 30

3

- Z OCT. 205

•,.z-T."•.,7~...IRT•^11..P.-'^^"

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Foja 983 novecientos ochenta FOJA 4y tres

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Foja 984 novecientos ochenta y cuatro

vsZI) S A

FOJA 4'

4.- 'NO( ARIO PUBLICO CONCEPCION

CHILE

Rep.N°5.298.-

MANDATO ESPECIAL AD1INISTRATIVO YOLANDA CASANUDA FUENTES A PAULA ANDREA VILLEG/3 HERNANDEZ

PPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPIDIDIDIDPIDIDPPI9131:91:9PPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPP

10

EN CONCEPCION DE CHILE, a dos de Octubre d€ dos mil quince, ante mí, JUAN PABLO

11

ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Abogado, Notario Pblico de Concepción, con oficio en esta

12

ciudad, calle O'Higgins número quinientos veintiono, suplente del titular Juan Espinosa

13

Bancalari, según decreto número cuatrocientos tres e fecha primero de octubre del dos mil

14

quince, otorgado por la Ilustrísima Corte de Apelacines de Concepción, comparece: doña

15

YOLANDA CASANUEVA FUENTES, quien dedal-, ser chilena, viuda, cédula nacional de

16

identidad número cuatro millones seiscientos cincenta y ocho mil doscientos setenta y

17

cuatro guión ocho, labores de hogar, domiciliada e Sector Carrizales Bajo de la comuna

18

de Ranquil, de paso en ésta; en adelante "LA MAIDANTE", la compareciente mayor de

19

edad, quien acredita su identidad con la cédula yzcitada y expone: Que por este acto e

20

instrumento, viene en conferir mandato especial doña PAULA ANDREA VILLEGAS

21

HERNÁNDEZ, chilena, casada, abogado e Ingenio de Ejecución en Gestión Pesquera,

22

cédula nacional de identidad número diecinueve nillones ciento cincuenta y cinco mil

23

novecientos cuarenta y cinco guión dos, con omicilio en calle 0"Higgins número

24

seiscientos treinta, oficina quinientos nueve de la omuna y ciudad de Concepción, para

25

que en su nombre interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos e

26

invalidaciones administrativas sea en procesos admiistrativos en tramitación o en aquéllos

27

que se inicien con posterioridad al otorgamiento de ste instrumento en el cual la mandante

28

y/o poderdante tenga la calidad de interviniente antEcualquier sede administrativa del país,

29

en especial, sin que la enumeración sea taxativa, slo meramente ejemplificadora, ante el

30

Servicio de Evaluación Ambiental, Comisión de Egluación Ambiental, Superintendencia

• < PUL5LIC ( 2 ;;ONCEPCIN

JAN PABLO ESPINOSA S. Notario Público Suplente..

1): r ttrr"7'A_ 1N l':1111.0 ri Notacio Público Suolenv

Foja 985 novecientos ochenta y cinco FOJA 4

1 del Medio Ambiente, todas de la Región del Bío Bío, Mirsterio del medio ambiente,



2

Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, o Miisterio del Medio Ambiente,

3

pudiendo notificarse de las resoluciones o sentencias qu en ellas recaiga, incluso

4

respecto de aquellas en que se requiera la notificación persoal de los mandantes, con la

5

especial limitación de no poder absolver posiciones ni contezar nuevas demandas ni ser

6

emplazado en gestión administrativa alguna, sin previa iotificación personal de la

7

compareciente. Le confiere a la mandataria expresamente la facultades indicadas en el

8

artículo veintidós de la ley diecinueve mil ochocientos ochentE sin perjuicio de aplicarse en

9

la especie además supletoriamente las facultades contempdas en ambos incisos del

10

artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil y, espeialmente, las de demandar,

11

iniciar cualquier otra especie de gestiones judiciales así sea de jurisdicción voluntaria o

12

contenciosa, reconvenir, contestar reconvenciones, desistirs en primera instancia de la

13

acción deducida, aceptar la demanda contraria previo erplazamiento personal a la

14

mandante, absolver posiciones, renunciar a los recursos o lo:términos legales, transigir,

15

avenir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades, aprobr convenios, percibir y auto

16

contratar. Sin perjuicio de las facultades descritas anteriormete, se faculta expresamente

17

a la mandataria para comparecer a nombre de la poderdate ante cualquier instancia

18

administrativa en que aquélla tuviere interés, entendiéndce premunida de todas las

19

facultades necesarias para la consecución del acto adminitrativo de que se trate en

20

conformidad a lo previsto en el artículo veintidós y demás pe inentes de la ley diecinueve

21

mil ochocientos ochenta, autorizándola a representarlos epecialmente ante cualquier

22

institución de carácter ambiental regional o nacional, en odo trámite o gestión que

23

actualmente tengan pendiente o les ocurra en lo sucesivo are dicha(s) institución(es). El

24

presente mandato será remunerado de acuerdo a lo quf las partes han convenido

25

mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el ual no se inserta por ser de

26

conocimiento del mandante y de la mandataria. Desde ya la iandataria se compromete a

27

la obligación de rendir cuenta del desempeño de la gestiones encomendadas

28

periódicamente a su mandante en las respectivas reuniones iue se convengan al efecto.

29

Minuta redactada por la abogado habilitado doña PIJLA ANDREA VILLEGAS

30

HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura y aceptación, rma. Se deja constancia que



2

Foja 986 FOJA 4y seis novecientos ochenta

S4 e

NOTARIO PUBLICO

.317-

CONCEPCION

• el presente instrumento público ha sido anotado el el libro de repertorios de esta Notaría

CHILE

bajo el número cinco mil doscientos noventé y ocho. DOY FE.-

10 11

4. NOTARIO < PUBLICO CONCEPC101 .5;

12 13

rHILE

14

RJAN PABLO F,SPIN7711r Notario Páblico Sub:mis,

15 16 17

777 -.9 oun ESTA rIOPIA ESTESTIMCM0 EL DE SU ORIGNAL

-2 OCT. 21115

18

9 ze,

19 20

)SA '1, NOTARIO IP

puntico , .?., CONCEPCION



21

.,...„,_ ,UAlx.9ABLO F.SlYNOSA S. Noti-io Público Stip/1;1,2,s.

22 23 24 25 26 27 28 29 30

3

Foja 987 novecientos ochenta y siete yx0S A e

,

FOJA 4'

"4/c, ' NOTARIO PUBLICO CONCEPCION

Rep.N°5.299.-

CH

MANDATO ESPECIAL ANIINISTRATIVO HERNÁN ANTONIO VAS(UEZ BELTRAN A PAULA ANDREA VILLEG,S HERNANDEZ

PPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPPAP

10

EN CONCEPCION DE CHILE, a dos de Octubre di dos mil quince, ante mí, JUAN PABLO

11

ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Abogado, Notario Fiblico de Concepción, con oficio en esta

12

ciudad, calle O'Higgins número quinientos veinticho, suplente del titular Juan Espinosa

13

Bancalari, según decreto número cuatrocientos trede fecha primero de octubre del dos mil

14

quince, otorgado por la Ilustrísima Corte de Apelaones de Concepción, Comparece: don

15

HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN, quin declara ser chileno, casado, cédula

16

nacional de identidad número nueve millones seteientos treinta y siete mil ciento noventa

17

y siete guión cero, agricultor, domiciliado en Setor Carrizales Bajo de la comuna de

18

Ranquil, de paso en ésta; en adelante "EL MANDADTE", el compareciente mayor de edad,

19

quien acredita su identidad con la cédula ya cada y expone: Que por este acto e

20

instrumento, viene en conferir mandato especiala doña PAULA ANDREA VILLEGAS

21

HERNÁNDEZ, chilena, casada, abogado e ingeniro de Ejecución en Gestión Pesquera,

22

cédula nacional de identidad número diecinueve millones ciento cincuenta y cinco mil

23

novecientos cuarenta y cinco guión dos, con iomicilio en calle 0"Higgins número

24

seiscientos treinta, oficina quinientos nueve de la;omuna y ciudad de Concepción, para

25

que en su nombre interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos e

26

invalidaciones administrativas sea en procesos adrinistrativos en tramitación o en aquéllos

27

que se inicien con posterioridad al otorgamiento delste instrumento en el cual el mandante

28

y/o poderdante tenga la calidad de interviniente am cualquier sede administrativa del país,

29

en especial, sin que la enumeración sea taxativa, ino meramente ejemplificadora, ante el

30

Servicio de Evaluación Ambiental, Comisión de Eialuación Ambiental, Superintendencia .tz,0

I/ ) r 1\ JUAN PABLO E.12444GS-A-S. Nolzrio Piffishico Suplente

1

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PIOTAta

PLIF31.1 O CONCE ny.,

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JAN PABLO r.SPENOSA Notario Púbi:c1.) 'ttrierttr.

Foja 988 novecientos ochenta y ocho FOJA 4;

1 del Medio Ambiente, todas de la Región del Bio Bío, Mirsterio del medio ambiente, 2

Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, o Miisterio del Medio Ambiente,

3

pudiendo notificarse de las resoluciones o sentencias qu en ellas recaiga, incluso

4

respecto de aquellas en que se requiera la notificación persoal de los mandantes, con la

5

especial limitación de no poder absolver posiciones ni contelar nuevas demandas ni ser

6

emplazado en gestión administrativa alguna, sin

7

compareciente. Le confiere a la mandataria expresamente la facultades indicadas en el

8

artículo veintidós de la ley diecinueve mil ochocientos ochentasin perjuicio de aplicarse en

9

la especie además las facultades contempladas en ambos inGos del artículo Séptimo del

10

Código de Procedimiento Civil y, especialmente, las de derandar, iniciar cualquier otra

11

especie de gestiones judiciales así sean de jurisdicciór voluntaria o contenciosa,

12

reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en prima instancia de la acción

13

deducida, aceptar la demanda contraria previo emplazaminto personal al mandante,

14

absolver posiciones, renunciar a los recursos o los términc legales, transigir, avenir,

15

comprometer, otorgar a los árbitros facultades, aprobar converos, percibir y auto contratar.

16

Sin perjuicio de las facultades descritas anteriormente, sefaculta expresamente a la

17

mandataria para comparecer a nombre del poderdant( ante cualquier instancia

18

administrativa en que aquéllos tuvieren interés, entendiéndce premunida de todas las

19

facultades necesarias para la consecución del acto adminitrativo de que se trate en

20

conformidad a lo previsto en el artículo veintidós y demás pernentes de la ley diecinueve

21

mil ochocientos ochenta, autorizándola a representarlo esecialmente ante cualquier

22

institución de carácter ambiental regional o nacional, en )do trámite o gestión que

23

actualmente tengan pendiente o les ocurra en lo sucesivo am dicha(s) institución(es). El

24

presente mandato será remunerado de acuerdo a lo que las partes han convenido

25

mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el cal no se inserta por ser de

26

conocimiento del mandante y de la mandataria. Desde ya la randataria se compromete a

27

la obligación de rendir cuenta del desempeño de las gestiones encomendadas

28

periódicamente a su mandante en las respectivas reuniones ue se convengan al efecto.

29

Minuta redactada por la abogado habilitado doña PAILA ANDREA VILLEGAS

30

HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura y aceptacin, firma. Se deja expresa

2

preví notificación personal del

Foja 989 novecientos ochenta y nueve 4 FOJA

1A a

4 4,o 77

NOTARIO PUBLICO CONCEPCION

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constancia que el presente instrumento público ha ido anotado en el libro de repertorios

CHILE

bajo el número cinco mil doscientos noventa i nueve. DOY FE.-

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NOTARIO PUBLICO CONCEPCION

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CHILE

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JAN PA131,0 Notario Páblico Suplente-

14 15

TESTUVIONi0:1EL DE SU OMGINAL 16

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O NOTARIO PUBLICO- j CONCEPCION

19

e-Has JUN PABLO

20

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otario Público Suplente.

21

22 23

24

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3

2 OCT. 201.

Foja 990 novecientos noventa FOJA 4

A.RAUCC) Zeincnninc.n Fuhru

FORMULARIO REPORTE ALERTA FLASH E OLORES ARAUCO- CFI NUEVA ALDEA

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Intensidad olor y duración (por persona que realizó llamado): Olor/Duración

Menos de un minuto

Entre 1 y minutos

Más de 3 minutos

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MEDIO FUERTE

Tipo de nlor



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Direccinn Pluma u otra indicación visual Sezt.10Q. GrCULI2/1.)

5€ 410 (

1.

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¿Dio ck:rr e posterior ‹I evento? (explicación causa vía telefónica o (esencial) SI 1., r

CONCEPCION

1 lh

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JUAN PAI-lb ESPINCESTS. Notario Púhco Suplente.

OCT. 2015

Foja 1016 mil dieciseis

FOJA 4' kobierivo 11111# .de Chité

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

(*) Campos obligatorios a rellenar para pode procesar su denuncia.

Sección 1:

Individualización denunciarte*

Persona natural Persona jurídica

X

2 6 OCT 2015 OFICINA DE PARTES

1.1. Persona natural. Nombres* Apellidos*

SUPERINTENDENCIA DEI. MEDIO AkfiTERIE VIII CONCEPCION

R ECIBIDO

ETELVINA DEL CARMEN SEPULVEDA ALEGRIA Y OTRiS PERSONAS NATURALES QUE INDICA

Cédula de Identidad Domicilio*

Región

:afile

Ciudad

Teléfono de contacto

Número Slock/Dpto. Sector

Fijo

Móvil

Fax

Correo electrónico 1.2. Persona Jurídica. Razón social o Nombre* RUT 1 Tipo de persona jurídica

1. 1

1 •

-

O Organismo del Estado O Empresa pública

O o O o O O O O O

Sociedad anónima Sociedad de responsabidad limitada Sociedad colectiva Sociedad en comandita Empresa individual de rsponsabilidad limitada Sociedad por acciones Sociedad contractual miera Sociedad legal minera Cornorackín

Foja 1017 mil diecisiete

FOJA 4,

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Domicilio*

Región

Calle

Ciudad Teléfono de contacto



Numen Block/Dpto

Fijo

Móvil

Sector

Fax

Correo electrónico 1.3. Representante. Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad

PAULA ANDREA VILLEGAS HERNANDEZ

Domicilio*

Región

19

. 155

. 94!

Ciudad CONCEPCION

Correo electrónico

Fijo

2

Calle OHIGGINS

BIO BIO

Teléfono de contacto

-

Numen Block/Dpto 509 630 Móvil 78979361

muviabogados

Fax

0 Yahoo.es

Acredita personería vigente del representare

Sección _2:



Apoderado*

¿Actúa mediante apoderado? (Ley N°19.88)



Nombres* Apellidos* Cédula de Identidad

PAULA ANDREA VILLEGAS HERNANDEZ

Domicilio*

Región

191. 155

Ciudad Teléfono de

Sector CENTRO

Fijo

.

945

-

2

Calle Número Block/Dpto 178979361

Sector

1 Fax

Foja 1018 mil dieciocho

FOJA 4.; de Chtte

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Acredita poder art. 22 Ley N° 19.880

Sección 3:

Identificación del o los preuntos infractores*

Persona natural Persona jurídica Nombre completo o Razón Social Cédula de Identidad o RUT Domicilio*

X Celulosa Arauco y Constituctn S.A. titular Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea

93

. 1458 1.

Región

Ciudad Fijo

000

-

1

Calle Sector Nueva Aldea de Ranquil

Bio Bio

Teléfono de contacto



Número Block/Dpto Móvil

Sector

Fax

Correo electrónico

Sección 4:

Antecedentes de la denunci *

Descripción de los hechos denunciados En representación de doña ETELVINA DEL CRMEN SEPULVEDA ALEGRIA, cédula nacional de identidad número cuatro millones uinientos tres mil cuatrocientos noventa y uno guión siete, labores de hogar YOLANDA :ASANUEVA FUENTES, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientolcincuenta y ocho mil doscientos setenta y cuatro guión ocho, labores de hogar; Don FERNANDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES, cédula nacional de idendad número cuatro millones doscientos nueve mil quinientos quince guión K, agriultor; Don HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN, cédula nacional de identidad núiero nueve millones setecientos treinta y siete ciento noventa y siete guión cero, agcultor; Don MANUEL ANGEL VENEGAS SEPULVEDA, cédula nacional de idetidad número doce millones novecientos setenta y un mil ciento treinta y seis guión uo, empleado; y de doña LAURA IVONNE CABEZAS ORTIZ, cédula nacional de idetidad número cinco millones novecientos setenta y seis mil cuarenta v dos ni ión ran tnrine rinmie-iline1". e."

Foja 1019 mil diecinueve

FOJA 4 3

Gobierno de Chile 01 `•,4.1•

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Complejo Forestal e Industrial de la denunciada se,tio inundado de un pestilente olor proveniente de a citada empresa, el cual se prologó de manera intensa hasta las primeras horas del día 26, momento en el cual empez a decrecer. Sin embargo durante las horas críticas mis representdos se vieron afectados por fuertes dolores de cabeza, vómitos, sangramiento de nziz y picazón en sus cuerpos a consecuencia de los nauseabundos olores que presmiblemente conllevan químicos de tan alto impacto capaces de generar reacciones inedkas en los organismos vivos.

Cae hacer presente que desde que asumí la repesentación de los denunciantes ya -1 individualizados, ya se han suscitado varios epiodios de la misma e incluso peor envergadura, por ende tales acontecimientos ralamente pueden ser atribuibles a la paralización de operaciones y posterior reanuda-ión de las mismas, pues dos de los eventos ya denunciados son anteriores a dichasépocas. Al efecto, es menester hacer presente, que obra en poder de este Servicio, por pare de esta letrada en representación de los mismo mandantes, las siguientes denuncia: 10 El día 07 de octubre de 2015 se formula den ncia entre otros, por malos olores, rudio ensordecer, disposición ilegal del cal de s vertedero y emisión de contaminaos graves al medio ambiente.; 20 Con fecha 15 de octubre de 2015, se amplia

3

denuncia anterior;

3° Con fecha 21 de octubre de 2015 se formulalenuncia acotada a episodio de mals olores graves acaecidos los días 20 y 21 de octore de 2015.

¿Cómo tomó conocimiento de los hechos? Primeramente, vía telefonica mis representaos me manifestaron lo que estaa ocurriendo en el Sector de Carrizales y posteric-mente, ín sítu ya que me trasladé3I lugar, y pude constatar directamente la veracidd de los dichos de mis representadc, y que no obstnte los diversos requerimiento efectuados ese día a las distints autoridades, Sr. Intendente del Bio Bio, r. Seremi del Medio Ambiente y Superintendencia del Medio Ambiente, ningún onanismo 'publico concurrió al lugar.

Período o fecha del hecho denunciado

Foja 1020 mil veinte

FOJA 45

,241, 196iestio

JIM dqcante

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

Lugar del hecho denunciado Sector Carrizales Bajo comuna de Ránquil, sin peiuicio que el pestilente olor abarcab las zonas de La Concepción, Nueva Aldea Y parte 'e Quillón incluso.

¿Conoce información geográfica asociada?

I No I

En caso de conocer la información geográfica marcar lzubicación presentada a continuación

Huso 19 Sur Huso 18 Sur Huso 12 Sur (Isla de Pascua) Huso 13 Sur (Isla San Félix, Isla san Ambrosp) Huso 17 Sur (Archipiélago de Juan Fernández) Territorio chileno Antártico (Husos 16, 17, lE 19, 20, 21 y 22 Sur) Coordenada Este Coordenada Norte ¿Se encuentra en o cercana a un área protegila del estado?

Sección 5: Documentación de la denunca* Acreditar Personería Vigente del Representane

Poder Artículo 22 Ley N°19.880

Documentación Adjunta: Nombre del documento





1



í No I

Foja 1021 mil veintiuno

FOJA 45

Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chi le

Declaro por este acto vengo en dounciar una posible infracción, y declaro que la información contenida en este documento es • ecisa, verídi a, y comprobable

Firma

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Foja 1022 mil veintidos

PUBLICO

FOJA 4.

CONCEPCION

CHILE

Rep.N°5.301 2 3

MANDATO ESPECIAL ,DMINISTRATIVO

4 5 6 7

ETELVINA DEL CARMEN S PULVEDA ALEGRIA A PAULA ANDREA VILLEGAS HERNANDEZ

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16

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21

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22

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23 24

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25

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26

que en su nombre interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos e

27

invalidaciones administrativas sea en procesos adrmistrativos en tramitación o en aquéllos

28

que se inicien con posterioridad al otorgamiento de ste instrumento en el cual el mandante

29

y/o poderdante tenga la calidad de interviniente anticualquier sede administrativa del país,

30

en especial, sin que la enumeración sea taxativa, sio meramente ejemplificadora, ante el

Foja 1023 mil veintitres

FOJA i3

Servicio de Evaluación Ambiental, Comisión de Evaluación Ambiental, Superintendencia 2

del Medio Ambiente, todas de la Región del Bío Bío, Ministerio del medio ambiente,

3

Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, o Ministerio del Medio Ambiente,

4

pudiendo notificarse de las resoluciones o sentencias que en ellas recaiga, incluso

5

respecto de aquellas en que se requiera la notificación personal de los mandantes, con la

6

especial limitación de no poder absolver posiciones ni contestar nuevas demandas ni ser

7

emplazado en gestión administrativa alguna, sin previa notificación personal de los

8

comparecientes. Le confieren a la mandataria expresamente las facultades indicadas en el

9

artículo veintidós de la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, sin perjuicio de aplicarse en

10

la especie además supletoriamente las facultades contempladas en ambos incisos del

11

artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil j, especialmente, las de demandar,

12

iniciar cualquier otra especie de gestiones judiciales así sean de jurisdicción voluntaria o

13

contenciosa, reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la

14

acción deducida, aceptar la demanda contraria previo emplazamiento personal a los

15

mandantes, absolver posiciones, rentinciar a los recursos o los términos legales,

16

transigir, avenir, comprometer, otorgar a los árbitro's facultades, aprobar convenios,

17

percibir y auto contratar. Sin perjuicio de las facultades descritas anteriormente, se faculta

18

expresamente a la mandataria para comparecer a nombre de la poderdante ante cualquier

19

instancia administrativa en que aquélla tuviere interés, entendiéndose premunida de todas

20

las facultades necesarias para la consecución del acto adminiátrativo de que se trate en

21

conformidad a lo previsto en el artículo veintidós y demás pertinentes de la ley diecinueve

22

mil ochocientos ochenta, autorizándola a representarlos especialmente ante cualquier

23

institución de carácter ambiental regional o nacional, en todo trámite o gestión que

24

actualmente tengan pendiente o les ocurra en lo sucesivo ante dicha(s) institución(es). El

25

presente mandato será remunerado de acuerdo a lo que las partes han convenido

26

mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el dial no se inserta por ser de

27

conocimiento de la mandante y de la mandataria. Desde ya la mandataria se compromete

28

a la obligación de rendir cuenta del desempeño de las gestiones encomendadas

29

periódicamente a su mandante en las respectivas reuniones que se convengan al efecto.

30

Minuta redactada por la abogada habilitada doña PAULA ANDREA VILLEGAS

Foja 1024 mil veinticuatro

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FOJA 54

7

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CONCEPCION

HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura y aceptación, firma. Se deja constancia qu 2

el presente instrumento público ha sido anotado en el libro de repertorios bajo el número

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Foja 1025 mil veinticinco

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FOJA 55

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CHILE

Rep.N°5.299 2

MANDATO ESPECIAL ADMINISTRATIVO

3

HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN

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PAULA ANDREA VILLEGAS HERNANDEZ

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11

ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en est

12

ciudad, calle O'Higgins número quinientos veintiocho, suplente del titular Juan Espinos

13

Bancalari, según decreto número cuatrocientos tres de fecha primero de octubre del dos m

14

quince, otorgado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, Comparece: dol

15

HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN, quien declara ser chileno, casado, cédula

16

nacional de identidad número nueve millones setecientos treinta y siete mil ciento novena

17

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Ranquil, de paso en ésta; en adelante "EL MANDANTE", el compareciente mayor de edad

19 quien acredita su identidad con la cédula ya citada y expone: Que por este acto ( 20

instrumento, viene en conferir mandato especial a doña PAULA ANDREA VILLEGA1

21

HERNÁNDEZ, chilena, casada, abogado e Ingeniero de Ejecución en Gestión Pesquera

22

cédula nacional de identidad número diecinueve millones ciento cincuenta y cinco mi

23

novecientos cuarenta y cinco guión dos, con domicilio en calle 0"Higgins número

24

seiscientos treinta, oficina quinientos nueve de la comuna y ciudad de Concepción, para

25

que en su nombre interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos

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26

invalidaciones administrativas sea en procesos administrativos en tramitación o en aquéllos

27

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28

y/o poderdante tenga la calidad de interviniente ante cualquier sede administrativa dei país

29

en especial, sin que la enumeración sea taxativa, sino meramente ejemplificadora, ante e

30

Servicio de Evaluación Ambiental, Comisión de Evaluación Ambiental, Superintendencia

Foja 1026 mil veintiseis

FOJA 5

1 del Medio Ambiente, todas de la Región del Bío Bio, Ministerio del medio ambiente, 2

Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, o Ministerio del Medio Ambiente,

3

pudiendo notificarse de las resoluciones o sentencias que en ellas recaiga, incluso

4

respecto de aquellas en que se requiera la notificación personal de los mandantes, con la

5

especial limitación de no poder absolver posiciones ni contestar nuevas demandas ni ser

6

emplazado en gestión administrativa alguna, sin

7

compareciente. Le confiere a la mandataria expresamente las facultades indicadas en el

8

artículo veintidós de la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, sin perjuicio de aplicarse en

previa notificación personal del

9 la especie además las facultades contempladas en ambos incisos del artículo Séptimo del lo Código de Procedimiento Civil y, especialmente, las de demandar, iniciar cualquier otra 11 especie de gestiones judiciales así sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa, 12

reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción

13

deducida, aceptar la demanda contraria previo emplazamiento personal al mandante,

14

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15

comprometer, otorgar a los árbitros facultades, aprobar convenios, percibir y auto contratar.

16

Sin perjuicio de las facultades descritas anteriormente, se faculta expresamente a la

17

mandataria para comparecer a nombre del poderdante ante cualquier instancia

18

administrativa en que aquéllos tuvieren interés, entendiéndose premunida de todas las

19

facultades necesarias para la consecución del acto administrativo de que se trate en

20

conformidad a lo previsto en el artículo veintidós y demás pertinentes de la ley diecinueve

21

mil ochocientos ochenta, autorizándola a representarlo especialmente ante cualquier

22

institución de carácter ambiental regional o nacional, en todo trámite o gestión que

23

actualmente tengan pendiente o les ocurra en lo sucesivo ante dicha(s) institución(es). El

24

presente mandato será remunerado de acuerdo a lo que las partes han convenido

25

mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el cual no se inserta por ser de

26

conocimiento del mandante y de la mandataria. Desde ya la mandataria se compromete a

27

la obligación de rendir cuenta del desempeño de las gestiones encomendadas

28

periódicamente a su mandante en las respectivas reuniones que se convengan al efecto.

29

Minuta redactada por la abogado habilitado doña PAULA ANDREA VILLEGAS

30

HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura y ace:)tación, firma. Se deja expresa

Foja 1027 mil veintisiete

FOJA ,7

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constancia que el presente instrumento público ha sido anotado en el libro de repertoric bajo el número cinco mil doscientos noventa y nueve. DOY FE.-

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Foja 1028 mil veintiocho

FOJA ,8

Rep.N°5.300.

CHILE 2

MANDATO ESPECIAL ADMINISTRATIVO

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FERNANDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES

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PAULA ANDREA VILLEGAS HERNÁNDEZ

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ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en est

13

ciudad, calle O'Higgins número quinientos veintiocho, suplente del titular Juan Espinos

14

Bancalari, según decreto número cuatrocientos tres de fecha primero de octubre del dos rr

15 quince, otorgado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, comparecen: do 16

FERNANDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES, quien declara ser chileno, casad(

17

cédula nacional de identidad número cuatrb millones doscientos nueve mil quiniento

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19

de paso en ésta; en adelante "EL MANDANTE' el compareciente mayor de edad, quie

20

acredita su identidad con la cédula ya citada y expone: Que por este acto e instrumentc

21

viene en conferir mandato especial a doña PAULA ANDREA VILLEGAS HERNÁNDEZ

22

chilena, casada, abogado e Ingeniero de Ejecución en Gestión Pesquera, cédula naciorE

23

de identidad número diecinueve millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cuarent

24

y cinco guión dos, con domicilio en calle 0"1-1.ggins número seiscientos treinta, oficin

25

quinientos nueve de la comuna y ciudad de Concepción, para que en su nombr

26

interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos e invalidaciones administrativa

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sea en procesos administrativos en tramitación • o en aquéllos que se inicien

28

posterioridad al otorgamiento de este instrumento en el cual, el mandante y/o poderdani

29

tenga la calidad de interviniente ante cualquier sede administrativa del país, en especie

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sin que la enumeración sea taxativa, sino meramente ejemplificadora, ante el Servicio

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Foja 1029 mil veintinueve

FOJA 59

Evaluación Ambiental, Comisión de Evaluación Ambiental, Superintendencia del Medio 2

Ambiente, todas de la Región del Bío Bio, Ministerio del medio ambiente, Director Ejecutivo

3

del Servicio de Evaluación Ambiental, o Ministerio del Medio Ambiente, pudiendo

4

notificarse de las resoluciones o sentencias que en ellas recaiga, incluso respecto de

5

aquellas en que se requiera la notificación personal de los mandantes, con la especial

6

limitación de no poder absolver posiciones ni contestar nuevas demandas ni ser emplazado

7

en gestión administrativa alguna, sin previa notificación personal del compareciente. Le

8

confiere a la mandataria expresamente las facultades indicadas en el artículo veintidós de

9

la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, sin perjuicio de aplicarse en la especie además

10

las facultades contempladas en ambos incisos del artículo Séptimo del Código de

11

Procedimiento Civil y, especialmente, las de demandar, iniciar cualquier otra especie de

12

gestiones judiciales así sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa, reconvenir, contestar

13

reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda

14

contraria previo emplazamiento personal al mandante, absolver posiciones, renunciar a

15

los recursos o los términos legales, transigir, avenir, comprometer, otorgar a los árbitros

16

facultades, aprobar convenios, percibir y auto contratar. Sin perjuicio de las facultades

17

descritas anteriormente, se faculta expresamente a la mandataria para comparecer a

18

nombre del poderdante ante cualquier instancia administrativa en que aquéllos tuvieren

19

interés, entendiéndose premunida de todas las facultades necesarias para la consecución

20

del acto administrativo de que se trate en conformidad a lo previsto en el artículo veintidós

21

y demás pertinentes de la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, autorizándola a

22

representarlos especialmente ante cualquier institución de carácter ambiental regional o

23

nacional, en todo trámite o gestión que actualmente tenga pendiente o le ocurra en lo

24

sucesivo ante dicha(s) institución(es). El presente mandato será remunerado de acuerdo a

25

lo que las partes han convenido mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el

26

cual no se inserta por ser de conocimiento del mandante y de la mandataria. Desde ya la

27

mandataria se compromete a la obligación de rendir cuenta del desempeño de las

28

gestiones encomendadas periódicamente a su mandante en las respectivas reuniones que

29

se convengan al efecto. Minuta redactada por la abogado habilitado doña PAULA ANDREA

30

VILLEGAS HERNÁNDEZ.- En comprobante, previa lectura y aceptación, firma. Se deja

Foja 1030 mil treinta

FOJA SO C ION

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constancia que el presente instrumento público ha sido anotado en el libro de repertorio: 2

bajo el número

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Foja 1031 mil treinta y uno

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FOJA 31

CONCEPCION

CHILE

Rep.N°5.297. 2 3

MANDATO ESPECIAL ADMINISTRATIVO

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MANUEL ANGEL VENEGAS SEPULVEDA

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PAULA ANDREA VILLEGAS HERNANDEZ

7 8 9

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EN CONCEPCION DE CHILE, a dos de Octubre del dos mil quince, ante mí, JUAN PABLC

12

ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en esta

13

ciudad, calle O'Higgins número quinientos veintiocho, suplente del titular Juan Espinosa

14

Bancalari, según decreto número cuatrocientos tres de fecha primero de octubre del dos mi

15

quince, otorgado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, comparece: don

16

MANUEL ANGEL VENEGAS SEPULVEDA, quien declara ser chileno, casado, cédula

17

nacional de identidad número doce millones novecientos setenta y un mil ciento treinta y

18

seis guión uno, empleado, domiciliado en Sector Carrizales Bajo de la comuna de Ranquil,

19

de paso en ésta; en adelante "EL MANDANTE", el compareciente mayor de edad, quien

20

acredita su identidad con la cédula ya citada y e>.pone: Que por este acto e instrumento,

21

viene en conferir mandato especial a doña PAULA ANDREA VILLEGAS HERNÁNDEZ,

22

chilena, casada, abogado e Ingeniero de Ejecución en Gestión Pesquera, cédula nacional

23

de identidad número diecinueve millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta

24

y cinco guión dos, con domicilio en calle 0"Higgins número seiscientos treinta, oficina

25

quinientos nueve de la comuna y ciudad de Concepción, para que en su nombre

26

interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos e invalidaciones administrativas

27

sea en procesos administrativos en tramitación o en aquéllos que se inicien con

28

posterioridad al otorgamiento de este instrumento en el cual el mandante y/o poderdante

29

tenga la calidad de interviniente ante cualquier sede administrativa del país, en especial,

30

sin que la enumeración sea taxativa, sino meramente ejemplificadora, ante el Servicio de

Foja 1032 mil treinta y dos

FOJA

1 Evaluación Ambiental, Comisión de Evaluación Ambiental, Superintendencia del Medio 2

Ambiente, todas de la Región del Bío Bío, Ministerio del medio ambiente, Director Ejecutivo

3

del Servicio de Evaluación Ambiental, o Ministerio del Medio Ambiente, pudiendo

4

notificarse de las resoluciones o sentencias que en ellas recaiga, incluso respecto de

5

aquellas en que se requiera la notificación personal del mandante, con la especial

6

limitación de no poder absolver posiciones ni contestar nuevas demandas ni ser emplazado

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en gestión administrativa alguna, sin previa notificación personal del compareciente. Le

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confiere a la mandataria expresamente las facultades indicadas en el artículo veintidós de

9

la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, sin perjuicio de aplicarse en la especie además

lo las facultades contempladas en ambos incisos del artículo Séptimo del Código de 11 Procedimiento Civil y, especialmente, las de demandar, iniciar cualquier otra especie de 12 13 14

gestiones judiciales así sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa, reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria previo emplazamiento personal al mandante, absolver posiciones, renunciar a los

15

recursos o los términos legales, transigir, avenir, comprometer, otorgar a los árbitros

16

facultades, aprobar convenios, percibir y auto contratar. Sin perjuicio de las facultades

17

descritas anteriormente, se faculta expresamente a la mandataria para comparecer a

18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

nombre de los poderdantes ante cualquier instancia administrativa en que aquéllos tuvieren interés, entendiéndose premunida de todas las facultades necesarias para la consecución del acto administrativo de que se trate en conformidad a lo previsto en el artículo veintidós y demás pertinentes de la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, autorizándola a representarlos especialmente ante cualquier institución de carácter ambiental regional o nacional, en todo trámite o gestión que actualmente tengan pendiente o les ocurra en lo sucesivo ante dicha(s) institución(es). El presente mandato será remunerado de acuerdo a lo que las partes han convenido mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el cual no se inserta por ser de conocimiento del mandante y de 'la mandataria. Desde ya la mandataria se compromete a la obligación de rendir cuenta del desempeño de las

gestiones encomendadas periódicamente a su mandante en las respectivas reuniones que se convengan al efecto. Minuta redactada por la abogado habilitado doña PAULA ANDREA VILLEGAS HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura y aceptación, firma. Se deja

Foja 1033 mil treinta y tres

FOJA,3

CHILE

constancia que el presente instrumento público ha sido anotado en el libro de repertorios 2

bajo el número

cinco mil doscientos noventa y siete. DOY FE.-

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Foja 1034 mil treinta y cuatro

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PUBLICO

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CONCEPCION

CHILE

Rep.N°5.28.2 3

MANDATO ESPECIA.. ADMINISTRATIVO

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YOLANDA CASANUEVA FUENTES

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PAULA ANDREA VILLEGAS HERNANDEZ

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Bancalari, según decreto número cuatrocientos Tres de fecha primero de octubre del dos iil

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YOLANDA CASANUEVA FUENTES, quien declara ser chilena, viuda, cédula nacional e

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18

de Ranquil, de paso en ésta; en adelante "LA MANDANTE", la compareciente mayor e

19

edad, quien acredita su identidad con la cédula ya citada y expone: Que por este acto;

20

instrumento, viene en conferir mandato especial a doña PAULA ANDREA VILLEGAS

21

HERNÁNDEZ, chilena, casada, abogado e Ingeniero de Ejecución en Gestión Pesquer,

22 cédula nacional de identidad número diecinueve millones ciento cincuenta y cinco nl 23

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seiscientos treinta, oficina quinientos nueve de la comuna y ciudad de Concepción, par

25

que en su nombre interponga todo tipo de acciones, excepciones, recursos

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29

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Servicio de Evaluación Ambiental, Comisión de Evaluación Ambiental, Superintendencia

Foja 1035 mil treinta y cinco

FOJA j5

del Medio Ambiente, todas de la Región del Bío BID, Ministerio del medio ambiente, 2

Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, o Ministerio del Medio Ambiente,

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pudiendo notificarse de las resoluciones o sentencias que en ellas recaiga, incluso

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respecto de aquellas en que se requiera la notificación personal. de los mandantes, con la

5

especial limitación de no poder absolver posiciones ni contestar nuevas demandas ni ser

6

emplazado en gestión administrativa alguna, sin previa notificación personal de la

7

compareciente. Le confiere a la mandataria expresamente las facultades indicadas en el

8

artículo veintidós de la ley diecinueve mil ochocientos ochenta, sin perjuicio de aplicarse en

9

la especie además supletoriamente las facultades contempladas en ambos incisos del

10

artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil y, especialmente, las de demandar,

11

iniciar cualquier otra especie de gestiones judiciales así sean de jurisdicción voluntaria o

12

contenciosa, reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la

13

acción deducida, aceptar la demanda contraria previo emplazamiento personal a la

14

mandante, absolver posiciones, renunciar a los recursos o los términos legales, transigir,

15

avenir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades, aprobar convenios, percibir y auto

16

contratar. Sin perjuicio de las facultades descritas anteriormente, se faculta expresamente

17

a la mandataria para comparecer a nombre de la poderdante ante cualquier instancia

18

administrativa en que aquélla tuviere interés, entendiéndose premunida de todas las

19

facultades necesarias para la consecución del acto administrativo de que se trate en

20

conformidad a lo previsto en el artículo veintidós y demás pertinentes de la ley diecinueve

21

mil ochocientos ochenta, autorizándola a representarlos especialmente ante cualquier

22

institución de carácter ambiental regional o nacional, en todo trámite o gestión que

23

actualmente tengan pendiente o les ocurra en lo sucesivo ante dicha(s) institución(es). El

24

presente mandato será remunerado de acuerdo a lo que las partes han convenido

25

mediante instrumento privado celebrado con esta fecha el cual no se inserta por ser de

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conocimiento del mandante y de la mandataria. Desde ya la mandataria se compromete a

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la obligación de rendir cuenta del desempeño de las gestiones encomendadas

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Minuta redactada por la abogado habilitado doña PAULA ANDREA VILLEGAS

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HERNÁNDEZ. En comprobante, previa lectura y aceptación, firma. Se deja constancia que

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Foja 1036 mil treinta y seis

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FOJA 36

' MOMIO PUBLICO C ONC E PCION C HI L E

el presente instrumento público ha sido anotado en el libro de repertorios de esta Notaría bajo el número

cinco rnil. doscientos noventa y ocho. DOY FE.-

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NOTARIO 3, ,

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Foja 1045 mil cuarenta y cinco *,hi Gobi2rno

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Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno de Chile

2601

ORD, D.S.C. N°: ANT.:

Escrito de denuncia ciudadana de 19 de noviembre de 2015, presentado ante la Superintendencia del Medio Ambiente.

MAT.: Santiago,

Informa sobre denuncia que indica. 1 DIC

2015

DE : JEFA DE LA DIVISIÓN DE SANCIÓN Y CUMPLIMIENT 3



A : SRA. PAULA ANDREA VILLEGAS HERNÁNDEZ A través del documento referido en el Ant., esta Superintendencia ha tomado conocimiento de su denuncia presentada en contra del titular Celulosa Arauco y Constitución S.A., por posibles irregularidades en su la planta Nueva Aldea, ubicada en la comuna de Ranquil. Actualmente, los hechos denunciados se encuentran en estudio, con el objeto de recabar mayor información sobre presuntas infracciones de nuestra competencia. Por otro lado, en relación a sus solicitude se hace presente lo siguiente: •

En cuanto al Primer Otrosí la información solicitada se encuentra disponible en el siguiente link: http://www.cdecsic.cl



Respecto del Segundo y Tercer Otrosí de su presentación, se informa que sus solicitudes se tendrá en consideración, estas serán analizadas y contestadas en la oportunidad correspondiente.

Sin otro particular, le saluda atentamente, 1 12

arie Claude Plumer Bodin Jefa de la misión de Sanción y Cumplimiento Superintendencia del Medio Ambiente SSV Distribución: Sra. Paula Andrea Villegas Hernández, calle O'Higgins N' 630, oficina N° 509, comuna de Concepción.

C.C.: -

División de Sanción y Cumplimiento División de Fiscalización Sra. Emelina Zamorano Ávalos, Jefa de Oficina Región del Biobío Sup. rintendencia del Medio Ambiente, Avenida Prat N.390, piso 16, oficina 1604, comuna de Concepción.

Superintendencia del Medio Ambiente — Gobierno de Chile Teatinos 280, pisos S y 9, Santiago / 02- 617 1800 / contacto.smatain na.gob.cl / www.sma.&211sl

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Foja 1046 mil cuarenta y seis FOJA '6

EN LO PRINCIPAL: Formula denuncia y solicita apumulación que OTROSÍ: Diligencias. SEGUNDO OTROSÍ: Reitera solicitu provisionales. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente personería. SUPERINTENDENCIA DEL MELIO AMBIENTE

de

1 MED AMBIENTE yucg9KEPCPN 19 ND OE V 201; pA TEs /

OFICINA RECIBID(

PAULA A. VILLEGAS HERNANDEZ, abogado, en representación de doña YOLANDA CASANUEVA FUENTES; Don FERNANDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES; HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN; MANUEL ANGEL VENEGAS SEPULVEDA; ETELVINA DEL CARMEN SEPULVEDA ALEGRIA, PABLO VÁSQUEZ y LAURA CABEZAS ORTIZ, según consta en estos autos administrativos, todos domiciliados en Sector Carrizales Bajo de la comuna de Ránquil, al Señor SUPERINTENDENTE DEL MEDIO AMBIENTE, respetuosamente digo: Consta ante esta sede administrativa, que c )n fecha 07 de octubre del año en curso, mis representados a través de esta letrada, interpusieron una denuncia en contra del titular del Complejo Forestal e Industr al Nueva Aldea, de la empresa Celulosa Arauco y Constitución S.A., R.U.T. 93.458.000-1, a la cual posteriormente fueron acumuladas denuncias de fechas 15 de octubre, 21 de octubre, y 03 de noviembre, todas del año en curso, con el propósito que se proceda a través de la Unidad de Instrucción de procedimientos sancionatorios a la investigación de los heChos pormenorizados en los respectivos libelos, su calificación jurídica, y formulación de cargos en contra del infractor, en los términos ya consignados. Ahora bien, sin perjuicio de los hechos denunciados pretéritamente, dada la gravedad de los acontecimientos suscitados en los últimos días, nos vemos en la necesidad de solicitar la ampliación de la denuncia pretéritamente formulada y sus acumuladas, en los siguientes términos: I.- DE LOS NUEVOS HECHOS ACAECIDOS.1°.- El día lunes 16 del mes en curso, se produjo al nterior de las instalaciones del Complejo Forestal e Industrial de Nueva Aldea, comuna de Ránquil, un principio de incendio, especificamente en las zonas destinadas al abastecimiento de sustancias peligrosas utilizadas como materia prima para la elaboración de celulosa. 2° Sin perjuicio de la peligrosidad intrínseca de este tipo de sucesos, en el caso de marras nuevamente se

afectado al medio mediante y la salud de mis

representados, quienes debieron soportar la tóxica nube negra que envolvió a sus

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Foja 1047 mil cuarenta FOJAy• 7siete

hogares por gran parte del día, sin perjuicio que los elementos o agentes químicos que debieron forzadamente respirar, penetrar do sus sistemas respiratorios y cardiovasculares. 3° En el caso del medio ambiente, tanto el aire del sector de Carrizales se vio altamente afectado, como así mismo los suelos que fueron cubiertos por la toxicidad de esta nube proveniente de la planta, la misma que dejó gran cantidad de residuos sobre el pozo que sirve de suministro de agua a los denunciantes, tanto para higiene, riego de sus cultivos pero por sobre todo para consumo humano. 4° Claramente la situación acaecida constituye una anormalidad al funcionamiento de la citada planta, empero de acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta N° 429/2014 que calificó favorablemente la DIA del proyecto "Aumento de capacidad de Almacenamiento de Clorato de Sodio y Fuel Oil N° 6 para autonomía operacional de la Planta Nueva Aldea", esta anormalidad se encuadra dentro de las contingencias que el titular debió preveer antes de la operación de esta modificación a su proyecto original, pero -que desgraciadamente- en el caso concreto no fueron debidamente analizados por la autoridad al momento de su evaluación ambiental debido a que no se propo7cionaron antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su impacto ambiental ni se describieron la o las acciones que ejecutaría para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos, pues como sabemos solo fue ingresado a través de un DIA mas no un EIA como en la especie correspondía. Materia que prontamente será debatida en sede judicial ambiental.

5° Es menester traer a colación que el grava episodio comentado en esta presentación fue evidenciado por un gran núm aro de habitantes de las zonas aledañas a la planta e incluso la propia Sra. Gobernadora de la provincia de Nuble pudo constatar in situ el irrespirable aire a que fueron expuestos los habitantes tanto de Ránquil como de sus alrededores el día lunes 16 del mes en curso.

11.- LA REALIZACION DE ACTIVIDAD ECCNOMICA SIN RCA QUE LA AUTORICE 6° La generación de energía por parte del CFi Nueva Aldea es una actividad residual, así se desprende de la propia RCA que calificó favorablemente el DIA del proyecto "Aumento de capacidad de Almacenamiento de Clorato de Sodio y Fuel Oil N° 6 para autonomía operacional de la Planta Nueva Aldea al igual como lo

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Foja 1048 mil cuarenta y ocho FOJA '8

consignó la respectiva RCA del proyecto primitivo en el año 2006. 7° En este sentido de ideas, y ¡de acuerdo a la información recabada por mis representados, en la actualidad el denunciado estaría percibiendo utilidades por la energía que aporta al Sistema Interconectado Central en una proporción equivalente al 35 % de aquéllas generadas por concepto de producción de celulosa, en consecuencia que la finalidad de ésta, debe ser primordialmente el autoabastecimiento de la planta y sólo el excedente de dicha energía puede ser aportado al SIC. 8° En otras palabras, el denunciado podría estar ejecutando una actividad económica sin contar con una RCA que lo autorice, pues la cantidad de energía generada se encuadra dentro de los presupuestos contemplados en la letra c del artículo 10 de la Ley 19.300, esto es "Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW', ya que el aporte de energía que realiza mensualmente al SIC es significativo en comparación a las utilidades que reporta en el mismo periodo de tiempo a dicha empresa. 9° Por lo anterior, resulta imperioso que Vuest a Autoridad aborde dentro del ámbito de la actual investigación en contra del denunciado el análisis de los hechos expuestos en los párrafoá precedentes, pues podrían ser constitutivas de nuevas infracciones gravísimas a la luz de la formativa contenida en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambie ite. POR TANTO; Solicito se tenga por formUlada la denuncia contenida en esta presentación y se ordene su acumulación a la investigación administrativa en curso formulada con fecha 07 de octubre del añ,o en curso y siguientes, en los términos contenidos en esta presentación. PRIMER OTROSÍ: DILIGENCIAS. Vengo en solicitar se ordene de manera urgente la realización de pericias :e inspecciones c;ue sean pertinentes, reiterando las diligencias solicitadas anteriormente a más de las que se indican en esta presentación: 1.- Se oficie a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a fin que informe la cantidad de energía mensual que el Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea aporta al Sistema Interconectadc Central con una avaluación económica de la misma. 2.- Se exija al denunciado )a exhibición de sus balances de los tres últimos años 3

Foja 1049 mil cuarenta y nueve FOJA 9

respecto del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea, a efectos de determinar los ingresos que le reporta la venta de energía eléctrica. SEGUNDO OTROSÍ: Dada la gravedad de los hechos contenidos en esta presentación que ratifican la necesidad de decretar alguna de las medidas provisionales solicitadas en el libelo de denuncia primitiva; Vengo en reiterar que previa autorización del Tribunal Ambiental competente se decrete desde ya: - Clausura temporal, total, de las instalaciones; o - Detención del funcionamiento de las instalaciones; y/o .- e Incluso suspensión temporal de su RCA, del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea, contempladas en el artículo 3° de la Ley de la Superintendencia del Medio Ambiente. TERCER OTROSÍ: Pido tener presente que mi personería para comparecer en representación de los denunciantes antes este Sade administrativa consta en los respectivos mandatos adminisyátivos todos lo cuales ya obran en poder de este Servicio.

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Foja 1050 mil cincuenta FOJA 30 Gobierno de Chile

Superintendencia del Medio Ambiente

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Gobierno de Chile

2601

ORD. D.S.C. N°. ANT.:

Escrito de denuncia ciudadana de 19 de noviembre de 2015, presentado ante la Superintendencia del Medio Ambiente.

MAT.:

Informa sobre denuncia que indica.

Santiago,

2.1 DIC 2015

DE : JEFA DE LA DIVISIÓN DE SANCIÓN Y CUMPLIMIENTO A : SRA. PAULA ANDREA VILLEGAS HERNÁNDEZ A través del documento referido en el kit., esta Superintendencia ha tomado conocimiento de su denuncia presentada en contra del titular Celulosa Arauco y Constitución S.A., por posibles irregularidades en su la planta Nueva Aldea, ubicada en la comuna de Ranquil. Actualmente, los hechos denunciados se encuentran en estudio, con el objeto de recabar mayor información sobre presuntas infracciones de nuestra competencia. Por otro lado, en relación a sus solicitudes se hace presente lo siguiente: •



En cuanto al Primer Otrosí la información solicitada se encuentra disponible en el siguiente link: http://www.cdecsic.c1 Respecto del Segundo y Tercer Otrosí de su presentación, se informa que sus solicitudes se tendrá en consideración, estas serán analizadas y contestadas en la oportunidad correspondiente.

Sin otro particular, le saluda atentamente

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arie Claude Plumer Eodin Jefa de la r misión de Sanción y Cumplimiento Superintendencia del Medio Ambiente ssv Distribución: Sra. Paula Andrea Villegas Hernández, calle O'Higgins N° 630, oficina N' 509, comuna de Concepción. C.C.: -

División de Sanción y Cumplimiento División de Fiscalización Sra. Emelina Zamorano Ávalos, Jefa de Oficina Región del Biobío Superintendencia del Medio Ambiente, Avenida Prat I\1* 390, piso 16, oficina 1604, comuna de Concepción.

Superintendencia del Medio Ambiente -Gobierno de Chile Teatinos 280, pisos 8 y 9, Santiago / 02. 617 1800 / contacto,smalD~ei / www.sma.110,51

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Foja 1051 mil cincuenta y uno FOJA s1

SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO ABiENTE! VIII CONCEPCION DENUNCIANTE (1) :YOLANDA CASANUEVA FUENTES

0 5 ENE 2016

RUT DENUNCIANTE (2) : FERNANDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES RUT

OFICINA DE PARES I RECIBIDO

DENUNCIANTE (3) : HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN RUT DENUNCIANTE (4) : MANUEL ANGEL VENEGAS SEPLILVEDA RUT DENUNCIANTE (5) : ETELVINA DEL CARMEN SEPULl EDA ALEGRIA RUT DENUNCIANTE (6) : LAURA IVONNE CABEZAS ORTIZ RUT REPRESENTANTE

: PAULA ANDREA VILLEGAS NERI IANDEZ (abogado)

RUT DOMICILIO

: O" Higgins N° 630 oficina 509 Col cepción.-

CORREO ELECTRON: [email protected]

DENUNCIADO

: Celulosa ARAUCO Y CONST1TUCi3N S.A.

RUT

: 93.458.000-1

PROYECTO

: COMPLEJO FORESTAL E INDUSTRIAL NUEVA ALDEA

EN LO PRINCIPAL: Formula denuncia y solicita ammulación que indica. PRIMER OTROSÍ: Reitera solicitud de medidas provisionales.

SEGUNDO OTROSÍ: Se

tenga presente personería. SUPERINTENDENCIA DEL MELIO AMBIENTE PAULA A. VILLEGAS HERNANDEZ, abogado, en representación de doña YOLANDA CASANUEVA FUENTES; Don FERNANDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES; HERNAN ANTONIO VASQUEZ BELTRAN; MANUEL ANGEL VENEGAS SEPULVEDA; ETELVINA DEL CARMEN SEPULVEDA ALEGRIA, PABLO VÁSQUEZ y LAURA CABEZAS ORTIZ, según consta en estos autos administrativos, todos domiciliados en Sector CaTizales Bajo de la comuna de Ránquil,

al

Señor

I

SUPERINTENDENTE DEL MEDIO AMBIENTE,

respetuosamente digo: Consta ante esta sede administrativa, que a partir del día 07 de octubre del año en curso, mis representados a través de esta letrada, han interpuesto alrededor de 10 denuncias en contra del titular del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea, de la empresa Celulosa Araucc y Constitución S.A., R.U.T. 93.458.000-1, todas las cuales se encuentran acur culadas con el propósito que se proceda a través de la Unidad de Instrucción de procedimientos sancionatorios a la investigación de los hechos pormenorizados en los respectivos libelos, su

1

Foja 1052 mil cincuenta y dos FOJA 2

calificación jurídica, y formulación de cargos e contra del infractor, en los términos ya consignados. Ahora bien, sin perjuicio de los hechos denunciados pretéritamente, dada la gravedad de los acontecimientos suscitados los días 30 de diciembre de 2015 y en la madrugada de hoy 05 de enero de 2016, nos vernos en la necesidad de solicitar la ampliación de la denuncia pretéritamente formulada y sus acumuladas, en los siguientes términos: I.- DE LOS NUEVOS HECHOS ACAECIDOS.1°.- El día 30 de diciembre del año 2015 alrededor de las 15.00 horas el sector de Carrizales Bajo de la comuna de Ránquil se vio nvadido por un pestilente olor acompañado de una nube gris blanca que se .:)ropagó por sobre las casas, cultivos, pozo de agua y todo lo existente en el rector. Tanto los fuertes olores como la nube gris en comento provenían de! ir tenor de las instalaciones del Complejo Forestal e Industrial de Nueva Aldea, comuna de Ránquil, 2° Desgraciadamente el olor persistió hasta las 23.00 horas aproximadamente, generando diversas molestias físicas entre los hab ,tantes aledaños a la Planta de Celulosa, tales como fuertes mareos, cefaleas y nauseas, situación que se acrecentó con las altas temperaturas de ese día. 3° Por su parte, hoy alrededor de las 12.30 de la madrugada, mis representados se percataron de un fuerte mal olor en el sector de carrizales bajo, empero este venía acompañado de una gran polvareda gris presumiblemente de cal, proveniente del vertedero del Complejo Forestal e Industrial, el cual se encuentra descubierto, permitiendo que las altas montañas de cal acopiadas en éste se dispersen rápidamente por la acción de los vientos. 4°.- La situación vivenciada en horas de la madrugada que se extendió hasta las 6.00 horas de la mañana aproximadamente, y mantuvo despiertos a mis representados toda la noche, quienes pese a realizar constantes llamados telefónicos a la planta de celulosa en búsqueda de ayuda, sobre todo auxilio médico para la denunciante Yolanda Casanueva quien sufrió la perdida de conciencia por breves minutos producto del mal olor y fuertes dolores de cabeza que le impedían respirar con normalidad, no recibieron ningún tipo de ayuda al respecto. 5.- En el caso de los cultivos plantados por mis representados, éstos durante el último mes, han evidenciado gran detrimento proaucto de la cal que reciben en

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Foja 1053 mil cincuenta y tres FOJA ¿3

forma constante, la misma que dejó gran cantidac de residuos sobre el pozo que sirve de suministro de agua a los denunciantes, tanto para higiene, riego de sus cultivos pero por sobre todo para consumo humano. POR TANTO; Solicito se tenga por formulada la denuncia contenida en esta presentación y se ordene su acumulación a la investigación administrativa en curso formulada con fecha 07 de octubre del año 2015 y siguientes, en los términos contenidos en esta presentación. PRIMER_ OTROSÍ: Dada la gravedad de los hechos contenidos en esta presentación que ratifican la necesidad de decretar alguna de las medidas provisionales solicitadas en el libelo de denuncia primitiva; Vengo en reiterar que previa autorización del Tribunal Ambiental competente se decrete desde ya: - Clausura temporal, total, de las instalaciones; o - Detención del funcionamiento de las instalaciones y/o .- e Incluso suspensión temporal de su RCA, del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea, contempladas en el artículo 3° de la Ley de la Superintendencia del Medio Ambiente.

SEGUNDO OTROSÍ: Pido tener presente que mi personería para comparecer en representación de los denuhciantes antes este Sede administrativa consta en los respectivos mandatos administrativos todos lo cuales ya obran en poder de este Servicio.

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Foja 1054 mil cincuenta y cuatro FOJA

DENUNCIANTE (1) : YOLANDA CASANUEVA FUENTE

SUPERINTENDENCI. DEL MEDIO AMBIEWE

15 ENE 2015

RUT DENUNCIANTE (2) : FERNANDO ALBERTO CASANU. JA FUENTES

OFICINA DE PARTE

RECIBID(

RUT DENUNCIANTE (3) : HERNAN ANTONIO VASQUEZ 131 _TRAN RUT DENUNCIANTE (4) : MANUEL ANGEL VENEGAS SEP LVEDA RUT DENUNCIANTE (5) .

MEN SEPUL EDA ALEGRIA

RUT DENUNCIANTE (6) : LAURA IVONNE CABEZAS ORTIZ RUT REPRESENTANTE : PAULA ANDREA VILLEGAS HER ANDEZ (abogado) RUT DOMICILIO

411

: O" Higgins N° 630 oficina 509 Co cepción.-

CORREO ELECTRON: [email protected]

DENUNCIADO

: Celulosa ARAUCO Y CONSTITUC 3N S.A.

RUT

: 93.458.000-1

PROYECTO

COMPLEJO FORESTAL E NOUS", ZIAL NUEVA ALDEA

EN LO PRINCIPAL: Formula denuncia y solicita acumulación que indica. PRIMER OTROSÍ: Reitera solicitud de medidas provisionales y nueva fiscalización en terreno. SEGUNDO OTROSÍ: Se tenga presente personería. SUPERINTENDENCIA DEL ME[ 10 AMBIENTE PAULA A. VILLEGAS HERNANDEZ, abogado, en representación de doña YOLANDA CASANUEVA FUENTES; Don FERNA.NDO ALBERTO CASANUEVA FUENTES; HERNAN ANTONIO VASQUEZ EELTRAN; MANUEL ANGEL VENEGAS SEPULVEDA; ETELVINA DEL CARMEN SEPULVEDA ALEGRIA, PABLO VÁSQUEZ y LAURA CABEZAS ORTIZ, según consta en estos autos administrativos. todos domiciliados en Sector Ca Tizales Bajo de la comuna de Ránquil,

al

Señor

SUPERINTENDENTE DEL MEDIO AMBIENTE,

respetuosamente digo: Consta ante esta sede administrativa, que a partir del día 07 de octubre del año en curso. mis representados a través de esta letrada, han interpuesto alrededor de 13 denuncias en contra del titular de, Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea, de la empresa Celulosa Arauco y Constitución S.A., R.U.T. 93.458.000-1, todas las cuales se encuentran acumuladas con el propósito que se proceda a través de la Unidad de Instrucción de procedimientos sancionatorios a la investigación de los hechos pormenorizados en los respectivos libelos, su

Foja 1055 mil cincuenta y cinco FOJA

calificación jurídica, y formulación de cargos e 1 contra del infractor, en los términos ya consignados. Ahora bien, sin perjuicio de los hechos denunciados pretéritamente, dada la gravedad de los acontecimientos suscitados la noche del día 12 de enero y madrugada del día 13 de enero ambos del presente año nos vemos en la necesidad de solicitar la ampliación de la denuncia pretéritamente formulada y sus acumuladas, en los siguientes términos: I.- DE LOS NUEVOS HECHOS ACAECIDOS.1°.- Durante la noche del día 12 de enero de 2013 alrededor de las 21.00 horas aproximadamente el sector de Carrizales Bajo de la comuna de Ránquil se vio invadido por un pestilente olor acompañado de una nube gris blanca que se propagó por sobre las casas, cultivos, pozo de agua y todo lo existente en el sector. Tanto los fuertes olores como la nube cris en comento provenían del interior de las instalaciones del Complejo Forestal e Industrial de Nueva Aldea. comuna de Ránquil, 2° Desgraciadamente el olor persistió hasta las 04 30 horas aproximadamente del día siguiente, generando diversas molestias físicas entre los habitantes aledaños a la Planta de Celulosa, tales como fuertes mareos cefaleas y nauseas. situación que se acrecentó con las altas temperaturas de ese día. 3° Lo más lamentable de toda esta situación, es la i'recuencia con que se suscitan estos episodios de malos olores e invasión de cal industrial en el ambiente, pues con posterioridad a la reanudación de sus funciones de la denunciada tras la paralización realizada en el mes de octubre de 2015 por mantención anual, estos episodios se han incrementado tanto en tiempo de curación como en periodicidad, sin que las autoridades hasta la fecha hayan adoptado medidas tendientes a dar protección ni al medio ambiente ni a la propia salud Je las personas. 4°.- Es menester hacer presente, que como ya es cdstumbre se denunció el hecho al fono de emergencia entregado por la denunciada a la comunidad, empero nuevamente nadie de la empresa se acercó a m s representados ni durante el episodio ni después para dar socorro a los vecino:: o al menos alguna respuesta de lo sucedido. 5.- Aun cuando sea de Perogrullo, cabe reiterar que producto de la cal que reciben en forma constante los cultivos de mis representados, la misma que dejó gran cantidad de residuos sobre el pozo que sirve rie suministro de agua a los

2

Foja 1056 mil cincuenta y seis FOJA

denunciantes, tanto para higiene, riego de sus c altivos pero por sobre todo para consumo humano, sus plantaciones cada c la se encuentran en peores condiciones. POR TANTO; Solicito se tenga por formulada la denuncia contenida en esta presentación y se ordene su acumulación a la investigación admin:strativa en curso formulada con fecha 07 de octubre del año 2015 y siguientes, en los términos contenidos en esta presentación. PRIMER OTROSÍ: Dada la gravedad de los hechos contenidos en esta presentación que ratifican la necesidad de decretar alguna de las medidas provisionales solicitadas en el libelo de denuncia primitiva; Vengo en reiterar que previa autorización del Tribunal Ambiental competente se decrete desde ya: - Clausura temporal, total, de las instalaciones; o - Detención del funcionamiento de las instalaciones; y/o .- e Incluso suspensión temporal de su RCA, del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea, contempladas en el artículo 3° de la Ley de la Superintendencia del Medio Ambiente. Sin perjuicio de la medida solicitada anteriormente, Pido que nuevamente se realice una visita de inspección al Complejo Forestal e Industrial de Nueva Aldea, y al domicilio de mis representados, a efectos de constatar las graves irregularidades ambientales de la denunciada que continúa cometiendo en contra del medio ambiente. w SEGUNDO OTROSÍ: Pido tener presente que mi personería para comparecer en representación de los de nciantes antes este Sede administrativa consta en los respectivos mandatos a ministrativos todos lo cuales ya obr en poder de este Servicio.

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Foja 1057 mil cincuenta y siete

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23/02/2016 7:10 _AS CONDES CDP 10

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RECIBIDO EN OFICINA DE CORREOSCHILE

23/02/2016 4:10 nEN CENTRO TECNOLOGICO POSTAL 19/02/2016 5:42 jEN CENTRO TECNOLOGICO POSTAL

DESPACHADO A OFICINA DE CORREOSCHILE 18/022016 20:13 z'LANTA CONCEPCION DESPACHADO A OFICINA DE CORREOSCHILE 17/02/2016 16:59 SUCURSAL CONCEPCION UNIVERSIDAD

RECIBIDO POR CORREOSCHILE



17/02/2016 12:42 SUCURSAL CONCEPCION UNIVERSIDAD

Foja 1058 mil cincuenta y ocho FOJA

Mat.: 1. Solicita ampliación de plazo para presentar descargos. 2. Solicita ampliación de plazo para presentar programa de cumplimiento. 3. Designa apoderados. 4. Se tenga presente. Ant.: Res. Ex. N° 1/ROL D-008-2016.

1.1

FEB 2O1

Adj.: Escritura pública que acredita personería.

il:OCIMA DE PARTES 6 17:5 r.HCD ==.1 Ref.: Expediente N° D-008-2016. 11=.> E. Santiago, 23 de febrero de 2016

Sigrid Scheel Verbakel Fiscal Instructora de la División de Sanción y Cumplimiento Superintendencia del Medio Ambiente Teatinos N° 280 piso 8, Santiago Presente

José Ignacio Díaz Villalobos, abogado, en represe:-nación de Celulosa Arauco y Constitución S.A., como consta en escritura pública cuya copia autorizada se adjunta a esta presentación, ambos domiciliados para estos efectos en Av. El Golf N° 150, piso 14, Las Condes, Región Metropolitana, en procedimiento sancionatorio expediente N° D-008-2016 y, en conformidad a lo establecido en el artículo 26 de la Ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, vengo en solicitar a Ud. respetuosamente se sirva otorgar una ampliación del plazo de 10 días hábiles para la presentación de un programa de cumplimiento, respecto de los cargos formulados mediante Res. Ex. N° 1/ ROL D008-2016, por el máximo que en derecho corresponda. La solicitud se funda en el volumen de información t.cnica y legal que es necesario recopilar, analizar y sistematizar, lo cual hace necesaria la coordinación no sólo de distintas unidades al interior de la compañía, tanto en Santiago como en la Planty."1"61(& &33eávorme,,,lát

-1410,4*

Foja 1059 mil cincuenta y nueve FOJA -J

Nueva Aldea, sino que también de parte de los distintos profesionales adscritos a diferentes áreas, especialmente si se considera el número de cargos formulados y diversa naturaleza de las materias objeto de los

mimos.

Lo anterior es necesario

para para definir las metas y acciones de éste y cumplir con los requisitos de presentación que establece la Ley Orgánica de esta Superintendencia y el Decreto Supremo N° 30/12 del Ministerio del Medio Ambiente.

POR TANTO, solicito a Ud. se sirva acceder a la solicitud de ampliación del plazo otorgado para la presentación del programa de cumplimiento, por el máximo que en derecho corresponda. PRIMER OTROSÍ: Solicito a Ud. se sirva otorgar ampliación del plazo de 15 días hábiles para la presentación de descargos, respecto de los cargos formulados mediante Res. Ex. N° 1/ ROL D-008-2016, por .!1 máximo que en derecho corresponda, en virtud de lo dispuesto por el artícule 26 de la ley N° 19.880. La solicitud se funda, además de los fundamentos i Idicados anteriormente, en el número y variedad de los cargos imputados, lo cual demanda recabar antecedentes que permitan desvirtuar los fundamentos de hecho que configurarían las infracciones imputadas, así como esgrimir la eventual concurrencia de componentes atenuantes, lo que resulta fund imental para hacer valer efectivamente el derecho a defensa de mi representada. POR TANTO, solicito a Ud., se sirva acceder a la presente solicitud de ampliación del plazo otorgado para efectuar descargos, por

máximo que en derecho

corresponda.

SEGUNDO OTROSÍ: Por medio del presente instrumento privado, suscrito ante notario, designo como apoderados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, a los abogados señor Mario Galindo Villarroel, Cecilia Urbina Benavides y Julio García Marín, todos domiciliados en La Concepción N° 141, Oficina 11(6, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, para efectos de que nos representen en los procedimieago rJ

Foja 1060 milFOJA sesenta JO

administrativos asociados al acto administrativo o el ANT., que existan o que se inicien en el futuro.

TERCER OTROSÍ: Tenga Ud. presente que mi personería para representar a Celulosa Arauco y Constitución S.A., consta en escritura pública de fecha 17 de abril de 2009, otorgada en la notaría de Santiago d. don don Iván Torrealba Acevedo, copia autorizada de la cual se acompaña a esta presentación.

Sin otro particular, se despide atentamente,

José I nacio Díaz Villalobos p.p. Celu s : Arauco

onstitución S.A.

Firmó ante mí don JOSE IGNACIO DIAZ VILLALOBOS, C.N. de I. 10.150.031-4, en represeentació :;,CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCION S.A. Santiago 23 de F mj/er

Foja 1061 _ • _ FOJA91 mil sesenta y uno • \

SA.i1i1.?1¿1...:, •

IVAN TORREALBA ACEVEDO NOTARIO PUBLICO HUERFANOS 979 OF. 501 - SANTIAGO

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DOS MIL DOSCI:EN 'OS CINCUENTA Y SE

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REPERTORIO N° 3.613

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REDUCCIÓN DE ACTA A ESCRITURA PÚBLICA M:229871.SESIÓN DE DIRECTORIO NÚMERO TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S. A.

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