"SALUD Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH) DECRETO SUPREMO Nº 005-2003-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 32º de la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, creó al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH) como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud y, el artículo 33º, literal b) de la misma Ley, establece que el IDREH tiene como misión conducir las actividades de Investigación académica, formación, capacitación y especialización del personal, el desarrollo y la evaluación de la calidad de los recursos humanos del Sector Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 278-2002SA/DM, de fecha 5 de febrero del 2002, se designa la Comisión de Transferencia y Evaluación de las Gestiones y Capacidades de la Escuela Nacional de Salud Pública al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos; Que, habiéndose cumplido con tal encargo, debe aprobarse el Reglamento de Organización y Funciones del IDREH, que constituye un documento de gestión en el que se define su estructura orgánica y se especifica las funciones generales de sus órganos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y con el artículo 13º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modificado mediante Ley Nº 27899; y, estando a lo acordado: Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH), que consta de 5 Títulos, 3 Capítulos, 44 Artículos, 1 Disposición Complementaria, 6 Disposiciones Transitorias y el Organigrama Estructural, los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro de Salud y entrará en vigencia a partir del día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL INSTITUTO DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS DE SALUD - IDREH TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1º.- Contenido del Reglamento El presente Reglamento de Organización y Funciones, es el documento técnico normativo de gestión, donde se definen la naturaleza, misión, visión, objetivos estratégicos y objetivos funcionales del Instituto de Desarrollo de los Recursos Humanos de Salud. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación de este reglamento es el conjunto de la organización del Instituto de Desarrollo de los Recursos Humanos de Salud y en lo que corresponda a las coordinaciones con organismos y entidades del sector. Artículo 3º.- Denominación El Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos a efectos de la aplicación de este reglamento, en adelante se denominará IDREH. TÍTULO I DE LA NATURALEZA DE LA ENTIDAD, MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y OBJETIVOS FUNCIONALES GENERALES CAPÍTULO I Artículo 4º.- De la Naturaleza de la Entidad El Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos IDREH - es un organismo público descentralizado del Ministerio de Salud, con personería jurídica de derecho público interno, y autonomía económica y administrativa. Para sus competencias académicas se rige por la Ley Universitaria Nº 23733 y otras que resulten aplicables. Artículo 5º.- De la Misión Conducir las actividades de investigación académica, formación, capacitación y especialización del personal, el desarrollo y la evaluación de la calidad de los recursos humanos de sector salud a nivel nacional. Artículo 6º.- De la Visión En el año 2006 el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos ejerce la rectoría en el desarrollo de los recursos humanos del sistema nacional coordinado y descentralizado de salud, implementando políticas y normas; desarrollando la investigación académica, formación,
capacitación, especialización y gestión de la calidad de los recursos humanos de salud; constituyendo una organización moderna que gestiona eficientemente sus recursos; sustentando su accionar en principios de equidad, accesibilidad y transparencia. Artículo 7º.- De los Objetivos Estratégicos a) Promover el desarrollo de los recursos humanos para el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, maximizando su contribución al cumplimiento de la misión del sector. b) Impulsar la investigación como soporte al desarrollo tecnológico en salud, para la generación y uso del conocimiento necesario en las intervenciones sobre la realidad sanitaria. c) Innovar y fortalecer la gestión institucional acorde a la misión. Artículo 8º.- De los Objetivos Funcionales Generales Los objetivos funcionales generales del Instituto de Desarrollo de los Recursos Humanos de Salud son los siguientes: a) Propone políticas, acciones y programas de desarrollo de Recursos Humanos de Salud, en concertación con las instituciones formadoras y prestadoras de servicios de salud, colegios profesionales, asociaciones científicas, entidades internacionales y nacionales; b) Proyecta y programa estratégicamente el número, formación, especialización y distribución de los recursos humanos para el Sector Salud, que responda a la oferta y demanda proyectada para el largo y mediano plazo, en coordinación con la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud. c) Logra el desarrollo de capacidades y habilidades de gestión y administración Pública en los Recursos Humanos del Sector Salud y de otros sectores, en coordinación con la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; d) Propone políticas y normas para regular los programas de especialización, formación, capacitación, certificación y re-certificación de los recursos humanos del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; e) Regula y gestiona los Programas de Internado, SERUMS y Residentado; f) Promueve, conduce y desarrolla la formación, capacitación, certificación y recertificación de los recursos humanos del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; g) Articula las redes y sistemas de información inter institucional referidas al desarrollo y desempeño de los recursos humanos Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; h) Promueve la gestión descentralizada de los recursos humanos de Salud, acorde al modelo de atención y redes de prestación de los servicios de salud del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud;
i) Conduce, promueve, evalúa y difunde las actividades de investigación académica; y evalúa y difunde las evidencias y conclusiones de la investigación académica; j) Planifica, supervisa y evalúa los procesos de distribución de plazas de profesiones y especialidades de SERUMS, Internado y Residentado de acuerdo a las políticas del sector y necesidades del país en coordinación con las instituciones y órganos pertinentes; k) Propone políticas y conduce el desarrollo y evaluación de la calidad de los Recursos Humanos del Sector Salud, en coordinación con la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; l) Determina objetivos, metas, metodologías y estándares de evaluación de la calidad de los Recursos Humanos; m) Conduce las actividades de Investigación Académica; n) Articula planes y acciones para lograr los objetivos de desarrollo de los recursos humanos con lo de las instituciones y entidades componentes del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud y de otros sectores; o) Promueve la articulación de redes y sistemas de información interinstitucional, referidas al desarrollo y desempeño de los recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; p) Conduce las acciones de capacitación en Gestión Sectorial en el marco de la normatividad vigente; q) Conduce las acciones de evaluación de la calidad de los recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud. CAPÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 9º.- De la Estructura Orgánica La Estructura Orgánica del Instituto de Desarrollo de los Recursos Humanos de Salud -IDREH, es la siguiente: ÓRGANOS DE DIRECCIÓN - Jefatura. - Subjefatura. ÓRGANO CONSULTIVO - Consejo Consultivo. ÓRGANO DE CONTROL - Oficina General de Auditoría Interna. ÓRGANO DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoría Jurídica. - Oficina General de Información Estratégica de Recursos Humanos. - Oficina General de Planificación. ÓRGANOS DE APOYO - Oficina General de Administración. - Oficina de Contabilidad y Tesorería. - Oficina de Logística. - Oficina de Personal. - Oficina de Comunicaciones ÓRGANOS DE LÍNEA - Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos. - Dirección de Políticas y Regulación;
- Dirección de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; - Dirección General de Formación y Perfeccionamiento - Dirección de Formación. - Dirección de Perfeccionamiento. - Dirección General de Investigación Académica y de Recursos Humanos - Dirección de Investigación de Recursos Humanos. - Dirección de Investigación Académica. CAPÍTULO III ÓRGANOS DE DIRECCIÓN JEFATURA Artículo 10º.- De la Jefatura La Jefatura es el órgano de máximo nivel jerárquico y de toma de decisiones del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, encargada de implementar y conducir la Política Institucional en concordancia con la Política Sectorial de Salud; asesorando a la Alta Dirección del Ministerio de Salud en áreas de su competencia. Está a cargo de un funcionario con categoría de Jefe de Organismo Público Descentralizado, constituyéndose en la máxima autoridad y es el titular del Pliego Presupuestal del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. Artículo 11º.- Objetivos Funcionales Generales de la Jefatura: a) Propone y conduce la política sectorial de desarrollo de los recursos humanos de salud, llevando adelante los procesos de concertación interinstitucional que viabilicen la formulación y ejecución de tales políticas; b) Propone y gestiona los dispositivos legales y administrativos sobre asuntos de competencia institucional; c) Dirige el funcionamiento de la institución en armonía con la Política Sectorial de Salud; d) Ejerce la representación institucional y convoca a Comisiones y Comités Especiales de Coordinación Interinstitucional; e) Celebra convenios de cooperación técnica en coordinación con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI o de otra naturaleza, con entidades nacionales o extranjeras en el marco de la normatividad vigente; f) Aprueba el Balance General y el Informe Memoria Anual, así como el Presupuesto Anual que presenta el Subjefe del IDREH; g) Convoca y preside el Consejo Consultivo; h) Propone al Despacho Ministerial el Reglamento de Organización y Funciones de la institución y el Cuadro para Asignación de Personal; i) Aprueba los documentos de gestión institucional correspondiente; j) Propone al Ministro la designación de funcionarios de cargos de confianza del IDREH; k) Propone al Ministro la conformación de Comisiones y Comités Especiales Inter institucionales y Multisectoriales para concertar acciones y propuestas en temas de injerencia en el desarrollo y desempeño de los
recursos humanos; l) Aprueba los planes curriculares, normas académicas, y otorga el Grado de Maestro y Título de Especialista; así como otras certificaciones de acuerdo a ley; m) Acepta donaciones y legados de personas o instituciones nacionales y extranjeras, en el marco de la normatividad vigente respectiva; n) Ejercita las atribuciones que le confiere la Ley y otras normas conexas. SUBJEFATURA Artículo 12º.- De la Subjefatura La SubJefatura, es la autoridad inmediata inferior a la Jefatura encargada de coordinar, supervisar, y evaluar las actividades técnicas y administrativas; y la aplicación de la política institucional. Artículo 13º.- Objetivos Funcionales Generales de la Subjefatura: a) Coordina, supervisa y evalúa el logro de las actividades de los diversos órganos de la institución, en concordancia con la política institucional y las normas vigentes; b) Propone a la Jefatura las normas y procedimientos técnicos y administrativos; c) Propone a la Jefatura el proyecto presupuestal institucional y supervisa la ejecución de los planes, programas, proyectos y presupuesto por lo órganos competentes; d) Establece el sistema de trámite documentario del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, cumpliendo funciones y procedimientos vigentes; e) Sistematiza, asegura y conserva el acervo documentario e información oficial en el archivo, cumpliendo las normas vigentes. f) Efectúa la evaluación de los procesos y resultados de la acciones que ejecuta el Instituto. g) Representa a la Jefatura por delegación o por mandato legal expreso; h) Queda a cargo del IDREH en ausencia del Titular. ÓRGANO CONSULTIVO Artículo 14º.- Del Consejo Consultivo El Consejo Consultivo es un órgano de carácter permanente, integrado por personas naturales y representantes de entidades públicas y privadas, con amplia experiencia y probidad para analizar y proponer soluciones a problemas inherentes al desarrollo y desempeño de los recursos humanos de salud. Los miembros integrantes del Comité Consultivo podrán ser invitados o designados, para asesorar y opinar sobre temas inherentes a los Recursos Humanos del Sistema Nacional, Coordinado y Descentralizado de Salud. El cargo como miembro del Comité Consultivo, es ad honoren y no inhabilita el desempeño de una función pública y privada, cuyas opiniones tendrán carácter de asesoramiento. El Consejo Consultivo, es presidido por el Jefe del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos de Salud - IDREH-. ÓRGANO DE CONTROL
Artículo 15º.- De la Oficina General de Auditoría Interna La Oficina General de Auditoría Interna, es el órgano de control del IDREH encargado de evaluar y verificar la correcta ejecución de las operaciones administrativas y técnicas del IDREH, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. Su ámbito de actuación con enfoque integral abarca la auditoría financiera, la auditoría de gestión, y los exámenes especiales. Integra el Sistema Nacional de Control. Artículo 16º.- Objetivos Funcionales Generales de la Oficina General de Auditoría Interna: Le corresponde a la Oficina General de Auditoría Interna los siguientes objetivos funcionales: a) Formula y propone a la Jefatura, los lineamientos de política del sistema de control de la Institución, en concordancia con lo establecido por la Contraloría General de la República, en su calidad de Órgano Rector del Sistema Nacional de Control; b) Formula, dirige y ejecuta los Planes y Programas Anuales de Control Institucional y Auditoría; c) Realiza auditorías y exámenes especiales con sujeción a la normatividad vigente; d) Efectúa el control interno posterior de las gestiones y ejecuciones llevadas a cabo, en relación con las metas trazadas y resultados obtenidos; e) Informa oportunamente a la Jefatura del IDREH sobre los resultados de las acciones de control, proponiendo las recomendaciones que el caso amerite; f) Otras funciones que le asigne la Jefatura del IDREH o la Contraloría General de la República. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Artículo 17º.- De la Oficina de Asesoría Jurídica La Oficina de Asesoría Jurídica, es el órgano encargado de brindar asesoramiento jurídico-legal a los órganos del IDREH. Artículo 18º.- Objetivos Funcionales Generales de la Oficina de Asesoría Jurídica: Le corresponden a la Oficina de Asesoría Jurídica, los siguientes objetivos funcionales: a) Informa, opina y absuelve consultas de carácter jurídico-legal, que formulen los órganos del IDREH; b) Recopila, compendia, sistematiza y concuerda la legislación relacionada con el IDREH debidamente actualizada con las disposiciones vinculadas a ella; c) Elabora informes técnico-legales; d) Asesora y visa los Contratos, Convenios, acuerdos, e instrumentos normativos institucionales; e) Visa los proyectos de Resoluciones Jefaturales, Directorales. OFICINA GENERAL DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA DE RECURSOS HUMANOS Artículo 19º.- De la Oficina General de Información Estratégica de Recursos Humanos La Oficina General de Información Estratégica de
Recursos Humanos, es el órgano de asesoría encargado de conducir la programación, desarrollo, y evaluación de los procesos de generación, acopio, sistematización de data básica; producción y difusión de información estratégica, referida a los recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; actúa como órgano de coordinación interna y externa en materia de su competencia, promoviendo a su vez la acción institucional a través de redes interinstitucionales de información especializada. Artículo 20º.- Objetivos Funcionales Generales de la Oficina General de Información Estratégica de Recursos Humanos: Le corresponden a la Oficina General de Información Estratégica de Recursos Humanos, los siguientes objetivos funcionales: a) Coordina con la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio de Salud el diseño, la actualización y evaluación del Sistema de Información de recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; b) Realiza la generación, procesamiento, análisis, evaluación y difusión permanente de la información relativa a los recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en coordinación con las Direcciones Generales de Línea, Oficina General de Planificación y la Oficina Ejecutiva de Comunicaciones; c) Genera los reportes cuantitativos y analíticos especializados sobre indicadores estratégicos para la Jefatura Institucional; así como para la difusión de la información en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud y redes especializadas; d) Coordina a través de redes interinstitucionales, el intercambio de información y complementariedad de acciones en el marco de su competencia; e) Organiza, ejecuta y evalúa las acciones comprometidas con organismos internacionales por el Proyecto Observatorio de Recursos Humanos de Salud, en coordinación con la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos; f) Genera espacios de difusión e intercambio de propuestas sobre el desarrollo de recursos humanos en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; g) Planifica, organiza, ejecuta y evalúa los procesos informáticos de la institución en coordinación con los demás órganos; h) Planifica, organiza, ejecuta y evalúa los procesos de recopilación, sistematización y difusión de documentación especializada en diferentes medios escrito, magnético, digital sobre recursos humanos y salud pública; i) Brinda asistencia técnica a los usuarios internos y externos del IDREH en las materias de su competencia; OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Artículo 21º.- De la Oficina General de Planificación La Oficina General de Planificación, es el órgano asesor de la institución, encargada de normar y conducir la
formulación, programación y evaluación de los procesos de planificación estratégica y operativa institucional; de la formulación, gestión y evaluación presupuestaria; de los planes, programas y proyectos de cooperación técnica; así como de los procesos de racionalización. Actúa como órgano de coordinación interna y externa, en materia de su competencia. Artículo 22º.- Objetivos Funcionales Generales de la Oficina General de Planificación: Le corresponden a la Oficina General de Planificación los siguientes objetivos funcionales generales: a) Conduce la formulación, reformulación, ejecución, monitoreo y evaluación de los planes, programas, proyectos y otros instrumentos de gestión, en coordinación con los órganos de línea, apoyo y asesoría; b) Conduce de manera coordinada las actividades de formulación, gestión presupuestaria y evaluación de la ejecución del Presupuesto Institucional; c) Efectúa los estudios de costos de las actividades institucionales que se consideren necesarias; d) Promueve y coordina la priorización, programación y gestión de actividades y proyectos para financiamiento por intermedio del Sistema Nacional de Inversión Pública y con apoyo de la Cooperación Técnica Internacional; y efectúa el seguimiento y evaluación de los mismos; e) Conduce, desarrolla, supervisa y evalúa los procesos técnicos de racionalización del IDREH; f) Gestiona la aprobación de los proyectos y la asignación de recursos proveniente del Sistema Nacional de Inversión Pública y de la Cooperación Técnica Internacional; g) Presta el asesoramiento técnico en materia de su competencia a los órganos del IDREH. DE LOS ÓRGANOS DE APOYO OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Artículo 23º.- De la Oficina General de Administración La Oficina General de Administración, es el órgano de apoyo encargado de programar, conducir, ejecutar y controlar los Sistemas Administrativos de Personal, Logística, Contabilidad y Tesorería, en coordinación con los órganos de línea, apoyo y asesoría; es responsable técnico de la ejecución presupuestal del Pliego del IDREH. Artículo 24º.- Objetivos Funcionales Generales de la Oficina General de Administración: Le corresponde a la Oficina General de Administración, los siguientes objetivos funciones generales: a) Dirige, ejecuta, supervisa, evalúa y controla los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Personal, Logística, Contabilidad y Tesorería, de acuerdo a las normas y directivas establecidas; b) Provee oportunamente de los recursos necesarios en forma eficiente y eficaz, según las funciones de la institución y prioridades establecidas en los planes, programas, proyectos y presupuesto institucionales; c) Adecua, actualiza, y ejecuta las normas y procedimientos de los sistemas administrativos vigentes;
d) Supervisa la ejecución del Programa de Bienestar Social de la institución; Artículo 25º.- De la Oficina de Contabilidad y Tesorería La Oficina de Contabilidad y Tesorería es la encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Planifica, coordina y ejecuta los procesos de los Sistemas de Tesorería, de Contabilidad y Presupuesto en lo que le compete, así como la operación del Sistema de Administración Financiera - SIAF; y las rendiciones de cuentas. Artículo 26º.- De la Oficina de Logística La Oficina de Logística es la encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Planifica, coordina y ejecuta los procesos de abastecimiento de bienes y servicios, control patrimonial y gestión de inventarios; b) Logra el mantenimiento preventivo de la infraestructura, equipos y transporte de la institución; c) Otorga apoyo logístico a los órganos de la Institución y por encargo al órgano desconcentrado. d) Conduce el Sistema Logístico Integrado del IDREH. Artículo 27º.- De la Oficina de Personal La Oficina de Personal es la encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Planifica, coordina, propone y ejecuta los procesos técnicos del Sistema de Personal; b) Conduce el Programa de Bienestar Social de la institución; c) Logra los objetivos funcionales del proceso de desarrollo del personal del IDREH, según la normatividad vigente. OFICINA DE COMUNICACIONES Artículo 28º.- De la Oficina de Comunicaciones La Oficina de Comunicaciones, es el órgano de apoyo encargado de planificar, ejecutar y evaluar las acciones de comunicación interna y externa, estableciendo y manteniendo relaciones con instituciones nacionales e internacionales, que desarrollan actividades afines a la institución y otros, así como conduce el protocolo de los actos oficiales y prensa, y promueve la buena imagen institucional en estrecha coordinación con los demás órganos del Instituto. Artículo 29º.- Objetivos Funcionales Específicos de la Oficina de Comunicaciones: Los objetivos funcionales específicos de la Oficina de Comunicaciones, son los siguientes: a) Formula, propone, ejecuta y evalúa la política y estrategia de comunicaciones del Instituto, en armonía con la política institucional y en coordinación con los demás órganos del IDREH; b) Recoge y sistematiza la información válida y confiable proveniente de los usuarios de la institución, que contribuya a la aplicación del enfoque de mercadeo social en las acciones institucionales; c) Diseña, propone y ejecuta la difusión y promoción estratégica de las actividades de la institución a nivel
interno y externo, de acuerdo a las prioridades y contenidos definidos en coordinación con la Alta Dirección y Organos de Línea; d) Asegura que las publicaciones y material de difusión de las actividades institucionales guarden coherencia con la imagen corporativa; e) Adecua la normatividad en comunicación con la que emite el Ministerio de Salud, según los objetivos sectoriales e institucionales; f) Mantiene relaciones Inter-institucionales adecuadas para el logro de los objetivos de imagen, servicio al usuario y comunicación social; g) Planifica y dirige el ceremonial institucional y protocolo oficial; h) Propone a la Jefatura Institucional el Plan de Imagen Corporativa; DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y GESTIÓN DEL DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS Artículo 30º.- De la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos La Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos, es el órgano de línea encargado de proponer las políticas y normatividad sectorial para el desarrollo de Recursos Humanos, la gestión y evaluación de la calidad correspondiente, así como de concertar y articular el accionar institucional a nivel del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en coordinación con las otras Direcciones Generales de línea; en el marco de la política sectorial de salud. Artículo 31º.- Objetivos Funcionales Generales de la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos: Le corresponde a la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos, las siguientes funciones: a) Propone a la Jefatura Institucional las políticas y normas para el desarrollo, adecuado desempeño y evaluación de la calidad de los recursos humanos del Sector; b) Brinda asistencia técnica a las organizaciones y entidades del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, para la implementación de las políticas y aplicación de la normatividad vigente para el desarrollo y desempeño de los Recursos Humanos del Sistema Nacional, Coordinado y Descentralizado de Salud; c) Define y propone lineamientos generales para la formulación de los perfiles ocupacionales por competencias de los recursos humanos del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, así como de los agentes comunitarios, evaluando en forma permanente la aplicabilidad y pertinencia de los mismos; d) Propone el establecimiento de mecanismos regulatorios
orientados a adecuar la oferta y demanda de profesionales y técnicos; en coherencia con el modelo integral de atención de la salud y en el marco del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; e) Regula y gestiona los Programas de Internado, SERUMS y Residentado; f) Planifica, supervisa y evalúa los procesos de distribución de plazas de profesiones y especialidades médicas de SERUMS, Residentado e Internado de acuerdo a las políticas del sector y necesidades del país en coordinación con las instituciones pertinentes; g) Planifica, organiza, impulsa y evalúa el proceso de certificación y recertificación de los recursos humanos en el Sector de Salud; h) Planifica, organiza, impulsa y evalúa en la acreditación de instituciones formadoras de profesionales y técnicos en salud en el marco de la normatividad vigente; i) Identifica necesidades, diseña y ejecuta planes, programas y proyectos necesarios para el desarrollo de sus acciones con el asesoramiento de la Oficina General de Planificación. Artículo 32º.- De la Dirección de Políticas y Regulación La Dirección de Políticas y Regulación; es la encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Propone, coordina, difunde y evalúa la aplicación de las políticas y normas para el desarrollo de los recursos humanos, la gestión del desempeño y la evaluación de la calidad de los recursos humanos del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; b) Formula y actualiza lineamientos para la elaboración de los perfiles ocupacionales de los recursos humanos del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en coordinación con las instituciones pertinentes según Ley; c) Formula lineamientos para el desarrollo de procesos concertados de la planificación descentralizada de recursos humanos, coherente con el Modelo de Atención Integral de salud y el perfil epidemiológico; d) Planifica, organiza, impulsa y evalúa el proceso de certificación y recertificación de los recursos humanos en el Sector de Salud; e) Planifica, organiza, impulsa y evalúa en la acreditación de instituciones formadoras de profesionales y técnicos en salud en el marco de la normatividad vigente; Artículo 33º.- De la Dirección de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos La Dirección de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; es la encargada de los siguientes objetivos funcionales Específicos: a) Coordina a nivel interinstitucional los Programas de Internado y Residentado; conduce y racionaliza la distribución de plazas del Servicio Rural Urbano Marginal (SERUMS) a nivel nacional; b) Planifica, Supervisa y evalúa los procesos de distribución de plazas de profesiones y especialidades, de
acuerdo a las políticas del sector y necesidades del país en coordinación con las instituciones involucradas en su ejecución; c) Establece las interrelaciones necesarias con otras entidades públicas y privadas para promover y viabilizar el desarrollo de los recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; d) Coordina acciones con la Oficina General de Información Estratégica de Recursos Humanos, referidas al Proyecto Observatorio de los Recursos Humanos; e) Promueve mecanismos de desarrollo de capacidades institucionales para la gestión de Recursos Humanos. f) Promueve, monitorea y evalúa la Gestión Descentralizada de los Recursos Humanos. DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO Artículo 34º.- De la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento La Dirección General de Formación y Perfeccionamiento, es el órgano de línea encargado de proponer la Política Sectorial de Formación, Especialización y Capacitación para el desarrollo de los recursos humanos del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, acorde al modelo de atención y de organizaciones que establezca el Ministerio de Salud; difunde su aplicación con el apoyo de la Oficina Ejecutiva de Comunicaciones; brinda asistencia técnica; y efectúa la supervisión y evaluación respectiva. Artículo 35º.- Objetivos Funcionales Generales de la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento: Le corresponden a la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento los siguientes objetivos funcionales: a) Propone en coordinación con los órganos de línea del IDREH e instituciones del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud y Formadoras de Recursos Humanos de Salud, la política sectorial de formación, capacitación y especialización para el desarrollo de Recursos Humanos; brinda la asistencia técnica y, evalúa la aplicación de dicha política; b) Conduce los planes, programas y proyectos de capacitación de acuerdo a las necesidades del desarrollo y adecuado desempeño del personal del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en coordinación con las entidades de dicho sistema y articuladas a las estrategias y acciones de investigación y asistencia técnica institucionales; c) Formula los lineamientos y procedimientos de monitoreo, supervisión y evaluación integral de los planes y programas de formación, capacitación y especialización para el desarrollo de los recursos humanos del Sector y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; así como efectúa la supervisión y evaluación de los programas de capacitación ejecutados por el IDREH; d) Participa coordinadamente con la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos, las acciones institucionales
de supervisión y evaluación de la aplicación de la normatividad sobre formación, capacitación y especialización de los recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; e) Diseña y ejecuta planes, proyectos para desarrollar programas de formación y capacitación en Salud Pública dirigidos a grupos prioritarios del sector, con el asesoramiento de la Oficina General de Planificación; f) Evalúa los procesos técnicos requeridos para las actividades de la institución desde la fase de admisión hasta la condición de titulado o graduado. g) Tramita, registra, ordena y preserva la documentación de los Programas Académicos tales como Actas, Certificados, Títulos y otros documentos de su competencia. Artículo 36º.- De la Dirección de Formación de Recursos Humanos La Dirección de Formación de Recursos Humanos, es la encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Identifica las necesidades de formación del personal profesional y técnico del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, correspondiente a los niveles de complejidad de los servicios de salud en coordinación con la Dirección General de Investigación de Recursos Humanos; b) Planifica, diseña, conduce, ejecuta y evalúa los Programas de Especialización del IDREH; c) Brinda la asistencia técnica permanente a los órganos responsables de Capacitación de las Entidades del Sector Salud Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud. Artículo 37º. - De la Dirección de Perfeccionamiento La Dirección de Perfeccionamiento es la encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Identifica las necesidades de capacitación del personal profesional y técnico de los niveles de complejidad de los servicios de Salud, en coordinación con la Dirección General de Investigación de Recursos Humanos; b) Planifica, diseña, conduce, ejecuta y evalúa los Programas de Diplomados, Educación Continua y cursos que brinda el IDREH; c) Asesora técnicamente a los órganos responsables de capacitación de las Entidades del Sector Salud y del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; d) Coordina con la Asamblea Nacional de Rectores la autorización para los Programas de Maestría en Salud Pública a ser ejecutados por el IDREH; e) Ejecuta convenios con la Universidad Peruana para el desarrollo de Programas de Maestría y Doctorado en Salud; f) Desarrolla los procesos administrativos requeridos para las actividades académicas del IDREH, desde la fase de admisión, hasta la condición de titulado o graduado; g) Propone y aplica los criterios técnicos para la acreditación o convalidación de los programas académicos en el ámbito de su responsabilidad;
h) Efectúa la evaluación de los procesos y resultados de las acciones de capacitación que desarrolla el IDREH; i) Brinda asistencia técnica de la especialidad a las instituciones del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud que lo soliciten; DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN ACADÉMICA Y DE RECURSOS HUMANOS Artículo 38º.- De la Dirección General de Investigación Académica y de Recursos Humanos La Dirección General de Investigación Académica y de Recursos Humanos, es el órgano de línea encargado de proponer y evaluar las actividades de investigación académica en salud e investigación en el campo de los recursos humanos, en coordinación con las instituciones pertinentes. Artículo 39º.- Objetivos Funcionales Generales de Dirección General de Investigación Académica y de Recursos Humanos: Le corresponden a la Dirección General de Investigación Académica y de Recursos Humanos, los siguientes objetivos funcionales: a) Formula y propone en coordinación con los órganos de línea y otras instituciones pertinentes, la política de investigación académica en salud y en el campo de los recursos humanos. b) Propone instrumentos y metodologías para el diseño de la investigación académica en salud y en el campo de los recursos humanos; c) Coordina con las Instituciones Formadoras de Recursos Humanos de Salud, la priorización, difusión y evaluación de la investigaciones que se generan en dichos ámbitos; d) Prioriza necesidades de fortalecimiento de capacidades institucionales para el desarrollo de investigación en recursos humanos, en coordinación con la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento; e) Coordina, propone, diseña y ejecuta planes, programas, proyectos para el desarrollo de investigaciones prioritarias en recursos humanos; f) Evalúa los planes, programas y proyectos para el desarrollo de la investigaciones en Recursos Humanos de Salud. g) Diseña, difunde, aplica, monitorea y evalúa las tecnologías referidas al desarrollo de los recursos humanos, y las aplicadas en el desarrollo de las investigaciones académicas en salud; h) Promueve la incorporación de los investigadores en recursos humanos a la red nacional de investigadores; Artículo 40º.- De la Dirección de Investigación de Recursos Humanos La Dirección de Investigación de Recursos Humanos, está encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Formula y propone en coordinación con las demás Direcciones Generales de Línea y otras instituciones
pertinentes, la política de investigación en el campo de los recursos humanos; b) Prioriza necesidades de investigación en recursos humanos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; c) Prioriza necesidades de fortalecimiento de capacidades institucionales para el desarrollo de investigación de recursos humanos, en coordinación con la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento; d) Coordina, diseña y propone planes, programas y proyectos de investigación con criterios de priorización en el campo de desarrollo de los Recursos Humanos, en coordinación con las instituciones pertinentes; e) Propone instrumentos y metodologías para el diseño de investigación en el campo de los recursos humanos; f) Brinda asistencia técnica permanente a los responsables de las unidades de investigación de las entidades conformantes del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; g) Efectúa el seguimiento a la aplicación de las políticas de investigación de recursos humanos; h) Promueve la incorporación de los investigadores en recursos humanos a la red nacional de investigadores; i) Diseña, difunde, aplica, monitorea y evalúa las tecnologías referidas al desarrollo de los recursos humanos; Artículo 41º.- De la Dirección de Investigación Académica La Dirección de Investigación Académica, está encargada de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Formula y propone en coordinación con las demás Direcciones Generales de Línea y otras instituciones pertinentes, la política de investigación académica en salud; b) Prioriza las necesidades de investigación en salud en coordinación con las instituciones formadoras en Salud; c) Identifica necesidades de fortalecimiento de capacidades institucionales para el desarrollo de investigación académica, en coordinación con la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento; d) Propone instrumentos y metodologías para el diseño de la investigación académica en salud; e) Brinda asistencia técnica permanente a las unidades de investigación de las entidades formadoras de Salud; f) Efectúa el seguimiento a la aplicación de las políticas de investigación académica de salud. g) Coordina, propone, diseña y ejecuta planes, programas, proyectos para el desarrollo de investigaciones académicas en coordinación con las instituciones formadoras de salud; h) Diseña, difunde, aplica, monitorea y evalúa las tecnologías aplicadas en el desarrollo de las investigaciones académicas de salud; TÍTULO II DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 42º.- Del Régimen Laboral
Los trabajadores del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, están comprendidos en el régimen laboral de remuneraciones y beneficios sociales, establecidos para los trabajadores de la administración pública en general y demás disposiciones del sector salud en particular. TÍTULO III DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO Artículo 43º.- Del régimen económico y financiero Constituyen recursos del IDREH: a) Las asignaciones presupuestales provenientes de recursos ordinarios; b) Los recursos directamente recaudados que puedan generar como resultado de sus actividades; c) Los aportes y transferencias que efectúen las Instituciones y Organismos Públicos, así como las personas naturales y jurídicas; d) Los recursos provenientes de convenios, contratos, y otros actos jurídicos celebrados con personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como entidades de cooperación técnica nacional e internacional en el marco de las normas vigentes y en coordinación con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI e) Las donaciones y subsidios internos y externos que se otorguen a su favor para cualquiera de sus actividades específicas a elección de los donantes, en cuyo caso la institución no podrá darle otro fin que el señalado por los mismos; y, f) Otros que se obtengan por cualquier título o disposición legal expresa. TÍTULO IV DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 44º.- De las relaciones interinstitucionales Para el cumplimiento de sus funciones el IDREH coordina con las instituciones públicas y privadas. DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Primero.- Las Comisiones y Comités del IDREH y sus reglamentos internos de ser pertinente, serán establecidos y aprobados mediante Resolución Jefatural en caso traten asuntos técnicos y administrativos del Instituto y cuando se trate de temas de su competencia que involucren al Sector Salud serán aprobados y establecidos mediante Resolución Ministerial. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Para definir las acciones correspondientes para la transferencia definitiva del Centro Nacional de Formación de Técnicos en Mantenimiento de Establecimientos de Salud - IST CENFOTES al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH, se conformará vía Resolución Ministerial una Comisión de evaluación de CENFOTES. Segunda.- El Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del IDREH se elaborará y presentará para aprobación mediante Resolución Suprema en un plazo no
mayor a 30 días hábiles contados a partir de la fecha de vigencia del presente Reglamento. Tercera.- El Manual de Organización de Funciones (MOF) del IDREH, se aprobará con Resolución Jefatural, en un plazo no mayor de 30 días hábiles contados a partir de la aprobación del CAP del IDREH. Cuarta.- El Ministerio de Salud dispondrá las acciones y normas legales pertinentes para la transferencia al IDREH de las plazas, personal, recursos presupuestales, equipos y acervo documentario asignados al Servicio Rural Urbano Marginal (SERUM). Quinta.- Cualquier mejora que se establezca posteriormente en el ROF deberá ser aprobada mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, según lo establecido en las normas de Modernización de la Gestión del Estado."