MINISTERIO DE SALUD
Visto, ellnforme N° 356-2015-ERP-ByP, de fecha 26 de febrero del 2015, contenido en el Expediente W 15-012035-001, sobre el subsidio por fallecimiento, solicitado por don JORGE RAUL GUZMAN MURGA; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 06 de febrero del 2015, don JORGE RAUL GUZMAN MURGA, identificado con D.N.I. W 25649737, solicita se Ie conceda subsidio por fallecimiento de su senora madre dona OFELIA MURGA DE GUZMAN, presentando para tal efecto, copia certificada del Acta de Defunci6n W 06868234, expedida por el Registro Nacional de Identificaci6n y Estado Civil - RENIEC, Jesus Marfa, que obra a fojas 06, donde se senala como fecha de fallecimiento el dfa 21 de diciembre del 2014, y copia certificada de la Partida de Nacimiento W 080296, expedida por la Municipalidad de Miraflores, que obra a fojas 05, con la que acredita su condici6n de hijo de la causante; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual W 567-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 18 de febrero del 2015, por el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, que obra fojas 01, el solicitante es servidor de la Oficina de Logfstica de la Oficina General de Administraci6n del Ministerio de Salud, con el cargo de Tecnico Administrativo III, Nivel STD; Que, el inciso j) del artfculo 142 del Reglamento del Decreto Legislativo W 276, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, dispone el otorgamiento de subsidio por fallecimiento del servidor y sus familiares directos, y el artfculo 144 establece el otorgamiento de tres remuneraciones totales en caso de fallecimiento del servidor y de dos remuneraciones totales en caso de fallecimiento del c6nyuge, hijo o padres del servidor; 0
0
Que, mediante Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIRfTSC, publicado el 18 de junio del 2011, en el Diario Oficial EI Peruano, el Tribunal del Servicio Civil acord6 establecer, como precedente administrativo de observancia obligatoria, la aplicaci6n de la Remuneraci6n Total, para el calculo de beneficios, bonificaciones, subsidios y asignaciones por servicios al Estado; Que, a traves del Informe Legal W 524-2012-SERVIR/GPGSC, expedido con fecha 21 de diciembre del 2012, por la Gerencia de Polfticas de Gesti6n del Servicio Civil, se precisa la estructura del sistema de pago y base de calculo de derechos, del regimen de carrera administrativa regulado por el Decreto Legislativo W 276; Que, mediante Informe Tecnico W 356-2014-SERVIR/GPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Politicas de Gesti6n del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos, senala 10 siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIR/TSC, son exigibles a todas las entidades publicas comprendidas en el
ambito del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, a partir del 18 de junio del 2011, debiendo las entidades tener en cuenta los criterios senalados en el Informe Legal W 524-2012SERVIRfGPGSC, mediante el cual se complemento 10 indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneracion total; Que, de acuerdo a 10 expuesto, en el Informe del Visto, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneracion total mensual del mencionado servidor asciende a Sf. 140.29 Nuevos Soles, por 10 que corresponde reconocer a don JORGE RAUL GUZMAN MURGA, el equivalente ados (02) remuneraciones totales mensuales, ascendente a Sf. 280.58 Nuevos Soles; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y,
y Pensiones,
y del Ejecutivo
Adjunto
I de la
De conformidad con 10 establecido en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM Y la Ley W 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUElVE: ARTicULO 1°._ RECONOCER a favor de don JORGE RAUL GUZMAN MURGA, la suma de DOSCIENTOS OCHENTA CON 58/100 NUEVOS SOLES (S/. 280.58), por concepto de subsidio por fallecimiento de su senora madre dona Ofelia Murga de Guzman, equivalente ados (02) remuneraciones totales mensuales de Sf. 140.29 Nuevos Soles, conforme a 10 expuesto en los considerandos de la presente resolucion. ARTicULO 2°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resoluci6n, estara supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especffica de Gasto: 2.2.23.42 de la Meta: 0064, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. ARTicULO encargada
3°._ La Oficina General de Administracion de dar cumplimiento a la presente resolucion.
a travEls de la Oficina
ARTicULO 4°._ NOTIFICAR la presente resolucion en el domicilio del beneficiario, Capac N° 1415, distrito de Carmen de la Legua, Provincia Constitucional del Callao. ARTicULO
.,.~ r"D_t s".-- en ellegajo
...,~.
~
5°._ Encargar
al Equipo de Ingreso y Escalafon,
personal de don JORGE RAUL GUZMAN
la incorporacion
MURGA.
Registrese y Comuniquese,
Cf!"~./; '11~
\ QUISPE CH,
..................................... Atog. JEANETTE
,
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Siret:' fa '::;~r:e!'~!
de Economfa,
es la
sito en Av. Manco
de la presente
resoluci6n