"SALUD Disponen efectuar coordinaciones con hospitales o institutos

6 ene. 2002 - Kevin CASTRO RAMOS. - Rosa CASTRO GINES. - Renato CERVANTES TERRONES ... Jaime GARAY OCHOA. - Daysi GONZALES CAMPOS.
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"SALUD Disponen efectuar coordinaciones con hospitales o institutos especializados a fin de brindar atención médica a diversos afectados por incendio ocurrido en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2002-SA/DM Lima, 15 de febrero del 2002 Visto el Oficio DGSP Nº 0388/01-2002, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Carta Magna señala que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; precisándose en su Artículo 7º que todos tienen derecho a la protección de su salud; Que el Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud señala en su Artículo 2º que la protección de la salud es de interés público, siendo de responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que por Decreto de Urgencia Nº 002-2002, publicado el 6 de enero del 2002 el Gobierno decretó asumir los costos de atención de los heridos, huérfanos y familiares de las víctimas y de los damnificados por el incendio producido en la noche del 29 de diciembre del 2001, en el centro de la ciudad de Lima, autorizando al Ministerio de Salud a atender la salud de los heridos; Que en consecuencia, es necesario brindar a dichas personas atención médico hospitalario integral, preferencial y permanente a través de los Hospitales y/o Institutos Especializados integrantes del Sector Salud, conjuntamente con la provisión de medicamentos propios del tratamiento que cada uno de ellos requiera, acreditándose el estado de necesidad, condición y alcance del tratamiento a través del oficio de vistos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26842 Ley General de Salud, y Ley Nº 27657 - Ley Orgánica del Ministerio de Salud; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Bienestar Social del Ministerio de Salud realice las coordinaciones respectivas con los diversos Hospitales y/o Institutos Especializados que lo integran, a efecto de que se brinde a las personas que a continuación se menciona, la atención médica que garantice su reestablecimiento de las lesiones sufridas como consecuencia del incendio producido

la noche del 29 de diciembre del 2001 en el centro de la ciudad de Lima: - Ronald ALVAREZ ROSALES - Soledad ARECHE YAURI - Sonia BARTURÉN OCAMPOS - Rosario BARTURÉN OCAMPO - Erika CANDELA ORDÓÑEZ - Luis Enrique CANCHARI MORALES - Cristina CASTILLO SIMÓN - Kevin CASTILLA VÁSQUEZ - Kevin CASTRO RAMOS - Rosa CASTRO GINES - Renato CERVANTES TERRONES - Haydeé CHANCAJANAMPA F. - Rosa CHUMBIANE TRIVILLERO - Rosario CIRIACO VALENCIA - Jesús CONICLLA QUISPE - Silvana CORRALES HUAMÁN - Gudelia DAVILA SAJANI - Rossmery FERNÁNDEZ BARBARÁN - Flor FERNÁNDEZ VEGA - Juan GALA VÁSQUEZ - Jaime GARAY OCHOA - Daysi GONZALES CAMPOS - Jorge GUZMÁN ROSARIO - Erick INGA GUZMÁN - David LAVADO DAVILA - Luz Maribel LEON ARIAS - Vilma MORALES GUILLÉN - Pablo MUCHAYPIÑA LAGUNA - Guelli ORDOÑEZ ARREDONDO - Mariluz PACHECO HUAMÁN - María Elena PAY PAY PALOMINO - Encarnación PÉREZ QUISPE - Freddy José PINEDA MEDINA - Anderson PIPA NÚÑEZ - Juan PIPA VELA - Elisa REYES GASPAR - Jorge SALAZAR MUZAURIETA - Iné SANTOS CHINCAZANAMPA - Mercy SOLANO ALGUIER - Tania SOMÓN MORA - Jackeline SOLÓRZANO CASTILLO - Noemí TERRONES CRUZADO - Herlinda TOSCANO HERRERA - Cayo VÁSQUEZ CARDOSO - Ismael VILCATOMA PAUCAR - Eduardo VILLAGARCÍA HIGINIO - Delfina VILLEGAS QUISPE - María YAHUARCANI TAPAYURI Artículo 2º.- Precísese que las personas a que se contrae el Artículo Primero de la presente Resolución, se encontrarán exentas de todo pago por concepto de consultas, exámenes, hospitalización, intervención quirúrgica y/o medicinas que requieran para su tratamiento en los Hospitales

y/o Institutos Especializados a cargo del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"