DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Jueves, 31 de Agosto del 2017
Presidente del Poder Judicial lanzó espacio virtual
SENTENCIAS CONTRA FUNCIONARIOS PÚBLICOS SERÁN DIFUNDIDAS EN SITIO WEB DEL SISTEMA CONTRA LA CORRUPCIÓN
• También anunció que el MEF otorgará presupuesto para implementación de juzgados contra la corrupción
E
l presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo presentó este mediodía el sitio web oficial del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que brindará información relacionada a los procesos judiciales que tramitan de manera célere y transparente. Rodríguez Tineo manifestó la necesidad de incorporar la modernidad al trabajo judicial, para que la ciudadanía al acceder
al portal web, conozca las sentencias de los funcionarios procesados en delitos contra la corrupción. La autoridad judicial anunció que para el próximo año, el Ministerio de Economía y Finanzas otorgará presupuesto al Poder Judicial para implementar no menos de 12 juzgados anticorrupción que funcionarán en todo el país. En tanto, en sus palabras de bienvenida, la coordinadora nacional del Sistema, Susana Castañeda Otsu sostuvo que “con la implementación de la página queremos que el pueblo tome conciencia de lo que viene ocurriendo en el país y, por ello, estamos haciendo esta tarea de
difusión de las sentencias”. Asimismo, expresó que mediante esta herramienta cualquier persona podrá conocer de forma fácil e integrada, información relevante sobre la estructura y funcionamiento del sistema, la normativa nacional e internacional en materia de corrupción y jurisprudencia de los órganos de competencia nacional. Adicionalmente, dijo que se conocerán las condenas emitidas por los 33 distritos judiciales en procesos por delitos de corrupción, así como las noticias de interés público, artículos e información institucional sobre sus actividades de capacitación.
Poder Judicial, 29 de agosto de 2017
También podrán ubicar la guía de programación de audiencias de dicho sistema especializado y de los órganos jurisdiccionales de los diferentes distritos judiciales del país. En otro momento, el ingeniero Moisés Durand Cabales, explicó que se podrá acceder al sitio web a través de la página web del Poder Judicial (www. pj.gob.pe/sedcf). Participaron de la actividad, el presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Pedro Chávarry Castañeda; juez supremo Héctor Lama More, así como funcionarios del Sistema, entre otros.
AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
1. REMATES
REMATE BIENES INMUEBLES
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL.- Expediente N° 442016.-Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Mixto de Cajabamba - Corte Superior De Justicia De Cajamarca, Dra. EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA y Secretario Judicial: JORGE TORRES DIAS, en los Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIA por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO” LTDA. N° 222 DE CAJABAMBA con NELIDA SABINA HUAMAN GONZALES, con intervención del Martillero Publico: JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, de Registro Profesional Nacional Doscientos treinta y tres, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Bien Inmueble: Predio denominado “LA LIMA”, Unidad Catastral N° 17277, con Código de Predio N° 7_8159165_17277, con un Área de 4.1615 Hectáreas, ubicada en el Sector La Lucha, del Distrito de Condebamba, Provincia de Cajabamba, Departamento de Cajamarca, cuya Área, medidas perimétricas y demás características aparecen inscritas en la Ficha N° 93050, que continua en la Partida N° 02187314, Inscripción de la Sección Especial de Predios Rurales-Zona Registral N° II, Sede Chiclayo- Oficina Registral CajamarcaSUNARP.-Con una TASACIÓN de: S/. 100,000.00 (Cien mil y 00/100 Nuevos Soles) y con un PRECIO BASE, deducido conforme a Ley de: S/. 66,666.67 (Sesenta y seis mil, seiscientos sesenta y seis y 67/100 Nuevos Soles).GRAVAMENES y CARGAS: 1) HIPOTECA.- Primera y Preferencial constituida por Nélida Sabina Huamán Gonzales a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuestra Señora del Rosario Limitada N° 222, de Cajabamba hasta por S/. 35,000.00 (Inscrita en el Asiento d 2 de la Ficha N° 93050 que continua en la Partida N° 02187314) y 2) AMPLIACION y MODIFICACION DE HIPOTECA.- La Hipoteca inscrita en el asiento d 2, de esta Partida a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuestra Señora del Rosario Limitada N° 222 de Cajabamba hasta por S/. 35,000.00 ha sido ampliada hasta por S/. 90,000.00.- Asimismo se acuerda valorizar el Inmueble en S/. 100,000.00. (Inscrito en el Asiento D00001 de la Partida N° 02187314).DIA y HORA DEL REMATE: El 11 de Setiembre del 2017, a las 3.00 de la Tarde.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado, sito en Jr. Silva N° 461, Distrito y Provincia de Cajabamba, Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de la Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE y girado a nombre del Postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de expediente, Juzgado y DNI/RUC.- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- HONORARIOS.- Del Martillero Público serán por cuenta del Adjudicatario, Arancel vigente mas 18 % de I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.)-Informes: 997306076.JORGE RAUL MANTILLA SANEZMartillero Publico- Registro Nacional N° 233.JORGE RAUL MANTILLA SANEZ Martillero Público Reg. 233 Jorge Carlos Torres Diaz SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA P. 6158677 F.P. 25-28-29-31 Agosto 01-04 Septiembre S/. 33.00
Jueves, 31 de Agosto del 2017
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIAL El 22.09.2017 a horas 10.30 a.m. REMATARÉ EN PRIMERA CONVOCATORIA bajo el Expediente N° 203-2016, por orden y en el local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que despacha el Señor Juez Dr. Luis A. Castillo Cabrera, Secretario Judicial Dra. Silvia Marianela Jara Sánchez, sito en Jirón Cumbemayo No. 329- Cajamarca, UN INMUEBLE DE CON UN ÁREA SUPERFICIAL DE 200.00 METROS CUADRADOS, ubicado en el Jirón Micaela Espinach No. 135-137, Zona “Columbo Andagoto”, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuyas características, área, dominio, linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica No. 02113646 del Registro de Predios de la Zona Registral No. II- Sede ChiclayoOficina Registral de Cajamarca, en la Base de S/133,333.33 soles que son las 2/3 partes de su Valorización Convencional de S/200,000.00 soles. GRAVÁMENES: D00001.-Hipoteca a favor de la Entidad Ejecutante Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuestra Señora del Rosario Ltda. No. 222 de Cajabamba hasta por la suma de S/. 80,000.00 (Ochenta mil con 00/100 nuevos soles), inscrito el 10.03.2015. En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO LTDA. No. 222 contra DARCY JANETH BRIONES MALAVER sobre Ejecución de Garantías. Los postores oblarán ante el suscrito Martillero 10% de la Valorización Convencional (S/20,000.00 soles) en efectivo o cheque de gerencia negociable girado a su nombre más tasa Judicial de Participación. A cargo del Adjudicatario los honorarios del Martillero.- Cajamarca, 20 de Julio del 2017.- Funcionario que efectuará el Remate: CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDÁN.- ABOGADO.MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL.- REG. PROF. N° 105.- Celular RPM #949363626.SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA CARLOS
ALFONSO NAVARRETE ROLDAN ABOGADO-MARTILLERO PÚBLICO REG. PROF. N° 105 P.6159264 F.P. 28-29-31 Agosto 01-04-05 Septiembre S/.24.50 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL.- Expediente N° 917-2009 - Por disposición del Sr. Juez del Tercer Juzgado Civil de CajamarcaCorte Superior de Justicia de Cajamarca: Dr. WILLIAMS VENTURA PADILLA y Secretaria Judicial: JESSICA MILAGROS SANCHEZ MARIN, en los Autos seguidos sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA por AMADO ALINDOR RODRIGUEZ ROJAS con SOCIEDAD CONYUGAL CAMPOS VARGAS, MARIANO CAMPOS GOICOCHEA, JHANINA CAMPOS VARGAS y WILSON CAMPOS VARGAS, con intervención del Martillero Publico: JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, de Registro Profesional Nacional Doscientos Treinta y tres, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Ubicado en el Jirón Mariano Urteaga y Tayabamba N° 252- 255, del Barrio San José, con un Área de 181.35 m2, del Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuya Área, medidas perimétricas y demás caracteristicas aparecen inscritas en la Partida N° 02098466- Zona Registral N° II, Sede Chiclayo- Oficina Registral CajamarcaSUNARP.Con una TASACIÓN de: S/ 579,125.58 (Quinientos setenta y nueve mil, ciento veinticinco y 58/100 Soles) y con un PRECIO BASE, deducido conforme a Ley
B
de: S/ 386,083.72 (Trescientos ochenta y seis mil, ochenta y tres y 72/100 Soles).GRAVAMENES y CARGAS: 1) EMBARGO.- En forma de Inscripción, por orden del Tercer Juzgado civil de Cajamarca, sobre las Acciones y Derechos Expectaticios que le corresponden a Amado Alindor Rodríguez Rojas, hasta por S/. 12,963.54, en los seguidos sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio seguido por Mariano Campos Goicochea representante de la sociedad Conyugal Campos Vargas contra Amado Alindor Rodríguez Rojas, Expediente N° 9172009 (Asiento D00001 de la Partida N° 02098466) y 2) EMBARGO.- En forma de Inscripción, solicitado por Mariano Campos Goicochea, sobre el predio inscrito en la presente Partida de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por Amado Alindor Rodríguez Rojas y Carmen Torres Carranza, hasta por S/. 25,000.00, por orden de la Sala Especializada Civil de Cajamarca, Expediente N° 9172009- (Asiento D00002 de la Partida N° 02098466).DIA y HORA DEL REMATE. El 8 de Setiembre del 2017, a horas 12.00 del Mediodía.-LUGAR DEL REMATE: En el Local del Juzgado sito en Jirón Cumbe Mayo N° 329 - Cajamarca.-POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de la Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE y girado a nombre del Postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de expediente, Juzgado y DNI/RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- HONORARIOS.- Del Martillero Público serán por cuenta del Adjudicatario, Arancel vigente mas 18 % de I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.)-Informes: 997306076.JORGE RAUL MANTILLA SANEZMartillero Publico- Registro Nacional N° 233.JESSICA MILAGROS SANCHEZ MARIN SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P. 6164991 F.P. 29-31 Agosto 01-04-05-06 Septiembre S/.30.00
2. EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA
EDICTO EXP. N° 155-2017-F, ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, que despacha el Señor Juez CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES, Juez Encargado del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, en el Proceso seguido por NEPTALI ALEJANDRO REYES TORIBIO, en contra de la SUCESION DE TOMASA RUIZ VILCA, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO, se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, de fecha veinte de julio del año dos mil diecisiete, se ADMITE a trámite en vía de Proceso de Conocimiento la demanda interpuesto por NEPTALI ALEJANDRO REYES, en contra de Ana Maximino Reyes Ruiz, Elicia Marcelina Reyes Ruiz, Nicolasa Beatriz Reyes Ruiz, Santos Felicita Reyes Ruiz y Maribel Jesús Reyes Ruiz; herederas forzosas de la SUCESION DE TOMASA RUIZ VILCA, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO, TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican en su escrito postulatorio, a fin de que el plazo de NOVENTA DÍAS de realizada la última publicación, se APERSONEN al proceso y absuelvan la presente demanda, Bajo Apercibimiento, de Nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de
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TRES días con intervalo de TRES días cada publicación. Dr. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ ENCARGADO DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA Dra. SOFIA JANNET TORRES REQUEJO SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA Cajabamba, 09 de Agosto del 2017 P.6165972 F.P. 31 Agosto 06-12 Septiembre S/.12.60 EDICTO TUTELAR ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS EXP: 02775-2016-0-0601 -JR-FT-02 Ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, que despacha la señora Juez, Dra. María Jesús Amaya Valderrama y la Secretaria Judicial Susy Fortunata Humire Cuayla, en el proceso sobre ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS, se notifica a los señores: ROSA ROJAS LOZANO Y MÁXIMO MENDOZA SÁNCHEZ, padres de la menor tutelada de iniciales E. J. M. R., con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.Cajamarca, trece de enero del año dos mil diecisiete - AUTOS Y VISTA; ... y, CONSIDERANDO: ... . Por estos fundamentos, este Juzgado de Familia RESUELVE: UNO: RESUELVE: UNO: APERTURAR investigación tutelar a favor de la adolescente de iniciales E. J. M. R., de trece años de edad, hija de Rosa Rojas Lozano y Máximo Mendoza Sánchez, con la finalidad de determinar si se encuentra o no en estado de abandono; DISPONIENDO a su favor la medida de protección de ENTREGA a sus padres Rosa Rojas Lozano y Máximo Mendoza Sánchez, quienes deberán dar los cuidados necesarios a la menor. EMPLACESE con la presente investigación a los padres y/o responsables de la menor. NOTIFÍQUESE. RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.Cajamarca, siete de agosto del año dos mil diecisiete.- VISTO, ... , el proceso y atendiendo que no ha sido posible notificar a los padres y/o responsables de la tutelada, con el auto de admisión de demanda NOTIFÍQUESE vía edictos, por dos días interdiaríos, a fin de que tomen conocimiento, se apersonen al proceso y cumplan con los mandatos contenidos en el mismo, OFÍCIESE con tal fin al Diario La República. RESÉRVESE la identidad de la tutelada. NOTIFÍQUESE. Cajamarca, 18 de agosto del 2017. MARÍA JESÚS AMAYA VALDERRAMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P.28-31 Agosto - Auxilio Judicial EDICTO TUTELAR ABANDONO MATERIAL. PELIGRO MORAL Y MALTRATOS EXP: 01152-2016-0-0601-JR-FT-02 Ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, que despacha la señora Juez, Dra. María Jesús Amaya Valderrama y la Secretaria Judicial Susy Fortunata Humire Cuayla, en el proceso sobre ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS, se notifica a los señores: MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ VALERA Y DE MIGUEL FERNANDO CIEZA TORRES, padres del menor tutelado de iniciales J. G. C. S., con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.Cajamarca, diecisiete de mayo del año dos mil dieciséis - AUTOS Y VISTO: ... , CONSIDERANDO: ... . Por estos fundamentos, este Juzgado de Familia RESUELVE: UNO: APERTURAR investigación tutelar a favor del niño de iniciales J. G. C. S., de seis años de edad, hijo de María del Carmen Sánchez Valera y de Miguel Fernando Cieza Torres, con domicilio en el Jr. Huancayo N° 192, segundo piso, de esta ciudad (ref: puerta de madera, color marrón), con la finalidad de determinar si se encuentra o no en estado de abandono; DISPONIENDO a su favor la medida de protección de ENTREGA a su madre, la señora María del Carmen Sánchez Valera, quien deberá dar los cuidados necesarios al menor. EMPLACESE con la presente investigación a la madre del
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menor. NOTIFIQUESE.— RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.- Cajamarca, siete de agosto del año dos mil diecisiete - Visto, el proceso y atendiendo que no ha sido posible notificar a los padres y/o responsables del tutelado, el auto de admisión de demanda NOTIFÍQUESE vía edictos, por dos días interdiarios, a fin de que tomen conocimiento, se apersonen al proceso y cumplan con sus mandatos, OFÍCIESE con tal fin al Diario La República. RESÉRVESE la identidad del tutelado; sin perjuicio de ello NOTIFÍQUESE a la madre del tutelado en su centro de trabajo “El Bosco”, y en la dirección que aparece en la ficha de RENIEC y en el acta de nacimiento de folios 34, con el auto que admite la demanda; NOTIFÍQUESE. Cajamarca, 18 de agosto del 2017. MARÍA JESÚS AMAYA VALDERRAMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P.28-31 Agosto - Auxilio Judicial
INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO JUDICIAL EXP. 791-2017.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de Oscar Wagner Correa Nuñez, en representación de Fernando Ronald Correa Nuñez sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número DOS.- Cajamarca primero de agosto del dos mil diecisiete - SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por Oscar Wagner Correa Nuñez, en representación de Fernando Ronald Correa Nuñez sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, debido a que: en la partida de nacimiento del solicitante, en el rubro datos del padre, se ha consignado de manera errónea el apellido materno, de viendo de quedar en forma correcta y completa como “FELIX CORREA MEZA”, debiendo rectificarse en los extremos antes citados.- Ortiz Cruzado - Juez; Arribasplata Ygnacio - Secretario. Cajamarca, 03 de agosto del 2017 MIRIAM R. ORTIZ CRUZADO JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.6165058 F.P. 31 Agosto S/.3.00 EDICTO JUDICIAL Exp. N° 00654-2017-0-0601-JR-CI-02Segundo Juzgado Especializado Civil, en la demanda interpuesta por Geronimo Barbadillo Terrones Malca, contra de Ministerio Público, sobre CAMBIO DE NOMBRE; se ha resuelto: Resolución Número UNO.-Cajamarca, veinte del año dos mil diecisiete. A. ADMITIR a trámite la demanda Interpuesta por Geronimo Barbadillo Terrones Malca, contra el representante del Ministerio Público, sobre Cambio de Nombre; en la vía procedimental asignada al proceso SUMARISIMO; en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO del escrito postulatorio, anexos y auto admlsorlo a la parte demandada, para que en el plazo de CINCO DÍAS, hábiles de notificado CONTESTE, bajo apercibimiento de declarase su rebeldía; téngase por OFRECIDOS los medios probatorios que se Indican y AGRÉGUESE a los autos los anexos que se adjuntan. B. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por una sola vez en el diario oficial "La República”. Cajamarca, 24 de Agosto del 2017 MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA MERLY KELLY VARGAS VALENCIA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.6165951 F.P. 31 Agosto S/.3.00
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
SUCESIÓN INTESTADA EDICTO EXP. N° 903-2017 — C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por JOSÉ RAMOS TEJADA CHILON Y JUAN TEJADA CHILON sobre SUCESIÓN INTESTADA, respecto de su padre JULIO TEJADA VALDEZ, fallecido el 09 de febrero del 2005, contra la BENEFICENCIA PÚBLICA y el MINISTERIO PÚLBICO; se ha resuelto los siguiente: R E S . N° 1: Cajamarca, 01/08/2017; CONSIDERANDO: ADMÍTASE A TRÁMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la presente demanda, se ha resuelto publicarse un extracto de la presente: PUBLÍQUESE en el diario oficial “ GRUPO LA República PUBLICACIONES S.A.”, por el lapso de 03 hábiles consecutivos a efectos de que dentro de los 30 días siguientes a su publicación, se apersonen al proceso quienes se crean herederos de la causante, acreditando su calidad con la copia certificada de la parte correspondiente, o instrumento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación .- Fdo. Dr Carrasco, Juez y Fernández Sec. José Andres Carrasco Huaccha JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CIVIL - CAJAMARCA P.6165152 F.P. 31 Agosto S/.3.00 EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, que despacha la Dra. MARIA LILIANA MAMANI YUPANQUI, se viene tramitando el PROCESO N° 00132-2017-0-0605-JPCI-01 sobre Sucesión Intestada, en el mismo que don MAXIMO RUIZ BLANCO , está solicitando se declare heredero de SEGUNDO MANUEL RAMOS SILVA, a mi poderdante MARIA SANTOS SILVA VASQUEZ, quien es la única heredera. Lo que se hace de conocimiento público, para los fines de ley. Luis Aguilar VillanuevaSecretario Judicial. Bambamarca, 23 de agosto del 2017. Dra. Maria Liliana Mamani Yupanqui JUEZ SUPERNUMERARIO JUEZ DE PAZ LETRADO HUALGAYOC - BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6165019 F.P. 31 Agosto 04-06 Septiembre S/.6.00
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EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN MARCOS. EXP. N° 79-2017-0 JIP - SM JUEZ: ZAVALETA SE EMPLAZA y se CITA a VITALIANO FERNANDEZ HUAMAN, con la resolución número CUATRO, de fecha veinticuatro de Agosto del año dos mil diecisiete, emitido en el proceso Penal N° 79-2017-0 JIP -SM, seguido en su contra por el delito contra La Familia – Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el artículo 149 del Código Penal, en agravio de Gisell Jackeline Fernández Silva, representada por su madre Zulema Delis Silva Tapia, que se RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia única de incoación de proceso inmediato para el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Marcos, sito en el Jirón Alfonso Ugarte N° 891 / Segundo Piso; debiendo el imputado Vitaliano Fernández Huamán, concurrir con su abogado defensor de su libre elección si lo considera conveniente; Precísese que se ha designado defensor
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público de esta provincia de San Marcos, para que asuma su defensa técnica en caso no designe abogado defensor de su libre elección. San Marcos, 24 de Agosto de 2017. Especialista: CERQUIN F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE JUDICIAL: FIDEL SÁNCHEZ RÍOS EXP: 057-2017-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, al acusado RICHAR SÁNCHEZ HUAMÁN, identificado con DNI 62327771, en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 05 - (7mo. Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos); bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos, por el delito de hurto agravado en grado de tentativa, en Agravio de, Hipermercados Metro SA. Suscriben el Señor Juez HOMERO ROVINSON MIRAVAL TRINIDAD y el especialista Judicial Fidel Sánchez Ríos. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista Judicial : MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Expediente N°: 01646-2017-0-0601-JRPE-02 DECISIÓN: En atención a lo expuesto y de conformidad con la normatividad antes glosada; éste Despacho RESUELVE: NOTIFICAR al sentenciado SEGUNDO FRANCISCO DIAZ VERA, en la causa seguida en su contra por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de J.M.D.Z. y OTRO, con un extracto de la Resolución N° 01, en la que a tenor literal se dispone: “(…) 2. FIJAR fecha para la audiencia única de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día VIERNES UNO DE SETIEMBRE del año en curso a las 09:15 horas, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres, ubicada en el 1er Piso del Módulo Penal de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca (Av. Cantuta N° 1244). 3. DESIGNAR A UN DEFENSOR PÚBLICO, quien asumirá la defensa técnica del procesado y a quien se le deberá notificar con copia de los actuados pertinentes, entendiéndose que también deberá venir debidamente preparado para la instalación de la audiencia en caso de inconcurrencia o renuncia de la defensa privada del procesado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de oficiar a la Dirección Distrital de la Defensa Pública, comunicando la omisión incurrida. OFICIÁNDOSE para tal efecto. (…)6. COMUNICAR a las partes, que en la referida audiencia, pueden instar la aplicación del Principio de oportunidad, de un acuerdo Reparatorio o la Terminación Anticipada, según corresponda”. Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2015-0808, seguido por el Ministerio Público, contra ELMER AYAY TERÁN, sobre Violencia Familiar, en
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agravio de María Angelita Idrogo Marín; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, ocho de junio de dos mil quince: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico, Psicológico y Sexual, contra ELMER AYAY TERÁN, en agravio de María Angelita Idrogo Marín, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Elmer Ayay Terán; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2010-0417, seguido por el Ministerio Público, contra GREGORIO ALVA VALDEZ, sobre Violencia Familiar, en agravio de Sofía Cueva Castrejón; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, catorce de abril de dos mil diez: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico, contra GREGORIO ALVA VALDEZ, en agravio de Sofía Cueva Castrejón, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Gregorio Alva Valdez; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2012-0433, seguido por el Ministerio Público, contra ELIANA ESMILDA RODRÍGUEZ GUTIERREZ, sobre Violencia Familiar, en agravio de César Augusto Colorado Huaripata; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Psicológico, contra ELIANA ESMILDA RODRÍGUEZ GUTIERREZ, en agravio de César Augusto Colorado Huaripata, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos a la demandada Eliana Esmilda Colorado Huaripata; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2015-0258, seguido por el Ministerio Público, contra JOSEFA TANTA SÁNCHEZ, sobre Violencia Familiar, en agravio de José Eusebio Tanta Sánchez; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, veintisiete de febrero de dos mil quince: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico y
Jueves, 31 de Agosto del 2017
Psicológico, contra JOSEFA TANTA SÁNCHEZ, en agravio de José Eusebio Tanta Sánchez, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos a la demandada Josefa Tanta Sánchez; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2014-0091, seguido por el Ministerio Público, contra LUIS FRANCISCO TERÁN VÁSQUEZ, sobre Violencia Familiar, en agravio de Teonila Velásquez Medina y Diana Alejandra Terán Velásquez; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, seis de febrero de dos mil catorce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico, contra LUIS FRANCISCO TERÁN VÁSQUEZ, en agravio de Teonila Velásquez Medina y Diana Alejandra Terán Velásquez, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Luis Francisco Terán Vásquez; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2010-0369, seguido por el Ministerio Público, contra SANTOS ISAC ALBAN LEZCANO, sobre Violencia Familiar, en agravio de William Smith Alban Saucedo y Jhoana Marleny Saucedo Estacio; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, veinticuatro de marzo de dos mil diez: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico, contra SANTOS ISAC ALBAN LEZCANO, en agravio de William Smith Alban Saucedo y Jhoana Marleny Saucedo Estacio, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Santos Isac Alban Lezcano; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2013-1787, seguido por el Ministerio Público, contra LIZARDO MAMANI CHOQUE, sobre Violencia Familiar, en agravio de María Aurora Mendoza Balcázar; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, tres de diciembre de dos mil trece: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Psicológico, contra LIZARDO MAMANI CHOQUE, en agravio de María Aurora Mendoza Balcázar, en la vía de proceso único;
en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Lizardo Mamani Choque; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2014-0185, seguido por el Ministerio Público, contra MARÍA ORTIZ PAISIG, sobre Violencia Familiar, en agravio de Emerita Ortiz Paisig y Nancy Ayay Ortiz; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, ocho de mayo de dos mil quince: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Psicológico, contra MARÍA ORTIZ PAISIG, en agravio de Emerita Ortiz Paisig y Nancy Ayay Ortiz, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos a la demandada María Ortiz Paisig; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO PENAL EXP. N° 5243-2015-57-JIP-03 Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Trujillo Gerhard Nieve Ruiz Se emplaza a AVELIO ASUNCION ALVARADO MARCELLANO, con la razón de fecha 10-08-2017, la reprograma audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN la misma que se llevara a cabo para el día 17-11-2017 A LAS 09:00 AM, en la Sala de Audiencias del 3ER. Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, del proceso que se le sigue en su contra. Trujillo, 22 de Agosto del 2017. Eduardo Carlos Medina Carrasco Juez Especializado Penal Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria De Trujillo Corte Superior de Justicia de La Libertad F.P. 28-29-31 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ Exp. 170-2016-0-0601-JR-PE-03 1.SE RESUELVE: Notificar con la resolución NUMERO DOCE Y RESOLUCION DE SOBRESEIMIENTO PLANTEADO A FAVOR DE VICTOR SEGUNDO GUTIERREZ CORDOVA por el presunto delito de lesiones culposas, así mismo, se notifica con la Resolución Catorce y Dieciséis que dicta Acta de Enjuiciamiento en contra JORGE LUIS CUBAS LEÓN, se notifica a los siguientes sujetos procesales : MIGUEL ALEXANDER CRUZ BRICEÑO, ALEJANDRO HUAYTA VARGAS, YANET VASQUEZ ÁVILA, VÍCTOR SEGUNDO GUTIÉRREZ CÓRDOVA Y A LOS AGRAVIADOS MARÍA ELENA VILLENA SÁENZ, HILMER GUSTAVO MENDOZA LEÓN, ALEJANDRO RUBÉN HUATAY VARGAS, ELENA JULCAMORO BARDALES, RONAL EDUARDO SIFUENTES COTRERAS, ALEJANDRA ANGÉLICA HERRERA TORRES, MARÍA JESÚS MORALES DE LA CRUZ y JOSÉ LUIS BELTRAN MERCEDES; así mismo, al Tercero Civilmente Responsable, presentado por la empresa de Transportes y Servicios Generales Cielo Azul , en los seguidos en contra de Cubas León Jorge
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Luis y otro, por el delito de LESIONES CULPOSAS, en agravio de Sifuentes Contreras Ronal Eduardo y otros, Suscribe el señor Juez: CABRERA RODRÍGUEZ ABSALÓN, y la especialista judicial: MARGOT CHAVEZ. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 001049-2017-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día JUEVES CATORCE DE SETIEMBRE DE DOS MIL DICISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en el Despacho del 5to. JUP -8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado WILLIAM ALBERTO ALVARADO ARÉVALO, identificado con DNI N° 45563225, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de hurto agravado. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL INFRACCION CONTRA LA VIDA. EL CUERPO Y LA SALUD EXP: 00955-20170-0601 -JR-FP-02 Ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, que despacha la señora Juez, Dra. María Jesús Amaya Valderrama y la Secretaria Judicial Susy Fortunata Humire Cuayla, en el proceso sobre INFRACCION CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, se notifica a los señores JORGE LUIS SÁNCHEZ GAITÁN Y AURORA GAMBOA SAAVEDRA, padres del investigado de iniciales J. Y. S. G., con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.Cajamarca, veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete - AUTOS Y VISTA; ... y, CONSIDERANDO: ... . Por estos fundamentos, este Juzgado de Familia RESUELVE: UNO: DECLARAR promovida la acción penal por la presunta comisión de acto infractor contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Culposas Graves, a favor del adolescente de iniciales J. Y. S. G., 16 años de edad, hijo de Jorge Luis Sánchez Gaitán y Aurora Gamboa Saavedra, domiciliados en el Caserío Chicden, distrito Cospán; DOS: DETERMINO como condición procesal del investigado la entrega a sus padres, con las siguientes reglas de conducta: a). No ausentarse del lugar de residencia sin autorización judicial previa, ni variar de domicilio sin conocimiento previo del juzgado, b) No reincidir en la comisión de nuevas infracciones penales, c) No consumir o ingerir bebidas alcohólicas o drogas. NOTIFÍQUESE. RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.Cajamarca, siete de agosto del año dos mil diecisiete.- VISTO, ... NOTIFÍQUESE mediante edictos por tres días interdiarios, la resolución de admisión, a los padres y/o responsables del investigado, a efectos de que tomen conocimiento y se apersonen al proceso. RESERVESE la identidad del adolescente infractor. OFÍCIESE al Diario la República para dicho fin, sin perjuicio de ello REMITASE las cédulas de notificación al Juez de Paz de Sunchubamba con la resolución uno NOTIFÍQUESE. Cajamarca, 18 de Agosto del 2017 MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P.25-28-31 Agosto
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
EDICTO JUDICIAL-VIOLENCIA FAMILIAR En el Exp. N° 02045-2016-0-0601-JRFP-02, seguido contra Modesto Ortiz Vásquez en agravio de Ayde Mendoza Solis, por hecho de por Violencia Familiar, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO. DOS Cajamarca, 07 de setiembre del 2016. ; RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Ayde Mendoza Solis, las siguientes medidas de protección: 1). Ordeno que la parte denunciada Modesto Ortiz Vásquez, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia psicológica en agravio de Ayde Mendoza Solis, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, 3). El denunciado está prohibido de realizar cualquier acto que perturbe la tranquilidad de la agraviada; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. RESOLUCIÓN NÚMERO. CUATRO 05de julio 2017. Visto el Visto el proceso, habiéndose emitido las medidas de protección a favor de la víctima de violencia familiar y puesto a disposición de dicha parte los actuados y en atención que el Juez de Familia tiene facultades tuitivas, a efectos de proteger la integridad de la víctima de hechos de violencia familiar, conforme lo señala el artículo 16 de la Ley N° 30364, teniendo facultades tuitivas los Jueces de Familia: REMITASE el proceso al Juzgado de Paz Letrado, a fin de que actúe conforme a sus atribuciones. OFICIESE con tal fin. NOTIFÍQUESE. AVOCÁNDOSE el señor Juez que por disposición superior. RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO 16 de agosto 2017. VISTO, el proceso y atendiendo que no ha sido posible notificar a las partes con el acta de medidas de protección emitidas en autos NOTIFÍQUESE mediante edictos, por dos días interdiarios, al demandado y agraviada con el acta antes aludidas, a fin de que tomen conocimiento de su contenido para los fines de ley. OFICIESE con tal fin al Diario La República. NOTIFÍQUESE. MARÍA JESÚS AMAYA VALDERRAMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA SUSY F. HUMIRE CUAYLA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P.28-31 Agosto EDICTO JUDICIAL-VIOLENCIA FAMILIAR En el Exp. N°01979-2016-0-0601 -JRFP-02, seguido contra Juan Carlos Ramírez Pinedo en agravio de Dilma Acuña Arteaga, por hecho de por Violencia Familiar, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO. DOS 01 de setiembre del 2016. ; RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Dilma Acuña Arteaga, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Juan Carlos Ramírez Pinedo, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de Dilma Acuña Arteaga, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, 3). El denunciado está prohibido de realizar cualquier acto que perturbe la tranquilidad de la agraviada, así como está prohibido de protagonizar escenas de violencia en presencia de su menor hija; medidas que se imponen al demandada bajo apercibimiento de ser denunciada por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. RESOLUCIÓN NÚMERO. CUATRO 05de julio 2017. Visto el proceso, habiéndose emitido las medidas de protección a favor de la víctima de violencia familiar y puesto a disposición de dicha parte los actuados y en atención que el Juez de Familia tiene facultades tuitivas, a efectos de proteger la integridad de la víctima de hechos de violencia familiar, conforme lo señala el
Jueves, 31 de Agosto del 2017
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artículo 16 de la Ley N° 30364, teniendo facultades tuitivas los Jueces de Familia: REMITASE el proceso al Juzgado de Paz Letrado, a fin de que actúe conforme a sus atribuciones. OFICIESE con tal fin. NOTIFÍQUESE. AVOCÁNDOSE el señor Juez que por disposición superior. RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO 16 de agosto 2017. VISTO, el proceso y atendiendo que no ha sido posible notificar al demandado con el acta de medidas de protección emitidas en autos NOTIFÍQUESE mediante edictos, por dos días interdiarios, con el acta antes aludidas, a fin de que tome conocimiento de su contenido para los fines de ley. OFICIESE con tal fin al Diario La República. NOTIFÍQUESE. MARÍA JESÚS AMAYA VALDERRAMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA
DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Cajamarca. Debiendo el acusado MARCO RIBERTO ROJAS SALDAÑA, identificado con DNI N° 45363096, para que concurra obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas , municiones o materiales explosivos , inflamables, asfixiantes o tóxicos en Establecimiento Penitenciario, en agravio de El Estado . Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis, y el especialista judicial: Grabiela Elizabeth Roncal Chavez. F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre
SUSY F. HUMIRE CUAYLA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P.28-31 Agosto
EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 00571-2016-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MIÉRCOLES SEIS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DICISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en el Despacho del 5to. JUP -8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado MORBIL ALVARADO ALVARADO, identificado con DNI N° 09954709, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de receptación agravada. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre
EDICTO JUDICIAL-VIOLENCIA FAMILIAR En el Exp. N°02153-2016-0-0601-JRFP-02, seguido contra Gilmer Cabrera Ocas, en agravio de Flor Rocío Sánchez Delgado, por hecho de por Violencia Familiar, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO. DOS 19 de setiembre del 2016 ; RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Flor Rocío Sánchez Delgado, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada don Gilmer Cabrera Ocas, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de Vilma Flor Rocío Sánchez Delgado, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, 3). El denunciado está prohibido de realizar cualquier acto que perturbe la tranquilidad de la agraviada así como está prohibido de acercarse a la misma en estado de ebriedad; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. RESOLUCIÓN NÚMERO. CUATRO 05 de julio 2017. Visto el proceso, habiéndose emitido las medidas de protección a favor de la víctima de violencia familiar y puesto a disposición de dicha parte los actuados y en atención que el Juez de Familia tiene facultades tuitivas, a efectos de proteger la integridad de la víctima de hechos de violencia familiar, conforme lo señala el artículo 16 de la Ley N° 30364, teniendo facultades tuitivas los Jueces de Familia: REMITASE el proceso al Juzgado de Paz Letrado, a fin de que actúe conforme a sus atribuciones. OFICIESE con tal fin. NOTIFÍQUESE. AVOCÁNDOSE el señor Juez que por disposición superior. RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO 16 de agosto 2017 Visto, el proceso y atendiendo que no ha sido posible notificar al demandado con el acta de medidas de protección NOTIFÍQUESE al mismo mediante edictos, pro dos días interdiarios, a fin de que tome conocimiento para los fines de ley . OFÍCIESE con tal fin al Diario la República. MARÍA JESÚS AMAYA VALDERRAMA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA SUSY F. HUMIRE CUAYLA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P.28-31 Agosto EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: GABRIELA Exp. 1415-2016-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DICISIETE, a las NUEVE
EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2012-01342, seguido por el Ministerio Público, contra SEGUNDO PACHECO FLORES, sobre Violencia Familiar, en agravio de Iri Pinedo Vallejos; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, once de diciembre de dos mil doce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Psicológico, contra SEGUNDO PACHECO FLORES, en agravio de Iri Pinedo Vallejos, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Segundo Pacheco Flores; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA PASCUAL A. ATALAYA ORTIZ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CSJ - CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-238-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra NEYLA GÁLVEZ BARBOZA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de CELMIRA GÁLVEZ SALDAÑA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISÉIS, que RESUELVE: NOTIFIQUESE a la
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parte demandada CELMIRA GÁLVEZ SALDAÑA, con un extracto de la presente resolución y RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE, MEDIANTE EDICTOS los mismos que se publicarán en el Diario Oficial LA REPUBLICA, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE: que resuelve declarar CONSENTIDA la SENTENCIA N° 85-2016 contenida en la resolución N° CATORCE, de fecha 27 de julio del año 2016; en consecuencia: REQUIÉRASE a la parte demandada señora CELMIRA GÁLVEZ SALDAÑA, cumpla estrictamente lo ordenado en la sentencia en lo referente a las medidas de protección definitivas a favor de la parte agraviada señora NEYLA GÁLVEZ BARBOZA y cancele la reparación civil ascendente a la suma de CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES (s/. 400.00) monto que deberá cancelar en el plazo perentorio de DOS MESES, de notificada con la presente resolución; en la proporción de DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES (s/. 200.00) cada treinta días; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de REMITIRSE copias certificadas al Ministerio Público, para ser investigada por el delito de desobediencia a la autoridad de conformidad con el artículo 368° del Código Penal Vigente. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN COJAL MENA EXPEDIENTE N°: 01978-2016-0-0601-JRPE-01. Se notifica y emplaza al imputado: FRANCISCO FLAVIO MONTOYA VIGO Para notificarles e indicar que mediante resolución N° 07 de fecha 28-08-17; la señora Juez dispuso: OTORGAR el plazo de tres días al imputado Francisco Flavio Montoya Vigo, a fin de que pueda designar un abogado de su libre elección debiéndose notificar, bajo responsabilidad del asistente a cargo de notificaciones a todos los domicilios reales del imputado, correos electrónicos o número de celular levantándose las actas correspondientes a efectos de que sea válidamente emplazado con esta resolución y dentro del término señalado, sin perjuicio de que en caso de que desconozca su domicilio real del imputado se notifique vía edictos a efectos de cautelar el derecho que le asiste, vencido dicho término por secretaría y por intermedio del especialista de causas deberá reprogramarse a la brevedad posible la audiencia correspondiente a fin de desarrollar la audiencia correspondiente a fin de desarrollar la audiencia de control de acusación, sean con el abogado particular y en caso de hacerse efectivo el apercibimiento vencido los tres días que se le otorgó al imputado con el abogado de la defensa pública. Elizabeth Vicenta Arias Quispe JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria Cajamarca F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-263-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JAVIER SÁNCHEZ CRUZ, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de MARÍA SÁNCHEZ CRUZ, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos al denunciado con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° CINCO. RESOLUCIÓN NÚMERO: CINCO (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada MARÍA SÁNCHEZ CRUZ las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado JAVIER SÁNCHEZ CRUZ, de todo tipo de acto que implique
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de MARÍA SÁNCHEZ CRUZ. b) Se prohíbe al denunciado JAVIER SÁNCHEZ CRUZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de MARÍA SÁNCHEZ CRUZ. c) Se prohíbe al denunciado JAVIER SÁNCHEZ CRUZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a MARÍA SÁNCHEZ CRUZ. d) Se prohíbe al denunciado JAVIER SÁNCHEZ CRUZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra MARÍA SÁNCHEZ CRUZ. e) HAGASE saber al denunciado JAVIER SÁNCHEZ CRUZ, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre
EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-63-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHÁVEZ, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de MARÍA ESLINDA TELLO CHÁVEZ, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos al denunciado y a la parte agraviada con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° ONCE. RESOLUCIÓN NÚMERO: ONCE (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada MARÍA ESLINDA TELLO CHÁVEZ las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de MARÍA ESLINDA TELLO CHAVEZ. b) Se prohíbe al denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de MARÍA ESLINDA TELLO CHAVEZ. c) Se prohíbe al denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a MARÍA ESLINDA TELLO CHAVEZ. d) Se prohíbe al denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra MARÍA ESLINDA TELLO CHAVEZ. e) Se prohíbe al denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, acercarse o intentar comunicarse en cualquier lugar o en cualquier situación, con MARÍA ESLINDA TELLO CHAVEZ. f) Se prohíbe al denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, la comunicación con la agraviada MARÍA ESLINDA TELLO CHAVEZ, vía epistolar, telefónica, electrónica, chat, redes sociales, red institucional, intranet, u otras redes o formas de comunicación. g) HAGASE saber al denunciado FRANCISCO ELEAZAR TELLO CHAVEZ, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar.
Jueves, 31 de Agosto del 2017
Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-07-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra IMNER PALMA MEGO, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de GLADYS VÁSQUEZ RUBIO, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos a al denunciado y a la parte agraviada con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° TRES. RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada GLADIS VÁSQUEZ RUBIO las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado INMER PALMA MEGO, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de GLADIS VÁSQUEZ RUBIO. b) Se prohíbe al denunciado INMER PALMA MEGO, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de GLADIS VÁSQUEZ RUBIO. c) Se prohíbe al denunciado INMER PALMA MEGO, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a GLADIS VÁSQUEZ RUBIO. d) Se prohíbe al denunciado INMER PALMA MEGO, tomar represalias en forma directa o indirecta contra GLADIS VÁSQUEZ RUBIO. e) HAGASE saber al denunciado INMER PALMA MEGO, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CELENDIN para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-109-0, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra MEIDER ROGELIO CACHAY SÁNCHEZ, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de DOMINGA BRIONES TAMBO, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos al denunciado y a la parte agraviada con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° TRES. RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada DOMINGA BRIONES TAMBO, las siguientes medidas de protección: a) El
cese, por parte del denunciado MEIDER ROGELIO CACHAY SÁNCHEZ, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de DOMINGA BRIONES TAMBO. b) Se prohíbe al denunciado MEIDER ROGELIO CACHAY SÁNCHEZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de DOMINGA BRIONES TAMBO. c) Se prohíbe al denunciado MEIDER ROGELIO CACHAY SÁNCHEZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a DOMINGA BRIONES TAMBO. d) Se prohíbe al denunciado MEIDER ROGELIO CACHAY SÁNCHEZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra DOMINGA BRIONES TAMBO. e) HAGASE saber al denunciado MEIDER ROGELIO CACHAY SÁNCHEZ, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CELENDIN para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia Cajamarca, en el Exp. N° 201300185, seguido por el Ministerio Público, contra JAIME BECERRA VÁSQUEZ, sobre Violencia Familiar, en agravio de Blanca Zulema Cieza Zafra; se ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, cuatro de marzo de dos mil trece: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico y Psicológico, contra JAIME BECERRA VÁSQUEZ, en agravio de Blanca Zulema Cieza Zafra, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado JAIME BECERRA VÁSQUEZ; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. KARIN DANIXA VIGO PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia Cajamarca, en el Exp. N° 2014-00538, seguido por el Ministerio Público, CONTRA JOSÉ GILBERTO YOPLA CUEVA, sobre Violencia Familiar, en agravio de María Hortencia Yopla Huaripata; se ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, doce de mayo de dos mil catorce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico, contra JOSÉ GILBERTO YOPLA CUEVA, en agravio de María Hortencia Yopla Huaripata, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del
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escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado JOSÉ GILBERTO YOPLA CUEVA; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. KARIN DANIXA VIGO PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2014-01474, seguido por el Ministerio Público, contra JHON PATRICK CHICLOTE TASILLA, sobre Violencia Familiar, en agravio de Diana Janeth Rivero Salazar; la señorita Juez ha expedido la Resolución número dos: Cajamarca, trece de noviembre de dos mil catorce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Psicológico, contra JHON PATRICK CHICLOTE TASILLA, en agravio de Diana Janeth Rivero Salazar, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Jhon Patrick Chiclote Tasilla; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA PASCUAL A. ATALAYA ORTIZ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CSJ - CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2015-0305, seguido por el Ministerio Público, contra ÁNGEL JIMMY HERNÁNDEZ GONZALES, sobre Violencia Familiar, en agravio de Fredesvinda Arribasplata Heras; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, once de marzo de dos mil quince: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar, en su modalidad de Maltrato Físico, contra ÁNGEL JIMMY HERNÁNDEZ GONZALES, en agravio de Fredesvinda Arribasplata Heras, en la vía de proceso único; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de quince días para que conteste; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Con tal fin notifíquese mediante edictos al demandado Ángel Jimmy Hernández Gonzales; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La Republica Publicaciones S.A”. Cecilia Mónica Vélez Calderón JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA PASCUAL A. ATALAYA ORTIZ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CSJ - CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-04 Septiembre GGH
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