"SALUD Aprueban uso obligatorio del uniforme único para los

... entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARINO COSTA BAUER.
3KB Größe 0 Downloads 10 vistas
"SALUD Aprueban uso obligatorio del uniforme único para los profesionales de enfermería del país RESOLUCION MINISTERIAL Nº 401-97-SA/DM Lima, 1 de setiembre de 1997 Visto el Oficio SA-OGP-Nº 228-97 de la Oficina General de Planificación; CONSIDERANDO: Que compete al Ministerio de Salud regular el uso de los uniformes de los diferentes grupos de servidores que laboran en los servicios asistenciales; Que el Colegio de Enfermeros del Perú solicita la aprobación del uniforme del profesional de enfermería, de acuerdo al ámbito de trabajo en los diferentes establecimientos de salud del país, tanto públicos como privados; Que la aprobación del uniforme, a nivel nacional, orientará a la población y a los usuarios de los establecimientos de salud para una fácil y rápida identificación del profesional de enfermería; Que es conveniente aprobar el color o modelo de uniforme del profesional enfermero; Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 584 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el uso obligatorio del uniforme único para los profesionales de enfermería del país, de acuerdo al ámbito de trabajo, Anexos que forman parte de la presente Resolución y características siguientes: EN HOSPITALES Y CLINICAS EN CENTROS Y PUESTOS DE SALUD (SALUD INDIVIDUAL) (SALUD PUBLICA) 1. Chaqueta o Saco de color 1. Chaqueta o Saco de color azul marino blanco con logo bordado con logo bordado del Colegio de del Colegio de Enfermeros Enfermeros del Perú; del Perú; 2. Falda o Pantalón de color 2. Falda o Pantalón de color azul marino;

blanco; 3. Blusa o Camisa de color 3. Blusa o Camisa de color blanco; blanco; 4. Toca de color blanco con 4. Medias de color natural; y logo bordado del Colegio 5. Zapatos de color azul marino. de Enfermeros del Perú; 5. Medias de color natural; y 6. Zapatos de color blanco. 2º.- Las dependencias y establecimientos de salud del Sector, públicos y privados, a nivel nacional, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. 3º.- Es potestad de las dependencias y establecimientos de salud, autorizar el uso de modelos de uniforme de gala, para uso exclusivo en presentaciones oficiales. 4º.- A partir del 1 de junio de 1998, es obligatorio el uso del uniforme en las dependencias y establecimientos de salud del Sector. 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud"