ano Pág. 298007 Otorgan concesiones apersonas natura- les para

Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubier- tos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de.
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Lima, jueves 4 de agosto de 2005

la ciudad de' Washington DC, Estados Unidos de 10 al 12 de agosto de 2005, que estará conformada por los siguientes funcionarios:

.América, del

- Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Dante Federico Chávez Soto, Asesor del señor Ministro; y, .

- Tercer Secretario Julio César

Francisco

Berninzon

Arellano, funcionario de la Asesoría del Ministro.

Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pa.aje. US$

I

JorgeDante Federico Chávez Soto JulioCésar Francisco Beminzon Arellano

Viático. Número Total Tarifa por dia US$ de día. viático. Aeropuerto US$ US$

1,230.18

220

3+1

880

28.24

1,230.18

220

3+ 1

880

28.24

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, los mencionados funcionarios deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. ArtículoCuarto.- La presente Resoluci.ón no qa derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. ~egístr~se, comuníquese y publíquese.

.

MANUEL RODRíGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 13637

Establecen disposiciones elección de representantes trabajadores del Ministerio CAFAEMSA

para la de los ante el

RESOLUCiÓN MINISTERIAL N2 594-2005/MINSA Lima, 1 de agosto del 2005

Visto, el Oficio N2 0418-2005-CAFAEMSA-MINSA, remitido por la Presidenta del CAFAEMSA;

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Vásquez Chichipe (Tesorero), Rubén Emiliano .Verástegui Carrasco y Angela Donayre Moscoso (Vocales), y a los representantes suplentes de los trabajador-es, señores paul Paz Soldán Medina (Tesorero), Oscar Villalba Moscoso y Alberto Jesús Suárez (Vocales); Que, no habiéndose llevado a cabo la elección de los representantes de los trabajadores ante el CAFAEMSA, resulta necesario dar inicio al proceso de elecciones correspondiente de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial N2 689-2001-SA/DM; y, en tanto se designen a los nuevos Fepresentantes de los trabajadores ante el CAFAEMSA, es conveniente disponer que los representantes titulares y suplentes elegidos para el período 2002-2003 continúen ejerciendo dichos cargos; Que, el artículo -r- del Decreto de Urgencia N2088-2001 establece que el acto constitutivoy el estatuto de los Comités de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo, deberán registrarse en el.Libro Especial'que para el efecto se implementará en los Registros PúblicoS; Que, mediante Resolucióndel SuperintendenteNacional de los Registro&-.Públicos N2 015-2002-SUNARP/SN se aprobó la Directiva N2001-2002-SUNARP/SN,que establece los criterios para la inscripción de los Comités de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo de los organismospúblicos;así como, parala inscripcióndel Reglamento Intemo, su ratificación o modificación; Que, a efecto de proceder a la inscripción del CAFAEMSA en los Registros Públicos de Lima,resulta conveniente reconocer la vigencia del Reglamento Interno del (:AFAEMSA aprobado por Resolución Ministerial N§ O(64-81-SA/DVM; Estando a la visación de la Oficina General de Asesoría JurídICa y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el inciso 1) del artículo 82 de..la Ley N2 27657;

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.

SE RESUELVE:

Artículo 12.- Los trabajadores del Ministerio de Salud, en un plazo máximo de treinta (30) días, designarán a sus delegados representantes ante el Jurado Electoral Central del CAFAEMSA, conforme. al proGedimiento establecido por su Reglamento Interno. Artículo 22.- El Jurado Electoral Central en un plazo máximo de treinta (30) días, contado a partir' de la designación de los delegados representantes de los trabajadores, organizará, dirigirá, proclamará a los representantes titulares y suplentes de los trabajadores ante el CAFAEMSA para el período 2006-2007 y concluirá el proceso electoral convocado con tal finalidad. ArtícU,lo 32.- En forma excepcional, y en tanto se efectúen las elecciones a que se refiere el artículo anterior, conforme, a lo establecido por las normas legales vigentes, los representantes titulares y suplentes de los trabajadores ante el CAFAEMSA, designados mediante Resolución Ministerial N2 1009-2002-SA/DM, continuarán ejerciendo sus cargos. Articulo 411.-Ratificarla vigeQciadel ReglamentoInterno del CAFAEMSA, aprobado por Resolución Ministerial N2 0164-81-SA/DVM, de fecha 9 de octubre de 1981. Regístrese, comuníquese y publíquese.

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N20164-81-SA/ DVM del 9 de octubre de 1981, se aprobó el Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud CAFAEMSA; Que, de conformidadcon lo establecido por el artículo 52 de la citada resolución,el CAFAEMSAestá integradopor un Presidenteque será.el representantedel Ministro de Salud, e! VICepresidenteque será e! Contador General del Ministerio de Salud, el Secretario que será el Director de Personal, e! Tesoreroy dOs Vocales que serán representantes de los trabajadores; asimismo, el artículo 212 de la citada norma establece que cada dos años el CAFAEMSA convocará a elecciones para designar a tres representantes titulares y tres representantes suplentes de los trabajadores; Que, mediante Resolución Ministerial N2 1009-2002SA/DM del 14 de junio de 2002, se designó a los nuevos integrantes del CAFAEMSA, entre ellos a los representantes titulares de los trabajadores elegidos para el período '2002-2003, conformada por los señores Marden

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PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 13552

Otorgan concesiones a personas naturales para prestar servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCiÓN MINISTERIAL N2 502-2005-MTC/O3 Lima, 1 de agosto de 2005