RELACIONES EXTERIORES SALUD

17 nov. 2003 - Chile, Dr. Ricardo Lagos, sobre la base de la vecindad que une a ambos países, ... guridad y defensa, la cooperación en el campo de la mine-.
52KB Größe 0 Downloads 1 vistas
Pág. 255336

NORMAS LEGALES

Lima, lunes 17 de noviembre de 2003

RELACIONES EXTERIORES

SALUD

Designan delegación que participará en la Visita Oficial que realizará el Ministro de Relaciones Exteriores a Chile

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Nacional Dos de Mayo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1016-2003-RE Lima, 16 de noviembre de 2003

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2003-SA Lima, 13 de noviembre del 2003

CONSIDERANDO: Que los Presidentes del Perú, Dr. Alejandro Toledo, y de Chile, Dr. Ricardo Lagos, sobre la base de la vecindad que une a ambos países, así como de los principios, valores y objetivos comunes vinculados en la búsqueda del desarrollo económico y del bienestar para sus respectivos pueblos, han acordado construir una Asociación Estratégica; Que para tal efecto se han establecido mecanismos institucionalizados de diálogo entre ambos países para abordar los diferentes temas de la agenda bilateral, tales como la profundización del comercio bilateral y el fomento recíproco de las inversiones, la cooperación en las áreas seguridad y defensa, la cooperación en el campo de la minería, la cooperación antártica, así como velar por la situación de la comunidad peruana en Chile; entre otros; Que en ocasión de la Visita Oficial que llevará a cabo el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Allan Wagner Tizón, a la ciudad de Santiago de Chile los días 17 y 18 de noviembre de 2003 se celebrará la II Reunión de la Comisión Permanente Binacional y, asimismo, servirá de marco para la Ceremonia de entrega de la Carta Conjunta de los Ministros de Relaciones Exteriores de Perú y Chile a la CEPAL y al UN-LIREC, adjuntando los términos de referencia para desarrollar la Metodología Común para la Medición de los Gastos de Defensa; Que, en consecuencia, es necesario designar a la Delegación Peruana que acompañará al Canciller Allan Wagner en su Visita Oficial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; los incisos a) y m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Delegación Peruana que participará en la Visita Oficial que realizará el Canciller Allan Wagner Tizón a la ciudad de Santiago de Chile del 17 al 18 de noviembre de 2003, la misma que estará conformada por las siguientes personas: - Embajador Oscar Maúrtua de Romaña, Subsecretario para Asuntos de América; - Embajador César Castillo Ramírez, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Antártico Peruano; - Embajador Claudio de la Puente Ribeyro, Director de América del Sur; - Ministro Fernando Isasi Cayo, Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa; - Segundo Secretario Eduardo Zeballos Valle, Jefe del Departamento Chile. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente delegación serán cubiertos con cargo al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de ocho (8) días al término de la referida visita, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa US$ US$ Aeropuerto US$ Embajador Oscar Maúrtua de Romaña Embajador César Castillo Ramírez Embajador Claudio de la Puente Ribeyro Ministro Fernando Isasi Cayo Segundo Secretario Eduardo Zeballos Valle

511.05 511.05 511.05 511.05 511.05

600.00 600.00 600.00 600.00 600.00

Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21371

28.00 28.00 28.00 28.00 28.00

CONSIDERANDO: Que, en la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2002-SA, se ha dispuesto que en cumplimiento a la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y según lo establecido en los Reglamentos de Organización y Funciones respectivos, se formularán los Cuadros para Asignación de Personal (CAPs) y los Presupuestos Analíticos de Personal modificados del Ministerio de Salud, de sus Órganos Desconcentrados que integran el Pliego 11 Ministerio de Salud y de sus Organismos Públicos Descentralizados; Que, asimismo, en la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional Dos de Mayo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 823-2003-SA/DM, se dispone la presentación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del mencionado hospital, para su correspondiente aprobación; Que, el Hospital Nacional Dos de Mayo ha presentado su Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el mismo que se encuentra en concordancia con su Reglamento de Organización y Funciones y el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales, aprobado con la Resolución Ministerial N° 616-2003-SA/DM, la misma que se estableció en virtud de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 013-2002-SA; Que, es necesario establecer los cargos correspondientes para el normal funcionamiento del mencionado hospital, en base a su estructura orgánica vigente; Que, el Artículo 29º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, ha previsto que los Cuadros Para Asignación de Personal se aprobarán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego, previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante INFORME N° 297-2003-PCM/SGP, el Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, luego de evaluar el primer CAP oficial y estructura orgánica del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, concluye señalando que dicho CAP guarda coherencia con la estructura orgánica analizada, concordando con los criterios de economía, racionalidad y eficiencia que persigue el proceso de modernización del Estado, en consecuencia, no encuentra objeción al mismo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118°, numeral 8. de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital Nacional Dos de Mayo, el mismo que consta de veinte (20) folios que contienen dos mil trescientos noventaidos (2392) cargos clasificados y que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud