Las deducciones fiscales vinculadas a la figura del mecenazgo son: 1

29 sept. 2014 - 3 En el ámbito del Impuesto de Sociedades, también se favorece la fidelización del inversor en Cultura, ya que supone para los beneficiarios ...
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

GABINETE DE PRENSA

SECRETARIA DE ESTADO DE CULTURA

Las deducciones fiscales vinculadas a la figura del mecenazgo son: 1 En el ámbito del IRPF, incrementa los porcentajes de deducción general del 25 al 30% con efectos desde el ejercicio 2016 (transitoriamente durante 2015 se aplicará el 27,5%). 2 Potencia el micromecenazgo. Establece dos tramos de deducción en el IRPF. En los primeros 150 euros se aplica un tipo del 75% y en los restantes un tipo general del 30%. Además, para aquellas aportaciones que permanezcan durante 3 o más ejercicios consecutivos por igual o superior cuantía al del ejercicio anterior realizados a favor de un mismo beneficiario, se aplicará un 5% adicional, hasta situarse en un 35%. Transitoriamente en el ejercicio 2015 el tipo de deducción en este tramo será del 32,5%.

BASE DEDUCCIÓN Menos de 150 € x contribuyente Misma entidad durante al menos tres años Resto Resto

PORCENTAJE 2014

PORCENTAJE 2015 50%

PORCENTAJE 2016 75%

32,50%

35%

27,50%

30%

25,00%

3 En el ámbito del Impuesto de Sociedades, también se favorece la fidelización del inversor en Cultura, ya que supone para los beneficiarios una bonificación adicional de 5 puntos hasta el 40% en 2016 sobre la ordinaria en éste impuesto que actualmente es del 35%.

BASE DEDUCCIÓN Misma entidad durante al menos tres años

PORCENTAJE 2014

PORCENTAJE 2015

35%

Sin fidelización

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected] Página 1 de 1

PORCENTAJE 2016

37,5% 35%

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40% 35%

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