Por la cual se adopta elemento indicadores de Gestión, del ...

Que el decreto 943 de 21 de mayo de 2014, Adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el. Estado Colombiano MECI en el cual se ...
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Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Pitalito E.S.P N.I.T 800.089.312-8

RESOLUCION No. 150 (19 de Diciembre de 2014) “Por la cual se adopta elemento indicadores de Gestión, del componente Direccionamiento Estratégico, Modulo de Planeación y Gestión. El Gerente de la E.S.P. EMPITALITO, en uso de sus atribuciones legales y constitucionales y CONSIDERANDO Que la Constitución Política en su Artículo 209, establece: "La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley"; Que el Artículo 269 de la Constitución Política establece que: "En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de Control Interno, de conformidad con lo que disponga la Ley"; Que Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", dispuso en el artículo 6 que: "El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del Control Interno, también será responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos"; Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, “Por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiana, MECI 1000:2005”, en su artículo 1 establece la obligación de adoptar el MECI 1000:2005, el cual forma parte integral del citado Decreto. Que el decreto 943 de 21 de mayo de 2014, Adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI en el cual se determinaron las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley 87 de 1993; y definió que el Modelo se implementará a través del Manual Técnico del Modelo Estándar de Control Interno, y es de obligatorio cumplimiento y aplicación para las entidades del Estado Que el elemento Indicadores de Gestión hace parte del componente Direccionamiento estratégico y del Modulo de planeación y gestión de la actualización del Modelo Estándar de Control Interno adoptado mediante decreto 943 de 21 de mayo de 2014.

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Que la empresa de servicios públicos de EMPITALITO ESP es una empresa industrial y comercial del estado de servicios públicos de orden municipal, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente; sus actividades se regirán por el derecho privado, salvo disposición legal en contrario y adopto el MECI 1000:2005 mediante resolución N. 090 del 1 de agosto de 2006, la cual fue modificada mediante Resolución N. 100 de 4 de junio de 2014.

Que le Código Disciplinario Único, Ley 734 de 2002, en su Artículo 34, Numeral 31 establece entre los Deberes de todo Servidor Público: “Adoptar el Sistema de Control Interno y la función independiente de Auditoría Interna de que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o complementen”. Que se hace necesario incorporar y establecer todos los elementos enunciados en el Manual técnico para el modelo estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 2014. Que de acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO. Adóptese el elemento Indicadores de Gestión como conjunto de mecanismos, y variables cuantitativas y cualitativas sujetas a medición que permiten observar tendencias de cambio en relación con el logro de objetivos propuestos, y necesarios para la evaluación de la gestión de la entidad. ARTICULO SEGUNDO: Adóptese la Guía de Construcción de Indicadores como guía y orientación de definición de indicadores en los procesos y procedimientos de la entidad; acorde a los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública, así: GUIA CONSTRUCCIÓN DE INDICADORES EVALUACION DE GESTION “medición sistemática y continua en el tiempo de los resultados obtenidos por las instituciones públicas y la comparación de dichos resultados con aquellos deseados o planeados, con miras a una mejorar los estándares de desempeño de la institución”i1 QUE ES UN INDICADOR? Un indicador es una expresión cualitativa observable que permite describir características, comportamientos o fenómenos de la realidad a través de la evolución de una variable o del establecimiento de una relación entre variables la que comparada con periodos anteriores o bien frente a una meta o compromiso, permite evaluar el desempeño y su evolución en el tiempo.2 1

ARMIJO, Marínela; BONNEFOY, Juan Cristóbal. Indicadores de desempeño ene l sector Publico. Comisión económica para América Latina y el Caribe (Cepal). Santiago de Chile. Noviembre de 2005, p, 13. 2 Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE. Guía para el diseño, construcción e interpretación de indicadores, p, 13.

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Sirviendo un indicador para establecer el cumplimiento de la misión, visión, planes, programas de un determinado proceso o procedimiento. De tal forma, los indicadores tienen un papel importante en la evaluación de los diferentes elementos, procesos y procedimientos de la entidad, permitiendo:  Garantizar que los controles son eficaces y eficientes tanto en el diseño como en la operación.  Obtener información adicional para mejorar la valoración del riesgo  Analizar y comprender lecciones a partir de los eventos ( incluyendo los cuasi accidentes), los cambios, las tendencias, los éxitos, los fracasos.  Detectar cambios en el contexto externo e interno, incluyendo los cambios en los criterios del riesgo y en el riesgo mismo que puede exigir revisión de los tratamientos del riesgo y las prioridades.  Identificar los riesgos. 3 CARACTERISTICAS DE LOS INDICADORES  Oportunidad: deben permitir obtener información real, oportuna, adecuada, con grado de precisión aceptable.  Excluyentes: cada indicador debe medir o evaluar un aspecto especifico, ya sea de carácter económico, social entre otros.  Prácticos  Claros  Explícitos  Sensibles  Transparente / Verificable TIPOLOGIA DE LOS INDICADORES ARTICULO TERCERO: Los responsables de procesos y su equipo de trabajo realizaran seguimiento a los indicadores establecidos, con una periodicidad referente a cada 3 meses. *** de control Desarrollo del Talento Humano en concordancia con el decreto 1599 de 2005 y la resolución N. 090 del 1 de agosto de 2006 de la Empresa de Servicios Públicos EMPITALITO. ARTICULO SEGUNDO. Forman parte de las políticas de Desarrollo de talento humano de la entidad, la resolución 050 de 14 de octubre de 2008 por medio de la cual se conforma el comité de capacitación y bienestar laboral, el manual de funciones y competencias, plan de formación y capacitación, el reglamento interno de trabajo, el manual de inducción y re inducción de la institución, evaluación de desempeño. ARTICULO TERCERO. Formaran parte de este elemento las normas y los preceptos legales o disposiciones posteriores que adopte el estado y deberán incorporarse bajo los procesos establecidos y socializados plenamente. 3

Instituto Colombiano de normas técnicas (INCONTEC). Norma técnica Colombiana NTC31000. Bogotá. 2011, p, 41.

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ARTICULO CUARTO. Las políticas de Desarrollo de Talento Humano adoptadas mediante la presente resolución se aplicaran a personal de nómina. Para personal de contrato, la Gerencia adoptara las medidas pertinentes en la contratación en donde se incluyan estas políticas, al interior de las entidades con las que se contrate la prestación de los servicios. ARTICULO QUINTO. La conformación del comité de capacitación y bienestar laboral de EMPTTALITO E.S.P, el seguimiento a su función y el cumplimiento de sus deberes, formaran parte de la política de Desarrollo de Talento Humano de la Empresa de Servicios Públicos de Pitalito EMPITALITO. Dada en el municipio de Pitalito, Huila a los diecinueve (19) días del mes de Diciembre de 2014. PUBLIQUESE Y CUMPLASE

CRISTIAN FABIAN PIZZO SCALANTE Gerente EMPITALITO E.S.P Proyectó: Camila Francesca Garcés Prieto, Asesora MECI Firma: Revisado Por: Fredhy Otain Rincón Reina Cargo: Asesor Jurídico

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Firma: Aprobado Por: Cristian Fabián Pizzo Scalante Cargo: Gerente

ARMIJO, Marínela; BONNEFOY, Juan Cristóbal. Indicadores de desempeño ene l sector Publico. Comisión económica para América Latina y el Caribe (Cepal). Santiago de Chile. Noviembre de 2005, p, 13.