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ISAINISTERIO DE SALUD

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Visto, e! Expediente 09-052417-047 y el informe N° 006-2011-CEPAD/MINSA de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, CEPAD;

CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 017-2010-OCNTS-OCI/MINSA, el Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud, remite al Despacho Ministerial; el Informe N° 011-2009-20191-EE-OCNTS-OCl/MINSA "Examen Especial a la Normatividad del Sistema Integrado de Suministro de Medicamehtós e Insúmós - SISMED Feriado 2007 - 2008 ", para que de acuerdo a sus atribuciones disponga las acciones administrativas, según sea el caso, a los funcionarios, Médico Víctor Alejandro Dongo Zegarra, Director General de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas - DIGEMID -, Químico Farmacéutico Pedro Luis Yarasca Purilla, Director Ejecutivo de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos — DAUM - de la DIGEMID -, Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración y Abogado Luis Alberto Lezama Bedoya, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración de la DIGErvliD, comprendidos en la observación 1 y 2 de! informe mencionado; Que, con Oficio N° 258-2010-DVM/MINSA, el Ministro de Salud remite a la CEPAD el referido informe, para que de acuerdo a sus atribuciones y luego de evaluar el expediente, se pronuncie sobre la procedencia o no de instaurar proceso administrativo disciplinario a los funcionarios citados;

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Que, cónforme se indica en la observación N° 1 "Vencimiento de 117;912 unidades de vacunas Haemophilus Influenzae Tipo B (HIB) INY. 01 dosis, ocurrido en los meses de febrero, marzo y mayo de 2009, en el Almacén Central del MINSA, ocasionó perjuicio económico al MINSA nor el importe de S/. 1'247,828.75" del referido informe de control; de la revisión del "Reporte de Bienes Vencidos o puestos en Baja ordenado por almacén central y descripción dei bien al 11 de agosto del 2009" del Almacén Central del MINSA, así como del listado donde se detalla entre otros, las fechas de entrada y salida del referido Almacén, se ha evidenciado que en los meses de febrero, marzo y mayo de 2009, expiraron en el citado local, Ciento Diecisiete Mil Novecientos Doce (117,912) Unidades de Vacunas Haemophilus Influenzae TipoB (HIB) I ny. 01 dosis, por el importe de Un Millón Doscientos Cuarenta y siete Mil Ochocientos Veintiocho y 75/100 Nuevos Soles (S/. 1'247,828.75); existiendo una demora de hasta 24 masas para efectuar las primeras entregas o remesas del mencionado producto a las diversas DISAS y DIRESAS;

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W. Olivera

Que, con relación a la observación 2 "Inacción de funcionarios del MINSA, conllevó al vencimiento de medicamentos en los años 2007 y 2005, ocasionando perjuicio económico a la entidad por el importe de S/. 1'347,199.07"; de la revisión del "Reporte de Bienes Vencidos o

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puestos en Baja ordenado por almacén central y descripción del bien al 11 de agosto del 2009" dei Almacén .,entra) del MINSA, se ha evidenciado el vencimiento durante les meses de marzo y abril de 2008, de la vacuna Haemophilus Influenzae Tipo B (HiB) lny. 01 dosis, por un importe de Setecientos Siete Mil Quinientos Cinco y 85/100 Nuevos Soles (S/. 707,505.85);

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Que, de acuerdo a lo hechos expuestos, con Informe N° 006-2011-CEPAD/MINSA la CEPAD señala que en la Observación N° 1 y 2, están comprendidos los señores Medico Víctor Alejandro Dongo Zegarra, Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID -, quien habría incumplido con I c establecido en la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgicos - SISMED - aprobada con Resolución Ministerial N° 1753-2002-SAilviiNSA, asimismo habría incumplido lo dispuesto en e! artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del MINSA, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA, Químico Farmacéutico Pedro Luis Yarasca Purilla, Director Ejecutivo de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos - DAUM - de la DIGEMID, quien habría incumplido lo dispuesto en el artículo 56° del Reglamento dé Organización y Funciones del MINSA, aprobado con el Decreto Supremo N' 023-2005-SA w modificado con Decreto Supremo N' 011-2008-SA, Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Adl-ninistración y Abogado Luis Alberto Lezama Bedoya, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración de la DIGEMID, quienes habríán inobservado lo dispuesto en e! Reglamento de Organización y Funciones del MINSA, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y modificado con el Decreto Supremo N° 007-2006-SeN Que, en atención a lo expuesto, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en uso de sus facultades, en sesión extraordinaria de fecha 19 de enero del 2011, se pronunció en forma unánime por instaurar proceso administrativo disciplinario al Médico Víctor Alejandro Congo Zegarra, Director General dé la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID - (Observación N° 1 y 2), al Químico Farmacéutico Pedro Luis Yarasca Purilla, Director Ejecutivo de lel Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos - DAUM - de la DIGEMID, (Observación 1 y 2), el Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recurso sl Estratégicos de la Oficina General de Administración (Observación 1 y 2) y el Abogado Luis Alberto Lezama Bédoya, ex Director Ejecutivo de la Oficina • de Recursos Estratégicos ide la Oficina General de Administración de la DIGEMID (Observación 1 y 2), por el preSunto incumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a), b) y d) del artículo 2il° del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneri aciones del Sector Público, incurriendo presuntamente en la comisión de las faltas de carácter disciplinario tipificadas en los incisos a) y d) del artículo 28° del acotado decreto legislativo, en concordancia con los artículos 126° y 129° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°,005-90-PCM; Estando a lo recomendado en. el Informe N° 006-2011-CEPAD/MINSA, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de le Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Decreto Supremo N° 00590-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa, la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 1879-2002-SA-DM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario al Médico Víctor Alejandro Dongo Zegarra, Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID -, Químico Farmacéutico Pedro Luis Yarasca Puriila, Director Ejecutivo de la VIL Olivera A. Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos - DAUM - de la DIGEMID, Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración y Abogado Luis Alberto Lezama Bedoya, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración de la DIGEMID; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de !a presente resolución.

MINISTERIO DE SALUD

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Artículo 2°.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligenciamiento. Regístrese y comuníquese.

W. Olivera A.

ZARELA E ER SOLÍS ÁSQUEZ Viceministra de alud

ES COPA FIEL DEL ORIGINAL HIPOLITO GALINDO MENDOZA

Fedatario de la Sede Central • M/NEA