Unidad Orgánica Responsable del Control Patrimon¡al

Unidad Orgánica ex¡stente para tal fin, la Oficina General de Administración de la ..... RAD]O PORTATIL I\,GI)IUIu TETFTA CON GPS; hCIuyEi 01 ANTENA Y.
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NojTF -2017 - MINCETURYSG/OGA San ls¡dro,

15

agosto de 20'17

VISTO, el Memorándum No953 -2017-MINCETUR/SG/OGA€ASA, de la Oficina de Abastec¡m¡ento y Servicios Auxiliares, que adjunta el lnforme Técnico No 026-2017 MINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP, elaborado por la Sub Dirección de Programac¡ón y Control Patr¡mon¡al (Unidad Orgánica Responsable del Control Patrimon¡al), el 2do. Convenio Especffico de Colaboración lnter¡nst¡tucional y la Sétima Adenda, de fecha 08 de junio del 2016, suscritos en el marco del "Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio del lnter¡or; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley No 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", aprobado por Decreto Supremo No 007-2008-VIVIENDA, establece que la planificac¡ón, coord¡nación y ejecución de /as acciones refer¡das al registro, administración, supervisión y disposición de /os bienes de propiedad de la entidad y de los que se encuentran bajo su administración, son de responsab¡l¡dad de la Unidad Orgánica ex¡stente para tal fin, la Oficina General de Administración de la entidad, es el órgano responsable del conecto registro, administración y dispos¡c¡ón de sus óieres muebles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 18 del citado Reglamento; Que, el artículo 5 de la precitada Ley, crea el Sistema Nacionai de Bienes Estatales "como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, /os óienes esfafa/es, en sus nrveles de Gobierno Nacional, regional y local, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada y eficiente";

Que, el artÍculo 122 del Reglamento de la Ley General del Sistema de Bienes Nacionales, señala que los bienes se d¡sponen med¡ante, entre otras modal¡dades, la donación. Así el artículo 128 de dicha norma establece que "/a donación se utiliza inclusive para la transferencia de dominio de bienes muebles entre entidades públicas";

Oue, el Min¡steiio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, ha suscr¡to con MININTER, Convenios de Colaboración lnterinstituc¡onal, estableciendo una relación de colaborac¡ón y apoyo mutuo con el citado M¡nisterio, para aunar esfuerzos, competenc¡as, cepac¡dades y recursos para formular conjuntamente in¡c¡ativas, establecer mecanismos, realizar act¡v¡dades y elaborar planes, programas y proyectos orientados a crear las mejores condiciones para el desarrollo del turismo; y

el Ministerio de! lnterior

-

para la protección y defensa del turista frente a cualquier tipo de agres¡ón del que pueda

Que, en ejecución a dichos Convenios y la Sétima Adenda al 2do Convenio Específico de Colabo¡ación lnterinstitucional, el M¡nisterio de Comercio Exterior y Tur¡smo - MINCETUR, en el marco de los P!'oyectos de lnversión Pública PIP: i) "Mejoramiento de la Seguridad Turística en el Corredor Playas del Norte", con Código SNIP 137161, ¡i) "Mejoramiento de la Segur¡dad Turíst¡ca en el Corredor Ruta Moche, con Código SNIP 1371 19, ¡ii) "Mejoram¡ento de la Segur¡dad Turística en el Corredor Paracas - lca Nazca, con Código SNIP 1371 19 y iv) "Mejoramiento de la Segur¡dad Turist¡ca en el Corredor Arequipa Colca", con Código SNIP 136640, suscr¡b¡ó con la empresa DOLPHIN TELECOM DEL PERÚ S.A.C, el Contrato No 164-2015-MINCETUFySG/OGA, por el monto total de S/. 3, 421,136.49 (Tres m¡llones cuatrocientos ve¡nte un m¡l c¡ento treinta y seis con 49/100 soles), por la "Contratación del Servicio de Comunicaciones para la lntegración de Cuatro (04) Corredores Turísticos Preferenciales: "Playas del Norte", "Ruta Moche", "Paracas - lca - Nazca" y "Arequipa - Colca";

-

Que, mediante los lnforme Nos 091-2015, O27-2016,050-2016, 058-2016, 0652016,072-2016, 093-2016, 107-2016, 114-20',t6, 129-2016,03-2017, 013-2017,018-2017 y 026-2017-MINCETUR-VMT/AS/JJM, el Vice Ministerio de Turismo, emite conformidad ál Contrato No 164-2015-MINCETUR/SG/OGA, para el "item l: Playas del Norte", que comprenden la Región de Tumbes y Región Piura, concerniente a: i) el adelanto del 18% del citado contrato, ii) las pruebas de operación del Sistema de Comunicaciones D¡g¡tales i:

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.,,,/r'".'-' .ir.,'primero, décimo segundo mes de funcionamiento del c¡tado sistema, en el Corredor Turístico Preferencial Playas del Norte, por el monto total de Si. 1, 396,353.30 (Un millón trescientos noventa y seis mil trescientos c¡ncuenta y tres con 30/100 soles);

Que, med¡ante los lnforme Nos 092-2015, 029-2016,051-2016, 059-2016, 06620'16, 073-2016, 094-2016, 108-2016, 115-2016, 130-2016, 04-2017. 014-2017,0192017 027-2017-MINCETUR-VMT/AS/JJM, el Vice Ministerio de Turismo, emite conformidad al Contrato No 164-2015-MINCETUR/SGiOGA, para "Ítem 2: Ruta Moche", que comprenden Ia Región de Lambayeque y Región La Libertad, concerniente a: ¡) el adelanto del 19% del citado contrato, ¡¡) las pruebas de operación del S¡stema de Comunicaciones D¡g¡tales de estándar TETM Troncalizado y iii) la "Prestac¡ón del servicio de radio troncalizado digital de selecc¡ón automática de canales basado en estándar tetra", correspondiente al primer, segundo, tercer, cuarto qu¡nto, sexto, séptimo, octavo, noveno, decimo, décimo primero, décimo segundo mes de funcionamiento del citado sistema, en el Corredor Turístico Preferencial Ruta Moche, por el monto total de S/. ,.$i}-+É:efí7.3'l (Novecientos ochenta v dos mil setecientos cuarenta v s¡ete con 3llr00

y

el

.,.;iii,;.

:lt. , , .^'. -

Que, mediante los lnforme Nos 093-2015,028-2016,052-2016,060-2016,0672016, 074-2016, 095-2016, '109-2016, 1'16-2016, 131-206, 05-2017, 015-2017, 020-2017 y 028-2017-MINCETUR-VMT/AS/JJM, el Vice Ministerio de Turismo, emite conformidad al Contrato No 164-20'15-MINCETUR/SG/OGA, para el "ítem 3: Paracas - lca - Nazca", concern¡ente a: i) el adelanto del 30% del citado contrato, i¡) las pruebas de operación del iii) la Sistema de Comunicaciones Dig¡tales de estándar TETRA Troncalizado "Prestación del servicio de radio troncalizado digital de selección automática de canales basado en estándar tetra", correspondiente al primer, segundo, tercer, cuarto, qu¡nto, sexto, séptimo, octavo noveno, dec¡mo, déc¡mo primero, décimo segundo mes de funcionamiento del c¡tado sistema en el Corredor Turístico Preferencial Paracas-lcaNasca, por el monto total de S/: 436,638.35 (Cuatrocientos tre¡nta y seis mil seiscientos treinta y ocho con 35/100 soles);

y

cúrriárüM Que, mediante los lnforme Nos 094-2015, 032-2016, 053-2016, 061-2016, 0682016,075-2016, 096-2016, 110-2016, 117-2016, 132-2016,06-2017, 016-2017,021-2017 y 029-2017-MINCETUR-VMT/AS/JJM, el Vice M¡n¡ster¡o de Turismo, em¡te conformidad al Contrato No 164-2015-MINCETUR/SG/OGA, para el "ltem 4: Arequ¡pa Colca", concerniente a: i) el adelanto del 30% del citado conhato, ii) las pruebas de operación del iii) la S¡stema de Comunicaciones Digitales de estándar TETRA Troncalizado "Prestación del servic¡o de radio troncalrzado d¡gital de selección automática de canales basado en estándar tetra", correspondiente al primer, segundo, tercer, cuarto, quinto, sexto, sépt¡mo, octavo noveno, decimo, décimo primero, décimo segundo mes de funcionamiento del ciiado sistema, en el Corredor Turistico Preferencial de Arequipa Colca, por el monto total de S/. 605,397.63 (Seiscientos cinco mil tresc¡entos noventa y s¡ete con 63i 1 00 soles);

-

y

De conformidad a la Directiva No 001-201S/SBN 'Procedimientos de la Gestión de los Bienes Muebles', aprobada por Resoluc¡ón N" 046-201S/SBN, de fecha 03.07.2015 y a lo opinado por la Sub Dirección de Normas y Capacitaciones de la Superintendencia Nacional de B¡enes Estatales, mediante e! Oficio No 0069-2017-SBN/DNR-SDNC, "en /a disposición de bienes muebles, adquliridos por proyectos de inversión pública del MINCETUR, es aplicable lo regulado en el numeral 6.1.7 de la citada Directiva, lo cual permite establecer que los bienes adqukidos por el MINCETUR para ser transferidos al MININTER no serán dados de alta en el Patr¡monio del primero, al haber sido adquiridos para ser donados o lransfendos a favor de! segundo"; Que, de conformidad a lo señalado en el literal d) del numeral 11 de la Directiva No 005-2016-EF/51.01, de fecha 2810612016, aprobado mediante Resolución Directoral No 012-2016-EFis1.01, denominada "Metodología para el Reconocimiento, Medición, Registro y Presentación de los Elementos de Propiedades, Planta y Equipo de las Entidades Gubernamentales", establece que: "Las Entidades que adquieran con cargo a su presupuesto institucional, bienes muebles para distribuirlos a otras ent¡dades públicas, los registrarán en la cuenta 15.03.05 Vehículos, Maquinarias y Otras Unidades por Distr¡buir (...), según convenio o norma legal que les faculte a ello;

Que, de conformidad a la 2da Adenda del 2do Convenio Específico de Cooperación lnterinstitucional , "Una vez adquiridos /os blenes materia del presente Convenio, (MINCETUR) formalizará su entrega al MININTER, mediante la expedición de la Resolución Directoral corespondiente, cumpiiendo /as exlgenc':las y formalidades de ley'; Que, mediante el Oficio No 0069-20i7-SBN/DNR-SDNC, de fecha 15.02.2017,|a

Sub Dirección de Normas y Capacitaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, ha absuelto la consulta, sobre la disposic¡ón de bienes muebles, adquiridos por proyectos de inversión pública del MINCETUR, "interpretando en forma extensiva lo

señalado en la normativa de /a SNAE b es aplicable lo regulado en el numeral 6.1.7 de la Dhectiva No 001-201il58N, lo cual permite esfab/ecer gue /os blenes adquiridos por el MINCETUR para ser transferidos al MININTER no serán dados de alta en su Patimonio, al haber sido adquiridos para ser dorados o transfer¡dos a favor del segundo^,

í, ",

Que, en el lnforme Técnico No 026-2017-MINCETURySG/OGA-OASA-SDPCP emitido por la Sub Dirección de Programac¡ón y Control Patrimon¡al (Unidad Orgánicá responsable del Control Patrimonial), luego de la evaluación de la documentación que obra en el expediente administrativo, recomienda que la Of¡cina General de Administración- OGA, regularice la situación administrativa y legal de los Trescienlos cincuenta y seis (356) bienes muebles, valorizados en Si. 540,662.14 (Quinientos cuarenta mil seiscientos sesenta y dos con l4l100 soles), que resultaron de la "Contratación del Servicio de Comunicaciones para la lntegración de Cuatro (04) Corredores Turísticos Preferenciales: "Playas del Norte', "Ruta Moche", "Paracas - lca Nazca" y "Arequipa - Colca" y entregados mediante Actas de Entrega y Recepción Provisional, al Min¡sterio del lnterior - MININTER, para uso exclusivo en Ia División de Turismo de la Policía Nacional del Perú de Tumbes, P¡ura, Trujillo, Chiclayo, lca y Arequipa en los Corredores Turísticos antes c¡tados, debiéndose emitir la Resolución Directoral, med¡ante el cual se formalice Ia transferencia, a titulo gratuito, sin incorporación al patrimonio del MINCETUR, de los citados bienes muebles, a favor del del lnterior

-

a ''

MININTER,

Con la Visación de la Directora de la Oficina de Abastec¡m¡ento Auxiliares y la del Sub Director de Programación y Control Patrimonial;

y

Servicios

SE RESUELVE:

Articulo

1o.- Aprobar la transferencia, a título gratu¡to,

en la modalidad de donación, patrimonio sin incorporación al del MINCETUR de Trescientos c¡ncuenta y seis (356) b¡enes muebles, que resultaron del servic¡o efectuado por el MINCETUR, por la "Contratación del Servicio de Comunicaciones para la lntegración de Cuatro (04) Corredores Turfsticos Preferenciales: "Playas del Norte", "Ruta Moche", "Paracas lca - Nazca" y'Arequipa Colca, en marco de los Proyectos de lnversión Pública: a) Mejoram¡ento de la Seguridad Turistica en el Corredor Playas del Norte (Tumbes, Piura), con código SNIP No 137161, b) Mejoramiento de la Seguridad Turística en el Corredor Ruta Moche (La Libertad, Lambayeque), con código SNIP No 137119, c) Mejoramiento de Ia Seguridad Turíst¡ca en el Conedor Paracas - Nazca, con código SNIP No 137181 y d) Mejoramiento de la Seguridad Turística en el Corredor Arequipa - Colca, con código SNIP No 136640, por el valor total de "§'r,1, S/. 540,662.14 (Quinientos cuarenta mil seiscientos sesenta y dos con 14l100 soles), a .r" : Lrr6{.¡ i } favor del Ministerio del lnterior, a fin que sean destinados, única y exclusivamente, al ct4r'. ,: .l fortalecim¡ento de las labores de control y vigilancia que lleva a cabo la Divis¡ón de 'r -\1 .,' Turismo de la Pol¡cía Nacional del Perú de Tumbes, Piura, Trujillo, Chiclayo, lca y '-. Arequipa, en los citados Corredores Turísticos, de acuerdo al siguiente detalle, las características y valores se detallan en los Anexos No 1, 2, 3, 4, 5 y 6, denominados "Descripción de los B¡enes Muebles" adjunto a la presente Resolución; cuyo resumen de bienes muebles se detalla en el cuadro siguiente, por cada Corredor Turístico:

-

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CORREDOR

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trcluyel 01 A¡rcnay

BA]ERB. ADiCIO¡{AL ALTA CAPACIIAO 1B5O NtAh PARA F.qüU DEI FORTATIL MTH}250

H.AYAS NORIE (RURA)

CARGA DOR

D(AL

DE IIIESA PARA RADX] PORTATIL MIR}250

2,542.45

30029.76

12

180.54

2166 48

3

4,037 07

1211124

5

4,037.08

2018s

1',l

2,502.4e

11

180.5{

@N GP(;

Co¡l GFS; lncluye' 01 Antena y

35

1,965.94

CARGAMR O(JAL O€ ¡.¡ASA PARA RADiO FORTATL I\¡TP325O

11

185 56

RADIO I¡OVIL CON GPS

4

4,037.07

16,U4_32

RADIO BASESIN GPS

6

4,037 08

24,222_42

17

2,502 48

42,U2_14

17

180 5¿

3,063 1¡

RAUO PORIATIL MEDU¡,'IETRA CON GPS. hcluye.0l Anlena y 01 lJbrco lateral. 8A]EFA ADICIOI.]AL ALTA CAI?ACIDAD 1850 ¡&h PARA RADC i,lOCHE PORTATIL MTI%250

2,041

',l

CARGADOR OI.IAL DE ¡.llESA PARA RADIO PORTATIL I\4IP3250

17

185 56

3,154.5i

RADIO TJOVIL C,oN GPS

6

4,037.o7

24,222.42

7

¿,037.08

24,259_56

2C

2,542.40

50049 6

20

180 5¿

3610.8

20

185.56

37112

RADO ¡¡OVIL @N GPS

5

4,037 01

20185 3f

RAOO aASESiN GPS

5

4,037.08

201A5

2,502 48

62,562.0(

180.54

4 513.50

RADIO BASE SIN GPS RADIO PORTAIIL [rEDUl\4

TETM g-iN GFS; lncluye: 01 Antena y

01 lvárco latersi

BA]ERA

AREQUIPA - COLI}

185 56

CARGAOOR DUAL DE I\4ESA PARA RAOO PORTATIL I\,ÍTP325O

BAIERTA ADCIOI'JAL ALTA CaPACIDAo 1850 [¡ah PARA RAUC

¡.tASCA

2.226 72

12

ANTENA Y

fu]oCHE rcR-TATIL MTP3250

CA

185 56

32,296 59

GPS; hCIuyEi 01

01 lvhrco lateral

.

'12

20 185.3S

RADIO PORTAIL MEDUI\4 TETRA

PARACAS

2,166.4t

4,037 0€

RAUO AASESIN GPS

(LAI\BAYEOUA

180.54

4,037 07

RADIO I¡OVIL

RUTA

12

8

DEI PORTATIL I\4TP3250

(IRLTJTLLO)

30 029 7€

5

BA.IERA ADCDML ALTA CAPACIDAD 1850 ¡,Ah PARA RAOD

RUTA

2.502 48

RADO BASESIN GPS 01 lverco lateral.

(TU¡./IBES)

12

RADO I\¡OVX. CON GPS

RAD]O PORTATIL I\,GI)IUIu TETFTA CON

PLAYAS

PRECIO TOTAL

CANfIOAD [I.¡TARO sr.

D€scRtPcróN RADO PORIATIL MEDIUM TETRA CON

tIORIE

DE RED

PRECIO

T[Ríslco

AOCIOI.,IAL

ALTA CAPACITAD 1850

IVAh PARA RAOIO

FORTATIL MTR]250

CARGA@R

üAL

DEMESA PARA RAOO PORTA'T]L ÑITP325O

RADO PORTATII MEDUII¡ TELRA CCN GPS] lncluy6 01 Antena v C1 l\rhrco laterel. EATERI¡' ADCIOI.JAL ALTA CAPACIDAI] 1E5O I\lAh PAI.A }+1U(" P.]RTATIL MTP325O

4

185.5€

¿,639 00

RADIO ¡,IOVIL CON GPS

5

4,037.07

20,185.35

RAD,LJ BASESIN GPS

E

4,037.08

24,222.4e

CAP.GAMR DUAL DE MESA

foTAL Si.

PA RA RA

DO PORTAT]L MTP325O

356

5,O,662,1{

Artículo 2o.- De confomriclad a lo estipulado en el numeral 5.2 de la Cláusula Quinta del 2do Convenio Específico de Cooperac¡ón lnterinstitucional y sus Adendas suscritos con el MINCETUR, el incumplimiento del destino y uso de los b¡enes transferidos a tÍtulo gratuito, motivará la devolución de dichos bienes al MINCETUR.

'.,

Articulo 3o.- El Sub Director de Programación y Control Patrimonial de la Oficina de flpastecimiento y Servicios Auxiliares de la Of¡cina General de Administrac¡ón del -.. MNCETUR, suscribirán con el Jefe de la Oficina de Adm¡nistración de Ia Dirección de de la Policia Nacional del Perú - PNP. del Ministerio del lnter¡or, citado en el , ,. ;Turismo artículo 2 de la presente Resolución, el Acta de Entrega de la presente transferenc¡á.

-

Recepción de los bienes materia

Artículo 4o.- Disponer que la Ofrcina de Administración F¡nanciera y la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. realicen los a,ustes pertinentes en los registros que correspondan.

Artículo 5o.- Remitir copia de la presente Resolución D¡rectoral. i) al Ministerio del lnterior - MININTER y ii) a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, dentro de los diez (10) dias hábiles siguientes de su expedición, de conformidad al artículo No 121A, incorporado al Reglamento de la Ley No 29151, aprobado med¡ante Decreto Supremo No 013-2012-VtvtENDA. Regístrese y comuníquese.