SHCP - Red por la rendición de cuentas

El recurso de revisión fue asignado a la Ponencia del Comisionado Joel Salas Suárez, en la que se consideró que es improcedente la inexistencia manifestada ...
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Coordinación Ejecutiva Dirección General de Promoción y de Vinculación con la Sociedad Dirección de Vinculación con la Sociedad

Resolución de la semana

RDA 2919/16 contra Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) Con la solicitud de información con el folio 0000600158916, ingresada a través del sistema Infomex el 27 de abril de 2016, se pidió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público lo siguiente: “La información correspondiente a las cantidades de recursos financieros (dinero) que han sido reintegrados a la Tesorería de la Federación, por parte del Gobierno del Estado de Nayarit, por programas, apoyos, subsidios y otros análogos que no fueron ejercidos en tiempo y forma, durante el período de 2012 a la fecha de la solicitud, con el siguiente detalle: 1. tipo de programa, fondo, subsidio, apoyo u otro análogo, y su objeto. 2. Monto transferido por la Tesorería de la Federación y en su caso monto no ejercido y reintegrado. 3. Fecha de la transferencia y fecha del reintegro. 4. Causa o causas por las que se tuvo que reintegrar el recurso.” (sic). En su respuesta, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Dirección General Adjunta de Ingresos de la Subtesorería de Operación, dependiente de la Tesorería de la Federación, notificó al solicitante que no cuenta con la información requerida, toda vez que de acuerdo a sus atribuciones únicamente autoriza los enteros recibidos en el Sistema de Administración Financiera Federal, Módulo de Reintegros, para restituir los techos presupuestarios de las unidades responsables del gasto federal, no teniendo competencia para conocer los motivos y/o características de dichos reintegros, o bien, si se realizan por determinado supuesto, como puede ser “por programas, apoyos, subsidios y otros análogos que no fueron ejercidos en tiempo y forma”. Inconforme con la respuesta proporcionada, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en el que argumentó que la Tesorería de la Federación es una instancia dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que en todo caso debe conocer los conceptos y cantidades que son reintegrados por las entidades federativas, por lo que considera que la búsqueda de la información fue restrictiva y que debe existir en sus archivos.

Elaboró Guillermo Pérez Martínez

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En alegatos, el sujeto obligado, por conducto de la Tesorería de la Federación, modificó su respuesta y aclaró que no negó la existencia de la información, porque eso implica reconocer que tiene facultades para poseerla y no la tiene, y orientó al particular a dirigir su solicitud al gobierno de Nayarit. Resolución El recurso de revisión fue asignado a la Ponencia del Comisionado Joel Salas Suárez, en la que se consideró que es improcedente la inexistencia manifestada por la SHCP, toda vez que la Tesorería de la Federación, al decir que no cuenta con la información, asumió competencia para atenderla, lo cual confirma sus atribuciones para recibir los reintegros de los gobiernos estatales. Asimismo, la Ponencia identificó otras unidades administrativas cuyas facultades les permitirían atender esta solicitud, como la Subsecretaría de Egresos, que recibe información trimestral de las entidades federativas a través del Sistema del Formato Único (SFU) sobre el ejercicio, destino, subejercicios y reintegros de los recursos federales transferidos, para lo cual no puede oponerse la reserva fiduciaria, bursátil, bancaria o cualquier otra análoga. Así pues, el Pleno del INAI revocó la respuesta de SHCP y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva de la información requerida en todas las unidades administrativas competentes. La información solicitada resulta ser de interés ya que los Estados estarían dando los primeros pasos para detonar procesos de rendición de cuentas que den certeza sobre el cumplimiento de sus atribuciones y confianza en que se comprometen con el cierre de espacios a la corrupción y la discrecionalidad. La información pública y la transparencia son la vía para que la población siga la ruta de cada peso que ejercen las autoridades en nuestro país, aun cuando se trate de un reintegro. Sesión del Pleno: 7 de julio de 2016 Comisionado Ponente: Joel Salas Suárez Sujeto Obligado: Secretaría de Hacienda y Crédito Público Documentos de consulta: Resolución: http://consultas.ifai.org.mx/descargar.php?r=./pdf/sesiones_publicas/doctos/2016/&a=RDA%202 919.pdf Elaboró Guillermo Pérez Martínez

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Marco normativo en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales: http://inicio.ifai.org.mx/Publicaciones/Marco%20DAI.pdf Zoom. Buscador de solicitudes de información y recursos de revisión: http://buscador.ifai.org.mx/buscador/solicitud.do PREGUNTA DE LA SEMANA Pregunta: ¿Cuenta el INAI con materiales de consulta para personas con discapacidad? Respuesta:

Con la finalidad de acercar los temas de la transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas a las personas con discapacidad, el INAI ha habilitado en su sitio web, en la sección de publicaciones, una sección de Audio Libros, la cual contiene los cuadernillos de transparencia. Se puede consultar en http://inicio.inai.org.mx/SitePages/Audio-Libros.aspx Invitación La Dirección de Vinculación con la Sociedad invita a integrantes de organizaciones de la sociedad civil y al público en general al taller de Protección de Datos Personales el próximo 17 de agosto en las instalaciones del INAI. Interesados comunicarse al correo [email protected] o al tel. 5004 2400 ext. 2799 y 2117

Elaboró Guillermo Pérez Martínez

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Elaboró Guillermo Pérez Martínez