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§¡¡;;;;;; 1Jma,~lOda~do2ll11
. • NORMAS LEGALES
Articulo 2",- Los gastos que demande e! cumpHmiento de lo dispuesto en el artlculo precedente serán con cargo 11 la Fuente de Financiamiento ReCursos Ordinarios. Función 02, Programa Funcional 002. Subprograma FullCionato 0002, 'Ac:IIvldad 1.046589. Componente 3.122499, Meta 00585, Genérica dalGuto 2.4 Oonaciones y Transferellcias, Especlfiea de Gasto 2.4.12.1 99 A Otros Organismos Internacionales del Pre8upueato del MinisterIO de Relaclonet Exteriores correepondienta al Ejercicio 2011. Articulo 3°,- La equivalenáa en monede nacional será IIlIIableclda seglin el tipo de canibio vigente a Iilfecha de
pago. Registrase. comunlque88 y publlque88. OLLANTA HUMALA TASSO PreaIr:lente ConstilUclon4ll de la ReplÍblfca RAFAEL RONCAGLlOLO ORBEGOSO Mlnlltro de Relaciones ExlIIl10ntíI
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sellalado en los articulo 17' el 20' del Reglamento. la misma que tendrá una vigencia de 2 allos; .: Estando 'a lo inforrntldo por el Área de ~ de Recursos Naturales. Flora y Fauna de la .~ de Ecologla y ProtecciÓn de! Ambiente de la Dlracción General de. Salud Ambiental mediante el lnforme 004301-2OO9IDEPA-APRNFl'IDIGESA; De confonnidad con lo dispuesto por"el Depreto Supremo'N' 013-2009-SA que aprueba el Texto Unico de Procadinientos AdminlltrativOs del MInisterio dlt Salud Y sus órganos DeSCOl'\C8ntrados. el Decreto Supremo N' 023-2005-SA que aprueba el Reglame~ de Organlzaeión' y Funciones del MinisterIO de Salud. por e! Decrelo SuPRImo N' oo8-2OO7.sA, modificado por Oe!;reto Supremo N' 012·2007-8A que aproeba el Reglamento de la ley N' 28378, por la ley N' 28842 - ley General de Salud, por la ley N' 27657 • Ley del Ministerio de Salud y IlOT la Ley N' 28378 - Ley que Prohibe y Sanciona la Fabricación, Importación, . Distribución Y Comercialización de Juguetes y/o Útiles de Escritorio TÓxicos o ~allgrosos; ,
Ñ:
SE RESUELVE:
876M2..
Si\UI() Otorgan aut0rizaci6n I8Ditaria para
importación ., ~6n de jaguetes a fIn'or de persona natural (Se publfcan las lliguienlaa ReeoIucioneB DiIaétoralea a 8OIk:Itud del MinisterIO de Salud mediante Oficio N" 1769-2011-SG1M1NSA) ,
RESOLUCION DlRECTORAL
N" Oml..zoetlDEPAlDIGESAlSA
·Uma. 17 de ~bre del 2009
Yisto. el Expedienta N" 24499-2OO9-AWU que, contiene la soIIciIud pl'888ntada por el 8811qr AlEX
CHOQUE FLORES, ldenttlloado con Registro Unico de
, ConIribuyenlaa N° 10427865024, con Registro Nacional
de Fabricante. ImP9rtador; ComercIaIizador y DiBlribuidor
de Juguetes '110 ÚIIIes de EICIIIorio N' 0220-09-JUE
OtGESA, con domiciHo en AV. JURISCONSULTOS N2
lT. 14, DISTRITO. PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE
TACHA, sobre AutorizaciÓn Sanitaria para la Importación
de JugueIes; y el Infotl'llll N" ()04301-2009IDEPA
APRNFFIDIGESA que forma parte integran,. de la
JlAlsenta Resolución; CONSIDERANDO: Que, mediante esalto del 04 de setiembre de 2009 el eeIIor AlE)( CHOQUE FLORES solicita la AutorIzacIón SaniIaria pata la Importación de Juguetes provenientas de la ~ PopIdarChIna; Que, al Álea de Proteoc:IóII da los R~ Naturalaa, Flora. Y Fauna da la DIreccIón de EcoIcgla Y PlotecCión del AmbIente de la Dirección General de SeIúd Ambien1sl mecjlanta lmorme' N" 004301-200910EPA-APRNFFI DIGESA preQlIII que el solicitante, para los productos descirllot en alltem 111 dellnfotl'llllen mención, ha cumlílldo con prMentar los documentos exigidos en él articulo 19' del Reglamento de la -'ley N' 28376 - Ley que Prohibe y Sanciona la Fabricación, Imporl:al;lón, DIstrIbución y ComeI:daIlzaclón da Juguelaa '110 Otiles de EsaiIorio Tóxicos o Pállgrosos aprobado por Decreto Supremo N< oo8-2OO7.sA y modifiCildO por ~ Supremo N' 012 2OO7-8A, por lo qua ~Ienda 0IDrgar la autorización aanllllla solicitada por e! plazo de dos (02) aIIoa;' . Que. los artfcuIos 6" Y22' del Reglamento acotado NtabIecen ~ue la Dirección General dt:i Salud Ambiental, autorIZará ,la inportación. fabricación. diIIbIbudón, aomei'ciaIización y al/YlflC8Nlmiento de jugaelell Y litRes de eecritorio,'medianla la raspectlva autorización sanitaria, pIItYIa evaluación !l8 los documentos que -ante la no pellglO8idad y toxicidad da los ml8lnos. de acuerdo a lo
Artfculo 1°,- Otorgar a favor del se/lorAlE)( CHOQUE FLORES. la Autorización Sanitaria para la IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS JUGUETE~ que se detallan en el ltam 111 del Informa N' 004301-2OO9IDEf>A.. APRNFFIDIGESA que forme parte integranta de la presenta resolución. . Artfculo 2",-' La vigencia de la presenta Auto!lzacl6n Sanitaria es de dos (02) anos contados a partir de la fecha de 'su notificación. • Articulo 3°,- La ¡íresente autorización aanitilria '" encuentra iIujeta a las accionas de vigilancia y control que la DiIeccI6n General de Salud Ambiental disponga, la cual Inctueo podrá revocarla confotI1III a Ley. ' ArtIéuIo 4-,- NoIiIicar la pl'8Sente reaoludon a 14 soHcitante. conforme a Ley. Registrase Ycomunlquese. ROCIO J. M. ESPINOZA LAIN Directora Ejecutiva Diracción de Ecologla y ProteCciÓn dal Ambienta Dlracción General de Salud Ambiental 674460·1
Deuiegan aoUcitud de autorizaciÓIÍ l8Ditaria para ImportaciÓD de residuos ~ peIIgro&OIJ presentada,' por ReeleIaje ~ Importaciones de Reslduos SACo RESOWCIÓN DlRECTORAL
N° 0447.zG1O/DEPAlDIGESAISA
urna, 21 de abril del 2010. " Vista la 80ficitud presantade' por la empre,S/¡I RECICI.AJE E IMPORTACIONES DE RES'BUOS S,A.C., con RUC 20449318992. CQIl domicilio legaHilt AsociaciÓn AAPITAC - Mz. D, lota 6 - Ciudad Nue'!a - Tacnll - Taena, sobre Autorización Sanitaria para la ImportaciÓn da Residuos Sólidos Peligrosos (Exp. N' 2774-2010-IRP); CONSIDERANDO: Que. mediante escrito del 27 de enero y Carta del 12 de marzo de 2010; la 8mJlAlaa RECICLAJE E IMPORTACIONES DE .RESIDUOS SAC., .aoIIcita ia autorización sanitaria para la Importación de' reslduOt aóIidos pe\igrosos conaistantes en 8 000 TM de &!teMa de PIomoÁddo en desuso, del proveedor RUBÉN MARIO LLANaUI SAliUA. RECiCLAJES y EXPORTACIONES. de la República de Chile; Que, a mérito del Infotl'llll N' oo1405-201011;)EPA. APRNFFIDIGESA del 2210412010. e! Asea de Protaa:Ión