DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Jueves, 12 de Octubre del 2017
TRABAJADORES DE LA PROVINCIA DE CELENDIN FUERON ELEGIDOS LOS MEJORES DEL MES DE SETIEMBRE
Presidente Gustavo Álvarez, destacó el esfuerzo, dedicación, compromiso y responsabilidad de los premiados con la institución judicial. En una ceremonia realizada en el auditorio de la Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, fueron premiados los servidores judiciales de la provincia de Celendín: Helen Violeta Mariñas Sánchez, Secre-
taria Judicial y el Especialista de Audiencias del Módulo Penal, Nolasco Chávez Goicochea, como los mejores trabajadores del mes de Setiembre, quienes tras ser evaluados por la Coordinación de Personal, recibieron de manos del Presidente Gustavo Álvarez Trujillo, su resolución administrativa a su buen desempeño laboral. Se sumaron a la entrega de placas recordatorias la Magistra-
da Fanny Torres Villavicencio, Jueza del Juzgado Unipersonal de la provincia de Bambamarca y el Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Cajabamba, Cesar Martin Salaverry Pajares. Como es de costumbre durante la actual gestión de Álvarez Trujillo, y gracias al apoyo del Comité de Damas que preside Carmela Tejada de Álvarez, se realiza cada fin de mes la cere-
Oficina de Imagen Institucional Cajamarca 11 de octubre de 2017
monia de reconocimiento a los mejores trabajadores donde se destaca el esfuerzo, dedicación, compromiso y responsabilidad con la institución judicial. El Titular de Justicia señaló: “Reconocemos en estos servidores judiciales, independiente del rubro en que se desempeñen; su trabajo digno y permanente en su órgano jurisdiccional, que los ha hecho merecedores a esta congratulación.”
AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
1. REMATES
REMATE BIENES INMUEBLES
PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP.N° 00187-2014-0-060l-JPd-01) En los seguidos por el BANCO DE LA MICROEMPRESA SA contra ALEJANDRINA TERRONES DE HERNANDEZ y REMIGIO HERNANDEZ BECERRA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, (EXP. 187-2014), el Martillero Público Frany Heber Díaz Díaz con Reg. 278, el Juez del 5o Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, José Andrés Carrasco Huaccha, Esp. Legal Sonia E. Quiroz Uriarte, por Res. dispuso sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIÁ el PREDIO UBICADO EN EL LOTE 1F MZ B, (ESQ. JR. LOS CEDROS 224 Y JR. LOS SAUCES 125127) DE LA LOTIZACIÓN SANTA ROSA, BARRIO CHONTAPACCHA, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, inscrito en la Partida Electrónica 02117188 del Registro de Predios de la Zona Registral II - Sede Chiclayo Oficina Registral Cajamarca. VALOR DE TASACIÓN: S/. 527,424.32 Soles. BASE DEL REMATE: S/. 351,616.21 (trescientos cincuenta y un mil seiscientos dieciséis con 21100 Soles); que son las 2/ 3 partes de la tasación.GRAVÁMENES: Asiento D00001.EMBARGO. - Por Res. 02 del 18.08.2011 -Exp. 1075-2011, el Juez del 1 J.C. Cajamarca Juan Carlos Díaz Calderón y Sec. Mario Aquino Cruzado ha dispuesto el embargo hasta por S/. 60,000.00 Soles en los seguidos por el Banco de la Microempresa S.A. Mi Banco contra Alejandrino Terrones de Hernández y Remigio Hernández Becerra. Asiento D00002. EMBARGO. - Por Res. 01 del 28.02.2014 el Juez de P.L. de Baños del Inca Carmen Nancy Araujo Cachay y Sec. Juan Carlos Rabanal Aliaga ha dispuesto el embargo hasta por S/. 33,000.00 Soles en los seguidos por el Banco de la Microempresa S.A. Mi Banco contra Remigio Hernández Becerra y Alejandrina Terrones de Hernández. DIA Y HORA: 25 DE OCTUBRE DEL 2017 A LAS 11:30 HORAS.LUGAR DE REMATE: Local del 5 J.P.L., sito en Av. La Cantuta cuadra doce S/N, complejo Qhapac Ñan, distrito, provincia y departamento de Cajamarca.LOS POSTORES: Adjuntar tasa judicial (código 07153) copia del DNI, del RUC y poderes; asimismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación (S/. 52,742.43) en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de 3er. día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los postores antes de entrar al remate deberán acercarse a la Oficina de Recaudación Judicial de esta Corte a fin de validar sus comprobantes de pago y llevar el sello respectivo
Jueves, 12 de Octubre del 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
conforme a lo dispuesto por el oficio circular 036-2013-GAD-CSJCA-PJ. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, cerrada el acta de remate. (Art. 732° del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18° del Reglam. aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Frany H. Díaz Díaz Martillero Público Reg. 278, Celular 997219766 / 995738170 correo franydiaz@ hotmail.com.FRANY HEBER DIAZ DIAZ ABOGADO Martillero Público a Nivel Nacional Reg. Nº 278 SONIA E. QUIROZ URIARTE Especialosta Judicial de Audiencias QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P.6261839 F.P. 11-12-13-16-17-18 Octubre S/.36.00
2. EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA
EDICTO En el Exp. N° 2543-2017-0-0601-JRFC-03, seguido por Homar Wilberth Alvarado Enríquez y Jessica Milagritos Chamochumbi Olivares contra María De La Cruz Chávez Díaz sobre Adopción Por Excepción, el Tercer Juzgado Especializado de Familia ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN UNO: Cajamarca 14 de setiembre del 2017: SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda interpuesta por Homar Wilberth Alvarado Enríquez y Jessica Milagritos Chamochumbi Olivares contra María De La Cruz Chávez Díaz sobre Adopción Por Excepción del menor Antony Chávez Díaz; NOTIFIQUESE mediante edictos al padre del menor de quien se desconoce su paradero, domicilio real y nombre a efectos de que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de continuar con el trámite del proceso como corresponde en caso de incumplimiento; RESOLUCION DOS: Cajamarca 20 de setiembre dl 2017: SE RESUELVE: INTEGRESE la resolución uno, admítase la demanda interpuesta por Homar Wilberth Alvarado Enríquez y Jessica Milagros Chamochumbi Olivares contra María De La Cruz Chávez Díaz y Javier Salazar NOTIFIQUESE a María de la Cruz Chávez Díaz CORRASE traslado por el plazo de CINCO DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. EMPLACESE al demandado mediante edictos a fin de que en el plazo de QUINCE DÍAS de notificado se apersone al proceso a fin de que conteste la demanda bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal PUBLIQUESE los edictos en los diarios “El Peruano” y la “República” de esta localidad por el plazo de TRES veces interdiarias. KARIN DANIXA VIGO PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P.6258588 F.P. 10-12-16 Octubre S/.10.50
B
EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00013-2016-F-JPL-T., Ante el Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba Cajamarca, ROSA ELVA PERALTA OBLITAS sobre Filiación Extramatrimonial y alimentos, se ha expedido la resolución número nueve en la cual se ordena notificar por edictos lo siguiente: Por tales consideraciones, SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ROSA ELVA PERALTA OBLITAS, sobre Declaración Judicial de Filiación Extramatrimonial y alimentos, contra ALAN MARINO ROJAS CIEZA; en consecuencia: DECLÁRESE a LISBETH ARACELI ROJAS PERALTA como hija del demandado ALAN MARINO ROJAS CIEZA, por Filiación Extramatrimonial; DISPÓNGASE que en su oportunidad se haga constar en el Acta de Nacimiento, inscrita bajo CUI N° 80796626, del Libro de Estado Civil de Nacimientos del año dos mil catorce, del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Anguía, provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, el nombre del mencionado demandado como su padre biológico, salvo oposición; EMPLÁCESE a ALAN MARINO ROJAS CIEZA para que en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES, más el término de la distancia, de ser el caso, formule oposición a lo dispuesto en la presente resolución, bajo apercibimiento de convertirse en Declaración Judicial de Paternidad Extramatrimonial; Doctor David Wenceslao Ramírez Calderón Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba; y el señor Juan Francisco Zuñiga Valdivlezo Secretario Judicial; Tacabamba seis de julio del año dos mil diecisiete. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA-CHOTA JUAN F. ZUÑIGA VALDIVIEZO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA P.6258576 F.P. 10-11-12 Octubre S/.10.50
INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO JUDICIAL EXP. 0741-2017-0. Primer Juzgado Especializado Civil, en la demanda interpuesta por EDGAR CAIN QUISPE MALIMBA, contra el Ministerio Público, sobre Supresión de Nombre en la vía de proceso abreviado; se ha resuelto: Resolución Número DOS, Cajamarca, veintinueve de agosto del dos mil diecisiete: ADMITIR a trámite la demanda presentada por EDGAR CAÍN QUISPE MALIMBA, sobre SUPRESIÓN DE SU SEGUNDO NOMBRE “CAIN”, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO; en consecuencia TRASLADO de la demanda y anexos al Representante del MINISTERIO PÚBLICO- Fiscalía Civil, por el plazo de DIEZ DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía;
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
PUBLIQUESE un extracto de la presente demanda por un día hábil en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario “La República”; debiendo el demandante coordinar con el secretaria cursora para tal efecto; TÉNGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que se indica. NOTIFICANDOSE. Cajamarca, 26 de Septiembre del 2017 WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.6261550 F.P. 12 Octubre S/.3.00
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE : 1977-3717-CI Juzgado Especializado Civil Permanente de la Provincia de Chota. En solicitud de RAMON SABAS CABALLERO CALDERON; RESOLUCION NÚMERO DOS.Chota, veintinueve de enero del año dos mil quince ; SE RESUELVE: “(...) RECOMPONER el expediente signado con el número 1977-3717CI y notificar a las partes procesales a fin de que en el plazo de TRES DÍAS de notificados presenten los escritos, anexos, resoluciones y cualquier tipo de recaudo que formaron parte del referido proceso y que tengan en su poder, debiendo el solicitante indicar el domicilio de la entidad demandante a efectos que se le notifique con la presente resolución y demás que deriven del proceso RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE.- Chota, uno de jumo del año dos mil diecisiete.- “(...) TENGASE POR RECOMPUESTO el presente expediente, en consecuencia: PONGASE en conocimiento de las partes procesales para los fines que crean conveniente. Al otrosí digo: PREVIAMENTE cumpla el recurrente con adjuntar el Testamento o Sucesión Intestada del demandado Enrique Caballero Malca a efectos de no afectar los derechos que le correspondan a todos sus sucesores; Resolución Nro. TRECE.-Chota, veintiséis de setiembre del año dos mil diecisiete. “(.. .JTENGASE por precisado que la parte demandada está conformada por la SUCESION de Enrique Caballero Malca tal como obra en autos y escritos presentados por el recurrente; y siendo que el referido Enrique Caballero Malca no ha dejado Sucesión Intestada ni testamento, en consecuencia a efectos de no vulnerar derechos de terceros: NOTFIIQUESE por edictos publicados en el Diario “La República” por tres vece con intervalo de tres días, a los posibles herederos -además de los recurrentes - con un extracto de las resoluciones emitidas en la presente causa a efectos que hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de nombrarles curador Procesal en caso de incumplimiento; ello a efecto de no vulnerar derechos de terccros.(...) Chota, 26 de setiembre del 2017. GISELLA MARITZA CORONADO CASTRO JUEZ JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA Abg. DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CHOTA P. 6262573 F.P. 12-18-24 Octubre S/.12.60
4.
Jueves, 12 de Octubre del 2017
EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 00206-2016-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DICISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑNA, la misma que se llevará a cabo en la Sala del Colegiado N° 06 (octavo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados YANIRA YOVANI CHAVEZ CENTURION, identificada con DNI N° 71795914 y ROBERTO CENTURION QUILICHE, identificado con DNI N° 44347527, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarados CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de estafa genérica, en agravio de Segundo Marín Calua Terán. Suscribe el señor Juez: José Francisco León Izquierdo, y el especialista judicial: Juan Briones Álvarez. F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL : CESAR A. ROJAS VILLANUEVA EXPEDIENTE N°: 00712-2017-10601- JR-PE-04. Se notifica y emplaza al agraviado: MIGUEL ALAYA LLANOS Para notificarles e indicar que mediante resolución N° 01 de fecha 15-09-17; el señor Juez dispuso: DADO CUENTA con el requerimiento de Proceso Especial de Terminación Anticipada, presentado por el señor Fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de la Encañada, adjuntado la respectiva acta de acuerdo preliminar de pena y reparación civil por terminación anticipada provisional firmada por el Fiscal, el imputado, y su abogado defensor, y estando a lo previsto en el artículo 468° del Código Procesal Penal; PONGASE EN CONOCIMIENTO de todas las partes procesales por el plazo perentorio de CINCO DIAS HABILES, a efectos de que puedan, por escrito formular sus pretensiones. NOTIFIQUESE.PATTY D. DELGADO NAVARRO JUEZ TITULAR Sexto Juzgado de Investigacion Preparatoria, Flagrancia, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL N° 008 EXPEDIENTE: 163-2016-0-0607JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MIGUEL Se emplaza a: ROSALIA BARDALES IZQUIERDO Para que tomen conocimiento, que en el Proceso Penal N° 163-2016-0-0607-JR-PE-01, seguido contra ARLITA MARIBEL BARDALES CELIS Y OTRA, por el delito contra
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
El Patrimonio en la modalidad de USURPACION, en agravio de MAGNA VICTORIA BARDALES IZQUIERDO Y OTRA. que mediante Resolución N° Seis, se ha dispuesto Notificar Vía Edictos en el Diario Oficial, Diario La República, por el lapso de Tres días a La imputado ROSALIA BARDALES IZQUIERDO con el extracto de la Resolución N° Tres, que Resuelve Correr Traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de Diez días Hábiles, a efectos de que si lo considere conveniente, pueda formular por escrito su oposición. Juez: José Manuel Enrique Correa Díaz, Especialista de causas: Jorge Armando Vásquez Saldaña. San Miguel, 04 de octubre del 2017 José Manuel E. Correa Díaz JUEZ Juzgado de Investigación Preparatoria SAN MIGUEL F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 803-2016-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN CARLOS VENTURA RODRÍGUEZ Se Cita, Notifica y Emplaza a: MIGUEL ROGELIO ROJAS MELENDEZ Se le notifica con el contenido de la RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE, el cual resuelve notificarle mediante edictos, a fin de que dentro del TÉRMINO DE TRES DÍAS cumpla con cancelar el pago de la reparación civil a favor al querellante Mirtha Esther Vásquez Chuquilin, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de procederse conforme a lo establecido en el auto de conciliación, emitida en el presente proceso. Cajamarca, 03 de octubre del 2017 Elizabeth Vicenta Arias Quispe JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 2069-2016-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN CARLOS VENTURA RODRÍGUEZ Se Cita, Notifica y Emplaza a: SEVERINO CHILON VALDIVIA y NINFA HERRERA CASTREJÓN Se le notifica con el contenido de la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, el cual resuelve CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales con el Requerimiento Fiscal Mixto (Sobreseimiento y Acusatorio) por el plazo perentorio de 10 días hábiles, a efectos de que creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que consideren procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de requerimiento mixto. REQUERIMIENTO MIXTO, en el que se solicita: I) el SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra NELSON VARGAS ALVA y LEONCIO CHUQUIMANGO VARGAS, en calidad de autores del delito contra la seguridad pública, en su modalidad de tenencia de materiales peligrosos, en agravio del Estado representado por el Procurador Público a
3
cargo de la Defensa Jurídica del ministerio del Interior. II) formular REQUERIMIENTO ACUSATORIO contra NELSON VARGAS ALVA y LEONCIO CHUQUIMANGO VARGAS, por la presunta tentativa de delito contra el Patrimonio, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de Severino Chilón Valdivia y Ninfa Herrera Castrejón; así como por la comisión del presunto delito contra el Patrimonio, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de Luis Nicanor Mendoza Murrugarra. Cajamarca, 04 de octubre del 2017 Elizabeth Vicenta Arias Quispe JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA EXPEDIENTE N°: 01722-2017-00601- JR-PE-04. Se notifica y emplaza a la agraviada: MARIA ISABEL RAMIREZ QUISPE Para notificarle e indicar que mediante resolución N° 01 de fecha 12-09-17, y resolución N° 02 de fecha 30-09-17; el señor Juez dispuso: RESOLUCION N° 01.- DADO CUENTA con el requerimiento de acusación directa presentado por la Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, el mismo que reúne los requisitos formales establecidos por el artículo 349° del Código Procesal Penal; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos; y, de conformidad con lo previsto por el artículo 350° del mismo cuerpo normativo, TRASLÁDESE LA ACUSACIÓN DIRECTA a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, así como de la parte agraviada que obra en la carpeta fiscal auto la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha 16 de noviembre de 2010 y publicado en la página web del poder judicial el 15 de diciembre del mismo año, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación directa, donde no ha existido investigación preparatoria. NOTIFIQUESE, al imputado Santos Dilas Cerna, en su domicilio procesal que obra en el requerimiento fiscal y a la parte agraviada en su domicilio real sito en Caserío de Catan – Jesús
4
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
(referencia domicilio de material noble, de un piso, con portón de metal A-07), tal como se aprecia de la carpeta fiscal.; RESOLUCIÓN N° 02.- DADO CUENTA con el escrito presentado por el abogado defensor público del acusado SANTOS DILAS CERNA, mediante el cual absuelve traslado de la acusación; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos el escrito antes mencionado, TÉNGASE por absuelto el traslado del mismo y PÓNGASE a conocimiento de los demás sujetos procesales apersonados al presente proceso para su absolución oral en audiencia preliminar, la misma que se fijará oportunamente; en ese sentido, RESÉRVESE todo pronunciamiento jurisdiccional hasta la realización de la misma, de otra parte, Y siendo que hasta la fecha no ha sido devuelto la cedula de notificación de la parte agraviada, con el contenido de la resolución número uno, en consecuencia OFICIESE al encargado de la Central de Notificaciones, a fin de que cumpla con la devolución de la cedula antes indicada, sin perjuicio de NOTIFICARSE con el contenido de la resolución número uno y dos a la parte agraviada VIA EDICTO PENAL, publicándose, por el término de TRES DÍAS, en el diario oficial de esta Corte Superior. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL : CESAR A. ROJAS VILLANUEVA EXPEDIENTE N°: 00219-2017-00601- JR-PE-04. Se notifica y emplaza al agraviado: GILMER CULQUI ALVARADO Para notificarles e indicar que mediante resolución N° 06 de fecha 19-07-17; el señor Juez dispuso: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO solicitado por la Fiscalía Provincial Mixta de La Encañada, a favor de DAVID ALVARADO RODRIGUEZ, en la investigación que se le seguía como presunto autor del delito contra el patrimonio, en la modalidad de daños en agravio de Gilmer Culqui Alvarado. 2. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, anúlense los antecedentes que se hubiesen generado en contra del procesado, asimismo devuélvase la carpeta fiscal al encargado de la misma. Notifíquese. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO EXP. N° 214-2017-F, ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, que despacha la Señorita Juez EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, en el Proceso seguido por el MINISTERIO PUBLICO- FISCALIA CIVIL Y FAMILIA, contra CARMEN ROSA PAREDES GALARZA y SANTOS DEMETRIO VASQUEZ POLO a favor del menor CESAR ABEL VASQUEZ PAREDES, sobre ABANDONO
Jueves, 12 de Octubre del 2017
MORAL Y MATERIAL, se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO, de fecha cuatro de mayo del año dos mil diecisiete, en la cual se resuelve ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor CESAR ABEL VASQUEZ PAREDES, a fin de determinar si éste, se encuentra en estado de Abandono. TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, EMPLACESE mediante EDICTOS al padre del menor SANTOS DEMETRIO VASQUEZ POLO, a fin de que dentro del TERCER DÍA de notificados con la presente SE APERSONE a este Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba para rendir su declaración; Edicto que será publicado en el Diario Oficial La República y en la Cartilla Oficial del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el termino de TRES DÍAS HÁBILES con intervalo de TRES DÍAS de cada publicación. NOTIFICANDOSE. DRA. EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Dra. SOFIA JANNET TORRES REQUEJO. SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 31 de Agosto del 2017. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA F.P. 10-11-12 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA EXPEDIENTE N°: 00712-2017-10601-J R-PE-04. Se notifica y emplaza a los agraviados: JOSE ENCARNACION QUISPE ZAMBRANO, JUAN GUILLERMO TASILLA CASTREJON, AUGUSTO TACILLA SOTO, LEOCADIO MANTILLA MURGA, RUBEN CHAVEZ VERA, EMILIANO VERA SANCHEZ Y CRISTOBAL JUAREZ SANCHEZ. Para notificarles e indicar que mediante resolución N° 01 de fecha 15-09-17; el señor Juez dispuso: DADO CUENTA con el requerimiento de Proceso Especial de Terminación Anticipada, presentado por el señor Fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de la Encañada, adjuntado la respectiva acta de acuerdo preliminar de pena y reparación civil por terminación anticipada provisional firmada por el Fiscal, el imputado, y su abogado defensor, y estando a lo previsto en el artículo 468° del Código Procesal Penal; PONGASE EN CONOCIMIENTO de todas las partes procesales por el plazo perentorio de CINCO DIAS HABILES, a efectos de que puedan, por escrito formular sus pretensiones. NOTIFIQUESE.PATTY D. DELGADO NAVARRO JUEZ TITULAR Sexto Juzgado de Investigacion Preparatoria, Flagrancia, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 11-12-13 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: CESAR A. ROJAS VILLANUEVA EXPEDIENTE N°: 00398-2017-00601- JR-PE-04. Se notifica y emplaza al agraviado: AMARO LONGA CASTILLO
Para notificarles e indicar que mediante resolución N° 05 de fecha 28-09-17; el señor Juez dispuso: DADO CUENTA con el requerimiento de sobreseimiento de la causa, presentado por la Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de la Asunción; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y conforme a lo previsto en el artículo 345º del CPP, TRASLÁDESE el requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Finalmente, teniendo en cuenta que mediante Resolución Administrativa N° 176-2016-P-CSJCAPJ, de fecha 20 de junio de 2016, se ha resuelto disponer la entrada en funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) a partir del 24 de junio de 2016 en este Distrito Judicial, REQUIÉRASE a la representante del Ministerio Público, al abogado particular y al abogado parte agraviada, CUMPLAN con señalar su casilla electrónica dentro del quinto día de notificados con la presente resolución, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese al agraviado en el número celular que se indica en dicho requerimiento, dejándose constancia en autos, sin perjuicio de notificarse vía edictos en el diario oficial de esta Corte Superior por el término de tres días.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 11-12-13 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 420-2017-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN CARLOS VENTURA RODRÍGUEZ Se Cita, Notifica y Emplaza a: PATRICIA GABRIELA COMUN DUEÑAS Se le notifica con el contenido de la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, el cual resuelve CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 días hábiles, a efectos de que creerlo conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones solo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de declararse improcedente sobre la base del artículo 351.3 del Código Procesal Penal al tratarse de una audiencia de carácter inaplazable.
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN: el cual se formula contra Patricia Gabriela Comun Dueñas como autora del delito contra el Orden EconómicoFuncionamiento Ilegal de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas en agravio del Estado, representado por el Procurador Público del Ministerio de Comercio y Turismo. Cajamarca, 05 de octubre del 2017 Elizabeth Vicenta Arias Quispe JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 11-12-13 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 789-2017-1-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN CARLOS VENTURA RODRÍGUEZ Se Cita, Notifica y Emplaza a: MARÍA NÉLIDA CHUQUIMANGO VARGAS RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO: por la cual se CITA, para el día 31 de octubre del año dos mil diecisiete, a las 09:00 horas de la mañana (hora exacta) para la realización de la audiencia de Terminación Anticipada en la sala de audiencia número cinco (7° piso) de esta Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La Cantuta cuadra doce S/N, frente al Complejo Qhapac Ñan, con la presencia obligatoria del Fiscal, el imputado y su abogado defensor, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada de cualquiera de ellos, de declararse inadmisible el requerimiento, archivarse el cuaderno y continuar el proceso común según su estado. Cajamarca, 06 de octubre del 2017 Elizabeth Vicenta Arias Quispe JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 11-12-13 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-78-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra GILBERTO RAMOS BECERRA, sobre Violencia Familiar en agravio de DIGNA RUBIO DIAZ, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN EL LOCAL DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CELENDÍN, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales portando su documento nacional de identidad (DNI), bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso, en caso de inasistencia de ambas partes; de conformidad con el artículo 203° del Código Procesal Civil; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada DIGNA RUBIO DIAZ; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 11-12-13 Octubre
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2015-134-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ALADINO ROJAS LUMBA, sobre Violencia Familiar en agravio de RAQUEL INFANTE RAMOS, DEIMAN BRANDO INFANTE RAMOS Y LIDIA RAMOS BAUTISTA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE, que RESUELVE: SEÑALAR la fecha para la Audiencia Única para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN EL LOCAL DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CELENDÍN, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso, en caso de inasistencia de ambas partes; de conformidad con el artículo 203° del Código Procesal Civil; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada RAQUEL INFANTE RAMOS, DEIMAN BRANDO INFANTE RAMOS Y LIDIA RAMOS BAUTISTA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 11-12-13 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-212-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra SANTOS HILARIO CHÁVEZ SEGURA Y ANGÉLICA CHÁVEZ MUÑOZ, sobre ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS en agravio de del menor de iniciales N.Y.CH. CH, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES: que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la
Jueves, 12 de Octubre del 2017
diligencia de Esclarecimiento de los Hechos para el día MARTES SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), en el local de la Aldea Infantil San Antonio de la ciudad de Cajamarca, ubicado en la Av. Avenida Hoyos Rubio Nº 907, con la concurrencia obligatoria de los padres del menor tutelado o un familiar directo y en caso de inconcurrencia de estos con la presencia de la directora de la Aldea Infantil; RECÍBASE la declaración del menor tutelado N.Y.CH.CH; RECÍBASE la declaración de los progenitores del menor tutelado en presencia del representante del Ministerio Público y advirtiéndose que la audiencia anterior se frustró por no habérseles notificado a los progenitores del tutelado y con la finalidad que no se frustre nuevamente la audiencia programada y teniendo en cuenta las razones dadas por el auxiliar notificador; NOTIFÍQUESE a los progenitores del menor tutelado mediante edictos con un extracto de la presente resolución, los mismos que se publicaran en el diario oficial la república por el plazo de tres días consecutivos.Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 11-12-13 Octubre EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 1155-2016-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DICISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 06 (octavo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JUAN AONTONIO REYNA PEÑA, identificado con DNI N° 41145470, concurrir
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de Expedición de Pruebas o Informes False en Proceso Judicial, en agravio de El Estado Poder Judicial. Suscribe el señor Juez: Jose Francisco Leon Izquierdo, y el especialista judicial: Juan Briones Alvarez. F.P. 12-13-16 Octubre EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 001-2015-0-0611-JR-PE-01. JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA -PROVINCIA DE SANTA CRUZ. Asistente Jurisdiccional: Freddy Eduardo Rubio Mesta. Resolución N° 17: Se emplaza a: RENE ANTONIO AVELLANEDA OLANO. Para que tenga conocimiento que la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santa Cruz, ha presentado Requerimiento Mixto, solicitando sobreseimiento contra los imputados Requelmer Alcantara Cueva e Isidro Guerrero Taica como presunto autores del delito de Receptación Agravada; asimismo formula acusación contra Requelmer Alcantara Cueva e Isidro Guerrero Taica por el delito contra la Fe publica en la modalidad de Uso de Documentos Públicos Falsificados, solicitando por monto de reparación civil la suma de ocho mil soles, las cuales deberán pagar cuatro mil soles cada uno ; asimismo mediante resolución número doce se corre traslado por el plazo de 10 días a fin de se pronuncien en lo que estimen más conveniente en cuanto sus interés y defensa. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 001-2015-0-0611-JRPE-01, en los seguidos contra ISIDORO GUERRERO TAICA, por el delito contra el Patrimonio en su modalidad de RECEPTACION, en agravio de GUTIERREZ PEREZ WILTON ALAN Y OTROS. Santa Cruz, 03 de Octubre del 2017. JOSE LUIS DIAZ LLANOS
JUEZ TITULAR JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA SANTA CRUZ F.P. 12-13-16 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN MARCOS. EXP. N° 07-2016-0 JIP - SM JUEZ: ZAVALETA SE EMPLAZA y se CITA a KEVIN MARCELO VASQUEZ CARRANZA y a LINDER ALBERTO GARCÍA VASQUEZ, con la resolución número DIEZ, de fecha once de octubre del año dos mil diecisiete, emitido en el proceso Penal N° 07-2016-0 JIP –SM, seguido en su contra por el delito contra el Orden Financiero y Monetario en la modalidad de Tráfico de Billetes Falsos, en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador de la Oficina Central de Lucha Contra la Falsificación de Numerario -OCN, que RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día VEINTITRÉS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Marcos, sito en el Jirón Alfonso Ugarte N° 891 / Segundo Piso; debiendo los acusados designar abogado defensor de su libre elección si lo considera conveniente. Precísese que se ha designado defensor público de esta provincia de San Marcos para los acusados, a efectos que asuma la defensa técnica de los acusados en caso no designen abogado defensor de su libre elección. San Marcos, 11 de Octubre de 2017. Especialista: CERQUIN LUCIO ZAVALETA MENDOZA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN MARCOS F.P. 12-13-16 Octubre
LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA REQUIERE ALQUILAR UN LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL, JUZGADOS DE PAZ LETRADO, ODECMA Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS EN LA CAJAMARCA. A CIUDAD DE CAJAMARCA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA .
5
REQUISITOS: − El área mínima de oficinas neta a utilizar no será menor a 1833.00 m2. − La edificación debe ser de material noble. − Contar con un pozo a tierra. − Contar con un servicio de agua potable en forma ininterrumpida. − Contar con los servicios básicos: agua, desagüe y luz funcionando. − La edificación se encuentre debidamente saneada. − El (los) propietarios (os), no tenga impedimento alguno, para poder contratar con el Estado.
PARA MAYOR INFORMACION ACERCARSE AL JR. EL COMERCIO NRO 680, A LA COORDINANCION DE LOGISTICA, DESDE LAS 08:00AM DEL 09.10.2017 HASTA LAS 17:00 HORAS DEL 13 DE OCTUBRE DEL 2017 ó LLAMAR AL TELEFONO 076584400 anexo 24044.
6
6
1 de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Jueves, 12 de Octubre LUnes, del 2017
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
LUnes, 1 deJueves, Lunes, Lagosto Unes,12 1del de de2016 agosto Octubredeldel2016 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
7
7 7
8
8
1 de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Jueves, 12 de Octubre LUnes, del 2017
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
LUnes, 1 deJueves, Lunes, Lagosto Unes,12 1del de de2016 agosto Octubredeldel2016 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
9
9 9
1 de agosto del 2016 GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Jueves, 12 de Octubre L nes, del 2017 10 DR.TRUJILLO 10 DR. GUSTAVO ALVAREZ U
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
LUnes, 1 deJueves, Lunes, Lagosto Unes,12 1del de de2016 agosto Octubredeldel2016 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
11
11 11
1 de agosto del 2016 GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Jueves, 12 de Octubre L nes, del 2017 12 DR.TRUJILLO 12 DR. GUSTAVO ALVAREZ U
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
LUnes, 1 deJueves, Lunes, Lagosto Unes,12 1del de de2016 agosto Octubredeldel2016 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
13
13 13
1 de agosto del 2016 GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Jueves, 12 de Octubre L nes, del 2017 14 DR.TRUJILLO 14 DR. GUSTAVO ALVAREZ U
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
LUnes, 1 deJueves, Lunes, Lagosto Unes,12 1del de de2016 agosto Octubredeldel2016 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
15
15 15
1 de agosto del 2016 GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Jueves, 12 de Octubre L nes, del 2017 16 DR.TRUJILLO 16 DR. GUSTAVO ALVAREZ U
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV