"SALUD Aprueban el Manual de Normas y Procedimientos para la

Cáncer ""Maes Heller"";. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y,.
2KB Größe 0 Downloads 0 vistas
"SALUD Aprueban el Manual de Normas y Procedimientos para la prevención del Cáncer de Cuello Uterino RESOLUCION MINISTERIAL Nº 122-2000-SA/DM Lima, 6 de abril del 2000 Visto el Of-DGSP-Nº 0093-2000 presentado por la Dirección General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que el Programa de Planificación Familiar - Dirección de Programas Sociales de la Dirección General de Salud de las Personas, teniendo como marco el Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ginecológico aprobado por Resolución Ministerial Nº 103-99-SA/DM, de fecha 26 de febrero de 1999, ha elaborado el documento ""MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCION DEL CANCER DEL CUELLO UTERINO"", que norma en forma integral las actividades de detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de lesiones premalignas; Que el referido documento ha sido revisado por un Comité Técnico Asesor integrado por profesionales médicos del Instituto de Enfermedades Neoplásicas y del Instituto de Investigación en Cáncer ""Maes Heller""; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º Aprobar el ""MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCION DEL CANCER DEL CUELLO UTERINO"" que norma en forma integral las actividades de detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de lesiones premalignas y que como anexo forma parte de la presente resolución. 2º El Programa de Planificación Familiar - Dirección de Programas Sociales de la Dirección General de Salud de las Personas, tendrá a su cargo la dirección de la ejecución, coordinación, supervisión y evaluación de las normas en el ámbito del sector salud. 3º Derogar las disposiciones administrativas que se opongan a lo normado en el Manuel de Normas que se aprueba conforme al numeral primero de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud"