"SALUD Aprueban Normas para la Aplicación del Proceso de

de los Hospitales e Institutos Especializados y Jefaturas de Centros de Salud. RESOLUCION MINISTERIAL. Nº 288-99-SA/DM. Lima, 11 de junio de 1999.
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"SALUD Aprueban Normas para la Aplicación del Proceso de Concurso para cubrir Jefaturas de Departamentos y Servicios de los Hospitales e Institutos Especializados y Jefaturas de Centros de Salud RESOLUCION MINISTERIAL Nº 288-99-SA/DM Lima, 11 de junio de 1999 Visto el Oficio SA-OGP-Nº 098-99 de la Oficina General de Planificación; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 23536 - Normas Generales que Regulan el Trabajo y la Carrera de los Profesionales de la Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-93-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 024-83-PCM, y el Artículo 19º del Decreto Legislativo Nº 559 - Ley de Trabajo Médico, establecen que las Jefaturas de los establecimientos de salud deben ser cubiertas por concurso; Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y la Oficina General de Administración, así como a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ramo; y, De conformidad con lo establecido por las Leyes Nºs. 26842, 23536, el Decreto Legislativo Nº 559, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y de acuerdo a lo previsto por el Decreto Legislativo Nº 584 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y demás disposiciones conexas; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Adoptar las ""Normas para la Aplicación del Proceso de Concurso para cubrir Jefaturas de Departamentos y de Servicios de los Hospitales e Institutos Especializados y Jefaturas de Centros de Salud""; las mismas que forman parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud NORMAS PARA LA APLICACION DEL PROCESO DE CONCURSO PARA CUBRIR JEFATURAS DE DEPARTAMENTOS Y SERVICIOS DE LOS HOSPITALES E INSTITUTOS ESPECIALIZADOS Y JEFATURAS DE CENTROS DE SALUD

1. FINALIDAD Establecer las pautas que orienten las acciones referentes al proceso de concurso para acceder a cargos Jefaturales de los Departamentos y Servicios de los Establecimientos Hospitalarios e Institutos Especializados, así como de Jefaturas de los Centros de Salud del Ministerio de Salud. 2. OBJETIVO Efectuar un óptimo proceso técnico de selección de los servidores profesionales de la salud en función de su calidad, aptitudes, idoneidad, experiencia y formación para ocupar los cargos estructurales de Jefe de Departamento, Jefe de Servicio y Jefes de Centros de Salud. 3. MARCO LEGAL 3.1 Ley Nº 26842, Ley General de Salud. 3.2 Ley Nº 23536, Normas Generales que Regulan el Trabajo y la Carrera de los Profesionales de la Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-83-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 024-83-PCM. 3.3 Decreto Legislativo Nº 559, Ley del Trabajo Médico. 3.4 Decreto Legislativo Nº 584, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA. 3.5 Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. 3.6 Resolución Ministerial Nº 018-93-SA/DM, que aprueba la Directiva Nº 001-93-OEP, Normas del Proceso de Concurso para cubrir los cargos de las Dependencias del Ministerio de Salud, Organismos Públicos Descentralizados, Institutos Especializados y Direcciones Regionales y Subregionales de Salud. 4. ALCANCE La presente Norma es de aplicación por todos los Hospitales, Institutos Especializados, Direcciones de Salud / Direcciones Regionales y Subregionales de Salud, cuando corresponda y Comisiones que para el efecto se constituyan, a nivel nacional. 5. RESPONSABILIDAD Son responsables directos del cumplimiento de la presente Norma, los funcionarios o directivos de los Hospitales, Institutos Especializados, Direcciones de Salud / Direcciones Regionales y Subregionales de Salud y Centros de Salud, siguientes, según corresponda: •?Director General. •?Director Ejecutivo. •?Jefe de Oficina o Unidad de Personal. •?Miembros de las Comisiones de Concurso que se establezcan. 6. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 Los responsables de la conducción del proceso de Concurso en cada Entidad, se rigen en lo general por las normas legales y administrativas vigentes y en lo específico por lo establecido en

la presente Norma. 6.2 La evaluación para la asignación de cargos estructurales garantiza el derecho del personal profesional de la salud, a desarrollar la Carrera Administrativa en un marco de igualdad de oportunidades. 6.3 Los cargos jefaturales a convocar son aquellos que están considerados en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, y de acuerdo a la estructura orgánica aprobada en el Reglamento de Organización y Funciones de cada Entidad. 6.4 El desempeño de los cargos jefaturales, se efectuará bajo la modalidad de Asignación de Funciones, conforme a lo previsto en el Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Capítulo III del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. 6.5 El desempeño de los cargos jefaturales concursados y asignados, será por un período de tres (03) años. Cumplido este período, la Autoridad de Salud deberá convocar un nuevo concurso para cobertura del cargo. 6.6 El postulante que a la fecha del concurso se encuentre ocupando el cargo jefatural que se concursa, se le otorgará cinco (5) puntos adicionales al puntaje final obtenido. 6.7 El desempeño de los cargos jefaturales asignados, puede concluir o interrumpirse por: - Renuncia a la función pública; - Fallecimiento; - Medida disciplinaria; - Designación en Cargo de Confianza; - No ratificación en el cargo; 6.8 El Manual de Organización y Funciones aprobado de cada Establecimiento de Salud determina las funciones específicas y responsabilidades que correspondan a cada cargo estructural. 6.9 El ganador del concurso de un cargo jefatural, tiene un plazo de treinta (30) días para asumir el cargo adjudicado. Caso contrario su lugar será ocupado por el postulante que ocupó el segundo lugar en estricto orden de méritos. 7. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 7.1. DE LA MODALIDAD DEL CONCURSO 7.1.1 La convocatoria para cubrir los cargos jefaturales, tendrá en principio el carácter de Concurso Interno, a nivel de cada establecimiento. 7.1.2 Los cargos jefaturales que hayan sido declarados desiertos, serán convocados a Concurso Abierto, siempre y cuando corresponda a una plaza presupuestal vacante. 7.1.3 La Comisión de Concurso para considerar un cargo jefatural desierto, tendrá en cuenta lo siguiente: a. Cuando no se hayan inscrito postulantes para un cargo jefatural concursable. b. Cuando los postulantes a un cargo jefatural, no hayan obtenido puntaje mínimo de 60 puntos. c. Ocurrencia de actos, que a juicio de la Comisión sean de carácter doloso y pongan en riesgo la legitimidad del Proceso. 7.2 DE LA COMISION 7.2.1 Para efectos de la conducción del proceso de Concurso, en cada entidad se constituirá una Comisión de Concurso que

estará integrada por los siguientes miembros: a. Para el caso de Hospitales e Institutos Especializados: - El representante del Titular de la Dependencia, profesional médico, quien la presidirá; - El Jefe de la Oficina o Unidad de Personal, quien actuará como Secretario - Un representante del Cuerpo Médico que será elegido en forma democrática por el Cuerpo Médico. b. Para el caso de Centros de Salud: - El Representante del Director General de la Dirección de Salud, Dirección Regional de Salud o Dirección Subregional de Salud, profesional médico, quien la presidirá. Pág. 174212 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de junio de 1999 - El Jefe de la Oficina o Unidad de Personal, quien actuará como Secretario. - El Director Ejecutivo de Salud de las Personas de la Dirección de Salud, Dirección Regional o Subregional de Salud, según corresponda. 7.2.2 La Comisión podrá contar con la participación de especialistas de la Entidad, para el mejor desarrollo del proceso. 7.2.3 En caso de que uno de los miembros de la Comisión, tenga lazos de familiaridad, hasta el 4º de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquiera de los postulantes a un Cargo Jefatural, se inhibirá de participar en la evaluación de dicho postulante. 7.2.4 La calidad de miembro de la Comisión implica la participación obligatoria en todas las etapas del proceso. 7.2.5 La Comisión desarrollará sus funciones con discrecionalidad y sus acuerdos se adoptarán por mayoría de votos. 7.2.6 Son obligaciones y atribuciones de la Comisión de Concurso: a. Cumplir y hacer cumplir la presente Norma. b. Elaborar el Plan de Trabajo de la Comisión. c. Conducir el proceso de concurso en todas sus etapas. d. Solicitar a una Universidad o Institución con especialidad en Administración Hospitalaria los Cuestionarios con sus respectivas soluciones que servirán de base para la Prueba de Conocimientos y Psicotécnico. e. Realizar la calificación de los postulantes de acuerdo con los criterios establecidos. f. Publicar la lista de candidatos aptos para cada prueba, así como el resultado final de la evaluación. g. Elaborar y suscribir las Actas de Instalación, de las reuniones, de los Cuadros de Méritos y Acta Final. h. Resolver los reclamos de los postulantes, publicar y notificar sus decisiones a los interesados. i. Declarar desierto un Cargo Jefatural, cuando no existan postulantes inscritos o cuando éstos no reúnan los requisitos o no alcancen nota aprobatoria mínima. j. Descalificar a los postulantes que infrinjan las disposiciones de la presente Norma o incurran en falta disciplinaria durante el proceso. 7.3 DE LA CONVOCATORIA 7.3.1. La Convocatoria a concurso se efectuará una vez realizadas las siguientes acciones: a. Aprobación de la presente Norma;

b. Conformación e Instalación de la Comisión de Concurso; c. Aprobación de las Bases del Concurso. 7.3.2 El Aviso de Convocatoria se realizará con quince (15) días de anticipación para el inicio del Concurso. 7.3.3 La Convocatoria deberá contener lo siguiente: a. Denominación del cargo jefatural a concursar. b. Unidad Orgánica de ubicación del cargo. c. Requisitos básicos. d. Cronograma de actividades. 7.3.4 El Cronograma deberá contar con la fecha de inicio y término de las siguientes actividades: a. Actualización de Legajos; b. Inscripción; c. Aptitud; d. Cronograma de Pruebas; e. Calificación; f. Presentación del Cuadro de Méritos; g. Atención de reclamos; h. Acta de Acuerdos Finales. 7.4 ACTUALIZACION DE LEGAJOS 7.4.1 La Comisión de Concurso establecerá un plazo máximo de quince (15) días para la actualización del Legajo Personal de los postulantes. 7.4.2 Los documentos que contenga el Legajo Personal, deben ser originales o autenticados. 7.4.3 Los documentos sólo serán aceptados dentro del plazo fijado, vencido éste, no se permitirá presentación alguna. 7.4.4 La Oficina o Unidad de Personal, según corresponda, pondrá a disposición de la Comisión de Concurso, los legajos de los postulantes inscritos. 7.5 DE LOS REQUISITOS Los requisitos básicos para participar como postulante en el proceso de Concurso Interno, para la asignación de cargos estructurales son: a. Tener la condición de servidor nombrado. b. Título Profesional. c. Título y Registro Nacional de Especialista. d. Contar con un mínimo de tres (03) años de experiencia en la especialidad a la que postula. e. No haber sido sancionado por falta disciplinaria en los últimos tres (03) años, ni estar sometido a proceso administrativo. f. Contar con los niveles remunerativos mínimos para acceder a las siguientes Jefaturas: Para Jefe de Departamento: Profesional de la Salud con más de diez (10) años de servicio. Para Jefe de Servicio: Profesional de la Salud con más de cinco (5) años de servicio. Para Jefe de Centro de Salud: Profesional de la Salud con más de diez (10) años de servicio. * En los establecimientos de salud de zonas rurales y urbanomarginales, a consideración de la Comisión de Concurso, podrá aceptarse postulantes con menos años de servicio. 7.6 DE LA INSCRIPCION 7.6.1 Para la inscripción, cada postulante presentará a la Comisión de Concurso, una solicitud, adjuntando su currículum descriptivo, de acuerdo a los formatos de los Anexos 1 y 2.

7.6.2 El plazo de inscripción será el considerado en el cronograma de actividades presentado por la Comisión de Concurso. 7.7 DEL PROCESO DE CONCURSO El Proceso de Concurso comprenden las siguientes etapas: 7.7.1 EVALUACION DEL LEGAJO PERSONAL Puntaje máximo 45 Se calificarán los documentos que forman parte del Legajo, de acuerdo a lo siguiente: A. CURRICULUM VITAE Puntaje máximo 60 A1. NIVEL EDUCATIVO TITULOS-GRADOS EDUCATIVOS 45 puntos Título Profesional 20 puntos Título de Segunda Especialización 10 puntos Maestría 5 puntos Grado de Doctor 10 puntos * Puntaje acumulativo A2. CAPACITACION 20 puntos RELACIONADOS CON EL CARGO 10 puntos Administración Servicios de Salud 4 puntos Gestión Hospitalaria 4 puntos Salud Pública 2 puntos * Puntaje acumulativo OTROS EVENTOS 10 puntos Hasta 20 horas académicas 4 puntos De 21 a 50 horas académicas 6 puntos De 51 a 100 horas académicas 8 puntos De 101 horas académicas a más 10 puntos * Puntaje excluyente Para efectos de la evaluación de otros eventos de capacitación, sólo se tendrá en cuenta los que se hayan realizado en los últimos cinco (05) años. Para el caso de la capacitación relacionada al cargo que postula, no tendrán fecha límite. Los certificados por capacitación que no registren el número de horas académicas, se les considerará una equivalencia de dos (2) horas diarias. A3. DOCENCIA E INVESTIGACION 15 Puntos INVESTIGACION 6 puntos Trabajos de Investigación 2 puntos Coordinador de Proyectos de Pág. 174213 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de junio de 1999 Investigación 1 punto Ponente en certámenes científicos en el país 1 punto Ponente en certámenes científicos en el extranjero 2 puntos * Puntaje acumulativo DOCENCIA UNIVERSITARIA 5 puntos Profesor Principal 5 puntos Profesor Asociado 3 puntos Profesor Auxiliar 2 puntos Jefe de Prácticas 1 punto * Puntaje excluyente TRABAJOS PUBLICADOS 4 puntos Publicaciones Científicas 2 puntos Publicación de libros 2 puntos

* Puntaje acumulativo A4. EXPERIENCIA LABORAL 20 puntos Director General 20 puntos Director de Hospital 18 puntos Jefe de Centro de Salud 16 puntos Jefe de Departamento 14 puntos Jefe de Servicio 12 puntos Asesor II 10 puntos Director Ejecutivo 8 puntos Asesor I 6 puntos Director 4 puntos * Puntaje excluyente Se consideraran los Cargos Jefaturales o Directivos desempeñados por un período no menor de seis (6) meses consecutivos asignados mediante acto resolutivo. NOTA: La sumatoria de los puntajes obtenidos de los rubros A1, A2, A3 y A4, se multiplicará por el factor 0.6, cuyo resultado corresponde a la evaluación del Currículum Vitae. B. MERITOS Y DISTINCIONES Puntaje máximo 10 Por cada documento de mérito 1 punto (3 como máximo) 3 puntos Por cada Premio Institucional, 1 punto (2 como máximo) 2 puntos Por Premios Nacionales 2 puntos Por Premios Internacionales 3 puntos * Puntaje acumulativo C. TIEMPO DE SERVICIO Puntaje máximo 10 De 01 a 05 años 2 puntos De 06 a 10 años 4 puntos De 11 a 15 años 6 puntos De 16 a 20 años 8 puntos De 21 a 25 años 9 puntos De 26 a más años 10 puntos Se califica el tiempo de servicios efectivos prestados al Estado, en su línea de carrera. Períodos mayores a seis (6) meses se considerará como 1 año. * Puntaje excluyente D. EVALUACION DEL DESEMPEÑO LABORAL Puntaje máximo 20 1º Evaluación Semestral 10 puntos 2º Evaluación semestral 10 puntos Se calificará las dos últimas evaluaciones anteriores a la fecha del concurso. NOTA: Para obtener el puntaje de la evaluación de legajos, se realizará la sumatoria de los literales A, B, C y D, cuyo resultado se multiplicará por el factor 0.45. 7.7.2 EVALUACION DE CONOCIMIENTOS Puntaje máximo 35 Prueba de Conocimientos 60 preguntas Relacionada a Gestión en los Servicios de Salud y del Cargo que postula. Prueba Psicotécnica 40 preguntas La sumatoria de los puntajes obtenidos en ambas Pruebas será multiplicado por el factor 0.35.

Las pruebas de conocimiento y psicotécnico, serán elaboradas por una Universidad o Institución con especialidad en Administración Hospitalaria. 7.7.3 EVALUACION DEL PROYECTO DEL PLAN DE GESTION Puntaje máximo 20 La Comisión de concurso calificará y otorgará el puntaje de los Proyectos, considerando su presentación, contenido y aplicabilidad. El Proyecto comprenderá la presentación de un Plan de Gestión de corto o mediano plazo, concordante con los planes institucionales. Se elaborará en base al formato del Anexo Nº 4 y en hojas de tamaño A-4. 8. DEL PUNTAJE FINAL 8.1 La obtención del puntaje final del postulante se obtendrá sumando los puntajes obtenidos de los numerales 7.7.1, 7.7.2 y 7.7.3, que corresponden a las Evaluaciones del Legajo Personal, de Conocimientos y del Proyecto de Plan de Gestión, respectivamente. 8.2 En caso de empate en el puntaje final, será declarado ganador el postulante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de conocimientos. 9. DE LA PUBLICACION DE RESULTADOS Los resultados del concurso serán publicados en un Cuadro de Méritos. Su vigencia es de seis (6) meses, para su utilización en caso de ser necesario. 10. DE LOS RECLAMOS 10.1 Los reclamos serán presentados en forma personal y por escrito fundamentando su petición en un plazo no mayor de 24 horas, después de publicado los resultados. 10.2 La Comisión resolverá los reclamos en un plazo no mayor de 48 horas. Terminada la etapa de reclamos, se ratifica o rectifica el Cuadro de Méritos, el cual volverá a ser publicado para conocimiento de los interesados. 10.3 El Postulante que haya realizado un reclamo y que luego de la revisión del mismo por la Comisión de Concurso, no considere aceptable la decisión, podrá presentar recurso impugnativo ante el Titular de la Dependencia, quien deberá resolver el recurso en última instancia. 10.5 Los postulantes podrán realizar sus reclamos en cualquier etapa del proceso. Para el efecto la Comisión de Concurso establecerá los plazos y procedimientos de impugnación para cada fase del proceso. 11. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 11.1 Los concursantes que cometan actos reñidos contra las normas establecidas para el proceso, pueden ser descalificados y darse por terminada su participación en el concurso. 11.2 La Comisión, una vez concluido el proceso de concurso, preparará los ejemplares de la documentación del proceso, necesarios para remitir a las instancias siguientes: a. Original para la Jefatura de la Entidad; b. Copia para el Organo de Control correspondiente; c. Copia para la Dependencia de la cual depende la Entidad;

d. Copias para cada uno de los Miembros de la Comisión, de considerarlo conveniente. e. Para el caso de las entidades de Lima y Callao, una copia será remitida a la Oficina Ejecutiva de Personal del Ministerio de Salud. 12. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 12.1 En las zonas donde no se cuenten con especialistas de los cargos jefaturales médicos que se concursan, los postulantes con título de segunda especialización que no corresponden a la especialidad del cargo al cual postulan, excepcionalmente, podrán ser considerados aptos para postular. 12.2 En los casos que el cargo jefatural a concursar se encuentre comprendido en las estructuras orgánicas de reciente Pág. 174214 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de junio de 1999 creación, los postulantes quedan exceptuados del requisito de permanencia en el desempeño de funciones, siempre que acrediten tener título en la especialidad de la estructura orgánica a la que postulan. 12.3 Los servidores de carrera, que desempeñen cargos de confianza, podrán postular al concurso de cargos jefaturales. En caso de resultar ganador, podrá continuar desempeñando el cargo de confianza, siendo reemplazado en forma temporal en el cargo jefatural adjudicado, por quien haya ocupado el segundo lugar en el Cuadro de Méritos, mientras dure la designación en cargo de confianza del ganador del cargo jefatural. 12.4 El acta final del proceso, elaborada por la Comisión de Concurso, establece a los ganadores para cada uno de los cargos jefaturales concursados. 12.5 El Director del establecimiento de salud, asignará los cargos jefaturales a los ganadores de acuerdo al Cuadro de méritos elaborado por la Comisión de Concurso, a través del acto resolutivo correspondiente. 13. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA En caso de detectarse en el legajo personal de algún postulante, documentos falsos o adulterados, incluso después de realizado el concurso, éste será descalificado, sin perjuicio de las acciones administrativas y legales a que hubiere lugar. SEGUNDA La Comisión de Concurso tiene atribuciones y responsabilidades que le permiten resolver las circunstancias o aspectos no contemplados en la presente Directiva. ANEXO 1 SOLICITUD DE INSCRIPCION PARA CONCURSO DE CARGOS JEFATURALES Nº REGISTRO ............................. ENTIDAD ........................................................................................ SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE CONCURSO: 1. DEL POSTULANTE: A. APELLIDOS Y NOMBRES ............................................................................................

B. DOCUMENTO DE IDENTIDAD: .................................. C. DOMICILIO: ..................................................................... D. UNIDAD ORGANICA: .................................................... E. CARGO:............................................................................. F. NIVEL REMUNERATIVO: ............................................ 2. DEL CARGO A POSTULAR: A. DENOMINACION: .......................................................... B. UNIDAD ORGANICA: .................................................... C. NIVEL REMUNERATIVO: ............................................ 3. DECLARO BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE: A. TENER EN MI LEGAJO PERSONAL TODOS LOS DOCUMENTOS E INFORMACION REQUERIDA PARA EL CONCURSO. B. NO HABER SIDO CESADO TEMPORALMENTE O DESTITUIDO POR ACTOS DOLOSOS (ART. 26º INCISO d) DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276). C. CONOCER LAS BASES DEL CONCURSO Y SOMETERME A ELLAS. FECHA ..................................................... ................................... FIRMA ANEXO 2 CONTENIDO DEL CURRICULUM VITAE 1. NIVEL EDUCATIVO. TITULOS Y GRADOS 2. CAPACITACION. RELACIONADOS CON EL CARGO. OTROS EVENTOS 3. DOCENCIA E INVESTIGACION TRABAJOS DE INVESTIGACION DOCENCIA UNIVERSITARIA TRABAJOS PUBLICADOS. 4. EXPERIENCIA LABORAL CARGOS DIRECTIVOS O JEFATURALES DESEMPEÑADOS POR UN PERIODO NO MENOR A SEIS (06) MESES, CON RESOLUCION CORRESPONDIENTE. 5. OTROS: TIEMPO DE SERVICIOS. MERITOS Y DISTINCIONES. NOTA: LA INFORMACION DE ESTE FORMATO TIENEN CARACTER DE DECLARACION JURADA. ANEXO 3 FICHA DE CALIFICACION DEL LEGAJO PERSONAL APELLIDOS Y NOMBRES ......................................................... DEPENDENCIA........................................................................... UNIDAD ORGANICA .................................................................. CARGO ACTUAL ......................................................................... NIVEL REMUNERATIVO .......................................................... CARGO AL QUE POSTULA ....................................................... NIVEL REMUNERATIVO ........................................................... EVALUACION DEL LEGAJO PERSONAL: CURRICULUM VITAE PUNTAJE OBTENIDO ............ NIVEL EDUCATIVO PUNTAJE OBTENIDO ............ TITULOS Y GRADOS DOCTORADO PUNTOS.................

MAESTRIA PUNTOS................. TITULO DE 2º ESPECIALIZACION PUNTOS................. TITULO PROFESIONAL PUNTOS................. * PUNTAJE ACUMULATIVO CAPACITACION PUNTAJE OBTENIDO ............ RELACIONADOS CON EL CARGO PUNTOS................. ADMINISTRACION SERVICIOS DE SALUD PUNTOS................. GESTION HOSPITALARIA PUNTOS................. SALUD PUBLICA PUNTOS................. * PUNTAJE ACUMULATIVO OTROS EVENTOS PUNTOS................ HASTA 20 HORAS ACADEMICAS PUNTOS................. DE 21 A 50 HORAS ACADEMICAS PUNTOS................. DE 51 A 100 HORAS ACADEMICAS PUNTOS................. MAS DE 100 HORAS ACADEMICAS PUNTOS................. * PUNTAJE EXCLUYENTE DOCENCIA E INVESTIGACION PUNTAJE OBTENIDO ............ INVESTIGACION PUNTOS................. TRABAJOS DE INVESTIGACION PUNTOS................. COORDINADOR DE PROYECTOS DE INVESTIGACION PUNTOS................. PONENTE EN CERTAMENES CIENTIFICOS DENTRO DEL PAIS PUNTOS................. PONENTE EN CERTAMENES CIENTIFICOS PUNTOS................. EN EL EXTRANJERO * PUNTAJE ACUMULATIVO DOCENCIA UNIVERSITARIA PUNTOS................ PROFESOR PRINCIPAL PUNTOS................. PROFESOR ASOCIADO PUNTOS................. PROFESOR AUXILIAR PUNTOS................. JEFE DE PRACTICAS PUNTOS................. * PUNTAJE EXCLUYENTE SE CALIFICARA LO ACREDITADO POR UNA SOLA UNIVERSIDAD. TRABAJOS PUBLICADOS PUNTOS................. PUBLICACIONES CIENTIFICAS PUNTOS................. PUBLICACION DE LIBROS PUNTOS................. * PUNTAJE ACUMULATIVO EXPERIENCIA LABORAL PUNTAJE OBTENIDO ............ DIRECTOR GENERAL PUNTOS................. DIRECTOR DE HOSPITAL PUNTOS................. JEFE DE CENTRO DE SALUD PUNTOS................. JEFE DE DEPARTAMENTO PUNTOS................. JEFE DE SERVICIO PUNTOS................. ASESOR II PUNTOS................. DIRECTOR EJECUTIVO PUNTOS................. ASESOR I PUNTOS................. DIRECTOR PUNTOS................. * PUNTAJE EXCLUYENTE MERITOS Y DISTINCIONES PUNTAJE OBTENIDO............ CADA DOCUMENTO DE MERITO 1 PUNTO, 3 COMO MAXIMO PUNTOS................. POR CADA PREMIO INSTITUCIONAL

1 PUNTO, 2 COMO MAXIMO PUNTOS................. POR PREMIOS NACIONALES PUNTOS................. POR PREMIOS INTERNACIONALES PUNTOS................. * PUNTAJE ACUMULATIVO TIEMPO DE SERVICIO PUNTAJE OBTENIDO............ DE 01 A 05 AÑOS PUNTOS................. DE 06 A 10 AÑOS PUNTOS................. DE 11 A 15 AÑOS PUNTOS................. DE 16 A 20 AÑOS PUNTOS................. DE 21 A 25 AÑOS PUNTOS................. DE 26 A MAS AÑOS PUNTOS................. * PUNTAJE EXCLUYENTE EVALUACION DEL DESEMPEÑO LABORAL PUNTAJE OBTENIDO............ 1º EVALUACION SEMESTRAL PUNTOS................. 2º EVALUACION SEMESTRAL PUNTOS................. EVALUACION DE CONOCIMIENTOS: PUNTAJE OBTENIDO............ PRUEBA DE CONOCIMIENTOS PUNTOS................. PRUEBA PSICOTECNICA PUNTOS................. EVALUACION DEL PROYECTO DEL PLAN DE GESTION: PUNTAJE OBTENIDO............ PUNTAJE TOTAL FINAL .............................................. ............................ ............................ PRESIDENTE SECRETARIO ............................ ............................ MIEMBRO MIEMBRO ANEXO 4 ESQUEMA PARA ELABORACION DEL PLAN DE GESTION INTRODUCCION MISION DIAGNOSTICO SITUACIONAL DE LA UNIDAD ORGANICA A LA CUAL PERTENECE EL CARGO QUE POSTULA CARACTERISTICAS DE LA DEMANDA DEL SERVICIO PERFIL EPIDEMIOLOGICO. INDICADORES DE SALUD. PRODUCCION DEL SERVICIO. POBLACION OBJETIVO. COBERTURA RENDIMIENTO (ACTIVIDADES PRODUCIDAS POR UNIDAD DE HORAS) DISTRIBUCION DE HORAS / HOMBRE POR ACTIVIDADES. CONSULTA AMBULATORIA Y HOSPITALIZACION. ATENCION QUIRURGICA Y EMERGENCIA. ATENCION PREVENTIVA. CAPACITACION COMUNITARIA EN SALUD. INTEGRACION DOCENCIA - ATENCION DE SALUD. NORMAS Y PROTOCOLOS DE ATENCION. ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO. RECURSOS INSTITUCIONALES: RECURSOS HUMANOS. RECURSOS MATERIALES, BIENES Y SERVICIOS. RECURSOS ECONOMICOS-FINANCIEROS. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO. ANALISIS FODA

IDENTIFICACION Y PRIORIZACION DE PROBLEMAS VISION OBJETIVOS, METAS Y ESTRATEGIAS COSTOS Y PRESUPUESTO"