RELACIONES EXTERIORES SALUD

29 oct. 2003 - sa Inversiones Honey S.A.C. contra el Inspector de Traba- jo don Luis Alejandro Villareal Santillán, respecto a su con- ducta funcional;.
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Lima, miércoles 29 de octubre de 2003

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NORMAS LEGALES

Disposiciones finales. Artículo 20º.- Las Direcciones Nacionales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Medio Ambiente de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera del litoral y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación y encargado de la Cartera de Salud

Regístrese, comuníquese y publíquese. 19897 JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 19831

RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0947-2003-RE Mediante Of. RE.(GAB) Nº 0-3-A/199 el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0947-2003-RE, publicada en nuestra edición del día 28 de octubre de 2003, en la página 253980. En el Considerando (quinto párrafo): DICE: (...) De conformidad con el inciso Decreto Supremo Nº 00590-PCM 83, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del 17 de enero de 1990... DEBE DECIR: (...) De conformidad con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del 17 de enero de 1990... 19829

SALUD Declaran en emergencia los servicios de salud del departamento de Piura DECRETO SUPREMO Nº 010-2003-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la salud es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad, que el Estado reconoce y garantiza; Que, es parte de la política de salud del gobierno adoptar las medidas orientadas al mejoramiento de la calidad de los servicios de salud en el país; Que, la situación de los servicios de salud en Piura requieren de una atención urgente por parte de los Gobiernos Central y Regional a fin de garantizar la prestación continua y regular de estos servicios en beneficio de la población; y, De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;

Asignan a funcionario del ministerio como Coordinador General de la Estrategia Nacional "Perú Vida 2012" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1110-2003-SA/DM Lima, 24 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Salud en el marco de la reforma del Sector y del proceso interno de modernización está orientado a generar una cultura de salud en la población que asegure el logro de metas e indicadores nacionales de promoción de la salud y prevención de la enfermedad de acuerdo a las prioridades de nuestro país y de cada región hasta el año 2012; Que, por Resolución Ministerial Nº 101-2003-SA/DM, se dispuso la implementación de la Estrategia Nacional denominada "Perú - Vida 2012", la cual forma parte de las políticas públicas en promoción y prevención de la salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 419-2003-SA/ DM, se asignó como Coordinadora General de la Estrategia Nacional "PERÚ - VIDA 2012" a la Lic. JUDITH LUNAVICTORIA ALCEDO, para efectos de la conducción, evaluación y coordinación del proceso de implementación de la mencionada estrategia; Que, resultando prioritario para el Ministerio de Salud, que dicho proceso se cumpla, es necesario asimismo dar término a dicha asignación y asignar al Dr. CARLOS EDGARDO MANSILLA HERRERA, Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, como Coordinador General de la Estrategia Nacional "PERÚ - VIDA 2012"; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Artículo 8º, literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar término a la asignación concedida a la Lic. JUDITH LUNA-VICTORIA ALCEDO, como Coordinadora General de la Estrategia Nacional "PERÚ VIDA 2012", mediante el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 419-2003-SA/DM. Artículo Segundo.- Asignar, como Coordinador General de la Estrategia Nacional "PERÚ - VIDA 2012", al Dr. CARLOS EDGARDO MANSILLA HERRERA, Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 19818

DECRETA: Artículo 1º.- Declárase en emergencia, por un plazo de noventa (90) días, los servicios de salud del departamento de Piura, facultándose al Ministerio de Salud para que en coordinación con el Gobierno Regional del departamento de Piura adopten las medidas inmediatas financieras y administrativas que resulten necesarias para mejorar la atención en salud en dicha región, dentro del marco de la normatividad legal vigente.

Designan Director Ejecutivo de la UTES Caraz RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1113-2003-SA/DM Lima, 24 de octubre del 2003

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NORMAS LEGALES

Visto el Oficio Nº 1629-2003-REGIÓN-ANCASH-DIRES/DIPER, de fecha 22 de agosto del 2003, cursado por el Director General de la Dirección Regional de Salud Ancash; CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, el inciso l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657 y Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor JAVIER ENRIQUE PAZ DESPOUX, en el cargo de Director Ejecutivo de la UTES Caraz, Nivel F-4, de la Dirección Regional de Salud Ancash, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, en el cargo de Director Ejecutivo de la UTES Caraz, Nivel F-4, de la Dirección Regional de Salud Ancash, al doctor HERMAN YOFFRE SACRAMENTO ROJAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 19885

TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Autorizan a procurador público a interponer acciones legales contra responsables de la comisión del delito contra la administración pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2003-TR Lima, 23 de octubre de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 739-2003/SG, de la Secretaria General; el Oficio Nº 449-2003-MTPE/PP, del Procurador Público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Hoja Informativa Nº 024-2003-OAI-OII, de la Oficina de Auditoría Interna del Sector; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa de vistos, la Oficina de Auditoría Interna del Sector presenta las investigaciones efectuadas en torno a la denuncia formulada por la Empresa Inversiones Honey S.A.C. contra el Inspector de Trabajo don Luis Alejandro Villareal Santillán, respecto a su conducta funcional; Que, en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se vienen tramitando los expedientes administrativos Nºs. 31701-02-DRTPEL-DPI-1º SDI y 25404-03DRTPELDPI-2º.SDI sobre Inspección del Trabajo, ambos organizadas sobre la empresa Inversiones Honey S.A.C. cuya representante legal, la señora Milagros García Mattos, denuncia que el Inspector de Trabajo don Luis Alejandro Villareal Santillán, ofreció asesorarla en el trámite de los citados expedientes, dejando para ello su número telefónico, el cual se encuentra registrado en una de las Actas de Inspección; Que, recibida la denuncia, el Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima- Callao, en coordinación con la Oficina de Auditoría Interna y la Oficina de Relaciones Públicas del Sector, realizan un operativo para verificar la materialización de la asesoría ofrecida por el citado inspector; Que, para dicho efecto y con conocimiento de las autoridades del Sector, se reunieron el 28 de abril de 2003, en el restaurante "El Patio Palace", la representante legal de la empresa Inversiones Honey S.A.C., la señora Milagros García Mattos y el Inspector de Trabajo don Luis Alejandro Villareal Santillán, cuya conversación fue grabada y filmada, apreciándose del mismo que el denunciado orientó y asesoró en el trámite de los expedientes de Inspección Nºs.

Lima, miércoles 29 de octubre de 2003

31701-02 DRTPEL-DPI-1º SDI y 25404-03DRTPEL-DPI2º.SDI, recibiendo por dicho concepto un pago de S/. 100.00 nuevos soles, como contraprestación por la asesoría prestada; Que, el mismo día 28 de abril de 2003, a horas 19:50 con apoyo del personal de Relaciones Públicas, la participación del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Lima-Callao y del Director de Auditoría y Exámenes Especiales de la Oficina de Auditoría Interna del Portafolio, se intervino la mencionada reunión, levantándose para tal efecto, un Acta de Verificación (que no fue objetada por el Inspector), en la que se registra la manifestación de las partes y el número del billete de S/. 100.00 incautado del bolsillo del Inspector de Trabajo, coincidiendo con una fotocopia exhibida al denunciado; Que, sin perjuicio de las acciones administrativas que acarreen los hechos descritos, se aprecia que el citado inspector es presunto responsable de delito contra la Administración Pública, tipificado por el Código Penal; Estando a lo recomendado por la Oficina de Auditoría Interna en el documento de vistos; y, con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; el Artículo 27º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, el literal d) del Artículo 12º y los Artículo 78º y 78º de su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- AUTORÍZASE al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes contra el señor Luis Alejandro Villareal Santillán y los que resulten responsables por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, remitiéndosele la documentación y antecedentes del caso, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS ALVARADO HIDALGO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19863

Autorizan a procurador a interponer acciones legales contra representante legal de empresa y terceros que ocupan bien inmueble ubicado en la Región Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2003-TR Lima, 23 de octubre de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 1076-2003-REGION ANCASHDRT y PE/CHIM, de fecha 28 de agosto de 2003, del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la Región Ancash; el Oficio Nº 516-2003-MTPE/PP, de fecha 03 de setiembre de 2003, de la Procuraduría Pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Ejecución del Proyecto "Centro de Comercialización - Procesamiento y Capacitación Rural", Región Chavín, de fecha 02 de octubre de 1992, el CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE HUARAZ (CENFORP), perteneciente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, concedió en forma temporal a la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIOS AGRO-INDUSTRIALES LOS ANDES CHAVÍN S.A. (denominada ERSAID S.A.), un área de terreno de su propiedad de 3,750.00 m2 ubicado en la Prolongación Av. Raymondi s/n 2da. cuadra (Mz. O, Lote 12), de la localidad de Huaraz, en Cesión de uso para la instalación del Centro de Comercialización de Procesamiento y Capacitación Rural, en los términos que se indican en el referido Convenio; Que, posteriormente, la empresa citada precedentemente se transforma y se constituye en una nueva empresa denominada EMPRESA DE COMERCIALIZACIÓN Y SERVICIOS "PEDRO PABLO ATUSPARIA S.A." - ECSPPASA, integrada por Comunidades Campesinas de Huaraz;